1. LOS ACTOS ADMINISTRATIVOSY SUS REQUISITOS DEVALIDEZ
Universidad FermínToro
Escuela de derecho
Vicerrectorado Académico
Barquisimeto - Lara
EZEQUIEL ZAMORA
2. REQUISITOS DEVALIDEZ
según el tratadista Bacacorzo los requisitos de validez son la competencia, legitimidad forma y
manifestación de voluntad.
LA COMPETENCIA.
Un acto administrativo es legitimo cuando ha sido proferido por
el órgano competente. La competencia es la cantidad de
potestad que tiene un órgano del estado para proferir un acto o
como lo define Gordillo: "el conjunto de facultades que un
órgano puede legítimamente ejercer en razón de la materia, el
territorio, el grado y el tiempo"(Gordillo:Tratado de Derecho
Administrativo, t. III Buenos Aires, Ed. Machi 1996); por lo tanto
ningún agente publico puede ejercer su actividad sino dentro del
marco de la competencia jurídica que se le ah atribuido.
LEGITIMIDAD.
Todos los actos y cada uno de ellos
en si deben estar arreglados a
derecho. El abuso, exceso y la
desviación es ilicitud y conducen a
la anulada y responsabilidad
consiguientes.
También se considera a este
segundo componente como el
objeto del mismo, obviamente
licito
FORMA
Complejo de requisitos y
formalidades que deben
cumplirse, tanto en la
substanciación como en su
culminación, esto es en la
expresión de voluntad en lo que lo
concreta, teniendo en cuenta su
valides y su eficacia.
REQUISITOS DEVALIDEZ SEGÚN LA LOPA
REQUISITOS DE
FORMA
MOTIVACION
EXTERIORIZACION
FORMALIDADES
REQUISITOS DE FONDO
COMPETENCIA
BASE LEGAL
PERTINENCIA,CAUSA O MOTIVO
OBJETO
FINALIDAD
3. NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO
Tenemos la Nulidad absoluta de los actos administrativo y la nulidad relativa del mismo.
Nulidades Absolutas o radicales: Art.,. 19 LOPA allí se establece 4 numerales de forma taxativa a través del cual se puede considerar un acto nulo
absolutamente:
"Los actos administrativos serán absolutamente nulos en los siguientes casos:
Cuando así esté expresamente determinado por una norma constitución o legal; violación de la cosa juzgada administrativa“
Cuando resuelvan un caso precedente decidido con carácter definitivo y que haya creado derechos particulares, salvo autorización expresa de la Ley.
Vicio en el objeto.
Cuando su contenido sea de imposible o ilegal ejecución, y; Incompetencia manifiesta. Ausencia total de procedimiento
Cuado hubieren sido dictados por autoridades manifiestamente incompetentes, o con prescindencia total y absoluta del procedimiento legalmente
establecido. Anulabilidad”.
¿A quien le corresponde verificar si el acto de nulidad relativa o absoluta?
Le corresponde al Juez, después del análisis detallado, con respecto a todos los
vicios, el él quien le toca determinarlos.