SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 19
Acuerdos de la OMC
MEDIDAS SANITARIAS Y
FITOSANITARIAS
DERECHO COMERCIO INTERNACIONAL
Nelly Flores Palomino
Los Acuerdos de la OMC constituyen el fundamento
jurídico del sistema internacional de comercio para la
mayoría de las naciones mercantiles del mundo.
Los Acuerdos fueron resultado de la Ronda Uruguay de
negociaciones comerciales mundiales celebrada de 1986
a 1994 bajo los auspicios de lo que era entonces el GATT
(Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y
Comercio).
.
Introducción:
Acuerdo de la OMC sobre la Aplicación de
Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
El Acuerdo se refiere a la aplicación de
reglamentaciones en materia de inocuidad de los
alimentos y control sanitario de los animales y los
vegetales.
Entró en vigor junto con el Acuerdo con el que se
establece la Organización Mundial del Comercio
OMC el 1° de enero de 1995
Firmado por 121 Miembros, entre los
cuales se encuentra el Perú
1. Estén basadas en criterios científicos.
2. Sean necesarias para la protección de la salud.
3. No entrañen discriminaciones injustificables.
4. No se constituyan en restricción encubierta del comercio
internacional.
El Acuerdo reconoce el derecho de los gobiernos a adoptar
medidas para proteger la salud de las personas o de los animales
o preservar los vegetales siempre que :
Derechos y Obligaciones de los
Miembros
El Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y
Fitosanitarias establece las reglas básicas para la normativa sobre
inocuidad de los alimentos y salud de los animales y preservación
de los vegetales.
El Acuerdo autoriza a los países a establecer sus propias normas.
Pero también dice que es preciso que las reglamentaciones estén
fundadas en principios científicos y, además, que sólo se apliquen
en la medida necesaria para proteger la salud y la vida de las
personas y de los animales o para preservar los vegetales y que no
discriminen de manera arbitraria o injustificable entre Miembros en
que prevalezcan condiciones idénticas o similares.
Acuerdo sobre la Aplicación de
Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
Se alienta a los Miembros a que utilicen las normas,
directrices y recomendaciones internacionales, cuando
ellas existan. No obstante, los Miembros pueden aplicar
medidas que se traduzcan en normas más rigurosas si
hay una justificación científica.
Pueden establecer asimismo normas más rigurosas
sobre la base de una evaluación adecuada del riesgo
siempre y cuando la técnica sea coherente y no
arbitraria.
El Acuerdo autoriza sin embargo, a los países a aplicar
diferentes normas y diferentes métodos de inspección de
los productos.
Todos los países aplican medidas para garantizar la inocuidad de los
productos alimenticios destinados al consumo humano y para evitar la
propagación de plagas o enfermedades entre los animales y los vegetales.
Estas medidas sanitarias y fitosanitarias pueden adoptar muchas formas:
por ejemplo, pueden referirse a la necesidad de que los productos
procedan de zonas libres de enfermedades, a la inspección de los
productos, a su tratamiento o elaboración por medios específicos, al
establecimiento de niveles máximos autorizados de residuos de
plaguicidas o a la exclusión del uso de determinadas sustancias como
aditivos alimentarios.
Las medidas sanitarias (destinadas a proteger la salud de las personas y
de los animales) y fitosanitarias (destinadas a preservar los vegetales) se
aplican tanto a los artículos alimenticios de producción nacional o a las
enfermedades locales de animales y vegetales como a los productos
procedentes de otros países.
Elementos Fundamentales del Acuerdo
Por su propia naturaleza, las medidas sanitarias y fitosanitarias
pueden dar lugar a restricciones del comercio.
Todos los gobiernos reconocen que puede ser necesario y
conveniente aplicar algunas restricciones al comercio para
garantizar la inocuidad de los alimentos y la protección sanitaria
de los animales y los vegetales. Sin embargo, los gobiernos se
ven a veces sometidos a presiones a fin de que, en lugar de
limitarse a aplicar las medidas estrictamente necesarias, utilicen
las restricciones sanitarias y fitosanitarias para proteger a los
productores nacionales de la competencia económica.
Es probable que esas presiones se intensifiquen al disminuir la
incidencia de otros obstáculos al comercio como resultado de los
Acuerdos de la Ronda Uruguay.
¿Protección o Proteccionismo?
Una restricción sanitaria o fitosanitaria que no esté realmente
justificada por motivos pertinentes puede ser un instrumento
proteccionista muy eficaz y, debido a su complejidad técnica, un
obstáculo especialmente engañoso y difícil de impugnar.
El Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y
Fitosanitarias está basado en las precedentes normas del GATT
tendentes a restringir la utilización injustificada de medidas
sanitarias y fitosanitarias con fines de protección comercial.
El objetivo fundamental del Acuerdo es reafirmar el derecho
soberano de todo gobierno a garantizar el nivel de protección
sanitaria que estime apropiado y evitar al mismo tiempo un mal
uso de ese derecho, con fines proteccionistas, que se traduzca en
la imposición de obstáculos innecesarios al comercio
internacional.
Justificación de las Medidas
El Acuerdo permite que los gobiernos garanticen la protección
sanitaria y fitosanitaria apropiada, pero reduce la posible
arbitrariedad de las decisiones y fomenta la coherencia en la
adopción de las medidas sanitarias y fitosanitarias, cuya aplicación
no puede tener más finalidad que la de garantizar la inocuidad de
los alimentos y la protección sanitaria de los animales y los
vegetales.
En particular, en el Acuerdo se especifica qué factores han de
tenerse en cuenta al proceder a la evaluación del riesgo existente.
Las medidas encaminadas a garantizar la inocuidad de los
alimentos y el control sanitario de los animales y los vegetales
deben basarse en la mayor medida posible en el análisis y la
evaluación de datos científicos objetivos y exactos.
Normas Internacionales
En el Acuerdo sugiere a los gobiernos a establecer medidas
sanitarias y fitosanitarias nacionales que estén en consonancia
con las normas, directrices y recomendaciones internacionales,
cuando existan. Este proceso suele denominarse “Armonización”.
Las normas internacionales son las normas establecidas por la
Comisión del Codex Alimentarius (en materia de inocuidad de
los alimentos), la Organización Mundial de Sanidad Animal y la
Convención Internacional de Protección Fitosanitaria en sus
respectivos campos de acción.
Las normas internacionales suelen ser más estrictas que las prescripciones
nacionales aplicadas en muchos países, incluso en países desarrollados, pero el
Acuerdo reconoce expresamente el derecho de los gobiernos a no utilizar esas
normas internacionales.
Sin embargo, si las prescripciones de un país representan una mayor restricción
al comercio, puede pedírsele una justificación científica que demuestre que en
ese caso la norma internacional no ofrece el nivel de protección sanitaria que el
país considera apropiado.
¿Cómo se elaboran dichas normas?
No es la OMC quien elabora, ni elaborará las normas internacionales. No
obstante, la mayoría de los gobiernos miembros de la OMC participan en su
elaboración en otros organismos internacionales.
Especialistas científicos y expertos gubernamentales en protección sanitaria se
encargan de elaborar las normas internacionales, que son objeto de examen
riguroso y de revisión a nivel internacional.
Adaptación a las Condiciones
Teniendo en cuenta las diferencias en cuanto a clima, plagas o enfermedades
existentes y situación en materia de inocuidad de los alimentos, no siempre
resulta apropiado imponer las mismas prescripciones sanitarias y
fitosanitarias a los artículos alimenticios y a los productos de origen animal o
vegetal procedentes de diferentes países.
Por tanto, las medidas sanitarias y fitosanitarias varían a veces según el país
de origen del artículo alimenticio o del producto animal o vegetal de que se
trate. El Acuerdo tiene en cuenta estas diferencias.
Además, los gobiernos deben reconocer la existencia de zonas libres de
enfermedades que pueden no corresponder a fronteras políticas y deben
introducir en sus prescripciones las modificaciones apropiadas para
adaptarlas a los productos procedentes de esas zonas.
No obstante, el Acuerdo impide la discriminación injustificada en la
aplicación de las medidas sanitarias y fitosanitarias, ya sea en favor de los
productores nacionales o entre los abastecedores extranjeros.
Medios Diversos
A menudo existen diversos medios para lograr niveles de riesgo
aceptables. Siempre que esos medios sean viables desde el punto de vista
técnico y económico y garanticen un mismo nivel de inocuidad de los
alimentos o protección sanitaria de los animales y los vegetales, los
gobiernos deben optar por los que no entrañen un grado de restricción del
comercio mayor del requerido para lograr su objetivo en esta esfera.
Además, si otro país demuestra que las medidas por él aplicadas
garantizan el mismo nivel de protección sanitaria, éstas deben aceptarse
como medidas equivalentes.
Ello contribuye a asegurar que se mantenga la protección y garantiza al
mismo tiempo que los consumidores dispongan de la mayor cantidad y
variedad posible de productos alimenticios inocuos, que se facilite el
acceso de los productores a insumos inocuos y que
exista una competencia saludable en la esfera económica.
Evaluación del Riesgo
El Acuerdo aumenta la transparencia de las medidas sanitarias y
fitosanitarias.
Para establecer ese tipo de medidas, los países deben efectuar una
evaluación apropiada de los riesgos reales existentes y, de serles
solicitado, dar a conocer los factores que han tomado en
consideración, los procedimientos de evaluación que han utilizado
y el nivel de riesgo que estiman aceptable.
Aunque son muchos los gobiernos cuya gestión en materia de
inocuidad de los alimentos y control sanitario de los animales y los
vegetales ya incluye una evaluación de riesgos, el Acuerdo
fomenta un mayor uso de la evaluación sistemática de riesgos por
todos los gobiernos Miembros de la OMC y con respecto a todos
los productos que podrían ser objeto de este tipo de medidas.
Transparencia
Los gobiernos han de notificar a los demás países todas las prescripciones
sanitarias y fitosanitarias nuevas o modificadas cuya aplicación afecte al
comercio y establecer oficinas -denominadas “servicios de información”-
para atender las peticiones de información complementaria sobre las
medidas nuevas o en vigor.
También deben ofrecer la posibilidad de que se examine la manera en que
aplican sus reglamentaciones en materia de inocuidad de los alimentos y
control sanitario de los animales y los vegetales.
La comunicación sistemática de información y el intercambio de experiencias
entre los gobiernos Miembros de la OMC proporcionan bases más sólidas
para establecer las normas nacionales.
Esa mayor transparencia también protege los intereses de los consumidores,
y de los interlocutores comerciales, del proteccionismo encubierto que
entraña la utilización de prescripciones técnicas injustificadas.
Se ha establecido un comité especial de la OMC para el
intercambio de información entre los gobiernos Miembros sobre
todos los aspectos relacionados con la aplicación del Acuerdo.
El Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias vigila el
cumplimiento del Acuerdo, examina las cuestiones que puedan
tener repercusiones en el comercio y mantiene una estrecha
cooperación con las organizaciones técnicas competentes.
De plantearse una diferencia comercial en relación con una
medida sanitaria o fitosanitaria, se utiliza el procedimiento normal
de solución de diferencias de la OMC y cabe pedir asesoramiento a
expertos científicos competentes en la materia.
A manera de conclusión:
A diferencia de todos los acuerdos de la OMC, el Acuerdo de
Medidas Sanitarias y Fitosanitarias sólo contempla medidas
para proteger:
 La vida de las personas y de los animales de los riesgos por el
uso en alimentos de aditivos, contaminantes, toxinas u
organismos patógenos.
 La salud de las personas de las enfermedades propagadas
por animales o vegetales.
 Los animales y vegetales de enfermedades y plagas.
Comercio internacional

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ley Federal de Sanidad Vegetal
Ley Federal de Sanidad VegetalLey Federal de Sanidad Vegetal
Ley Federal de Sanidad VegetalSINAVEF_LAB
 
Aprueban reglamento de_la_ley_de_inocuid
Aprueban reglamento de_la_ley_de_inocuidAprueban reglamento de_la_ley_de_inocuid
Aprueban reglamento de_la_ley_de_inocuidElsaSantostocas
 
Propuesta de una_dieta_peruana_saludable
Propuesta de una_dieta_peruana_saludablePropuesta de una_dieta_peruana_saludable
Propuesta de una_dieta_peruana_saludableElsaSantostocas
 
Lainocuidad alimenticia
Lainocuidad alimenticiaLainocuidad alimenticia
Lainocuidad alimenticiapersolato
 
Buenas Practicas de Inocuidad Alimentaria que deben implementarse en el comer...
Buenas Practicas de Inocuidad Alimentaria que deben implementarse en el comer...Buenas Practicas de Inocuidad Alimentaria que deben implementarse en el comer...
Buenas Practicas de Inocuidad Alimentaria que deben implementarse en el comer...IngridSO93
 
Marco reg en materia zoosanitaria
Marco reg en materia zoosanitariaMarco reg en materia zoosanitaria
Marco reg en materia zoosanitariavimifosrh
 
IMPORTANCIA DE LA INOCUIDAD EN LA SEGURIDAD ALIMENTARIA
IMPORTANCIA DE LA INOCUIDAD EN LA SEGURIDAD ALIMENTARIAIMPORTANCIA DE LA INOCUIDAD EN LA SEGURIDAD ALIMENTARIA
IMPORTANCIA DE LA INOCUIDAD EN LA SEGURIDAD ALIMENTARIAGestioPolis com
 
Codex alimentarius
Codex alimentariusCodex alimentarius
Codex alimentariusmarroquino
 
normativa sanitaria de alimentos
  normativa sanitaria de alimentos  normativa sanitaria de alimentos
normativa sanitaria de alimentosXhamhuel D Palomino
 
Descarga documentación técnica ponencia Curicó
Descarga documentación técnica ponencia Curicó Descarga documentación técnica ponencia Curicó
Descarga documentación técnica ponencia Curicó David Jimenez
 
Guia-de-uso-de-agroquimicos-.pdf
Guia-de-uso-de-agroquimicos-.pdfGuia-de-uso-de-agroquimicos-.pdf
Guia-de-uso-de-agroquimicos-.pdfFacuLlanos
 
Normatividad y reglamentación en inocuidad de alimentos sesión 07 - 12.09...
Normatividad y reglamentación en inocuidad de alimentos    sesión 07 -  12.09...Normatividad y reglamentación en inocuidad de alimentos    sesión 07 -  12.09...
Normatividad y reglamentación en inocuidad de alimentos sesión 07 - 12.09...AIC CONSULTORES SAC
 
Códex Alimentario - Seminario Nutrición
Códex Alimentario - Seminario NutriciónCódex Alimentario - Seminario Nutrición
Códex Alimentario - Seminario NutriciónLeyla Campos Caicedo
 
FAO - codex alimentarius
FAO - codex alimentariusFAO - codex alimentarius
FAO - codex alimentariusHernani Larrea
 

La actualidad más candente (20)

Ley de Inocuidad de los Alimientos
Ley de Inocuidad de los AlimientosLey de Inocuidad de los Alimientos
Ley de Inocuidad de los Alimientos
 
Ley Federal de Sanidad Vegetal
Ley Federal de Sanidad VegetalLey Federal de Sanidad Vegetal
Ley Federal de Sanidad Vegetal
 
Aprueban reglamento de_la_ley_de_inocuid
Aprueban reglamento de_la_ley_de_inocuidAprueban reglamento de_la_ley_de_inocuid
Aprueban reglamento de_la_ley_de_inocuid
 
Nom 164-semarnat-sagarpa-2013
Nom 164-semarnat-sagarpa-2013Nom 164-semarnat-sagarpa-2013
Nom 164-semarnat-sagarpa-2013
 
Propuesta de una_dieta_peruana_saludable
Propuesta de una_dieta_peruana_saludablePropuesta de una_dieta_peruana_saludable
Propuesta de una_dieta_peruana_saludable
 
Lainocuidad alimenticia
Lainocuidad alimenticiaLainocuidad alimenticia
Lainocuidad alimenticia
 
Buenas Practicas de Inocuidad Alimentaria que deben implementarse en el comer...
Buenas Practicas de Inocuidad Alimentaria que deben implementarse en el comer...Buenas Practicas de Inocuidad Alimentaria que deben implementarse en el comer...
Buenas Practicas de Inocuidad Alimentaria que deben implementarse en el comer...
 
Marco reg en materia zoosanitaria
Marco reg en materia zoosanitariaMarco reg en materia zoosanitaria
Marco reg en materia zoosanitaria
 
15072016 ves
15072016 ves15072016 ves
15072016 ves
 
Bph comercio internacional
Bph comercio internacionalBph comercio internacional
Bph comercio internacional
 
IMPORTANCIA DE LA INOCUIDAD EN LA SEGURIDAD ALIMENTARIA
IMPORTANCIA DE LA INOCUIDAD EN LA SEGURIDAD ALIMENTARIAIMPORTANCIA DE LA INOCUIDAD EN LA SEGURIDAD ALIMENTARIA
IMPORTANCIA DE LA INOCUIDAD EN LA SEGURIDAD ALIMENTARIA
 
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1062
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1062DECRETO LEGISLATIVO Nº 1062
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1062
 
Codex alimentarius
Codex alimentariusCodex alimentarius
Codex alimentarius
 
normativa sanitaria de alimentos
  normativa sanitaria de alimentos  normativa sanitaria de alimentos
normativa sanitaria de alimentos
 
Descarga documentación técnica ponencia Curicó
Descarga documentación técnica ponencia Curicó Descarga documentación técnica ponencia Curicó
Descarga documentación técnica ponencia Curicó
 
Guia-de-uso-de-agroquimicos-.pdf
Guia-de-uso-de-agroquimicos-.pdfGuia-de-uso-de-agroquimicos-.pdf
Guia-de-uso-de-agroquimicos-.pdf
 
Normatividad y reglamentación en inocuidad de alimentos sesión 07 - 12.09...
Normatividad y reglamentación en inocuidad de alimentos    sesión 07 -  12.09...Normatividad y reglamentación en inocuidad de alimentos    sesión 07 -  12.09...
Normatividad y reglamentación en inocuidad de alimentos sesión 07 - 12.09...
 
Legislacion alimentaria en la Unión Europea
Legislacion alimentaria en la Unión EuropeaLegislacion alimentaria en la Unión Europea
Legislacion alimentaria en la Unión Europea
 
Códex Alimentario - Seminario Nutrición
Códex Alimentario - Seminario NutriciónCódex Alimentario - Seminario Nutrición
Códex Alimentario - Seminario Nutrición
 
FAO - codex alimentarius
FAO - codex alimentariusFAO - codex alimentarius
FAO - codex alimentarius
 

Destacado

libros de texto y tecnologia educativa
libros de texto y tecnologia educativalibros de texto y tecnologia educativa
libros de texto y tecnologia educativaManuel Area
 
Do not let them die!
Do not let them die!Do not let them die!
Do not let them die!alexs1179
 
Derecho mercantil
Derecho mercantilDerecho mercantil
Derecho mercantiltodu1719
 
Comercio internacional(DERECHO INTERNACIONAL & TRATADOS COMERCIALES)
Comercio internacional(DERECHO INTERNACIONAL & TRATADOS COMERCIALES)Comercio internacional(DERECHO INTERNACIONAL & TRATADOS COMERCIALES)
Comercio internacional(DERECHO INTERNACIONAL & TRATADOS COMERCIALES)Marianna Centeno
 
Administracion Estrategica Fedex
Administracion Estrategica FedexAdministracion Estrategica Fedex
Administracion Estrategica FedexRafa Chacán
 
Tecnologia Educativa
Tecnologia EducativaTecnologia Educativa
Tecnologia EducativaJesús GM
 
La evolución de la tecnología
La evolución de la tecnologíaLa evolución de la tecnología
La evolución de la tecnologíaAntonio Mg
 

Destacado (9)

libros de texto y tecnologia educativa
libros de texto y tecnologia educativalibros de texto y tecnologia educativa
libros de texto y tecnologia educativa
 
DERECHO COMERCIAL INTERNACIONAL TLC CON UE
DERECHO COMERCIAL INTERNACIONAL TLC CON UEDERECHO COMERCIAL INTERNACIONAL TLC CON UE
DERECHO COMERCIAL INTERNACIONAL TLC CON UE
 
Do not let them die!
Do not let them die!Do not let them die!
Do not let them die!
 
Derecho mercantil
Derecho mercantilDerecho mercantil
Derecho mercantil
 
Comercio internacional(DERECHO INTERNACIONAL & TRATADOS COMERCIALES)
Comercio internacional(DERECHO INTERNACIONAL & TRATADOS COMERCIALES)Comercio internacional(DERECHO INTERNACIONAL & TRATADOS COMERCIALES)
Comercio internacional(DERECHO INTERNACIONAL & TRATADOS COMERCIALES)
 
Administracion Estrategica Fedex
Administracion Estrategica FedexAdministracion Estrategica Fedex
Administracion Estrategica Fedex
 
Tecnologia Educativa
Tecnologia EducativaTecnologia Educativa
Tecnologia Educativa
 
Tecnología educativa
Tecnología educativaTecnología educativa
Tecnología educativa
 
La evolución de la tecnología
La evolución de la tecnologíaLa evolución de la tecnología
La evolución de la tecnología
 

Similar a Comercio internacional

FAO - Comercio internacional y sanidad agropecuaria
FAO - Comercio internacional y sanidad agropecuariaFAO - Comercio internacional y sanidad agropecuaria
FAO - Comercio internacional y sanidad agropecuariaFAO
 
Manual para manipuladores_2015
Manual para manipuladores_2015Manual para manipuladores_2015
Manual para manipuladores_2015Mariel Pereyra
 
Codex alimentario
Codex alimentarioCodex alimentario
Codex alimentarioclaulandy
 
Inocuidad de alimentos y comercio internacional
Inocuidad de alimentos y comercio internacionalInocuidad de alimentos y comercio internacional
Inocuidad de alimentos y comercio internacionalOmar Rodriguez Lopez
 
Códex alimentarius - sem nutrición
Códex alimentarius - sem nutriciónCódex alimentarius - sem nutrición
Códex alimentarius - sem nutriciónLeyla Campos Caicedo
 
APLICACION DE NORMAS ALIMENTARIAS.docx
APLICACION DE NORMAS ALIMENTARIAS.docxAPLICACION DE NORMAS ALIMENTARIAS.docx
APLICACION DE NORMAS ALIMENTARIAS.docxJESUSJHOELHUANCAIRUR
 
PRESENTACIÓN NORMATIVA INTERNACIONAL 2° PARTE omc usda fda y otros (1).pdf
PRESENTACIÓN NORMATIVA INTERNACIONAL 2° PARTE omc usda fda y otros (1).pdfPRESENTACIÓN NORMATIVA INTERNACIONAL 2° PARTE omc usda fda y otros (1).pdf
PRESENTACIÓN NORMATIVA INTERNACIONAL 2° PARTE omc usda fda y otros (1).pdfJulyRomero14
 
codex-160615183044.pdf
codex-160615183044.pdfcodex-160615183044.pdf
codex-160615183044.pdftahisalcivar98
 
LEGISLACION_ALIMENTARIA_2020_1PARTE_.ppt
LEGISLACION_ALIMENTARIA_2020_1PARTE_.pptLEGISLACION_ALIMENTARIA_2020_1PARTE_.ppt
LEGISLACION_ALIMENTARIA_2020_1PARTE_.pptNicolsGastnSols
 
CODEX ALIMENTARIOS.pptx
CODEX ALIMENTARIOS.pptxCODEX ALIMENTARIOS.pptx
CODEX ALIMENTARIOS.pptxMaydaUvita3
 
Legislacion Alimentaria - Diplomado.ppt
Legislacion Alimentaria - Diplomado.pptLegislacion Alimentaria - Diplomado.ppt
Legislacion Alimentaria - Diplomado.pptLuciaAguilar48
 
Sistema de inocuidad
Sistema de inocuidadSistema de inocuidad
Sistema de inocuidadpersolato
 
Manual de manipulador alimentos sector hosteleria y restauracion
Manual de manipulador alimentos sector hosteleria y restauracionManual de manipulador alimentos sector hosteleria y restauracion
Manual de manipulador alimentos sector hosteleria y restauracionFernando Minaya
 
PresentacióN1
PresentacióN1PresentacióN1
PresentacióN1Carlina
 

Similar a Comercio internacional (20)

FAO - Comercio internacional y sanidad agropecuaria
FAO - Comercio internacional y sanidad agropecuariaFAO - Comercio internacional y sanidad agropecuaria
FAO - Comercio internacional y sanidad agropecuaria
 
FAO - Comercio internacional y sanidad agropecuaria
FAO - Comercio internacional y sanidad agropecuariaFAO - Comercio internacional y sanidad agropecuaria
FAO - Comercio internacional y sanidad agropecuaria
 
codex.docx
codex.docxcodex.docx
codex.docx
 
Manual para manipuladores_2015
Manual para manipuladores_2015Manual para manipuladores_2015
Manual para manipuladores_2015
 
Codex alimentario
Codex alimentarioCodex alimentario
Codex alimentario
 
Inocuidad de alimentos y comercio internacional
Inocuidad de alimentos y comercio internacionalInocuidad de alimentos y comercio internacional
Inocuidad de alimentos y comercio internacional
 
Códex alimentarius - sem nutrición
Códex alimentarius - sem nutriciónCódex alimentarius - sem nutrición
Códex alimentarius - sem nutrición
 
APLICACION DE NORMAS ALIMENTARIAS.docx
APLICACION DE NORMAS ALIMENTARIAS.docxAPLICACION DE NORMAS ALIMENTARIAS.docx
APLICACION DE NORMAS ALIMENTARIAS.docx
 
PRESENTACIÓN NORMATIVA INTERNACIONAL 2° PARTE omc usda fda y otros (1).pdf
PRESENTACIÓN NORMATIVA INTERNACIONAL 2° PARTE omc usda fda y otros (1).pdfPRESENTACIÓN NORMATIVA INTERNACIONAL 2° PARTE omc usda fda y otros (1).pdf
PRESENTACIÓN NORMATIVA INTERNACIONAL 2° PARTE omc usda fda y otros (1).pdf
 
codex-160615183044.pdf
codex-160615183044.pdfcodex-160615183044.pdf
codex-160615183044.pdf
 
Codex Alimentarius
Codex AlimentariusCodex Alimentarius
Codex Alimentarius
 
Por semaforizacion de medicamentos de ALTO RIESGO Rosa Arevalo
Por semaforizacion de medicamentos de ALTO RIESGO  Rosa ArevaloPor semaforizacion de medicamentos de ALTO RIESGO  Rosa Arevalo
Por semaforizacion de medicamentos de ALTO RIESGO Rosa Arevalo
 
LEGISLACION_ALIMENTARIA_2020_1PARTE_.ppt
LEGISLACION_ALIMENTARIA_2020_1PARTE_.pptLEGISLACION_ALIMENTARIA_2020_1PARTE_.ppt
LEGISLACION_ALIMENTARIA_2020_1PARTE_.ppt
 
CODEX ALIMENTARIOS.pptx
CODEX ALIMENTARIOS.pptxCODEX ALIMENTARIOS.pptx
CODEX ALIMENTARIOS.pptx
 
Legislacion Alimentaria - Diplomado.ppt
Legislacion Alimentaria - Diplomado.pptLegislacion Alimentaria - Diplomado.ppt
Legislacion Alimentaria - Diplomado.ppt
 
Ley de seguridad alimentaria y nutrición
Ley de seguridad alimentaria y nutriciónLey de seguridad alimentaria y nutrición
Ley de seguridad alimentaria y nutrición
 
Sistema de inocuidad
Sistema de inocuidadSistema de inocuidad
Sistema de inocuidad
 
Manual de manipulador alimentos sector hosteleria y restauracion
Manual de manipulador alimentos sector hosteleria y restauracionManual de manipulador alimentos sector hosteleria y restauracion
Manual de manipulador alimentos sector hosteleria y restauracion
 
Política, normatividad y gestión de la calidad
Política, normatividad y gestión de la calidadPolítica, normatividad y gestión de la calidad
Política, normatividad y gestión de la calidad
 
PresentacióN1
PresentacióN1PresentacióN1
PresentacióN1
 

Último

Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordiaDictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia20minutos
 
El comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptxEl comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptxjuandaniel378434
 
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...Paco Medina Pmc
 
Fin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptxFin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptxcaamiguerra4
 
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.pptREGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.pptLisbethMontao3
 
OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOS Y RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (1)...
OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOS Y RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (1)...OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOS Y RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (1)...
OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOS Y RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (1)...luzabad3
 
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptxEL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptxanamlazaro25
 
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional PúblicoMAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional PúblicoOsirisRivera4
 
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaRESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaJaimeMamani32
 
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptxPPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptxSUHAVICTORIAASENCIOH
 
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.pptdincellterrerojhonso
 
LAS CONSTITUCIONES POLITICAS DE COLOMBIA
LAS CONSTITUCIONES POLITICAS DE COLOMBIALAS CONSTITUCIONES POLITICAS DE COLOMBIA
LAS CONSTITUCIONES POLITICAS DE COLOMBIAsofiajoven1
 
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..FiorellaGonzales21
 
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docxCaso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docxyovana687952
 
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en IsraelCarta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel20minutos
 
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdfLibro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdfEdgar Jaimes Cruz
 
LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICALA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICAJuliaDiaz68
 
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...LUISMANUELCHARRISTOR
 
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACIONOBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACIONantuanetrojas17
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley46058406
 

Último (20)

Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordiaDictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
 
El comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptxEl comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptx
 
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
 
Fin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptxFin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptx
 
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.pptREGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
 
OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOS Y RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (1)...
OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOS Y RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (1)...OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOS Y RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (1)...
OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOS Y RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (1)...
 
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptxEL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
 
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional PúblicoMAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
 
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaRESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
 
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptxPPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
 
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
 
LAS CONSTITUCIONES POLITICAS DE COLOMBIA
LAS CONSTITUCIONES POLITICAS DE COLOMBIALAS CONSTITUCIONES POLITICAS DE COLOMBIA
LAS CONSTITUCIONES POLITICAS DE COLOMBIA
 
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
 
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docxCaso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
 
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en IsraelCarta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
 
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdfLibro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
 
LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICALA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
 
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
 
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACIONOBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
 

Comercio internacional

  • 1. Acuerdos de la OMC MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS DERECHO COMERCIO INTERNACIONAL Nelly Flores Palomino
  • 2. Los Acuerdos de la OMC constituyen el fundamento jurídico del sistema internacional de comercio para la mayoría de las naciones mercantiles del mundo. Los Acuerdos fueron resultado de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales mundiales celebrada de 1986 a 1994 bajo los auspicios de lo que era entonces el GATT (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio). . Introducción:
  • 3. Acuerdo de la OMC sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias El Acuerdo se refiere a la aplicación de reglamentaciones en materia de inocuidad de los alimentos y control sanitario de los animales y los vegetales. Entró en vigor junto con el Acuerdo con el que se establece la Organización Mundial del Comercio OMC el 1° de enero de 1995 Firmado por 121 Miembros, entre los cuales se encuentra el Perú
  • 4. 1. Estén basadas en criterios científicos. 2. Sean necesarias para la protección de la salud. 3. No entrañen discriminaciones injustificables. 4. No se constituyan en restricción encubierta del comercio internacional. El Acuerdo reconoce el derecho de los gobiernos a adoptar medidas para proteger la salud de las personas o de los animales o preservar los vegetales siempre que : Derechos y Obligaciones de los Miembros
  • 5. El Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias establece las reglas básicas para la normativa sobre inocuidad de los alimentos y salud de los animales y preservación de los vegetales. El Acuerdo autoriza a los países a establecer sus propias normas. Pero también dice que es preciso que las reglamentaciones estén fundadas en principios científicos y, además, que sólo se apliquen en la medida necesaria para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales y que no discriminen de manera arbitraria o injustificable entre Miembros en que prevalezcan condiciones idénticas o similares. Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
  • 6. Se alienta a los Miembros a que utilicen las normas, directrices y recomendaciones internacionales, cuando ellas existan. No obstante, los Miembros pueden aplicar medidas que se traduzcan en normas más rigurosas si hay una justificación científica. Pueden establecer asimismo normas más rigurosas sobre la base de una evaluación adecuada del riesgo siempre y cuando la técnica sea coherente y no arbitraria. El Acuerdo autoriza sin embargo, a los países a aplicar diferentes normas y diferentes métodos de inspección de los productos.
  • 7. Todos los países aplican medidas para garantizar la inocuidad de los productos alimenticios destinados al consumo humano y para evitar la propagación de plagas o enfermedades entre los animales y los vegetales. Estas medidas sanitarias y fitosanitarias pueden adoptar muchas formas: por ejemplo, pueden referirse a la necesidad de que los productos procedan de zonas libres de enfermedades, a la inspección de los productos, a su tratamiento o elaboración por medios específicos, al establecimiento de niveles máximos autorizados de residuos de plaguicidas o a la exclusión del uso de determinadas sustancias como aditivos alimentarios. Las medidas sanitarias (destinadas a proteger la salud de las personas y de los animales) y fitosanitarias (destinadas a preservar los vegetales) se aplican tanto a los artículos alimenticios de producción nacional o a las enfermedades locales de animales y vegetales como a los productos procedentes de otros países. Elementos Fundamentales del Acuerdo
  • 8. Por su propia naturaleza, las medidas sanitarias y fitosanitarias pueden dar lugar a restricciones del comercio. Todos los gobiernos reconocen que puede ser necesario y conveniente aplicar algunas restricciones al comercio para garantizar la inocuidad de los alimentos y la protección sanitaria de los animales y los vegetales. Sin embargo, los gobiernos se ven a veces sometidos a presiones a fin de que, en lugar de limitarse a aplicar las medidas estrictamente necesarias, utilicen las restricciones sanitarias y fitosanitarias para proteger a los productores nacionales de la competencia económica. Es probable que esas presiones se intensifiquen al disminuir la incidencia de otros obstáculos al comercio como resultado de los Acuerdos de la Ronda Uruguay. ¿Protección o Proteccionismo?
  • 9. Una restricción sanitaria o fitosanitaria que no esté realmente justificada por motivos pertinentes puede ser un instrumento proteccionista muy eficaz y, debido a su complejidad técnica, un obstáculo especialmente engañoso y difícil de impugnar. El Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias está basado en las precedentes normas del GATT tendentes a restringir la utilización injustificada de medidas sanitarias y fitosanitarias con fines de protección comercial. El objetivo fundamental del Acuerdo es reafirmar el derecho soberano de todo gobierno a garantizar el nivel de protección sanitaria que estime apropiado y evitar al mismo tiempo un mal uso de ese derecho, con fines proteccionistas, que se traduzca en la imposición de obstáculos innecesarios al comercio internacional.
  • 10. Justificación de las Medidas El Acuerdo permite que los gobiernos garanticen la protección sanitaria y fitosanitaria apropiada, pero reduce la posible arbitrariedad de las decisiones y fomenta la coherencia en la adopción de las medidas sanitarias y fitosanitarias, cuya aplicación no puede tener más finalidad que la de garantizar la inocuidad de los alimentos y la protección sanitaria de los animales y los vegetales. En particular, en el Acuerdo se especifica qué factores han de tenerse en cuenta al proceder a la evaluación del riesgo existente. Las medidas encaminadas a garantizar la inocuidad de los alimentos y el control sanitario de los animales y los vegetales deben basarse en la mayor medida posible en el análisis y la evaluación de datos científicos objetivos y exactos.
  • 11. Normas Internacionales En el Acuerdo sugiere a los gobiernos a establecer medidas sanitarias y fitosanitarias nacionales que estén en consonancia con las normas, directrices y recomendaciones internacionales, cuando existan. Este proceso suele denominarse “Armonización”. Las normas internacionales son las normas establecidas por la Comisión del Codex Alimentarius (en materia de inocuidad de los alimentos), la Organización Mundial de Sanidad Animal y la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria en sus respectivos campos de acción.
  • 12. Las normas internacionales suelen ser más estrictas que las prescripciones nacionales aplicadas en muchos países, incluso en países desarrollados, pero el Acuerdo reconoce expresamente el derecho de los gobiernos a no utilizar esas normas internacionales. Sin embargo, si las prescripciones de un país representan una mayor restricción al comercio, puede pedírsele una justificación científica que demuestre que en ese caso la norma internacional no ofrece el nivel de protección sanitaria que el país considera apropiado. ¿Cómo se elaboran dichas normas? No es la OMC quien elabora, ni elaborará las normas internacionales. No obstante, la mayoría de los gobiernos miembros de la OMC participan en su elaboración en otros organismos internacionales. Especialistas científicos y expertos gubernamentales en protección sanitaria se encargan de elaborar las normas internacionales, que son objeto de examen riguroso y de revisión a nivel internacional.
  • 13. Adaptación a las Condiciones Teniendo en cuenta las diferencias en cuanto a clima, plagas o enfermedades existentes y situación en materia de inocuidad de los alimentos, no siempre resulta apropiado imponer las mismas prescripciones sanitarias y fitosanitarias a los artículos alimenticios y a los productos de origen animal o vegetal procedentes de diferentes países. Por tanto, las medidas sanitarias y fitosanitarias varían a veces según el país de origen del artículo alimenticio o del producto animal o vegetal de que se trate. El Acuerdo tiene en cuenta estas diferencias. Además, los gobiernos deben reconocer la existencia de zonas libres de enfermedades que pueden no corresponder a fronteras políticas y deben introducir en sus prescripciones las modificaciones apropiadas para adaptarlas a los productos procedentes de esas zonas. No obstante, el Acuerdo impide la discriminación injustificada en la aplicación de las medidas sanitarias y fitosanitarias, ya sea en favor de los productores nacionales o entre los abastecedores extranjeros.
  • 14. Medios Diversos A menudo existen diversos medios para lograr niveles de riesgo aceptables. Siempre que esos medios sean viables desde el punto de vista técnico y económico y garanticen un mismo nivel de inocuidad de los alimentos o protección sanitaria de los animales y los vegetales, los gobiernos deben optar por los que no entrañen un grado de restricción del comercio mayor del requerido para lograr su objetivo en esta esfera. Además, si otro país demuestra que las medidas por él aplicadas garantizan el mismo nivel de protección sanitaria, éstas deben aceptarse como medidas equivalentes. Ello contribuye a asegurar que se mantenga la protección y garantiza al mismo tiempo que los consumidores dispongan de la mayor cantidad y variedad posible de productos alimenticios inocuos, que se facilite el acceso de los productores a insumos inocuos y que exista una competencia saludable en la esfera económica.
  • 15. Evaluación del Riesgo El Acuerdo aumenta la transparencia de las medidas sanitarias y fitosanitarias. Para establecer ese tipo de medidas, los países deben efectuar una evaluación apropiada de los riesgos reales existentes y, de serles solicitado, dar a conocer los factores que han tomado en consideración, los procedimientos de evaluación que han utilizado y el nivel de riesgo que estiman aceptable. Aunque son muchos los gobiernos cuya gestión en materia de inocuidad de los alimentos y control sanitario de los animales y los vegetales ya incluye una evaluación de riesgos, el Acuerdo fomenta un mayor uso de la evaluación sistemática de riesgos por todos los gobiernos Miembros de la OMC y con respecto a todos los productos que podrían ser objeto de este tipo de medidas.
  • 16. Transparencia Los gobiernos han de notificar a los demás países todas las prescripciones sanitarias y fitosanitarias nuevas o modificadas cuya aplicación afecte al comercio y establecer oficinas -denominadas “servicios de información”- para atender las peticiones de información complementaria sobre las medidas nuevas o en vigor. También deben ofrecer la posibilidad de que se examine la manera en que aplican sus reglamentaciones en materia de inocuidad de los alimentos y control sanitario de los animales y los vegetales. La comunicación sistemática de información y el intercambio de experiencias entre los gobiernos Miembros de la OMC proporcionan bases más sólidas para establecer las normas nacionales. Esa mayor transparencia también protege los intereses de los consumidores, y de los interlocutores comerciales, del proteccionismo encubierto que entraña la utilización de prescripciones técnicas injustificadas.
  • 17. Se ha establecido un comité especial de la OMC para el intercambio de información entre los gobiernos Miembros sobre todos los aspectos relacionados con la aplicación del Acuerdo. El Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias vigila el cumplimiento del Acuerdo, examina las cuestiones que puedan tener repercusiones en el comercio y mantiene una estrecha cooperación con las organizaciones técnicas competentes. De plantearse una diferencia comercial en relación con una medida sanitaria o fitosanitaria, se utiliza el procedimiento normal de solución de diferencias de la OMC y cabe pedir asesoramiento a expertos científicos competentes en la materia.
  • 18. A manera de conclusión: A diferencia de todos los acuerdos de la OMC, el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias sólo contempla medidas para proteger:  La vida de las personas y de los animales de los riesgos por el uso en alimentos de aditivos, contaminantes, toxinas u organismos patógenos.  La salud de las personas de las enfermedades propagadas por animales o vegetales.  Los animales y vegetales de enfermedades y plagas.