El Derecho Laboral es el conjunto de normas y principios que regulan las relaciones que se crean con motivo de la prestación de un servicio particular a una persona, natural o jurídica, bajo la continua dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
2. Concepto
El Derecho Laboral es el conjunto de normas y principios que regulan las relaciones que
se crean con motivo de la prestación de un servicio particular a una persona, natural o
jurídica, bajo la continua dependencia o subordinación de la segunda y mediante
remuneración.
3. Principios fundamentales de la legislación
laboral
Libertad de trabajo
Consiste en el derecho que tiene el hombre de aplicar su actividad a la producción de la
riqueza.
La libertad es la ley del trabajo productivo, y esta ley es primordial, universal e invariable:
primordial, porque sin ella serían inaplicables todas las otras leyes económicas
4. Obligatoriedad del trabajo
El trabajo, según el código sustantivo del trabajo en su artículo 7,
es socialmente obligatorio.
Igual consideración hace nuestra constitución política en su
artículo 25 al considerar al trabajo no solo como un derecho, sino
como una obligación social de todo ciudadano.
5. Protección del trabajo
La protección de los trabajadores abarca un número muy elevado de cuestiones, entre ellas, la
seguridad social, las condiciones y medio ambiente de trabajo, y la seguridad y la salud en el
trabajo. Está demás decir que esta protección ha sido siempre la preocupación central y el ámbito
de acción por excelencia de los trabajadores y sus organizaciones
6. Igualdad de derechos
La igualdad significa que todos los seres humanos tienen el
mismo valor y deben ser tratados por igual, independientemente
por ejemplo, de su origen étnico, su orientación sexual o su
discapacidad.
7. Primacía de la Realidad
Indica que siempre que existan los elementos integrantes de una relación laboral,
se entenderá como existente, así se le cambie su denominación o se niegue la
existencia de ella; de esta manera se configurara un verdadero contrato real.
8. Estabilidad
Se entiende como la certeza que asiste al trabajador en el sentido que, mientras de su
parte haya observancia de las condiciones fijadas por la ley en relación con su
desempeño, no será removido del empleo.
9. Favorabilidad
Su sustento radica en la necesidad de aplicar de igual manera el uso de la represión Estatal a
todos los miembros de determinado Estado, es decir de juzgar a las personas de igual
manera cuando se produzcan los mismos supuestos fácticos.
10. Irrenunciabilidad de beneficios mínimos
Se desprende de la naturaleza de orden público de los beneficios y garantías, con
carácter de mínimos, otorgados a los trabajadores.
Este principio supone una limitación a la autonomía de la voluntad.
11. Derecho de petición: Facultad que tiene toda persona de presentar solicitudes de manera
respetuosa a las autoridades y obtener pronta solución sobre lo pedido (reglado en el Artículo
23 de la CP y la ley 1755 de 2015).
Acción de tutela: Consiste en la protección de los derechos fundamentales de los individuos en
caso de que cualquiera de éstos sea vulnerado o amenazado (reglado en el Artículo 23 de CP).
Mecanismos de garantía de los
derechos laborales
12. Conciliación: Alternativa de acuerdo para solución de problemas entre dos partes (reglado
en el Artículo 64 de la ley 446 de 1998).
Transacción: Contrato por el cual las partes hacen concesiones recíprocas para evitar un
conflicto o finalizar uno pendiente (reglado en el Artículo 2469 del Código Civil
Colombiano).