LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
¿Para qué surgen y por qué son importantes?
Para comenzar a hablar de los Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, es fundamental
aclarar la importancia de los mismos, como una mejor manera de proporcionar respuestas rápidas
y accesibles a los conflictos sociales que se presentan en el día a día de los ciudadanos que
conviven dentro de un estado democrático, puesto que, la existencia de instituciones capaces de
regular y facilitar la resolución de conflictos debe ser un punto fundamental existente y además,
normal dentro de toda sociedad que adopte dicha teoría política. Todo lo que se ha dicho
anteriormente, es un resultado totalmente lógico y deducible: en toda sociedad democrática, en la
cual como es de esperarse, existe una pluralidad de sujetos, los cuales actúan libremente y por
ende, de manera distinta unos de otros, se presentarán conflictos con cierta frecuencia, el meollo
del asunto, se encuentra en conseguir formas eficaces de resolver los mismos. Esto es lo que se ha
intentado hacer desde antaño, cuando se creó por primera vez el sistema judicial, con valores de
justicia y equidad, sin embargo, en una sociedad como la nuestra, en la cual esos conflictos
comunes y corrientes, tales como, falta de presupuesto y falta de tiempo, se entrelazan con una
situación social deplorable, es altamente complicado por no decir imposible para un ciudadano
común recurrir a un litigio, activando así el aparato jurisdiccional.
Por todo lo antes expuesto es que surgen los llamados Métodos Alternativos de Resolución de
Conflictos, como una respuesta fácil y eficaz, pero por encima de todo accesible a la ciudadanía, al
momento en que se vean envueltos en algún problema que pudiera tener una solución más
sencilla y rápida que la de un juicio. Ahora bien, podemos decir que dentro de una gran gama
existente de éstos métodos, nos encontramos con tres de ellos que podríamos resaltar como
principales, o que tienden a sobresalir por encima de los demás, ellos son: La mediación, La
negociación y El arbitraje, los cuales pasaremos ahora a describir de manera un poco más
esquemática, con cierto detenimiento y sin ahondar en detalles innecesarios.
LA MEDIACIÓN: De manera muy resumida, podríamos decir que es aquel método en el cual una
persona imparcial que es llamado “mediador”, ayuda a las partes a conseguir una resolución
pacífica del conflicto que sea aceptada por todas ellas. Todo esto lo logra sin intervenir demasiado,
es decir, sin necesidad de decir a las partes que es lo que deben o no hacer, sino que simplemente
se limita a escucharlas, aconsejarlas y en lenguaje coloquial “calmar los ánimos” para ayudar a
lograr la respuesta al problema. El mediador no decide, ni resuelve el asunto, no es necesario
porque el mismo es resuelto por las partes en conjunto, éste se dedica a servir de “facilitador”
durante el proceso.
Ventajas: Es particularmente útil, cuando las partes quieren conservar su relación entre sí, puesto
que, al resolver las partes en consenso el conflicto y por lo tanto, quedar todas satisfechas, la
relación entre ellas no se ve tan perjudicada. Por otra parte, es una excelente manera para resolver
las disputas de manera rápida y económica, porque las partes sólo necesitarán de un poco de
tiempo para sentarse a discutir son conflicto entre sí y con su mediador. Por último, puede resultar
beneficiosa cuando se quiera apartar las emociones de la resolución del conflicto, para lo cual la
ayuda del mediador puede convertirse en una gran herramienta.
Desventajas: Es estrictamente necesario que todas las partes involucradas estén dispuestas a
cooperar, de no ser así, todo resultaría en una gran pérdida de tiempo. Suele ser poco eficaz
cuando una parte tiene cierto poder o influencia sobre la otra. Por último, es un método que no
debe ser aplicado a cualquier conflicto, sino que se deben estudiar las condiciones del mismo y de
las partes. Sin embargo, esto se puede resolver con un simple análisis detenido de la situación,
luego del cual se determinará cual es el método que más se adecue al caso en concreto y se
sugerirá a las partes la aplicación del mismo.
LA NEGOCIACIÓN: Es aquel medio de resolución de conflictos, mediante el cual las partes se
sientan a conversar acerca del problema y lo resuelven otorgándose mutuas concesiones, sin
necesidad de la intervención de un tercero.
Ventajas: Durante un proceso de negociación las partes aprenden a dominar sus sentimientos, de
manera tal que el objetivo ya no sea imponerse sobre el otro, sino lograr un mutuo acuerdo que
resulte en una mutua satisfacción de intereses. La negociación bien hecha colleva consigo un
resultado justo para ambar partes de modo tal que, se logre un bien común. Ayuda a establecer
prioridades, puesto que generalmente las partes deben renunciar a parte de sus intereses en la
búsqueda de una satisfacción común a todos.
Desventajas: La principal desventaja de dicho método de negociación, es que ambas partes tienen
que estar dispuestas a discutir y a sacrificar parte de sus intereses, si alguna de ellas no lo está, o
pretende imponerse sin escuchar los argumentos del contrario, la negociación no será efectiva. En
tal sentido, recomendamos este método sólo a aquellas partes que estén conscientes de que la
negociación no es fácil y que deben ceder un poco para lograr finalmente, un acuerdo que resulte
satisfactorio para todas las partes.
EL ARBITRAJE: Es un método privado para la solución de disputas en el que las partes interesadas
se someten voluntariamente a la tutela de un tercero de su confianza y que esté desprovisto de la
condición de órgano judicial, llamado “arbitro” para que les escuche y finalmente, resuelva sus
diferencias de criterio, esto es lo que conocemos como “encomendar la solución a un tercero”.
Ventajas: Es ideal cuando las partes quieren someter su conflicto a la decisión de un tercero,
distinto al órgano jurisdiccional. Es mucho más simple y económico que un proceso judicial.
Desventajas: Al igual que en todos los otros métodos, las partes deben estar dispuestas a aceptar
el resultado, más aún si se trata de un arbitraje “no vinculante”, en el cual las partes no renuncian a
su derecho a una acción judicial. Se solucionaría de la misma manera que los anteriores,
aplicándose sólo en aquellos casos en los que las partes estén dispuestas a aceptar el método sin
mayores inconvenientes.
En conclusión, luego de hacer un estudio un poco general acerca de lo qué son los métodos
alternativos de resolución de conflictos, podemos decir que son sumamente importantes,
sobretodo en una sociedad minada de problemas de todo tipo, en la cual el acceso a la justicia se
hace sumamente difícil por razones de comodidad, economía e incluso moralidad, ya que, los
mismos se presentan como una excelente alternativa para resolver de manera pacífica y sencilla
cualquier disputa que se presente. Sin embargo, como se pudo ver en cada caso, estos métodos
tienen un problema de fondo de difícil solución: es necesaria la buena voluntad de las partes, es
muy difícil conseguir una manera de contrarrestar esto porque en términos generales, si las partes
no ponen de su parte los conflictos terminarían inevitablemente en tribunales o peor aún las
partes tomarían justicia por sus propias manos. Una solución posible a este hecho, sería que se
propagara mayor información acerca de los centros que presten este tipo de ayuda y que se
asesorara a las partes de manera tal que, pongan de su parte y comprendan que dichos medios
alternativos resultan beneficiosos para ellos mismos.
Los Medios Alternativos de Resolución de Conflictos se pueden definir como un conjunto de
métodos, procedimientos, o técnicas que, tiene por objeto solucionar las desavenencias o
dificultades, entre personas u organizaciones, no recurriendo a los tribunales, ni a la decisión
impuesta por un juez, con la característica intervención activa de ambas partes involucradas. En
ellos la solución del conflicto nace, de la confrontación y armonización de los valores e intereses
contrapuestos de las partes, no de la imposición de valores impuestos por el juez, porque no
pretende mirar exhaustivamente las normas existentes, costumbres y jurisprudencia, sino que más
bien se dirige al conflicto en sí, y sus posteriores consecuencias hacia el futuro, viendo las
reacciones que tiene en las mismas partes. Por lo tanto los medios alternativos (MARC), son un
sistema en sí mismo que puede actuar complementariamente con la justicia. Algunos autores
afirman que son un sistema circular en donde no existe juez, ni demandado, no hay principio, ni
final, y tiene como propósito entonces juntar a las partes y que ambas se escuchen mutuamente.
Existen diferentes sistemas que actualmente están siendo utilizados por personas y compañías
para solucionar sus diferencias, permitiendo así un ahorro de tiempo y dinero. En el ámbito
mundial, se comenta que “el 95 % de los casos se resuelven en negociaciones antes o durante el
juicio, por lo que sería lógico pensar en solucionarlo sin tener que ir a juicios.” Como bien dicen
algunos autores cualquier método de negociación debe ser juzgado por tres criterios: debe
producir un sabio acuerdo (siempre que sea posible el arreglo), debe ser eficiente y debe mejorar
o por lo menos no dañar la relación entre las partes. Los medios alternativos permiten entonces
que las facciones tengan mayor control respecto a la disputa siendo el medio más directo y simple
la negociación, seguido por la mediación, conciliación, facilitación, el arbitraje, la evaluación
neutral, la justicia de paz, entre otras. A continuación, desarrollaremos brevemente alguno de
estos MARC:
* La Negociación: es el proceso mediante el cual dos o más personas, que tienen intereses
comunes o diferentes, intercambian información veraz y suficiente, a lo largo de un periodo, con
miras a lograr un acuerdo para sus relaciones futuras. Se pretende influir sobre la conductas del
otro para lograr un comportamiento deseado sin usar el poder o la fuerza.
* La Mediación: es un medio informal y voluntario de solución de conflictos en el que un tercero
imparcial trata mediante técnicas de negociación que las partes identifiquen las posibles zonas de
acuerdo.
* La Conciliación: es muy parecida a la mediación, la diferencia radica en el nivel de participación
activa por parte del tercero. Es decir, el conciliador puede emitir opiniones cuando las partes no
pueden solucionar rápidamente sus asuntos.
* El Arbitraje: es el medio por el cual las partes, de manera voluntaria, llevan su diferencia ante
uno o varios terceros quienes la resolverán mediante un arbitral de laudo, es decir, mediante una
sentencia emitida por él o los árbitros siendo obligatoria para las partes.
* La Evaluación Neutral: consiste en la presencia de una abogado experto designado por un
tribunal que luego de oír a las partes y de examinar las pruebas, hace una evaluación del caso para
mostrar a cada uno de los contendientes los puntos débiles y los peligros de su tesis, así como los
de coincidencia y de posible negociación.
* La Justicia de Paz: es la que procura resolver de una manera rápida, sencilla y económica, los
eventos que se pueden producir en una comunidad, a través de la equidad y que permite que la
comunidad elija así sus propios jueces y procedimientos. La ley de paz ordena que no
necesariamente se cumpla con la legalidad más si con la equidad; es aplicar justicia a casos muy
concretos observando las circunstancias. Se le denomina también justicia de vecindad.
En este libro desarrollamos los siguientes medios alternativos de resolución de conflictos:
negociación, arbitraje y conciliación.En cuanto a la negociación se desarrollan los siguientes temas:
Generalidades, Actitudes frente al conflicto, Los motivos del conflicto, Las causas del conflicto, La
negociación disciplinada, Estrategia de penetración, Comunicación no verbal, Elementos de una
negociación, (Intereses, Legitimidad, Opciones, Alternativas, Comunicación, Sinceridad y
Compromiso) y Clases de negociación y otros temas entre los cuales destacan las áreas del derecho
en las cuales no se negocia y los supuestos y ramas del derecho en las cuales si se negocia.
En cuanto a la negociación que es de mucha importancia, debemos dejar constancia que no puede
ser comprendida si no se estudia la responsabilidad precontractual.
Luego se estudia el arbitraje, desarrollándose del mismo los siguientes temas: introducción,
antecedentes, definición, arbitraje internacional, arbitro, arbitro tercero, arbitraje laboral, arbitraje
internacional de comercio, materias que pueden someterse a arbitraje, el arbitraje es un
mecanismo alternativo de resolución de conflictos, naturaleza jurídica, clases de arbitraje,
convenio arbitral, protocolización notarial, valor del arbitraje, arbitraje estatutario y arbitraje
testamentario. Finalmente se estudia la conciliación. Por lo cual esperamos que sea del agrado de
todos y que contribuya a la cultura jurídica peruana y extranjera.
I. Generalidades
1. Medios para solucionar conflictos
Los medios para solucionar conflictos son los siguientes:
1. La mano propia, autotutela, autojusticia o justicia por la propia mano.
2. Negociación.
3. Conciliación.
4. Arbitraje.
5. Transacción.
6. Poder judicial.
7. Tribunal constitucional.
8. Fuero militar.
9. Fuero policial.
10. Justicia comunal.
2. Tipos de medios para solucionar conflictos
Los tipos de medios para solucionar conflictos son los siguientes:
1. Medios judiciales.
2. Medios extrajudiciales.
Por lo cual a continuación desarrollaremos cada uno de éstos.
3. Medios judiciales
Los medios judiciales para solucionar conflictos son los siguientes:
1. Negociación judicial.
2. Conciliación judicial.
3. Arbitraje a consecuencia de proceso judicial.
4. Transacción judicial.
5. Proceso Judicial.
6. Proceso ante Tribunal Constitucional.
7. Proceso ante la Jurisdicción Militar.
8. Proceso ante la Jurisdicción Policial.
9. Justicia comunal.
4. Medios extrajudiciales
Los medios extrajudiciales para solucionar conflictos son los siguientes:
1. La mano propia, autotutela, autojusticia o justicia por la propia mano.
2. Negociación extrajudicial.
3. Conciliación extrajudicial.
4. Arbitraje extrajudicial.
5. Transacción extrajudicial.
6. Cartas simples.
7. Cartas notariales.
8. Llamadas telefónicas.
9. Visitas personales.
10. Contrato.
11. Oficios.
12. Solicitudes
13. Correos electrónicos.
14. Publicación de relación de morosos.
5. Medios alternativos de resolución de conflictos
La doctrina sostiene que existen los siguientes medios alternativos de resolución de conflictos:
1. Negociación.
2. Arbitraje.
3. Conciliación.
Los cuales se aplican también en el derecho peruano, por lo cual, conviene su estudio, es decir, es
conveniente en los contratos pactar los indicados, por ejemplo se puede pactar el arbitraje en los
referidos, de tal forma que no tenga que recurrirse al poder judicial, ya que la excesiva carga
procesal que soportan los juzgados y salas, ocasiona que los procesos judiciales sean demasiado
lentos, por lo cual, esperamos que los medios alternativos de resolución de conflictos sean
conocidos por todos, y se opte por su utilización, máxime que nos desenvolvemos en un marco de
recursos escasos.
Es decir, como existe mucha carga procesal en los órganos jurisdiccionales del poder judicial
conviene utilizar los medios alternativos de resolución de conflictos ya que de esta manera no sólo
se soluciona o pone fin a un conflicto de intereses en forma adecuada o personalizada, sino que
además se descongestiona el poder judicial, el cual sólo debe estar dedicado a problemas o
asuntos complejos. De tal forma que éstos últimos sean solucionados en forma adecuada, por
haberles dedicado la dedicación y el tiempo necesarios.
Por lo cual, en los capítulos siguientes desarrollaremos en forma separada cada uno de los medios
alternativos de resolución de conflictos, lo cual permitirá un estudio y aprendizaje adecuados y de
esta forma se incentive su aplicación.
Dejando constancia que los incentivos son materia de estudio del análisis económico del derecho,
el cual ha merecido escasos estudios en nuestro medios, sin embargo, en el derecho
estadounidense ha alcanzado gran desarrollo, y en todo caso es sólo un método, el cual tiene
defensores y detractores. Siendo éstos últimos sobre todo los filósofos que sostienen que el mismo
no respeta los valores, dentro de los cuales podemos citar, a la justicia, orden, paz y seguridad,
entre otros tantos, y para ampliar este tema, se puede consultar libros de introducción al derecho
y de filosofía del derecho, los cuales son muy importantes dentro de la formación de los abogados.

Resolucion 2003

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    LOS MÉTODOS ALTERNATIVOSDE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ¿Para qué surgen y por qué son importantes? Para comenzar a hablar de los Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, es fundamental aclarar la importancia de los mismos, como una mejor manera de proporcionar respuestas rápidas y accesibles a los conflictos sociales que se presentan en el día a día de los ciudadanos que conviven dentro de un estado democrático, puesto que, la existencia de instituciones capaces de regular y facilitar la resolución de conflictos debe ser un punto fundamental existente y además, normal dentro de toda sociedad que adopte dicha teoría política. Todo lo que se ha dicho anteriormente, es un resultado totalmente lógico y deducible: en toda sociedad democrática, en la cual como es de esperarse, existe una pluralidad de sujetos, los cuales actúan libremente y por ende, de manera distinta unos de otros, se presentarán conflictos con cierta frecuencia, el meollo del asunto, se encuentra en conseguir formas eficaces de resolver los mismos. Esto es lo que se ha intentado hacer desde antaño, cuando se creó por primera vez el sistema judicial, con valores de justicia y equidad, sin embargo, en una sociedad como la nuestra, en la cual esos conflictos comunes y corrientes, tales como, falta de presupuesto y falta de tiempo, se entrelazan con una situación social deplorable, es altamente complicado por no decir imposible para un ciudadano común recurrir a un litigio, activando así el aparato jurisdiccional. Por todo lo antes expuesto es que surgen los llamados Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, como una respuesta fácil y eficaz, pero por encima de todo accesible a la ciudadanía, al momento en que se vean envueltos en algún problema que pudiera tener una solución más sencilla y rápida que la de un juicio. Ahora bien, podemos decir que dentro de una gran gama existente de éstos métodos, nos encontramos con tres de ellos que podríamos resaltar como principales, o que tienden a sobresalir por encima de los demás, ellos son: La mediación, La negociación y El arbitraje, los cuales pasaremos ahora a describir de manera un poco más esquemática, con cierto detenimiento y sin ahondar en detalles innecesarios. LA MEDIACIÓN: De manera muy resumida, podríamos decir que es aquel método en el cual una persona imparcial que es llamado “mediador”, ayuda a las partes a conseguir una resolución pacífica del conflicto que sea aceptada por todas ellas. Todo esto lo logra sin intervenir demasiado, es decir, sin necesidad de decir a las partes que es lo que deben o no hacer, sino que simplemente se limita a escucharlas, aconsejarlas y en lenguaje coloquial “calmar los ánimos” para ayudar a lograr la respuesta al problema. El mediador no decide, ni resuelve el asunto, no es necesario porque el mismo es resuelto por las partes en conjunto, éste se dedica a servir de “facilitador” durante el proceso. Ventajas: Es particularmente útil, cuando las partes quieren conservar su relación entre sí, puesto que, al resolver las partes en consenso el conflicto y por lo tanto, quedar todas satisfechas, la relación entre ellas no se ve tan perjudicada. Por otra parte, es una excelente manera para resolver las disputas de manera rápida y económica, porque las partes sólo necesitarán de un poco de tiempo para sentarse a discutir son conflicto entre sí y con su mediador. Por último, puede resultar
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    beneficiosa cuando sequiera apartar las emociones de la resolución del conflicto, para lo cual la ayuda del mediador puede convertirse en una gran herramienta. Desventajas: Es estrictamente necesario que todas las partes involucradas estén dispuestas a cooperar, de no ser así, todo resultaría en una gran pérdida de tiempo. Suele ser poco eficaz cuando una parte tiene cierto poder o influencia sobre la otra. Por último, es un método que no debe ser aplicado a cualquier conflicto, sino que se deben estudiar las condiciones del mismo y de las partes. Sin embargo, esto se puede resolver con un simple análisis detenido de la situación, luego del cual se determinará cual es el método que más se adecue al caso en concreto y se sugerirá a las partes la aplicación del mismo. LA NEGOCIACIÓN: Es aquel medio de resolución de conflictos, mediante el cual las partes se sientan a conversar acerca del problema y lo resuelven otorgándose mutuas concesiones, sin necesidad de la intervención de un tercero. Ventajas: Durante un proceso de negociación las partes aprenden a dominar sus sentimientos, de manera tal que el objetivo ya no sea imponerse sobre el otro, sino lograr un mutuo acuerdo que resulte en una mutua satisfacción de intereses. La negociación bien hecha colleva consigo un resultado justo para ambar partes de modo tal que, se logre un bien común. Ayuda a establecer prioridades, puesto que generalmente las partes deben renunciar a parte de sus intereses en la búsqueda de una satisfacción común a todos. Desventajas: La principal desventaja de dicho método de negociación, es que ambas partes tienen que estar dispuestas a discutir y a sacrificar parte de sus intereses, si alguna de ellas no lo está, o pretende imponerse sin escuchar los argumentos del contrario, la negociación no será efectiva. En tal sentido, recomendamos este método sólo a aquellas partes que estén conscientes de que la negociación no es fácil y que deben ceder un poco para lograr finalmente, un acuerdo que resulte satisfactorio para todas las partes. EL ARBITRAJE: Es un método privado para la solución de disputas en el que las partes interesadas se someten voluntariamente a la tutela de un tercero de su confianza y que esté desprovisto de la condición de órgano judicial, llamado “arbitro” para que les escuche y finalmente, resuelva sus diferencias de criterio, esto es lo que conocemos como “encomendar la solución a un tercero”. Ventajas: Es ideal cuando las partes quieren someter su conflicto a la decisión de un tercero, distinto al órgano jurisdiccional. Es mucho más simple y económico que un proceso judicial. Desventajas: Al igual que en todos los otros métodos, las partes deben estar dispuestas a aceptar el resultado, más aún si se trata de un arbitraje “no vinculante”, en el cual las partes no renuncian a su derecho a una acción judicial. Se solucionaría de la misma manera que los anteriores, aplicándose sólo en aquellos casos en los que las partes estén dispuestas a aceptar el método sin mayores inconvenientes. En conclusión, luego de hacer un estudio un poco general acerca de lo qué son los métodos alternativos de resolución de conflictos, podemos decir que son sumamente importantes,
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    sobretodo en unasociedad minada de problemas de todo tipo, en la cual el acceso a la justicia se hace sumamente difícil por razones de comodidad, economía e incluso moralidad, ya que, los mismos se presentan como una excelente alternativa para resolver de manera pacífica y sencilla cualquier disputa que se presente. Sin embargo, como se pudo ver en cada caso, estos métodos tienen un problema de fondo de difícil solución: es necesaria la buena voluntad de las partes, es muy difícil conseguir una manera de contrarrestar esto porque en términos generales, si las partes no ponen de su parte los conflictos terminarían inevitablemente en tribunales o peor aún las partes tomarían justicia por sus propias manos. Una solución posible a este hecho, sería que se propagara mayor información acerca de los centros que presten este tipo de ayuda y que se asesorara a las partes de manera tal que, pongan de su parte y comprendan que dichos medios alternativos resultan beneficiosos para ellos mismos.
  • 4.
    Los Medios Alternativosde Resolución de Conflictos se pueden definir como un conjunto de métodos, procedimientos, o técnicas que, tiene por objeto solucionar las desavenencias o dificultades, entre personas u organizaciones, no recurriendo a los tribunales, ni a la decisión impuesta por un juez, con la característica intervención activa de ambas partes involucradas. En ellos la solución del conflicto nace, de la confrontación y armonización de los valores e intereses contrapuestos de las partes, no de la imposición de valores impuestos por el juez, porque no pretende mirar exhaustivamente las normas existentes, costumbres y jurisprudencia, sino que más bien se dirige al conflicto en sí, y sus posteriores consecuencias hacia el futuro, viendo las reacciones que tiene en las mismas partes. Por lo tanto los medios alternativos (MARC), son un sistema en sí mismo que puede actuar complementariamente con la justicia. Algunos autores afirman que son un sistema circular en donde no existe juez, ni demandado, no hay principio, ni final, y tiene como propósito entonces juntar a las partes y que ambas se escuchen mutuamente. Existen diferentes sistemas que actualmente están siendo utilizados por personas y compañías para solucionar sus diferencias, permitiendo así un ahorro de tiempo y dinero. En el ámbito mundial, se comenta que “el 95 % de los casos se resuelven en negociaciones antes o durante el juicio, por lo que sería lógico pensar en solucionarlo sin tener que ir a juicios.” Como bien dicen algunos autores cualquier método de negociación debe ser juzgado por tres criterios: debe producir un sabio acuerdo (siempre que sea posible el arreglo), debe ser eficiente y debe mejorar o por lo menos no dañar la relación entre las partes. Los medios alternativos permiten entonces que las facciones tengan mayor control respecto a la disputa siendo el medio más directo y simple la negociación, seguido por la mediación, conciliación, facilitación, el arbitraje, la evaluación neutral, la justicia de paz, entre otras. A continuación, desarrollaremos brevemente alguno de estos MARC: * La Negociación: es el proceso mediante el cual dos o más personas, que tienen intereses comunes o diferentes, intercambian información veraz y suficiente, a lo largo de un periodo, con miras a lograr un acuerdo para sus relaciones futuras. Se pretende influir sobre la conductas del otro para lograr un comportamiento deseado sin usar el poder o la fuerza. * La Mediación: es un medio informal y voluntario de solución de conflictos en el que un tercero imparcial trata mediante técnicas de negociación que las partes identifiquen las posibles zonas de acuerdo. * La Conciliación: es muy parecida a la mediación, la diferencia radica en el nivel de participación activa por parte del tercero. Es decir, el conciliador puede emitir opiniones cuando las partes no pueden solucionar rápidamente sus asuntos.
  • 5.
    * El Arbitraje:es el medio por el cual las partes, de manera voluntaria, llevan su diferencia ante uno o varios terceros quienes la resolverán mediante un arbitral de laudo, es decir, mediante una sentencia emitida por él o los árbitros siendo obligatoria para las partes. * La Evaluación Neutral: consiste en la presencia de una abogado experto designado por un tribunal que luego de oír a las partes y de examinar las pruebas, hace una evaluación del caso para mostrar a cada uno de los contendientes los puntos débiles y los peligros de su tesis, así como los de coincidencia y de posible negociación. * La Justicia de Paz: es la que procura resolver de una manera rápida, sencilla y económica, los eventos que se pueden producir en una comunidad, a través de la equidad y que permite que la comunidad elija así sus propios jueces y procedimientos. La ley de paz ordena que no necesariamente se cumpla con la legalidad más si con la equidad; es aplicar justicia a casos muy concretos observando las circunstancias. Se le denomina también justicia de vecindad.
  • 6.
    En este librodesarrollamos los siguientes medios alternativos de resolución de conflictos: negociación, arbitraje y conciliación.En cuanto a la negociación se desarrollan los siguientes temas: Generalidades, Actitudes frente al conflicto, Los motivos del conflicto, Las causas del conflicto, La negociación disciplinada, Estrategia de penetración, Comunicación no verbal, Elementos de una negociación, (Intereses, Legitimidad, Opciones, Alternativas, Comunicación, Sinceridad y Compromiso) y Clases de negociación y otros temas entre los cuales destacan las áreas del derecho en las cuales no se negocia y los supuestos y ramas del derecho en las cuales si se negocia. En cuanto a la negociación que es de mucha importancia, debemos dejar constancia que no puede ser comprendida si no se estudia la responsabilidad precontractual. Luego se estudia el arbitraje, desarrollándose del mismo los siguientes temas: introducción, antecedentes, definición, arbitraje internacional, arbitro, arbitro tercero, arbitraje laboral, arbitraje internacional de comercio, materias que pueden someterse a arbitraje, el arbitraje es un mecanismo alternativo de resolución de conflictos, naturaleza jurídica, clases de arbitraje, convenio arbitral, protocolización notarial, valor del arbitraje, arbitraje estatutario y arbitraje testamentario. Finalmente se estudia la conciliación. Por lo cual esperamos que sea del agrado de todos y que contribuya a la cultura jurídica peruana y extranjera. I. Generalidades 1. Medios para solucionar conflictos Los medios para solucionar conflictos son los siguientes: 1. La mano propia, autotutela, autojusticia o justicia por la propia mano. 2. Negociación. 3. Conciliación. 4. Arbitraje. 5. Transacción. 6. Poder judicial. 7. Tribunal constitucional. 8. Fuero militar. 9. Fuero policial. 10. Justicia comunal. 2. Tipos de medios para solucionar conflictos Los tipos de medios para solucionar conflictos son los siguientes: 1. Medios judiciales. 2. Medios extrajudiciales. Por lo cual a continuación desarrollaremos cada uno de éstos.
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    3. Medios judiciales Losmedios judiciales para solucionar conflictos son los siguientes: 1. Negociación judicial. 2. Conciliación judicial. 3. Arbitraje a consecuencia de proceso judicial. 4. Transacción judicial. 5. Proceso Judicial. 6. Proceso ante Tribunal Constitucional. 7. Proceso ante la Jurisdicción Militar. 8. Proceso ante la Jurisdicción Policial. 9. Justicia comunal. 4. Medios extrajudiciales Los medios extrajudiciales para solucionar conflictos son los siguientes: 1. La mano propia, autotutela, autojusticia o justicia por la propia mano. 2. Negociación extrajudicial. 3. Conciliación extrajudicial. 4. Arbitraje extrajudicial. 5. Transacción extrajudicial. 6. Cartas simples. 7. Cartas notariales. 8. Llamadas telefónicas. 9. Visitas personales. 10. Contrato. 11. Oficios. 12. Solicitudes 13. Correos electrónicos. 14. Publicación de relación de morosos. 5. Medios alternativos de resolución de conflictos La doctrina sostiene que existen los siguientes medios alternativos de resolución de conflictos: 1. Negociación. 2. Arbitraje. 3. Conciliación. Los cuales se aplican también en el derecho peruano, por lo cual, conviene su estudio, es decir, es conveniente en los contratos pactar los indicados, por ejemplo se puede pactar el arbitraje en los referidos, de tal forma que no tenga que recurrirse al poder judicial, ya que la excesiva carga procesal que soportan los juzgados y salas, ocasiona que los procesos judiciales sean demasiado
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    lentos, por locual, esperamos que los medios alternativos de resolución de conflictos sean conocidos por todos, y se opte por su utilización, máxime que nos desenvolvemos en un marco de recursos escasos. Es decir, como existe mucha carga procesal en los órganos jurisdiccionales del poder judicial conviene utilizar los medios alternativos de resolución de conflictos ya que de esta manera no sólo se soluciona o pone fin a un conflicto de intereses en forma adecuada o personalizada, sino que además se descongestiona el poder judicial, el cual sólo debe estar dedicado a problemas o asuntos complejos. De tal forma que éstos últimos sean solucionados en forma adecuada, por haberles dedicado la dedicación y el tiempo necesarios. Por lo cual, en los capítulos siguientes desarrollaremos en forma separada cada uno de los medios alternativos de resolución de conflictos, lo cual permitirá un estudio y aprendizaje adecuados y de esta forma se incentive su aplicación. Dejando constancia que los incentivos son materia de estudio del análisis económico del derecho, el cual ha merecido escasos estudios en nuestro medios, sin embargo, en el derecho estadounidense ha alcanzado gran desarrollo, y en todo caso es sólo un método, el cual tiene defensores y detractores. Siendo éstos últimos sobre todo los filósofos que sostienen que el mismo no respeta los valores, dentro de los cuales podemos citar, a la justicia, orden, paz y seguridad, entre otros tantos, y para ampliar este tema, se puede consultar libros de introducción al derecho y de filosofía del derecho, los cuales son muy importantes dentro de la formación de los abogados.