En el Perú y Argentina, el software recibe protección jurídica principalmente a través de los derechos de autor. En Estados Unidos, la protección es más amplia basada en derechos de autor, patentes y secretos comerciales. Ambos países enfocan la tipificación de delitos contra la propiedad intelectual y concientización sobre el uso legal de software.
2. El software es ahora parte de la vida cotidiana;
aplicaciones en el trabajo, juegos de PC en el hogar,
software de uso industrial, entre otros. Asimismo en los
últimos años, las aplicaciones de software se han
convertido cada vez más importantes en entornos de
servidor y servicios virtuales. La forma de protección
más adecuada para el programa de ordenador o
software fue una de las cuestiones más debatidas en el
ámbito de la propiedad intelectual.
3. SOFTWARE
“es un conjunto de instrucciones
organizadas lógicamente (pues
siguen una secuencia) y codificadas
(porque se utiliza un lenguaje de
programación para su desarrollo) y
que tienen como fin resolver un
problema o situación específica del
usuario”
4. ASPECTOS GENERALES DE LA
PROTECCIÓN JURIDICA DEL
SOFTWARE Y DERECHO DE
PROPIEDAD INTELECTUAL EN EL
PERÚ
En sus inicios, el software aparece dentro de la
computadora. Con el paso del tiempo se
empezó a comercializar las computadoras como
hardware y los programas de computadoras
como software de forma separada,
despareciendo la atadura de la computadora al
uso de un programa determinado. Fue así como
se desprende la necesidad de brindar tutela
jurídica a los programas de computación
denominados comúnmente como SOFTWARE.
5. CARACTERÍSTICAS DEL SOFTWARE
El software se desarrolla, no se
fabrica, no se construye pues no es un
bien tangible.
No se estropea, no se malogra, sólo
se desactualiza.
La mayoría de softwares se
desarrollan a medida, pues depende
de los problemas o situaciones
específicas que el usuario quiere
solucionar a través de ellos.
6. ELEMENTOS
DEL
SOFTWARE
El software se desarrolla
introduciendo data a
través de los
componentes. Estos
componentes se
desarrollan mediante un
lenguaje de
programación que tiene
un vocabulario limitado,
una gramática definida
explícitamente y reglas
bien formadas de sintaxis
y semántica.
Las clases de lenguajes
que se utilizan en el
desarrollo del software
son:
• Los lenguajes
máquina
• Los lenguajes de alto
nivel
• Los lenguajes no
procedimentales
7. CLASES DE
SOFTWARE
Por su procedencia
Nacionales Internacionales
Por sus aplicaciones
Software de sistemas
Software de tiempo
real
Software de gestión
Software de
ingeniería y científico
Software de
computadoras
personales
10. TRATAMIENTO EN ARGENTINA
La protección del software en Argentina se
apoya casi exclusivamente en la legislación
sobre derecho de autor. En cuanto a los
derechos de autor en la Argentina los tribunales
brindan su protección en el ámbito del derecho
penal considerado en los artículos 71 y 72 de la
ley de Propiedad Intelectual número 11723, LPI.
11. TRATAMIENTO EN LOS ESTADOS UNIDOS
La protección en Estados Unidos es más amplia: por un lado,
porque se basa también en normas de propiedad intelectual,
como el derecho de patentes y los secretos comerciales; por
otro lado, porque el desarrollo jurisprudencial es más
extenso.
En lo referente a los derechos de autor en Estados Unidos, la
normatividad sobre “secretos comerciales, copyright y
derecho de patentes”, son empleadas comúnmente para
proteger la inversión en programas de computación.
12. RESUMEN SOBRE LA
PROTECCIÓN JURÍDICA DEL
SOFTWARE Y EL DERECHO DE
P.I. EN LA ARGENTINA Y LOS
ESTADOS UNIDOS DE
NORTEAMÉRICA
Principios Recomendaciones
desarrollar el potencial de Internet
como mercado legal de obras
protegidas por derechos de autor y
como vehículo de agilización de
licencias
dar énfasis a la tipificación de
delitos a aquellos actos que vayan
en contra de la propiedad
intelectual
uso de redes P2P
visión de calificar como actos
infractores, medidas de
concientización y medidas
preventivas en general con
respecto a la piratería
sobre la ley y el cumplimiento de la
normatividad
sobre el flujo de la información y la
libre expresión como antítesis
13. En el Perú la protección jurídica del software es
en base ¿a la protección de los derechos de
autor (D. Leg. 822) o el derecho de patentes (D.
Leg. 823)?
es en base a la protección de los derechos de
autor. Considerando que el software al no ser
un producto tangible no produce cambios en
el mundo físico, el Decreto Legislativo 822
ofrece protección de los autores de obras
literarias y artísticas, como escritos y
programas informáticos, bases de datos
originales, obras audiovisuales, etc.