Este documento describe el proceso para presentar una demanda contra la República o el Estado en Venezuela. Explica que los ciudadanos pueden demandar si son afectados por actividades del gobierno y que los casos pueden ser presentados primero en una Corte Primaria y luego en la Corte de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia. También detalla los pasos del proceso incluyendo la admisión de la demanda, citación, contestación, pruebas, informes, observaciones y sentencia. Finalmente, explica las bases para demandar al Estado
2. Fundamento Constitucional
CRBV Artículo 140. “El Estado responderá patrimonialmente por los daños que
sufran los o las particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre
que la lesión sea imputable al funcionamiento de la administración pública.”
Contra la República
Esta es ejercida por particulares que son afectados por alguna
actividad realizada por órganos pertenecientes a está.
3. Puede darse
Primera Instancia
Corte Primaria en lo Contencioso
Administrativo
Segunda Instancia
Corte de lo Contencioso Administrativo
del Tribunal Supremo de Justicia
Ley Orgánica de Procedimientos
Administrativos
El artículo 48 da inicio por parte interesada mediante solicitud escrita o de
oficio
4. Demanda
• Requiere que el oficio cumpla con los requisitos establecidos en el
artículo 49 LOPA ; ejusdem 340 CPC.
Admisión
• Dentro de los 3 días de despacho al haber recibido el
expediente debe pronunciarse la admisibilidad o
inadmisibilidad de ello.
Citación
• Se hará en persona del procurador general, de oficio al que se le
anexa la copia del libelo y documento del demandante. Rigiéndose
por el CPC; Puede darse cuestiones previas.
5. Contestación
• Vencido 15 días de la citación comienzan a contar 20 días de
despacho. El Procurador podrá contestar la demanda.
Lapso Probatorio
• Una vez transcurrido el plazo para la contestación, se abre el
lapso abierto para pruebas por 15 días. Las pruebas admisibles
según lo establecido en el CC y CPC.
Admisión de las Pruebas
• Concluido el lapso probatorio, dentro de los siguientes 3 días
podrán convenir u oponer. Podrá apelarse alguna prueba por la parte
interesada, esta tendrá efecto devolutivo.
6. Evacuación de las pruebas
• Admitidas las pruebas se contaran 30 días para la evacuación. En caso
que las pruebas deban evacuarse fuera del juicio deberá constar en auto
Informes
• A 15 días siguientes del vencimiento del lapso de pruebas.
Observaciones
• A 8 días después de haberse presentado los informes se
presentaran las observaciones.
Autos para mejor proveer
• En lapso de 15 días el Juez podrá dictar un auto para mejor proveer
7. Sentencia
Se dicta dentro de los siguientes 60 días, ya dictada está debe
notificarse al tribunal que haya conocido de la causa le corresponderá la
ejecución de la sentencia o de cualquier acto que tenga fuerza de
sentencia.
8. Admisión
• Al recibo del expediente, dentro de los siguientes 3 días se
pronunciara su admisibilidad o inadmisibilidad
Formulación de Apelación
• Dentro de los 15 días de despacho se podrá formular por
escrito la apelación, detallando la explicación sobre los hechos y
fundamentos en los que se basan.
Contestación
• A los 5 días podrá contestarse .
9. Lapso de Promoción
• Se abren 5 días de despacho para promover. Admitidas solo las
establecidas en el artículo 19 LOTSJ
Auto de admisión
• El juzgado tiene 3 días de despacho para dar decisión.
Admisión e Inadmisión
• De ser admitida se escuchara un solo efecto.
• De ser inadmitida se escuchara ambos efectos.
Evacuación de Pruebas
• Abriéndose 15 días para evacuar las pruebas admitidas.
10. Prorroga de la Evacuación de Pruebas
• Puede extenderse a 15 días más.
Informes
• Dentro de los 10 días siguientes se presentaran los informes
de manera oral
11. Sentencia
Se dicta dentro de los siguientes 30 días, prorrogable llegando a 60
días. El Tribunal Supremo de Justicia podrá dictar medidas
cautelares si es necesario para garantizar el derecho.
12. Déficit y Responsabilidades
• Falta de servicio
• Faltas personales
• Tercera etapa
• Responsabilidad Precontractual
• Responsabilidad Contractual
• Responsabilidad Extracontractual
Contra el Estado
Puede darse la demanda contra el Estado por déficit a sus
obligaciones o faltar a sus responsabilidades.
13. Falta de servicio
El Estado debe ser responsable por la irregularidad de los
servicios públicos
Faltas personales
El Estado es responsable frente a los problemas a los
administrados.
Tercera Etapa
Debe responder por los daños originados por el orden
público.
14. Responsabilidad Precontractual
Manifiesta un comportamiento previo acuerdo ya pactado
Responsabilidad Contractual
Manifestada al momento que se ejecute o incumpla con el
contrato
Extracontractual
Manifestada por alguna función de un acto administrativo o
acto judicial, afectando a los administrados.