2. Lex Artis
Estado del Arte Médico
Conjunto de normas o criterios valorativos que el médico
en posesión de conocimientos, habilidades y destrezas
debe aplicarlos diligentemente en la situación concreta de
un enfermo y que han sido universalmente aceptadas por
sus pares.
5. La generalidad de las acciones
judiciales dirigidas en contra de
Odontólogos, carecen del elemento
de DOLO, siendo reducido este
solamente a la CULPA.
Querellas contra Odontólogos
12. ¿Quién puede acceder al
contenido de la ficha clínica?
La información contenida en la ficha, copia de la misma o parte de ella, será
entregada, total o parcialmente, a solicitud expresa de las personas y
organismos que se indican a continuación, en los casos, forma y condiciones
que se señalan:
a) Al titular de la ficha clínica, a su representante legal o, en caso de
fallecimiento del titular, a sus herederos.
b) A un tercero debidamente autorizado por el titular, mediante poder
simple otorgado ante notario.
c) A los tribunales de justicia, siempre que la información contenida en la
ficha clínica se relacione con las causas que estuvieren conociendo.
d) A los fiscales del Ministerio Público y a los abogados, previa
autorización del juez competente, cuando la información se vincule
directamente con las investigaciones o defensas que tengan a su cargo.
13. Conclusiones paper: ¿A quién
pertenece la ficha clínica?
1. La Ficha Clínica es y debe seguir siendo un documento
privado.
2. Este documento le pertenece al médico o a la institución de
salud a cuyo cuidado se encuentra el paciente.
3. No hay ninguna argumentación válida que justifique
otorgarle al paciente el acceso al documento Ficha Clínica.
4. Por el contrario, existen argumentos sólidos, legales y éticos,
que señalan la inconveniencia que ello ocurra.
5. Mucho menos defendible es otorgarle el derecho a acceder
al documento Ficha Clínica a los parientes o herederos.
15. Licencias Médicas
Es el reposo con fines terapéuticos, que se prescribe
como parte del tratamiento de alguna enfermedad.
Artículo 1º. …se entiende por licencia médica el ‐
derecho que tiene el trabajador de
ausentarse o reducir su
jornada de trabajo, durante un
determinado lapso de tiempo, en cumplimiento de u
na indicación profesional certificada por un médico‐
cirujano, cirujano dentista o matrona‐
19. RPP: mejor o peor para el
odontólogo?
El imputado cuenta con ciertos
derechos, como por ejemplo, ser
informado de la causa de su
acusación y de sus derechos
legales, contar con un abogado
defensor (incluso gratis, si no
cuenta con recursos), solicitar
diligencias para desvirtuar las
acusaciones, pedir audiencia al
juez, declarar sin necesidad de
juramento y no declarar si lo
desea.
Sistema es garantista.
Mayor defensa de los
imputados.
BENEFICIO PARA EL
ODONTÓLOGO
DEMANDADO
20. Prevención de demandas
Conocimiento por parte del Odontólogo de las
normativas que rigen la profesión.
Mantener una buena relación Odontólogo-Paciente.
Explicar el diagnóstico, procedimientos a realizar,
pronóstico y riesgo de los tratamientos, Etc.
Respeto por la Historia Clínica: No modificar o
falsificar o eliminar datos de la historia.
Siempre respaldarse con el Consentimiento
Informado
21. Bibliografía LA LEX ARTIS. GIOVANNI VALENCIA PINZÓN. Aspectos de responsabilidad.
http://www.medicolegal.com.co/pdf/esp/2001/7/3/asp_resp_2_v7_r3.pdf
Último acceso: 18 de Abril de 2014, 18.05 hrs.
Derechos y Deberes de las Personas en Atención de Salud; Acciones Vinculadas a la Atención en Salud; Atención
en Salud; D.F.L. no. 1, Ministerio de Justicia, 2000; Ley no. 20.584 Artículos n° 12 y n°13 de la Ley n° 20.584
http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1039348 último acceso 18 de abril de 2014, 19:14 hrs
Derecho a la Privacidad; Ley no. 19.628 http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=141599 último acceso 18 de
abril de 2014, 20:40 hrs.
Confidencialidad Médica y protección Social. Colegio Médico de Chile https://docs.google.com/viewer?
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MJ:www.colegiomedico.cl/Portals/0/files/etica/art_interes/081218confidencialidad_medica.doc+&hl=es&gl=cl&pi
d=bl&srcid=ADGEESjvr8_uilbMe1rv5ijzYSX9TaJHNyuG7zLD24eJhA2pVE_LmxWbeF6PQu_wxlThBbf0Ca8q2yK6tP
ZiNRBIgvkJCaq0XY2wo4LhOFW2R5Hfix9UkbGfg7_kimdSRuS81fC_1Clk&sig=AHIEtbSCRTmvTmJWNf_pikgL2z8
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• Ricardo Vacarezza, Elena Núñez . ¿A quién pertenece la Ficha Clínica? RevMéd Chile 2003; 131: 111-114
REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS POR LAS COMPIN E INSTITUCIONES DE SALUD P
REVISIONAL. Decreto Supremo N° 3, de Salud, de 1984 http://www.supersalud.gob.cl/normativa/571/articles-
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Guia legal sobre reforma procesal penal. Biblioteca del congreso nacional de chile (BCN)
http://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/reforma-procesal-penal último acceso: 19 de abril de 2014 17.50 hrs