Abstracta Permanente Irrenunciable Indelegable
La potestad puede ser
Originada o Derivada,
llamada también
Considerada en un plano
abstracto, significa, por un
lado Supremacía, y, por
Implica la facultad de generar normas
mediante las cuales el Estado puede
compeler a las personas para que le
entreguen una porción de sus rentas o
Se dice que la potestad es
originada cuando emana
de la naturaleza y esencia
misma del Estado, y en
forma inmediata y directa
Nace de la propia Carta Fundamental,
donde exista Constitución escrita, o de
los principios institucionales donde no
exista la misma.
Es derivada o delegada cuando
a facultad de imposición que
tiene el ente Municipal o
Estadal para crear tributos
mediante derivación, en virtud
de una ley que no emana en
Se derivan de leyes dictadas
por los entes regionales o
locales en propiedad de su
propio poder de imposición.
Se dice que son leyes de base
Caracteres
de la
Potestad
La Potestad Tributaria, al
igual que las leyes, es
abstracta, pero se debe
La potestad Tributaria
permanece con el
transcurso del tiempo y
no se extingue. Solo se
extinguirá cuando
perezca el Estado.
El Estado no puede
desprenderse ni delegar
la potestad Tributaria.
Esta característica es
sinónima de la anterior,
ya que el estado no
puede renunciar o
desprenderse en forma
MAPA CONCEPTUAL POTESTAD TRIBUTARIA
Limitaciones a
la Potestad
Tributaria
La potestad tributaria no es limitada,
ella se encuentra limitada por la
Constitución de la Republica
Existen varios principios
constitucionales que limitan a la
Potestad tributaria, y ellos son
Principio de Legalidad
o Reserva legal
Contemplado
en el Art. 317
de la C.R.B.V.
Principio de Capacidad
contributiva
Implica solo
hechos de la
vida real y
que son
índice de
actividad
Principio de igualdad
Busca la
justicia de la
tributación
en orden de
las exigencias
de igualdad y
Principio de
Generalidad Contemplado
en el Art. 133
de la C. R.
Principio de no
Confiscatoriedad
Contemplado
en el Art. 317
de la C. R. B.V.
MAPA CONCEPTUAL POTESTAD TRIBUTARIA
Competencia de la
Potestad Tributaria Es la facultad de derecho que tiene el sujeto activo de
ejecutar los mandatos legales y compeler al contribuyente a
pagar y realizar todos los actos instrumentales tendiente al
cobro. (Torres, 2005).
Su base jurídica la
encontramos en
el artículo 156 de
la Carta Magna
En este artículo se encuentra estipulado la
competencia del poder público nacional,
algunos de los cuales son la creación y
organización de los impuestos territoriales
o sobre predios rurales y sobre
transacciones inmobiliaria, cuya
recaudación y control corresponda a los
Municipios, y el régimen del comercio
exterior y la organización y régimen de las
aduanas.
De la misma manera
se encuentra en los
artículos 311 y 313
de la C.R.B.V.
Estos artículos se refieren a que el
Régimen Presupuestario está regido por
la máxima autoridad de que los ingresos
ordinarios,(impuestosde aduanas, sobre
la renta, del IVA, regalía petrolera, entre
otros), deben ser suficiente para cubrir
los gastos ordinarios.
En conclusión, la Competencia Tributaria se refiere a la facultad que se le confiere a los
órganos del Estado de exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
MAPA CONCEPTUAL POTESTAD TRIBUTARIA
Clasificación de la
Competencia de la
Potestad Tributaria
1. Competencia
Tributaria Residual
Es competencia de los Estados todo lo que no
corresponda a la competencia nacional o
municipal, así como lo contempla el artículo 164
ordinal 11 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela.
2. Competencia
Tributaria
Concurrente
Son todas aquellas materias que, conforme a lo
estipulado en la Constitución, pueden ser
ejercidas por todos los niveles del Poder Público.
Son competencias propias u originarias del Poder
Nacional y que por disposición expresa de la
ConstituciónNacional de la República Bolivariana
de Venezuela, son materias exclusivas, atribuida
exclusivamente, así como se contempla en el
artículo 164 numerales 1,2,3,4,5,6,7,8,9 y 10 de
Limitaciones Explicitas e
Implícitas
1. Explicitas
La Constitución y las Leyes señalan cuales son las
materias competentes del Poder Nacional y
Estadal, y aunque no son señaladas
taxativamente como prohibidas a los Municipios,
no puedenser ejercidas por estos. Por ejemplo se
tienen el Impuesto al Valor Agregado, a la Renta.
2. Implícitas
Se refieren a aquellas materias que son
competencia exclusivas del Poder Nacional y que
le son prohibidas a los Estados y los Municipios, lo
que le corresponda por índole o naturaleza
(Articulo 183 C.R.B.V).
MAPA CONCEPTUAL POTESTAD TRIBUTARIA
Potestad Tributaria,
Ingresos Estadales
La mayoría de los ingresos estadales son del situado
constitucional, que consiste en una partida presupuestaria
que le otorga el poder ejecutivo nacional.
Los estados tieneningresos
sucesivos, así como lo
estipula el Art. 167 de la
C.R.B.V.
1.- Los procedentes de su patrimonio y de la
administración de sus bienes, por ejemplo:
cuando ponen en venta y les compran sus
Activos Fijos Tangibles e Intangibles.
2.- Las tasas por el uso de sus bienes y servicios, multas y
sanciones, y las que le sean atribuidas mediante ley, le pueden
atribuir materias concurrentes, que son competencias del poder
nacional.
3.- El producto de lo recaudado por concepto de venta de
especies fiscales.
4.- Los recursos que les correspondan por el situado
constitucional. Lo equivalente al veinte por ciento del
total de los ingresos ordinarios estimados anualmente
por el Fisco Nacional la cual se distribuirá entre los
Estados y el Distrito Capital.
5.- Los demás impuestos, tasas y contribuciones especiales
que se le asigne por ley nacional, con el fin de promover el
desarrollo de las haciendas públicas estadales.
6.- Los recursos provenientes del Fondo de Compensación
Interterritorial y de cualquier otra transferencia, subvención o
asignación especial, así como aquellos que se les asigne como
participación en los tributos nacionales, de conformidad con la
respectiva ley.
MAPA CONCEPTUAL POTESTAD TRIBUTARIA
MAPA CONCEPTUAL POTESTAD TRIBUTARIA
Potestad
Tributaria
Municipal
Es delegada al Municipio por un ente
originario como lo es el poder nacional,
quien no establece un tributo sino que le
otorga la potestadal municipiocomo ente
político-territorial, para la creación,
recaudación y fiscalizaciónde sus tributos.
Es la capacidad que posee los
niveles del estado para la creación,
recaudación y la administración de
los tributos,siempre que esta, este
enmarcada en el ámbito de la ley
para la obtención de los mismos.
Limitaciones de la
Potestad Municipal.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000), en los
artículos 156 y 183 establece las prohibicionesylimitacionesa la potestad
tributaria municipal, algunas de las contempladas en el articulo183 son
las siguientes:
Crear aduanas ni impuestos de
importación, de exportación o
de transito sobre bienes
nacionales o extranjero, o
sobre las demás materias
rentísticas de la competencia
nacional.
Gravar bienes de
consumo ante de que
entren en circulación
dentro de su territorio.
Prohibir el consumo de bienes
producidos fuera de su territorio, ni
gravarlo en forma diferente a los
producidos en él. Los Estados y
Municipios solo podrán gravar la
agricultura, la cría, la pesca y la
actividad forestal en la oportunidad,
forma y medida que lo permita la
ley. Potestad Tributaria Municipal.

Potestad tributaria

  • 1.
    Abstracta Permanente IrrenunciableIndelegable La potestad puede ser Originada o Derivada, llamada también Considerada en un plano abstracto, significa, por un lado Supremacía, y, por Implica la facultad de generar normas mediante las cuales el Estado puede compeler a las personas para que le entreguen una porción de sus rentas o Se dice que la potestad es originada cuando emana de la naturaleza y esencia misma del Estado, y en forma inmediata y directa Nace de la propia Carta Fundamental, donde exista Constitución escrita, o de los principios institucionales donde no exista la misma. Es derivada o delegada cuando a facultad de imposición que tiene el ente Municipal o Estadal para crear tributos mediante derivación, en virtud de una ley que no emana en Se derivan de leyes dictadas por los entes regionales o locales en propiedad de su propio poder de imposición. Se dice que son leyes de base Caracteres de la Potestad La Potestad Tributaria, al igual que las leyes, es abstracta, pero se debe La potestad Tributaria permanece con el transcurso del tiempo y no se extingue. Solo se extinguirá cuando perezca el Estado. El Estado no puede desprenderse ni delegar la potestad Tributaria. Esta característica es sinónima de la anterior, ya que el estado no puede renunciar o desprenderse en forma MAPA CONCEPTUAL POTESTAD TRIBUTARIA
  • 2.
    Limitaciones a la Potestad Tributaria Lapotestad tributaria no es limitada, ella se encuentra limitada por la Constitución de la Republica Existen varios principios constitucionales que limitan a la Potestad tributaria, y ellos son Principio de Legalidad o Reserva legal Contemplado en el Art. 317 de la C.R.B.V. Principio de Capacidad contributiva Implica solo hechos de la vida real y que son índice de actividad Principio de igualdad Busca la justicia de la tributación en orden de las exigencias de igualdad y Principio de Generalidad Contemplado en el Art. 133 de la C. R. Principio de no Confiscatoriedad Contemplado en el Art. 317 de la C. R. B.V. MAPA CONCEPTUAL POTESTAD TRIBUTARIA
  • 3.
    Competencia de la PotestadTributaria Es la facultad de derecho que tiene el sujeto activo de ejecutar los mandatos legales y compeler al contribuyente a pagar y realizar todos los actos instrumentales tendiente al cobro. (Torres, 2005). Su base jurídica la encontramos en el artículo 156 de la Carta Magna En este artículo se encuentra estipulado la competencia del poder público nacional, algunos de los cuales son la creación y organización de los impuestos territoriales o sobre predios rurales y sobre transacciones inmobiliaria, cuya recaudación y control corresponda a los Municipios, y el régimen del comercio exterior y la organización y régimen de las aduanas. De la misma manera se encuentra en los artículos 311 y 313 de la C.R.B.V. Estos artículos se refieren a que el Régimen Presupuestario está regido por la máxima autoridad de que los ingresos ordinarios,(impuestosde aduanas, sobre la renta, del IVA, regalía petrolera, entre otros), deben ser suficiente para cubrir los gastos ordinarios. En conclusión, la Competencia Tributaria se refiere a la facultad que se le confiere a los órganos del Estado de exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias. MAPA CONCEPTUAL POTESTAD TRIBUTARIA
  • 4.
    Clasificación de la Competenciade la Potestad Tributaria 1. Competencia Tributaria Residual Es competencia de los Estados todo lo que no corresponda a la competencia nacional o municipal, así como lo contempla el artículo 164 ordinal 11 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 2. Competencia Tributaria Concurrente Son todas aquellas materias que, conforme a lo estipulado en la Constitución, pueden ser ejercidas por todos los niveles del Poder Público. Son competencias propias u originarias del Poder Nacional y que por disposición expresa de la ConstituciónNacional de la República Bolivariana de Venezuela, son materias exclusivas, atribuida exclusivamente, así como se contempla en el artículo 164 numerales 1,2,3,4,5,6,7,8,9 y 10 de Limitaciones Explicitas e Implícitas 1. Explicitas La Constitución y las Leyes señalan cuales son las materias competentes del Poder Nacional y Estadal, y aunque no son señaladas taxativamente como prohibidas a los Municipios, no puedenser ejercidas por estos. Por ejemplo se tienen el Impuesto al Valor Agregado, a la Renta. 2. Implícitas Se refieren a aquellas materias que son competencia exclusivas del Poder Nacional y que le son prohibidas a los Estados y los Municipios, lo que le corresponda por índole o naturaleza (Articulo 183 C.R.B.V). MAPA CONCEPTUAL POTESTAD TRIBUTARIA
  • 5.
    Potestad Tributaria, Ingresos Estadales Lamayoría de los ingresos estadales son del situado constitucional, que consiste en una partida presupuestaria que le otorga el poder ejecutivo nacional. Los estados tieneningresos sucesivos, así como lo estipula el Art. 167 de la C.R.B.V. 1.- Los procedentes de su patrimonio y de la administración de sus bienes, por ejemplo: cuando ponen en venta y les compran sus Activos Fijos Tangibles e Intangibles. 2.- Las tasas por el uso de sus bienes y servicios, multas y sanciones, y las que le sean atribuidas mediante ley, le pueden atribuir materias concurrentes, que son competencias del poder nacional. 3.- El producto de lo recaudado por concepto de venta de especies fiscales. 4.- Los recursos que les correspondan por el situado constitucional. Lo equivalente al veinte por ciento del total de los ingresos ordinarios estimados anualmente por el Fisco Nacional la cual se distribuirá entre los Estados y el Distrito Capital. 5.- Los demás impuestos, tasas y contribuciones especiales que se le asigne por ley nacional, con el fin de promover el desarrollo de las haciendas públicas estadales. 6.- Los recursos provenientes del Fondo de Compensación Interterritorial y de cualquier otra transferencia, subvención o asignación especial, así como aquellos que se les asigne como participación en los tributos nacionales, de conformidad con la respectiva ley. MAPA CONCEPTUAL POTESTAD TRIBUTARIA
  • 6.
    MAPA CONCEPTUAL POTESTADTRIBUTARIA Potestad Tributaria Municipal Es delegada al Municipio por un ente originario como lo es el poder nacional, quien no establece un tributo sino que le otorga la potestadal municipiocomo ente político-territorial, para la creación, recaudación y fiscalizaciónde sus tributos. Es la capacidad que posee los niveles del estado para la creación, recaudación y la administración de los tributos,siempre que esta, este enmarcada en el ámbito de la ley para la obtención de los mismos. Limitaciones de la Potestad Municipal. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000), en los artículos 156 y 183 establece las prohibicionesylimitacionesa la potestad tributaria municipal, algunas de las contempladas en el articulo183 son las siguientes: Crear aduanas ni impuestos de importación, de exportación o de transito sobre bienes nacionales o extranjero, o sobre las demás materias rentísticas de la competencia nacional. Gravar bienes de consumo ante de que entren en circulación dentro de su territorio. Prohibir el consumo de bienes producidos fuera de su territorio, ni gravarlo en forma diferente a los producidos en él. Los Estados y Municipios solo podrán gravar la agricultura, la cría, la pesca y la actividad forestal en la oportunidad, forma y medida que lo permita la ley. Potestad Tributaria Municipal.