El documento resume los requisitos y elementos clave de un consentimiento informado según las Buenas Prácticas Clínicas (BPC), la FDA, la EMA, la legislación colombiana y la Resolución 8430 de 1993. Explica que un consentimiento informado debe contener información sobre el propósito del estudio, los procedimientos, riesgos, beneficios, alternativas, confidencialidad, voluntariedad para retirarse, entre otros elementos. Además, destaca que debe ser aprobado por un comité de ética, firmado por el participante
Esta es una presentación sobre Informe Belmont que hice para el Modulo de Metodología de la Investigación en el 6to año de la Carrera de Medico en UNT.
Una breve historia del origen de la bioética, desde como los médicos tomaron responsabilidad de su actos a fechas mas recientes, cuando se comienza a cuestionar los principios de la investigación en humanos
Breve introducción a los alumnos de la licenciatura en Nutrición al proceso salud enfermedad mediante la descripción de conceptos y elementos básicos que componen al la Historia Natural de la Enfermedad (HNE).
Esta es una presentación sobre Informe Belmont que hice para el Modulo de Metodología de la Investigación en el 6to año de la Carrera de Medico en UNT.
Una breve historia del origen de la bioética, desde como los médicos tomaron responsabilidad de su actos a fechas mas recientes, cuando se comienza a cuestionar los principios de la investigación en humanos
Breve introducción a los alumnos de la licenciatura en Nutrición al proceso salud enfermedad mediante la descripción de conceptos y elementos básicos que componen al la Historia Natural de la Enfermedad (HNE).
Todos sabemos que vamos a morir.... solo es cosa de saber cuando y como. Todos queremos morir sin sufimiento, sin dolor. Lo que no queremos es DISTANASIA.
Todos sabemos que vamos a morir.... solo es cosa de saber cuando y como. Todos queremos morir sin sufimiento, sin dolor. Lo que no queremos es DISTANASIA.
Presentación realizada por Jesús Magdalena Belío
en el marco de la jornada Aspectos Éticos en Proyectos de Investigación con Personas que tuvo lugar el 22 de enero de 2015 en el Centro de Investigación Biomédica de Aragón (CIBA)
La Historia Clínica: Definiciones: como documento legal, diagnóstico, pronóstico e investigativo.
Estructura de la Historia Clínica.
Funciones Mentales: Clasificación de las Funciones Mentales.
Estilo de presentación de las funciones mentales en la historia clínica.
SÍNDROME DE MOTONEURONA SUPERIOR E INFERIOR - SEMIOLOGÍA MÉDICAMATILDE FARÍAS RUESTA
El síndrome de motoneurona superior e inferior, también conocido como esclerosis lateral amiotrófica (ELA) o enfermedad de Lou Gehrig, es una enfermedad neurodegenerativa progresiva que afecta a las células nerviosas en el cerebro y la médula espinal. Estas células nerviosas controlan los músculos voluntarios, lo que lleva a la pérdida de control muscular y, eventualmente, a la parálisis.
Pòster presentat pel doctor José Ferrer, metge de l'equip d'Innovació de BSA, al XX Congrés de la Sociedad Española del Dolor, celebrat a León del 29 al 31 de maig de 2024.
Presentación utilizada en la conferencia impartida en el X Congreso Nacional de Médicos y Médicas Jubiladas, bajo el título: "Edadismo: afectos y efectos. Por un pacto intergeneracional".
En el marco de la Sexta Cumbre Ministerial Mundial sobre Seguridad del Paciente celebrada en Santiago de Chile en el mes de abril de 2024 se ha dado a conocer la primera Carta de Derechos de Seguridad de Paciente, a nivel mundial, a iniciativa de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Los objetivos del nuevo documento pasan por los siguientes aspectos clave: afirmar la seguridad del paciente como un derecho fundamental del paciente, para todos, en todas partes; identificar los derechos clave de seguridad del paciente que los trabajadores de salud y los líderes sanitarios deben defender para planificar, diseñar y prestar servicios de salud seguros; promover una cultura de seguridad, equidad, transparencia y rendición de cuentas dentro de los sistemas de salud; empoderar a los pacientes para que participen activamente en su propia atención como socios y para hacer valer su derecho a una atención segura; apoyar el desarrollo e implementación de políticas, procedimientos y mejores prácticas que fortalezcan la seguridad del paciente; y reconocer la seguridad del paciente como un componente integral del derecho a la salud; proporcionar orientación sobre la interacción entre el paciente y el sistema de salud en todo el espectro de servicios de salud, incluidos los cuidados de promoción, protección, prevención, curación, rehabilitación y paliativos; reconocer la importancia de involucrar y empoderar a las familias y los cuidadores en los procesos de atención médica y los sistemas de salud a nivel nacional, subnacional y comunitario.
Y ello porque la seguridad del paciente responde al primer principio fundamental de la atención sanitaria: “No hacer daño” (Primum non nocere). Y esto enlaza con la importancia de la prevención cuaternaria, pues cabe no olvidar que uno de los principales agentes de daño somos los propios profesionales sanitarios, por lo que hay que prevenirse del exceso de diagnóstico, tratamiento y prevención sanitaria.
Compartimos el documento abajo, estos son los 10 derechos fundamentales de seguridad del paciente descritos en la Carta:
1. Atención oportuna, eficaz y adecuada
2. Procesos y prácticas seguras de atención de salud
3. Trabajadores de salud calificados y competentes
4. Productos médicos seguros y su uso seguro y racional
5. Instalaciones de atención médica seguras y protegidas
6. Dignidad, respeto, no discriminación, privacidad y confidencialidad
7. Información, educación y toma de decisiones apoyada
8. Acceder a registros médicos
9. Ser escuchado y resolución justa
10. Compromiso del paciente y la familia
Que así sea. Y el compromiso pase del escrito a la realidad.
descripción detallada sobre ureteroscopio la historia mas relevannte , el avance tecnológico , el tipo de técnicas , el manejo , tipo de complicaciones Procedimiento durante el cual se usa un ureteroscopio para observar el interior del uréter (tubo que conecta la vejiga con el riñón) y la pelvis renal (parte del riñón donde se acumula la orina y se dirige hacia el uréter). El ureteroscopio es un instrumento delgado en forma de tubo con una luz y una lente para observar. En ocasiones también tiene una herramienta para extraer tejido que se observa al microscopio para determinar si hay signos de enfermedad. Durante el procedimiento, se hace pasar el ureteroscopio a través de la uretra hacia la vejiga, y luego por el uréter hasta la pelvis renal. La uroteroscopia se usa para encontrar cáncer o bultos anormales en el uréter o la pelvis renal, y para tratar cálculos en los riñones o en el uréter.Una ureteroscopia es un procedimiento en el que se usa un ureteroscopio (instrumento delgado en forma de tubo con una luz y una lente para observar) para ver el interior del uréter y la pelvis renal, y verificar si hay áreas anormales. El ureteroscopio se inserta a través de la uretra hacia la vejiga, el uréter y la pelvis renal.Una vez que esté bajo los efectos de la anestesia, el médico introduce un instrumento similar a un telescopio, llamado ureteroscopio, a través de la abertura de las vías urinarias y hacia la vejiga; esto significa que no se realizan cortes quirúrgicos ni incisiones. El médico usa el endoscopio para analizar las vías urinarias, incluidos los riñones, los uréteres y la vejiga, y luego localiza el cálculo renal y lo rompe usando energía láser o retira el cálculo con un dispositivo similar a una cesta.Náuseas y vómitos ocasionales.
Dolor en los riñones, el abdomen, la espalda y a los lados del cuerpo en las primeras 24 a 48 horas. Pain may increase when you urinate. Tome los medicamentos según lo prescriba el médico.
Sangre en la orina. El color puede variar de rosa claro a rojizo y, a veces incluso puede tener un tono marrón, pero usted debería ser capaz de ver a través de ella
. (Los medicamentos que alivian la sensación de ardor durante la orina a veces pueden hacer que su color cambie a naranja o azul). Si el sangrado aumenta considerablemente, llame a su médico de inmediato o acuda al servicio de urgencias para que lo examinen.
Una sensación de saciedad y una constante necesidad de orinar (tenesmo vesical y polaquiuria).
Una sensación de quemazón al orinar o moverse.
Espasmos musculares en la vejiga.Desde la aplicación del primer cistoscopio
en 1876 por Max Nitze hasta la actualidad, los
avances en la tecnología óptica, las mejoras técnicas
y los nuevos diseños de endoscopios han permitido
la visualización completa del árbol urinario. Aunque
se atribuye a Young en 1912 la primera exploración
endoscópica del uréter (2), esta no fue realizada ru-
tinariamente hasta 1977-79 por Goodman (3) y por
Lyon (4). Las técnicas iniciales de Lyon
4. SEGÚN LA FDA
Según la 21 CFR Chapter I parte 50.27 se considera
consentimiento informado como:
Es una notificación escrita a un sujeto humano que hace parte
de una investigación clínica que se le provee como
oportunidad suficiente para considerar si participa o no en el
estudio.
El consentimiento informado debe incluir todos los elementos
básicos o puede tener una versión corta escrita que
documente que los elementos del consentimiento informado
se le han presentado de manera oral al sujeto. Si se usa la
forma corta, debe existir un testigo para la presentación oral.
Fundación BIOS
5. SEGÚN LA EMA
En la directiva EU 2001/20/EC articulo 2 se define
como:
Decisión que debe ser escrito, fechada y firmada para
tomar parte en un ensayo clínico, tomada de manera
libre después de ser informado de la naturaleza,
significancia, implicaciones, riesgo y ser
apropiadamente documentada, un sujeto capaz de
dar el consentimiento , o cuando la persona no es
capaz de consentir este debe ser dado por su
representante legal, si la persona no es capaz de
escribir, en ocasiones excepcionales se puede dar un
consentimiento oral en presencia de por lo menos de
un testigo.
Fundación BIOS
7. SEGÚN LA LEGISLACION COLOMBIANA
De manera mas reciente en la Resolución 2378 de
2008 emanada del INVIMA se define al
consentimiento informado como:
Un proceso mediante el cual un sujeto confirma
voluntariamente su deseo de participar en un
estudio en particular, después de haber sido
informado sobre todos los aspectos de éste que sean
relevantes y puedan afectar su decisión de participar.
El consentimiento informado se documenta por
medio del formato de consentimiento informado,
que debe ser firmado y fechado por el participante,
dos testigos y el medico investigador.
Fundación BIOS
9. FRENTE A FRENTE
ICH-GCP
• (a) Que incluye la investigación.
• (b) El propósito del estudio.
• (c) Los tratamientos y la
probabilidad de randomizar a
cada tratamiento.
• (d) Los procedimientos a seguir
en el ensayo clínico, incluyendo
los invasivos.
COLOMBIA
• En la resolución 8430 de 1993
Articulo 15 se establece que
estos elementos son:
• a)La justificación y los objetivos
de la investigación.
• b)Los procedimientos que vayan
a usarse y su propósito
incluyendo la identificación de
aquellos que son
experimentales.
Fundación BIOS
10. FRENTE A FRENTE
ICH-GCP
• (e) Las responsabilidades del
sujeto.
• (f) Los aspectos del ensayo clínico
que sean experimentales.
• (g) El riesgo razonable o los
inconvenientes para el sujeto,
cuando aplique para el embrión, el
feto y el niño lactando.
• (h) Los beneficios razonables
esperados. Cuando no existan
beneficios clínicos para el sujete
este debe ser informado.
COLOMBIA
c)Las molestias o los riesgos
esperados.
d)Los beneficios que puedan
obtenerse.
• e)Los procedimientos
alternativos que pudieran ser
ventajosos para el sujeto.
Fundación BIOS
11. FRENTE A FRENTE
ICH-GCP
• (i) Los procedimientos alternativos
o tratamientos que puedan estar
disponibles para el sujeto, y sus
potenciales beneficios o riesgos.
• (j) Las compensaciones y/o
tratamientos disponibles para el
sujeto en el evento de un daño
relacionado al estudio.
• (k) El pago pactado por prorrateo,
si existe, para el sujeto por
participar en el estudio.
• (l) Los gastos anticipados, si
existen, para el sujeto por
participar en el estudio.
COLOMBIA
f)La garantía de recibir respuesta
a cualquier pregunta y
aclaración a cualquier duda
acerca de los procedimientos,
riesgos, beneficios y otros
asuntos relacionados con la
investigación y el tratamiento
del sujeto.
Fundación BIOS
13. FRENTE A FRENTE
ICH - GCP
• (o) Los registros que
identifiquen al sujeto se
mantendrán confidenciales,
estos no se harán disponibles al
publico. Si los resultados del
estudio se publican, la identidad
de los sujetos se mantendrán
confidenciales.
COLOMBIA
• i)El compromiso de
proporcionarle información
actualizada obtenida durante el
estudio, aunque ésta pudiera
afectar la voluntad del sujeto
para continuar participando.
Fundación BIOS
14. FRENTE A FRENTE
ICH - GCP
• (p)Que al sujeto o su
representante legal se le
informara de manera oportuna
si alguna información nueva
esta disponible que pueda hacer
que el sujeto cambie su decisión
de participar en el estudio.
• (q) Las personas para contactar
para mas información en
relación con el estudio y los
derechos del sujeto, y a quien
contactar en caso de algún daño
relacionado al estudio.
COLOMBIA
• j)La disponibilidad de
tratamiento médico y la
indemnización a que legalmente
tendría derecho, por parte de la
institución responsable de la
investigación, en el caso de
daños que le afecten
directamente, causados por la
investigación.
Fundación BIOS
15. FRENTE A FRENTE
ICH-BPC
• (r) Las circunstancias y/o
razones por las cuales la
participación del sujeto en el
estudio podrá ser terminada.
• (s) La duración esperada de
participación del sujeto en el
estudio.
• (t) El numero aproximado de
sujetos que participan en el
estudio.
COLOMBIA
• k)En caso de que existan gastos
adicionales, éstos serán
cubiertos por el presupuesto de
la investigación o de la
institución responsable de la
misma.
Fundación BIOS
17. Según las normas de la Conferencia
Internacional de Armonización (ICH en
ingles) los Consentimientos Informados
deben ser validados por una serie de
pasos para que puedan ser aceptados y
el sujeto entre a participar en el estudio
clínico, esto se establece en el apartado
4.8 de las Guías para la Industria E6 de
BPC.
Fundación BIOS
18. BUENAS PRACTICAS CLINICAS
Estos pasos son según las Buenas Practicas Clínicas:
4.8.1 Al obtener y documentar el consentimiento de
informado, el investigador debe cumplir con los
requerimientos regulatorios aplicables y deberá apegarse a
la BPC y a los principios éticos que tienen su origen en la
Declaración de Helsinki. Antes de iniciarse el estudio, el
investigador deberá contar con la aprobación/opinión
favorable escrita del CRI/CEI de la forma de consentimiento
de informado escrita y de cualquier otra información escrita
que se le proporcionará a los sujetos.
Fundación BIOS
19. BUENAS PRACTICAS CLINICAS
4.8.2 La forma de consentimiento de informado escrita y
cualquier otra información escrita que se les vaya a
proporcionar a los sujetos deberán ser revisadas cuando
surja información nueva que pueda ser relevante para el
consentimiento del sujeto. Cualquier forma de
consentimiento de informado escrita e información escrita
revisada(s) deberá(n) contar con la aprobación/opinión
favorable del CRI/CEI antes de que se use(n). El sujeto o el
representante legalmente aceptado del sujeto deberá ser
informado de manera oportuna si surgiera alguna
información nueva que pudiera ser relevante para el deseo
del sujeto de continuar su participación en el estudio. La
comunicación de esta información debe ser documentada.
Fundación BIOS
20. BUENAS PRACTICAS CLINICAS
4.8.3 Ni el investigador, ni el personal del estudio deberán
obligar, ejercer coerción o influenciar indebidamente un
sujeto para participar o continuar su participación en un
estudio.
4.8.4 Ninguna información verbal y escrita referente al
estudio, incluyendo la forma de consentimiento de
informado escrita, deberá incluir lenguaje que ocasione que
el sujeto o el representante legalmente aceptado del sujeto
renuncie o parezca renunciar a cualquier derecho legal, o
que libere o parezca liberar al investigador, a la institución, al
patrocinador o a sus representantes de cualquier
responsabilidad por negligencia.
Fundación BIOS
21. BUENAS PRACTICAS CLINICAS
4.8.5 El investigador o una persona designada por el investigador
deberá informar completamente al sujeto o, si el sujeto no puede dar
el consentimiento de informado a su representante legalmente
aceptado, sobre todos los aspectos pertinentes del estudio
incluyendo la información escrita y la aprobación/opinión favorable
por parte del CRI/CEI.
4.8.6 El lenguaje utilizado en la información escrita y verbal sobre el
estudio, incluyendo la forma de consentimiento de informado
escrita, deberá ser práctica y no técnica y el sujeto, su representante
legalmente aceptado y el testigo imparcial, cuando sea el caso,
deberán comprenderla.
Fundación BIOS
22. BUENAS PRACTICAS CLINICAS
4.8.7 Antes de que se obtenga el consentimiento de informado, el
investigador o una persona designada por el investigador, deberá
proporcionar al sujeto o a un representante legalmente aceptado
tiempo suficiente y la oportunidad de preguntar sobre los detalles
del estudio y para decidir si va a participar o no en el mismo. Todas
las preguntas sobre el estudio deberán responderse a satisfacción del
sujeto o de su representan legalmente aceptado.
4.8.8 Antes de que un sujeto participe en el estudio, la forma de
consentimiento de informado escrita debe ser firmada y fechada
personalmente por el sujeto o por su representante legalmente
aceptado y por la persona que condujo la discusión del
consentimiento de informado.
Fundación BIOS
23. BUENAS PRACTICAS CLINICAS
4.8.9 Si un sujeto no puede leer o si su representante legalmente
aceptado tampoco puede leer, deberá estar presente un testigo
imparcial durante toda la discusión del consentimiento de informado.
Después de que la forma de consentimiento de informado escrita y,
cualquier otra información escrita proporcionada a los sujetos haya
sido leída y explicada al sujeto o a su representante legal y después
de que el sujeto o su representante legalmente aceptado haya dado
su consentimiento verbal para su participación en el estudio y, si es
capaz de hacerlo, haya firmado y fechado personalmente la forma de
consentimiento de informado, el testigo deberá firmar y fechar
personalmente esta forma. Al firmar la forma de consentimiento, el
testigo certifica que la información en ésta y cualquier información
escrita fue explicada con precisión y aparentemente fue
comprendida por el sujeto o por su representante legalmente
aceptado y de que el sujeto o su representante legalmente aceptado
dio voluntariamente su consentimiento de informado.
Fundación BIOS
26. RESOLUCIÓN 2378 DE 2008
La resolución de BPC del INVIMA clarifica que
el consentimiento informado además de
cumplir con todo lo expuesto anteriormente
tiene que ser firmado en presencia de dos
testigos y que tanto el sujeto de investigación
como los testigos deben anotar su número de
cedula de ciudadanía y los testigos deberán
anotar su relación con el sujeto y la dirección
de residencia.
Fundación BIOS
28. Dentro de los procesos de investigación
clínica pueden darse situaciones
especiales que requieran de formas
diferentes a la mencionada para realizar
el proceso de consentimiento informado
y estas son enmarcadas en los parágrafos
del Articulo 16 de la Resolución 8430 de
1993.
Fundación BIOS
29. Resolución 8430 de 1993.
PRIMERO. En el caso de investigaciones con
riesgo mínimo, el Comité de Ética en
Investigación de la institución investigadora,
por razones justificadas, podrá autorizar que
el Consentimiento Informado se obtenga sin
formularse por escrito y tratándose de
investigaciones sin riesgo, podrá dispensar al
investigador de la obtención del mismo.
Fundación BIOS
30. Resolución 8430 de 1993.
SEGUNDO. Si existiera algún tipo de
dependencia, ascendencia o subordinación
del sujeto de investigación hacia el
investigador que le impida otorgar libremente
su consentimiento, éste deberá ser obtenido
por otro miembro del equipo de investigación,
o de la institución donde se realizará la
investigación, completamente independiente
de la relación investigador-sujeto.
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31. Resolución 8430 de 1993.
TERCERO. Cuando sea necesario determinar la
capacidad mental de un individuo para
otorgar su consentimiento, el investigador
principal deberá acudir a un neurólogo,
siquiatra o sicólogo para que evalúe la
capacidad de entendimiento, razonamiento y
lógica del sujeto, de acuerdo con los
parámetros aprobados por el Comité de Ética
en Investigación de la institución
investigadora.
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32. Resolución 8430 de 1993.
CUARTO. Cuando se presuma que la capacidad
mental de un sujeto hubiere variado en el tiempo, el
Consentimiento Informado de éste o, en su defecto,
de su representante legal, deberá ser avalado por un
profesional (neurólogo, siquiatra, sicólogo) de
reconocida capacidad científica y moral en el campo
específico, así como de un observador que no tenga
relación con la investigación, para asegurar la
idoneidad del mecanismo de obtención del
consentimiento, así como su validez durante el curso
de la investigación.
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33. Resolución 8430 de 1993.
•QUINTO. Cuando el sujeto de
investigación sea un enfermo siquiátrico
internado en una institución, además de
cumplir con lo señalado en los artículos
anteriores, será necesario obtener la
aprobación previa de la autoridad que
conozca del caso.
Fundación BIOS
36. •Cuando se trata de los seres mas nobles e
indefensos, la legislación establece unas
medidas especiales que deben proteger los
derechos de los pacientes y que la Resolución
8430 de 1993 establece en el Capitulo III:
•Cuando se pretenda realizar investigaciones
en menores de edad, se deberá asegurar que
previamente se hayan hecho estudios
semejantes en personas mayores de edad y
en animales inmaduros; excepto cuando se
trate de estudios de condiciones que son
propias de la etapa neonatal o padecimientos
específicos de ciertas edades.
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37. Para la realización de investigaciones en
menores o en discapacitados físicos y
mentales deberá, en todo caso, obtenerse,
además del Consentimiento Informado de
quienes ejerzan la patria potestad o la
representación legal del menor o del
discapacitado de que se trate, certificación de
un neurólogo, siquiatra o sicólogo, sobre la
capacidad de entendimiento, razonamiento y
lógica del sujeto.
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38. Cuando la capacidad mental y el estado
sicológico del menor o del discapacitado lo
permitan, deberá obtenerse, además, su
aceptación para ser sujeto de investigación
después de explicarle lo que se pretende
hacer. El Comité de Ética en Investigación de la
respectiva entidad de salud deberá velar por
el cumplimiento de éstos requisitos.
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40. Se entiende por grupos subordinados los
siguientes: estudiantes, trabajadores de los
laboratorios y hospitales, empleados y
miembros de las fuerzas armadas, internos en
reclusorios o centros de readaptación social y
otros grupos especiales de la población, en los
que el Consentimiento Informado pueda ser
influenciado por alguna autoridad.
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41. Cuando se realicen investigaciones en grupos
subordinados, en el Comité de Ética en
Investigación, deberá participar uno o más
miembros de la población de estudio, capaz
de representar los valores morales, culturales
y sociales del grupo en cuestión.
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42. La participación, el rechazo de los sujetos
a intervenir o retiro de su consentimiento
durante el estudio, no afecte su situación
escolar, laboral, militar o la relacionada
con el proceso judicial al que estuvieren
sujetos y las condiciones de
cumplimiento de sentencia del caso.
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51. •1. Durante su consulta el Dr. Mendieta determina
que un paciente cumple los criterios de Inclusión
para su estudio de HTA con Diabetes y le comenta
de la posibilidad al paciente de ser incluido y lo
invita a que asista al día siguiente a su centro.
•El Investigador llega tarde a su centro y una de las
coordinadoras toma la decisión de tomar las
muestras de sangre del estudio al paciente ya que
este le comento que estaba dispuesto a participar,
al llegar el investigador este realiza el proceso de
consentimiento. ¿Se considera esto una violación al
protocolo si o no?
Fundación BIOS
53. 2. Cuando firman el consentimiento informado el
paciente solo asiste con un acompañante, quien
podría ser el segundo testigo del proceso?
a. La secretaria del centro.
b. Un paciente del estudio esperando una visita
c. Un mensajero que llega a llevar un paquete
d. b. y c. Son correctos
e. Ninguna es correcta.
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55. 3. Durante el proceso de consentimiento de un
paciente el investigador delega la función a
una de sus coordinadoras de estudio que es
medico rural de la institución, es este
proceso valido ?
a. Si
b. No
c. Puede ser
Fundación BIOS
57. 4. El paciente firma el consentimiento informado el día
03-Jul-2009 para realizar su visita de base el día 04-jul-
2009 pero por motivos personales sale de la ciudad de
manera urgente y no asiste aunque desea participar
en el estudio, cuantos días es valido este
consentimiento para no tener que repetir este
proceso:
a. 10 días
b. 15 días
c. 30 días
d. No es valido
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59. 5. Si varios pacientes van a participar en el
mismo estudio y se citan para la misma fecha
para el proceso de consentimiento informado
se puede realizar un proceso colectivo de
aclarar dudas y firma del documento
a. Si
b. No
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