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UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
MEDICINA
LEGAL
Alumna: NELLY ARRIECHE
C.I: V-10.372.296
Prof: Dulcemar Montero
Saia A
LESIONES
Es una alteración de las características
morfológicas o estructurales de un
organismo en cualquiera de sus niveles
de organización (molecular, celular,
tisular, anatómico, corporal o social)
producidos causas físicos, químicos o
biológicos.
Etiología:
Las lesiones son producidas por diversos
mecanismos nocivos o dañinos, que alteran
el equilibrio o la homeostasis celular.
Agentes Vulnerantes:
Son todo elemento, instrumento o sustancia cuya
acción externa causa alteraciones, lesiones o la
perdida de la vida
Causas externa:
 Físicas: Como los traumatismos, las radiaciones
la electricidad, el calor que produce quemaduras
el frío. también se puede aplicar a una alergia
 Químicas: Como sustancias corrosivas sobre la
piel, como los tóxicos o venenos.
 Biológicas: Corresponden a los agentes
infecciosos, ya sean virus, bacterias o parásitos.
 Mecánicas: producidas por sobrecarga sobre
algún elemento de la edificación, generando
unas tensiones internas que acaban en ruptura.
LESIONES FISICAS
LESIONES QUIMICAS
LESIONES BIOLOGICAS
LESIONES MECÁNICAS
CLASIFICACIONDE LASLESIONES
Según el agente agresor:
Cortante: Producida por objetos
cortantes.
Punzante: Producida
por objetos acabados en punta
y afilados.
Punzo-cortantes: Se distingue un
orificio de entrada, el trayecto y el
orificio de salida.
Contuso-cortantes: Son aquellas que
se producen al impactar un objeto
contra una parte dura de nuestro cuerpo
produciendo una herida cortante.
Contusiones:
Se ocasiona debido a la resistencia ejercida por los
huesos frente a un golpe. La herida presenta
bordes irregulares, y tiende a la formación de una
cicatriz en la piel. Además, las contusiones suelen
producir una hemorragia en los tejidos interno
HERIDAS
Es una lesión que se produce en el cuerpo. Puede ser
producida por múltiples razones, aunque generalmente
es debido a golpes o desgarros en la piel.
Heridas Cortantes: Bordes regulares, los
ángulos son dos, los planos de forma regular, son
más profundas cuando son mayores los planos.
Heridas punzantes: Agentes que actúan con
punta y peso para la profundidad y extensión
Punzo-cortantes: Ejemplo la producida por flecha
que fue mortal ya que atravesó la cavidad
abdominal lesionando las vísceras y con orificio de
salida por la región lumbar
Heridas Contuso cortantes: Predomina la
profundidad llegando incluso al plano óseo.
Clasificación De Las Heridas
Heridas abiertas:
En este tipo de heridas se observa la separación
de los tejidos blandos. Son las más susceptibles a
la contaminación.
Heridas cerradas:
Son aquellas en las que no se observa la
separación de los tejidos, generalmente son
producidas por golpes; la hemorragia se acumula
debajo de la piel (hematoma), en cavidades o en
viseras. Deben tratarse rápidamente porque
pueden comprometer la función de un órgano o la
circulación sanguínea.
Heridas simples:
Son heridas que afectan la piel, sin ocasionar daño en
órganos importantes . Ejemplo: Arañazo o cortaduras
superficiales.
Heridas complicadas:
Son heridas extensas y profundas con hemorragia
abundante; generalmente hay lesiones en músculos,
tendones, nervios, vasos sanguíneos, órganos internos
y puede o no presentarse perforación visceral.
CLASIFICACION DE LAS LESIONES
SEGÚN EL CODIGO PENAL
VENEZOLANO
Lesiones Leves : (Art.416 CP)
Son aquellas que no producen en la persona que la padece lesiones
graves o gravísimas y que no van a repercutir en el fu
turo en su físico ( Ej.: un esguince de tobillo). Todo daño en el
cuerpo o en la salud que no se encuentre previsto en los arts. 90 y 91
del Código Penal conformarían lesiones leves. El art. 80 nos dice “se
impondrá prisión de un mes a un año al que causare a otro, en el
cuerpo o en la salud, un daño que no esté previsto en otra
disposición de esté código
Lesiones Graves :(Art.415 CP)
Generalmente producen una debilitación permanente y funcional en
la salud de quien la padece , no queriendo decir por ello que sea para
el resto de su vida.(Ej: fractura de tibia)
El art. 90 del C.P. dice “ se impondrá reclusión o prisión de uno a
seis años, si la lesión produjere una debilitación permanente de la
salud, de un sentido, de un órgano, de un miembro o una dificultad
permanente de la palabra o se hubiere puesto en peligro la vida del
ofendido, le hubiere inutilizado para el trabajo por más de un mes o
le hubiere causado una deformación permanente en el rostro “.
Lesiones Gravísimas : (ART.414
CP)
Son aquellas que producen la perdida de un
sentido, de un miembro, de un órgano ( ej. la
pérdida de una pierna).
El art. 91 del C.P. dice “ se impondrá reclusión
o prisión de tres a diez años si la lesión
produjere una enfermedad mental o corporal
cierta o probablemente incurable la inutilidad
permanente para el trabajo la pérdida de un
sentido de un órgano de un miembro del uso
un órgano o miembro de la palabra o de la
capacidad de engendrar o concebir “.
CLASIFICACION DE LAS LESIONES
SEGÚN EL CODIGO PENAL
VENEZOLANO
SEGÚN EL MARCO JURÍDICO LAS
LESIONES PERSONALES SE
CLASIFICAN EN:
Lesiones Mortales:
Son las que por sí solas y con exclusión de toda causa han
producido la muerte. Ej. Destrucción de centros vitales,
Hemorragias (2/3 de la volemia), Choque traumático
.
Lesiones No Mortales:
Son aquellas que por su etiología, mecanismo o extensión no
produce un compromiso directo de la vida.
CLASIFICACION DE LAS LESIONES SEGÚN EL CODIGO
PENAL VENEZOLANO
Lesiones Graves Lesiones
Levísima
Art.415 C.P Art. 417 C.P.
Lesiones leves Lesiones Gravísimas
Art. 416 C.P Art. 414 C.P
Lesiones menos Graves
Art. 413 C.P
1.Enfermedad Mental.
2,Pérdida de algún sentido o uso
de algún órgano.
 Pérdida de la palabra
 Pérdida de la capacidad de
engendrar.
 Herida que desfigure a la
oersona
1.Cicatriz en la cara.
2,Peligro para la Vista
del Lesionado
ESTRUCTURA DEL INFORME MÈDICO FORENSE EN LESIONES
PERSONALES
•El Preámbulo O Introducción
•La Exposición O Descripción
•Antecedentes
•Discusión
•Conclusiones
•Respuestas (Tipo De
•Lesión).
HERIDAS POR ARMA DE FUEGO
DEFINICION:
Son las lesiones que
ocasiona el proyectil a su
paso a través de los tejidos
del cuerpo humano. Las
lesiones varían según la
distancia y la zona del
cuerpo donde penetra el
proyectil
DISPARO DE CONTACTO
Golpe de mina” de Hoffman.
Cuando el disparo es producido contra una tabla
ósea, los gases que ingresan en el orifico de
entrada se reflejan en dicho plano subyacente
generando una presión tal entre el hueso y la piel,
que retorna hacia el lugar donde se produjo el
disparo produciendo una lesión de desgarro en
forma de estrella de bordes contuosos,
irregularidades y dentados.
Signo de Puppe- Werkgartner
Tiene como características que solo aparece en los
disparos de contacto y en cualquier lugar del cuerpo.
Este signo consiste en lo siguiente: tenemos el
orificio de entrada de plomo; allí se forman los dos
anillos concéntricos que en la zona de Ficsh; no se
forma el tatuaje porque éste es un disparo de contacto
y dicho tatuaje en este tipo de disparo va dentro de la
herida.
Signo de Benassi:
El disparo se ha hecho sobre superficies duras y
consiste en el humo que se encuentra entre el hueso y
la piel.
Signo de Bonnet:
Se manifiesta cuando el disparo es a contacto,
pero no sobre la piel, sino sobre las prendas de la
víctima. Formación de un cono, con un cráter
mayor tabla interna del cráneo por la entrada de
un proyectil de arma de fuego
Signo de Neiro Rojas:
Al producir el disparo al contacto sobre las prendas,
el punto por el cual penetra el proyectil se deshilacha
en forma de cruz.
CLASIFICACION HERIDAS PORARMAS DE FUEGO
Según La DistanciaDel Disparo
DisparoDe Contacto oBoca de Jarro:
Es aquel que en el momento del disparo existe un contacto directo o una
distancia no mayor a 1 cm de la boca del arma de fuego con la piel. Estos
disparosseproducende0 a2 cm
Disparo De Próximo Contacto:
Estos disparos se producen a una distancia entre 2 a unos 60
cm aproximadamente.
Disparo A Distancia:
Estos disparos de producen a una distancia a m{as de 60 cm
.
HERIDAS POR ARMA DE FUEGO
Según La Zona Del Cuerpo donde
Penetra El Proyectil
Heridas Sobre Zonas Blandas
Es donde la piel es desprecible y no tiene elementos óseos
óseos por debajo: muslo, abdomen, entre otros.
Heridas Sobre Zonas Duras:
Es donde la piel tiene, inmediatamente por debajo un plano
óseo: cráneo, tórax, etc.
Las Heridas Por Arma De Fuego Presentan:
Lesión De Entrada, Trayecto Y Lesión De
Salida.
Lesión De Entrada • Orificio de entrada. •
Zona de FISCH. • Zona de tatuaje. • Zona de
falso tatuaje
Elementos indicadores Tatuaje:
Formado por una zona concéntrica de los
granos de pólvora
Quemadura:
Es el chamuscamiento de la piel el cual se
destaca como una mancha ocre o amarillo
negruzco que caracteriza el orificio de
entrada.
Anillo de enjugamiento:
Se produce cuando el proyectil sale por la
boca del arma arrastrando consigo partículas
de aceite, grasa, oxido o cualquier otro
elemento extraño y al atravesar la piel
quedan en la superficie de la piel perforada
Anillo de contusión:
Consiste en las marcas o señales producidas
por el impacto del proyectil disparado por el
arma de fuego en la piel alrededor del
orificio de entrada; es una lesión contusa
producida por la destrucción de los vasos de
la piel que circundan la herida
Haz de ahumamiento:
Zona ennegrecida de humo alrededor del
orificio de entrada. Solo impregnada
superficialmente
Orificio deentrada:
Causado por una herida debida a un arma de
fuego, este proceso siempre que se trate de un
arma de fuego tendrá un tipo de proyectil el
cual dependiendo si es único o normal generara
un orificio muy característico
Signos especiales en tejido óseo:
El tejido óseo, denominado comúnmente hueso,
forma la base o sostén del sistema locomotor.
Constituye el esqueleto del organismo. Gracias
a la presencia de los huesos y su disposición en
el espacio, el ser humano conserva su forma y
puede adoptar diversas posturas, Los huesos
también cumplen otras funciones, por ejemplo,
sirven para alojar y proteger a tejidos y órganos
vitales; la cavidad craneana al cerebro y el
agujero vertebral a la médula espinal; la
cavidad torácica al corazón y pulmones; la
cavidad interna de los huesos a la médula ósea
o hematopoyética
LESIONES TERMICAS
Son las lesiones producidas por la acción de
las temperaturas, tanto por el frío como por
el calor.
La acción local del frío se denomina
HELADURA y la del calor QUEMADURA.
QUEMADURAS TERMICAS
Las quemaduras térmicas son las lesiones
que se producen cuando objetos calientes,
líquidos hirviendo, vapor caliente, rayos
solares o llamas tocan nuestra piel y demás
tejidos. La mayoría ocurren en el ámbito
doméstico o en el laboral y suelen ser leves.
Tipos de lesiones Térmica
AGENTE PRODUCTOR
Calor:
• Líquidos calientes
• Fuego directo
(llama)
• Gases inflamables
Frío:
• Congelación
LESION POR ACCION DE CALOR
LESION POR ACCION DE CALOR
AGENTES CAUSANTES DE
QUEMADURAS
LA LLAMA:
Produce quemaduras irregulares mal delimitadas,
carboniza los pelos, hace flictemas, puede producir
necrosis y carbonización según el tiempo de
exposición.
Respeta las zonas cubiertas.
CUERPOS SÓLIDOS:
Los hierros candentes reproducen su forma, ocasionando
quemaduras profundas. Ej. Hierros de marcar al ganado.
VAPORES CALIENTES:
Queman frecuentemente las zonas descubiertas,
llámese el cuello, cara, manos; esto les ocurre a las
amas de casa que destapan vasijas que contienen
substancias en ebullición. Paradójico no afectan los
pelos.
GASES
Invaden el aparato respiratorio produciendo
irritación de la mucosa nasofaríngea y traqueo
bronquial .
Sus consecuencias dependen del producto
gasificado: si son tóxicos (cianuros), purgantes,
químicos, producirán además los efectos
específicos de cada uno de ellos.
Claro que sobre las zonas descubiertas producirán
eritemas, flictemas, escaras y aun necrosis de ellas
ACIDOS:
Actúan por corrección .Producen escaras secas
retractiles.
Según el ácido tendrán características especiales, así: el
ácido sulfúrico, vulgarmente llamado "vitriolo" ,
produce escaras negras y retracción de los tejidos,
dejando cicatrices francamente defectuosas con
estrechamiento de los orificios (ojos, nariz, boca) y
queloides , que requieren intervenciones de cirugía
reparadora y estética.
El ácido nítrico o «agua fuerte", con los albuminoides
producen reacción superficial por coagulación. Dejando
cicatrices de color amarillo, los bordes están
limpiamente delimitados.
ÁLCALIS:
Son óxidos, hidróxidos y carbonatos de los metales
alcalinos, actúan como bases fuertes y son muy
hidrosolubles (que es soluble en hidrogeno). De tacto
jabonoso, pueden ser lo bastante corrosivos como para
quemar la piel, al igual que los ácidos fuertes.
o
AGENTES CAUSANTES DE QUEMADURAS
QUEMADURAS ELECTRICAS:
Se observan en los puntos de contacto del conductor
eléctrico con la piel .
Las quemaduras superficiales son de color gris
pizarra, la piel se torna seca y dura y queda
insensible, no duele ni sangra.
Las quemaduras profundas son foraminadas, bien
delimitadas, forman ulceras de bordes bien tallados,
negras asépticas por la acción de la electricidad, sin
reacción inflamatoria.
RADIODERMITIS:
Conjunto de lesiones cutáneas que aparecen tras la
exposición de la piel a radiaciones ionizantes, bien
con fines terapéuticos o de forma accidental.
HELADURAS:
El enfriamiento general se presenta cuando la
temperatura ambiente es de 5 C. Pero cuando un
órgano esta expuesto a temperaturas bajo cero. se
lesiona el endotelio capilar, produciéndose edema con
formación de vesículas, obstrucción de los vasos
sanguíneos por los mismos eritrocitos, con la necrosis
consiguiente.
Es frecuente en los pies por ser la parte expuesta a la
nieve, afección que recibe el nombre de "pie de
trinchera"
.
CLASIFICACIÓN DE LAS
HELADURAS
a) De 1er. Grado:
Donde hay eritema por vaso dilatación
reactiva a la vasoconstricción inicial.
b) De 2do. Grado:
Cuando se forman vesículas.
c) De 3er. Grado:
Cuando se presenta necrosis, caso en el cual
es necesaria la amputación del miembro
para salvar la vida a la persona
 Dérmica Superficial: Segundo grado superficial
 Epidérmica: Primer grado
 Dérmica Profunda: Segundo Grado profundo
 Subdérmica: Tercer grado
Clasificación de las Lesiones según
profundidad
CLASIFICACION DE LAS
QUEMADURAS:
Las quemaduras según su INTENSIDAD se dividen en 4 grados:
Primer Grado O Eritema:
La piel toma un color rojo vivo, debido a la congestión edematosa,
acompañada de color .Este primer grado ha sido llamado signo de
"Christiansen"
SEGUNDO GRADO O FLICTEMA:
La lesión se caracteriza por presentar vesículas o
flictemas llenas de un líquido proteico
amarillento, el fondo esta congestionado. Se ha
denominado signo de "Chambert" .
Estas lesiones curan fácilmente a partir de la
periferia sin dejar cicatriz, a no ser que se infecten
secundariamente.
Tercer Grado O Escara:
La quemadura afecta epidermis y la dermis
dejando cicatrices retractiles que a veces
necesitan cirugía, radioterapia, y otras
medidas como enjertos.
Cuarto Grado O Carbonización:
La piel se deseca, toma un color negruzco,
afecta los músculos , los vasos y los nervios y
en ocasiones llega hasta los huesos , que
pueden llegar a calcinarse.
QUEMADURASHECHASEN VIDAY POST MORTEM.
La respuesta la da la reacciónque tienen los tejidos vivos. Se sabe que si un cadáver seriega
con agua hirviendono le ocurrenada, no se ampolla nipresenta lesiones especiales, lo que no ocurrecon la
persona viva.
Teniendoen cuenta lo anterior se precisan los siguientes hechos:
La quemadurahecha en vida presenta eritema enel sitio de la lesión. Enel muerto no.
La quemadurahecha en vida presenta una aureola roja inflamatoria en la periferia. En el muerto no.
Las vesículas o flictemas son signo deque la quemadura se hizoen vida.
Sin embargo con algunas substancias o a temperaturas especiales los cadáveres pueden presentar ampollas o
flictemas; enese caso se examina la flictema.
La ampolla hecha en vida presenta el fondo congestionado, vascularizado y secreta unliquido amarillento
rico enalbúmina yleucocitos, signo de vitalidad.
En el cadáver no se encuentraestos rasgos.
FASES DE LA HIPOTERMIA
Trauma Cráneo-encefálico (TCE)
Es una patología frecuente en los países
industrializados, constituyendo una
de las principales causas de
muerte entre la población
pediátrica y adulta joven.
El Traumatismo Raquimedular (TRM)
Es todo daño de la médula espinal raíces o envolturas
como consecuencia de un trauma que afecte a la
columna vertebral.
La columna vertebral sirve de sostén y protección de la
médula espinal, sus envolturas y raíces. En las primeras
etapas embrionarias hay concordancia entre el nivel de
los cuerpos vertebrales, los segmentos medulares y el
aporte sanguíneo. Sin embargo en el adulto el extremo
caudal de la médula -segmentos s 1, s2, s3, s4- está a la
altura de la primera vértebra lumbar. La red vascular
también se modifica quedando los segmentos torácicos
menos vascularizados. Además, a este nivel la relación
entre el raquis y la médula es más estrecha, haciéndolo
mas proclive a lesiones medulares definitivas.
Accidentes de trabajo:
1. La lesión interna determinada por un esfuerzo violento o
producto de la exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos,
biológicos, psicosociales, condiciones meteorológicas sobrevenidos
en las mismas circunstancias.
2. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de
naturaleza análoga, cuando tengan relación con el trabajo.
3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el
trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra
durante el recorrido habitual.
4. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con
ocasión del desempeño de cargos electivos en organizaciones
sindicales, así como los ocurridos al ir o volver del lugar donde se
ejerciten funciones propias de dichos cargos.
Son lesiones de músculos, tendones,
nervios y articulaciones que se localizan
con más frecuencia en el cuello, espalda,
hombros, codos, puños y manos. El
síntoma predominante es el dolor,
asociado a inflamación, pérdida de fuerzas
y dificultad o imposibilidad para realizar
algunos movimientos. Este grupo de
enfermedades se da con gran frecuencia en
trabajos que requieren una actividad física
importante, pero también aparece en otros
trabajos como consecuencia de malas
posturas sostenidas durante largos
periodos de tiempo.
Traumas y afecciones laborales
Lesión corporal o funcional
La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo (Lopcymat), Artículo 69. Se
entiende por accidente de trabajo, todo suceso que
produzca en el trabajador o la trabajadora una lesión
funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o
posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda
ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por
el hecho o con ocasión del trabajo.
Serán igualmente accidentes de trabajo: La lesión 1.
interna determinada por un esfuerzo violento o producto
de la exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos,
biológicos, psicosociales, condiciones meteorológicas
sobrevenidos en las mismas circunstancias. 2. Los
accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de
naturaleza análoga, cuando tengan relación con el trabajo.
3. Los accidentes que sufra el trabajador o la
trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de
trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido
habitual, salvo que haya sido necesario realizar otro
recorrido por motivos que no le sean imputables al
trabajador o la trabajadora, y exista concordancia
cronológica y topográfica en el recorrido. 4. Los
accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora
con ocasión del desempeño de cargos electivos en
organizaciones sindicales, así como los ocurridos al
ir o volver del lugar donde se ejerciten funciones
propias de dichos cargos, siempre que concurran los
requisitos de concordancia cronológica y topográfica
Lesión corporal o funcional
La Ley Orgánica de Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo (Lopcymat)
Artículo 70. Se entiende por enfermedad ocupacional, los estados
patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o
exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se
encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la acción
de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas,
meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores
psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión
orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos
funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes.
Se presumirá el carácter ocupacional de aquellos estados
patológicos incluidos en la lista de enfermedades ocupacionales
establecidas en las normas técnicas de la presente Ley, y las que en
lo sucesivo se añadieren en revisiones periódicas realizadas por el
ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el
trabajo conjuntamente con el ministerio con competencia en
materia de salud.
La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo
(Lopcymat
 Artículo 71
De las Secuelas o Deformidades Permanentes
Las secuelas o deformidades permanentes provenientes de enfermedades
ocupacionales o accidentes de trabajo, que vulneren las facultades humanas,
más allá de la simple pérdida de la capacidad de ganancias, alterando la
integridad emocional y psíquica del trabajador o de la trabajadora lesionado,
se consideran equiparables, a los fines de la responsabilidad subjetiva del
empleador o de la empleadora, a la discapacidad permanente en el grado
que señale el Reglamento de la presente Ley.
Artículo 72
De la Responsabilidad del Empleador o de la Empleadora en las
Enfermedades Ocupacionales de Carácter Progresivo
En aquellas enfermedades ocupacionales de especial carácter progresivo, en
las cuales el proceso patológico no se detiene, aun cuando al trabajador o
trabajadora se le separe de su ambiente de trabajo, la responsabilidad del
empleador o de la empleadora continúa vigente, hasta que pudiere
establecerse su carácter estacionario y se practicase una evaluación
definitiva. No se extiende dicha responsabilidad en el caso de que el estado
patológico sea complicado o agravado por afecciones intercurrentes, sin
relación con el mismo, o sobreviniere el deceso por circunstancias
igualmente ajenas a tal condición.
Lesión corporal
Las enfermedades profesionales son a causa de
distintos contaminantes. Estos contaminantes pueden
ser físicos, como el ruido, vibración, calor o frío y
radiación; químicos, como aerosoles, gases y sólidos
(polvo y fibras). Los hay también biológicos, pero ese
campo le compete al médico.
Existen ciertas características que identifican una
enfermedad profesional. Por ejemplo, con por causas
físicas, químicas o biológicas; son de aparición lenta y;
muchas veces son irreversibles.
Las enfermedades las hay de varios tipos: agudas, en
las cuales la persona se expone poco tiempo pero
intensamente; crónicas, son exposiciones prolongadas
pero menos intensas; y, malignaza, las cuales provocan
cáncer.
Lesión corporal
El ruido, aparte de afectar la audición, puede
afectar el cerebro y el sistema cardiovascular.
Dentro de las enfermedades ocasionadas por
el ruido está el Tinnitus, la cual produce
sonidos falsos.
En la agricultura se trabaja con químicos que
pueden dañar la salud tal como los
pesticidas, que a pesar de ayudar a reducir
las plagas son tóxicas, que pueden ir desde
provocar simples vómitos y diarreas, hasta
llegar a un cáncer, o la misma muerte.
Las enfermedades profesionales en todos los países son
objeto de especial legislación debido a las posibilidades de
indemnización que entrañan.
Como la determinación de la naturaleza de enfermedad
profesional de una dolencia adquirida por un trabajador
puede ser motivo de controversia y ambigüedades si nos
atenemos a su simple definición, estas legislaciones a
menudo contienen una lista de las enfermedades que
pueden ser consideradas como profesionales siempre que
concurran el resto de los factores involucrados; esto es, no
basta con que la enfermedad se haya contraído en el
trabajo, para ser considerada profesional, también debe
estar incluida en las dolencias legales listadas por cada país
en su "Cuadro de Enfermedades Profesionales".
En Venezuela se adelantó la presentación del listado de
enfermedades ocupacionales a los Delegados y Delegadas
de Prevención a nivel nacional, quienes hicieron propuestas
interesantes, debido a que ellos mejor que nadie conocen
los riesgos presentes en los puestos de trabajo.
El listado de Enfermedades Ocupacionales se divide en sesiones como
la de Enfermedades Ocupacionales del Sistema Osteomuscular, las
cuales encabezan la lista en las estadísticas venezolanas, pues son las
que mayormente sufren los trabajadores y trabajadoras. Entre algunos
de los padecimientos está el lumbago ocupacional, trastornos del disco
intervertebral y el síndrome del túnel carpiano.
Luego las Afecciones Auditivas, aquí los procesos peligrosos se deben a
la exposición a ruidos por encima de los 85 decibeles según el tiempo,
vibraciones e intensidad del ruido. Igualmente, las enfermedades de las
cuerdas vocales como disfonías, pólipos, nódulos y otras lesiones por el
uso de la voz de forma excesiva.
Las enfermedades causadas por exposición a agentes químicos;
también por exposición a agentes físicos; afecciones de la piel;
problemas relacionados con el ambiente físico y afecciones por factores
psicosociales, comprendidas por más de 60 patologías distintas dentro
del listado.
Enfermedades por HIV, hepatitis vírica A, B y C; Varicela, Herpes simple,
paludismo entre otras, forman parte de las enfermedades causadas por
exposición a agentes biológicos. Las afecciones del aparato respiratorio,
como el asma ocupacional, bronquitis y neumonitis por inhalación de
gases, humo, vapores y sustancias químicas se incluyen en la lista.
Finalmente, la lista culmina con enfermedades del sistema sanguíneo;
enfermedades del ojo; del sistema circulatorio y otras enfermedades
ocupaciones como la hepatitis tóxica, insuficiencia renal aguda, crónica e
infertilidad masculina.
Discapacidad
Se conoce como discapacidad, la cualidad de
discapacitado refiriéndose a la persona que tiene
impedimento que limite alguna de las actividades
cotidianas que pueden ser consideradas por el resto
como normal, esto producto de una alteración en la
parte intelectual o física.
Muchos entornos laborales pueden ser escenarios de
accidentes que a la larga produzcan en el trabajador un
impedimento, obligándolo a disminuir su actividad
hasta retirarse por completo de su puesto de trabajo.
Quien sufra de un accidente laboral o enfermedad
ocupacional que a largo plazo ocasione algún
impedimento en la persona, el responsable de su
contratación debe prever que el afectado pueda
disfrutar de una remuneración, esto por ser el lugar de
trabajo la causa de la enfermedad o discapacidad
artículo 78 de la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y Medio Ambiente
de Trabajo, estipula: Las prestaciones
dinerarias del Régimen Prestacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo se
corresponden a los daños que ocasionen las
enfermedades ocupacionales o los
accidentes de trabajo a una trabajadora o
trabajador afiliado, los cuales se clasificarán
de la siguiente manera:
1. Discapacidad temporal.
2. Discapacidad parcial permanente.
3. Discapacidad total permanente para el
trabajo habitual.
4. Discapacidad absoluta permanente para
cualquier tipo de actividad. 5.
Gran discapacidad.
6. Muerte.
La Tesorería de Seguridad Social será la
encargada de establecer las prestaciones
dinerarias de acuerdo al tipo de
discapacidad presentada en el artículo 78.
Discapacidad temporal
el artículo 79 señala: La discapacidad temporal es la
contingencia que, a consecuencia de un accidente de
trabajo o enfermedad ocupacional, imposibilita al
trabajador o trabajadora amparado para trabajar por
un tiempo determinado… El trabajador o trabajadora
tiene derecho a una prestación monetaria que
equivale al 100% del monto del salario haciendo
referencia al número de días que dure la
discapacidad. A partir del 4º día de la ausencia
ocasionada por el accidente o enfermedad hasta el
momento de su rehabilitación, readaptación o
declaración permanente de discapacidad. La persona
responsable de contratar a quien haya sufrido el
accidente laboral será el responsable de cancelar el
salario, incluyendo los beneficios socioeconómicos
correspondientes a su jornada regular a los 3
primeros días sucesivos de la discapacidad temporal.
La cancelación se hará sobre el 100% del monto del
salario. El trabajador o trabajadora puede pasar con
discapacidad temporal un lapso de 12 meses. La
Lopcymat estipula que luego de haber pasado el
tiempo reglamentario, el empleado debe ser evaluado
por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y
Seguridad Laborales, esto con la finalidad de
determinar una evolución favorable en el trabajador
para lograr una próxima reinserción laboral.

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  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICERECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO MEDICINA LEGAL Alumna: NELLY ARRIECHE C.I: V-10.372.296 Prof: Dulcemar Montero Saia A
  • 2. LESIONES Es una alteración de las características morfológicas o estructurales de un organismo en cualquiera de sus niveles de organización (molecular, celular, tisular, anatómico, corporal o social) producidos causas físicos, químicos o biológicos. Etiología: Las lesiones son producidas por diversos mecanismos nocivos o dañinos, que alteran el equilibrio o la homeostasis celular. Agentes Vulnerantes: Son todo elemento, instrumento o sustancia cuya acción externa causa alteraciones, lesiones o la perdida de la vida Causas externa:  Físicas: Como los traumatismos, las radiaciones la electricidad, el calor que produce quemaduras el frío. también se puede aplicar a una alergia  Químicas: Como sustancias corrosivas sobre la piel, como los tóxicos o venenos.  Biológicas: Corresponden a los agentes infecciosos, ya sean virus, bacterias o parásitos.  Mecánicas: producidas por sobrecarga sobre algún elemento de la edificación, generando unas tensiones internas que acaban en ruptura. LESIONES FISICAS LESIONES QUIMICAS LESIONES BIOLOGICAS LESIONES MECÁNICAS
  • 3. CLASIFICACIONDE LASLESIONES Según el agente agresor: Cortante: Producida por objetos cortantes. Punzante: Producida por objetos acabados en punta y afilados. Punzo-cortantes: Se distingue un orificio de entrada, el trayecto y el orificio de salida. Contuso-cortantes: Son aquellas que se producen al impactar un objeto contra una parte dura de nuestro cuerpo produciendo una herida cortante.
  • 4. Contusiones: Se ocasiona debido a la resistencia ejercida por los huesos frente a un golpe. La herida presenta bordes irregulares, y tiende a la formación de una cicatriz en la piel. Además, las contusiones suelen producir una hemorragia en los tejidos interno
  • 5. HERIDAS Es una lesión que se produce en el cuerpo. Puede ser producida por múltiples razones, aunque generalmente es debido a golpes o desgarros en la piel. Heridas Cortantes: Bordes regulares, los ángulos son dos, los planos de forma regular, son más profundas cuando son mayores los planos. Heridas punzantes: Agentes que actúan con punta y peso para la profundidad y extensión Punzo-cortantes: Ejemplo la producida por flecha que fue mortal ya que atravesó la cavidad abdominal lesionando las vísceras y con orificio de salida por la región lumbar Heridas Contuso cortantes: Predomina la profundidad llegando incluso al plano óseo.
  • 6. Clasificación De Las Heridas Heridas abiertas: En este tipo de heridas se observa la separación de los tejidos blandos. Son las más susceptibles a la contaminación. Heridas cerradas: Son aquellas en las que no se observa la separación de los tejidos, generalmente son producidas por golpes; la hemorragia se acumula debajo de la piel (hematoma), en cavidades o en viseras. Deben tratarse rápidamente porque pueden comprometer la función de un órgano o la circulación sanguínea.
  • 7. Heridas simples: Son heridas que afectan la piel, sin ocasionar daño en órganos importantes . Ejemplo: Arañazo o cortaduras superficiales. Heridas complicadas: Son heridas extensas y profundas con hemorragia abundante; generalmente hay lesiones en músculos, tendones, nervios, vasos sanguíneos, órganos internos y puede o no presentarse perforación visceral.
  • 8.
  • 9. CLASIFICACION DE LAS LESIONES SEGÚN EL CODIGO PENAL VENEZOLANO Lesiones Leves : (Art.416 CP) Son aquellas que no producen en la persona que la padece lesiones graves o gravísimas y que no van a repercutir en el fu turo en su físico ( Ej.: un esguince de tobillo). Todo daño en el cuerpo o en la salud que no se encuentre previsto en los arts. 90 y 91 del Código Penal conformarían lesiones leves. El art. 80 nos dice “se impondrá prisión de un mes a un año al que causare a otro, en el cuerpo o en la salud, un daño que no esté previsto en otra disposición de esté código Lesiones Graves :(Art.415 CP) Generalmente producen una debilitación permanente y funcional en la salud de quien la padece , no queriendo decir por ello que sea para el resto de su vida.(Ej: fractura de tibia) El art. 90 del C.P. dice “ se impondrá reclusión o prisión de uno a seis años, si la lesión produjere una debilitación permanente de la salud, de un sentido, de un órgano, de un miembro o una dificultad permanente de la palabra o se hubiere puesto en peligro la vida del ofendido, le hubiere inutilizado para el trabajo por más de un mes o le hubiere causado una deformación permanente en el rostro “.
  • 10. Lesiones Gravísimas : (ART.414 CP) Son aquellas que producen la perdida de un sentido, de un miembro, de un órgano ( ej. la pérdida de una pierna). El art. 91 del C.P. dice “ se impondrá reclusión o prisión de tres a diez años si la lesión produjere una enfermedad mental o corporal cierta o probablemente incurable la inutilidad permanente para el trabajo la pérdida de un sentido de un órgano de un miembro del uso un órgano o miembro de la palabra o de la capacidad de engendrar o concebir “. CLASIFICACION DE LAS LESIONES SEGÚN EL CODIGO PENAL VENEZOLANO
  • 11. SEGÚN EL MARCO JURÍDICO LAS LESIONES PERSONALES SE CLASIFICAN EN: Lesiones Mortales: Son las que por sí solas y con exclusión de toda causa han producido la muerte. Ej. Destrucción de centros vitales, Hemorragias (2/3 de la volemia), Choque traumático . Lesiones No Mortales: Son aquellas que por su etiología, mecanismo o extensión no produce un compromiso directo de la vida.
  • 12. CLASIFICACION DE LAS LESIONES SEGÚN EL CODIGO PENAL VENEZOLANO Lesiones Graves Lesiones Levísima Art.415 C.P Art. 417 C.P. Lesiones leves Lesiones Gravísimas Art. 416 C.P Art. 414 C.P Lesiones menos Graves Art. 413 C.P 1.Enfermedad Mental. 2,Pérdida de algún sentido o uso de algún órgano.  Pérdida de la palabra  Pérdida de la capacidad de engendrar.  Herida que desfigure a la oersona 1.Cicatriz en la cara. 2,Peligro para la Vista del Lesionado
  • 13. ESTRUCTURA DEL INFORME MÈDICO FORENSE EN LESIONES PERSONALES •El Preámbulo O Introducción •La Exposición O Descripción •Antecedentes •Discusión •Conclusiones •Respuestas (Tipo De •Lesión).
  • 14. HERIDAS POR ARMA DE FUEGO DEFINICION: Son las lesiones que ocasiona el proyectil a su paso a través de los tejidos del cuerpo humano. Las lesiones varían según la distancia y la zona del cuerpo donde penetra el proyectil
  • 15. DISPARO DE CONTACTO Golpe de mina” de Hoffman. Cuando el disparo es producido contra una tabla ósea, los gases que ingresan en el orifico de entrada se reflejan en dicho plano subyacente generando una presión tal entre el hueso y la piel, que retorna hacia el lugar donde se produjo el disparo produciendo una lesión de desgarro en forma de estrella de bordes contuosos, irregularidades y dentados.
  • 16. Signo de Puppe- Werkgartner Tiene como características que solo aparece en los disparos de contacto y en cualquier lugar del cuerpo. Este signo consiste en lo siguiente: tenemos el orificio de entrada de plomo; allí se forman los dos anillos concéntricos que en la zona de Ficsh; no se forma el tatuaje porque éste es un disparo de contacto y dicho tatuaje en este tipo de disparo va dentro de la herida. Signo de Benassi: El disparo se ha hecho sobre superficies duras y consiste en el humo que se encuentra entre el hueso y la piel.
  • 17. Signo de Bonnet: Se manifiesta cuando el disparo es a contacto, pero no sobre la piel, sino sobre las prendas de la víctima. Formación de un cono, con un cráter mayor tabla interna del cráneo por la entrada de un proyectil de arma de fuego Signo de Neiro Rojas: Al producir el disparo al contacto sobre las prendas, el punto por el cual penetra el proyectil se deshilacha en forma de cruz.
  • 18. CLASIFICACION HERIDAS PORARMAS DE FUEGO Según La DistanciaDel Disparo DisparoDe Contacto oBoca de Jarro: Es aquel que en el momento del disparo existe un contacto directo o una distancia no mayor a 1 cm de la boca del arma de fuego con la piel. Estos disparosseproducende0 a2 cm Disparo De Próximo Contacto: Estos disparos se producen a una distancia entre 2 a unos 60 cm aproximadamente. Disparo A Distancia: Estos disparos de producen a una distancia a m{as de 60 cm .
  • 19. HERIDAS POR ARMA DE FUEGO Según La Zona Del Cuerpo donde Penetra El Proyectil Heridas Sobre Zonas Blandas Es donde la piel es desprecible y no tiene elementos óseos óseos por debajo: muslo, abdomen, entre otros. Heridas Sobre Zonas Duras: Es donde la piel tiene, inmediatamente por debajo un plano óseo: cráneo, tórax, etc. Las Heridas Por Arma De Fuego Presentan: Lesión De Entrada, Trayecto Y Lesión De Salida. Lesión De Entrada • Orificio de entrada. • Zona de FISCH. • Zona de tatuaje. • Zona de falso tatuaje
  • 20. Elementos indicadores Tatuaje: Formado por una zona concéntrica de los granos de pólvora Quemadura: Es el chamuscamiento de la piel el cual se destaca como una mancha ocre o amarillo negruzco que caracteriza el orificio de entrada. Anillo de enjugamiento: Se produce cuando el proyectil sale por la boca del arma arrastrando consigo partículas de aceite, grasa, oxido o cualquier otro elemento extraño y al atravesar la piel quedan en la superficie de la piel perforada
  • 21. Anillo de contusión: Consiste en las marcas o señales producidas por el impacto del proyectil disparado por el arma de fuego en la piel alrededor del orificio de entrada; es una lesión contusa producida por la destrucción de los vasos de la piel que circundan la herida Haz de ahumamiento: Zona ennegrecida de humo alrededor del orificio de entrada. Solo impregnada superficialmente
  • 22. Orificio deentrada: Causado por una herida debida a un arma de fuego, este proceso siempre que se trate de un arma de fuego tendrá un tipo de proyectil el cual dependiendo si es único o normal generara un orificio muy característico
  • 23. Signos especiales en tejido óseo: El tejido óseo, denominado comúnmente hueso, forma la base o sostén del sistema locomotor. Constituye el esqueleto del organismo. Gracias a la presencia de los huesos y su disposición en el espacio, el ser humano conserva su forma y puede adoptar diversas posturas, Los huesos también cumplen otras funciones, por ejemplo, sirven para alojar y proteger a tejidos y órganos vitales; la cavidad craneana al cerebro y el agujero vertebral a la médula espinal; la cavidad torácica al corazón y pulmones; la cavidad interna de los huesos a la médula ósea o hematopoyética
  • 24.
  • 25. LESIONES TERMICAS Son las lesiones producidas por la acción de las temperaturas, tanto por el frío como por el calor. La acción local del frío se denomina HELADURA y la del calor QUEMADURA. QUEMADURAS TERMICAS Las quemaduras térmicas son las lesiones que se producen cuando objetos calientes, líquidos hirviendo, vapor caliente, rayos solares o llamas tocan nuestra piel y demás tejidos. La mayoría ocurren en el ámbito doméstico o en el laboral y suelen ser leves.
  • 26. Tipos de lesiones Térmica AGENTE PRODUCTOR Calor: • Líquidos calientes • Fuego directo (llama) • Gases inflamables Frío: • Congelación
  • 27. LESION POR ACCION DE CALOR
  • 28. LESION POR ACCION DE CALOR AGENTES CAUSANTES DE QUEMADURAS LA LLAMA: Produce quemaduras irregulares mal delimitadas, carboniza los pelos, hace flictemas, puede producir necrosis y carbonización según el tiempo de exposición. Respeta las zonas cubiertas. CUERPOS SÓLIDOS: Los hierros candentes reproducen su forma, ocasionando quemaduras profundas. Ej. Hierros de marcar al ganado.
  • 29. VAPORES CALIENTES: Queman frecuentemente las zonas descubiertas, llámese el cuello, cara, manos; esto les ocurre a las amas de casa que destapan vasijas que contienen substancias en ebullición. Paradójico no afectan los pelos. GASES Invaden el aparato respiratorio produciendo irritación de la mucosa nasofaríngea y traqueo bronquial . Sus consecuencias dependen del producto gasificado: si son tóxicos (cianuros), purgantes, químicos, producirán además los efectos específicos de cada uno de ellos. Claro que sobre las zonas descubiertas producirán eritemas, flictemas, escaras y aun necrosis de ellas
  • 30. ACIDOS: Actúan por corrección .Producen escaras secas retractiles. Según el ácido tendrán características especiales, así: el ácido sulfúrico, vulgarmente llamado "vitriolo" , produce escaras negras y retracción de los tejidos, dejando cicatrices francamente defectuosas con estrechamiento de los orificios (ojos, nariz, boca) y queloides , que requieren intervenciones de cirugía reparadora y estética. El ácido nítrico o «agua fuerte", con los albuminoides producen reacción superficial por coagulación. Dejando cicatrices de color amarillo, los bordes están limpiamente delimitados. ÁLCALIS: Son óxidos, hidróxidos y carbonatos de los metales alcalinos, actúan como bases fuertes y son muy hidrosolubles (que es soluble en hidrogeno). De tacto jabonoso, pueden ser lo bastante corrosivos como para quemar la piel, al igual que los ácidos fuertes. o AGENTES CAUSANTES DE QUEMADURAS
  • 31. QUEMADURAS ELECTRICAS: Se observan en los puntos de contacto del conductor eléctrico con la piel . Las quemaduras superficiales son de color gris pizarra, la piel se torna seca y dura y queda insensible, no duele ni sangra. Las quemaduras profundas son foraminadas, bien delimitadas, forman ulceras de bordes bien tallados, negras asépticas por la acción de la electricidad, sin reacción inflamatoria. RADIODERMITIS: Conjunto de lesiones cutáneas que aparecen tras la exposición de la piel a radiaciones ionizantes, bien con fines terapéuticos o de forma accidental.
  • 32. HELADURAS: El enfriamiento general se presenta cuando la temperatura ambiente es de 5 C. Pero cuando un órgano esta expuesto a temperaturas bajo cero. se lesiona el endotelio capilar, produciéndose edema con formación de vesículas, obstrucción de los vasos sanguíneos por los mismos eritrocitos, con la necrosis consiguiente. Es frecuente en los pies por ser la parte expuesta a la nieve, afección que recibe el nombre de "pie de trinchera" .
  • 33. CLASIFICACIÓN DE LAS HELADURAS a) De 1er. Grado: Donde hay eritema por vaso dilatación reactiva a la vasoconstricción inicial. b) De 2do. Grado: Cuando se forman vesículas. c) De 3er. Grado: Cuando se presenta necrosis, caso en el cual es necesaria la amputación del miembro para salvar la vida a la persona
  • 34.  Dérmica Superficial: Segundo grado superficial  Epidérmica: Primer grado  Dérmica Profunda: Segundo Grado profundo  Subdérmica: Tercer grado Clasificación de las Lesiones según profundidad
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  • 36. CLASIFICACION DE LAS QUEMADURAS: Las quemaduras según su INTENSIDAD se dividen en 4 grados: Primer Grado O Eritema: La piel toma un color rojo vivo, debido a la congestión edematosa, acompañada de color .Este primer grado ha sido llamado signo de "Christiansen" SEGUNDO GRADO O FLICTEMA: La lesión se caracteriza por presentar vesículas o flictemas llenas de un líquido proteico amarillento, el fondo esta congestionado. Se ha denominado signo de "Chambert" . Estas lesiones curan fácilmente a partir de la periferia sin dejar cicatriz, a no ser que se infecten secundariamente.
  • 37. Tercer Grado O Escara: La quemadura afecta epidermis y la dermis dejando cicatrices retractiles que a veces necesitan cirugía, radioterapia, y otras medidas como enjertos. Cuarto Grado O Carbonización: La piel se deseca, toma un color negruzco, afecta los músculos , los vasos y los nervios y en ocasiones llega hasta los huesos , que pueden llegar a calcinarse.
  • 38. QUEMADURASHECHASEN VIDAY POST MORTEM. La respuesta la da la reacciónque tienen los tejidos vivos. Se sabe que si un cadáver seriega con agua hirviendono le ocurrenada, no se ampolla nipresenta lesiones especiales, lo que no ocurrecon la persona viva. Teniendoen cuenta lo anterior se precisan los siguientes hechos: La quemadurahecha en vida presenta eritema enel sitio de la lesión. Enel muerto no. La quemadurahecha en vida presenta una aureola roja inflamatoria en la periferia. En el muerto no. Las vesículas o flictemas son signo deque la quemadura se hizoen vida. Sin embargo con algunas substancias o a temperaturas especiales los cadáveres pueden presentar ampollas o flictemas; enese caso se examina la flictema. La ampolla hecha en vida presenta el fondo congestionado, vascularizado y secreta unliquido amarillento rico enalbúmina yleucocitos, signo de vitalidad. En el cadáver no se encuentraestos rasgos.
  • 39. FASES DE LA HIPOTERMIA
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  • 46. Trauma Cráneo-encefálico (TCE) Es una patología frecuente en los países industrializados, constituyendo una de las principales causas de muerte entre la población pediátrica y adulta joven.
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  • 49. El Traumatismo Raquimedular (TRM) Es todo daño de la médula espinal raíces o envolturas como consecuencia de un trauma que afecte a la columna vertebral. La columna vertebral sirve de sostén y protección de la médula espinal, sus envolturas y raíces. En las primeras etapas embrionarias hay concordancia entre el nivel de los cuerpos vertebrales, los segmentos medulares y el aporte sanguíneo. Sin embargo en el adulto el extremo caudal de la médula -segmentos s 1, s2, s3, s4- está a la altura de la primera vértebra lumbar. La red vascular también se modifica quedando los segmentos torácicos menos vascularizados. Además, a este nivel la relación entre el raquis y la médula es más estrecha, haciéndolo mas proclive a lesiones medulares definitivas.
  • 50. Accidentes de trabajo: 1. La lesión interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales, condiciones meteorológicas sobrevenidos en las mismas circunstancias. 2. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando tengan relación con el trabajo. 3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual. 4. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño de cargos electivos en organizaciones sindicales, así como los ocurridos al ir o volver del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos.
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  • 52. Son lesiones de músculos, tendones, nervios y articulaciones que se localizan con más frecuencia en el cuello, espalda, hombros, codos, puños y manos. El síntoma predominante es el dolor, asociado a inflamación, pérdida de fuerzas y dificultad o imposibilidad para realizar algunos movimientos. Este grupo de enfermedades se da con gran frecuencia en trabajos que requieren una actividad física importante, pero también aparece en otros trabajos como consecuencia de malas posturas sostenidas durante largos periodos de tiempo. Traumas y afecciones laborales
  • 53. Lesión corporal o funcional La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), Artículo 69. Se entiende por accidente de trabajo, todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo. Serán igualmente accidentes de trabajo: La lesión 1. interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales, condiciones meteorológicas sobrevenidos en las mismas circunstancias. 2. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando tengan relación con el trabajo.
  • 54. 3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sido necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean imputables al trabajador o la trabajadora, y exista concordancia cronológica y topográfica en el recorrido. 4. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño de cargos electivos en organizaciones sindicales, así como los ocurridos al ir o volver del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que concurran los requisitos de concordancia cronológica y topográfica Lesión corporal o funcional
  • 55. La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat) Artículo 70. Se entiende por enfermedad ocupacional, los estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes. Se presumirá el carácter ocupacional de aquellos estados patológicos incluidos en la lista de enfermedades ocupacionales establecidas en las normas técnicas de la presente Ley, y las que en lo sucesivo se añadieren en revisiones periódicas realizadas por el ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo conjuntamente con el ministerio con competencia en materia de salud.
  • 56. La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat  Artículo 71 De las Secuelas o Deformidades Permanentes Las secuelas o deformidades permanentes provenientes de enfermedades ocupacionales o accidentes de trabajo, que vulneren las facultades humanas, más allá de la simple pérdida de la capacidad de ganancias, alterando la integridad emocional y psíquica del trabajador o de la trabajadora lesionado, se consideran equiparables, a los fines de la responsabilidad subjetiva del empleador o de la empleadora, a la discapacidad permanente en el grado que señale el Reglamento de la presente Ley. Artículo 72 De la Responsabilidad del Empleador o de la Empleadora en las Enfermedades Ocupacionales de Carácter Progresivo En aquellas enfermedades ocupacionales de especial carácter progresivo, en las cuales el proceso patológico no se detiene, aun cuando al trabajador o trabajadora se le separe de su ambiente de trabajo, la responsabilidad del empleador o de la empleadora continúa vigente, hasta que pudiere establecerse su carácter estacionario y se practicase una evaluación definitiva. No se extiende dicha responsabilidad en el caso de que el estado patológico sea complicado o agravado por afecciones intercurrentes, sin relación con el mismo, o sobreviniere el deceso por circunstancias igualmente ajenas a tal condición.
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  • 58. Lesión corporal Las enfermedades profesionales son a causa de distintos contaminantes. Estos contaminantes pueden ser físicos, como el ruido, vibración, calor o frío y radiación; químicos, como aerosoles, gases y sólidos (polvo y fibras). Los hay también biológicos, pero ese campo le compete al médico. Existen ciertas características que identifican una enfermedad profesional. Por ejemplo, con por causas físicas, químicas o biológicas; son de aparición lenta y; muchas veces son irreversibles. Las enfermedades las hay de varios tipos: agudas, en las cuales la persona se expone poco tiempo pero intensamente; crónicas, son exposiciones prolongadas pero menos intensas; y, malignaza, las cuales provocan cáncer.
  • 59. Lesión corporal El ruido, aparte de afectar la audición, puede afectar el cerebro y el sistema cardiovascular. Dentro de las enfermedades ocasionadas por el ruido está el Tinnitus, la cual produce sonidos falsos. En la agricultura se trabaja con químicos que pueden dañar la salud tal como los pesticidas, que a pesar de ayudar a reducir las plagas son tóxicas, que pueden ir desde provocar simples vómitos y diarreas, hasta llegar a un cáncer, o la misma muerte.
  • 60. Las enfermedades profesionales en todos los países son objeto de especial legislación debido a las posibilidades de indemnización que entrañan. Como la determinación de la naturaleza de enfermedad profesional de una dolencia adquirida por un trabajador puede ser motivo de controversia y ambigüedades si nos atenemos a su simple definición, estas legislaciones a menudo contienen una lista de las enfermedades que pueden ser consideradas como profesionales siempre que concurran el resto de los factores involucrados; esto es, no basta con que la enfermedad se haya contraído en el trabajo, para ser considerada profesional, también debe estar incluida en las dolencias legales listadas por cada país en su "Cuadro de Enfermedades Profesionales". En Venezuela se adelantó la presentación del listado de enfermedades ocupacionales a los Delegados y Delegadas de Prevención a nivel nacional, quienes hicieron propuestas interesantes, debido a que ellos mejor que nadie conocen los riesgos presentes en los puestos de trabajo.
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  • 64. El listado de Enfermedades Ocupacionales se divide en sesiones como la de Enfermedades Ocupacionales del Sistema Osteomuscular, las cuales encabezan la lista en las estadísticas venezolanas, pues son las que mayormente sufren los trabajadores y trabajadoras. Entre algunos de los padecimientos está el lumbago ocupacional, trastornos del disco intervertebral y el síndrome del túnel carpiano. Luego las Afecciones Auditivas, aquí los procesos peligrosos se deben a la exposición a ruidos por encima de los 85 decibeles según el tiempo, vibraciones e intensidad del ruido. Igualmente, las enfermedades de las cuerdas vocales como disfonías, pólipos, nódulos y otras lesiones por el uso de la voz de forma excesiva. Las enfermedades causadas por exposición a agentes químicos; también por exposición a agentes físicos; afecciones de la piel; problemas relacionados con el ambiente físico y afecciones por factores psicosociales, comprendidas por más de 60 patologías distintas dentro del listado. Enfermedades por HIV, hepatitis vírica A, B y C; Varicela, Herpes simple, paludismo entre otras, forman parte de las enfermedades causadas por exposición a agentes biológicos. Las afecciones del aparato respiratorio, como el asma ocupacional, bronquitis y neumonitis por inhalación de gases, humo, vapores y sustancias químicas se incluyen en la lista. Finalmente, la lista culmina con enfermedades del sistema sanguíneo; enfermedades del ojo; del sistema circulatorio y otras enfermedades ocupaciones como la hepatitis tóxica, insuficiencia renal aguda, crónica e infertilidad masculina.
  • 65. Discapacidad Se conoce como discapacidad, la cualidad de discapacitado refiriéndose a la persona que tiene impedimento que limite alguna de las actividades cotidianas que pueden ser consideradas por el resto como normal, esto producto de una alteración en la parte intelectual o física. Muchos entornos laborales pueden ser escenarios de accidentes que a la larga produzcan en el trabajador un impedimento, obligándolo a disminuir su actividad hasta retirarse por completo de su puesto de trabajo. Quien sufra de un accidente laboral o enfermedad ocupacional que a largo plazo ocasione algún impedimento en la persona, el responsable de su contratación debe prever que el afectado pueda disfrutar de una remuneración, esto por ser el lugar de trabajo la causa de la enfermedad o discapacidad
  • 66. artículo 78 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, estipula: Las prestaciones dinerarias del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo se corresponden a los daños que ocasionen las enfermedades ocupacionales o los accidentes de trabajo a una trabajadora o trabajador afiliado, los cuales se clasificarán de la siguiente manera: 1. Discapacidad temporal. 2. Discapacidad parcial permanente. 3. Discapacidad total permanente para el trabajo habitual. 4. Discapacidad absoluta permanente para cualquier tipo de actividad. 5. Gran discapacidad. 6. Muerte. La Tesorería de Seguridad Social será la encargada de establecer las prestaciones dinerarias de acuerdo al tipo de discapacidad presentada en el artículo 78.
  • 67. Discapacidad temporal el artículo 79 señala: La discapacidad temporal es la contingencia que, a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, imposibilita al trabajador o trabajadora amparado para trabajar por un tiempo determinado… El trabajador o trabajadora tiene derecho a una prestación monetaria que equivale al 100% del monto del salario haciendo referencia al número de días que dure la discapacidad. A partir del 4º día de la ausencia ocasionada por el accidente o enfermedad hasta el momento de su rehabilitación, readaptación o declaración permanente de discapacidad. La persona responsable de contratar a quien haya sufrido el accidente laboral será el responsable de cancelar el salario, incluyendo los beneficios socioeconómicos correspondientes a su jornada regular a los 3 primeros días sucesivos de la discapacidad temporal. La cancelación se hará sobre el 100% del monto del salario. El trabajador o trabajadora puede pasar con discapacidad temporal un lapso de 12 meses. La Lopcymat estipula que luego de haber pasado el tiempo reglamentario, el empleado debe ser evaluado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, esto con la finalidad de determinar una evolución favorable en el trabajador para lograr una próxima reinserción laboral.