linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
Mapa conceptual derecho c
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO, SEPTIEMBRE 2016
ESTUDIANTE:
YASMELY VILLASMIL
SECCIÓN: SAIA B
ASIGNATURA:DERECHO
CONSTITUCIONAL
2. El mapa mental que se presenta a continuación, tiene como
finalidad, plasmar el procedimiento y aprobación de las
enmiendas y reformas que están contempladas en la carta
magna venezolana, que aunque presentan similitudes en algunos
aspectos, no son lo mismo.
Ahora bien, adentrándonos más al tema, la Constitución de la
República de 1999, ofrece al soberano de acuerdo a lo señalado
en la exposición de motivos, un conjunto de mecanismos para
flexibilizarla y permitir en consecuencia adaptarla a los tiempos,
entre estos se encuentran lo que es la enmienda y la reforma.
3. PROCEDIMIENTO
APROBACIÓN
Artículo 340
Adición o
modificación de
uno o varios
artículos.
1) 15%
Ciudadanos
Inscritos
2) 30%
Integrantes
Asamblea Nacional
3)
Presidente
Consejo de
Ministros
A través
Luego de cumplir con los requisitos previstos
De la aprobación de
la mayoría de los
integrantes de la
Asamblea Nacional.
ENMIENDA
Plazo de 30 días
máximo para
someter la
enmienda a
votación popular
Para que sea aplicable
tiene que ser
por la mayoría
de los
venezolanos
Artículo 346
esta obligado a promulgarla
dentro de los diez días
siguientes a su aprobación.
4. PROCEDIMIENTO
APROBACIÓN
No
menos
del
15%
Ciudadanos
Inscritos
Mayoría
Integrantes
Asamblea Nacional
Presidente
Consejo de
Ministros
A través
REFORMA
30 días máximo
para llevarla a
Referéndum
Artículo 346
Obligado a
promulgarla
dentro de los
diez días
siguientes.
Busca revisar
parcialmente o
modificar normas
del texto
constitucional.
Artículo 342 Puede partir de
tres formas:
Artículo 343
Prevé que la
Reforma
Constitucional
será tramitada por
la Asamblea
Nacional.
La somete a tres
discusiones
1) Presentación del
proyecto de Reforma
2) Discusión por
Título o Capítulo
3) Discusión de
artículo por artículo
Aprueba por mayoría
calificada
Se presenta ante
Si es aprobada por
la mayoría
5. Se puede concluir, indicando que la diferencia
fundamental entre Enmienda y Reforma en la legislación
venezolana parece estar en tres aspectos, primero en la amplitud
de la misma, segundo en los métodos para invocarla y tercero en
la etapa legislativa; ya que en cuanto a su aprobación, ambas
figuras requieren ser sometidas a Referéndum a los 30 días de
haber sido aprobadas por la Asamblea Nacional. Sin embargo, la
Reforma puede ser separada en bloques de hasta una tercera
parte del proyecto (artículo 344 de la CRBV) al momento de ser
refrendados.
6. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
(1999, 30 de diciembre). Gaceta Oficial de la República, Nº
36.860. Diciembre 29, 1.999.