Este documento presenta información sobre las responsabilidades de los servidores públicos en el Perú. Explica el marco legal y conceptual de la función pública, los tipos de responsabilidades de los servidores, sus deberes y el código de ética. También describe el rol del Sistema Nacional de Control y aspectos de la ejecución presupuestaria como la estimación, determinación y percepción de fondos, así como el proceso de programación e informes de ingresos y gastos.
1. Centro Peruano de Formación e
Investigación Continua
Diplomado
Planeamiento Presupuesto y SNIP
“Responsabilidades de
Servidores Públicos”
Ing. Juan Carbonel V.
informescidepro@ gmail.com
2. Contenido
* Marco legal de responsabilidades de servidores públicos
* Marco conceptual de la función pública
* Tipos de responsabilidades
* Deberes de las autoridades
* Código de ética de la función pública
* Rol del Sistema Nacional de Control
* Ejecución presupuestaria
3. Marco Legal
* Constitución Política
Art 39°.- Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al
servicio de la Nación
Art 40°.- La Ley regula el ingreso a la carrera administrativa y los
derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos
* Código Civil
Art 1112°.- Los hechos u omisiones del FP en ejercicio de sus
funciones por no cumplir sino de manera irregular las obligaciones
legales que le son impuestas…
* Decreto Legislativo 1017: Ley de Contrataciones del Estado
* Decreto Supremo N° 184-2008-EF: Reglamento de Ley 1017
* Ley N° 28411: Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
* Ley N° 27444: Ley de Procedimiento Administrativo General
* Ley N° 25188: Ley de Ética de la Función Pública
* Ley N° 27785: Ley del Sistema Nacional de Control y Contraloría
4. Marco Conceptual de FP
RESPONSABILIDAD: Deber de responder por los actos propios que
hayan ocasionado daños a terceros
Es la obligación de reparar y satisfacer por uno mismo la pérdida
causada, el mal inferido o daño originado. El concepto presupone:
* Surge por un hecho, acto u omisión de la persona
* Impone una obligación de reparar el daño ocasionado
El titular tiene doble responsabilidad: hacia dentro y fuera
FUNCION PUBLICA: Todo acto temporal o permanente, remunerado
u honorario, realizado por una persona natural en nombre del estado
o sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos
5. Marco Conceptual de FP
SERVIDOR PUBLICO: Toda persona que mantiene vínculo laboral,
contractual o relación de cualquier naturaleza con algunas de las ,
ejerce funciones en tales entidades
GESTION PUBLICA: Conjunto de acciones mediante las cuales las
entidades alcanzan sus objetivos
6. Tipo de Responsabilidades
ADMINISTRATIVA: llamada disciplinaria, alcanza a funcionarios y
agentes solo en sus funciones, no en su patrimonio ni persona.
Incumplimiento a normas administrativas
ETICA: Surge de la observancia de los principios y reglas de la
conducta ética por acción u omisión
CIVIL: Comportamiento del cual deriva un daño o perjuicio a un
tercero ajeno a la administración. Art 112° Código Civil
POLITICA: Ante si mismo, el electorado y el partido, agrupación,
coalición, etc.
7. Tipo de Responsabilidades
PENAL: Se incurre en algunas conductas que reprime el Código Civil.
Los más frecuentes son:
•Cohecho: FP acepta o recibe dinero, dádiva o promesa
•Tráfico de influencias: Similar a cohecho. Se considera con el solo
hecho de solicitar, recibir o aceptar dinero o la promesa para hacer
valer su influencia frente al FP
* Enriquecimiento ilícito: Incremento del patrimonio con dinero, cosas
o bienes, o cancelación de deudas o extinción de obligaciones
8. Tipo de Responsabilidades
* Exacciones ilegales: Es el cobro por una contribución, derecho o
dádiva
* Negociaciones incompatibles con ejercicio de la FP: Interés en miras
de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u
operación
CONTABLE: Rendición de cuentas de fondos públicos
PROFESIONAL: Incluido dentro de la responsabilidad moral con la
sociedad, consigo mismo
SOCIAL: Responsabilidad que una entidad (gobierno, corporación,
organización o individuo) hacia la sociedad
9. Deberes de Autoridades
Para lograr una participación eficaz, se deben observar los
siguientes aspectos:
* Actuar dentro de su ámbito de competencia y conforme a los fines
para que fueron concebidas sus atribuciones
* Desempeñar funciones siguiendo los principios del procedimiento
administrativo
* Encausar de oficio el procedimiento cuando advierta cualquier
error u omisión
•Abstenerse de exigir requisitos, trámites, pagos no previstos
legalmente
* Abstenerse de exigir requisitos, trámites, pagos no previstos
legalmente
* Resolver explícitamente las solicitudes presentadas
10. Código de Ética de FP
* Principios
* Deberes
* Prohibiciones
(Ver word)
11. Rol del Sistema Nacional de Control
CONTROL GUBERNAMENTAL
Consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y
resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia,
transparencia y economía en el uso de los recursos públicos.
TIPOS DE CONTROL
* Interno: Comprende acciones de cautela previa, simultánea y de
verificación posterior que realiza la entidad sujeta a control
* Externo: Son las políticas, normas, métodos y procedimientos
técnicos que compete aplicar a la Contraloría con el objeto de
supervisar, vigilar y verificar la gestión de los recursos del Estado.
12. Rol del Sistema Nacional de Control
SISTEMA NACIONAL DE CONTROL
Conjunto de órganos de control, normas, métodos y procedimientos
para conducir y desarrollar el control gubernamental
descentralizado.
ATRIBUCIONES DEL SNC
* Supervisión, vigilancia y verificación de la correcta gestión y
utilización de recursos públicos
* Formular recomendaciones para mejorar el control
* Capacitación permanente de funcionarios y servidores públicos
* Exigir a funcionarios plena responsabilidad por sus actos
* Emitir los informes de control con el debido sustento técnico y
legal
13. Tipos de Sanciones
* Inhabilitación para el ejercicio de la función pública de 1 a 5 años
* Suspensión temporal en el ejercicio de sus funciones, sin goce de
remuneraciones, no menor de 30 días calendario ni mayor a 360
días
Son graduadas de acuerdo a siguientes criterios:
* Reincidencia en la comisión de las infracciones
* Circunstancias en que fue cometida la infracción
* Grado de participación en el hecho imputado
* Gravedad de la infracción cometida
* Efectos que produce la infracción
15. Ejecución Presupuestal
Sujeto al régimen del presupuesto anual y modificaciones conforme
a Ley General.
EJECUCION DE FONDOS PUBLICOS
Etapas:
* Estimación: cálculo o proyección de ingresos por todo concepto
se espera alcanzar durante año fiscal
* Determinación: establece con precisión el concepto, monto,
oportunidad y persona natural o jurídica responsable de efectuar el
pago
* Percepción: momento en que se produce la recaudación o
captación efectiva
16. Ejecución de Gastos
Ejecución presupuestaria del gasto:
Compromiso: constituida por compromisos devengados
Ejecución financiera del gasto:
* Devengado: acto que reconoce una obligación de pago
* Giro
* Pago: acto mediante el cual se extingue el monto de la obligación
Ámbito de aplicación: entidades del GN poderes del Estado,
universidades públicas, GR y GL
17. Responsabilidades
La Oficinas de Presupuesto y responsables de la administración de
Ues son responsables del control presupuestario, considerando:
* Controlar la calidad de la información
*Efectuar el seguimiento de la disponibilidad de créditos
presupuestarios
* Coordinar con dependencias correspondientes para gastos
* Contar con la ejecución de ingresos (percibidos)
18. Programación de Ingresos y Gastos
Proceso mediante el cual se compatibilizan los objetivos de la
programación presupuestaria anual con las respectivas
asignaciones financieras en función a los créditos suplementarios
autorizados.
19. Ejecución del Gasto Público
Proceso a través del cual se atienden las obligaciones de gasto con
el objeto de cumplir las metas del pliego presupuestario, conforme
a los créditos suplementarios autorizados en sus respectivos
presupuestos institucionales, tomando en cuenta el principio de
legalidad y asignación de competencias y atribuciones que por ley
corresponde atender a cada entidad pública.