El documento explica la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN), que es una cuenta obligatoria para las personas morales en México que sirve para controlar la distribución de dividendos o utilidades a los socios. La CUFIN representa las utilidades acumuladas sobre las cuales ya se pagó el impuesto sobre la renta. Las empresas deben llevar dos CUFIN, una para utilidades generadas hasta 2013 y otra para utilidades a partir de 2014, a efectos de calcular la retención de ISR aplicable sobre dividendos distribuidos.
2. | Marzo 2018
Según el artículo 140, en el segundo párrafo de la
LISR, las personas físicas estarán sujetas a una tasa
adicional de impuesto de 10% sobre los dividendos o
utilidades distribuidos por las personas morales
residentes en México, mismas que estarán obligadas
a retener el impuesto cuando distribuyen los
dividendos o utilidades y lo enterarán conjuntamente
con el pago provisional del periodo que corresponda.
3. | Marzo 2018
El pago realizado conforme a este párrafo será
definitivo. A partir de 2014 las personas morales
están obligadas a tener una CUFIN con las utilidades
generadas hasta el 31 de diciembre de 2013, y otra
CUFIN con las utilidades generadas a partir del 1º de
enero de 2014, a efecto de saber a qué utilidades que
distribuyan deben aplicar la retención del ISR por el
pago de dividendos. Es por eso que en la declaración
anual de 2014 los contribuyentes debieron manifestar
el importe de ambas cuentas.
4. | Marzo 2018
La CUFIN es una cuenta obligatoria de ser llevada y sirve de
control en el aspecto del reparto de dividendo o utilidades
a los socios de una persona moral.
¿Qué es la CUFIN?
5. | Marzo 2018
A través de la CUFIN se representan las utilidades
acumuladas generadas por las empresas por las cuales ya
se pagó el ISR y por lo tanto no pueden ser distribuidas por
las personas morales sin que se cause gravamen por la
distribución.
¿Para qué sirve la CUFIN?
6. | Marzo 2018
• El saldo inicial dela CUFIN actualizado.
• Utilidad fiscal neta de cada ejercicio.
• Más los dividendos o utilidades percibidos de otras
personas morales residentes en México.
• Más dividendos o utilidades sujetos a regímenes
fiscales preferentes.
• Menos dividendos o utilidades pagados con las
utilidades distribuidas.
• Igual al Saldo final de la CUFIN.
¿Cómo se determina?
7. | Marzo 2018
• Resultado fiscal del ejercicio.
• Menos importe de ISR pagado en términos del artículo
9 de la LISR.
• Menos importe de las partidas no deducibles.
• Igual UFIN del ejercicio.
• CUFIN al último día de cada ejercicio.
• Por el factor de actualización.
• Igual al CUFIN actualizada.
Dónde:
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En el artículo 77 de la LISR, se considera UFÍN del ejercicio
la cantidad que resulte de efectuar la operación siguiente:
• Resultado fiscal del ejercicio.
• Menos ISR a cargo.
• Menos partidas no deducibles.
• Menos PTU pagada en el ejercicio.
Aspectos importantes a considerar
respecto a determinación CUFIN
9. | Marzo 2018
• Menos monto determinado conforme al cuarto párrafo
del artículo 77 de la LISR (en caso que se tenga
obligación de acumular los montos proporcionales de
los impuestos sobre la renta pagados en el extranjero).
• Igual UFIN del ejercicio (Cuando el resultado sea
positivo).
Aspectos importantes a considerar
respecto a determinación CUFIN
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Para determinar la UFIN del ejercicio debe partir del
resultado fiscal del mismo periodo; al efecto, el artículo 9º.
De la LISR establece que el resultado fiscal se obtiene
como sigue:
• Ingresos acumulados obtenidos en el ejercicio.
• Menos las deducciones autorizadas en el ejercicio.
• Menos la cantidad correspondiente al PTU pagada en el
ejercicio.
Aspectos importantes a considerar
respecto a determinación CUFIN
11. | Marzo 2018
• Igual a la utilidad fiscal.
• Menos las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de
ejercicios anteriores.
• Igual al Resultado fiscal.
Aspectos importantes a considerar
respecto a determinación CUFIN
12. | Marzo 2018
Cuando las deducciones autorizadas por la ley sean
mayores a los ingresos acumulables del ejercicio, se
obtendrá una pérdida fiscal. Es importante que sepas que
el resultado fiscal sólo puede ser positivo o la cantidad de
«0», por lo que, según el tribunal siempre se tiene un
resultado fiscal aunque sea «0» así que a partir de esta
cantidad se tendría que determinar la UFIN del ejercicio.