SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 14
TEORÍA DEL CASO
DIEGOVALDERRAMAMACERA
¿QUE ÉS LA TEORÍA DEL CASO?
Es el método que nos sirve para
definir cual será la estrategia
que nos ayudará a exponer de
la mejor manera posible
nuestra versión de los hechos y
convencer al juzgador.
¿EN QUE MOMENTO SE ELABORA?
Desde que tenemos conocimiento del caso ya
podemos ir elaborando una teoría, pero esta
técnica de litigación adquiere una relevancia
especial cuando llegamos a la etapa de juicio
oral, en donde, ya tenemos todas las cartas
sobre la mesa, porque ya sabemos qué pruebas
serán oralizadas de ambas partes, y por ello,
debemos ordenarnos.
¿PARA QUÉ NOS SIRVE?
• La estrategia contenida en nuestra
teoría del caso es la columna sobre la
cual construiremos nuestros alegatos,
interrogatorios, contrainterrogatorios y
todas nuestras demás participaciones
a lo largo de la audiencia.
¿QUÉ CARACTERÍSTICAS DEBE TENER?
LOGICA
• La narración de la
teoría debe contener
una argumentación
coherente y
uniforme, sin olvidar
que los límites de
nuestra narración se
encontrarán
delimitados por los
hechos del caso.
CREIBLE
• El relato de nuestra
versión de los hechos
debe encontrar un
fundamento en los
medios probatorios
con los que iremos a
juicio.
CONTUNDENTE
• Nuestra teoría
además de no
contradecirse a sí
misma, debe ser lo
suficientemente capaz
de producir un daño a
la teoría de nuestro
contrario.
+ +
¡RECUERDA!
El NCPP sigue las bases de un modelo
ACUSATORIO-ADVERSARIAL, por
tanto, si no le presentamos al juez
una teoría lógica, que a su vez sea
creíble y que además sea
contundente como para rebatir la
postura contraria, TENGA POR
SEGURO QUE LA OTRA PARTE SI LO
HARÁ, y sus argumentos definirán el
sentido de la sentencia.
¿QUÉ DICE EL CÓDIGO PROCESAL PENAL?
Los elementos de la teoría del caso se encuentran
mencionados de manera muy general en el Art 371.2 del
código procesal penal de la siguiente forma:
• "El Fiscal expondrá resumidamente los hechos objeto de
acusación, la calificación jurídica y las pruebas que
ofreció y fueron admitidas, […] Finalmente, el defensor
del acusado expondrá brevemente sus argumentos de
defensa y las pruebas de descargo ofrecidas y admitidas”
ELEMENTOS DE LA TEORIA DEL CASO
• De lo desarrollado en nuestra norma adjetiva podemos identificar que
las partes de la teoría del caso son:
HECHOS
FUNDAMENTACIÓN
FÁCTICA
CALIFICACIÓN
JURÍDICA
FUNDAMENTACIÓN
JURÍDICA
MEDIOS
PROBATORIOS
FUNDAMENTACIÓN
PROBATORIA
EN
EN
EN
FUNDAMENTACIÓN
FACTICA
FUNDAMENTACIÓN
JURÍDICA
FUNDAMENTACIÓN
PROBATORIA
FISCAL
XXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX
XXXXXXXXXXXXXXX
DEFENSA XXXXXXXXXXXXXXX
XXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX
¿CÓMO SE LLENA EL CUADRO?
BREVE CASO HIPOTÉTICO
Juan y Raquel salieron de su centro de trabajo y se dirigieron a un concurrido bar ubicado en la Av. Brasil a tomar alcohol y
conversar un rato, al promediar las 10 de la noche ingresó una persona vestida con casaca de cuero de color marrón y
provisto de un arma blanca se acercó a Raquel quien la reconocerlo le dijo ¿Qué haces tú aquí?
Juan y Raquel salieron de su centro de trabajo y se
dirigieron a un concurrido bar ubicado en la Av. Brasil a
tomar alcohol y conversar un rato, al promediar las 10 de
la noche ingresó una persona vestida con casaca de
cuero de color marrón y provisto de un arma blanca se
acercó a Raquel quien la reconocerlo le dijo ¿Qué haces
tú aquí?
El sujeto acuchilló dos veces en el pecho a
Raquel y salió huyendo, siendo todo esto
observado por algunas personas dentro del
bar. Media hora después, es detenido Roberto
Guevara quien se encontraba caminando por
los alrededores sosteniendo una botella de
vino en la mano.
TEORÍA DEL CASO PARA MINISTERIO PÚBLICO
FUNDAMENTACIÓN FÁCTICA
CUÁNDO, DONDE, QUIÉN,
COMO, A QUIÉN, POR QUÉ
EL DÍA 20 DE ENERO A HORAS DE LA
NOCHE, RAQUEL MARTINEZ Y JUAN
PEREZ SE ENCONTRABAN TOMANDO
AL INTERIOR DEL BAR “BOTELLAS”.
AL PROMEDIAR LAS 10PM.
ROBERTO GUEVARA INGRESA AL
LUGAR. VALIÉNDOSE DE UN ARMA
BLANCA LE ASESTA 2 PUÑALADAS EN
EL PECHO DE RAQUEL,
OCASIONANDOLE LA MUERTE Y.
MOMENTOS DESPUÉS
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
EN QUÉ TIPO PENAL SE
SUBSUMEN LOS HECHOS
ART. 106 HOMICIDIO SIMPLE
EL QUE MATA A OTRO SERÁ
REPRIMIDO CON PENA PRIVATIVA DE
LIBERTAD NO MENOR DE 6 NI
MAYOR DE 20 AÑOS
FUNDAMENTACIÓN PROBATORIA
ENUMERACIÓN DE PRUEBAS
TESTIMONIAL:
JUAN PEREZ
HERBERT VEGA (DUEÑO DEL BAR)
AGENTE RODOLFO ARREDONDO
MATERIAL:
CUCHILLO DE COCINA-FACUSA
VIDEO- CÁMARA DE SEGURIDAD
AV BRASIL.
PERICIAL:DR. ALEXIS PANDO
DOCUMENTAL:
NECROPSIA MEDICO LEGAL
Artículo 106 Homicidio Simple:
“El que mata a otro será
reprimido con pena privativa de
libertad no menor de 6 ni mayor
de 20 años”
El día 20 de enero a las 10pm de
la noche, en un bar ubicado en la
cuadra 6 de la avenida Brasil
Roberto Guevara ingresó armado
con un arma blanca y acuchilló a
Raquel 2 veces en el pecho
ocasionándole la muerte, para
luego huir del lugar, siendo esto
observado por algunas personas
al interior del bar.
Testimonial:
Juan Testigo
(Dueño del bar)
Agente Rodolfo Arredondo
Material
Cuchillo de Cocina marca Facusa
Cinta de video- cámara de
seguridad de la Av. Brasil
Documental:
Necropsia médico legal
Pericial:
Médico Perito Alexis Panduro
Cuándo-Donde-Quién-Cómo-A
Quién-Por qué
En qué tipo penal se subsumen
los hechos Enumeración de pruebas
DEFENSA: ¿QUÉ ELEMENTO DEL TIPO PENAL VAMOS A --
…………………………………….ATACAR?
TIPICIDAD
CULPABILIDAD
ANTIJURIDICIDAD
- ERROR DE TIPO
- FALTA DE IMPUTACIÓN
OBJETIVA/SUBJETIVA
- LEGÍTIMA DEFENSA
- ESTADO DE NECESIDAD
- ERROR DE PROHIBICIÓN
- INIMPUTABILIDAD
- GRAVE ALTERACIÓN DE LA
CONCIENCIA
- Error de tipo
- Falta de Imputación
Objetiva/Subjetiva
- Legítima defensa
- Estado de necesidad
- Error de prohibición
- Inimputabilidad
- Grave alteración de la
conciencia
Tipicidad
Antijuridicidad Culpabilidad
ENTONCES ¿QUÉ TIPO DE DEFENSA?
PASIVA
ACTIVA
Incide sobre la carga de la prueba del
Ministerio Público porque atacará los
puntos débiles de la teoría del caso fiscal
Planteando duda razonable en el juzgador
negando los cargos o señalando
insuficiencia probatoria.
“No demostró, no probará, etc.”
La defensa le propone al juez un relato
alternativo de lo sucedido, una versión, una
coartada que competirá con la teoría del
caso fiscal
“Legítima Defensa, Grave alteración de la
conciencia,Insuficiencia probatoria, etc.
TEORÍA DEL CASO PARA DEFENSA
FUNDAMENTACIÓN FÁCTICA
CUÁNDO, DONDE, QUIÉN,
COMO, A QUIÉN, POR QUÉ
EL DÍA 20 DE ENERO, EN
INMEDIACIONES DE LA AV. BRASIL.
CUADRA 6, JUAN PEREZ SE
ENCONTRABA TOMANDO EN EL
BAR “AMIGOS” JUNTO A RAQUEL
MARTINEZ. AL PROMEDIAR LAS
10PM. INGRESA UNA PERSONA
QUE NUNCA PUDO SER
IDENTIFICADA NI UBICADA,
QUIEN DISPARA A RAQUEL
OCASIONANDOLE LA MUERTE.
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
EN QUÉ TIPO PENAL SE
SUBSUMEN LOS HECHOS
TIPICIDAD- FALTA DE IMPUTACIÓN
OBJETIVA.
DEFENSA PASIVA.
DUDA RAZONABLE
No podrán acreditar más allá de
toda duda razonable que ROBERTO
GUEVARA fue el autor del delito
FUNDAMENTACIÓN PROBATORIA
ENUMERACIÓN DE PRUEBAS
TESTIMONIAL:
ALEXANDRA PEÑA
HERBERT VEGA(DUEÑO DEL BAR)
MATERIAL:
VIDEO- CAMARA DE SEGURIDAD
DEL BAR
PERICIAL:
HUGO VERA
El día 20 de enero, en
inmediaciones de la Av. Brasil
cuadra 6. Juan Pérez se
encontraba tomando en el bar
“Amigos “ junto a Raquel. Al
promediar las 10pm. Ingresa
una persona que nunca pudo
ser identificada ni ubicada,
quien dispara a Raquel
ocasionándole la muerte.
Tipicidad / Falta de
imputación concreta
Defensa pasiva =
insuficiencia probatoria
Testimonial:
(Mujer al interior del
bar)
(Dueño del bar)
Material:
Cinta de video- Cámara
de Seguridad del Bar

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Como preparo la teoria del caso
Como preparo la teoria del casoComo preparo la teoria del caso
Como preparo la teoria del caso
Mario ya?z
 
ENJ-300 Sistema Procesal Penal
ENJ-300 Sistema Procesal PenalENJ-300 Sistema Procesal Penal
ENJ-300 Sistema Procesal Penal
ENJ
 
Técnicas de litigación oral
Técnicas de litigación oralTécnicas de litigación oral
Técnicas de litigación oral
CEFIC
 
ENJ-2-300 Teoría del Caso
ENJ-2-300 Teoría del CasoENJ-2-300 Teoría del Caso
ENJ-2-300 Teoría del Caso
ENJ
 
Teoria del caso y juicio oral
Teoria del caso y juicio oralTeoria del caso y juicio oral
Teoria del caso y juicio oral
mane7887
 
ENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y Objeciones
ENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y ObjecionesENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y Objeciones
ENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y Objeciones
ENJ
 

La actualidad más candente (20)

Teoría del delito
Teoría del delito Teoría del delito
Teoría del delito
 
Como preparo la teoria del caso
Como preparo la teoria del casoComo preparo la teoria del caso
Como preparo la teoria del caso
 
Culpabilidad
CulpabilidadCulpabilidad
Culpabilidad
 
ENJ-300 Tema I: Derecho Penal
ENJ-300 Tema I: Derecho PenalENJ-300 Tema I: Derecho Penal
ENJ-300 Tema I: Derecho Penal
 
Acusacion
AcusacionAcusacion
Acusacion
 
JUICIOS ORALES
JUICIOS ORALES JUICIOS ORALES
JUICIOS ORALES
 
ENJ-300 Sistema Procesal Penal
ENJ-300 Sistema Procesal PenalENJ-300 Sistema Procesal Penal
ENJ-300 Sistema Procesal Penal
 
Medios probatorios
Medios probatoriosMedios probatorios
Medios probatorios
 
Del interrogatorio y contrainterrogatorio para peritos
Del interrogatorio y contrainterrogatorio para peritosDel interrogatorio y contrainterrogatorio para peritos
Del interrogatorio y contrainterrogatorio para peritos
 
Técnicas de litigación oral
Técnicas de litigación oralTécnicas de litigación oral
Técnicas de litigación oral
 
ENJ-2-300 Teoría del Caso
ENJ-2-300 Teoría del CasoENJ-2-300 Teoría del Caso
ENJ-2-300 Teoría del Caso
 
Teoria del caso y juicio oral
Teoria del caso y juicio oralTeoria del caso y juicio oral
Teoria del caso y juicio oral
 
Principios grales prueba (2)
Principios grales prueba (2)Principios grales prueba (2)
Principios grales prueba (2)
 
Requisitos de la inspeccion judicial
Requisitos de la inspeccion judicialRequisitos de la inspeccion judicial
Requisitos de la inspeccion judicial
 
ENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y Objeciones
ENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y ObjecionesENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y Objeciones
ENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y Objeciones
 
Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio y Yalitza Quintero
Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza QuinteroAlegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero
Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio y Yalitza Quintero
 
Etapa intermedia
Etapa intermediaEtapa intermedia
Etapa intermedia
 
Sujeto procesales
Sujeto procesalesSujeto procesales
Sujeto procesales
 
SISTEMAS PROCESALES Jose Antonio Neyra Flores
SISTEMAS PROCESALES Jose Antonio Neyra Flores SISTEMAS PROCESALES Jose Antonio Neyra Flores
SISTEMAS PROCESALES Jose Antonio Neyra Flores
 
Interrogatorio y contra interrogatorio
Interrogatorio y contra interrogatorioInterrogatorio y contra interrogatorio
Interrogatorio y contra interrogatorio
 

Similar a teoria del caso

Litigación oral (teoría del caso)
Litigación oral (teoría del caso)Litigación oral (teoría del caso)
Litigación oral (teoría del caso)
mirtaderecho
 
Litigación oral (teoría del caso)
Litigación oral (teoría del caso)Litigación oral (teoría del caso)
Litigación oral (teoría del caso)
mirtaderecho
 
Técnica de Litigación Adversarial Criminal-Unidad 5
Técnica de Litigación Adversarial Criminal-Unidad 5 Técnica de Litigación Adversarial Criminal-Unidad 5
Técnica de Litigación Adversarial Criminal-Unidad 5
johanadenisebenitezvian
 
Estructura del proceso penal
Estructura del proceso penalEstructura del proceso penal
Estructura del proceso penal
lisbethmabel
 

Similar a teoria del caso (20)

TEORÍA DEL CASO.ppt
TEORÍA DEL CASO.pptTEORÍA DEL CASO.ppt
TEORÍA DEL CASO.ppt
 
teoria del caso.pptx
teoria del caso.pptxteoria del caso.pptx
teoria del caso.pptx
 
Litigación oral (teoría del caso)
Litigación oral (teoría del caso)Litigación oral (teoría del caso)
Litigación oral (teoría del caso)
 
Litigación oral (teoría del caso)
Litigación oral (teoría del caso)Litigación oral (teoría del caso)
Litigación oral (teoría del caso)
 
Litigacinoralteoradelcaso
LitigacinoralteoradelcasoLitigacinoralteoradelcaso
Litigacinoralteoradelcaso
 
Teoría del Caso
Teoría del CasoTeoría del Caso
Teoría del Caso
 
el juicio
el juicioel juicio
el juicio
 
Teoría del Caso.ppt
Teoría del Caso.pptTeoría del Caso.ppt
Teoría del Caso.ppt
 
Caso penal y planeacion estrategica_IAFJSR
Caso penal y planeacion estrategica_IAFJSRCaso penal y planeacion estrategica_IAFJSR
Caso penal y planeacion estrategica_IAFJSR
 
Litigacion oral penal_IAFJSR
Litigacion oral penal_IAFJSRLitigacion oral penal_IAFJSR
Litigacion oral penal_IAFJSR
 
Alegatos de apertura1_IAFJSR
Alegatos de apertura1_IAFJSRAlegatos de apertura1_IAFJSR
Alegatos de apertura1_IAFJSR
 
Alegato De Apertura Nuevo Codigo Procesal Penal
Alegato De Apertura Nuevo Codigo Procesal PenalAlegato De Apertura Nuevo Codigo Procesal Penal
Alegato De Apertura Nuevo Codigo Procesal Penal
 
Teoria del caso
Teoria del casoTeoria del caso
Teoria del caso
 
28.06. teor+¡a del caso. dr. h+®ctor centeno
28.06. teor+¡a del caso. dr. h+®ctor centeno28.06. teor+¡a del caso. dr. h+®ctor centeno
28.06. teor+¡a del caso. dr. h+®ctor centeno
 
Técnica de Litigación Adversarial Criminal-Unidad 5
Técnica de Litigación Adversarial Criminal-Unidad 5 Técnica de Litigación Adversarial Criminal-Unidad 5
Técnica de Litigación Adversarial Criminal-Unidad 5
 
Estrategias para una buena defensa
Estrategias para una buena defensaEstrategias para una buena defensa
Estrategias para una buena defensa
 
Estructura del proceso penal
Estructura del proceso penalEstructura del proceso penal
Estructura del proceso penal
 
TEORIA DEL CASO
TEORIA DEL CASOTEORIA DEL CASO
TEORIA DEL CASO
 
Las pruebas en el proceso penal parte2
Las pruebas en el proceso penal parte2Las pruebas en el proceso penal parte2
Las pruebas en el proceso penal parte2
 
Teoría de..
Teoría de..Teoría de..
Teoría de..
 

Último

LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
46058406
 
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
olmedorolando67
 

Último (20)

RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion educacion peru.pdf
RESOLUCIÓN DIRECTORAL  de sancion educacion peru.pdfRESOLUCIÓN DIRECTORAL  de sancion educacion peru.pdf
RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion educacion peru.pdf
 
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaRESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
 
RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion docente aip.pdf
RESOLUCIÓN DIRECTORAL  de sancion docente aip.pdfRESOLUCIÓN DIRECTORAL  de sancion docente aip.pdf
RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion docente aip.pdf
 
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
 
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.pptREGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
 
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
 
CLASES DE 4 REQUISITOS DE VALIDEZ (1).pptx
CLASES DE 4 REQUISITOS DE VALIDEZ (1).pptxCLASES DE 4 REQUISITOS DE VALIDEZ (1).pptx
CLASES DE 4 REQUISITOS DE VALIDEZ (1).pptx
 
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACIONOBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
 
El comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptxEl comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptx
 
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVILDIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
 
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en IsraelCarta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
 
Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...
Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...
Acusación-JIP xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx...
 
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptxPPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
 
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
 
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
 
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armasImputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
 
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
 
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERUACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
 
BIOETICA.pptx código deontológico responsabilidad
BIOETICA.pptx código deontológico responsabilidadBIOETICA.pptx código deontológico responsabilidad
BIOETICA.pptx código deontológico responsabilidad
 

teoria del caso

  • 2. ¿QUE ÉS LA TEORÍA DEL CASO? Es el método que nos sirve para definir cual será la estrategia que nos ayudará a exponer de la mejor manera posible nuestra versión de los hechos y convencer al juzgador.
  • 3. ¿EN QUE MOMENTO SE ELABORA? Desde que tenemos conocimiento del caso ya podemos ir elaborando una teoría, pero esta técnica de litigación adquiere una relevancia especial cuando llegamos a la etapa de juicio oral, en donde, ya tenemos todas las cartas sobre la mesa, porque ya sabemos qué pruebas serán oralizadas de ambas partes, y por ello, debemos ordenarnos.
  • 4. ¿PARA QUÉ NOS SIRVE? • La estrategia contenida en nuestra teoría del caso es la columna sobre la cual construiremos nuestros alegatos, interrogatorios, contrainterrogatorios y todas nuestras demás participaciones a lo largo de la audiencia.
  • 5. ¿QUÉ CARACTERÍSTICAS DEBE TENER? LOGICA • La narración de la teoría debe contener una argumentación coherente y uniforme, sin olvidar que los límites de nuestra narración se encontrarán delimitados por los hechos del caso. CREIBLE • El relato de nuestra versión de los hechos debe encontrar un fundamento en los medios probatorios con los que iremos a juicio. CONTUNDENTE • Nuestra teoría además de no contradecirse a sí misma, debe ser lo suficientemente capaz de producir un daño a la teoría de nuestro contrario. + +
  • 6. ¡RECUERDA! El NCPP sigue las bases de un modelo ACUSATORIO-ADVERSARIAL, por tanto, si no le presentamos al juez una teoría lógica, que a su vez sea creíble y que además sea contundente como para rebatir la postura contraria, TENGA POR SEGURO QUE LA OTRA PARTE SI LO HARÁ, y sus argumentos definirán el sentido de la sentencia.
  • 7. ¿QUÉ DICE EL CÓDIGO PROCESAL PENAL? Los elementos de la teoría del caso se encuentran mencionados de manera muy general en el Art 371.2 del código procesal penal de la siguiente forma: • "El Fiscal expondrá resumidamente los hechos objeto de acusación, la calificación jurídica y las pruebas que ofreció y fueron admitidas, […] Finalmente, el defensor del acusado expondrá brevemente sus argumentos de defensa y las pruebas de descargo ofrecidas y admitidas”
  • 8. ELEMENTOS DE LA TEORIA DEL CASO • De lo desarrollado en nuestra norma adjetiva podemos identificar que las partes de la teoría del caso son: HECHOS FUNDAMENTACIÓN FÁCTICA CALIFICACIÓN JURÍDICA FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA MEDIOS PROBATORIOS FUNDAMENTACIÓN PROBATORIA EN EN EN
  • 10. BREVE CASO HIPOTÉTICO Juan y Raquel salieron de su centro de trabajo y se dirigieron a un concurrido bar ubicado en la Av. Brasil a tomar alcohol y conversar un rato, al promediar las 10 de la noche ingresó una persona vestida con casaca de cuero de color marrón y provisto de un arma blanca se acercó a Raquel quien la reconocerlo le dijo ¿Qué haces tú aquí? Juan y Raquel salieron de su centro de trabajo y se dirigieron a un concurrido bar ubicado en la Av. Brasil a tomar alcohol y conversar un rato, al promediar las 10 de la noche ingresó una persona vestida con casaca de cuero de color marrón y provisto de un arma blanca se acercó a Raquel quien la reconocerlo le dijo ¿Qué haces tú aquí? El sujeto acuchilló dos veces en el pecho a Raquel y salió huyendo, siendo todo esto observado por algunas personas dentro del bar. Media hora después, es detenido Roberto Guevara quien se encontraba caminando por los alrededores sosteniendo una botella de vino en la mano.
  • 11. TEORÍA DEL CASO PARA MINISTERIO PÚBLICO FUNDAMENTACIÓN FÁCTICA CUÁNDO, DONDE, QUIÉN, COMO, A QUIÉN, POR QUÉ EL DÍA 20 DE ENERO A HORAS DE LA NOCHE, RAQUEL MARTINEZ Y JUAN PEREZ SE ENCONTRABAN TOMANDO AL INTERIOR DEL BAR “BOTELLAS”. AL PROMEDIAR LAS 10PM. ROBERTO GUEVARA INGRESA AL LUGAR. VALIÉNDOSE DE UN ARMA BLANCA LE ASESTA 2 PUÑALADAS EN EL PECHO DE RAQUEL, OCASIONANDOLE LA MUERTE Y. MOMENTOS DESPUÉS FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA EN QUÉ TIPO PENAL SE SUBSUMEN LOS HECHOS ART. 106 HOMICIDIO SIMPLE EL QUE MATA A OTRO SERÁ REPRIMIDO CON PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD NO MENOR DE 6 NI MAYOR DE 20 AÑOS FUNDAMENTACIÓN PROBATORIA ENUMERACIÓN DE PRUEBAS TESTIMONIAL: JUAN PEREZ HERBERT VEGA (DUEÑO DEL BAR) AGENTE RODOLFO ARREDONDO MATERIAL: CUCHILLO DE COCINA-FACUSA VIDEO- CÁMARA DE SEGURIDAD AV BRASIL. PERICIAL:DR. ALEXIS PANDO DOCUMENTAL: NECROPSIA MEDICO LEGAL Artículo 106 Homicidio Simple: “El que mata a otro será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 6 ni mayor de 20 años” El día 20 de enero a las 10pm de la noche, en un bar ubicado en la cuadra 6 de la avenida Brasil Roberto Guevara ingresó armado con un arma blanca y acuchilló a Raquel 2 veces en el pecho ocasionándole la muerte, para luego huir del lugar, siendo esto observado por algunas personas al interior del bar. Testimonial: Juan Testigo (Dueño del bar) Agente Rodolfo Arredondo Material Cuchillo de Cocina marca Facusa Cinta de video- cámara de seguridad de la Av. Brasil Documental: Necropsia médico legal Pericial: Médico Perito Alexis Panduro Cuándo-Donde-Quién-Cómo-A Quién-Por qué En qué tipo penal se subsumen los hechos Enumeración de pruebas
  • 12. DEFENSA: ¿QUÉ ELEMENTO DEL TIPO PENAL VAMOS A -- …………………………………….ATACAR? TIPICIDAD CULPABILIDAD ANTIJURIDICIDAD - ERROR DE TIPO - FALTA DE IMPUTACIÓN OBJETIVA/SUBJETIVA - LEGÍTIMA DEFENSA - ESTADO DE NECESIDAD - ERROR DE PROHIBICIÓN - INIMPUTABILIDAD - GRAVE ALTERACIÓN DE LA CONCIENCIA - Error de tipo - Falta de Imputación Objetiva/Subjetiva - Legítima defensa - Estado de necesidad - Error de prohibición - Inimputabilidad - Grave alteración de la conciencia Tipicidad Antijuridicidad Culpabilidad
  • 13. ENTONCES ¿QUÉ TIPO DE DEFENSA? PASIVA ACTIVA Incide sobre la carga de la prueba del Ministerio Público porque atacará los puntos débiles de la teoría del caso fiscal Planteando duda razonable en el juzgador negando los cargos o señalando insuficiencia probatoria. “No demostró, no probará, etc.” La defensa le propone al juez un relato alternativo de lo sucedido, una versión, una coartada que competirá con la teoría del caso fiscal “Legítima Defensa, Grave alteración de la conciencia,Insuficiencia probatoria, etc.
  • 14. TEORÍA DEL CASO PARA DEFENSA FUNDAMENTACIÓN FÁCTICA CUÁNDO, DONDE, QUIÉN, COMO, A QUIÉN, POR QUÉ EL DÍA 20 DE ENERO, EN INMEDIACIONES DE LA AV. BRASIL. CUADRA 6, JUAN PEREZ SE ENCONTRABA TOMANDO EN EL BAR “AMIGOS” JUNTO A RAQUEL MARTINEZ. AL PROMEDIAR LAS 10PM. INGRESA UNA PERSONA QUE NUNCA PUDO SER IDENTIFICADA NI UBICADA, QUIEN DISPARA A RAQUEL OCASIONANDOLE LA MUERTE. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA EN QUÉ TIPO PENAL SE SUBSUMEN LOS HECHOS TIPICIDAD- FALTA DE IMPUTACIÓN OBJETIVA. DEFENSA PASIVA. DUDA RAZONABLE No podrán acreditar más allá de toda duda razonable que ROBERTO GUEVARA fue el autor del delito FUNDAMENTACIÓN PROBATORIA ENUMERACIÓN DE PRUEBAS TESTIMONIAL: ALEXANDRA PEÑA HERBERT VEGA(DUEÑO DEL BAR) MATERIAL: VIDEO- CAMARA DE SEGURIDAD DEL BAR PERICIAL: HUGO VERA El día 20 de enero, en inmediaciones de la Av. Brasil cuadra 6. Juan Pérez se encontraba tomando en el bar “Amigos “ junto a Raquel. Al promediar las 10pm. Ingresa una persona que nunca pudo ser identificada ni ubicada, quien dispara a Raquel ocasionándole la muerte. Tipicidad / Falta de imputación concreta Defensa pasiva = insuficiencia probatoria Testimonial: (Mujer al interior del bar) (Dueño del bar) Material: Cinta de video- Cámara de Seguridad del Bar