1. Este tipo de demanda es
realizada por particulares
ya que estos de alguna
manera fueron afectados
por alguna acciones
errada de órganos
integrantes del Estado.
Es una acción judicial
ejercida contra la
Republica de conformidad
a lo dispuesto en la Ley
Orgánica de
Procedimientos
Administrativos.
Esta acción debe generarse de
forma expedita de conformidad
con los Articulo 48 LOPA y
cumpliendo cabalmente con lo
establecido en el Articulo 49 de la
misma Ley.
Demanda contra la Republica.
2. Se da inicio por medio de
una demanda realizada de
conformidad con el
Articulo 340 del CPC.
Se procede a determinar que
tribunal es Competente de
conformidad con el Articulo 5 de
la Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Justicia.
La admisión de
esta demanda
se realizara al
tercer día de
despacho
siguientes, de
haberse
presentado en
la Sala Político
Administrativa.
Si se presento en la jurisdicción ordinaria, el Juez
se pronunciara sobre la admisión.
Corresponde ahora
el momento de la
Citación, la cual se
hará de oficio.
Cumplido el lapso de los 15
días después de la citación,
corresponde al Procurador
General ejercer la
Contestación de la demanda
Luego del emplazamiento para la
contestación, corresponde
aperturar el Lapso Probatorio, de
conformidad con lo establecido en
el C.P.C y C.C.
Para la admisión o no de las pruebas
se establece un lapso de 03 días de
despacho siguientes a la presentación
de las misma
Procedimiento en primera
instancia
3. • En caso de ser admitida, se abre un
lapso de 15 días de despacho
siguientes para formalizar la apelación
de forma escrita
Admisión o
inadmisibilidad del
expediente
• Recurso de apelación en un solo
efecto por ante la Sala Político
Administrativo. (dentro de los 03 días
siguientes)
• Asignación del Magistrado
Ponente (03 días siguientes a la
admisión)
• Tendrá 03 días seguidos a
partir de su designación para
evaluar el expediente.
• Confirmación reforma o revocatoria
del fallo correspondiente. (15 días
hábiles desde la presentación de la
apelación)
• Contestación de la apelación. (05 días
de despacho)
Apelación
• Sentencias
Definitivas
• Sentencias
Interlocutorias
• Promoción de
Pruebas (05 días)
• Admisión de
Pruebas (03 días de
despacho)
Procedimiento en segunda instancia
4. • Si es inadmitida se
oye en ambos efectos
• Si se admite se
oye en un solo
efecto
Apelación (03 días
siguientes)
• Evacuación de pruebas
(15 días de despacho)
• 15 días de Prorroga
• Presentación de informes
(10 días siguientes)
• Sentencia (30 días
después de la presentación
de informes)
• 30 días de Prorroga
5. DEMANDA CONTRA EL ESTADO
En este caso, las
sentencias que dictan
los jueces son
declarativas.
El Estado no es condenado, sino
obligado a cumplir con la
petición del particular
reconocido en la sede judicial
por la vía administrativa.
Algunas de las
responsabilidades del
Estado son:
• Responsabilidad por
falta de servicio: El
Estado es responsable
por los daños causados
por prestar servicios
públicos irregulares.
• Responsabilidad por
faltas personales: El
agente es responsable
frente a los
administrados.
• Responsabilidad directa y
objetiva: El Estado responde por
los daños derivados de actos
lícitos e ilícitos, realizados por
sus funcionarios, sin necesidad
de que los daños se produzcan
por culpa o dolo.
• Responsabilidad del estado: Es el caso
de las faltas cometidas por algún órgano
del Estado para con los particulares o a
cosas de su propiedad.
6. Ejemplo caso practico
Demanda contra el estado
Juan Pérez conduce su camión 350 (cargado de bloques) por la vía
Intercomunal duaca, y este cae en un hueco, perdiendo o dañando el
tren delantero y demás, así que Juan al momento de visualizar las
perdidas (traslado de los bloques y la restauración del camión) decide
interponer demanda en contra del Estado, por la mala vialidad de las
calles y por daños y perjuicios ocasionados.