EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
Domicilio como factor de conexion 1111111
1. Universidad Fermín toro
Vicerrectorado académico
Facultad de ciencias jurídicas y políticas
Escuela de derecho
Barqto-lara
DOMICILIO COMO
FACTOR DE
CONEXIÓN
Vanessa González
Ci:25.961.046
Saia-A
Profe: Emily Ramírez
2. FACTOR DE CONEXIÓN
Son todos aquellos elementos o circunstancias relativos a las personas a los
bienes los actos que la norma de DlP considera el medio técnico idóneo para
determinar la ley aplicable ante un supuesto de hecho de derecho internacional
privado siendo estos múltiples cuando se combinan varios factores de conexión
, únicos cuando existe solo un factor de conexión y alternativos. En Venezuela
desde que entra en vigencia la LDIP de 1999 se modifica el principal factor de
conexión que existía en el país, antes era la nacionalidad pero hoy en día eso
se modificó y pasó a ser lo que es el domicilio.
El domicilio está estipulado en el artículo 11 de la ley internacional privada que
dicta: “que el domicilio de una persona física se encuentra en el
territorio del estado donde tiene su residencia habitual “.
Es decir que el domicilio precisa el lugar en que el individuo es considerado
siempre presente , se define como el asiento legal de personas donde estas
desarrollan toda actividad de orden económico familiar y jurídico , ejercen sus
derechos y contraen obligaciones .
Los factores de conexión se clasifican:
Personales: son los que tienen atributos de las personas naturales o
jurídicas ( nacionalidad, domicilio)
Reales : pueden ser de bienes o sobre los actos
Voluntarios : donde las partes determinan que ordenamiento jurídico se
someten en caso de un conflicto
Existen dos teorías de naturaleza del domicilio las cuales son:
Teoría clásica : según la cual el domicilio no es lugar si no una noción
abstracta que supone una relación jurídica entre los sujetos y el lugar
3. Teoría concreta : el domicilio es un lugar concreto en que la ley supone
que la persona se encuentra siempre para los efectos jurídicos
El domicilio se clasifica en:
Domicilio civil especial :donde se haya construido específicamente
para relaciones jurídicas
Domicilio legal : es el domicilio que la ley impone a determinados
individuos en ciertos casos
Domicilio voluntario: donde la persona decide voluntariamente su
domicilio cuando es mayor de edad y está dotada a responsabilidades