El documento habla sobre la culpabilidad como categoría fundamental en el derecho penal. Explica que la culpabilidad se compone de dos dimensiones: la capacidad de culpabilidad o imputabilidad, y la conciencia potencial del ilícito. También analiza los diferentes tipos de error de prohibición y sus efectos en relación a excluir o reducir la culpabilidad de acuerdo a si el error era inevitable o evitable.
Estas pequeñas láminas tienen objeto adentrarnos al análisis del estudio de la teoría del delito, dentro de sus diferentes aspectos, es decir, positivos y negativos. Se estudia a partir de un punto la conducta, la tipicidad, la antijuricidad, la culpabilidad, así como la puniblidad, además se exponen, la ausencia de conducta, la atipicidad, las causas de justificación, la inculpabilidad y la excusas absolutorias.
Estas pequeñas láminas tienen objeto adentrarnos al análisis del estudio de la teoría del delito, dentro de sus diferentes aspectos, es decir, positivos y negativos. Se estudia a partir de un punto la conducta, la tipicidad, la antijuricidad, la culpabilidad, así como la puniblidad, además se exponen, la ausencia de conducta, la atipicidad, las causas de justificación, la inculpabilidad y la excusas absolutorias.
El Sistema Causalista aborda la teoría del delito desde una perspectiva distinta, lo que resulta interesante a efectos de distinguir con la teoría Finalista de Welzel
Presentacion para la evaluación del segundo corte del curso penal general la facultad de derecho del Politecnico Grancolombiano, narrra el error de prohibicion haciendo una mencion en los lineamientos principales de la responsabilidad penal
La imputabilidad puede definirse, en una primera aproximación, como “aquella categoría dogmática mediante la cual se establecen las condiciones que debe tener un sujeto para que le sea atribuible penalmente el hecho antijurídico que ha realizado”.
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Las capacidades sociomotrices son las que hacen posible que el individuo se pueda desenvolver socialmente de acuerdo a la actuación motriz propias de cada edad evolutiva del individuo; Martha Castañer las clasifica en: Interacción y comunicación, introyección, emoción y expresión, creatividad e imaginación.
3. LA CULPABILIDAD, COMO CATEGORÍA, SE COMPONE DE DOS DIMENSIONES FUNDAMENTALES Capacidad de Culpabilidad: La llamada imputabilidad. Característica que se niega en los casos de minoridad y en los supuestos en que una definición clínica en el origen del diagnóstico, pero jurídica en su valoración, confirma que el sujeto se encontraba bajo los efectos de una alteración de las facultades mentales que le hacía imposible motivarse en la norma Conciencia potencial del ilícito: La C.P. del I., se excluye por error de prohibición. Se trata de una dimensi ón que hace referencia a los supuestos en los cuales el sujeto activo, a pesar de comprender perfectamente las características particulares del supuesto de hecho típico, desconoce o yerra sobre el sentido normativo global (prohibido o permitido) de su accionar.
4. La categoría de la culpabilidad expresa las exigencias del nullum crimen sine culpa, para la imposición de una pena estatal . Ello significa básicamente Que nadie puede ser sujeto pasivo de una pena frente a hechos que sólo demuestren responsabilidad meramente objetiva. Que nadie debe responder penalmente de aquel hecho ilícito frente al cual no ha tenido libertad de elección entre el acto antijurídico y el jurídico.
5. Clases de error de prohibici ón Error de prohibici ón sobre los presupuestos objetivos de una causa de justificación: el sujeto activo supone erróneamente la concurrencia de los presupuestos fácticos de una causa de justificación prevista en el ordenamiento legal Error de prohibici ón sobre la norma Prohibitiva: el sujeto activo yerra sobre la existencia misma de la norma que le da carácter de prohibida o mandada a su acción u omisión Error de prohibici ón sobre la norma Permisiva: el sujeto activo conoce la prohibición general de la conducta pero supone la existencia normativa de un permiso inexistente en el ordenamiento jurídico.
6. EFECTOS DEL ERROR DE PROHIBICI ÓN EFECTOS Si el error es inevitable se excluye la culpabilidad Si el error es evitable se reduce la culpabilidad y ello implica una Reducci ón de la pena
7. Requisitos para considerar al error de prohibici ón como evitable EL ERROR ES EVITABLE CUANDO Existe un motivo para Pensar en la posible Antijuricidad del comportamiento Y el sujeto puede acudir a una fuente de informaci ón confiable para despejar su error Y el sujeto no ha acudido a esa fuente de informaci ón Y al sujeto le era exigible que acudiera a esa fuente de informaci ón
8. Casos especiales de evitabilidad Supuestos de tratamiento diferenciado del juicio de evitabilidad del error de prohibici ón Disminuci ón de las exigencias del juicio de evitabilidad por razón de socialización divergente o condicionamiento cultural Transformaci ón iure et de iure del error de prohibición evitable en inevitable por obediencia debida o jerárquica