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DIRECTORIO CAMARA NACIONAL DE COMERCIO
LUNES 23 DE MAYO DE 2011
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA REGULACIÓN LABORAL
Dr. Jose Eduardo Romero Frías
ORDEN DEL DIA
§ Análisis Económico de la Situación Laboral
§ Síntesis del Documento “PRINCIPIOS
FUNDAMENTALES DE LA REGULACIÓN
LABORAL”
§ Principios
§ Recomendaciones
§ Conclusión
DIRECTORIO CAMARA NACIONAL DE COMERCIO
LUNES 23 DE MAYO DE 2011
ANALISIS ECONOMICO DE LA SITUACION LABORAL
Gerencia General
Subgerencia Económica
Asesoría Jurídico Legal
Lic. José Endara
SUBGERENTE ECONOMICO Y COMERCIO
EXTERIOR a.i.
CAMARA NACIONAL DE COMERCIO
CONDICIONES DE TRABAJO SEGÚN SU
ACTIVIDAD
BOLIVIA: CONDICIÓNDEACTIVIDAD, 2005 - 2010
CONDICIÓNDEACTIVIDAD 2008 2009 2010
TOTAL 10.021.225 10.220.752 10.419.481
Población en Edad de No Trabajar (PENT) 2.400.481 2.448.275 2.495.879
Población en Edad de Trabajar (PET) 7.620.744 7.772.477 7.923.602
Población Económicamente Activa (PEA) 4.924.525 5.022.575 5.120.231
Ocupados (PO) 4.666.972 4.759.894 4.852.443
Desocupados (PD) 257.553 262.681 267.788
Cesantes (C) 175.419 178.912 182.390
Aspirantes (A) 82.134 83.769 85.398
Población Económicamente Inactiva (PEI) 2.696.219 2.749.902 2.803.370
Temporales (T) 836.906 853.570 870.166
Permanentes (P) 1.859.313 1.896.333 1.933.204
Fuente: Elaboración CNC-SECEcon datos del INE, Encuesta Continua de Hogares
ACTIVIDAD LABORAL
PoblaciónTotal
PT
10.419.481
Poblaciónen Edad de
Trabajar
PET
7.923.602
Población
Económicamente Activa
PEA
5.120.231
PoblaciónOcupada
PO
4.852.443
PoblaciónDesocupada
PD
267.788
PoblaciónCesante
PC
182.390
PoblaciónAspirante
PA
85.398
PoblaciónEconómicamente
Inactiva
PEI
2.803.370
PEI Temporal
PEIT
870.166
PEI Permanente
PEIP
1.933.204
Poblaciónen Edad de
No Trabajar
PENT
2.495.879
Encuesta Trimestral de Empleo (ETE): Se realiza en ciudades
del eje troncal y anualmente para todas las ciudades capitales,
más la ciudad de El Alto.
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PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA REGULACIÓN LABORAL
Gerencia General
Subgerencia Económica
Asesoría Jurídico Legal
Dr. José Eduardo Romero Frías
ASESOR JURIDICO LEGAL
CAMARA NACIONAL DE COMERCIO
Síntesis de la Propuesta•
• Tiene como partes una introducción que contiene una
visión de lo sucedió con las diversas reformas laborales
que se dio en Bolivia durante varios años.
• Posteriormente conceptualizar lo que se entiende por
derecho del trabajo desde el punto de vista de los
juristas y la jurisprudencia emitida.
• Seguidamente se realiza un análisis sobre la necesidad de
la sistematización de las normas jurídicas debido a
que estas se encuentran dispersas que existe incluso
contradicción.
• Se analiza el Anteproyecto de ley que presenta el
Ministerio de Trabajo, se hace una minuciosa critica, se
evidencia que en la legislación laboral actual, no se toma
en cuenta a los servidores públicos, en cuanto al
derecho a la sindicalización del que gozan todos los
trabajadores, u otros derechos como el desahucio o la
indemnización, quinquenio u otros.
•
Síntesis de la propuesta
• Sabemos que la actual Constitución Política del Estado es
proteccionista y establece una serie de preceptos a favor de
todos los trabajadores y trabajadoras,
•
• También se establece que toda disposición que sea de índole
laboral será de cumplimiento obligatorio para todos.(Allí
se fortalece la postura del documento en cuanto a la
informalidad).
• Se habla también de un Anteproyecto de ley que tiende a
plasmar lo determinado por la Constitución Política del
Estado: como la imprescriptibilidad de los derechos
laborales e incluye varios aspectos que ya contempla la
actual Ley General del Trabajo. Se realiza criticas especificas
•
• Se establece que principios y lineamientos debiera
seguir la reforma laboral para concluir con las
recomendaciones a distintos puntos que elegimos como los
mas importantes
Se establece que :La reforma laboral debe estar acompañada de una
serie de cambios de normativas especificas, por ejemplo, normas
para la atracción de inversiones, la promoción de la Mipymes,
para generar un impacto de desarrollo económico que tenga
efecto en la generación de empleo digno y permanente, que
logre disminuir el número de trabajadores que integran el sector
informal. vPor ello, para encarar una reforma debe
realizarse una serie de profundas
reflexiones y cuestionamientos que
surgen en torno a la reformas, su
profundidad, su alcance y a su
necesidad respondiendo si:
v ¿Es la reforma indispensable y necesaria en
qué sentido??
v ¿En qué grado?;
v ¿A qué costo?
v ¿Qué cosas debemos modificar y que debemos
mantener?
v ¿Que deberíamos perseguir con la reforma?.
•El trabajo es una condición de existencia del hombre. La persona puede dedicarse al desarrollo de la profesión, industria, comercio, o
cualquier otra actividad que más le acomode, siempre y cuando no esté impedido por determinación judicial, no se ataquen derechos de
terceros, no se viole una resolución de gobierno dictadas en términos de ley o no se ofendan los derechos de la sociedad.
PROPUESTAS DE LA CAMARA
NACIONAL DE COMERCIO SOBRE
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA
REGULACIÓN LABORAL
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
PLURINACIONAL
¿Qué principios deben de seguirse al diseñarse la
regulación laboral efectiva?
ØPrevio encarar una reforma legislativa laboral debe efectuarse un
análisis costo beneficio y de oportunidad.
ØLos objetivos de que se persiguen un marco legal deben de ser
claros, fácticos, axiológicos y reglamentarios.
ØLa regulación debe orientarse a asegurar un balance, de modo
tal que los derechos fundamentales de los trabajadores estén
protegidos y el empleador tenga la certeza de que cumpliendo
el marco legal razonablemente equitativo, estará también
protegido, permitiendo un funcionamiento adecuado del
mercado de trabajo. (Capital = Mano de obra) justo equilibrio.
ØAequitas praefertur rigori.- Es preferible la equidad al rigor;
Iustitia est constants et perpetua voluntas ius suum cuique
tribuere.- (La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a
cada uno lo suyo)
ØEl Estado debe establecer con claridad el marco de
competencias administrativas y jurisdicción de los Órganos
estatales relacionados con la legislación del Derecho laboral.
ØEl Estado debe tener claro cuales son las imperfecciones de
mercado que se quiere resolver, por ejemplo la informalidad o el
paralelismo de una Ley del Funcionario Público.
PROPUESTAS DE LA CAMARA
NACIONAL DE COMERCIO SOBRE
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA
REGULACIÓN LABORAL
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
PLURINACIONAL
¿Qué principios deben de seguirse al diseñarse la
regulación laboral efectiva?
ØLa legislación debe establecer la universalidad de aplicación de
la norma en toda relación laboral independiente del tipo de
empleador que establezca el vínculo laboral.
ØLa legislación debe establecer el principio de ningún tipo de
discriminación en su aplicación por ejemplo una discriminación
de genero en caso que las leyes establecen beneficios una
reducción en las ofertas de empleo a mujeres de determinada
edad.
ØLa legislación debe establecer la libertad contractual del
empleador como del propio trabajador dadas las condiciones del
mercado y las preferencias de los individuos.
•Una parte muy importante de las relaciones de trabajo en Bolivia
y América Latina se dan de manera informal, en el sentido que
los trabajadores se ocupan sin ninguna protección social. El
trabajador no accede a un seguro de salud, o no está
adecuadamente protegido ante accidentes de trabajo
•
PROPUESTAS DE LA CAMARA
NACIONAL DE COMERCIO SOBRE
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA
REGULACIÓN LABORAL
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
PLURINACIONAL
ØDebe notarse que los trabajadores estarán
racionalmente más dispuestos a pagar por un
beneficio, si es que perciben que su contribución está
directamente atada al beneficio que reciben. Por ello
las políticas publicas relacionadas a los seguros de salud
de corto y largo plazo deben dar la certeza que se recibirá
el beneficio por el que se esta pagando.
ØLa legislación debe apuntar a que más trabajadores
tengan beneficios (principio de universalidad).
Ø
ØComo consecuencia de lo anterior, la protección no
puede pretender otorgar beneficios que la
productividad de los factores, las condiciones
económicas en general y las preferencias de los
trabajadores no permitan sostener el sistema de manera
integral.
ØDeben de conocerse los efectos ulteriores de la
aplicación de la ley en el mercado de trabajo, por
ejemplo, su efecto sobre la inversión y el crecimiento.
Ø
•
PROPUESTAS DE LA CAMARA
NACIONAL DE COMERCIO SOBRE
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA
REGULACIÓN LABORAL
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
PLURINACIONAL
ØLa legislación laboral deberá buscar la creación
de más fuentes de empleo y inversión utilizando
mecanismos de incentivo tributario por ejemplo
menor tasa impositiva IUE, al las empresas que
han generado mayor empleo o inversión, podría
genera una postura de mucho más compromiso
social.
ØLa legislación debe estar diseñada de modo que
se promueva el aumento de la productividad.
Ø
ØEl aumento de la productividad según las reglas
del mercado, es el principal mecanismo para
aumentar los salarios.
ØLa legislación debe ser establecida bajo el
principio del Tripartismo para que pueda ser
mejorada, y adecuada en caso que se detecten
efectos imprevistos no deseados.
•
• Recomendaciones
1. Jornada de trabajo, descansos y horas extras
• Establecer la jornada de trabajo en un máximo de 48 horas a la semana, dejando a las
Partes fijar los días de descanso de acuerdo a sus necesidades. Incluir a las
mujeres en este mismo tratamiento para que no exista discriminación.
• No trabajar más de 5 horas continuas durante una jornada, debiendo haber un
descanso de media hora como mínimo.
• El uso de horas extras debe estar sujeto al acuerdo entre partes, las cuales no
deben exceder de un máximo de 4 horas al día.
• Con relación al trabajo nocturno(Se entiende por trabajo nocturno el que se
realice de 24:00 a 06:00 am) se debe establecer un trabajo máximo de 7 horas
reconociendo sobrecargas del 10% del salario básico, pues ello implicaría la
posibilidad de trabajar sin el descanso necesario.
• Respecto a los trabajos insalubres y peligrosos se debe reconocer un recargo de 35%
del salario básico.(no total ganado)
2. Descanso semanal y vacaciones
• Establecer una vacación equivalente a lo estipulado por la ley General
del Trabajo actualmente vigente es decir con un máximo de 30
días en la escala según los años de servicio.(de 1 a 5 -15 días de 5 a
10- 20 días y de 10 en adelante 30 días).
• Eliminar el recargo por trabajar los domingos y sábados
pasadas las 13 horas, reconociendo sólo las horas
extraordinarias.
3. Remuneraciones, primas anuales, tratamiento de la mujer
ü
ü La prima anual se debe dejar como está establecida en la
actual Ley, pero su pago debe reglamentarse mejor. La
planilla correspondiente a la prima anual no puede pasar
de 25% de las utilidades netas, si el monto de la planilla
es superior a este límite se debe pagar en forma
proporcional a los trabajadores.
ü Sobre el bono de antigüedad, se deben uniformizar los
criterios (actualmente son tres salarios mínimos
nacionales en el área industrial y sobre uno en el área
de Comercio y Servicios, pero en la práctica se aplican
diferentes bases de cálculo).
ü
ü Eliminar todas las normas de excepción sobre las
condiciones de remuneración, como es el caso de los
trabajadores de transporte aéreo, dejando que éstas estén
sujetas a acuerdos entre partes.
ü
ü El subsidio de lactancia debe desvincularse del concepto de salario
mínimo nacional y se debe establecer de manera científica y
técnica de acuerdo a valores nutricionales establecido por la
entidad competente.
ü
ü Con relación a las salas cuna y guarderías, establecer que las empresas
tienen la obligación de proveer éstas cuando existan como mínimo 20
niños entre los hijos de los Empleados (en lugar del número de
trabajadores como es actualmente).
ü Eliminar la jornada femenina de trabajo menor que la de los hombres,
asimismo la norma que determina que no se puede contratar personal
femenino más allá del 45% del total del personal y la prohibición
para contratar mujeres en las minas. Todas estas normas discriminan al
sexo femenino.
ü
ü Mantener la obligación de las empresas de financiar la
infraestructura de las escuelas primarias en el área rural cuando tengan
más de 25 trabajadores; la operatividad educativa estará a cargo
del Estado.
ü Las empresas que mantienen campamentos con más de 200 trabajadores
deben garantizar el acceso a la atención de salud mediante seguros
delegados o a través de la Caja Nacional de Salud. Asimismo, deben
mantener postas sanitarias para primeros auxilios.
4. Remuneraciones, primas anuales,
tratamiento de la mujer
5 Contratos a plazo, subcontratos y ascensos
ü
ü Eliminar en los subcontratos, la responsabilidad solidaria y
cualquier otra con los trabajadores de la subcontratista,
salvo que exista acuerdo entre partes.
ü Derogar la norma que restringe los contratos a plazo a tareas
que no son propias de la Empresa. Al respecto, debe existir la
posibilidad de contratar empleados a plazo fijo o por
temporada.
ü Eliminar las disposiciones que prohíben el funcionamiento de
agencias privadas de empleo, se debe reglamentar su buen
funcionamiento y una tuición del Ministerio de Trabajo.
ü La norma deberá permitir y regular los diferentes tipos de contratos
laborales como ser: por horas, por temporada, eventual, a
plazo fijo y contratos de obra entre otros.
ü
ü La relación laboral entre el trabajador y el empleador se inicia bajo
los preceptos de libertad contractual.
•
6. Terminación de los contratos de trabajo
Disminuir el período de preaviso de tres meses a un mes tanto del empleador como del trabajador.
Como un principio de preservar los valores que debe respetar el trabajador, se deben mantener las
disposiciones establecidas en los artículos 16 de la ley vigente y 9 de su Reglamento.
Se deberá pagar una justa indemnización en los casos de despido que se encuentren fuera de los preceptos
de los artículos 16 y 9 antes mencionados
7 Organizaciones sindicales
ü Mantener las normas de afiliación y desafiliación voluntaria a sindicatos, federaciones y
confederaciones.
ü Aumentar de 20 a 50 el número mínimo de trabajadores para la constitución de un
Sindicato. En las empresas con más de 100 trabajadores se pueden formar más de un
sindicato en forma voluntaria. En las empresas con menos de 50 trabajadores se debería
formar una comisión negociadora, cuyos integrantes deberían gozar de fuero
sindical durante el período de negociación.
ü Revisar la disposición que establece que los acuerdos surgidos de contrato colectivo no sólo
obligan a quienes lo han celebrado, sino también obliga a los que se adhieren a él
por escrito o se incorporan al sindicato una vez establecido el contrato.
ü Reglamentar el quórum para las reuniones en que el sindicato trate aspectos como su
constitución, disolución, establecimiento y reforma de sus estatutos internos.
ü Establecer que los dirigentes sindicales pueden ser reelegidos en sus cargos como
máximo por una sola vez de manera continua y reglamentar que los representantes de
federaciones y confederaciones sean dirigentes salidos de base.
ü
ü Derogar la declaratoria en comisión de dirigentes sindicales con el pago del 100% de sus
salarios a cargo de la empresa. Asimismo, establecer que el pago de las declaratorias
en comisión esté a cargo de las organizaciones sindicales.
ü Definir que los dirigentes sindicales gocen del fuero sindical a partir de la fecha de su elección
y no como ocurre actualmente a partir de la fecha del reconocimiento que efectúa la
Dirección del Trabajo.
•
8. Negociación colectiva y huelga
Para evitar la intervención del Estado en los procesos
de negociación colectiva y los conflictos laborales
se debe aplicar los alcances de la Ley de Arbitraje
y Conciliación. Asimismo, es necesaria que la creación
de la instancia arbitral sea compatible con la Constitución
Política del Estado.
9. Promoción del empleo
La legislación laboral deberá buscar la
creación de más fuentes de empleo e inversión,
utilizando mecanismos de incentivo tributario. Si el
incremento de la planilla dentro del año de gestión fiscal,
debido a la contratación de nuevo personal permanente, el
empleador (empresa) recibirá un incentivo tributario
porcentual entre 2, 4, 6, 8 hasta 10% según la cantidad
de empleados contratados por año.
10. Promoción de la capacitación del trabajador
La legislación debe establecer que el empleador
destine recursos anualmente a la capacitación de
sus trabajadores utilizando para ello un mecanismos de
incentivo tributario que debiera consistir en que el 50%
del gasto efectivamente realizado por el
empleador vaya con cargo al pago del impuesto a
las transacciones.
Conclusión
•
• Si bien la ley general del trabajo actual, al parecer no regula muchos
aspectos, esta se ve complementada por distintos decretos
supremos que hoy en día no son de conocimiento de todos, y
que muchas veces genera un proceso dentro del Ministerio de
Trabajo que acaba en el cobro de multas con base ha diversos
decretos supremos, que incluso son contradictorios, es urgente
que se realice una verdadera codificación de la materia laboral.
•
• Los Principios que este documento establecen pueden ayudar a
un debate positivo y mejorando la legislación laboral
nacional.
•
• El establecer mas incentivos, no solo para trabajadores, sino
también para empleadores, pero siempre en el marco de la
igualdad, ya que hoy en día el trabajador no es el más débil sino
el goza de mayor protección.
• Creemos que el documento aprobado por ambas Comisiones
tendrá un valor singular , para el posicionamiento propositivo de
nuestra entidad, si así lo aprueba el Directorio.
•
Agradecemos su
atención

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Principios fundamentales de la regulación laboral en Bolivia

  • 1. DIRECTORIO CAMARA NACIONAL DE COMERCIO LUNES 23 DE MAYO DE 2011 PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA REGULACIÓN LABORAL Dr. Jose Eduardo Romero Frías
  • 2. ORDEN DEL DIA § Análisis Económico de la Situación Laboral § Síntesis del Documento “PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA REGULACIÓN LABORAL” § Principios § Recomendaciones § Conclusión
  • 3. DIRECTORIO CAMARA NACIONAL DE COMERCIO LUNES 23 DE MAYO DE 2011 ANALISIS ECONOMICO DE LA SITUACION LABORAL Gerencia General Subgerencia Económica Asesoría Jurídico Legal Lic. José Endara SUBGERENTE ECONOMICO Y COMERCIO EXTERIOR a.i. CAMARA NACIONAL DE COMERCIO
  • 4. CONDICIONES DE TRABAJO SEGÚN SU ACTIVIDAD BOLIVIA: CONDICIÓNDEACTIVIDAD, 2005 - 2010 CONDICIÓNDEACTIVIDAD 2008 2009 2010 TOTAL 10.021.225 10.220.752 10.419.481 Población en Edad de No Trabajar (PENT) 2.400.481 2.448.275 2.495.879 Población en Edad de Trabajar (PET) 7.620.744 7.772.477 7.923.602 Población Económicamente Activa (PEA) 4.924.525 5.022.575 5.120.231 Ocupados (PO) 4.666.972 4.759.894 4.852.443 Desocupados (PD) 257.553 262.681 267.788 Cesantes (C) 175.419 178.912 182.390 Aspirantes (A) 82.134 83.769 85.398 Población Económicamente Inactiva (PEI) 2.696.219 2.749.902 2.803.370 Temporales (T) 836.906 853.570 870.166 Permanentes (P) 1.859.313 1.896.333 1.933.204 Fuente: Elaboración CNC-SECEcon datos del INE, Encuesta Continua de Hogares
  • 5. ACTIVIDAD LABORAL PoblaciónTotal PT 10.419.481 Poblaciónen Edad de Trabajar PET 7.923.602 Población Económicamente Activa PEA 5.120.231 PoblaciónOcupada PO 4.852.443 PoblaciónDesocupada PD 267.788 PoblaciónCesante PC 182.390 PoblaciónAspirante PA 85.398 PoblaciónEconómicamente Inactiva PEI 2.803.370 PEI Temporal PEIT 870.166 PEI Permanente PEIP 1.933.204 Poblaciónen Edad de No Trabajar PENT 2.495.879
  • 6.
  • 7.
  • 8.
  • 9. Encuesta Trimestral de Empleo (ETE): Se realiza en ciudades del eje troncal y anualmente para todas las ciudades capitales, más la ciudad de El Alto.
  • 10.
  • 11.
  • 12.
  • 13. DIRECTORIO CAMARA NACIONAL DE COMERCIO LUNES 23 DE MAYO DE 2011 PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA REGULACIÓN LABORAL Gerencia General Subgerencia Económica Asesoría Jurídico Legal Dr. José Eduardo Romero Frías ASESOR JURIDICO LEGAL CAMARA NACIONAL DE COMERCIO
  • 14. Síntesis de la Propuesta• • Tiene como partes una introducción que contiene una visión de lo sucedió con las diversas reformas laborales que se dio en Bolivia durante varios años. • Posteriormente conceptualizar lo que se entiende por derecho del trabajo desde el punto de vista de los juristas y la jurisprudencia emitida. • Seguidamente se realiza un análisis sobre la necesidad de la sistematización de las normas jurídicas debido a que estas se encuentran dispersas que existe incluso contradicción. • Se analiza el Anteproyecto de ley que presenta el Ministerio de Trabajo, se hace una minuciosa critica, se evidencia que en la legislación laboral actual, no se toma en cuenta a los servidores públicos, en cuanto al derecho a la sindicalización del que gozan todos los trabajadores, u otros derechos como el desahucio o la indemnización, quinquenio u otros. •
  • 15. Síntesis de la propuesta • Sabemos que la actual Constitución Política del Estado es proteccionista y establece una serie de preceptos a favor de todos los trabajadores y trabajadoras, • • También se establece que toda disposición que sea de índole laboral será de cumplimiento obligatorio para todos.(Allí se fortalece la postura del documento en cuanto a la informalidad). • Se habla también de un Anteproyecto de ley que tiende a plasmar lo determinado por la Constitución Política del Estado: como la imprescriptibilidad de los derechos laborales e incluye varios aspectos que ya contempla la actual Ley General del Trabajo. Se realiza criticas especificas • • Se establece que principios y lineamientos debiera seguir la reforma laboral para concluir con las recomendaciones a distintos puntos que elegimos como los mas importantes
  • 16. Se establece que :La reforma laboral debe estar acompañada de una serie de cambios de normativas especificas, por ejemplo, normas para la atracción de inversiones, la promoción de la Mipymes, para generar un impacto de desarrollo económico que tenga efecto en la generación de empleo digno y permanente, que logre disminuir el número de trabajadores que integran el sector informal. vPor ello, para encarar una reforma debe realizarse una serie de profundas reflexiones y cuestionamientos que surgen en torno a la reformas, su profundidad, su alcance y a su necesidad respondiendo si: v ¿Es la reforma indispensable y necesaria en qué sentido?? v ¿En qué grado?; v ¿A qué costo? v ¿Qué cosas debemos modificar y que debemos mantener? v ¿Que deberíamos perseguir con la reforma?. •El trabajo es una condición de existencia del hombre. La persona puede dedicarse al desarrollo de la profesión, industria, comercio, o cualquier otra actividad que más le acomode, siempre y cuando no esté impedido por determinación judicial, no se ataquen derechos de terceros, no se viole una resolución de gobierno dictadas en términos de ley o no se ofendan los derechos de la sociedad.
  • 17. PROPUESTAS DE LA CAMARA NACIONAL DE COMERCIO SOBRE PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA REGULACIÓN LABORAL CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL ¿Qué principios deben de seguirse al diseñarse la regulación laboral efectiva? ØPrevio encarar una reforma legislativa laboral debe efectuarse un análisis costo beneficio y de oportunidad. ØLos objetivos de que se persiguen un marco legal deben de ser claros, fácticos, axiológicos y reglamentarios. ØLa regulación debe orientarse a asegurar un balance, de modo tal que los derechos fundamentales de los trabajadores estén protegidos y el empleador tenga la certeza de que cumpliendo el marco legal razonablemente equitativo, estará también protegido, permitiendo un funcionamiento adecuado del mercado de trabajo. (Capital = Mano de obra) justo equilibrio. ØAequitas praefertur rigori.- Es preferible la equidad al rigor; Iustitia est constants et perpetua voluntas ius suum cuique tribuere.- (La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo) ØEl Estado debe establecer con claridad el marco de competencias administrativas y jurisdicción de los Órganos estatales relacionados con la legislación del Derecho laboral. ØEl Estado debe tener claro cuales son las imperfecciones de mercado que se quiere resolver, por ejemplo la informalidad o el paralelismo de una Ley del Funcionario Público.
  • 18. PROPUESTAS DE LA CAMARA NACIONAL DE COMERCIO SOBRE PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA REGULACIÓN LABORAL CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL ¿Qué principios deben de seguirse al diseñarse la regulación laboral efectiva? ØLa legislación debe establecer la universalidad de aplicación de la norma en toda relación laboral independiente del tipo de empleador que establezca el vínculo laboral. ØLa legislación debe establecer el principio de ningún tipo de discriminación en su aplicación por ejemplo una discriminación de genero en caso que las leyes establecen beneficios una reducción en las ofertas de empleo a mujeres de determinada edad. ØLa legislación debe establecer la libertad contractual del empleador como del propio trabajador dadas las condiciones del mercado y las preferencias de los individuos. •Una parte muy importante de las relaciones de trabajo en Bolivia y América Latina se dan de manera informal, en el sentido que los trabajadores se ocupan sin ninguna protección social. El trabajador no accede a un seguro de salud, o no está adecuadamente protegido ante accidentes de trabajo •
  • 19. PROPUESTAS DE LA CAMARA NACIONAL DE COMERCIO SOBRE PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA REGULACIÓN LABORAL CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL ØDebe notarse que los trabajadores estarán racionalmente más dispuestos a pagar por un beneficio, si es que perciben que su contribución está directamente atada al beneficio que reciben. Por ello las políticas publicas relacionadas a los seguros de salud de corto y largo plazo deben dar la certeza que se recibirá el beneficio por el que se esta pagando. ØLa legislación debe apuntar a que más trabajadores tengan beneficios (principio de universalidad). Ø ØComo consecuencia de lo anterior, la protección no puede pretender otorgar beneficios que la productividad de los factores, las condiciones económicas en general y las preferencias de los trabajadores no permitan sostener el sistema de manera integral. ØDeben de conocerse los efectos ulteriores de la aplicación de la ley en el mercado de trabajo, por ejemplo, su efecto sobre la inversión y el crecimiento. Ø •
  • 20. PROPUESTAS DE LA CAMARA NACIONAL DE COMERCIO SOBRE PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA REGULACIÓN LABORAL CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL ØLa legislación laboral deberá buscar la creación de más fuentes de empleo y inversión utilizando mecanismos de incentivo tributario por ejemplo menor tasa impositiva IUE, al las empresas que han generado mayor empleo o inversión, podría genera una postura de mucho más compromiso social. ØLa legislación debe estar diseñada de modo que se promueva el aumento de la productividad. Ø ØEl aumento de la productividad según las reglas del mercado, es el principal mecanismo para aumentar los salarios. ØLa legislación debe ser establecida bajo el principio del Tripartismo para que pueda ser mejorada, y adecuada en caso que se detecten efectos imprevistos no deseados. •
  • 21. • Recomendaciones 1. Jornada de trabajo, descansos y horas extras • Establecer la jornada de trabajo en un máximo de 48 horas a la semana, dejando a las Partes fijar los días de descanso de acuerdo a sus necesidades. Incluir a las mujeres en este mismo tratamiento para que no exista discriminación. • No trabajar más de 5 horas continuas durante una jornada, debiendo haber un descanso de media hora como mínimo. • El uso de horas extras debe estar sujeto al acuerdo entre partes, las cuales no deben exceder de un máximo de 4 horas al día. • Con relación al trabajo nocturno(Se entiende por trabajo nocturno el que se realice de 24:00 a 06:00 am) se debe establecer un trabajo máximo de 7 horas reconociendo sobrecargas del 10% del salario básico, pues ello implicaría la posibilidad de trabajar sin el descanso necesario. • Respecto a los trabajos insalubres y peligrosos se debe reconocer un recargo de 35% del salario básico.(no total ganado) 2. Descanso semanal y vacaciones • Establecer una vacación equivalente a lo estipulado por la ley General del Trabajo actualmente vigente es decir con un máximo de 30 días en la escala según los años de servicio.(de 1 a 5 -15 días de 5 a 10- 20 días y de 10 en adelante 30 días). • Eliminar el recargo por trabajar los domingos y sábados pasadas las 13 horas, reconociendo sólo las horas extraordinarias.
  • 22. 3. Remuneraciones, primas anuales, tratamiento de la mujer ü ü La prima anual se debe dejar como está establecida en la actual Ley, pero su pago debe reglamentarse mejor. La planilla correspondiente a la prima anual no puede pasar de 25% de las utilidades netas, si el monto de la planilla es superior a este límite se debe pagar en forma proporcional a los trabajadores. ü Sobre el bono de antigüedad, se deben uniformizar los criterios (actualmente son tres salarios mínimos nacionales en el área industrial y sobre uno en el área de Comercio y Servicios, pero en la práctica se aplican diferentes bases de cálculo). ü ü Eliminar todas las normas de excepción sobre las condiciones de remuneración, como es el caso de los trabajadores de transporte aéreo, dejando que éstas estén sujetas a acuerdos entre partes.
  • 23. ü ü El subsidio de lactancia debe desvincularse del concepto de salario mínimo nacional y se debe establecer de manera científica y técnica de acuerdo a valores nutricionales establecido por la entidad competente. ü ü Con relación a las salas cuna y guarderías, establecer que las empresas tienen la obligación de proveer éstas cuando existan como mínimo 20 niños entre los hijos de los Empleados (en lugar del número de trabajadores como es actualmente). ü Eliminar la jornada femenina de trabajo menor que la de los hombres, asimismo la norma que determina que no se puede contratar personal femenino más allá del 45% del total del personal y la prohibición para contratar mujeres en las minas. Todas estas normas discriminan al sexo femenino. ü ü Mantener la obligación de las empresas de financiar la infraestructura de las escuelas primarias en el área rural cuando tengan más de 25 trabajadores; la operatividad educativa estará a cargo del Estado. ü Las empresas que mantienen campamentos con más de 200 trabajadores deben garantizar el acceso a la atención de salud mediante seguros delegados o a través de la Caja Nacional de Salud. Asimismo, deben mantener postas sanitarias para primeros auxilios. 4. Remuneraciones, primas anuales, tratamiento de la mujer
  • 24. 5 Contratos a plazo, subcontratos y ascensos ü ü Eliminar en los subcontratos, la responsabilidad solidaria y cualquier otra con los trabajadores de la subcontratista, salvo que exista acuerdo entre partes. ü Derogar la norma que restringe los contratos a plazo a tareas que no son propias de la Empresa. Al respecto, debe existir la posibilidad de contratar empleados a plazo fijo o por temporada. ü Eliminar las disposiciones que prohíben el funcionamiento de agencias privadas de empleo, se debe reglamentar su buen funcionamiento y una tuición del Ministerio de Trabajo. ü La norma deberá permitir y regular los diferentes tipos de contratos laborales como ser: por horas, por temporada, eventual, a plazo fijo y contratos de obra entre otros. ü ü La relación laboral entre el trabajador y el empleador se inicia bajo los preceptos de libertad contractual. •
  • 25. 6. Terminación de los contratos de trabajo Disminuir el período de preaviso de tres meses a un mes tanto del empleador como del trabajador. Como un principio de preservar los valores que debe respetar el trabajador, se deben mantener las disposiciones establecidas en los artículos 16 de la ley vigente y 9 de su Reglamento. Se deberá pagar una justa indemnización en los casos de despido que se encuentren fuera de los preceptos de los artículos 16 y 9 antes mencionados 7 Organizaciones sindicales ü Mantener las normas de afiliación y desafiliación voluntaria a sindicatos, federaciones y confederaciones. ü Aumentar de 20 a 50 el número mínimo de trabajadores para la constitución de un Sindicato. En las empresas con más de 100 trabajadores se pueden formar más de un sindicato en forma voluntaria. En las empresas con menos de 50 trabajadores se debería formar una comisión negociadora, cuyos integrantes deberían gozar de fuero sindical durante el período de negociación. ü Revisar la disposición que establece que los acuerdos surgidos de contrato colectivo no sólo obligan a quienes lo han celebrado, sino también obliga a los que se adhieren a él por escrito o se incorporan al sindicato una vez establecido el contrato. ü Reglamentar el quórum para las reuniones en que el sindicato trate aspectos como su constitución, disolución, establecimiento y reforma de sus estatutos internos. ü Establecer que los dirigentes sindicales pueden ser reelegidos en sus cargos como máximo por una sola vez de manera continua y reglamentar que los representantes de federaciones y confederaciones sean dirigentes salidos de base. ü ü Derogar la declaratoria en comisión de dirigentes sindicales con el pago del 100% de sus salarios a cargo de la empresa. Asimismo, establecer que el pago de las declaratorias en comisión esté a cargo de las organizaciones sindicales. ü Definir que los dirigentes sindicales gocen del fuero sindical a partir de la fecha de su elección y no como ocurre actualmente a partir de la fecha del reconocimiento que efectúa la Dirección del Trabajo. •
  • 26. 8. Negociación colectiva y huelga Para evitar la intervención del Estado en los procesos de negociación colectiva y los conflictos laborales se debe aplicar los alcances de la Ley de Arbitraje y Conciliación. Asimismo, es necesaria que la creación de la instancia arbitral sea compatible con la Constitución Política del Estado. 9. Promoción del empleo La legislación laboral deberá buscar la creación de más fuentes de empleo e inversión, utilizando mecanismos de incentivo tributario. Si el incremento de la planilla dentro del año de gestión fiscal, debido a la contratación de nuevo personal permanente, el empleador (empresa) recibirá un incentivo tributario porcentual entre 2, 4, 6, 8 hasta 10% según la cantidad de empleados contratados por año. 10. Promoción de la capacitación del trabajador La legislación debe establecer que el empleador destine recursos anualmente a la capacitación de sus trabajadores utilizando para ello un mecanismos de incentivo tributario que debiera consistir en que el 50% del gasto efectivamente realizado por el empleador vaya con cargo al pago del impuesto a las transacciones.
  • 27. Conclusión • • Si bien la ley general del trabajo actual, al parecer no regula muchos aspectos, esta se ve complementada por distintos decretos supremos que hoy en día no son de conocimiento de todos, y que muchas veces genera un proceso dentro del Ministerio de Trabajo que acaba en el cobro de multas con base ha diversos decretos supremos, que incluso son contradictorios, es urgente que se realice una verdadera codificación de la materia laboral. • • Los Principios que este documento establecen pueden ayudar a un debate positivo y mejorando la legislación laboral nacional. • • El establecer mas incentivos, no solo para trabajadores, sino también para empleadores, pero siempre en el marco de la igualdad, ya que hoy en día el trabajador no es el más débil sino el goza de mayor protección. • Creemos que el documento aprobado por ambas Comisiones tendrá un valor singular , para el posicionamiento propositivo de nuestra entidad, si así lo aprueba el Directorio. •

Notas del editor

  1. Este cuadro presenta las condiciones de trabajo según su actividad que se desagrega en el cuadro sinóptico siguiente.
  2. La población en edad de trabajar son 7,9 millones de los cuales el PEA representa 5,1 millones, asimismo los ocupados son el 94% y los desocupados son el 5%.
  3. De toda la PEA el 21% esta afiliada a las AFPs (un millones), de todos estos hay 545 mil cotizantes efectivos o activos que representan el 42%.
  4. De toda la Población Ocupada el 57% esta en el Sector Familiar en menor medida esta la empresarial y semiempresarial con el 17% y el 13,6% respectivamente.
  5. El INE realiza esta encuesta cada trimestre solo en el eje troncal. Como se observa en el cuadro el sector Comercio es que mas emplea a la población le sigue en orden de importancia la Industria manufacturada.
  6. La actividad que mas ocupa a las personas es la Comercio y Servicios.
  7. El sector privado es el que mas emplea.
  8. Edades de la Población Ocupada esta entre los 20 y 39 años y los desocupados entre los 20 y 29 años.