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DERECHO DE AUTOR
MIGUEL ANGEL ROJAS CHAVARRO
Asesor Dirección General
1
Régimen jurídico a través del cual los autores pueden
invocar la protección de los derechos que se
desprenden de sus obras.
EL DERECHO DE AUTOR
ObrasAutor
Derechos
DERECHO DE
AUTOR
2
NORMATIVIDAD
• Decisión Andina 351 de 1993.
• Ley 23 de 1982.
• Ley 44 de 1993.
• Ley 1493 de 2011.
• Decreto Ley 019 de 2012.
• Decretos Reglamentarios. Decreto 1066 de 2015.
• Decreto 3942 de 2010.
• Decreto 1258 de 2012.
• Convenios Internacionales.
3
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OBRA
AUTOR
CONTENIDO
DERECHOS
MORALES
DERECHOS
PATRIMONIALES
DERECHOS MORALES
Cada autor tiene un vínculo perdurable y
estrecho con su obra. A nivel jurídico, ese
vínculo se traduce en los derechos morales.
Este derecho es inalienable, inembargable,
imprescriptible e irrenunciable y de rango
fundamental (Sentencia C-155 del 28 de abril de 1998 -M.P. Vladimiro
Naranjo Mesa).
5
DERECHOS MORALES
• PATERNIDAD
• INTEGRIDAD
• INEDITUD
• MODIFICACIÓN
• RETRACTO
6
DERECHOS PATRIMONIALES
Derecho exclusivo de realizar, autorizar o
prohibir:
• REPRODUCCIÓN
• COMUNICACIÓN AL PÚBLICO
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DERECHOS PATRIMONIALES
Derecho de comunicación
Se entiende por comunicación pública todo acto por el
cual una pluralidad de personas, reunidas o no en un
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“Será la que realice el propio titular de derecho
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AUTORIZACIÓN (Comprobantes de pago)
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COLECTIVA
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Decreto 3942 de 2010, artículo 1, parágrafo
Las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor o
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podrán autorizar a terceros, determinados usos de los
repertorios que administran sin necesidad de especificarlos.
15
AUTORIZACIÓN (Comprobantes de pago)
EXPEDIDOS POR QUIENES REALIZAN UNA
GESTIÓN INDIVIDUAL
Decreto 1066 de 2015, artículo 2.6.1.2.1, parágrafo
Decreto 3942 de 2010, artículo 1, Parágrafo:
Cuando un titular de derecho de autor o de derechos
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representa y la forma de utilización del mismo.
16
AUTORIZACIÓN (Comprobantes de pago)
EXPEDIDOS POR QUIENES REALIZAN UNA
GESTIÓN INDIVIDUAL
…las autoridades administrativas sólo exigirán y aceptarán
autorizaciones y comprobantes de pago expedidos por
personas diferentes a las sociedades de gestión colectiva de
derecho de autor o de derechos conexos, cuando (1) se
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  • 1. DERECHO DE AUTOR MIGUEL ANGEL ROJAS CHAVARRO Asesor Dirección General 1
  • 2. Régimen jurídico a través del cual los autores pueden invocar la protección de los derechos que se desprenden de sus obras. EL DERECHO DE AUTOR ObrasAutor Derechos DERECHO DE AUTOR 2
  • 3. NORMATIVIDAD • Decisión Andina 351 de 1993. • Ley 23 de 1982. • Ley 44 de 1993. • Ley 1493 de 2011. • Decreto Ley 019 de 2012. • Decretos Reglamentarios. Decreto 1066 de 2015. • Decreto 3942 de 2010. • Decreto 1258 de 2012. • Convenios Internacionales. 3
  • 5. DERECHOS MORALES Cada autor tiene un vínculo perdurable y estrecho con su obra. A nivel jurídico, ese vínculo se traduce en los derechos morales. Este derecho es inalienable, inembargable, imprescriptible e irrenunciable y de rango fundamental (Sentencia C-155 del 28 de abril de 1998 -M.P. Vladimiro Naranjo Mesa). 5
  • 6. DERECHOS MORALES • PATERNIDAD • INTEGRIDAD • INEDITUD • MODIFICACIÓN • RETRACTO 6
  • 7. DERECHOS PATRIMONIALES Derecho exclusivo de realizar, autorizar o prohibir: • REPRODUCCIÓN • COMUNICACIÓN AL PÚBLICO • TRANSFORMACIÓN • DISTRIBUCIÓN 7
  • 8. DERECHOS PATRIMONIALES Derecho de comunicación Se entiende por comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas, reunidas o no en un mismo lugar, pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. 8
  • 9. Derecho de Comunicación Pública  Usuario SERVIDOR Usuario Usuario Usuario Usuario Obras Obras Obras Obras 9
  • 10. DERECHOS CONEXOS Conjunto de derechos reconocidos a los: - Artistas Intérpretes o Ejecutantes. - Productores de Fonogramas. - Organismos de Radiodifusión. 10
  • 11. MODALIDADES DE GESTIÓN DEL DERECHO DE AUTOR (COLECTIVA E INDIVIDUAL) 11
  • 12. LA GESTIÓN COLECTIVA EN COLOMBIA • SAYCO (OSA)* • ACINPRO • CEDER • EGEDA • ACTORES 12
  • 13. LA GESTIÓN INDIVIDUAL “Será la que realice el propio titular de derecho de autor o de derechos conexos, no afiliado a ninguna sociedad de gestión colectiva” Decreto 1066 de 2015, artículo 2.6.1.2.1. 13
  • 14. 14 AUTORIZACIÓN (Comprobantes de pago) EXPEDIDOS POR SOCIEDADES DE GESTIÓN COLECTIVA Decreto 1066 de 2015, artículo 2.6.1.2.1, parágrafo Decreto 3942 de 2010, artículo 1, parágrafo Las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor o de derechos conexos facultadas conforme a este artículo, podrán autorizar a terceros, determinados usos de los repertorios que administran sin necesidad de especificarlos.
  • 15. 15 AUTORIZACIÓN (Comprobantes de pago) EXPEDIDOS POR QUIENES REALIZAN UNA GESTIÓN INDIVIDUAL Decreto 1066 de 2015, artículo 2.6.1.2.1, parágrafo Decreto 3942 de 2010, artículo 1, Parágrafo: Cuando un titular de derecho de autor o de derechos conexos decida gestionarlos de manera individual, deberá especificar en el contrato respectivo cuál es el repertorio que representa y la forma de utilización del mismo.
  • 16. 16 AUTORIZACIÓN (Comprobantes de pago) EXPEDIDOS POR QUIENES REALIZAN UNA GESTIÓN INDIVIDUAL …las autoridades administrativas sólo exigirán y aceptarán autorizaciones y comprobantes de pago expedidos por personas diferentes a las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor o de derechos conexos, cuando (1) se individualice el repertorio de obras, interpretaciones, ejecuciones artísticas o fonogramas que administra dicha persona, y (2) se acredite que la misma es la titular o representante del titular de tales obras o prestaciones.
  • 17. 17