Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
2. Principio de OportunidadPrincipio de Oportunidad
Concepto:Concepto:
Facultad concedida por el ordenamiento jurídico al Fiscal delFacultad concedida por el ordenamiento jurídico al Fiscal del
Ministerio Público, deMinisterio Público, de prescindir, suspender o modificarprescindir, suspender o modificar,,
discrecionalmente o por autorización expresa de la ley, eldiscrecionalmente o por autorización expresa de la ley, el
ejercicio de la acción penal cuando, a su juicio:ejercicio de la acción penal cuando, a su juicio:
No sea conveniente o necesaria la intervención penal estatal,No sea conveniente o necesaria la intervención penal estatal,
es decir, el enjuiciamiento y sanción de una persona, pores decir, el enjuiciamiento y sanción de una persona, por
razones derazones de humanitariashumanitarias, de, de necesidad o proporcionalidadnecesidad o proporcionalidad, o, o
dede EstadoEstado o,o,
Sea preferible su aplicación como unaSea preferible su aplicación como una estrategia políticaestrategia política
criminalcriminal para la obtención de resultados favorables para lapara la obtención de resultados favorables para la
persecución penal de otras conductas delictivas o a otraspersecución penal de otras conductas delictivas o a otras
personas.personas.
3. Principio de OportunidadPrincipio de Oportunidad
Precisión terminológicaPrecisión terminológica::
Oportunidad.Oportunidad.
DisponibilidadDisponibilidad
DiscrecionalidadDiscrecionalidad
Poder discrecionalPoder discrecional::
Discrecionalidad técnica vrsDiscrecionalidad técnica vrs
Discrecionalidad Político CriminalDiscrecionalidad Político Criminal
4. El Poder DiscrecionalEl Poder Discrecional
Fuentes:Fuentes:
Sistemas de commow lawSistemas de commow law::
o Por autorización expresa de la ley (secundum legem)Por autorización expresa de la ley (secundum legem)
o Por ausencia de una norma legal (praeter legem)Por ausencia de una norma legal (praeter legem)
o Por aplicación preferente a la ley (contra legem)Por aplicación preferente a la ley (contra legem)
Sistemas de la tradición jurídica latinaSistemas de la tradición jurídica latina::
o Por expresa autorización de la leyPor expresa autorización de la ley
5. Principio de OportunidadPrincipio de Oportunidad
Supuestos de procedencia:Supuestos de procedencia:
Art 37 COPP (supuestos genéricos)Art 37 COPP (supuestos genéricos)
Insignificancia del hecho.Insignificancia del hecho.
Participación de menor relevancia del imputadoParticipación de menor relevancia del imputado
Sufrimiento por de daño físico o moral del imputado (delitos culposos)Sufrimiento por de daño físico o moral del imputado (delitos culposos)
Insignificancia de la pena respecto de la pena ya impuesta o por imponer.Insignificancia de la pena respecto de la pena ya impuesta o por imponer.
Art 39 COPP vrs Art. 29 LOCDO (supuesto especial)Art 39 COPP vrs Art. 29 LOCDO (supuesto especial)
Delación (colaboración efectiva) en delitos de delincuencia organizadaDelación (colaboración efectiva) en delitos de delincuencia organizada
6. Pricipio de OportunidadPricipio de Oportunidad
Momento procesal:Momento procesal:
Una vez culminada la investigación y antes de acusar.Una vez culminada la investigación y antes de acusar.
Después de acusar, por el supuesto especial?Después de acusar, por el supuesto especial?
Efectos:Efectos:
Supuestos genéricosSupuestos genéricos::
Extinción de la acción penal – Sobreseimiento.Extinción de la acción penal – Sobreseimiento.
(no se exige la oferta de reparación del daño)(no se exige la oferta de reparación del daño)
Supuesto especialSupuesto especial::
1.1. Suspensión de la acción.Suspensión de la acción.
2.2. Modifica el ejercicio de la acciónModifica el ejercicio de la acción
1.1. COPP:COPP: Se reduce la pena a la mitadSe reduce la pena a la mitad
2.2. LOCDO:LOCDO: Se reduce la pena de un tercio a la mitadSe reduce la pena de un tercio a la mitad
7. Pricipio de OportunidadPricipio de Oportunidad
Momento procesal:Momento procesal:
Una vez culminada la investigación y antes de acusar.Una vez culminada la investigación y antes de acusar.
Después de acusar, por el supuesto especial?Después de acusar, por el supuesto especial?
Efectos:Efectos:
Supuestos genéricosSupuestos genéricos::
Extinción de la acción penal – Sobreseimiento.Extinción de la acción penal – Sobreseimiento.
(no se exige la oferta de reparación del daño)(no se exige la oferta de reparación del daño)
Supuesto especialSupuesto especial::
1.1. Suspensión de la acción.Suspensión de la acción.
2.2. Modifica el ejercicio de la acciónModifica el ejercicio de la acción
1.1. COPP:COPP: Se reduce la pena a la mitadSe reduce la pena a la mitad
2.2. LOCDO:LOCDO: Se reduce la pena de un tercio a la mitadSe reduce la pena de un tercio a la mitad