2. ¿QUE SON?
Los elementos constitutivos por el cual se desarrollan
los contratos son aquellos donde se pueda distinguir
tanto al sujeto a la hora de desarrollar el trabajo o tarea
la cual le será remunerada o pagada, En el contrato de
sociedad se deben dar los siguientes elementos:
El Consentimiento
La Capacidad
El Objeto
La Causa
3. EL CONSENTIMIENTO
Cuando hablamos del
consentimiento en un contrato es
aquel donde se produce un efectos
de derecho, todo contrato presenta
o exige el libre consentimiento entre
las partes que lo forman ya que se
manifiesta por la oferta y aceptación
sobre la cosa ya ofertada y que han
de constituir el contrato.
4. LA CAPACIDAD
La capacidad de los contratos se basan en el grado
de aptitud para así ser titular de los derechos
subjetivos, conocida también como la capacidad
jurídica o capacidad de ejercicio que posea la
persona al momento de ejercer el cargo que
pongan a su disposición.
5. EL OBJETO
El objeto principal de un contrato es el hecho
positivo o negativo, que debe de realizar una de las
partes a beneficio de la otra o las dos partes
cuando ambas resultan acreedoras y deudoras en
virtud del contrato el objeto debe ser posible, lícito,
determinado o susceptible de serlo y así presentar
un interés para el acreedor.
6. LA CAUSA
Para establecer un concepto como
tal referente de lo que es la causa
dentro de un contrato, debemos
tener en cuenta que esta se
presentan en dos aspectos como lo
son las causas Naturales y
Accidentales algunos escritores
afirman que estas modalidades no
se encuentran en ningún libro de
Derecho Romano, sino que es
empleado como fuente dentro de
una obligación.
7. CAUSAS NATURALES
Son aquellas que normalmente se acompañan en
un contrato es decir, las clausulas que son
establecidas y no pueden ser excluidas tales como
la compra y venta o simplemente la
responsabilidad de un vendedor, esto se realiza
mediante las partes no dispongan de lo contrario
dentro del contrato.
8. CAUSAS ACCIDENTALES
Estas dependen de la voluntad de las partes ya que
pueden incluirse para así poder modificar los efectos
naturales dentro del contrato, también son llamadas por
su condición, plazo y el cargo
9. VICIOS DEL CONSENTIMIENTO
Para que un contrato sea
valido debemos tener en
cuenta a las personas
dotadas de discernimiento y
estar exentas de vicios ya
que si se halla uno
perjudicado afecta y puede
solicitar la nulidad del
mismo.
10. EL ERROR, EL DOLO Y LA VIOLENCIA
El Error es esa falta de noción
dentro de un contrato y que se
tiene de una cosa.
El Dolo es cuando una de las
partes interviene un tercero, es
decir que induce al error para
poder prestar su consentimiento
mediante el empleo de cosas
fraudulentas con el propósito de
obtener alguna ventaja de la
misma.
La Violencia es un acto de fuerza
material donde se obliga a prestar
un consentimiento sobre el
contrato.