Comentarios a las reformas a la Ley Especial de Asocios Público Privados
1. Comentarios a las reformas a la
Ley Especial de Asocios Público Privados
2 de mayo de 2017
2. SDO-0622-3DC-2N
Reformas de 2014 fueron incompletas…
Exclusiones
Múltiples
aprobaciones en la
Asamblea
Legislativa
- Agua sigue excluida
de la ley, no
obstante la urgente
necesidad de
invertir en el
manejo de aguas
residuales
- Salud, educación y
seguridad pública
excluidos
- Continúa la múltiple
intervención legislativa
en proyectos APP que va
más allá del Art. 120 Cn.
- La AL debe facultar al OE
para licitar proyectos de
APP que impliquen
compromisos firmes y
contingentes futuros
3. Estudio “Infrascope”
• Infrascope 2014 destaca que la Ley APP ha creado “un entorno propicio para
las APP, pero el sector privado sigue inseguro acerca de cuánto tiempo habrá
de durar el apoyo político para las APP”.
• El requerimiento de obtener la aprobación de la legislatura antes de proceder
y la falta de límites de tiempo para la aprobación legislativa, podría
constituirse en un escollo para los potenciales inversores.
• En términos generales, el ambiente para las APP en El Salvador ha sido
dificultoso:
– Debido en parte a la alta rotación en el gobierno, y
– El escepticismo en la comunidad de negocios sobre si los proyectos mantendrán el apoyo
político y el impulso a largo plazo.
4. FPA-1298-3DC-4N
Es una respuesta a la frágil
situación de las finanzas
públicas y a la creciente
necesidad de la inversión
social y productiva
Se require de un marco
jurídico competitivo y
funcional
Una institucionalidad fuerte
que cuente con un equipo
multidisciplinario y con los
niveles más altos de
transparencia
Proyectos que tengan un
beneficio para los
ciudadanos mejorando la
infraestructua y servicios
públicos
Debe ser parte de una política nacional
de inversión
Comentarios de expertos internacionales
5. ¿Dónde estamos en comparación con otros países?
Países Chile Perú Guatemala El Salvador
Legislación
Ley de
Concesiones de
Obras Públicas,
2010.
Ley Marco de
Asociaciones Público-
Privadas, 2008.
Ley de Concesiones, 1996.
Ley de Alianzas para el
Desarrollo de Infraestructura
Económica , 2010.
Propuesta de reforma de Ley
APP, 2017.
Aprobaciones
parlamentarias
No requiere No requiere
Requiere aprobación para
bienes demaniales.
Aprobación de la Asamblea
Legislativa para firmar el
contrato y, en algunos casos,
para comprometer recursos de
ejercicios futuros.
Sectores
Principalmente
infraestructura
de transporte
Cualquier sector
Proyectos de infraestructura
económica
Cualquier sector, salvo
exclusiones en salud, seguridad
social y pública, educación
formal y agua potable.
7. 1. Comentarios a
reformas
Institucionales
ICE podrá delegar a PROESA el proceso de licitación
PROESA podrá emitir normativa técnica para
evaluar y seleccionar proyectos
Se nombra un líder de proyecto
i
ii
iii
8. 1. Reformas institucionales
• En Perú y en Chile tienen “unidad
especializada de APP” es quien lleva el
proceso de licitación de APP.
• Esta habilitación podría hacerse por
medio de un “convenio”.
• En la ley actual solo dice que la “ICE”
lidera proceso de licitación pero no dice
“quién” y por la LACAP se asume que
deben ser las UACIS, sin experiencia APP.
i. PROESA habilitada
para asesorar a ICE y
desarrollar proceso
de licitación
9. 1. Reformas institucionales
• Dicha normativa sería muy positiva en
términos de transparencia en el proceso de
evaluación de proyectos.
• Cierra brechas a discrecionalidades.
• Da certeza y seguridad jurídica sobre los
criterios bajo los cuales se evalúa un proyecto.
ii. PROESA podrá
emitir normativa
técnica para evaluar y
seleccionar proyectos
10. 1. Reformas institucionales
Se nombra un líder del proyecto:
• Este es encargado de formar un equipo multidisciplinario
acorde al proyecto
• Es positivo ya que permitirá un proceso técnico y ordenado
11. 2. Comentarios a
Reformas
Procedimentales
Una sola remisión a la Asamblea Legislativa
Aprobación para comprometer fondos de
ejercicios futuros (art.53)
Aprobación para la explotación de bienes de uso
público (art. 54)
i.
ii
.
iii
.
13. Una sola aprobación de la AL, cumple con la
Constitución…
Iniciativa Evaluación
Aprobación CD
PROESA
Diseño Bases y
Contrato
Licitación /
Adjudicación
Única
aprobación
legislativa
Firma de
Contrato
Inicia
Construcción
Operación
Terminación y
Transferencia
- Presupuesto Extraordinario
- Concesión de bienes de uso
público/ 120 Cn.
- Justificación Económica
- Ubicación Proyecto
- Plazo
14. Los inversionistas requieren
certidumbre…
El nuevo proceso atiende el interés general de la AL de cumplir
con sus obligaciones constitucionales, ya que está acorde al Art.
120 Cn.
Las mejores prácticas internacionales proponen que si hay
intervención de la AL sea en un solo momento
Un ofertante puede gastar entre $800 mil y $1.2 millones para
elaborar una oferta de un proyecto de APP, por lo que requiere
certidumbre jurídica para participar en un proceso de licitación
15. 3. Comentarios a la
ampliación del ámbito de
aplicación
(reduce las exclusiones)
Salud pública
Seguridad pública
Agua y saneamiento
Educación
i.
ii.
iii.
iv.
16. Fuente: Elaboración propia con cifras de BCR.
0
10
20
30
40
50
60
70
2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015
US$millonesapreciosconstantesde1990
Inversión pública por destino sectorial
Agua potable y Alcantarillados
Educación y Cultura
Seguridad Ciudadana
Salud
17. Fuente: Elaboración propia con cifras de BCR.
0.0%
0.7%
1.4%
2.1%
2.8%
3.5%
4.2%
4.9%
0
50
100
150
200
250
300
350
US$millonesapreciosconstantesde1990
Inversión pública real y como porcentaje del PIB
Inversión real
18. Distribución de la inversión pública acumulada 2001-2015
37.9%
24.6%
7.5%
6.7%
6.7%
3.9%
2.8% 2.6%
2.5% 2.3%1.0%0.7% 0.4% 0.3% Desarrollo Urbano y Comunal
Transporte y Almacenaje
Educación y Cultura
Energía
Salud
Agropecuario
Justicia
Agua potable y Alcantarillados
Seguridad Ciudadana
Adminitración general
Medio Ambiente
Asistencia Social
Industria y Turismo
Deporte y Recreación
19. Reformas respetan principios:
rectoría del Estado – dominio estatal - fiscalización
Saludpública
• Financiamiento,
diseño
construcción y
mantenimiento
de hospitales.
• Operación y
personal de salud
corresponde al
Estado.
Educaciónpública
• Financiamiento,
diseño
construcción,
mantenimiento
equipamiento,
alimentación,
limpieza,
seguridad y
esparcimiento
comunitario en
las escuelas.
•Operación y
maestros de escuelas
corresponde al
Estado.
Aguapotable
• Financiamiento,
diseño
construcción y
mantenimiento
de plantas de
captación y
almacenamiento
tratamiento y
desalinización de
agua.
• Entrega a usuario
corresponde a
ANDA
Sistemapenitenciario
• Financiamiento,
diseño
construcción y
mantenimiento,
lavandería,
alimentación y
limpieza de centros
penitenciarios.
• Represión,
custodia,
rehabilitación
corresponden al
Estado.
20. Reflexiones
• El marco jurídico debe responder a la realidad nacional, que respete la Constitución
y que busque el beneficio de los salvadoreños al permitirles contar con los mejores
costos y una mejor infraestructura.
• Contar con los más altos niveles de transparencia es fundamental en todo proyecto
de APP.
• Las reformas son una ventana de oportunidad para aprovechar iniciativas como
Fomilenio II, que permite optimizar los limitados recursos públicos.
• Las APP deben de ser parte de una Política Nacional en “pro del desarrollo”, cada
país traza su visión de largo plazo, y en estos momentos hay una ventana de
oportunidad de dotar al país de un marco jurídico competitivo en pro del
crecimiento.
21. Retos
Fortalecimiento institucional de PROESA - transparencia, cuadro
técnicos- presupuesto
Generar confianza en la institucionalidad de PROESA (hacia
adentro y hacia afuera) – Asesor externo
Llevar a cabo proyectos estratégicos - atraer inversores
dispuestos a formar un APP
Debe de existir una Política Nacional de APP que sea transversal
en toda la administración pública, con visión de largo plazo