2. Definición
Derecho Laboral
Es el conjunto de normas y principios que regulan las relaciones que se
crean en ocasión de la prestación de un servicio personal a otra persona,
natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la
segunda y mediante remuneración.
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4. Este principio nos muestra que nosotros como colombianos podemos decidir en
que queremos trabajar y que profesión podemos desempeñar de acuerdo a
nuestros niveles de estudio
Se demuestra su validez no solo por la constitución política de Colombia, sino
también en el código sustantivo del trabajo en el articulo 8
"ARTICULO 8o. LIBERTAD DE TRABAJO. Nadie puede impedir el trabajo a los
demás, ni que se dediquen a la profesión, industria o comercio que les plazca,
siendo lícito su ejercicio, sino mediante resolución de autoridad competente
encaminada a tutelar los derechos de los trabajadores o de la sociedad, en los
casos que se prevean en la ley. "
Libertad en el trabajo
5. Significa que nosotros como colombianos tenemos el deber de realizar labores de trabajo
para la mejora de nuestra sociedad y del estado.
Un mecanismo de garantía para cumplir este principio es los diferentes beneficios como un
salario digno, un contrato, etc.
Se demuestra en el código sustantivo del trabajo en su articulo 7
"
ARTICULO 7o. OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO. El trabajo es socialmente obligatorio.
"
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33104
Obligatoriedad del trabajo
9. Todo Colombiano tiene como derecho, la protección a su labor y la
defensoria de estos mismos.
Dentro de la defensoria de nuestro país, se identifica como la utilización de
indumentaria que se requiere en la labor como el comité paritario.
ARTICULO 9o. PROTECCION AL TRABAJO. El trabajo goza de la protección
del Estado, en la forma prevista en la Constitución Nacional y las leyes. Los
funcionarios públicos están obligados a prestar a los trabajadores una debida y
oportuna protección para la garantía y eficacia de sus derechos, de acuerdo
con sus atribuciones.
10. Estabilidad
Apara un empleado es muy importante la estabilidad laboral y mucho mas
en un país como Colombia que se encarga de mantener al margen las
responsabilidades de sus ciudadanos
La estabilidad deriva de un salario justo, hprarios de trabajo establecidos,
derecho a salud y que la empresa se preocupe por el benestar del
empleado asi como tambien un contrato conla cantidad de tiempo que se
requirra
11. Se determina que en cuenta a una resolucionde conflictos que se genere dentro del ambiente laboral se pretenta solventar
ayudando a que el mayor beneficiario sea el empleado
se demuestra con las diferentes formas de respeto a losderechos de os empleados tales como asambleas de empleados, la
generacion del comité paritario, asociaciones y sindicatos
se evidencia esta favorabilidad a lo largo de la necesidad de cumplir los derechos de los empleados a cabalidad
FAVORABILIDAD
12. Irrenunciabilidad de beneficios mínimos
Significa que no se puede renunciar a lo irrenunciable, como lo son los derechos que tiene el
trabajador.
Por ejemplo: Si una trabajadora acuerda con su jefe no tener subsidio de transporte mediante un
contrato o documento, este no sería valido y caería en nulidad, pues va en contra de este
principio fundamental.
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13. Mecanismos de garantía de los derechos laborales
Derecho de Petición
Acción de Tutela
Conciliación
Es un derecho
fundamental, consiste en la
facultad que tiene toda
persona de presentar
peticiones respetuosas a las
autoridades, por motivos
de interés general o
particular, y de obtener
pronta resolución
Se ejecuta cuando un
derecho fundamental se
vulnere o amenace por la
acción u omisión de
cualquier autoridad
pública.
Según la ley 446 del 98 es
un “mecanismo de
resolución de conflictos a
través del cual dos o más
personas gestionan por sí
mismas la solución de sus
diferencias, con ayuda de
un tercero neutral y
calificado, denominado
conciliador.”
14. Transacción
Se produce cuando ambas
partes ceden dentro de sus
intereses, beneficiando así
la otra parte y evitando un
posible litigio duradero.
http://www.conr.es/sites/default/files/styles/400px_wide/public/mai
n/articles/igualdad-logo-e1350503159236.jpg?itok=RN7PtKDH
15. Primacía de la libertad
Significa que siempre que se reúnan los requisitos esenciales del contrato
de trabajo, se presume que este existe y que no deja de serlo por razón del
nombre que se le dé, ni de otras condiciones o modalidades que se le
agreguen (art. 23 num.2 CST)
Por ejemplo, "si clarita ejerce la carpintería y su patrón no le hizo firmar un
contrato de trabajo. Se entiende que existe una relación laboral".