1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Autor: Br. Rafael Alberto Carrasquel Torres
Cédula de Identidad: V- 21.147.377
Cuadro Sinóptico
BARQUISIMETO ABRIL, 2018
2. La
Sentencia
Sentencias
Recurribles
Partes
Requisitos
Tipos
1. Narrativa.
2. Motiva.
3. Dispositiva.
Sentencias que ponen fin a los juicios civiles, mercantiles o contenciosos
especiales de contenido económico .
las sentencias se
dividen en:
Artículo 243 CPC
l Toda sentencia debe contener:
• 1° La indicación del Tribunal que la pronuncia.
• 2° La indicación de las partes y de sus apoderados.
• 3° Una síntesis clara, precisa y lacónica de los términos en que ha quedado
planteada la controversia, sin transcribir en ella los actos del proceso que constan
de autos.
• 4° Los motivos de hecho y de derecho de la decisión.
Definición
Es un recurso de fondo, ya que tiene como función impugnar el
pronunciamiento sobre la cuestión principal del juicio oral.
La sentencia está
estructurada de tres (3)
partes, a saber:
Tema
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Definitivas: Son las que ponen fin a la relación procesal
en una determinada instancia.
Interlocutorias: Son aquellas que sólo recaen sobre una
parte de ella (instancia), para hacer posible el curso del
proceso apartando inconvenientes o estorbos
procesales.
3. Tema
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Procedencia
Naturaleza
Jurídica
Tipos
Legitimación
La regulación de los recursos en el Código Orgánico Procesal Penal de
Venezuela (COPP) está precedida de un conjunto de disposiciones
generales, que establecen los principios fundamentales respecto al alcance
y las características de los recursos en este ordenamiento procesal basado
en el sistema acusatorio.
Los recursos son actividades procesales que determinan una nueva fase
del mismo proceso. Es exigencia de orden público que la Justicia se
administre lo más perfecta y garantizadamente posible.
El artículo 433 del COPP establece reglas de estricta legitimación, para
ejercer los recursos, pues sólo podrán recurrir en contra de las decisiones
judiciales las partes a quienes la ley reconozca expresamente este derecho
• Recurso De Apelación
• Recurso De Casación
•Recurso De Revisión
•Recurso Revocación
Definición
En líneas generales están concebidos como vías procesales que se otorgan al
Ministerio Fiscal y a las partes para intentar la corrección de decisiones
jurisdiccionales que, por ser de algún modo contrarias a derecho
(Constitucional, Sustantivo o Procesal).
Según Su
Naturaleza
1. Recurso Ordinarios
2. Recursos ExtraordinariosLos
Recursos
4. Recurso
De
Apelación
Lapso de
interposición
Tipos
Legitimación
La legitimación para interponer el recurso de apelación la tiene cualquiera de
las partes en el proceso que estime que la resolución impugnada le es
perjudicial en algún extremo. Puede darse el caso de que sean las dos partes
las que apelen, o también el supuesto descrito en el art. 461 LEC, por la que
el apelado inicial en su escrito manifiesta sumarse al recurso impugnando los
puntos.
1. Apelación de autos
2. Apelación de sentencias
Definición
En líneas generales están concebidos como vías procesales que se otorgan al
Ministerio Fiscal y a las partes para intentar la corrección de decisiones
jurisdiccionales que, por ser de algún modo contrarias a derecho
(Constitucional, Sustantivo o Procesal).
Efectos
• Apelación de Autos (Art. 448) 5 días
• Apelación de sentencia Art. 452
b) Efecto devolutivo: por efecto devolutivo se entiende la transmisión al
tribunal superior del conocimiento de la causa apelada.
a) Efecto suspensivo: por virtud del efecto suspensivo de la apelación,
se suspende la ejecución de la sentencia apelada.
Tema
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5. Tema
15
Oportunidad
Procesal
Legitimación
Artículo 454. El recurso de casación será interpuesto ante la Corte de
Apelaciones, dentro del plazo de quince días después de publicada la
sentencia, salvo que el imputado o imputada se encontrare privado o privada
de su libertad, caso en el cual este plazo comenzará a correr a partir de la
fecha de su notificación personal, previo traslado. Se interpondrá mediante
escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los
preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por
indebida aplicación, o por errónea interpretación, expresando de qué modo
se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen
procedente, fundándolos separadamente si son varios.
Definición
proceso extraordinario de impugnación, que busca la nulidad o eliminación de
una sentencia definitiva, en la cual fueron infringidos preceptos procesales.
Efectos
El recurso de casación sólo podrá ser interpuesto en contra de las
sentencias de las cortes de apelaciones que resuelvan sobre la apelación,
sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio
Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación
particular o propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena
privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; o
cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado
hayan pedido la aplicación de pena inferiores a las señaladas.
Artículo 451. El recurso de casación sólo podrá ser interpuesto en contra de
las sentencias de las cortes de apelaciones que resuelven sobre la apelación,
sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público
haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular propia o
en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en
su límite máximo exceda de cuatro años; o la sentencia condene a penas
superiores a esos límites.
Recurso
De
Casación
6. Tema
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Naturaleza
Jurídica
Efectos
Requisitos
Art, 471
COPP
Cuando la sentencia sea absolutoria el acusado podrá exigir que se publique en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, y que se devuelvan, por
quien las percibió, las sumas pagadas por concepto de multas, costas e
indemnización de perjuicios, en cumplimiento de la sentencia anulada. Además, la
sentencia ordenará, según el caso, su libertad.
Definición
Es un medio extraordinario de impugnación, de carácter excepcional, por medio del
cual se somete a la consideración del juez constitucional una controversia ya resuelta
por otro tribunal de la República mediante sentencia pasada en autoridad de cosa
juzgada.
Supuestos de
Procedencia
La revisión establecida en el COPP sólo permite atacar las sentencias firmes
condenatorias y nunca las absolutorias, así como que tampoco se admite la revisión
que pretenda modificar una sentencia condenatoria para agravar la situación del
condenado.
1. Cuando en virtud de sentencias contradictorias estén sufriendo condena dos o
más personas por un mismo delito.
2º. Cuando la sentencia dio por probado el homicidio de una persona.
3º. Cuando la prueba en que se basó la condena resulta falsa.
4º. Cuando con posterioridad a la sentencia condenatoria, ocurra o se descubra
algún hecho o aparezca algún documento desconocido durante el proceso.
5º. Cuando la sentencia condenatoria fue pronunciada a consecuencia de
prevaricación o corrupción
6º. Cuando se promulgue una ley penal.
1º El penado;
2º El cónyuge o la persona con quien haga vida marital;
3º Los herederos, si el penado ha fallecido;
4º El Ministerio Público en favor del penado;
5º Las asociaciones de defensa de los derechos humanos o las
dedicadas a la ayuda penitenciaria y post penitenciaria;
6º El juez de ejecución cuando se dicte una ley que extinga o reduzca
la pena.
Recurso
De
Revisión