La presentación describe la inaudita negligencia sobrevenida al despido ilegal perpetrado por la organización empresarial cubana LABIOFAM, que cobró la caducidad de los derechos exclusivos de tres patentes debido al impago de las anualidades de mantenimiento de derechos. El perjuicio ocasionado por la alta dirección del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A. es extraordinario y no solo al patrimonio del primero sino a la economía nacional. Las tres invenciones patentadas se encontraban en régimen de propiedad socialista de todo el pueblo.
1. Negligencia en tres patentes de LABIOFAM en Cuba, 2015-2017.
La Habana,
28 de noviembre de 2018.
Publicado a través de los perfiles públicos del autor en las Redes Sociales en
respuesta al desmedido abuso, falta de transparencia, aquiescencia o incompetencia
de las autoridades cubanas fundidas con el Partido Comunista de Cuba.
Dr. Sergio Osmín Fernández Palacios.
Abogado Independiente y Activista por las Libertades Fundamentales del ser humano.
2. Nota del autor.
* En esta Presentación por LABIOFAM entiéndase el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y LABIOFAM, S.A.
Esta Presentación es una DENUNCIA ABIERTA sobre la inaudita negligencia ocurrida en
la organización empresarial cubana LABIOFAM, entre 2015 y 2017, que cobró la
caducidad de los derechos exclusivos de tres patentes de invención a su nombre en
Cuba,- asociadas a los productos VIDATOX 30CH, FERRICAL y ACITÁN -, al no abonarse
las anualidades de mantenimiento de derechos ante la Oficina Cubana de la Propiedad
Industrial, O.C.P.I., debido a la falta de vigilancia sistemática sobre los derechos de
Propiedad Industrial durante más de un año. Para más
información el autor recomienda al lector avezado consultar su artículo pro-bono:
La negligencia en tres patentes de invención de LABIOFAM en Cuba
3. I. Preliminar.
II. La negligencia sobrevenida al despido ilegal.
III. La O.C.P.I. declara la CADUCIDAD de los derechos exclusivos de tres patentes.
IV. La O.C.P.I. declara SIN LUGAR las peticiones de restablecimiento de derechos.
V. La acción ante el Tribunal Provincial Popular de La Habana.
VI. El extraordinario perjuicio.
VII. Mención especial a la invención patentada del VIDATOX 30CH en Cuba.
VIII. Conclusiones. (abreviadas)
IX. Las denuncias y peticiones ante las autoridades cubanas.
X. Presentaciones, artículos y documentos relacionados.
XI. Contacto con el autor
Índice.
4. I. Preliminar. (1)
Durante la Feria Internacional de La Habana, FIHAV, 2014, la alta dirección de LABIOFAM
consumó una negligencia en el ámbito de la Propiedad Industrial. Promocionó sus perfumes
Hugo y Ernesto, alegóricos a Hugo Rafael Chávez Frías y a Ernesto Guevara de la Serna, sin
tutelar ningún derecho exclusivo sobre tales signos en la clase internacional nº 3 ante la
Oficina Cubana de la Propiedad Industrial, O.C.P.I.
A razón de dicha negligencia fue puesto en convocatoria tres puestos de Asesores
Jurídicos para elevar la calidad de la asesoría jurídica en dicha organización empresarial
cubana, que fueron cubiertos a finales de 2014. A pocas semanas los tres Asesores
Jurídicos recién-contratados pusimos de manifiesto irregularidades y violaciones que
venían siendo perpetradas deliberadamente en actos de comercio exterior durante años con
la falta de control o aquiescencia de José Antonio Fraga Castro, Director General del
GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y Presidente de la Junta General de Accionistas de
LABIOFAM, S.A., un sobrino de Fidel y Raúl Castro Ruz.
5. I. Preliminar. (2)
La reacción de la alta dirección de LABIOFAM fue inmediata con la aquiescencia de sus
respectivos Secretarios del núcleo del Partido Comunista de Cuba y de la Sección Sindical.
A inicios de febrero de 2015 perpetraron un despido ilegal contra los tres Asesores
Jurídicos recién-contratados, sobre lo cual da cuenta la Sentencia nº 800 de 27 de
noviembre de 2015 de la Sala de lo Laboral del Tribunal Supremo Popular:
¨Que este torticero actuar administrativo (…) definen el actuar ilegítimo del
empleador en detrimento del vínculo laboral (…) que impone la declaración de
nulidad del proceder administrativo.¨
La sentencia firme fue incumplida por LABIOFAM. En el Proceso de Ejecución sobrevino
una deliberada mala práctica judicial, ésta objeto de un Proceso de Responsabilidad Civil
contra varios jueces del Tribunal Provincial Popular de La Habana, incoado el 25 de enero
de 2018, radicado en el Expediente nº 1 de 2018 ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo
Popular aún en trámites.
6. II. La negligencia sobrevenida al despido ilegal.
Tras el despido ilegal perpetrado por la alta dirección de LABIOFAM, ésta quedó hacia lo
interno sin asesoría jurídica especializada en Propiedad Industrial. El arduo trabajo re-
organizativo, que se estaba llevando a cabo en relación a la información de los derechos de
Propiedad Industrial del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM en Cuba y en el extranjero,
quedó trunco y en la más absoluta desatención.
Durante más de un año no se garantizó la vigilancia sistemática de los derechos de
Propiedad Industrial. La acumulación de impagos a los servicios especializados prestados
por los agentes oficiales contratados llegó a una situación extraordinaria. Dentro de esa
tamaña y dilatada irresponsabilidad los Boletines Oficiales de la O.C.P.I. dieron cuenta del
impago de las anualidades de mantenimiento de derechos de las siguientes tres patentes de
invención concedidas en Cuba.
Nota: Simultáneamente en el extranjero se declaraban abandonadas un tras otra varias solicitudes de patentes en
la fase nacional de la solicitud internacional de patente PCT/CU2011/000006 por falta de instrucción de LABIOFAM
o falta de pago.
-
7. III. La O.C.P.I. declara la CADUCIDAD de los derechos exclusivos de tres patentes.
Patente nº 24018, “Composiciones farmacéuticas a partir de derivados
de la musa SP” a nombre del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM.
Boletín Oficial nº 335, p. 124. Ésta asociada al producto distinguido
bajo la marca ACITÁN en clase internacional nº 5.
Disponible en el sitio oficial de la O.C.P.I. http://www.ocpi.cu
Patente nº 23381, “Fórmula nutricional y farmacéutica elaborada a
partir de eritrocitos equinos y la miel de abeja” a nombre del GRUPO
EMPRESARIAL LABIOFAM. Boletín Oficial nº 336, p. 289. Ésta asociada
al producto distinguido bajo la marca FERRICAL en clase internacional
nº 5.
Disponible en el sitio oficial de la O.C.P.I. http://www.ocpi.cu
Patente nº 24055, “Composiciones farmacéuticas de veneno de
Escorpión Rhopalurus Junceus” a nombre del GRUPO EMPRESARIAL
LABIOFAM. Boletín Oficial nº 336, p. 289. Ésta asociada al producto
distinguido bajo la marca VIDATOX en clase internacional nº 5.
Disponible en el sitio oficial de la O.C.P.I. http://www.ocpi.cu
8. IV. La O.C.P.I. declara SIN LUGAR las peticiones de restablecimiento de derechos.
El GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM aun con el beneficio del plazo de gracia previsto en
la ley aplicable vio expirar éste en su deliberada negligencia. Nadie en la alta dirección de
dicha organización empresarial cubana tenía el más mínimo control sobre los derechos de
tales activos intangibles de inconmensurable valor económico – jurídico en régimen de
propiedad socialista de todo el pueblo.
Así las cosas el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM agotó el último recurso legal en el
ámbito administrativo y presentó las respectivas peticiones de restablecimiento de
derechos, éstas,- y no podían ser de otra manera -, fueron declaradas SIN LUGAR
mediante las Resoluciones nº 4728/28.11.2017, 4729/28.11.2017 y 4730/28.11.2017 de la
Directora General de la O.C.P.I. según el Boletín Oficial de la O.C.P.I. nº 355, Vol. I,
Noviembre 2017, p. 21. Disponible en el sitio oficial de la O.C.P.I. http://www.ocpi.cu
9. V. La acción ante el Tribunal Provincial Popular de La Habana.
En conformidad con la ley cubana aplicable el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM contaba
con la posibilidad de combatir las resoluciones de la O.C.P.I. ante el Tribunal Provincial
Popular de La Habana.
En línea con la falta de transparencia que ha caracterizado el enfrentamiento a la
corrupción, la negligencia, el fraude, la falta de ética profesional y los perjuicios
económicos en LABIOFAM, éstos generados por José Antonio Fraga Castro, luego, en el
entramado de procesos judiciales interpuestos por el autor contra LABIOFAM por acoso
laboral ha sido imposible acceder a la información en poder del Estado en cuanto a si o no
LABIOFAM ha incoado la correspondiente acción judicial antes el mentado órgano
jurisdiccional, en aras de restablecer los derechos exclusivos de las tres patentes de
invención, en cuestión.
10. VI. El extraordinario perjuicio. (1)
Las tres invenciones patentadas eran activos intangibles que se encontraban en régimen
de propiedad socialista de todo el pueblo, habida cuenta que formaban parte del
patrimonio del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, una Organización Superior de
Dirección Empresarial, O.S.D.E., controlada metodológicamente por el Ministerio de la
Agricultura.
Con la declaración de caducidad dictada por la O.C.P.I.,- y no conociéndose nada respecto
a la incoación y conclusión de una posible acción judicial -, luego, la alta dirección de
LABIOFAM ocasionó un extraordinario perjuicio no solo al patrimonio de dicha
organización empresarial cubana sino además a la economía nacional.
11. VI. El extraordinario perjuicio. (2)
En el ámbito jurídico dicho perjuicio se traduce, básicamente, en cuanto a que los
derechos exclusivos, que recaían sobre las tres invenciones patentadas, ya no pueden ser
cedidos a través de disimiles negocios jurídicos, que representarían potencialmente la
captación de beneficios económicos futuros para el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM y
por extensión a la economía cubana.
En el ámbito contable tal perjuicio se traduce, básicamente, en una sensible
descapitalización en el patrimonio del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, dada cuenta
que desaparecen tres activos intangibles, que se encontraban en explotación. El valor
exacto del perjuicio económico debería ser certificado por expertos en contabilidad a
partir de su auditoría a la contabilidad del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM en tanto el
titular de tales activos. Por otra parte, la competitividad de dicha organización empresarial
cubana ha sido afectada seriamente dado el rol protagónico que juegan en la competencia
los activos de Propiedad Industrial en una economía cada vez más globalizada.
12. VII. Mención especial a la invención patentada del VIDATOX 30CH.
En el 2013, el GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM, a través de su revista
institucional, nº 1/2013, p. 12, fijó en más de veintitrés millones de pesos
cubanos las erogaciones realizadas en I+D+I en relación a la invención
asociada al controvertido producto homeopático VIDATOX 30CH. Sin
perder de vista la uniforme reluctancia de la comunidad científica
internacional hacia la eficacia clínica de la homeopatía.
Si bien ese monto resulta cuando menos controvertido conociendo las declaraciones de
rechazo formuladas en la fase nacional de la solicitud internacional de patente nº
PCT/CU2011/000006 debido a no cumplir con los requisitos de patentabilidad, luego, el
perjuicio económico causado a razón de la declaración de caducidad dictada por la O.C.P.I.
es sin lugar a dudas de una naturaleza extraordinaria.
13. VIII. Conclusiones (abreviadas).
La declaración de caducidad y la sobrevenida declaración SIN LUGAR de las peticiones
de restablecimiento de derechos de las tres patentes de invención nº 24018, 23381 y
24055 a nombre del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM en Cuba,- dictadas por la Oficina
Cubana de la Propiedad Industrial, O.C.P.I. -, y a falta de acceder a la información sobre
la incoación o no de la respectiva acción judicial, materializan un extraordinario
perjuicio, que ha sido ocasionado por la alta dirección de dicha organización
empresarial cubana, que incluye a LABIOFAM, S.A.
La Contraloría General de la República, C.G.R., y la Fiscalía General de la República,
F.G.R., están en el deber inexcusable de iniciar la correspondiente acción penal contra
los responsables en la negligencia – sobrevenida como consecuencia directa del
despido ilegal – que cobró la caducidad de los derechos exclusivos de las tres patentes
de invención nº 24018, 23381 y 24055 a nombre del GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM
en Cuba, habida cuenta que eran activos intangibles en régimen de propiedad
socialista de todo el pueblo.
14. IX. Las denuncias y peticiones ante las autoridades cubanas. (1)
Denuncia ante Miguel Díaz-Canel Bermúdez, Presidente de los Consejos de Estado y de
Ministros de Cuba. Disponible en: https://twitter.com/SergioOsminFP/status/1050369054593159173
Denuncia ante el General de Ejército Raúl Castro, Primer Secretario del Partido Comunista de
Cuba, CCPCC. Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/open-denunciation-ra%C3%BAl-castro-corruption-
retaliation-dr-sergio-o-/
Denuncia ante Rubén Remigio Ferro, Presidente del Tribunal Supremo Popular de Cuba, TSP.
Disponible en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/denuncia-ante-el-presidente-del-tribunal-supremo-de-cuba
Denuncia ante Gladys Bejerano Portela, Contralora General de la República, CGR. Disponible
en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/denuncia-ante-la-contralora-general-de-cuba
15. IX. Las denuncias y peticiones ante las autoridades cubanas. (2)
Denuncia ante Darío Delgado Cura, Fiscal General de la República, FGR. Disponible en:
https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/denuncia-abierta-ante-el-fiscal-general-de-cuba-contra-labiofam
Denuncia ante Irma Margarita Martínez Castrillón, Ministra-Presidenta del Banco Central de
Cuba, BCC. Disponible en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/denuncia-ante-el-banco-central-de-cuba
Denuncia ante la Comisión Investigadora del Ministerio de la Agricultura, MIN-AGRI.
Disponible en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/denuncia-ante-el-minagri
Denuncia ante la Sección Laboral del Tribunal Municipal de la Habana Vieja de Cuba, TMPP
HV. Disponible en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/incidente-seis-anter
.
.
16. VIII. Las Denuncias y Peticiones (sin respuestas) ante las autoridades cubanas. (3)
Denuncia ante los medios oficiales de noticias de Cuba (Granma, Juventud Rebelde,
Trabajadores y Tribuna de La Habana). Disponible en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/a-
prensa-cubana
Petición ante Bruno Rodríguez Parrilla, Ministro de Relaciones Exteriores de Cuba, MIN-REX.
Disponible en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/denuncia-ante-el-ministro-de-relaciones-exteriores-de-cuba
Petición ante Mariela Castro Espín, Diputada a la Asamblea Nacional del Poder Popular de
Cuba, ANPP. Disponible en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/denuncia-ante-la-diputada-mariela-castro
Recordatorio disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/recordatorio-para-la-diputada-mariela-castro-esp%C3%ADn-dr-sergio-
osm%C3%ADn/
.
.
17. X. Presentaciones, artículos y documentos relacionados.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CUBA, ¨Escrito de 30 de enero de 2017, Ref. DO 10060/2017.¨
Disponible en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/denuncia-sobre-negligencia
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. [Presentación] “El acoso laboral en LABIOFAM, 2015-2017.”
Disponible en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/el-acoso-laboral-en-labiofam-2015-2017
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. [Presentación] "Una extraordinaria estrategia global: VIDATOX 30
CH." Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/una-extraordinaria-estrategia-global-vidatox-30-ch-dr-sergio-osm%C3%ADn/
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. [Artículo] "Una extraordinaria estrategia global: VIDATOX 30 CH."
Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/una-extraordinaria-estrategia-global-vidatox-30-ch-dr-sergio-osm%C3%ADn/
FERNÁNDEZ PALACIOS, Sergio Osmín. [Artículo] "Procesos judiciales contra LABIOFAM por acoso laboral."
Disponible en: https://www.linkedin.com/pulse/procesos-judiciales-contra-labiofam-por-acoso-laboral/
LABIOFAM, S.A. ¨Aval del Desempeño¨. Disponible en: https://es.slideshare.net/DrSergioOFernndezPal/aval-de-labiofam-sa/
OFICINA CUBANA DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, O.C.P.I. ¨Boletines oficiales nº 336, p. 289, abril, 2016, y
nº 355, Vol. I, p. 21, noviembre, 2017.¨
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, O.M.P.I. [Base de datos Patentscope].
¨Solicitud internacional nº PCT/CU2011/000006 para la invención Péptidos del veneno escorpión Rhopalurus
Junceus y composición farmacéutica”, solicitante GRUPO EMPRESARIAL LABIOFAM (Cuba). Disponible en:
https://patentscope.wipo.int/search/es/detail.jsf?docId=WO2012041261&recNum=1&docAn=CU2011000006
18. XI. Contacto con el autor.
Dr. Sergio Osmín Fernández Palacios.
Abogado Independiente y Activista por las Libertades Fundamentales del ser humano.
- Contrario a un ¨Partido Único¨ como un supra-poder coartando a los poderes públicos y las Libertades Fundamentales -
La Habana, Cuba.
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