Este documento define la potestad tributaria como la facultad que tiene el Estado de crear tributos de forma unilateral y exigir su pago a las personas sometidas a su jurisdicción. Explica que la potestad tributaria puede ser originaria o derivada, y está sujeta a limitaciones como el principio de legalidad. También cubre la competencia tributaria de los estados y municipios en Venezuela según la Constitución, así como los tipos de ingresos que pueden obtener cada ente.