SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 39
1.-DERECHO REAL DE HERENCIA.
1.1- Es de carácter incorporal: recae sobre una universalidad.
El artículo 665 C.C. lo trata como D. Real.
¿Mueble o inmueble?
Por su característica de real tiene los siguientes atributos:
1.2- D. de persecución. Se hace efectivo en la Acción de Petición de
Herencia.
1.3.- D. de preferencia: derecho del asignatario de acudir al
proceso de sucesión para ser reconocido como heredero con
prelación de cualquiera otra persona de menor derecho que hubiera
logrado reconocimiento anterior.
El heredero excluye a quien no lo es. Artículo 491, Nro. 4 C. G. P.
1.4.- Perpetuidad: el titular del derecho de herencia
mientras otro no lo posea y adquiera por prescripción.
Artículo 2533 C. C.
1.5.-POSESIÓN DEL DERECHO DE HERENCIA.
1.5.1.- Posesión legal de los bienes de la
herencia.
1.5.2.- Posesión material de los bienes de la
herencia.
1.5.3.- Posesión efectiva de la herencia.
1.5.1.- Posesión legal. Artículo 783.
Se adquiere desde que la herencia es deferida, aunque lo ignore
el heredero.
1.5.2.- Posesión material. Artículo 762 C. C.
Corresponde a la tenencia de los bienes hereditarios a titulo de
herencia.
1.5.3.- Posesión efectiva:
procede de una decisión judicial.
Artículo 757 C. C. , artículo 607 C. P. C.
1.6.-Cesión del Derecho de Herencia.
El Derecho de Herencia se adquiere al fallecer el causante,
producto de la Delación.
También se puede adquirir a titulo de compra-venta.
El negocio jurídico se debe producir después de la muerte del
causante.
Artículo 1520 C. C. , artículo 1967.
La venta de derechos hereditarios debe ser por escritura pública
(artículo 1857 ), pero no es objeto de registro.
Si es de incapaz: autorización judicial y pública subasta.
1.6.1- Si se cede sin especificar: solo se garantiza la calidad de
heredero.
Se cede el derecho de herencia, no la calidad de heredero que es
personal e intransferible.
“El heredero no puede dar a otro su lugar en la familia y su grado de
parentesco.”
La cesión no es oponible al acreedor.
El cedente conserva la responsabilidad. (El acreedor
puede proceder contra él)
1.7.-Adquisición por Prescripción.
Se adquiere por prescripción ordinario de 5 años o extraordinaria
de 10 años. (Ley 791 de 2002, que modificó el artículo 2533 del
C.C.).
El Derecho de Herencia no se extingue por prescripción pero si se
pierde, cuando una persona lo adquiere por prescripción.
“Solamente en el momento en que este tercero adquiere por
prescripción ordinaria o extraordinaria el derecho hereditario,
simultanea y correlativamente también se extingue por
prescripción el derecho hereditario y la acción que corresponde al
anterior y verdadero heredero.” C. S. J.
Artículo 1326: el Derecho de Petición de Herencia expira en 10
años.
1.8.- Delación de la Herencia.
“Delación de herencia es el actual llamamiento que se
hace a quienes tienen vocación hereditaria para
aceptarla o repudiarla.”
A. Valencia Zea.
Artículo 1283.
La Delación coincide con la apertura. Sin embargo, la apertura no
puede ser condicional.
En las asignaciones condicionales la delación se presenta al
momento de producirse la condición (Artículo 1536 C.C.).
La apertura es un efecto de la muerte y no puede ser condicional.
La Delación es creación de la ley y puede ser condicional.
Asignaciones legales. Son puras y simples.
Condicionales: el carro para Luis si se gradúa de abogado
(artículo 1539, falla de la condición).
1.9.- Derecho de Opción. (Artículo 1282).
Características:
1.9.1.- Solo si se ejerce si se ha deferido la asignación.
1.9.2.- No hay término para ejercerlo. Pero puede darse la prescripción extintiva.
(Artículos 1289, 1290).
1.9.3.- Produce efectos retroactivos.
1.9.4.- Es indivisible. Como un todo, no por partes.
1.9.5.- No está sujeto a plazos o condiciones. Se ejerce en forma pura y simple.
1.9.6.- Es transferible. (El asignatario transmite la opción a sus herederos)
1.10.-Aceptación.
Acto unilateral por el cual se asume el carácter de heredero o
legatario. Artículo 1282.
Fuente de obligaciones: artículo 1494.
la aceptación por el incapaz debe hacerse con Beneficio de
Inventario. Artículo 93, literal E, ley 1306 de 2009.
Características:
1.10.1- Es irrevocable, es decir definitiva.
1.10.2.- Tiene efectos retroactivos: artículo 1296.
Los efectos de la aceptación se retrotraen a la fecha en que fue
deferida.
1.10.3.- Es indivisible: no se puede aceptar una parte o cuota y
repudiar el resto.
1.10.4.- Es pura y simple: no puede aceptarse con modalidades
(condición o plazo).
1.10.5.-Indivisibilidad.
1.10.5.1.- Varias asignaciones, las cuales no están
gravadas: puede aceptar unas y rechazar otras.
1.10.5.2.- Varias asignaciones unas gravadas y otras no
gravadas: no podrá rechazar las gravadas y aceptar las
no gravadas.
Salvo el artículo 1286: se haya concedido al asignatario
la facultad de repudiarlas separadamente.
1.11.-Clases de aceptación. (artículo 1298).
Expresa, tácita, forzada o impuesta.
Pura y simple o con Beneficio de Inventario.
1.11.1- Expresa.
Es solemne (Artículo 1299).
1.11.2.- Tácita.
A ella se refieren los artículo 1301, 1287.
1.11.3.- Forzada.
1.11.3.1- La que debe emitir el curador del asignatario ausente, al
tenor del artículo 1289.
1.11.3.2.- La establecida en el artículo 1288.
1.11.4.- Pura y simple.
No está sometida a plazo o condición.
1.11.5.- Con Beneficio de Inventario.
El heredero limita su responsabilidad.
“Consiste en no hacer a los herederos que aceptan,
responsables de las obligaciones hereditarias y
testamentarias, sino hasta concurrencia del valor de los
bienes que han aceptado.”
No puede ser propuesta por el legatario. Artículo 1304.
Ejemplo.
El activo de la sucesión es de $ 1.000.000 y el pasivo es de $ 1.200.000. Hay dos
herederos cada uno de los cuales lleva en el activo el 50%, es decir, $ 500.000 y
responderá, si no propone el beneficio de inventario, por $ 600.000. Si
proponen el beneficio de inventario, la responsabilidad se limitará a $ 500.000
1.11.5.1.- Artículo 1316.
«Las deudas y créditos del heredero no beneficiario no se confunden con las deudas y
créditos de la sucesión».
Ejemplo.
El causante debe $1.000.000 al heredero, $ 1.000.000 a un tercero y deja $ 600.000. Debe entonces
$ 2.000.000 y tiene $ 600.000 de activo.
Si no hay beneficio: se confunden en el heredero su calidad de acreedor y de deudor y por lo tanto
se extingue esa deuda; queda un pasivo de $ 1.000.000, a favor del tercero; el heredero recibe $
600.000, con los que abona al acreedor, pero el heredero le debe completar con sus recursos los $
400.000 que faltan.
Si se acepta con beneficio de inventario: no hay confusión. Los $ 600.000 pagarán a los acreedores.
Como cada uno tiene 50% en el pasivo, se le pagan $ 300.000 al acreedor y $ 300.00 al heredero.
Existe libertad para aceptar con Beneficio de Inventario, pero
algunos son obligados a aceptar en tal forma.
1.11.5.2.- El fisco (ICBF). Artículo 1307.
1.11.5.3.- Los incapaces. Artículo 1307.
1.11.5.4.- Los herederos fiduciarios. Artículo 1308.
(Ejemplo: dejo a Luis 20% de mi patrimonio para que pase a
Pedro cuando se case).
Que pasa si no lo hacen: artículo 1307, inciso 3.
1.11.5.5.- Unos aceptan y no otros nos. Artículo 1305.
1.11.6.-Requisitos:
1.11.6.1- Debe invocarse por el heredero (Artículo 587,
Número 5, C.P.C).
Con la demanda de apertura debe manifestarse. Si no
se hace, se entiende con beneficio.
1.11.6.2.- Debe confeccionarse inventario. (Artículo
1310, artículo 86, ley 1396 de 2009).
1.12.-Efectos.
1.12.1.- Limita la responsabilidad hasta el monto de lo efectivamente recibido.
Artículo 1304.
Si se demanda el reconocimiento de alguna obligación que excede al
patrimonio dejado por el causante, la obligación debe reconocerse totalmente
aunque la ejecución solo se lleve a afecto hasta concurrencia de los bienes que
se heredan.
Valor de la adjudicación. Carga de la prueba corresponde al acreedor
1.12.3.- Artículo 1317. Responsabilidad por culpa leve
en la conservación de los bienes.
1.12.4.- Puede haber liberación de la responsabilidad
haciendo abandono de bienes. Artículo 1318.
1.12.5.- Excepción de agotamiento de bienes para el
pago del pasivo. Artículo 1319, 1320
1.13.-Pérdida del beneficio.
1.13.1- Cuando de mala fe, se omitan bienes en el
inventario o se incluyan deudas inexistentes. Artículo
1313.
1.13.2.- Por renuncia. Solo para quienes no estén
obligados a aceptar con el beneficio.
1.14.-Repudio o repudiación.
Renuncia a derecho que se tiene. Se retrotrae al
momento de la delación.
1.14.1-Capacidad.
Quien no tiene la libre administración de los bienes requiere
autorización judicial. Artículo 1282, 1293, 304 C.C. (artículo 93, literal
E, ley 1306 de 2009).
1.14.2.-Clases.
1.14.2.1.-Expresa.
1.14.2.2.-Tácita.
Sólo se presume en casos determinados: artículo 1292, artículo 1288.
1.14.3.-Repudiación intempestiva. Artículo 1283.
1.14.-Rescisión de la repudiación.
Artículo 1294 C.C. Artículo 493 C.G.P
1.15.-Herencia Yacente. Art. 1297.
Debe declararse por providencia judicial. Artículo 482,
483, 484. C.G.P.
Se nombra un administrador que tiene carácter de
guardador y puede ser una sociedad fiduciaria. Artículos
114 y 116, ley 1306 de 2009.
Busca proteger a los acreedores del causante.
1.15.1.-Supuesto: que dentro de los 15 días siguientes
a la apertura de la sucesión (sustancial) no se haya
aceptado la herencia o cuota de ella o si habiendo
albacea con tenencia de bienes, no se hubiera aceptado
el cargo.
REQUISITOS DE LA HERENCIA YACENTE.
1.- Que se defiera la sucesión. Es decir, se ha efectuado la transmisión del
patrimonio del causante a sus herederos por el hecho de la muerte del primero.
2.- Que hayan transcurrido siquiera 15 días, desde la apertura de la sucesión.
3.- Que no se hubiera aceptado la herencia. Abstención del o los herederos en
pronunciarse sobre la aceptación.
4.- Que se declare judicialmente. Debe producirse dicha declaratoria por parte del
juez competente.
5.- Que no exista albacea con tenencia de bienes. Si se trata de sucesión testada.
6.- Que sea solicitada por persona legalmente interesada. El artículo 1297 C.C.
enumera quienes pueden ser interesados en la declaratoria de herencia yacente.
Facultades Curador de la Herencia Yacente.
1.- Representar la sucesión con atribuciones y deberes de
secuestre.
2.- Ejercer la administración tendiente a la conservación y
recaudación de los bienes.
3.- Puede ser demandado por los acreedores del causante.
1.16.-Herencia Vacante.
Transcurridos 20 años desde la muerte del causante,
sin haberse aceptado la herencia, se declarará vacante
y corresponderá al ICBF. (Art. 485 C.G.P)
Artículo 116, Nros. 2 y 3, ley 1306 de 2009.
Terminación.
Termina por la aceptación de cualquier heredero.
1.17.-Beneficio de Separación de Patrimonios.
Medida de protección concedida a los acreedores del causante
contra los acreedores del heredero (Se les paga con prelación con
los bienes del causante. Artículo 1435 C.C.).
Los bienes del causante no se confundan con los bienes del
heredero, para que aquellos respondan por las deudas hereditarias
o testamentarias.
Puede coexistir con el Beneficio de Inventario.
1.17.1.-Requisitos.
1.17.1.1- Los acreedores deben probar la existencia del crédito. No es
necesario que sea exigible. Artículo 1436.
1.17.1.2.- Que el crédito no haya prescrito.
1.17.1.3.- Cuando no aplica. Artículo 1437.
1.17.1.3.1- Cuando el acreedor ha reconocido al heredero por deudor.
1.17.1.3.2.- Cuando los bienes de la sucesión han salido de manos del
heredero. Artículo 1437.
El beneficio es de carácter personal.
La solicitud debe hacerse al juez que conoce del proceso de
sucesión. Art. 506 C.G.P. La solicitud debe indicar los bienes
cobijados con el beneficio.
Efectos.
1.- Los acreedores que lo obtengan tienen prelación en el pago
de las deudas.
2.- Protege los acreedores del heredero que deben ser pagados
antes de pagar a los acreedores testamentarios o hereditarios.
Artículo 1440.
3.- Artículos 1441 y 1442. Medidas dirigidas a revocar las
enajenaciones hechas por el heredero.
Debe registrarse cuando hay inmuebles. Artículo 1442.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

El tercer poseedor y la garantía hipotecaria
El tercer poseedor y la garantía hipotecariaEl tercer poseedor y la garantía hipotecaria
El tercer poseedor y la garantía hipotecariacayoaugustus
 
47223864 sucesion-como-modo-de-adquirir-y-derecho-real-de-herencia
47223864 sucesion-como-modo-de-adquirir-y-derecho-real-de-herencia47223864 sucesion-como-modo-de-adquirir-y-derecho-real-de-herencia
47223864 sucesion-como-modo-de-adquirir-y-derecho-real-de-herenciaSara Ester Valladares Nuñez
 
Gestión activo y liquidación de pasivos
Gestión activo y  liquidación de pasivosGestión activo y  liquidación de pasivos
Gestión activo y liquidación de pasivosENJ
 
Ineficacia del testamento y las disposiciones testamentarias asop
Ineficacia del testamento y las disposiciones testamentarias asopIneficacia del testamento y las disposiciones testamentarias asop
Ineficacia del testamento y las disposiciones testamentarias asopAna Magnolia Mendez
 
Donaciones por causa de muerte
Donaciones por causa de muerteDonaciones por causa de muerte
Donaciones por causa de muertefatimaregalado
 
Aceptacion y repudiacion de las asignaciones por causa de muerte 14
Aceptacion y repudiacion de las asignaciones por causa de muerte 14Aceptacion y repudiacion de las asignaciones por causa de muerte 14
Aceptacion y repudiacion de las asignaciones por causa de muerte 14TaniaCarvajal4
 
La gestión del activo y la liquidación del
La gestión del activo y la liquidación delLa gestión del activo y la liquidación del
La gestión del activo y la liquidación delAna Magnolia Mendez
 
7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas
7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas
7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivasJose Carlos Romero Rodriguez
 
ENJ-400 Embargo Contra el Deudor Transeúnte
ENJ-400 Embargo Contra el Deudor TranseúnteENJ-400 Embargo Contra el Deudor Transeúnte
ENJ-400 Embargo Contra el Deudor TranseúnteENJ
 
Unidad 9 privado ii
Unidad 9   privado iiUnidad 9   privado ii
Unidad 9 privado iivglibota
 
ENJ-400 Embargo de Ajuar o Locación
ENJ-400 Embargo de Ajuar o LocaciónENJ-400 Embargo de Ajuar o Locación
ENJ-400 Embargo de Ajuar o LocaciónENJ
 
De la sucesion por causa de muerte
De la sucesion por causa de muerteDe la sucesion por causa de muerte
De la sucesion por causa de muertePablo
 
Instituciones del derecho privado ii bol72
Instituciones del derecho privado ii bol72Instituciones del derecho privado ii bol72
Instituciones del derecho privado ii bol72vglibota
 
Presentación a beneficio de inventario
Presentación a beneficio de inventarioPresentación a beneficio de inventario
Presentación a beneficio de inventarioAna Magnolia Mendez
 

La actualidad más candente (20)

El tercer poseedor y la garantía hipotecaria
El tercer poseedor y la garantía hipotecariaEl tercer poseedor y la garantía hipotecaria
El tercer poseedor y la garantía hipotecaria
 
Garantias 1
Garantias 1Garantias 1
Garantias 1
 
47223864 sucesion-como-modo-de-adquirir-y-derecho-real-de-herencia
47223864 sucesion-como-modo-de-adquirir-y-derecho-real-de-herencia47223864 sucesion-como-modo-de-adquirir-y-derecho-real-de-herencia
47223864 sucesion-como-modo-de-adquirir-y-derecho-real-de-herencia
 
Gestión activo y liquidación de pasivos
Gestión activo y  liquidación de pasivosGestión activo y  liquidación de pasivos
Gestión activo y liquidación de pasivos
 
Ineficacia del testamento y las disposiciones testamentarias asop
Ineficacia del testamento y las disposiciones testamentarias asopIneficacia del testamento y las disposiciones testamentarias asop
Ineficacia del testamento y las disposiciones testamentarias asop
 
Donaciones por causa de muerte
Donaciones por causa de muerteDonaciones por causa de muerte
Donaciones por causa de muerte
 
Aceptacion y repudiacion de las asignaciones por causa de muerte 14
Aceptacion y repudiacion de las asignaciones por causa de muerte 14Aceptacion y repudiacion de las asignaciones por causa de muerte 14
Aceptacion y repudiacion de las asignaciones por causa de muerte 14
 
Manual de la Sucesión por Causa de Muerte
Manual de la Sucesión por Causa de MuerteManual de la Sucesión por Causa de Muerte
Manual de la Sucesión por Causa de Muerte
 
La gestión del activo y la liquidación del
La gestión del activo y la liquidación delLa gestión del activo y la liquidación del
La gestión del activo y la liquidación del
 
7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas
7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas
7 cesion de_posicion_contractual__excesiva_onerosidad_y_lesion_diapositivas
 
Contratos mineros
Contratos minerosContratos mineros
Contratos mineros
 
ENJ-400 Embargo Contra el Deudor Transeúnte
ENJ-400 Embargo Contra el Deudor TranseúnteENJ-400 Embargo Contra el Deudor Transeúnte
ENJ-400 Embargo Contra el Deudor Transeúnte
 
Unidad 9 privado ii
Unidad 9   privado iiUnidad 9   privado ii
Unidad 9 privado ii
 
ENJ-400 Embargo de Ajuar o Locación
ENJ-400 Embargo de Ajuar o LocaciónENJ-400 Embargo de Ajuar o Locación
ENJ-400 Embargo de Ajuar o Locación
 
De la sucesion por causa de muerte
De la sucesion por causa de muerteDe la sucesion por causa de muerte
De la sucesion por causa de muerte
 
La legitima
La legitimaLa legitima
La legitima
 
Instituciones del derecho privado ii bol72
Instituciones del derecho privado ii bol72Instituciones del derecho privado ii bol72
Instituciones del derecho privado ii bol72
 
Capitulo 4 primera parte
Capitulo 4   primera parteCapitulo 4   primera parte
Capitulo 4 primera parte
 
Presentación a beneficio de inventario
Presentación a beneficio de inventarioPresentación a beneficio de inventario
Presentación a beneficio de inventario
 
Grupo IV, Impuestos Sucesorales
Grupo IV, Impuestos SucesoralesGrupo IV, Impuestos Sucesorales
Grupo IV, Impuestos Sucesorales
 

Destacado

Diferencias entre blog y wiki
Diferencias entre blog y wikiDiferencias entre blog y wiki
Diferencias entre blog y wikiCarol&Lina
 
acceso a la uni
acceso a la uniacceso a la uni
acceso a la uniangelafcr
 
LAS TIC DIAPOSITIVAS
LAS TIC DIAPOSITIVAS LAS TIC DIAPOSITIVAS
LAS TIC DIAPOSITIVAS nanayura
 
Diapositivas de tics
Diapositivas de ticsDiapositivas de tics
Diapositivas de ticsEvelin Rincon
 
Presentación tema 3
Presentación tema 3Presentación tema 3
Presentación tema 3mariolagbm
 
Sistemas sociales dialogicas
Sistemas sociales dialogicasSistemas sociales dialogicas
Sistemas sociales dialogicasEricka Castillo
 
Alta mar, Fondos marinos y Explotación humana
Alta mar, Fondos marinos y Explotación humanaAlta mar, Fondos marinos y Explotación humana
Alta mar, Fondos marinos y Explotación humanaPatricio Bravo Arenas
 
JAIME DANIEL GOMEZ
JAIME DANIEL GOMEZJAIME DANIEL GOMEZ
JAIME DANIEL GOMEZjaimar06
 
Ejercicio 4. seminario 4
Ejercicio 4. seminario 4Ejercicio 4. seminario 4
Ejercicio 4. seminario 4arabia94
 
Rendicion de cuentas informe 2015
Rendicion de cuentas  informe 2015Rendicion de cuentas  informe 2015
Rendicion de cuentas informe 2015xiomareca
 

Destacado (20)

Diferencias entre blog y wiki
Diferencias entre blog y wikiDiferencias entre blog y wiki
Diferencias entre blog y wiki
 
acceso a la uni
acceso a la uniacceso a la uni
acceso a la uni
 
Planetas
PlanetasPlanetas
Planetas
 
Inventos tecnologicos
Inventos tecnologicos Inventos tecnologicos
Inventos tecnologicos
 
Hta
HtaHta
Hta
 
#22 Del
#22 Del#22 Del
#22 Del
 
LAS TIC DIAPOSITIVAS
LAS TIC DIAPOSITIVAS LAS TIC DIAPOSITIVAS
LAS TIC DIAPOSITIVAS
 
Sesion 1 asp. gene. impo
Sesion 1 asp. gene. impoSesion 1 asp. gene. impo
Sesion 1 asp. gene. impo
 
Diapositivas de tics
Diapositivas de ticsDiapositivas de tics
Diapositivas de tics
 
Presentación tema 3
Presentación tema 3Presentación tema 3
Presentación tema 3
 
Retencion en la fuente
Retencion en la fuenteRetencion en la fuente
Retencion en la fuente
 
Revista digital
Revista digitalRevista digital
Revista digital
 
Sistemas sociales dialogicas
Sistemas sociales dialogicasSistemas sociales dialogicas
Sistemas sociales dialogicas
 
El mago
El magoEl mago
El mago
 
Edmodo
EdmodoEdmodo
Edmodo
 
Exc2
Exc2Exc2
Exc2
 
Alta mar, Fondos marinos y Explotación humana
Alta mar, Fondos marinos y Explotación humanaAlta mar, Fondos marinos y Explotación humana
Alta mar, Fondos marinos y Explotación humana
 
JAIME DANIEL GOMEZ
JAIME DANIEL GOMEZJAIME DANIEL GOMEZ
JAIME DANIEL GOMEZ
 
Ejercicio 4. seminario 4
Ejercicio 4. seminario 4Ejercicio 4. seminario 4
Ejercicio 4. seminario 4
 
Rendicion de cuentas informe 2015
Rendicion de cuentas  informe 2015Rendicion de cuentas  informe 2015
Rendicion de cuentas informe 2015
 

Similar a Capitulo 1

14. codigo-de-procedimientos-civiles-para-el-estado-de-veracruz
14. codigo-de-procedimientos-civiles-para-el-estado-de-veracruz14. codigo-de-procedimientos-civiles-para-el-estado-de-veracruz
14. codigo-de-procedimientos-civiles-para-el-estado-de-veracruzcuazii
 
Contrato de depósito
Contrato de depósitoContrato de depósito
Contrato de depósitoroxanadlc
 
Acción de petición de herencia y otras acciones del heredero
Acción de petición de herencia y otras acciones del herederoAcción de petición de herencia y otras acciones del heredero
Acción de petición de herencia y otras acciones del herederoKatheryn sirizzotti
 
Acción de petición de herencia y otras acciones del heredero
Acción de petición de herencia y otras acciones del herederoAcción de petición de herencia y otras acciones del heredero
Acción de petición de herencia y otras acciones del herederoongjusticiaviva
 
Cna apuntes tallerparticiones
Cna apuntes tallerparticionesCna apuntes tallerparticiones
Cna apuntes tallerparticioneslincita007
 
130007206-Anticresis.ppt
130007206-Anticresis.ppt130007206-Anticresis.ppt
130007206-Anticresis.pptDendi Navi
 
ACCIONES REALES REIVINDICATORIAS DE DOMINIO.pptx
ACCIONES REALES REIVINDICATORIAS DE DOMINIO.pptxACCIONES REALES REIVINDICATORIAS DE DOMINIO.pptx
ACCIONES REALES REIVINDICATORIAS DE DOMINIO.pptxmariatorresbl
 
Bienes y derechos reales nelson melendez
Bienes y derechos reales nelson melendezBienes y derechos reales nelson melendez
Bienes y derechos reales nelson melendezNelson Melendez Vargas
 
Conferencia Sobre el Embargo Ejecutivo en República Dominicana Juan Jesús De ...
Conferencia Sobre el Embargo Ejecutivo en República Dominicana Juan Jesús De ...Conferencia Sobre el Embargo Ejecutivo en República Dominicana Juan Jesús De ...
Conferencia Sobre el Embargo Ejecutivo en República Dominicana Juan Jesús De ...Stalin Martínez
 
Revista virtual tema 9,10,11
Revista virtual tema 9,10,11Revista virtual tema 9,10,11
Revista virtual tema 9,10,11carminiajrp
 
PPT GRUPO 13 CONTRATOS.pptx
PPT GRUPO 13 CONTRATOS.pptxPPT GRUPO 13 CONTRATOS.pptx
PPT GRUPO 13 CONTRATOS.pptxALBERTOSULCA1
 
Aceptación y repudiación de herencia
Aceptación y repudiación de herenciaAceptación y repudiación de herencia
Aceptación y repudiación de herenciaAlvaro Gomez Soto
 
UNIDAD II-Constitución del derecho sucesorio (1).pptx
UNIDAD II-Constitución del derecho sucesorio (1).pptxUNIDAD II-Constitución del derecho sucesorio (1).pptx
UNIDAD II-Constitución del derecho sucesorio (1).pptxJuanCarlosRamirezCar1
 
Teoria general de las obligaciones 2
Teoria general de las obligaciones 2Teoria general de las obligaciones 2
Teoria general de las obligaciones 2eduardocorderom
 
DERECHO CIVIL III : El derecho real de Hipoteca.
DERECHO CIVIL III : El derecho real de Hipoteca.DERECHO CIVIL III : El derecho real de Hipoteca.
DERECHO CIVIL III : El derecho real de Hipoteca.JaimeRamia
 

Similar a Capitulo 1 (20)

Copropiedad
CopropiedadCopropiedad
Copropiedad
 
La Anticresis Diapositivas
La Anticresis DiapositivasLa Anticresis Diapositivas
La Anticresis Diapositivas
 
14. codigo-de-procedimientos-civiles-para-el-estado-de-veracruz
14. codigo-de-procedimientos-civiles-para-el-estado-de-veracruz14. codigo-de-procedimientos-civiles-para-el-estado-de-veracruz
14. codigo-de-procedimientos-civiles-para-el-estado-de-veracruz
 
Contrato de depósito
Contrato de depósitoContrato de depósito
Contrato de depósito
 
la anticresis
 la anticresis  la anticresis
la anticresis
 
Acción de petición de herencia y otras acciones del heredero
Acción de petición de herencia y otras acciones del herederoAcción de petición de herencia y otras acciones del heredero
Acción de petición de herencia y otras acciones del heredero
 
Acción de petición de herencia y otras acciones del heredero
Acción de petición de herencia y otras acciones del herederoAcción de petición de herencia y otras acciones del heredero
Acción de petición de herencia y otras acciones del heredero
 
Preguntasyrespuestasgradocivil (1)
Preguntasyrespuestasgradocivil (1)Preguntasyrespuestasgradocivil (1)
Preguntasyrespuestasgradocivil (1)
 
Derecho de las obligaciones
Derecho de las obligacionesDerecho de las obligaciones
Derecho de las obligaciones
 
Cna apuntes tallerparticiones
Cna apuntes tallerparticionesCna apuntes tallerparticiones
Cna apuntes tallerparticiones
 
130007206-Anticresis.ppt
130007206-Anticresis.ppt130007206-Anticresis.ppt
130007206-Anticresis.ppt
 
ACCIONES REALES REIVINDICATORIAS DE DOMINIO.pptx
ACCIONES REALES REIVINDICATORIAS DE DOMINIO.pptxACCIONES REALES REIVINDICATORIAS DE DOMINIO.pptx
ACCIONES REALES REIVINDICATORIAS DE DOMINIO.pptx
 
Bienes y derechos reales nelson melendez
Bienes y derechos reales nelson melendezBienes y derechos reales nelson melendez
Bienes y derechos reales nelson melendez
 
Conferencia Sobre el Embargo Ejecutivo en República Dominicana Juan Jesús De ...
Conferencia Sobre el Embargo Ejecutivo en República Dominicana Juan Jesús De ...Conferencia Sobre el Embargo Ejecutivo en República Dominicana Juan Jesús De ...
Conferencia Sobre el Embargo Ejecutivo en República Dominicana Juan Jesús De ...
 
Revista virtual tema 9,10,11
Revista virtual tema 9,10,11Revista virtual tema 9,10,11
Revista virtual tema 9,10,11
 
PPT GRUPO 13 CONTRATOS.pptx
PPT GRUPO 13 CONTRATOS.pptxPPT GRUPO 13 CONTRATOS.pptx
PPT GRUPO 13 CONTRATOS.pptx
 
Aceptación y repudiación de herencia
Aceptación y repudiación de herenciaAceptación y repudiación de herencia
Aceptación y repudiación de herencia
 
UNIDAD II-Constitución del derecho sucesorio (1).pptx
UNIDAD II-Constitución del derecho sucesorio (1).pptxUNIDAD II-Constitución del derecho sucesorio (1).pptx
UNIDAD II-Constitución del derecho sucesorio (1).pptx
 
Teoria general de las obligaciones 2
Teoria general de las obligaciones 2Teoria general de las obligaciones 2
Teoria general de las obligaciones 2
 
DERECHO CIVIL III : El derecho real de Hipoteca.
DERECHO CIVIL III : El derecho real de Hipoteca.DERECHO CIVIL III : El derecho real de Hipoteca.
DERECHO CIVIL III : El derecho real de Hipoteca.
 

Último

Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxMaritzaRetamozoVera
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para eventoDiegoMtsS
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdfgimenanahuel
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscaeliseo91
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxzulyvero07
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuaDANNYISAACCARVAJALGA
 
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfManual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfMaryRotonda1
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónLourdes Feria
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptELENA GALLARDO PAÚLS
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxTECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxKarlaMassielMartinez
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dstEphaniiie
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 

Último (20)

Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
 
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfManual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
 
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza MultigradoPresentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxTECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes d
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 

Capitulo 1

  • 1. 1.-DERECHO REAL DE HERENCIA.
  • 2. 1.1- Es de carácter incorporal: recae sobre una universalidad. El artículo 665 C.C. lo trata como D. Real. ¿Mueble o inmueble?
  • 3. Por su característica de real tiene los siguientes atributos: 1.2- D. de persecución. Se hace efectivo en la Acción de Petición de Herencia. 1.3.- D. de preferencia: derecho del asignatario de acudir al proceso de sucesión para ser reconocido como heredero con prelación de cualquiera otra persona de menor derecho que hubiera logrado reconocimiento anterior. El heredero excluye a quien no lo es. Artículo 491, Nro. 4 C. G. P.
  • 4. 1.4.- Perpetuidad: el titular del derecho de herencia mientras otro no lo posea y adquiera por prescripción. Artículo 2533 C. C.
  • 5. 1.5.-POSESIÓN DEL DERECHO DE HERENCIA. 1.5.1.- Posesión legal de los bienes de la herencia. 1.5.2.- Posesión material de los bienes de la herencia. 1.5.3.- Posesión efectiva de la herencia.
  • 6. 1.5.1.- Posesión legal. Artículo 783. Se adquiere desde que la herencia es deferida, aunque lo ignore el heredero. 1.5.2.- Posesión material. Artículo 762 C. C. Corresponde a la tenencia de los bienes hereditarios a titulo de herencia. 1.5.3.- Posesión efectiva: procede de una decisión judicial. Artículo 757 C. C. , artículo 607 C. P. C.
  • 7. 1.6.-Cesión del Derecho de Herencia. El Derecho de Herencia se adquiere al fallecer el causante, producto de la Delación. También se puede adquirir a titulo de compra-venta.
  • 8. El negocio jurídico se debe producir después de la muerte del causante. Artículo 1520 C. C. , artículo 1967. La venta de derechos hereditarios debe ser por escritura pública (artículo 1857 ), pero no es objeto de registro. Si es de incapaz: autorización judicial y pública subasta.
  • 9. 1.6.1- Si se cede sin especificar: solo se garantiza la calidad de heredero. Se cede el derecho de herencia, no la calidad de heredero que es personal e intransferible. “El heredero no puede dar a otro su lugar en la familia y su grado de parentesco.”
  • 10. La cesión no es oponible al acreedor. El cedente conserva la responsabilidad. (El acreedor puede proceder contra él)
  • 11. 1.7.-Adquisición por Prescripción. Se adquiere por prescripción ordinario de 5 años o extraordinaria de 10 años. (Ley 791 de 2002, que modificó el artículo 2533 del C.C.).
  • 12. El Derecho de Herencia no se extingue por prescripción pero si se pierde, cuando una persona lo adquiere por prescripción. “Solamente en el momento en que este tercero adquiere por prescripción ordinaria o extraordinaria el derecho hereditario, simultanea y correlativamente también se extingue por prescripción el derecho hereditario y la acción que corresponde al anterior y verdadero heredero.” C. S. J. Artículo 1326: el Derecho de Petición de Herencia expira en 10 años.
  • 13. 1.8.- Delación de la Herencia. “Delación de herencia es el actual llamamiento que se hace a quienes tienen vocación hereditaria para aceptarla o repudiarla.” A. Valencia Zea. Artículo 1283.
  • 14. La Delación coincide con la apertura. Sin embargo, la apertura no puede ser condicional. En las asignaciones condicionales la delación se presenta al momento de producirse la condición (Artículo 1536 C.C.). La apertura es un efecto de la muerte y no puede ser condicional. La Delación es creación de la ley y puede ser condicional. Asignaciones legales. Son puras y simples. Condicionales: el carro para Luis si se gradúa de abogado (artículo 1539, falla de la condición).
  • 15. 1.9.- Derecho de Opción. (Artículo 1282). Características: 1.9.1.- Solo si se ejerce si se ha deferido la asignación. 1.9.2.- No hay término para ejercerlo. Pero puede darse la prescripción extintiva. (Artículos 1289, 1290). 1.9.3.- Produce efectos retroactivos. 1.9.4.- Es indivisible. Como un todo, no por partes. 1.9.5.- No está sujeto a plazos o condiciones. Se ejerce en forma pura y simple. 1.9.6.- Es transferible. (El asignatario transmite la opción a sus herederos)
  • 16. 1.10.-Aceptación. Acto unilateral por el cual se asume el carácter de heredero o legatario. Artículo 1282. Fuente de obligaciones: artículo 1494. la aceptación por el incapaz debe hacerse con Beneficio de Inventario. Artículo 93, literal E, ley 1306 de 2009.
  • 17. Características: 1.10.1- Es irrevocable, es decir definitiva. 1.10.2.- Tiene efectos retroactivos: artículo 1296. Los efectos de la aceptación se retrotraen a la fecha en que fue deferida. 1.10.3.- Es indivisible: no se puede aceptar una parte o cuota y repudiar el resto. 1.10.4.- Es pura y simple: no puede aceptarse con modalidades (condición o plazo).
  • 18. 1.10.5.-Indivisibilidad. 1.10.5.1.- Varias asignaciones, las cuales no están gravadas: puede aceptar unas y rechazar otras. 1.10.5.2.- Varias asignaciones unas gravadas y otras no gravadas: no podrá rechazar las gravadas y aceptar las no gravadas. Salvo el artículo 1286: se haya concedido al asignatario la facultad de repudiarlas separadamente.
  • 19. 1.11.-Clases de aceptación. (artículo 1298). Expresa, tácita, forzada o impuesta. Pura y simple o con Beneficio de Inventario.
  • 20. 1.11.1- Expresa. Es solemne (Artículo 1299). 1.11.2.- Tácita. A ella se refieren los artículo 1301, 1287. 1.11.3.- Forzada. 1.11.3.1- La que debe emitir el curador del asignatario ausente, al tenor del artículo 1289. 1.11.3.2.- La establecida en el artículo 1288.
  • 21. 1.11.4.- Pura y simple. No está sometida a plazo o condición.
  • 22. 1.11.5.- Con Beneficio de Inventario. El heredero limita su responsabilidad. “Consiste en no hacer a los herederos que aceptan, responsables de las obligaciones hereditarias y testamentarias, sino hasta concurrencia del valor de los bienes que han aceptado.” No puede ser propuesta por el legatario. Artículo 1304.
  • 23. Ejemplo. El activo de la sucesión es de $ 1.000.000 y el pasivo es de $ 1.200.000. Hay dos herederos cada uno de los cuales lleva en el activo el 50%, es decir, $ 500.000 y responderá, si no propone el beneficio de inventario, por $ 600.000. Si proponen el beneficio de inventario, la responsabilidad se limitará a $ 500.000
  • 24. 1.11.5.1.- Artículo 1316. «Las deudas y créditos del heredero no beneficiario no se confunden con las deudas y créditos de la sucesión». Ejemplo. El causante debe $1.000.000 al heredero, $ 1.000.000 a un tercero y deja $ 600.000. Debe entonces $ 2.000.000 y tiene $ 600.000 de activo. Si no hay beneficio: se confunden en el heredero su calidad de acreedor y de deudor y por lo tanto se extingue esa deuda; queda un pasivo de $ 1.000.000, a favor del tercero; el heredero recibe $ 600.000, con los que abona al acreedor, pero el heredero le debe completar con sus recursos los $ 400.000 que faltan. Si se acepta con beneficio de inventario: no hay confusión. Los $ 600.000 pagarán a los acreedores. Como cada uno tiene 50% en el pasivo, se le pagan $ 300.000 al acreedor y $ 300.00 al heredero.
  • 25. Existe libertad para aceptar con Beneficio de Inventario, pero algunos son obligados a aceptar en tal forma. 1.11.5.2.- El fisco (ICBF). Artículo 1307. 1.11.5.3.- Los incapaces. Artículo 1307. 1.11.5.4.- Los herederos fiduciarios. Artículo 1308. (Ejemplo: dejo a Luis 20% de mi patrimonio para que pase a Pedro cuando se case). Que pasa si no lo hacen: artículo 1307, inciso 3. 1.11.5.5.- Unos aceptan y no otros nos. Artículo 1305.
  • 26. 1.11.6.-Requisitos: 1.11.6.1- Debe invocarse por el heredero (Artículo 587, Número 5, C.P.C). Con la demanda de apertura debe manifestarse. Si no se hace, se entiende con beneficio. 1.11.6.2.- Debe confeccionarse inventario. (Artículo 1310, artículo 86, ley 1396 de 2009).
  • 27. 1.12.-Efectos. 1.12.1.- Limita la responsabilidad hasta el monto de lo efectivamente recibido. Artículo 1304. Si se demanda el reconocimiento de alguna obligación que excede al patrimonio dejado por el causante, la obligación debe reconocerse totalmente aunque la ejecución solo se lleve a afecto hasta concurrencia de los bienes que se heredan. Valor de la adjudicación. Carga de la prueba corresponde al acreedor
  • 28. 1.12.3.- Artículo 1317. Responsabilidad por culpa leve en la conservación de los bienes. 1.12.4.- Puede haber liberación de la responsabilidad haciendo abandono de bienes. Artículo 1318. 1.12.5.- Excepción de agotamiento de bienes para el pago del pasivo. Artículo 1319, 1320
  • 29. 1.13.-Pérdida del beneficio. 1.13.1- Cuando de mala fe, se omitan bienes en el inventario o se incluyan deudas inexistentes. Artículo 1313. 1.13.2.- Por renuncia. Solo para quienes no estén obligados a aceptar con el beneficio.
  • 30. 1.14.-Repudio o repudiación. Renuncia a derecho que se tiene. Se retrotrae al momento de la delación.
  • 31. 1.14.1-Capacidad. Quien no tiene la libre administración de los bienes requiere autorización judicial. Artículo 1282, 1293, 304 C.C. (artículo 93, literal E, ley 1306 de 2009). 1.14.2.-Clases. 1.14.2.1.-Expresa. 1.14.2.2.-Tácita. Sólo se presume en casos determinados: artículo 1292, artículo 1288. 1.14.3.-Repudiación intempestiva. Artículo 1283. 1.14.-Rescisión de la repudiación. Artículo 1294 C.C. Artículo 493 C.G.P
  • 32. 1.15.-Herencia Yacente. Art. 1297. Debe declararse por providencia judicial. Artículo 482, 483, 484. C.G.P. Se nombra un administrador que tiene carácter de guardador y puede ser una sociedad fiduciaria. Artículos 114 y 116, ley 1306 de 2009. Busca proteger a los acreedores del causante.
  • 33. 1.15.1.-Supuesto: que dentro de los 15 días siguientes a la apertura de la sucesión (sustancial) no se haya aceptado la herencia o cuota de ella o si habiendo albacea con tenencia de bienes, no se hubiera aceptado el cargo.
  • 34. REQUISITOS DE LA HERENCIA YACENTE. 1.- Que se defiera la sucesión. Es decir, se ha efectuado la transmisión del patrimonio del causante a sus herederos por el hecho de la muerte del primero. 2.- Que hayan transcurrido siquiera 15 días, desde la apertura de la sucesión. 3.- Que no se hubiera aceptado la herencia. Abstención del o los herederos en pronunciarse sobre la aceptación. 4.- Que se declare judicialmente. Debe producirse dicha declaratoria por parte del juez competente. 5.- Que no exista albacea con tenencia de bienes. Si se trata de sucesión testada. 6.- Que sea solicitada por persona legalmente interesada. El artículo 1297 C.C. enumera quienes pueden ser interesados en la declaratoria de herencia yacente.
  • 35. Facultades Curador de la Herencia Yacente. 1.- Representar la sucesión con atribuciones y deberes de secuestre. 2.- Ejercer la administración tendiente a la conservación y recaudación de los bienes. 3.- Puede ser demandado por los acreedores del causante.
  • 36. 1.16.-Herencia Vacante. Transcurridos 20 años desde la muerte del causante, sin haberse aceptado la herencia, se declarará vacante y corresponderá al ICBF. (Art. 485 C.G.P) Artículo 116, Nros. 2 y 3, ley 1306 de 2009. Terminación. Termina por la aceptación de cualquier heredero.
  • 37. 1.17.-Beneficio de Separación de Patrimonios. Medida de protección concedida a los acreedores del causante contra los acreedores del heredero (Se les paga con prelación con los bienes del causante. Artículo 1435 C.C.). Los bienes del causante no se confundan con los bienes del heredero, para que aquellos respondan por las deudas hereditarias o testamentarias. Puede coexistir con el Beneficio de Inventario.
  • 38. 1.17.1.-Requisitos. 1.17.1.1- Los acreedores deben probar la existencia del crédito. No es necesario que sea exigible. Artículo 1436. 1.17.1.2.- Que el crédito no haya prescrito. 1.17.1.3.- Cuando no aplica. Artículo 1437. 1.17.1.3.1- Cuando el acreedor ha reconocido al heredero por deudor. 1.17.1.3.2.- Cuando los bienes de la sucesión han salido de manos del heredero. Artículo 1437.
  • 39. El beneficio es de carácter personal. La solicitud debe hacerse al juez que conoce del proceso de sucesión. Art. 506 C.G.P. La solicitud debe indicar los bienes cobijados con el beneficio. Efectos. 1.- Los acreedores que lo obtengan tienen prelación en el pago de las deudas. 2.- Protege los acreedores del heredero que deben ser pagados antes de pagar a los acreedores testamentarios o hereditarios. Artículo 1440. 3.- Artículos 1441 y 1442. Medidas dirigidas a revocar las enajenaciones hechas por el heredero. Debe registrarse cuando hay inmuebles. Artículo 1442.

Notas del editor

  1. El