RETO MES DE ABRIL .............................docx
Reglamento general de instituciones escolares
1.
2. Institución educativa
Comunidad educativa
Acto educativo
Trabajo docente
Tarea docente
Proyecto institucional
Plan de continuidad pedagógica
Acuerdos de convivencia
Plan de prevención de riesgo
Autoevaluación institucional
Jornada escolar
Símbolos, actos escolares y calendario
Aspectos socio-educativos
Aspectos socio-comunitarios
3. Es la unidad pedagógica del sistema
educativo responsable de los procesos de
enseñanza y de aprendizaje, destinados
al logro de los objetivos establecidos de
la legislación; A su vez, brinda seguridad
para la interacción de todos los miembros
considerando sus defectos y virtudes.
4. Esta conformada por alumnos, padres y/o
responsables, personal no docente y
docente, directivos y administrativos.
Como sujetos de derecho son titulares de
derechos y obligaciones. A su ves deben
llevar a cabo un proyecto compartido y de
cooperación para asegurar los, ya
mencionados, derechos y obligaciones.
5. Toda actividad curricular, extracurricular y/o
complementaria efectuada bajo cuidado de
la autoridad educativa, sin distinguir hora,
día y lugar en el que se produzcan, en el
marco de las políticas educativas vigentes y
del proyecto institucional.
6. Constituye el acto educativo conforme al
reglamento general de escuelas, la
normativa vigente del estatuto del
docente y el proyecto institucional
7. Son irrenunciables y se concentran en cada uno de los
cargos implicando: Cuidado y protección de todos los
alumnos, según el cargo y carga horaria específicos y las
obligaciones comunes referido a las condiciones
pedagógicas, de seguridad, higiene y edilicias; ejecutar el
diseño curricular vigente, aportando elementos al análisis
critico de la realidad social en el marco de la libertad de
cátedra y de enseñanza; Evaluar de forma sistemática los
procesos y resultados de la tarea educativa para
fundamentar la calificación y promoción de cada alumno,
será integral considerando el contexto social y cultural,
teniendo en cuenta los propios progresos; Formación
continua; creación e innovación pedagógica, trabajo en
equipo; entre otras.
8. Deberá facilitar la identificación de las problemáticas
institucionales y la construcción de estrategias para dar una
solución. A esas finalidades incluirá, por lo menos, estos
aspectos:
Diversas estrategias didácticas, que debe estar en relación a
las modalidades de las propuestas y contenidos
relacionadas al tiempo y espacio en que se realizaran, y
El abordaje de las particularidades institucionales, los
diferentes modos de organización y la asignación de
responsabilidades y tareas especificas frente ala
contingencia en relación a los grupos de estudiantes,
incluyendo al efecto a la totalidad del personal de la
institución.
9. Esta planificado para la planificación
sustentable, que busca asegurar la mejor
elaboración del acto educativo, es el
resultado del acuerdo institucional
celebrado por la comunidad educativa,
con el fin de lograr sus objetivos en el
marco de las políticas educativas.
10. Los acuerdos de convivencia, en espacio de
regulación de los vínculos, involucran y obligan a su
efectivo cumplimiento a docentes, alumnos, padres
y/o responsables, personal directivo, administrativo
y/o auxiliar de la educación, técnico y también a los
demás integrantes de la comunidad educativa.
Estos tendrán cono fin principal facilitar las
condiciones adecuadas para el ejercicio de los
derechos de enseñar, aprender y el cuidado integral
de todos los sujetos involucrados.
11. Una cultura institucional de comprensión amplia con un
análisis holístico que establezca los potenciales y reales
riesgos a los que se encuentra expuesta la comunidad
educativa. El Plan de Prevención del Riesgo requiere para
su elaboración la participación de todos los sujetos de la
comunidad educativa. Cada establecimiento confeccionara
su Plan de Prevención del Riesgo, en el marco de su
Proyecto Institucional y prescripciones que establezca la
DGCyE, la cual dictara la normativa pertinente según nivel,
modalidad y/o ámbito, que comprenda: las orientaciones y
prescripciones generales para la elaboración, por parte de
cada establecimiento educativo, Las normas aplicables en
materia de protocolos y procedimientos; y, los estándares de
funcionamiento seguro de cada unidad educativa.
12. Las acciones institucionales y áulicas
comprensivas de estos aspectos serán el
resultado de la aplicación de programas
específicos propios de la Dirección Gral. De
Cultura y Educación (DGCyE) y/o organizaciones
sociales y los que genere la propia institución y
fueren convalidados por la autoridad competente.
Las misma se ejecutan para garantizarla
superación de las situación de vulnerabilidad
social, cultural y económica con fines de inclusión
educativa
13. Es el horario de funcionamiento de los
turnos conforme la carga horaria
estipulada por el diseño curricular vigente
del nivel, modalidad y modelo
organizacional. Las jornadas pueden
clasificarse en: simple, completa o
extendida. Asimismo los turnos de cada
jornada pueden ser: diurnos, vespertinos
o nocturnos.
14. Las instituciones educativas de la provincia deben promover el
conocimiento y respeto de los símbolos nacionales y provinciales.
Se prohíbe la colocación de símbolos religiosos o ser partidos
políticos a excepción en las escuelas de gestión privada
confesionales con relación a los símbolos religiosos.
Los actos escolares deben asegurar el cuidado y protección
integral de los alumnos. El P.I. contemplará los aportes de la
comunidad educativa para su realización atendiendo a las
particularidades locales y regionales.
El calendario pautado por el reglamento aplica conceptos y pautas:
ciclo lectivo, receso escolar de verano, de invierno, los jardines
maternales, entre otros, no tendrán receso escolar.
15. El estado garantiza la justicia social, promoviendo
el compromiso de todos los actores involucrados
permitiendo su efectiva inclusión en la sociedad.
Promover acciones socio-comunitarias confines
de inclusión socio-educativa para garantizar la
superación de situaciones de vulnerabilidad
social, cultural y económica
La comunidad educativa, garantizara las
condiciones para el acceso, permanencia y
egreso de sus alumnos, realizara acuerdos con
organismos gubernamentales y otras
organizaciones sociales.
16. El estado debe garantizar la justicia social en el
ejercicio del derecho social a la educación, para
ello debe asegurar la participación del conjunto
de la comunidad educativa, promoviendo el
compromiso de todos los actores involucrados
para la remoción de los obstáculos de cualquier
orden que, limitando la igualdad y la libertad,
impidan o entorpezcan el pleno desarrollo
educativo de los alumnos y en especial de los
niños adolescentes y su efectiva inclusión en la
sociedad.