Lineamientos de la Escuela de la Confianza SJA Ccesa.pptx
Carmen rondon 9975787
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
SAN JOAQUIN-TURMERO
Participante:
Carmen Rondón, V-9,975,787
2. DIVIDIDOS EN
1-PRINCIPIO DE LEGALIDAD (Art.
137 CRBV)
2-PRINCIPIO DE
RESPONSABILIDAD (Art: 139 CRBV)
3- PRINCIPIOS DE DIVISIÓN DE
PODERES (Art: 136 CRBV)
3. ¿Qué
es?
1-PRINCIPIO
DE
LEGALIDAD:
Es
la
subordinación de los actos del poder
publico a las leyes y la constitución, no
relacionado
con
los
reglamentos, Ordenanzas y demás actos
solo en un sentido estricto sino también de
carácter normativo que en un momento
dado se dicten.
6. PODER NACIONAL
-Poder Ejecutivo
-Poder Legislativo
-Poder Judicial
-Poder Ciudadano
Presidente, Vicepresidente
Y Ministros
Asamblea
Nacional
Poder Ciudadano
Poder
Electoral