SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 76
Descargar para leer sin conexión
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE
LOS HALLAZGOS DE AUDITORÍA
VINCULADOS CON LOS SUPUESTOS
GENERADORES DE
RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA.
EJEMPLOS Y ELEMENTOS DE
PRUEBA.
Fac. Mcs Melitza Castillo
¿QUÉ ES UN HALLAZGO?
Un hallazgo es un ACTO, HECHO u
OMISIÓN contrario a una disposición
legal, sublegal o técnica detectado en
una auditoría y surgen en el proceso
de comparar lo que debería ser con lo
que es.
Art. 4 NGAE (22-05-13)
¿Cuáles son sus elementos?
Criterio
Causa Efecto
Condición
Art.33 NGAE (22-05-13)
VINCULACIÓN DE LOS
HALLAZGOS DE AUDITORÍA
CON LOS SUPUESTOS
GENERADORES DE
RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA
CONTEMPLADOS EN EL ART.
91 DE LA LOCGRSNCF
1) Inobservancia total o parcial del procedimiento de
licitaciones. (Art. 91, ord. 1º)
 
Se aplica en: 
a.-  Adquisición de bienes; 
b.-  Contratación de obras;  
c.-  Contratación de servicios. 
 
Artículo 91:  “Sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal, y 
de  lo    que  dispongan  otras  Leyes,  constituyen  supuestos 
generadores  de  responsabilidad  administrativa  los  actos, 
hechos u omisiones que se mencionan a continuación
 
ordinal 1º. La adquisición de bienes, la contratación de obras o 
de servicios, con inobservancia total o parcial del procedimiento 
de selección 
de  contratistas  que  corresponda,  en  cada  caso,  según  lo 
previsto en la  Ley de Licitaciones o en la normativa aplicable.” 
Este  supuesto  está  destinado  a  fomentar  la 
transparencia en la selección de los contratistas en la 
administración pública, excluyendo toda otra normativa 
destinada  a  regular  la  selección  de  contratistas 
realizada  por  cualquier  órgano  o  ente  de  la  admón 
pública, para de esa manera evitar posibles colusiones 
con la finalidad de imponer precios mediante el cobro 
de comisiones por parte de los funcionarios públicos y 
los  particulares.  Por  ello  basta  con  que  la 
inobservancia sea parcial, inclusive de un trámite que 
se  considere  esencial  en  el  marco  del  procedimiento 
licitatorio,  para  que  se  configure  el  supuesto,  y  es 
obvio  que  los  sujetos  pasivos  de  la  infracción  deben 
tener atribuida la competencia para administrar bienes 
públicos.
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES
VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO
Ejemplo 1): La no realización del procedimiento de
licitación o de contratación, según corresponda.
(Incumplimiento total).
 
Ejemplo 2): Adjudicación Directa sin haberse realizado
el acto motivado (Incumplimiento parcial)
 
Ejemplo 3): Adjudicación Directa y correspondía un
procedimiento de licitación selectiva (Incumplimiento
parcial)
 
Ejemplo 4): El incumplimiento de las formalidades
establecidas en el pliego de licitación.
(Incumplimiento parcial)
 
Se evidenció que la Contraloría del estado XXX
durante el año 2006, adjudicó directamente el
Contrato de Servicio S/Nº de fecha 01-06-2006, por
Bs.F. 190.000,00, equivalente a XX U.T.destinado al
“Suministro de víveres, carnes y alimentos al
comedor de los trabajadores”.
Al respecto, el numeral 1 artículo 72 de la derogada
Ley de Licitaciones, aplicable para esa fecha,
señalaba lo siguiente: “Debe procederse por
Licitación Selectiva: 1. En el caso de la adquisición
de bienes o contratación de servicios, si el contrato
a ser otorgado es por un precio estimado desde mil
cien unidades tributarias (1.100 UT.) y hasta once
mil unidades tributarias (11.000 U.T.)”. En
concordancia con lo establecido en el citado numeral
5 del artículo 38 de la Ley Orgánica de la Contraloría
General de la República y del Sistema Nacional de
Control Fiscal. Dicha situación se originó por la
inexistencia del Comité de Licitaciones para ese
entonces. Lo que trajo como consecuencia que se
dejaran de considerar ofertas más favorables para
los intereses de los trabajadores y que permitiera
Elementos probatorios:
Expediente de licitación o de contratación. 
Ordenes de compras o de servicios, según sea el 
caso.
Contrato para la adquisición de bienes o de 
servicios, según sea el caso.
comprobante de la recepción de los bienes o 
materiales, o de ser el caso de un servicio, la 
Certificación del  mismo.
Facturas de las empresas que suministraron los 
bienes o servicios.
Orden de pago y Comprobante del cheque
Acto motivado en caso de ser adjudicación directa 
y en caso de la inexistencia del Acto motivado en un 
Elementos probatorios:
Expediente de licitación o de contratación. 
Ordenes de compras o de servicios, según sea el 
caso.
Contrato para la adquisición de bienes o de 
servicios, según sea el caso.
comprobante de la recepción de los bienes o 
materiales, o de ser el caso de un servicio, la 
Certificación del  mismo.
Facturas de las empresas que suministraron los 
bienes o servicios.
Orden de pago y Comprobante del cheque
Acto motivado en caso de ser adjudicación directa 
y en caso de la inexistencia del Acto motivado en un 
2) Omisión, retardo, negligencia o imprudencia en la preservación del
patrimonio público (Art. 91, ordinal 2º)
Artículo 91 ordinal 2º: “La omisión, retardo, negligencia o imprudencia en la
preservación y salvaguarda de los bienes o derechos del patrimonio de un ente
u organismo de los señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de esta
Ley.
Los entes indicados según la ley son los siguientes:
a.- Los órganos y entidades que ejercen el Poder Público Nacional;
b.- Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del
Poder Público Estadal;
c.- Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del
Poder Público en los Distritos y Distritos Metropolitanos;
d.- Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del
Poder Público Municipal y en las demás entidades locales
previstas en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal;
e.- Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del
Poder Público en los Territorios Federales y las Dependencias
Federales;
f.- Los institutos autónomos nacionales, estadales, distritales y
municipales;
g.- El Banco Central de Venezuela;
h.- Las universidades públicas, y;
i.- Las demás personas de derecho público nacionales, estadales, distritales y
municipales.
La  omisión,  retardo  o  negligencia  se 
evidenciará si se comprueba por ejemplo que 
hubo un retraso injustificado en la entrega de 
medicinas a los centros hospitalarios y éstas 
se vencen.
En  el  caso  de  la  imprudencia,  esta  se 
comprueba  con  la  falta  de  precaución,  por 
ejemplo,  depositar  los  fondos  del  organismo 
en un banco insolvente con alta probabilidad 
de  ser  intervenido.  En  estos  casos  se 
produce  un  daño  al  patrimonio  público,  pero 
igual en caso que no se materialice el daño el 
solo  incurrir  en  las  conductas  señaladas 
configuraría el supuesto.
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES
VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO
 Ejemplo 1): Bienes del ente.
 
Omisión: Que los bienes no se encuentran
amparados por una póliza de seguros.
Retardo: El no asegurar los bienes
oportunamente.
Negligencia: Que los bienes estén dañados o
parcialmente operativos.
Imprudencia: Hacer uso de un bien de
manera irresponsable.
En el Parque Automotor de la Policía Estadal XXX, se encuentran un
total de Treinta y Un (31) bienes muebles dañados y deteriorados, en
estado de abandono e inservibles los cuales no han procedido a ser
desincorporados (ver anexo x)
Al respecto, la Publicación N° 20 “Instrucciones y Modelos para la
Contabilidad Fiscal de los Estados de la República”, Gaceta Oficial N°
2.681 Extraordinario de fecha 31-10-1980, contempla que:
Desincorporación de Bienes. (…) “Se registrará por los siguientes
conceptos…
56. Inservibilidad: Este concepto de desincorporación incluye la avería
total por inservibilidad y otras causas similares. A tal efecto es
necesario la previa y expresa autorización escrita de la superioridad
correspondiente.
57. Deterioro: Se utilizará en los casos de daños o averías parciales, en
que haya un valor de salvamento. Se afectarán las cuentas por el valor
total de los bienes deteriorados, con los mismos requisitos previstos en
el numeral anterior, y el valor de salvamento será cargado a la cuenta
correspondiente. (También se puede utilizar como criterio el artículo 10
de las NGCI)
La situación antes expuesta se originó por cuanto no están asignadas ni
segregadas las funciones y responsabilidades del control, registro y
resguardo de los bienes muebles.
Situación que restringe la obtención de información cierta, unificada y
sistemática a los fines de elaborar el inventario definitivo de bienes
muebles. Sin dejar de mencionar que el abandono y deterioro de los
bienes pudieran ocasionar daños al patrimonio público, limitándose, a
tal efecto, los principios de transparencia, responsabilidad y rendición
de cuentas que deben prevalecer en la administración pública, según lo
Elementos probatorios:
 Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad
 Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas responsables de los 
bienes. 
 Fecha de Cese en los cargos de la máxima autoridad así como de las personas  que tengan 
bajo su custodia dichos bienes, de ser el caso en que se esté auditando un ejercicio fiscal 
anterior.
 Reglamento Interno, Manuales de Normas y Procedimientos y/o algún instrumento normativo, 
donde se especifique quienes son las personas encargadas de la custodia de los bienes de 
que se trate, por ejemplo muchas veces las funciones aparecen descritas en el Registro de 
Información de Cargos.
 Inventario de bienes. (Debidamente firmado y sellado por la persona competente al efecto)
 Acta de Inspección física de los bienes.
 Registro fotográfico de la Inspección. (En caso de ser fotos proporcionadas por el Ente: indicar 
la fuente de las fotografías, deben tener por lo menos el sello de la dependencia respectiva); si 
fuere el caso, video de seguridad.
 Manual Descriptivo de Clases de Cargos, Manual de Normas y procedimientos.
 Documento de asignación del bien al funcionario, certificación de cargo.
 Órdenes de compras, facturas y voucher de cheques, dependiendo del caso.
 En el caso de que sean bienes perecederos o de vencimiento deberá constar mediante acta o 
instrumento escrito la fecha de adquisición, tramitación y recepción de los bienes; esta 
información deberá ser suministrada por el ente auditado o por el proveedor en su defecto. 
Demostrar el descuido observado por el funcionario responsable quien a sabiendas de la 
propiedad de deterioro de los bienes, no les dio el uso debido o el destino que correspondía. 
Elementos probatorios:
 Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad
 Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas responsables de los 
bienes. 
 Fecha de Cese en los cargos de la máxima autoridad así como de las personas  que tengan 
bajo su custodia dichos bienes, de ser el caso en que se esté auditando un ejercicio fiscal 
anterior.
 Reglamento Interno, Manuales de Normas y Procedimientos y/o algún instrumento normativo, 
donde se especifique quienes son las personas encargadas de la custodia de los bienes de 
que se trate, por ejemplo muchas veces las funciones aparecen descritas en el Registro de 
Información de Cargos.
 Inventario de bienes. (Debidamente firmado y sellado por la persona competente al efecto)
 Acta de Inspección física de los bienes.
 Registro fotográfico de la Inspección. (En caso de ser fotos proporcionadas por el Ente: indicar 
la fuente de las fotografías, deben tener por lo menos el sello de la dependencia respectiva); si 
fuere el caso, video de seguridad.
 Manual Descriptivo de Clases de Cargos, Manual de Normas y procedimientos.
 Documento de asignación del bien al funcionario, certificación de cargo.
 Órdenes de compras, facturas y voucher de cheques, dependiendo del caso.
 En el caso de que sean bienes perecederos o de vencimiento deberá constar mediante acta o 
instrumento escrito la fecha de adquisición, tramitación y recepción de los bienes; esta 
información deberá ser suministrada por el ente auditado o por el proveedor en su defecto. 
Demostrar el descuido observado por el funcionario responsable quien a sabiendas de la 
propiedad de deterioro de los bienes, no les dio el uso debido o el destino que correspondía. 
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES
VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO
 Ejemplo 2): Derechos del ente (La no ejecución de
una fianza u otro derecho)
 
Omisión: El no hacer valer derechos adquiridos por el
ente, inacción de exigir el cumplimiento de los mismos.
Retardo: El no hacer valer oportunamente cualquier
derecho adquirido por el ente.
Negligencia: Hacer valer deficientemente los
derechos adquiridos por el ente, por ejemplo ejercer
una acción o recurso distinto al que debió incorporarse
y ello diere ocasión a la pérdida del valor del referido
derecho.
Elementos probatorios:
Letras de cambio, cheques, contratos, fianzas, pólizas de 
seguros, y/o cualquier otro instrumento que permitan inferir la 
existencia efectiva y real de un derecho, crédito o acreencia a 
favor del ente.
Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de 
las personas responsables de la salvaguarda de esos 
derechos.
Registro de Información de los cargos de los funcionarios 
encargados de hacer valer los referidos derechos.
Documentación que refleje la materialización del daño 
económico, por ejemplo la imposibilidad de exigir el 
cumplimiento de un determinado derecho.
Elementos probatorios:
Letras de cambio, cheques, contratos, fianzas, pólizas de 
seguros, y/o cualquier otro instrumento que permitan inferir la 
existencia efectiva y real de un derecho, crédito o acreencia a 
favor del ente.
Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de 
las personas responsables de la salvaguarda de esos 
derechos.
Registro de Información de los cargos de los funcionarios 
encargados de hacer valer los referidos derechos.
Documentación que refleje la materialización del daño 
económico, por ejemplo la imposibilidad de exigir el 
cumplimiento de un determinado derecho.
3) Insuficiencia de Garantías
Contractuales (falta o insuficiencia de
caución. (art. 91 ordinal 3º)
 
Artículo  91  ordinal  3º:  “No  haber  exigido  garantía  de  quien 
deba prestarla o haberla aceptado insuficientemente”
Ejemplo1):  Los  funcionarios  encargados  de  la  custodia  y 
manejo  de  fondos  o  bienes  públicos  asignados  al  ente  no 
presentaron  caución.  Ejemplo 2):  Que  el  ente  haya 
contratado una obra y no haya exigido la presentación de la 
fianza de fiel cumplimiento
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES
VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO
Ejemplo1): Los funcionarios encargados de la custodia y manejo de
fondos o bienes públicos asignados al ente no presentaron caución.
 
Elementos probatorios:
 
Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las
personas responsables de la administración y de los bienes.
En caso de que hayan cesado en los referidos cargos, solicitar
documentación que compruebe la renuncia, remoción y/o destitución,
indicando la fecha. (esto último en los casos en que la certificación de
cargos no lo señale).
Normativa que establece la obligatoriedad de presentar tal caución.
Aparte de la norma legal general, esta obligación puede estar prevista
en un reglamento interno, resolución organizativa y/o manuales de
normas y procedimientos)
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES
VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO
Ejemplo 2): Que el ente haya contratado una obra y no haya exigido la
presentación de la fianza de fiel cumplimiento.
 
Elementos probatorios:
 
Contrato de obra.
Respuesta por parte del ente auditado, donde se exprese la inexistencia de la
fianza de fiel cumplimiento y Acta fiscal donde se deje constancia de tal situación
Órdenes de pago, facturas si las hubiere, Recibos (en caso de anticipo) y vouchers
de los cheques.
Solicitudes de pago a cuenta y valuaciones de obra ejecutada
Hojas de mediciones suscritas por el ingeniero inspector y el ingeniero residentes.
Acta de Inspección de obras de este Organismo Contralor suscrita con el ente
Memoria Fotográfica de la Inspección.
Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas por parte
del ente, que suscriben los siguientes documentos: el contrato, las valuaciones,
Solicitudes de pago a cuenta, órdenes de pago y comprobantes de cheques.
4) Celebración de contratos con los
entes públicos directamente o por
interpuesta persona. (art. 91 ord 4º)
 
Artículo  91  ordinal  4º:  “La  celebración  de 
contratos  por  funcionarios    públicos,  por 
interpuesta  persona  o  en  representación 
de  otro,  con  los    entes  y  organismos 
señalados  en  los  numerales  1  al  11  del 
artículo  9  de    esta  Ley,  salvo  las 
excepciones que establezcan las Leyes.” 
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE
SU PU ESTO
Ejemplo: Cuando la persona facultada para contratar en nombre de un ente
lo hace con una empresa, de la cual es accionista o guarda algún interés
personal en la misma. (Tiene alguna relación familiar con dicha empresa)
 
Elementos probatorios:
 
Nombramiento en Gaceta Oficial y/o Certificación de Cargos (con indicación expresa de la
dirección y fecha de cese en el cargo de ser el caso) de la máxima autoridad, presidente o del
administrador, según sea de quien se trate, también puede darse el caso de que el contrato lo
realice algún otro funcionario de alto nivel dentro del órgano o ente.
Contrato, orden de compra u orden de servicio.
Documentación de cualquier tipo que evidencie que una de las partes es un funcionario público
y la otra forma parte del ente auditado; o la contratación de persona alguna que mantenga
determinada relación con el funcionario público, del que se presume un interés determinado en
la contratación (testaferros, accionistas).
En el caso de interpuesta persona, se deben recabar los datos filiatorios solicitados al SAIME (el
modelo debe ser suministrado por el abogado de la comisión), y/o algún otro instrumento al cual
tenga acceso el auditor que demuestre la filiación, por ejemplo las partidas de nacimiento y
actas de matrimonio que muchas veces se encuentran insertas en los expedientes de personal,
en el caso de que el vínculo sea familiar.
Acta constitutiva de la empresa o proveedor del bien o servicio y/o algún otro instrumento
jurídico que demuestre el interés que pueda tener el funcionario en la contratación realizada.
Ordenes de compras, facturas, órdenes de pago y comprobantes de cheques, dependiendo del
caso.
 
5) Utilización de bienes o
trabajadores públicos para fines
personales. (art. 91, ord 5º)
Artículo 91 ordinal 5º: “La utilización en
obras o servicios de índole particular,
de trabajadores, bienes o recursos que
por cualquier título estén afectados o
destinados a los entes y organismos
señalados en los numerales 1 al 11 del
artículo 9 de esta Ley.”
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE
SU PU ESTO
Ejemplo: Los funcionarios que utilizan a los trabajadores,
vehículos o maquinarias de la Institución para servicios
particulares o personales.
 
Elementos probatorios:
 
Actas, entrevistas o cuestionarios, mediante los cuales se
deje constancia de que han sido utilizados los trabajadores,
vehículos o maquinarias de la Institución para servicios
particulares o personales. (Importante es que de todo se deje
constancia en el Acta Fiscal, puesto que es un documento con
mayor valor probatorio).
Documentos que determinen la afectación de los bienes,
propiedad del ente, utilizados para fines particulares.
Registro fotográficos (con indicación expresa de la fuente).
Facturas o comprobantes si fuere el caso.
6) Expedición ilegal de documentos.
(art. 91 ord. 6º)
Artículo 91 ordinal 6º: “La expedición ilegal 
o  no  ajustada  a  la  verdad  de  licencias, 
certificaciones,  autorizaciones, 
aprobaciones,  permisos  o  cualquier  otro 
documento  en  un  procedimiento 
relacionado  con  la  gestión  de  los  entes  y 
organismos señalados en los numerales 1 
al 11 del artículo 9 de esta Ley, incluyendo 
los que se emitan en ejercicio de funciones 
de control.” 
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE
SU PU ESTO
Ejemplo: La certificación de documentos falsos, o por quien no tiene la
competencia, así como aquellas certificaciones emitidas sin cumplir los
extremos legales
 
Elementos probatorios:
 La evidencia física del documento certificado
Normativa que determine la incompetencia del funcionario que emitió la
certificación
Nombramiento en Gaceta Oficial y/o Certificación de Cargos de la persona
que suscribió la certificación. (Indicación expresa de la fecha y motivos del
cese, cuando sea el caso).
Nombramiento y funciones de la persona que suscribió la certificación,
publicadas en Gaceta Oficial
En caso de que sea una función delegada, la Gaceta Oficial donde se le
atribuya la facultad para certificar documentos.
Nombramiento y funciones de la persona que tiene la competencia para la
certificación, publicadas en Gaceta Oficial
Normativa que especifique cuales son los requisitos para obtener o expedir
el documento cuestionado
 
7) Ordenación de pago por obras o servicios no
ejecutados y por prestaciones, utilidades,
bonificaciones y otros conceptos de forma ilegal.
(Falsa ordenación de pagos). (art. 91 ord 7º)
 
Artículo 91 ordinal 7º: “la ordenación de pagos por
bienes, obras o servicios no suministrados,
realizados o ejecutados, total o parcialmente, o no
contratados, así como por concepto de prestaciones,
utilidades, bonificaciones, dividendos, dietas u otros
conceptos, que en alguna manera discrepen de las
normas que las consagran. En estos casos la
responsabilidad corresponderá a los funcionarios
que intervinieron en el
procedimiento de ordenación del pago por cuyo
hecho, acto u omisión se haya generado la
irregularidad.
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE
SU PU ESTO
A.- Ordenación de pagos por bienes, obras o servicios no
suministrados total o parcialmente, o no contratados:
Ejemplo 1): Vehículo pagado por anticipado en un 40% y no fue
suministrado por causas justificadas o no.
 
Elementos probatorios:
 Contrato u orden de compra, según sea el caso.
Orden de pago, vouchers de los cheques y factura del anticipo.
Fianza del anticipo, de no existir se debe levantar Acta Fiscal.
Cuestionario y documentación soporte donde se deje constancia de
las razones por las cuales no ha sido suministrado el bien.
Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las
personas que suscriben el contrato, la orden de compra y el cheque
del anticipo otorgado.
Acta Fiscal en la cual se deje constancia del pago anticipado del bien,
no obstante a la fecha del Acta, éste no ha sido suministrado.
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE
SU PU ESTO
Ejemplo 2): Obras no ejecutadas total o parcialmente y se hayan
cancelado u otorgado un anticipo.
Elementos probatorios:
 Contrato de obra.
Órdenes de pago, facturas si las hubiere, Recibos (en caso de anticipo) y
comprobantes de los cheques.
Solicitudes de pago a cuenta y valuaciones de obra ejecutada.
Hojas de mediciones suscritas por el ingeniero inspector y el ingeniero
residentes.
Acta de Inspección de obras de este Organismo Contralor suscrita con el
ente en donde se deje constancia de la obra no ejecutada, de ser el
caso.
Memoria Fotográfica de la Inspección.
Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las
personas por parte del ente, que suscriben los siguientes documentos: el
contrato, las valuaciones, solicitudes de pago a cuenta, órdenes de pago
y comprobantes de cheques.
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE
SU PU ESTO
Ejemplo 3): Servicio de mantenimiento a 30 computadoras y
en el ente solo hay 10 equipos de computación.
 
Elementos probatorios:
 
Contrato u orden de servicios, según sea el caso.
Certificación de Servicios, en caso de no existir, levántese Acta
Fiscal.
Facturas de la empresa que suministro el servicio.
Orden de pago y Voucher del cheque
Inventario de bienes
Acta Fiscal donde se deje constancia del hecho.
Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las
personas que suscribieron el contrato, orden de servicios, de
pago y cheques.
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE
SU PU ESTO
Ejemplo 4): Contratación para la elaboración de manuales
que no fueron culminados.
Elementos probatorios:
 
Contrato u orden de servicios, según sea el caso.
Certificación de Servicios, en caso de no existir, levántese
Acta Fiscal.
Facturas de la empresa que suministro el servicio.
Orden de pago y Voucher del cheque
Acta Fiscal donde se deje constancia del hecho.
Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos
de las personas que suscribieron el contrato, orden de
servicios, de pago y cheques.
 
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE
SU PU ESTO
B.- Ordenación por concepto de prestaciones, utilidades, bonificaciones,
dividendos, dietas u otros conceptos, que en alguna manera discrepen de
las normas que las consagran:
 Ejemplo 1): Bonificaciones especiales que no están establecidas en la ley,
ni en ninguna normativa vigente, que hayan sido otorgados de manera
discrecional, sin base de cálculo, ni motivación expresa y soportada de la
asignación. (Las bonificaciones establecidas legalmente son: vacaciones,
aguinaldos y desempeño, entre otras)
 Elementos probatorios:
Normativa aplicable.
Nóminas del personal que le fue abonada la bonificación y su
documentación soporte, base de cálculo y motivación.
Órdenes de pago, comprobantes de cheques, recibos de pago y
comunicaciones al banco donde se ordene abonar a las cuentas de
nómina.
Nombramiento en Gaceta Oficial y/o certificación de cargos de las
personas que suscribieron las Órdenes de pago, comprobantes de cheques,
recibos de pago y comunicaciones al banco donde se ordene abonar a las
cuentas de nómina. ( Buscar norma de rango legal o sublegal que
establezca las funciones del funcionario que ordeno el pago)
 
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE
SU PU ESTO
B.- Ordenación por concepto de prestaciones, utilidades,
bonificaciones, dividendos, dietas u otros conceptos,
que en alguna manera discrepen de las normas que las
consagran:
Ejemplo 2): Pago de Dietas, siendo el caso de legisladores que no
hayan asistido a las sesiones y se la hayan pagado las dietas
correspondientes.
 
Elementos probatorios:
 
Libro de asistencia a las sesiones
Actas y minutas de sesiones ordinarias y/o extraordinarias
Reglamento de Interior y de Debates
Nóminas
Documentación soporte de los pagos de dietas a los legisladores,
detallada por fechas.
Nombramiento en Gaceta Oficial o certificación de cargos de las
personas que suscribieron la documentación de pago de las
dietas.
EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE
SU PU ESTO
B.- Ordenación por concepto de prestaciones,
utilidades, bonificaciones, dividendos, dietas u otros
conceptos, que en alguna manera discrepen de las
normas que las consagran:
Ejemplo 3): Prestaciones pagadas de una manera distinta a la
prevista en la ley.
 
Elementos probatorios:
 
Base de cálculo de la unidad de recursos humanos
Normativa legal aplicable
Orden de pago, voucher del cheque.
Expediente del trabajador.
Nombramiento en Gaceta Oficial o certificación de cargos de las
personas que suscribieron la documentación soporte del pago.
 
(Endeudamiento a espaldas de la normativa
legal). (Art. 91 ord. 8º)
 
Artículo  91  ordinal  8:  “El  endeudamiento  o  la 
realización de operaciones de crédito público con 
inobservancia  de  la  Ley  Orgánica  de  la 
Administración  Financiera  del  Sector  Público  o 
de  las  demás  Leyes,  reglamentos  y  contratos 
que  regulen  dichas  operaciones  o  en 
contravención  al  plan  de  organización,  las 
políticas,  normativa  interna,  los  manuales  de 
sistemas  y  procedimientos  que  comprenden  el 
control interno”. 
Ejemplo: Realizar operaciones de crédito público
que abarquen un ejercicio fiscal posterior al de la
vigencia de la contratación, sin la previa
autorización establecida en el art.79 LOAFSP.
 
Elementos probatorios:
 
Documentación de las operaciones de créditos
LOAFSP.
Comunicaciones u oficios referentes a las
autorizaciones requeridas por la ley.
Nombramiento en Gaceta Oficial o certificación de
cargos de las personas que suscribieron la
documentación soporte del crédito y de las
autorizaciones.
9) Falta de control previo. (art. 91, ord 9º)
Artículo 91 ordinal 9º: “La omisión del control previo”.
Este supuesto generador de responsabilidad administrativa se
configura, bien que se omita el control previo del compromiso,
bien que se omita el control previo del pago.
Se trata de comprobar que la admón. activa le haya dado
cumplimiento al art 38 de la LOCGRSNCF. En el caso que no se
cumpla al menos con uno de los elementos, como por ejemplo
que no se haya cumplido con la debida disponibilidad
presupuestaria y cuando se vaya a realizar el pago se
compruebe dicha situación. En este caso si se configura el
supuesto, pues el funcionario dejó de constatar uno de los
elementos esenciales para el logro de la finalidad del control
previo antes enunciada, esto es garantizar la ejecución correcta
del presupuesto de gastos y evitar cualquier sobregiro que
sería lo que ocurriría ante la obra terminada, por ejemplo, sin
disponibilidad presupuestaria, que de todas maneras deberá ser
pagada por la administración para no incurrir en un
enriquecimiento sin causa.
En relación al artículo 38 de la LOCGRSNCF en su
primer aparte, que establece: que se deberá
garantizar que antes de proceder a la adquisición
de bienes o servicios o a la elaboración de
contratos que implique un compromiso financiero, los
responsables se aseguren de lo siguiente:
 
Que el gasto este correctamente imputado a la
correspondiente partida de presupuesto (a la partida
genérica )
 
Ejemplo: Que se adquiera un bien y sea imputado
por otra partida genérica diferente a la establecida en
el clasificador presupuestario.

 Elementos probatorios:
  
 Orden de compra y/o contrato para la adquisición del bien
 Orden de pago, comprobante de egreso y factura, así como cualquier
otra documentación que demuestre la imputación realizada.
 Ejecución presupuestaria consolidada y detallada a la fecha de la
adquisición.
 Clasificador Presupuestario vigente a la fecha de la adquisición.
 Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad y del
Presidente.
 Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las
personas que suscriben el contrato y/o la orden de compra, para el
caso en que no se establezcan las funciones en la gaceta de
nombramiento, solicitar la normativa sublegal que las estipulen.
 Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las
personas responsables de la ejecución presupuestaria del ente.


 Que exista disponibilidad presupuestaria:
  
 Ejemplo: Que se contrate a una empresa para la prestación de un servicio antes
de que sea aprobado el presupuesto correspondiente o que en la partida
correspondiente la disponibilidad presupuestaria sea menor en relación al
compromiso asumido.
  
 Elementos probatorios:
  
 Orden de compra, servicio y/o contrato para la adquisición del bien, o cualquier
otro documento que demuestre el compromiso adquirido sin la debida
disponibilidad.
 Ejecución presupuestaria consolidada y detallada a la fecha de la adquisición.
 Traspasos Presupuestarios y Créditos Adicionales Aprobados
 Clasificador Presupuestario vigente
 Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad y del presidente, de ser
el caso.
 Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que
suscriben el contrato y/o la orden de compra
 Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas
responsables de la ejecución presupuestaria del ente.

 Que se hayan previsto las garantías necesarias y
suficientes:
  
 Ejemplo: Que se contrate la ejecución de una obra y se
cancele un anticipo sin requerir a la contratista la debida
garantía (Fianza de Anticipo) o Contratar un servicio sin
contar con un documento legal que establezca las
obligaciones de las partes.
  
 Elementos probatorios:
  
 Contrato u orden de servicio
 Documento de fianza de fiel cumplimiento y de anticipo, en caso
de no existir, levante Acta Fiscal.
 Documentos donde conste la existencia de las garantías exigidas.
 Órdenes de pago, facturas y vouchers de cheques
 Valuaciones (en caso de obras)
 Acta Fiscal dejando constancia de los hechos.
 Que los precios sean justos y razonables, salvo
excepciones de ley:
  
 Ejemplo: La Adquisición de algún bien o servicio con
un precio notablemente superior al mercado.
  
 Elementos probatorios:
  
 Expediente de licitaciones o contrataciones públicas,
dependiendo del ejercicio fiscal.
 Análisis de precios, cotizaciones y presupuestos, de no existir
levante Acta Fiscal dejándose constancia de tal situación y
proceda a obtener tal documentación directamente de los
proveedores del mercado.
 Órdenes de pago, facturas y comprobantes de cheques
 Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las
personas que hayan intervenido en todo el proceso de
selección o adjudicación.
 Que se haya cumplido con la ley de licitaciones
y demás leyes aplicables.
  
 Expediente de licitaciones o contrataciones públicas,
dependiendo del ejercicio fiscal.
 Órdenes de pago, facturas y vouchers de cheques.
 Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima
Autoridad (Junta Directiva) y Presidente del ente.
 Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de
cargos de las personas que hayan intervenido en
todo el proceso de selección o adjudicación.
  
 Nota: Caso del administrador o cualquier otro
funcionario que tenga la facultad de ordenar
pagos.
 En relación al artículo 38 de la LOCGRSNCF en su segundo aparte,
que En relación al artículo 38 de la LOCGRSNCF en su segundo
aparte, que establece: asimismo se deberá garantizar que
establece: asimismo se deberá garantizar que antes de proceder a
realizar pagos, los responsables se aseguren de lo siguiente:
  
  
 Que se haya dado cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias:
  
 Ejemplo: El caso en que el Ente otorgue al contratista para la realización de
una obra un anticipo superior al 50% del monto total de la misma. Véase
artículos 104 y 105 de la Ley de Contrataciones Pública.
  
 Elementos Probatorios:
 Contrato u orden de servicio y/o cualquier otro documento que señale el monto total
de la obra.
 Órdenes de pago, facturas y vouchers de cheques, donde conste la cantidad que se
otorgó por concepto de anticipo.
 Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad
 Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que
suscriben el contrato y los documentos justificativos del pago.
  
Que esté debidamente imputado a créditos presupuestarios o a créditos
adicionales:
 
Ejemplo: Que se adquiera un bien o se contrate un servicio y aunque la partida
presupuestaria se corresponda con la naturaleza del gasto, la partida genérica o
subespecífica no esté contemplada en el presupuesto aprobado del ente. (Un
caso específico puede ser las Donaciones otorgadas sin estar creada la partida
4.07)
 
 
 Elementos probatorios:
 
Presupuesto aprobado en Gaceta Oficial
Ejecución presupuestaria consolidada y detallada del presupuesto para la fecha
de haberse comprometido, causado y pagado el gasto efectuado por la donación
Orden de compra, servicio o contrato
Clasificador Presupuestario vigente a la fecha.
Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad y Presidente, de ser el
caso.
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que
suscriben el contrato, orden de compra o servicios.
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas
responsables de la ejecución presupuestaria del ente.

 


Que exista disponibilidad presupuestaria:
 
 Ejemplo: Que se contrate a una empresa para la prestación de un
servicio antes de que sea aprobado el presupuesto correspondiente o que
en la partida correspondiente la disponibilidad presupuestaria sea menor
en relación al compromiso asumido.
 
 Elementos probatorios:
 
Orden de compra y/o contrato para la adquisición del bien
Ejecución presupuestaria consolidada y detallada a la fecha de la
adquisición.
Traspasos Presupuestarios y Créditos Adicionales Aprobados
Clasificador Presupuestario vigente
Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas
que suscriben el contrato y/o la orden de compra
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas
responsables de la ejecución presupuestaria del ente.
 

 Que se realicen para cumplir compromisos ciertos y
debidamente comprobados:
  
 Ejemplo: Que se adquiera un bien o servicio mediante los
documentos adecuados para efectuar el compromiso.
  
  
 Elementos probatorios:
  
 Orden de compra y/o contrato para la adquisición del bien
 Ejecución presupuestaria consolidada y detallada a la fecha de
la adquisición.
 Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de
las personas que suscriben el contrato y/o la orden de compra
  
  

 Que correspondan a créditos efectivos de sus titulares
  
  
 Ejemplo: que se efectúe el pago a una persona distinta de
aquella con la cual se contrajo el compromiso.
  
 Orden de compra, de servicio y/o contrato para la adquisición
del bien
 Certificación de Servicios, en caso de no existir, levántese Acta
Fiscal.
 Facturas de la empresa que suministro el servicio.
 Orden de pago y comprobante del cheque.
 Copia de la cédula de la persona que retiro el pago.

  
  
10) Incumplimiento de metas fijadas en los programas o
proyectos (falta de planificación e incumplimiento de las metas).
(art 91, ord 10º)
Artículo 91 ordinal 10º: “La falta de planificación, así como el
incumplimiento injustificado de las metas señaladas en los
correspondientes programas o proyectos”.
Para que se configure este supuesto es suficiente con que el
ente carezca del plan que está previsto en el artículo 35 de la
LOCGRSNCF. Pero si existe el plan, pero se constata a través de
los indicadores correspondientes que las metas no han sido
logradas, el OCF deberá evaluar las causas que impidieron su
consecución. Por supuesto que si las causas son injustificadas,
la conducta del administrador encuadrará en este supuesto;
pero perfectamente puede ocurrir que la falta de logro de las
metas esté totalmente justificada.

Ejemplo: Inexistencia de planes operativos o incumplimiento
de las metas establecidas en el POA, programas o proyectos,
es decir, no hay equivalencia entre lo planificado y lo
ejecutado.
 
 Elementos probatorios:
 
Plan Operativo Anual
Informes de gestión y de evaluaciones de la gestión
Documentación soporte de la ejecución o no ejecución de las
metas
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargo de la
Máxima Autoridad y/ o cualquier otro funcionario encargado de
manera expresa de la ejecución de algún programa o proyecto
en especifico.
Normativa que señale las funciones y atribuciones de las
personas que intervienen en la supervisión y ejecución de los
programas y proyectos.
 
 
11) Afectación de ingresos sin liquidarlos o enterarlos
al tesoro, salvo excepciones. (art. 91 ord 11º)
 
Artículo 91 ordinal 11º: “La afectación específica de ingresos 
sin liquidarlos o enterarlos al Tesoro o patrimonio del ente u 
organismo de que se trate, salvo las excepciones 
contempladas en las Leyes especiales que regulen esta 
materia”. 
 
Este supuesto se configura cuando el órgano o ente afecte 
los recursos en forma específica sin enterarlos al tesoro o 
patrimonio del ente, para determinados gastos en el tesoro 
público, o para gastos distintos a los previstos en el 
presupuesto, en el caso del patrimonio del ente. 

Ejemplo: No se efectuó el reintegro correspondiente a los
remanentes de fondos, existentes en las cuentas al cierre
del ejercicio fiscal y los utilizó para cancelar gastos de
funcionamiento.
 
Elementos probatorios:
 
Estados de cuenta
Ejecución presupuestaria al cierre del ejercicio
Documentación donde conste el reintegro efectivo de los
fondos. Levantar Acta Fiscal en el caso de inexistencia.
Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos
de los cuentadantes.
 
 
 
12) Compromisos sin autorización legal o presupuestaria,
salvo situaciones de emergencia. (Art. 91 ord 12º)
 
Artículo 91 ordinal 12º: “efectuar gastos o contraer compromisos 
de cualquier naturaleza que puedan afectar la responsabilidad de 
los entes y organismos señalados en los numerales 1 al 11 del 
artículo 9 de esta Ley, sin autorización legal previa para ello, o sin 
disponer  presupuestariamente  de  los  recursos  necesarios  para 
hacerlo;  salvo  que  tales  operaciones  sean  efectuadas  en 
situaciones  de  emergencia  evidentes,  como  en  casos  de 
catástrofes  naturales,  calamidades  públicas,  conflicto  interior  o 
exterior  u  otros  análogos,  cuya  magnitud  exija  su  urgente 
realización,  pero  informando  de  manera  inmediata  a  los 
respectivos órganos de control fiscal, a 
fin  de  que  procedan  a  tomar  las  medidas  que  estimen 
convenientes, dentro de los límites de esta Ley.” 

A)Realización de gastos o adquisición de compromisos sin disponibilidad
presupuestaria
 
El supuesto generador de responsabilidad administrativa objeto de nuestro
examen, se configurará cuando esté plenamente demostrado que los gastos
efectuados o los compromisos contraídos, por parte del funcionario
competente, no contaban con la disponibilidad presupuestaria para hacerlos.
Nótese además que esta modalidad del supuesto de responsabilidad
administrativa, se configura cuando en el presupuesto del órgano no existe
una partida con la correspondiente previsión presupuestaria, para por
ejemplo, la construcción de un inmueble, o sencillamente existiendo, para el
momento en que se adquiere el compromiso se haya agotado, es decir, ya ha
sido ejecutada totalmente.
Realización de gastos o adquisición de compromisos sin la respectiva
autorización legal:
  
 Desde luego, que debe tratarse de una autorización prevista expresamente en el instrumento normativo o contractual, y basta que falte la misma, es decir, que no sea emanada del órgano competente, para que una vez contraído el compromiso o realizado el
gasto se configure el supuesto generador de responsabilidad administrativa.
 
 Realización de gastos o adquisición de compromisos sin la respectiva autorización legal:
  
 Desde luego, que debe tratarse de una autorización prevista expresamente en el instrumento normativo o contractual, y basta que falte la misma, es decir, que no sea emanada del órgano competente, para que una vez contraído el compromiso o realizado el
gasto se configure el supuesto generador de responsabilidad administrativa.
 

B)Realización de gastos o adquisición
de compromisos sin la respectiva
autorización legal:
 
Desde luego, que debe tratarse de una
autorización prevista expresamente en
el instrumento normativo o contractual,
y basta que falte la misma, es decir, que
no sea emanada del órgano
competente, para que una vez
contraído el compromiso o realizado el
gasto se configure el supuesto
generador de responsabilidad
administrativa.  

Efectuar gastos o contraer compromisos sin autorización
legal previa para ello:
 Se refiere a la competencia, el supuesto de realizar pagos o
comprometer el presupuesto de un ente u organismo, sin
estar designado para el ejercicio del cargo.
 Ejemplo: Funcionarios públicos que suscriben órdenes de
compras, servicios, pagos o cheques sin estar designado
para ejercer el cargo o que entre sus funciones no se
encuentre establecida tal actividad.
 
 Elementos de Prueba:
 
Nombramiento y designación donde se establezcan las
atribuciones del funcionario competente publicadas en
Gaceta Oficial y del funcionario que suscribe los documentos
justificativos del gasto.
Ordenes de compras, servicios, pagos o cheques.
Ejecución presupuestaria del ente donde se evidencie la
afectación del gasto.
  

Efectuar gastos o contraer
compromisos, sin disponer
presupuestariamente de los recursos
necesarios para hacerlo;
 
 Se refiere a la disponibilidad
presupuestaria y el supuesto de
contraer un gasto o compromiso sin que
exista la suficiente disponibilidad. El
ejemplo y los elementos probatorios
pueden ser visualizados en el numeral 9
“Omisión al Control Previo”.

  

13) Manejo ilegítimo de cuentas bancarias y
sobregiro bancario (Apertura de cuentas a nombre
propio). (art. 91 ord 13º)
 
 
Artículo 91 ordinal 13º: “abrir con fondos de un ente u
organismo de los señalados en los numerales 1 al 11
del artículo 9 de esta Ley, en entidades financieras,
cuenta bancaria a nombre propio o de un tercero, o
depositar dichos fondos en cuenta personal ya abierta,
o sobregirarse en las cuentas que en una o varias de
dichas entidades tenga el organismo público confiado a
su manejo, administración o giro.”
 
Este supuesto de responsabilidad administrativa
contempla dos modalidades, la primera concerniente al
manejo ilegítimo de cuentas bancarias, y la segunda,
relativa al sobregiro bancario.

 Ejemplo: Que sea aperturada una cuenta bancaria
personal con fondos del ente, o que sean transferidos
o depositados los fondos del ente a una cuenta
personal del cuentadante o de un tercero.
 
 Elementos de Prueba:
 
Estados de cuenta
Documentos que demuestren la titularidad de la
cuenta
Cartas de transferencias o vouchers de depósitos o
cheques.
Registro foto fílmico del banco en el caso del cheque.
Nombramiento en Gaceta Oficial del cuentadante y
designación de funciones
14) Pago indebido de fondos públicos (Ilegal
disposición de los fondos o bienes). (art. 91 ord 14º)
 
Artículo 91 ordinal 14º: “El pago, uso o disposición ilegal de 
los  fondos  u  otros  bienes  de  que  sean  responsables  el 
particular  o  funcionario  respectivo,  salvo  que  éstos 
comprueben haber procedido en cumplimiento de orden de 
funcionario  competente  y  haberle  advertido  por  escrito  la 
ilegalidad  de  la  orden  recibida,  sin  perjuicio  de  la 
responsabilidad de quien impartió la orden”. 
 
Se  refiere  a  pagar  o  utilizar  los  fondos  públicos  en 
inobservancia  de  las  leyes  o  normas  que  regulan  sus 
funciones.
 

Ejemplo1): el uso de fondos de un determinado Ente u
Organismo, para fines personales, con la posterior devolución
del monto sustraído de la cuenta correspondiente.
   Elementos de Prueba:
 Anverso y reverso de los cheques
Estados de cuenta.
Registro foto fílmico
Nombramiento y designación en Gaceta Oficial y certificación de
servicio del funcionario designado como cuentadante.
 
 Ejemplo2): el pago de bonificaciones que no tengan ningún
basamento legal para su procedencia y el cual no haya sido
sujeto a aprobación por la Junta Directiva del ente.
   Elementos de Prueba:
 Nóminas del personal beneficiado
Cartas de autorización para el abono en cuenta
Normativa que se contraviene
Nombramiento y designación de funciones de los funcionarios
que autorizaron los pagos o abonos en cta.
Órdenes de pago y su respectiva documentación soporte.
 
15) Autorizar o aprobar pagos ilegales o indebidos por
parte de los miembros de un órgano colegiado (art. 91
ord. 15º)
 
Artículo  91  ordinal  15º:  “La  aprobación  o  autorización  con 
sus  votos,  de  pagos  ilegales o  indebidos,  por parte  de  los 
miembros  de  las  juntas  directivas  o  de  los  cuerpos 
colegiados  encargados  de  la  administración  del  patrimonio 
de los entes y organismos señalados en los numerales 1 al 
11 del artículo 9 de esta Ley, incluyendo a los miembros de 
los cuerpos colegiados que ejercen la función legislativa en 
los Estados, Distritos, Distritos Metropolitanos y Municipios.” 

Ejemplo: Cuando el cuerpo directivo de un ente acuerda
la cancelación de un bono por un concepto no aplicable
según la ley.
 

 Elementos de Prueba:
 
 Actas de Junta Directiva en la cual se haya aprobado o
autorizado el pago de unos bonos.
 Nóminas del personal beneficiado
 Cartas de autorización para el abono en cuenta
 Normativa que se contraviene
 Nombramiento y designación de funciones de los
funcionarios que autorizaron los pagos, así como del
abono en cta.
 Órdenes de pago y su respectiva documentación soporte.
 
16) Ocultamiento y acaparamiento de planillas y formularios. (art. 91 ord. 16º)
 
Artículo 91 ordinal 16º: “Ocultar, permitir el acaparamiento o negar injustificadamente a los 
usuarios, las planillas, formularios, formatos o especies fiscales, tales como timbres 
fiscales y papel sellado, cuyo suministro corresponde a alguno de los entes y organismos 
señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de esta Ley”. Ejemplo1) Cuando un 
funcionario niegue injustificadamente la expedición de una planilla a los usuarios 
(SENIAT).
 
Ejemplo 2) Cuando el funcionario encargado de distribución de papel sellado por ejemplo 
en una Jefatura Civil, afirme el agotamiento del papel, con el objeto de venderlo 
clandestinamente a un tercero.
 
Ejemplo 3) Cuando el funcionario encargado del suministro de estampillas, las cuales son 
especies fiscales exigidas por la ley para la tramitación de solicitudes ante la 
Administración Pública, los esconda, permita su acumulación en manos de empresas 
privadas por ejemplo, o se niegue a expedirlas injustificadamente al público destinatario de 
las mismas. Normalmente este tipo de conducta se ejecuta con el objeto de obtener un 
beneficio económico.
  
        Elementos de Prueba: 
 Denuncia de los usuarios.
Declaraciones de los testigos.
Informe de auditoría o Acta de los presuntos hechos irregulares.
Cualquier otro documento que pruebe la presunta irregularidad.
Identificación del funcionario vinculado a la distribución de planillas, formularios o especies 
fiscales de que se trate, nombramiento y designación de funciones en Gaceta Oficial.
17) Adquisición de bienes, obras y servicios suntuarios. (Art. 91 ord. 17º)
 
Artículo 91 ordinal 17º:  “La adquisición, uso o contratación de bienes, obras o 
servicios que excedan manifiestamente a las necesidades del organismo, sin 
razones que lo justifiquen”. 
 
Consiste en que los administradores de bienes públicos, a los fines de obtener 
comisiones,  suscriben contratos adquisición de bienes, la realización de obras y 
 prestación de servicios innecesarios, pese a que el objeto de los mismos 
sobrepasan las necesidades del ente u órgano respectivo.
Ejemplo 1) La compra de 50 laptops, cuando la nómina del ente es de 30   
personas, sin razones que lo justifiquen.
 
 Ejemplo 2) la contratación de servicio por concepto de agasajo navideño con un 
presupuesto para treinta (30) personas y el ente está conformado por sólo (4) 
cuatro personas. 
Ejemplo 3) Si en un hospital se requieren 10.000 dosis de antibióticos al año y 
se suscribe un contrato para la adquisición de 30.000 sin razones que lo 
justifiquen y se comprueba por ejemplo que los medicamentos comprados se 
han vencido.
18) Celebraciones y agasajos. (art. 91 ord. 18º)
 
Artículo 91 ordinal 18º: “Autorizar gastos en celebraciones y agasajos que no se 
correspondan con las necesidades estrictamente protocolares del organismo”.
 
Ejemplo:  La  Contratación  con  una  agencia  de  festejos  para  celebrar  el 
cumpleaños del Presidente del ente.
19) Negligencia en el ejercicio de acciones y derechos. (art 91 ord 19º)
 
Artículo 91 ordinal 19º: “Dejar prescribir o permitir que desmejoren acciones o 
derechos  de  los  entes  u  organismos  señalados  en  los  numerales  1  al  11  del 
artículo  9  de  esta  Ley,  por  no  hacerlos  valer  oportunamente  o  hacerlo 
negligentemente”. 
Ejemplo: 
 
Cuando  se  celebra  un  contrato  para  prestación  de  un  servicio  otorgando  la 
contratista la respectiva fianza de fiel cumplimiento la cual tiene evidentemente 
un  lapso  de  caducidad,  de  esta  forma,  una  vez  prestado  el  servicio,  se 
comprueba el incumplimiento por parte del contratista de todo o parte del objeto 
del contrato y quien tiene la competencia  para ejercer la acción para ejecutar la 
fianza  deja  transcurrir  el  lapso  de  caducidad  razón  por  la  cual  se  pierden  los 
derechos para hacer efectiva la garantía establecida.
         
20) Maniobras o artificios en los contratos. (art. 91 ord 20º)
 
Artículo 91 ordinal 20º: “El concierto con los interesados para que se produzca 
un determinado resultado, o la utilización de maniobras o artificios conducentes 
a ese fin, que realice un funcionario al intervenir, por razón de su cargo, en la 
celebración de algún contrato, concesión, licitación, en la liquidación de haberes 
o efectos del patrimonio de un ente u organismo de los señalados en los 
numerales 1 al 11 del artículo 9 de esta Ley, o en el suministro de los mismos”. 
Para que se configure el primer supuesto, en el contexto, es necesario que 
concurran los siguientes presupuestos:
 El arreglo o convenio por parte de un funcionario público con otra persona o 
personas con las que contrata.
El aprovechamiento por parte del funcionario de su cargo o de la función que 
ejerce, sin embargo, debe entenderse que no puede ser cualquier tipo de 
funcionario sino aquel que tenga encomendada la administración de bienes 
públicos, o sea, un  funcionario con capacidad de negociación o poder de 
decisión en los respectivos procedimientos de concesión, contratación pública o 
liquidación de haberes, o efectos del patrimonio público, o en el suministro de los 
mismos.
El interés del funcionario en obtener bien sea un beneficio económico o ventajas 
de otra índole representadas por la producción de un resultado determinado, 
susceptible además de producir perjuicios al patrimonio público, anteponiendo 
sus intereses personales a los de la administración.
        
Para que se configure el segundo supuesto contemplado en la norma, es
necesaria la realización de operaciones engañosas (maniobras y artificios),
las cuales conducen a presumir la existencia de una intención fraudulenta
para alcanzar un determinado fin, cuya configuración supone la
comprobación de los mismos elementos señalados anteriormente, menos
el relativo al arreglo de las partes.
Estas modalidades del supuesto generador son muy difíciles de
comprobar, por esta razón todo el énfasis de la actividad probatoria debe
ser colocado por el órgano de control fiscal en los resultados derivados de
la celebración del contrato, y básicamente a través de pruebas
testimoniales.
Ejemplo: Cuando se va realizar un procedimiento de consulta de precios,
el funcionario encargado de solicitar las 3 cotizaciones, de las 3 que debe
solicitar 2 de ellas fueron falsificadas con precios muy por encima del
mercado y entonces se pone de acuerdo con una empresa contratista
perteneciente a un sobrino para que la tercera cotización sea por debajo
del precio de las otras dos, lo cual trae como consecuencia que se
contrate a dicha empresa y una vez adjudicada la contratación a dicha
empresa la factura es por un monto más alto del precio real quedando
como consecuencia un margen de ganancia que se reparte entre ambos.
21) Actuaciones simuladas o fraudulentas. (art. 91 ord 21º)
 
Artículo 91 ordinal 21º:  “las actuaciones simuladas o fraudulentas 
en la administración o gestión de alguno de los entes y 
organismos señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de 
esta Ley”.
Ejemplo:  Un  funcionario  determinado,  el  cual  tiene  asignado  un 
vehículo  para el ejercicio de las funciones inherentes a su cargo. 
Dicho vehículo se encuentra asegurado, y al ser conducido fuera 
del horario laboral sufre un siniestro, el funcionario que lo  tiene 
bajo custodia a los efectos de cubrir su falta, en la ejecución de 
una maniobra engañosa, se pone de acuerdo con una empresa 
contratista para celebrar un contrato para simular reparaciones  
por  mantenimiento    al  referido  vehículo  que  suman  un  monto 
bastante  alto,  cuando  en  realidad  está  reparando  los  daños 
sufridos  por  el  siniestro  con  cargo  al  presupuesto  del  ente,  sin 
hacer uso de la póliza de seguro que amparaba el referido bien.
22) Empleo de fondos en finalidades diferentes a su
destino legal. (art. 91 ord 22º)
 Artículo 91 ordinal 22º: “El empleo de fondos de alguno de 
los entes y organismos señalados en los numerales 1 al 11 
del  artículo  9  de  esta  Ley  en  finalidades  diferentes  de 
aquellas a que estuvieron destinados por Ley, reglamento o 
cualquier  otra  norma,  incluida  la  normativa  interna  o  acto 
administrativo”. 
Ejemplo:  Que  un  determinado  ente  u  órgano  no  tenga 
creada  la  partida  4.07  “Donaciones”,  y  por  ende  no  tiene 
asignado  ningún  recurso  por  ley  para  realizar  este  tipo  de 
operación, sin embargo, se propone hacer una donación en 
especie,  y  compra  los  bienes  objeto  de  donación  con  los 
recursos  disponibles  en  la  partida  4.02,  “Materiales  y 
Suministros”  destinada  por  ley  para  realizar  gastos  para 
consumo y funcionamiento del propio ente, configurando así 
la  desviación  de  los  fondos  que  estaban  destinados  para 
una finalidad diferente a la cual efectivamente se aplicaron.
23) Ejecución de contratos en contradicción
con la ley u otras normas. (art. 91 ord 23º)
 
Artículo 91  ordinal 23º: “Quienes ordenen iniciar la 
ejecución  de  contratos  en  contravención  a  una 
norma legal o sublegal, al plan de organización, las 
políticas,  normativa  interna,  los  manuales  de 
sistemas  y  procedimientos  que  comprenden  el 
control interno.” 
Ejemplo: Cuando el Presidente de un ente ordene 
la  ejecución  de  un  contrato  de  obras  cuyos 
permisos para la construcción no han sido emitidos 
formalmente por la autoridad competente, es decir, 
sin contar con ellos.
24) Impedir las inspecciones o fiscalizaciones
de los órganos de control. (Art. 91 ord 24)
 
Artículo 91 ordinal 24º: “Quienes estando obligados 
a permitir las visitas de inspección o fiscalización de 
los  órganos  de  control  se  negaren  a  ello  o  no  les 
suministraren  los  libros,  facturas  y  demás 
documentos  que  requieren  para  el  mejor 
cumplimiento de sus funciones.” 
Ejemplo 1) Cuando en los entes sujetos a nuestro 
control  se  nieguen  a  dar  una  determinada 
información o documentación.
Ejemplo 2) Cuando en los entes sujetos a nuestro 
control  se  nieguen  a  permitir  la  instalación  de  la 
comisión de auditoría designada por este Organismo 
Contralor. 
25) Falta o retardo en la rendición de cuentas. (Art. 91
ord 25º)
 Artículo 91 ordinal 25º: “Quienes estando obligados a rendir 
cuenta,  no  lo  hicieren  en  la  debida  oportunidad,  sin 
justificación, las presentaren reiteradamente incorrectas o no 
prestaren las facilidades requeridas para la revisión”. 
 
Se  configura  cuando  los  funcionarios  obligados  a  rendir 
cuentas no lo hacen en la debida oportunidad, sin justificación 
para  ello,  las  presenten  reiteradamente  incorrectas  o  no 
presten las facilidades requeridas para su revisión.
  Ejemplo  1)  Cuando  el  Gobernador  o  el  presidente  del 
Consejo Legislativo no presenten en su debida oportunidad la 
memoria y cuenta de su gestión, así como aquellos que de 
conformidad  al  artículo  52  de  la  LOCGRSNCF,  manejen, 
administren  y  custodien  recursos  afectados  al  cumplimiento 
de finalidades de interés público.
26) Incumplimiento de las instrucciones de la Contraloría
General de la República. (Art. 91 ord 26º)
 
Artículo  91  ordinal  26:  “Quienes  incumplan  las  normas  e 
instrucciones  de  control  dictadas  por  la  Contraloría  General 
de la República”. 
Ejemplo:  Se  refiere  al  incumplimiento  de  las  instrucciones 
formalmente  aprobadas  por  la  Contraloría  General  de  la 
República,  tales  como:  “Las  Normas  Generales  de  Control 
Interno”,  “Normas  Generales  de  Contabilidad  del  Sector 
Público”,  Normas  Generales  de  Auditoría  de  Estado”,  entre 
otras. 
 
 
27) Designación de funcionarios inhabilitados por la
Contraloría General de la República. (Art. 91 ord. 27)
 
Artículo  91  ordinal  27º:  “La  designación  de  funcionarios  que 
hubieren  sido  declarados  inhabilitados  por  la  Contraloría  General 
de la República.” 
 
Ejemplo: Se designe como titular de un cargo a un funcionario que 
mantiene una     inhabilitación por parte de la CGR a la fecha de la 
designación.
 28) Retardo injustificado en los pagos. (Art. 91 ord. 28)
 
Artículo 91 ordinal 28º: “La retención o el retardo injustificado en el 
pago 
o en la tramitación de órdenes de pago.” 
Ejemplo:  Que  un  ente  se  retarde  en  efectuar  el  pago  a  una 
empresa que haya prestado un servicio o suministrado un bien, sin 
razones que lo justifiquen, lo cual puede derivar en acciones por 
parte del contratista en contra del ente
Cualquier otro acto contrario a norma
expresa. (Art. 91 ord 29º)
 
Artículo  91  ordinal  29º:  “Cualquier  otro  acto, 
hecho u omisión contrario a una norma legal o 
sublegal al plan de organización, las políticas, 
normativa interna, los manuales de sistemas y 
procedimientos  que  comprenden  el  control 
interno.” 
 
Ejemplo:  Cualquier  acto  u  omisión  contenido 
en una norma de rango legal o sublegal y que 
no  se  puede  subsumir  en  cualquiera  de  los 
supuestos anteriores

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Examen de la Cuenta CGR Venezuela Normas para la Formacion Rendicion Examen y...
Examen de la Cuenta CGR Venezuela Normas para la Formacion Rendicion Examen y...Examen de la Cuenta CGR Venezuela Normas para la Formacion Rendicion Examen y...
Examen de la Cuenta CGR Venezuela Normas para la Formacion Rendicion Examen y...IECSAM Edgar Mariño
 
Manual de Normas y Procedimientos de Potestad Investigativa
Manual de Normas y Procedimientos de Potestad InvestigativaManual de Normas y Procedimientos de Potestad Investigativa
Manual de Normas y Procedimientos de Potestad InvestigativaJesús Rodolfo Andrade León
 
Normas Generales de Control Interno CGR NGCI 18 febrero 2016
Normas Generales de Control Interno  CGR NGCI 18 febrero 2016Normas Generales de Control Interno  CGR NGCI 18 febrero 2016
Normas Generales de Control Interno CGR NGCI 18 febrero 2016IECSAM Edgar Mariño
 
Resumen pecados del auditor de estado
 Resumen pecados del auditor de estado Resumen pecados del auditor de estado
Resumen pecados del auditor de estadoIECSAM Edgar Mariño
 
Pecados del auditor de Estado informe de auditoria con descargos
Pecados del auditor de Estado  informe de auditoria  con descargosPecados del auditor de Estado  informe de auditoria  con descargos
Pecados del auditor de Estado informe de auditoria con descargosIECSAM Edgar Mariño
 
Aspectos Relevantes de las Normas Generales de Control Interno CGR Venezuela ...
Aspectos Relevantes de las Normas Generales de Control Interno CGR Venezuela ...Aspectos Relevantes de las Normas Generales de Control Interno CGR Venezuela ...
Aspectos Relevantes de las Normas Generales de Control Interno CGR Venezuela ...IECSAM Edgar Mariño
 
Orientaciones para la Formación y Participación de la Cuenta CGR COFAE 2015
Orientaciones para la Formación  y Participación de la Cuenta CGR COFAE 2015Orientaciones para la Formación  y Participación de la Cuenta CGR COFAE 2015
Orientaciones para la Formación y Participación de la Cuenta CGR COFAE 2015IECSAM Edgar Mariño
 
Procedimiento Administrativo Para Determinación de Responsabilidades
Procedimiento Administrativo Para Determinación de ResponsabilidadesProcedimiento Administrativo Para Determinación de Responsabilidades
Procedimiento Administrativo Para Determinación de Responsabilidadesjuanjesusacosta1
 
Examen de la Cuenta 2018 CGR Venezuela Segunda edición
Examen de la Cuenta 2018 CGR Venezuela Segunda ediciónExamen de la Cuenta 2018 CGR Venezuela Segunda edición
Examen de la Cuenta 2018 CGR Venezuela Segunda ediciónIECSAM Edgar Mariño
 
Lineamientos para la Formación y Participación de las Cuentas CMEB
Lineamientos para la Formación y Participación de las Cuentas CMEBLineamientos para la Formación y Participación de las Cuentas CMEB
Lineamientos para la Formación y Participación de las Cuentas CMEBJesús Rodolfo Andrade León
 
Bienes Publicos EMD 2019 resumen para alumnos Escuela Nacional de Fiscales
Bienes Publicos EMD 2019 resumen para alumnos Escuela Nacional de Fiscales Bienes Publicos EMD 2019 resumen para alumnos Escuela Nacional de Fiscales
Bienes Publicos EMD 2019 resumen para alumnos Escuela Nacional de Fiscales IECSAM Edgar Mariño
 
Contrato Marco, Convenio Marco,Alianza Estratégica, Comercial y Encomienda de...
Contrato Marco, Convenio Marco,Alianza Estratégica, Comercial y Encomienda de...Contrato Marco, Convenio Marco,Alianza Estratégica, Comercial y Encomienda de...
Contrato Marco, Convenio Marco,Alianza Estratégica, Comercial y Encomienda de...IECSAM Edgar Mariño
 
Comentarios a las Normas Generales de Auditoria de Estado.(Nueva Versión act...
Comentarios  a las Normas Generales de Auditoria de Estado.(Nueva Versión act...Comentarios  a las Normas Generales de Auditoria de Estado.(Nueva Versión act...
Comentarios a las Normas Generales de Auditoria de Estado.(Nueva Versión act...IECSAM Edgar Mariño
 
Aspectos fundamentales de la nueva Ley Orgánica de Bienes Públicos junio 2012
Aspectos fundamentales de la nueva Ley Orgánica de Bienes Públicos junio 2012Aspectos fundamentales de la nueva Ley Orgánica de Bienes Públicos junio 2012
Aspectos fundamentales de la nueva Ley Orgánica de Bienes Públicos junio 2012IECSAM Edgar Mariño
 
El expediente Administrativo. Contrataciones Públicas
El expediente Administrativo. Contrataciones PúblicasEl expediente Administrativo. Contrataciones Públicas
El expediente Administrativo. Contrataciones PúblicasIECSAM Edgar Mariño
 
Aspectos Relevantes de la Ley Orgánica de Bienes Públicos Iecsam Edgar Mariño...
Aspectos Relevantes de la Ley Orgánica de Bienes Públicos Iecsam Edgar Mariño...Aspectos Relevantes de la Ley Orgánica de Bienes Públicos Iecsam Edgar Mariño...
Aspectos Relevantes de la Ley Orgánica de Bienes Públicos Iecsam Edgar Mariño...IECSAM Edgar Mariño
 
Fundamentos Constitucionales y Jurídicos del Control Fiscal en Venezuela
Fundamentos Constitucionales y Jurídicos del Control Fiscal en VenezuelaFundamentos Constitucionales y Jurídicos del Control Fiscal en Venezuela
Fundamentos Constitucionales y Jurídicos del Control Fiscal en Venezuelacontroldelagestionpublica
 
Ley de Contrataciones Públicas y Control Fiscal, Autor Edgar Mariño Díaz-emar...
Ley de Contrataciones Públicas y Control Fiscal, Autor Edgar Mariño Díaz-emar...Ley de Contrataciones Públicas y Control Fiscal, Autor Edgar Mariño Díaz-emar...
Ley de Contrataciones Públicas y Control Fiscal, Autor Edgar Mariño Díaz-emar...IECSAM Edgar Mariño
 
Algunas consideraciones a tomar en cuenta en la entrega de cargos
Algunas consideraciones a tomar en cuenta en la entrega de cargosAlgunas consideraciones a tomar en cuenta en la entrega de cargos
Algunas consideraciones a tomar en cuenta en la entrega de cargosRafael Contreras
 
Normas para la formación, rendición y examen de las cuentas de los óganos del...
Normas para la formación, rendición y examen de las cuentas de los óganos del...Normas para la formación, rendición y examen de las cuentas de los óganos del...
Normas para la formación, rendición y examen de las cuentas de los óganos del...controldelagestionpublica
 

La actualidad más candente (20)

Examen de la Cuenta CGR Venezuela Normas para la Formacion Rendicion Examen y...
Examen de la Cuenta CGR Venezuela Normas para la Formacion Rendicion Examen y...Examen de la Cuenta CGR Venezuela Normas para la Formacion Rendicion Examen y...
Examen de la Cuenta CGR Venezuela Normas para la Formacion Rendicion Examen y...
 
Manual de Normas y Procedimientos de Potestad Investigativa
Manual de Normas y Procedimientos de Potestad InvestigativaManual de Normas y Procedimientos de Potestad Investigativa
Manual de Normas y Procedimientos de Potestad Investigativa
 
Normas Generales de Control Interno CGR NGCI 18 febrero 2016
Normas Generales de Control Interno  CGR NGCI 18 febrero 2016Normas Generales de Control Interno  CGR NGCI 18 febrero 2016
Normas Generales de Control Interno CGR NGCI 18 febrero 2016
 
Resumen pecados del auditor de estado
 Resumen pecados del auditor de estado Resumen pecados del auditor de estado
Resumen pecados del auditor de estado
 
Pecados del auditor de Estado informe de auditoria con descargos
Pecados del auditor de Estado  informe de auditoria  con descargosPecados del auditor de Estado  informe de auditoria  con descargos
Pecados del auditor de Estado informe de auditoria con descargos
 
Aspectos Relevantes de las Normas Generales de Control Interno CGR Venezuela ...
Aspectos Relevantes de las Normas Generales de Control Interno CGR Venezuela ...Aspectos Relevantes de las Normas Generales de Control Interno CGR Venezuela ...
Aspectos Relevantes de las Normas Generales de Control Interno CGR Venezuela ...
 
Orientaciones para la Formación y Participación de la Cuenta CGR COFAE 2015
Orientaciones para la Formación  y Participación de la Cuenta CGR COFAE 2015Orientaciones para la Formación  y Participación de la Cuenta CGR COFAE 2015
Orientaciones para la Formación y Participación de la Cuenta CGR COFAE 2015
 
Procedimiento Administrativo Para Determinación de Responsabilidades
Procedimiento Administrativo Para Determinación de ResponsabilidadesProcedimiento Administrativo Para Determinación de Responsabilidades
Procedimiento Administrativo Para Determinación de Responsabilidades
 
Examen de la Cuenta 2018 CGR Venezuela Segunda edición
Examen de la Cuenta 2018 CGR Venezuela Segunda ediciónExamen de la Cuenta 2018 CGR Venezuela Segunda edición
Examen de la Cuenta 2018 CGR Venezuela Segunda edición
 
Lineamientos para la Formación y Participación de las Cuentas CMEB
Lineamientos para la Formación y Participación de las Cuentas CMEBLineamientos para la Formación y Participación de las Cuentas CMEB
Lineamientos para la Formación y Participación de las Cuentas CMEB
 
Bienes Publicos EMD 2019 resumen para alumnos Escuela Nacional de Fiscales
Bienes Publicos EMD 2019 resumen para alumnos Escuela Nacional de Fiscales Bienes Publicos EMD 2019 resumen para alumnos Escuela Nacional de Fiscales
Bienes Publicos EMD 2019 resumen para alumnos Escuela Nacional de Fiscales
 
Contrato Marco, Convenio Marco,Alianza Estratégica, Comercial y Encomienda de...
Contrato Marco, Convenio Marco,Alianza Estratégica, Comercial y Encomienda de...Contrato Marco, Convenio Marco,Alianza Estratégica, Comercial y Encomienda de...
Contrato Marco, Convenio Marco,Alianza Estratégica, Comercial y Encomienda de...
 
Comentarios a las Normas Generales de Auditoria de Estado.(Nueva Versión act...
Comentarios  a las Normas Generales de Auditoria de Estado.(Nueva Versión act...Comentarios  a las Normas Generales de Auditoria de Estado.(Nueva Versión act...
Comentarios a las Normas Generales de Auditoria de Estado.(Nueva Versión act...
 
Aspectos fundamentales de la nueva Ley Orgánica de Bienes Públicos junio 2012
Aspectos fundamentales de la nueva Ley Orgánica de Bienes Públicos junio 2012Aspectos fundamentales de la nueva Ley Orgánica de Bienes Públicos junio 2012
Aspectos fundamentales de la nueva Ley Orgánica de Bienes Públicos junio 2012
 
El expediente Administrativo. Contrataciones Públicas
El expediente Administrativo. Contrataciones PúblicasEl expediente Administrativo. Contrataciones Públicas
El expediente Administrativo. Contrataciones Públicas
 
Aspectos Relevantes de la Ley Orgánica de Bienes Públicos Iecsam Edgar Mariño...
Aspectos Relevantes de la Ley Orgánica de Bienes Públicos Iecsam Edgar Mariño...Aspectos Relevantes de la Ley Orgánica de Bienes Públicos Iecsam Edgar Mariño...
Aspectos Relevantes de la Ley Orgánica de Bienes Públicos Iecsam Edgar Mariño...
 
Fundamentos Constitucionales y Jurídicos del Control Fiscal en Venezuela
Fundamentos Constitucionales y Jurídicos del Control Fiscal en VenezuelaFundamentos Constitucionales y Jurídicos del Control Fiscal en Venezuela
Fundamentos Constitucionales y Jurídicos del Control Fiscal en Venezuela
 
Ley de Contrataciones Públicas y Control Fiscal, Autor Edgar Mariño Díaz-emar...
Ley de Contrataciones Públicas y Control Fiscal, Autor Edgar Mariño Díaz-emar...Ley de Contrataciones Públicas y Control Fiscal, Autor Edgar Mariño Díaz-emar...
Ley de Contrataciones Públicas y Control Fiscal, Autor Edgar Mariño Díaz-emar...
 
Algunas consideraciones a tomar en cuenta en la entrega de cargos
Algunas consideraciones a tomar en cuenta en la entrega de cargosAlgunas consideraciones a tomar en cuenta en la entrega de cargos
Algunas consideraciones a tomar en cuenta en la entrega de cargos
 
Normas para la formación, rendición y examen de las cuentas de los óganos del...
Normas para la formación, rendición y examen de las cuentas de los óganos del...Normas para la formación, rendición y examen de las cuentas de los óganos del...
Normas para la formación, rendición y examen de las cuentas de los óganos del...
 

Similar a Supuestos gen. de resp admtva,ejemplos y elementos de prueba

Responsabilidad fiscal - Jairo Enrique García Olaya - Abogado Bogotá
Responsabilidad fiscal - Jairo Enrique García Olaya - Abogado BogotáResponsabilidad fiscal - Jairo Enrique García Olaya - Abogado Bogotá
Responsabilidad fiscal - Jairo Enrique García Olaya - Abogado BogotáJairo Enrique Garcia Olaya
 
Informe sobre observaciones del Tribunal de Cuentas
Informe sobre observaciones del Tribunal de CuentasInforme sobre observaciones del Tribunal de Cuentas
Informe sobre observaciones del Tribunal de Cuentassimon gomez yaque
 
Presentación inducción adp gabriel celis contraloría
Presentación inducción adp gabriel celis contraloríaPresentación inducción adp gabriel celis contraloría
Presentación inducción adp gabriel celis contraloríaSSMN
 
UNA NUEVA INMUNIDAD DEL PODER TRIBUTARIO
UNA NUEVA INMUNIDAD DEL PODER TRIBUTARIOUNA NUEVA INMUNIDAD DEL PODER TRIBUTARIO
UNA NUEVA INMUNIDAD DEL PODER TRIBUTARIOGuillermo Ruiz Zapatero
 
Control externo. juicio de cuentas
Control externo. juicio de cuentasControl externo. juicio de cuentas
Control externo. juicio de cuentasMirta Hnriquez
 
Tribunal de cuentas analisis observaciones - baker tilly
Tribunal de cuentas   analisis observaciones - baker tilly Tribunal de cuentas   analisis observaciones - baker tilly
Tribunal de cuentas analisis observaciones - baker tilly simon gomez yaque
 
Tribunal de cuentas analisis observaciones - baker tilly (1)
Tribunal de cuentas   analisis observaciones - baker tilly  (1)Tribunal de cuentas   analisis observaciones - baker tilly  (1)
Tribunal de cuentas analisis observaciones - baker tilly (1)simon gomez yaque
 
La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...
La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...
La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...Alejandro Germán Rodriguez
 
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad c...
Nuevo anteproyecto de Ley de  Probidad Pública: un esfuerzo de la  sociedad c...Nuevo anteproyecto de Ley de  Probidad Pública: un esfuerzo de la  sociedad c...
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad c...FUSADES
 
PresentacióN Dr. Pizzuto
PresentacióN Dr. PizzutoPresentacióN Dr. Pizzuto
PresentacióN Dr. Pizzutohildaberon
 
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad civil
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad civilNuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad civil
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad civilLeyProbidadPublica
 
TALLER-ACTA-DE-ENTREGA-2020.ppt.pptx
TALLER-ACTA-DE-ENTREGA-2020.ppt.pptxTALLER-ACTA-DE-ENTREGA-2020.ppt.pptx
TALLER-ACTA-DE-ENTREGA-2020.ppt.pptxJikleBarrios1
 
SNS - ANADE - Presentación sobre Defensa contra FACTA
SNS - ANADE - Presentación sobre Defensa contra FACTASNS - ANADE - Presentación sobre Defensa contra FACTA
SNS - ANADE - Presentación sobre Defensa contra FACTASolo Negocios
 
SNCONTROLAGOS2022 diapositivas.pdf
SNCONTROLAGOS2022 diapositivas.pdfSNCONTROLAGOS2022 diapositivas.pdf
SNCONTROLAGOS2022 diapositivas.pdfwilmer506569
 
Presentación curso informática iii
Presentación curso informática iiiPresentación curso informática iii
Presentación curso informática iiijesus1160
 

Similar a Supuestos gen. de resp admtva,ejemplos y elementos de prueba (20)

Responsabilidad fiscal - Jairo Enrique García Olaya - Abogado Bogotá
Responsabilidad fiscal - Jairo Enrique García Olaya - Abogado BogotáResponsabilidad fiscal - Jairo Enrique García Olaya - Abogado Bogotá
Responsabilidad fiscal - Jairo Enrique García Olaya - Abogado Bogotá
 
Informe sobre observaciones del Tribunal de Cuentas
Informe sobre observaciones del Tribunal de CuentasInforme sobre observaciones del Tribunal de Cuentas
Informe sobre observaciones del Tribunal de Cuentas
 
Presentación inducción adp gabriel celis contraloría
Presentación inducción adp gabriel celis contraloríaPresentación inducción adp gabriel celis contraloría
Presentación inducción adp gabriel celis contraloría
 
UNA NUEVA INMUNIDAD DEL PODER TRIBUTARIO
UNA NUEVA INMUNIDAD DEL PODER TRIBUTARIOUNA NUEVA INMUNIDAD DEL PODER TRIBUTARIO
UNA NUEVA INMUNIDAD DEL PODER TRIBUTARIO
 
Codigo Tributario.pdf
Codigo Tributario.pdfCodigo Tributario.pdf
Codigo Tributario.pdf
 
Control externo. juicio de cuentas
Control externo. juicio de cuentasControl externo. juicio de cuentas
Control externo. juicio de cuentas
 
Tribunal de cuentas analisis observaciones - baker tilly
Tribunal de cuentas   analisis observaciones - baker tilly Tribunal de cuentas   analisis observaciones - baker tilly
Tribunal de cuentas analisis observaciones - baker tilly
 
Tribunal de cuentas analisis observaciones - baker tilly (1)
Tribunal de cuentas   analisis observaciones - baker tilly  (1)Tribunal de cuentas   analisis observaciones - baker tilly  (1)
Tribunal de cuentas analisis observaciones - baker tilly (1)
 
Proceso coactivo fiscal
Proceso coactivo fiscalProceso coactivo fiscal
Proceso coactivo fiscal
 
La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...
La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...
La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...
 
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad c...
Nuevo anteproyecto de Ley de  Probidad Pública: un esfuerzo de la  sociedad c...Nuevo anteproyecto de Ley de  Probidad Pública: un esfuerzo de la  sociedad c...
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad c...
 
SEMANA 9 .pptx
SEMANA 9 .pptxSEMANA 9 .pptx
SEMANA 9 .pptx
 
PresentacióN Dr. Pizzuto
PresentacióN Dr. PizzutoPresentacióN Dr. Pizzuto
PresentacióN Dr. Pizzuto
 
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad civil
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad civilNuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad civil
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad civil
 
TALLER-ACTA-DE-ENTREGA-2020.ppt.pptx
TALLER-ACTA-DE-ENTREGA-2020.ppt.pptxTALLER-ACTA-DE-ENTREGA-2020.ppt.pptx
TALLER-ACTA-DE-ENTREGA-2020.ppt.pptx
 
SNS - ANADE - Presentación sobre Defensa contra FACTA
SNS - ANADE - Presentación sobre Defensa contra FACTASNS - ANADE - Presentación sobre Defensa contra FACTA
SNS - ANADE - Presentación sobre Defensa contra FACTA
 
SNCONTROLAGOS2022 diapositivas.pdf
SNCONTROLAGOS2022 diapositivas.pdfSNCONTROLAGOS2022 diapositivas.pdf
SNCONTROLAGOS2022 diapositivas.pdf
 
Los recursos fiscales en tiempos de coronavirus
Los recursos fiscales en tiempos de coronavirusLos recursos fiscales en tiempos de coronavirus
Los recursos fiscales en tiempos de coronavirus
 
El contencioso tributario
El contencioso tributarioEl contencioso tributario
El contencioso tributario
 
Presentación curso informática iii
Presentación curso informática iiiPresentación curso informática iii
Presentación curso informática iii
 

Último

Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguerofreddymendoza64
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxjbernardomaidana
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalPoder Judicial
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxJonathanGiriron
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfanagc806
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOREL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADORLuisMiguelT4
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoMarioCasimiroAraniba1
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASKhrisZevallosTincopa
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptxantidoxxeo29
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 

Último (20)

Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOREL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 

Supuestos gen. de resp admtva,ejemplos y elementos de prueba

  • 1. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LOS HALLAZGOS DE AUDITORÍA VINCULADOS CON LOS SUPUESTOS GENERADORES DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA. EJEMPLOS Y ELEMENTOS DE PRUEBA. Fac. Mcs Melitza Castillo
  • 2. ¿QUÉ ES UN HALLAZGO?
  • 3. Un hallazgo es un ACTO, HECHO u OMISIÓN contrario a una disposición legal, sublegal o técnica detectado en una auditoría y surgen en el proceso de comparar lo que debería ser con lo que es. Art. 4 NGAE (22-05-13)
  • 4. ¿Cuáles son sus elementos? Criterio Causa Efecto Condición Art.33 NGAE (22-05-13)
  • 5. VINCULACIÓN DE LOS HALLAZGOS DE AUDITORÍA CON LOS SUPUESTOS GENERADORES DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA CONTEMPLADOS EN EL ART. 91 DE LA LOCGRSNCF
  • 6. 1) Inobservancia total o parcial del procedimiento de licitaciones. (Art. 91, ord. 1º)   Se aplica en:  a.-  Adquisición de bienes;  b.-  Contratación de obras;   c.-  Contratación de servicios.    Artículo 91:  “Sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal, y  de  lo    que  dispongan  otras  Leyes,  constituyen  supuestos  generadores  de  responsabilidad  administrativa  los  actos,  hechos u omisiones que se mencionan a continuación   ordinal 1º. La adquisición de bienes, la contratación de obras o  de servicios, con inobservancia total o parcial del procedimiento  de selección  de  contratistas  que  corresponda,  en  cada  caso,  según  lo  previsto en la  Ley de Licitaciones o en la normativa aplicable.” 
  • 7. Este  supuesto  está  destinado  a  fomentar  la  transparencia en la selección de los contratistas en la  administración pública, excluyendo toda otra normativa  destinada  a  regular  la  selección  de  contratistas  realizada  por  cualquier  órgano  o  ente  de  la  admón  pública, para de esa manera evitar posibles colusiones  con la finalidad de imponer precios mediante el cobro  de comisiones por parte de los funcionarios públicos y  los  particulares.  Por  ello  basta  con  que  la  inobservancia sea parcial, inclusive de un trámite que  se  considere  esencial  en  el  marco  del  procedimiento  licitatorio,  para  que  se  configure  el  supuesto,  y  es  obvio  que  los  sujetos  pasivos  de  la  infracción  deben  tener atribuida la competencia para administrar bienes  públicos.
  • 8. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO Ejemplo 1): La no realización del procedimiento de licitación o de contratación, según corresponda. (Incumplimiento total).   Ejemplo 2): Adjudicación Directa sin haberse realizado el acto motivado (Incumplimiento parcial)   Ejemplo 3): Adjudicación Directa y correspondía un procedimiento de licitación selectiva (Incumplimiento parcial)   Ejemplo 4): El incumplimiento de las formalidades establecidas en el pliego de licitación. (Incumplimiento parcial)  
  • 9. Se evidenció que la Contraloría del estado XXX durante el año 2006, adjudicó directamente el Contrato de Servicio S/Nº de fecha 01-06-2006, por Bs.F. 190.000,00, equivalente a XX U.T.destinado al “Suministro de víveres, carnes y alimentos al comedor de los trabajadores”. Al respecto, el numeral 1 artículo 72 de la derogada Ley de Licitaciones, aplicable para esa fecha, señalaba lo siguiente: “Debe procederse por Licitación Selectiva: 1. En el caso de la adquisición de bienes o contratación de servicios, si el contrato a ser otorgado es por un precio estimado desde mil cien unidades tributarias (1.100 UT.) y hasta once mil unidades tributarias (11.000 U.T.)”. En concordancia con lo establecido en el citado numeral 5 del artículo 38 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Dicha situación se originó por la inexistencia del Comité de Licitaciones para ese entonces. Lo que trajo como consecuencia que se dejaran de considerar ofertas más favorables para los intereses de los trabajadores y que permitiera
  • 10. Elementos probatorios: Expediente de licitación o de contratación.  Ordenes de compras o de servicios, según sea el  caso. Contrato para la adquisición de bienes o de  servicios, según sea el caso. comprobante de la recepción de los bienes o  materiales, o de ser el caso de un servicio, la  Certificación del  mismo. Facturas de las empresas que suministraron los  bienes o servicios. Orden de pago y Comprobante del cheque Acto motivado en caso de ser adjudicación directa  y en caso de la inexistencia del Acto motivado en un  Elementos probatorios: Expediente de licitación o de contratación.  Ordenes de compras o de servicios, según sea el  caso. Contrato para la adquisición de bienes o de  servicios, según sea el caso. comprobante de la recepción de los bienes o  materiales, o de ser el caso de un servicio, la  Certificación del  mismo. Facturas de las empresas que suministraron los  bienes o servicios. Orden de pago y Comprobante del cheque Acto motivado en caso de ser adjudicación directa  y en caso de la inexistencia del Acto motivado en un 
  • 11. 2) Omisión, retardo, negligencia o imprudencia en la preservación del patrimonio público (Art. 91, ordinal 2º) Artículo 91 ordinal 2º: “La omisión, retardo, negligencia o imprudencia en la preservación y salvaguarda de los bienes o derechos del patrimonio de un ente u organismo de los señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de esta Ley. Los entes indicados según la ley son los siguientes: a.- Los órganos y entidades que ejercen el Poder Público Nacional; b.- Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Estadal; c.- Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público en los Distritos y Distritos Metropolitanos; d.- Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Municipal y en las demás entidades locales previstas en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal; e.- Los órganos y entidades a los que incumbe el ejercicio del Poder Público en los Territorios Federales y las Dependencias Federales; f.- Los institutos autónomos nacionales, estadales, distritales y municipales; g.- El Banco Central de Venezuela; h.- Las universidades públicas, y; i.- Las demás personas de derecho público nacionales, estadales, distritales y municipales.
  • 12. La  omisión,  retardo  o  negligencia  se  evidenciará si se comprueba por ejemplo que  hubo un retraso injustificado en la entrega de  medicinas a los centros hospitalarios y éstas  se vencen. En  el  caso  de  la  imprudencia,  esta  se  comprueba  con  la  falta  de  precaución,  por  ejemplo,  depositar  los  fondos  del  organismo  en un banco insolvente con alta probabilidad  de  ser  intervenido.  En  estos  casos  se  produce  un  daño  al  patrimonio  público,  pero  igual en caso que no se materialice el daño el  solo  incurrir  en  las  conductas  señaladas  configuraría el supuesto.
  • 13. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO  Ejemplo 1): Bienes del ente.   Omisión: Que los bienes no se encuentran amparados por una póliza de seguros. Retardo: El no asegurar los bienes oportunamente. Negligencia: Que los bienes estén dañados o parcialmente operativos. Imprudencia: Hacer uso de un bien de manera irresponsable.
  • 14. En el Parque Automotor de la Policía Estadal XXX, se encuentran un total de Treinta y Un (31) bienes muebles dañados y deteriorados, en estado de abandono e inservibles los cuales no han procedido a ser desincorporados (ver anexo x) Al respecto, la Publicación N° 20 “Instrucciones y Modelos para la Contabilidad Fiscal de los Estados de la República”, Gaceta Oficial N° 2.681 Extraordinario de fecha 31-10-1980, contempla que: Desincorporación de Bienes. (…) “Se registrará por los siguientes conceptos… 56. Inservibilidad: Este concepto de desincorporación incluye la avería total por inservibilidad y otras causas similares. A tal efecto es necesario la previa y expresa autorización escrita de la superioridad correspondiente. 57. Deterioro: Se utilizará en los casos de daños o averías parciales, en que haya un valor de salvamento. Se afectarán las cuentas por el valor total de los bienes deteriorados, con los mismos requisitos previstos en el numeral anterior, y el valor de salvamento será cargado a la cuenta correspondiente. (También se puede utilizar como criterio el artículo 10 de las NGCI) La situación antes expuesta se originó por cuanto no están asignadas ni segregadas las funciones y responsabilidades del control, registro y resguardo de los bienes muebles. Situación que restringe la obtención de información cierta, unificada y sistemática a los fines de elaborar el inventario definitivo de bienes muebles. Sin dejar de mencionar que el abandono y deterioro de los bienes pudieran ocasionar daños al patrimonio público, limitándose, a tal efecto, los principios de transparencia, responsabilidad y rendición de cuentas que deben prevalecer en la administración pública, según lo
  • 15. Elementos probatorios:  Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad  Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas responsables de los  bienes.   Fecha de Cese en los cargos de la máxima autoridad así como de las personas  que tengan  bajo su custodia dichos bienes, de ser el caso en que se esté auditando un ejercicio fiscal  anterior.  Reglamento Interno, Manuales de Normas y Procedimientos y/o algún instrumento normativo,  donde se especifique quienes son las personas encargadas de la custodia de los bienes de  que se trate, por ejemplo muchas veces las funciones aparecen descritas en el Registro de  Información de Cargos.  Inventario de bienes. (Debidamente firmado y sellado por la persona competente al efecto)  Acta de Inspección física de los bienes.  Registro fotográfico de la Inspección. (En caso de ser fotos proporcionadas por el Ente: indicar  la fuente de las fotografías, deben tener por lo menos el sello de la dependencia respectiva); si  fuere el caso, video de seguridad.  Manual Descriptivo de Clases de Cargos, Manual de Normas y procedimientos.  Documento de asignación del bien al funcionario, certificación de cargo.  Órdenes de compras, facturas y voucher de cheques, dependiendo del caso.  En el caso de que sean bienes perecederos o de vencimiento deberá constar mediante acta o  instrumento escrito la fecha de adquisición, tramitación y recepción de los bienes; esta  información deberá ser suministrada por el ente auditado o por el proveedor en su defecto.  Demostrar el descuido observado por el funcionario responsable quien a sabiendas de la  propiedad de deterioro de los bienes, no les dio el uso debido o el destino que correspondía.  Elementos probatorios:  Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad  Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas responsables de los  bienes.   Fecha de Cese en los cargos de la máxima autoridad así como de las personas  que tengan  bajo su custodia dichos bienes, de ser el caso en que se esté auditando un ejercicio fiscal  anterior.  Reglamento Interno, Manuales de Normas y Procedimientos y/o algún instrumento normativo,  donde se especifique quienes son las personas encargadas de la custodia de los bienes de  que se trate, por ejemplo muchas veces las funciones aparecen descritas en el Registro de  Información de Cargos.  Inventario de bienes. (Debidamente firmado y sellado por la persona competente al efecto)  Acta de Inspección física de los bienes.  Registro fotográfico de la Inspección. (En caso de ser fotos proporcionadas por el Ente: indicar  la fuente de las fotografías, deben tener por lo menos el sello de la dependencia respectiva); si  fuere el caso, video de seguridad.  Manual Descriptivo de Clases de Cargos, Manual de Normas y procedimientos.  Documento de asignación del bien al funcionario, certificación de cargo.  Órdenes de compras, facturas y voucher de cheques, dependiendo del caso.  En el caso de que sean bienes perecederos o de vencimiento deberá constar mediante acta o  instrumento escrito la fecha de adquisición, tramitación y recepción de los bienes; esta  información deberá ser suministrada por el ente auditado o por el proveedor en su defecto.  Demostrar el descuido observado por el funcionario responsable quien a sabiendas de la  propiedad de deterioro de los bienes, no les dio el uso debido o el destino que correspondía. 
  • 16. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO  Ejemplo 2): Derechos del ente (La no ejecución de una fianza u otro derecho)   Omisión: El no hacer valer derechos adquiridos por el ente, inacción de exigir el cumplimiento de los mismos. Retardo: El no hacer valer oportunamente cualquier derecho adquirido por el ente. Negligencia: Hacer valer deficientemente los derechos adquiridos por el ente, por ejemplo ejercer una acción o recurso distinto al que debió incorporarse y ello diere ocasión a la pérdida del valor del referido derecho.
  • 17. Elementos probatorios: Letras de cambio, cheques, contratos, fianzas, pólizas de  seguros, y/o cualquier otro instrumento que permitan inferir la  existencia efectiva y real de un derecho, crédito o acreencia a  favor del ente. Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de  las personas responsables de la salvaguarda de esos  derechos. Registro de Información de los cargos de los funcionarios  encargados de hacer valer los referidos derechos. Documentación que refleje la materialización del daño  económico, por ejemplo la imposibilidad de exigir el  cumplimiento de un determinado derecho. Elementos probatorios: Letras de cambio, cheques, contratos, fianzas, pólizas de  seguros, y/o cualquier otro instrumento que permitan inferir la  existencia efectiva y real de un derecho, crédito o acreencia a  favor del ente. Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de  las personas responsables de la salvaguarda de esos  derechos. Registro de Información de los cargos de los funcionarios  encargados de hacer valer los referidos derechos. Documentación que refleje la materialización del daño  económico, por ejemplo la imposibilidad de exigir el  cumplimiento de un determinado derecho.
  • 18. 3) Insuficiencia de Garantías Contractuales (falta o insuficiencia de caución. (art. 91 ordinal 3º)   Artículo  91  ordinal  3º:  “No  haber  exigido  garantía  de  quien  deba prestarla o haberla aceptado insuficientemente” Ejemplo1):  Los  funcionarios  encargados  de  la  custodia  y  manejo  de  fondos  o  bienes  públicos  asignados  al  ente  no  presentaron  caución.  Ejemplo 2):  Que  el  ente  haya  contratado una obra y no haya exigido la presentación de la  fianza de fiel cumplimiento
  • 19. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO Ejemplo1): Los funcionarios encargados de la custodia y manejo de fondos o bienes públicos asignados al ente no presentaron caución.   Elementos probatorios:   Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas responsables de la administración y de los bienes. En caso de que hayan cesado en los referidos cargos, solicitar documentación que compruebe la renuncia, remoción y/o destitución, indicando la fecha. (esto último en los casos en que la certificación de cargos no lo señale). Normativa que establece la obligatoriedad de presentar tal caución. Aparte de la norma legal general, esta obligación puede estar prevista en un reglamento interno, resolución organizativa y/o manuales de normas y procedimientos)
  • 20. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO Ejemplo 2): Que el ente haya contratado una obra y no haya exigido la presentación de la fianza de fiel cumplimiento.   Elementos probatorios:   Contrato de obra. Respuesta por parte del ente auditado, donde se exprese la inexistencia de la fianza de fiel cumplimiento y Acta fiscal donde se deje constancia de tal situación Órdenes de pago, facturas si las hubiere, Recibos (en caso de anticipo) y vouchers de los cheques. Solicitudes de pago a cuenta y valuaciones de obra ejecutada Hojas de mediciones suscritas por el ingeniero inspector y el ingeniero residentes. Acta de Inspección de obras de este Organismo Contralor suscrita con el ente Memoria Fotográfica de la Inspección. Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas por parte del ente, que suscriben los siguientes documentos: el contrato, las valuaciones, Solicitudes de pago a cuenta, órdenes de pago y comprobantes de cheques.
  • 21. 4) Celebración de contratos con los entes públicos directamente o por interpuesta persona. (art. 91 ord 4º)   Artículo  91  ordinal  4º:  “La  celebración  de  contratos  por  funcionarios    públicos,  por  interpuesta  persona  o  en  representación  de  otro,  con  los    entes  y  organismos  señalados  en  los  numerales  1  al  11  del  artículo  9  de    esta  Ley,  salvo  las  excepciones que establezcan las Leyes.” 
  • 22. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO Ejemplo: Cuando la persona facultada para contratar en nombre de un ente lo hace con una empresa, de la cual es accionista o guarda algún interés personal en la misma. (Tiene alguna relación familiar con dicha empresa)   Elementos probatorios:   Nombramiento en Gaceta Oficial y/o Certificación de Cargos (con indicación expresa de la dirección y fecha de cese en el cargo de ser el caso) de la máxima autoridad, presidente o del administrador, según sea de quien se trate, también puede darse el caso de que el contrato lo realice algún otro funcionario de alto nivel dentro del órgano o ente. Contrato, orden de compra u orden de servicio. Documentación de cualquier tipo que evidencie que una de las partes es un funcionario público y la otra forma parte del ente auditado; o la contratación de persona alguna que mantenga determinada relación con el funcionario público, del que se presume un interés determinado en la contratación (testaferros, accionistas). En el caso de interpuesta persona, se deben recabar los datos filiatorios solicitados al SAIME (el modelo debe ser suministrado por el abogado de la comisión), y/o algún otro instrumento al cual tenga acceso el auditor que demuestre la filiación, por ejemplo las partidas de nacimiento y actas de matrimonio que muchas veces se encuentran insertas en los expedientes de personal, en el caso de que el vínculo sea familiar. Acta constitutiva de la empresa o proveedor del bien o servicio y/o algún otro instrumento jurídico que demuestre el interés que pueda tener el funcionario en la contratación realizada. Ordenes de compras, facturas, órdenes de pago y comprobantes de cheques, dependiendo del caso.  
  • 23. 5) Utilización de bienes o trabajadores públicos para fines personales. (art. 91, ord 5º) Artículo 91 ordinal 5º: “La utilización en obras o servicios de índole particular, de trabajadores, bienes o recursos que por cualquier título estén afectados o destinados a los entes y organismos señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de esta Ley.”
  • 24. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO Ejemplo: Los funcionarios que utilizan a los trabajadores, vehículos o maquinarias de la Institución para servicios particulares o personales.   Elementos probatorios:   Actas, entrevistas o cuestionarios, mediante los cuales se deje constancia de que han sido utilizados los trabajadores, vehículos o maquinarias de la Institución para servicios particulares o personales. (Importante es que de todo se deje constancia en el Acta Fiscal, puesto que es un documento con mayor valor probatorio). Documentos que determinen la afectación de los bienes, propiedad del ente, utilizados para fines particulares. Registro fotográficos (con indicación expresa de la fuente). Facturas o comprobantes si fuere el caso.
  • 25. 6) Expedición ilegal de documentos. (art. 91 ord. 6º) Artículo 91 ordinal 6º: “La expedición ilegal  o  no  ajustada  a  la  verdad  de  licencias,  certificaciones,  autorizaciones,  aprobaciones,  permisos  o  cualquier  otro  documento  en  un  procedimiento  relacionado  con  la  gestión  de  los  entes  y  organismos señalados en los numerales 1  al 11 del artículo 9 de esta Ley, incluyendo  los que se emitan en ejercicio de funciones  de control.” 
  • 26. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO Ejemplo: La certificación de documentos falsos, o por quien no tiene la competencia, así como aquellas certificaciones emitidas sin cumplir los extremos legales   Elementos probatorios:  La evidencia física del documento certificado Normativa que determine la incompetencia del funcionario que emitió la certificación Nombramiento en Gaceta Oficial y/o Certificación de Cargos de la persona que suscribió la certificación. (Indicación expresa de la fecha y motivos del cese, cuando sea el caso). Nombramiento y funciones de la persona que suscribió la certificación, publicadas en Gaceta Oficial En caso de que sea una función delegada, la Gaceta Oficial donde se le atribuya la facultad para certificar documentos. Nombramiento y funciones de la persona que tiene la competencia para la certificación, publicadas en Gaceta Oficial Normativa que especifique cuales son los requisitos para obtener o expedir el documento cuestionado  
  • 27. 7) Ordenación de pago por obras o servicios no ejecutados y por prestaciones, utilidades, bonificaciones y otros conceptos de forma ilegal. (Falsa ordenación de pagos). (art. 91 ord 7º)   Artículo 91 ordinal 7º: “la ordenación de pagos por bienes, obras o servicios no suministrados, realizados o ejecutados, total o parcialmente, o no contratados, así como por concepto de prestaciones, utilidades, bonificaciones, dividendos, dietas u otros conceptos, que en alguna manera discrepen de las normas que las consagran. En estos casos la responsabilidad corresponderá a los funcionarios que intervinieron en el procedimiento de ordenación del pago por cuyo hecho, acto u omisión se haya generado la irregularidad.
  • 28. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO A.- Ordenación de pagos por bienes, obras o servicios no suministrados total o parcialmente, o no contratados: Ejemplo 1): Vehículo pagado por anticipado en un 40% y no fue suministrado por causas justificadas o no.   Elementos probatorios:  Contrato u orden de compra, según sea el caso. Orden de pago, vouchers de los cheques y factura del anticipo. Fianza del anticipo, de no existir se debe levantar Acta Fiscal. Cuestionario y documentación soporte donde se deje constancia de las razones por las cuales no ha sido suministrado el bien. Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que suscriben el contrato, la orden de compra y el cheque del anticipo otorgado. Acta Fiscal en la cual se deje constancia del pago anticipado del bien, no obstante a la fecha del Acta, éste no ha sido suministrado.
  • 29. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO Ejemplo 2): Obras no ejecutadas total o parcialmente y se hayan cancelado u otorgado un anticipo. Elementos probatorios:  Contrato de obra. Órdenes de pago, facturas si las hubiere, Recibos (en caso de anticipo) y comprobantes de los cheques. Solicitudes de pago a cuenta y valuaciones de obra ejecutada. Hojas de mediciones suscritas por el ingeniero inspector y el ingeniero residentes. Acta de Inspección de obras de este Organismo Contralor suscrita con el ente en donde se deje constancia de la obra no ejecutada, de ser el caso. Memoria Fotográfica de la Inspección. Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas por parte del ente, que suscriben los siguientes documentos: el contrato, las valuaciones, solicitudes de pago a cuenta, órdenes de pago y comprobantes de cheques.
  • 30. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO Ejemplo 3): Servicio de mantenimiento a 30 computadoras y en el ente solo hay 10 equipos de computación.   Elementos probatorios:   Contrato u orden de servicios, según sea el caso. Certificación de Servicios, en caso de no existir, levántese Acta Fiscal. Facturas de la empresa que suministro el servicio. Orden de pago y Voucher del cheque Inventario de bienes Acta Fiscal donde se deje constancia del hecho. Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que suscribieron el contrato, orden de servicios, de pago y cheques.
  • 31. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO Ejemplo 4): Contratación para la elaboración de manuales que no fueron culminados. Elementos probatorios:   Contrato u orden de servicios, según sea el caso. Certificación de Servicios, en caso de no existir, levántese Acta Fiscal. Facturas de la empresa que suministro el servicio. Orden de pago y Voucher del cheque Acta Fiscal donde se deje constancia del hecho. Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que suscribieron el contrato, orden de servicios, de pago y cheques.  
  • 32. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO B.- Ordenación por concepto de prestaciones, utilidades, bonificaciones, dividendos, dietas u otros conceptos, que en alguna manera discrepen de las normas que las consagran:  Ejemplo 1): Bonificaciones especiales que no están establecidas en la ley, ni en ninguna normativa vigente, que hayan sido otorgados de manera discrecional, sin base de cálculo, ni motivación expresa y soportada de la asignación. (Las bonificaciones establecidas legalmente son: vacaciones, aguinaldos y desempeño, entre otras)  Elementos probatorios: Normativa aplicable. Nóminas del personal que le fue abonada la bonificación y su documentación soporte, base de cálculo y motivación. Órdenes de pago, comprobantes de cheques, recibos de pago y comunicaciones al banco donde se ordene abonar a las cuentas de nómina. Nombramiento en Gaceta Oficial y/o certificación de cargos de las personas que suscribieron las Órdenes de pago, comprobantes de cheques, recibos de pago y comunicaciones al banco donde se ordene abonar a las cuentas de nómina. ( Buscar norma de rango legal o sublegal que establezca las funciones del funcionario que ordeno el pago)  
  • 33. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO B.- Ordenación por concepto de prestaciones, utilidades, bonificaciones, dividendos, dietas u otros conceptos, que en alguna manera discrepen de las normas que las consagran: Ejemplo 2): Pago de Dietas, siendo el caso de legisladores que no hayan asistido a las sesiones y se la hayan pagado las dietas correspondientes.   Elementos probatorios:   Libro de asistencia a las sesiones Actas y minutas de sesiones ordinarias y/o extraordinarias Reglamento de Interior y de Debates Nóminas Documentación soporte de los pagos de dietas a los legisladores, detallada por fechas. Nombramiento en Gaceta Oficial o certificación de cargos de las personas que suscribieron la documentación de pago de las dietas.
  • 34. EJEM PLO S D E SITUACIO N ES VIN CU LAD AS A ESTE SU PU ESTO B.- Ordenación por concepto de prestaciones, utilidades, bonificaciones, dividendos, dietas u otros conceptos, que en alguna manera discrepen de las normas que las consagran: Ejemplo 3): Prestaciones pagadas de una manera distinta a la prevista en la ley.   Elementos probatorios:   Base de cálculo de la unidad de recursos humanos Normativa legal aplicable Orden de pago, voucher del cheque. Expediente del trabajador. Nombramiento en Gaceta Oficial o certificación de cargos de las personas que suscribieron la documentación soporte del pago.  
  • 35. (Endeudamiento a espaldas de la normativa legal). (Art. 91 ord. 8º)   Artículo  91  ordinal  8:  “El  endeudamiento  o  la  realización de operaciones de crédito público con  inobservancia  de  la  Ley  Orgánica  de  la  Administración  Financiera  del  Sector  Público  o  de  las  demás  Leyes,  reglamentos  y  contratos  que  regulen  dichas  operaciones  o  en  contravención  al  plan  de  organización,  las  políticas,  normativa  interna,  los  manuales  de  sistemas  y  procedimientos  que  comprenden  el  control interno”. 
  • 36. Ejemplo: Realizar operaciones de crédito público que abarquen un ejercicio fiscal posterior al de la vigencia de la contratación, sin la previa autorización establecida en el art.79 LOAFSP.   Elementos probatorios:   Documentación de las operaciones de créditos LOAFSP. Comunicaciones u oficios referentes a las autorizaciones requeridas por la ley. Nombramiento en Gaceta Oficial o certificación de cargos de las personas que suscribieron la documentación soporte del crédito y de las autorizaciones.
  • 37. 9) Falta de control previo. (art. 91, ord 9º) Artículo 91 ordinal 9º: “La omisión del control previo”. Este supuesto generador de responsabilidad administrativa se configura, bien que se omita el control previo del compromiso, bien que se omita el control previo del pago. Se trata de comprobar que la admón. activa le haya dado cumplimiento al art 38 de la LOCGRSNCF. En el caso que no se cumpla al menos con uno de los elementos, como por ejemplo que no se haya cumplido con la debida disponibilidad presupuestaria y cuando se vaya a realizar el pago se compruebe dicha situación. En este caso si se configura el supuesto, pues el funcionario dejó de constatar uno de los elementos esenciales para el logro de la finalidad del control previo antes enunciada, esto es garantizar la ejecución correcta del presupuesto de gastos y evitar cualquier sobregiro que sería lo que ocurriría ante la obra terminada, por ejemplo, sin disponibilidad presupuestaria, que de todas maneras deberá ser pagada por la administración para no incurrir en un enriquecimiento sin causa.
  • 38. En relación al artículo 38 de la LOCGRSNCF en su primer aparte, que establece: que se deberá garantizar que antes de proceder a la adquisición de bienes o servicios o a la elaboración de contratos que implique un compromiso financiero, los responsables se aseguren de lo siguiente:   Que el gasto este correctamente imputado a la correspondiente partida de presupuesto (a la partida genérica )   Ejemplo: Que se adquiera un bien y sea imputado por otra partida genérica diferente a la establecida en el clasificador presupuestario. 
  • 39.  Elementos probatorios:     Orden de compra y/o contrato para la adquisición del bien  Orden de pago, comprobante de egreso y factura, así como cualquier otra documentación que demuestre la imputación realizada.  Ejecución presupuestaria consolidada y detallada a la fecha de la adquisición.  Clasificador Presupuestario vigente a la fecha de la adquisición.  Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad y del Presidente.  Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que suscriben el contrato y/o la orden de compra, para el caso en que no se establezcan las funciones en la gaceta de nombramiento, solicitar la normativa sublegal que las estipulen.  Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas responsables de la ejecución presupuestaria del ente.  
  • 40.  Que exista disponibilidad presupuestaria:     Ejemplo: Que se contrate a una empresa para la prestación de un servicio antes de que sea aprobado el presupuesto correspondiente o que en la partida correspondiente la disponibilidad presupuestaria sea menor en relación al compromiso asumido.     Elementos probatorios:     Orden de compra, servicio y/o contrato para la adquisición del bien, o cualquier otro documento que demuestre el compromiso adquirido sin la debida disponibilidad.  Ejecución presupuestaria consolidada y detallada a la fecha de la adquisición.  Traspasos Presupuestarios y Créditos Adicionales Aprobados  Clasificador Presupuestario vigente  Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad y del presidente, de ser el caso.  Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que suscriben el contrato y/o la orden de compra  Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas responsables de la ejecución presupuestaria del ente. 
  • 41.  Que se hayan previsto las garantías necesarias y suficientes:     Ejemplo: Que se contrate la ejecución de una obra y se cancele un anticipo sin requerir a la contratista la debida garantía (Fianza de Anticipo) o Contratar un servicio sin contar con un documento legal que establezca las obligaciones de las partes.     Elementos probatorios:     Contrato u orden de servicio  Documento de fianza de fiel cumplimiento y de anticipo, en caso de no existir, levante Acta Fiscal.  Documentos donde conste la existencia de las garantías exigidas.  Órdenes de pago, facturas y vouchers de cheques  Valuaciones (en caso de obras)  Acta Fiscal dejando constancia de los hechos.
  • 42.  Que los precios sean justos y razonables, salvo excepciones de ley:     Ejemplo: La Adquisición de algún bien o servicio con un precio notablemente superior al mercado.     Elementos probatorios:     Expediente de licitaciones o contrataciones públicas, dependiendo del ejercicio fiscal.  Análisis de precios, cotizaciones y presupuestos, de no existir levante Acta Fiscal dejándose constancia de tal situación y proceda a obtener tal documentación directamente de los proveedores del mercado.  Órdenes de pago, facturas y comprobantes de cheques  Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que hayan intervenido en todo el proceso de selección o adjudicación.
  • 43.  Que se haya cumplido con la ley de licitaciones y demás leyes aplicables.     Expediente de licitaciones o contrataciones públicas, dependiendo del ejercicio fiscal.  Órdenes de pago, facturas y vouchers de cheques.  Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad (Junta Directiva) y Presidente del ente.  Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que hayan intervenido en todo el proceso de selección o adjudicación.     Nota: Caso del administrador o cualquier otro funcionario que tenga la facultad de ordenar pagos.
  • 44.  En relación al artículo 38 de la LOCGRSNCF en su segundo aparte, que En relación al artículo 38 de la LOCGRSNCF en su segundo aparte, que establece: asimismo se deberá garantizar que establece: asimismo se deberá garantizar que antes de proceder a realizar pagos, los responsables se aseguren de lo siguiente:        Que se haya dado cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias:     Ejemplo: El caso en que el Ente otorgue al contratista para la realización de una obra un anticipo superior al 50% del monto total de la misma. Véase artículos 104 y 105 de la Ley de Contrataciones Pública.     Elementos Probatorios:  Contrato u orden de servicio y/o cualquier otro documento que señale el monto total de la obra.  Órdenes de pago, facturas y vouchers de cheques, donde conste la cantidad que se otorgó por concepto de anticipo.  Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad  Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que suscriben el contrato y los documentos justificativos del pago.   
  • 45. Que esté debidamente imputado a créditos presupuestarios o a créditos adicionales:   Ejemplo: Que se adquiera un bien o se contrate un servicio y aunque la partida presupuestaria se corresponda con la naturaleza del gasto, la partida genérica o subespecífica no esté contemplada en el presupuesto aprobado del ente. (Un caso específico puede ser las Donaciones otorgadas sin estar creada la partida 4.07)      Elementos probatorios:   Presupuesto aprobado en Gaceta Oficial Ejecución presupuestaria consolidada y detallada del presupuesto para la fecha de haberse comprometido, causado y pagado el gasto efectuado por la donación Orden de compra, servicio o contrato Clasificador Presupuestario vigente a la fecha. Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad y Presidente, de ser el caso. Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que suscriben el contrato, orden de compra o servicios. Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas responsables de la ejecución presupuestaria del ente.   
  • 46.   Que exista disponibilidad presupuestaria:    Ejemplo: Que se contrate a una empresa para la prestación de un servicio antes de que sea aprobado el presupuesto correspondiente o que en la partida correspondiente la disponibilidad presupuestaria sea menor en relación al compromiso asumido.    Elementos probatorios:   Orden de compra y/o contrato para la adquisición del bien Ejecución presupuestaria consolidada y detallada a la fecha de la adquisición. Traspasos Presupuestarios y Créditos Adicionales Aprobados Clasificador Presupuestario vigente Nombramiento en Gaceta Oficial de la Máxima Autoridad Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que suscriben el contrato y/o la orden de compra Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas responsables de la ejecución presupuestaria del ente.  
  • 47.   Que se realicen para cumplir compromisos ciertos y debidamente comprobados:     Ejemplo: Que se adquiera un bien o servicio mediante los documentos adecuados para efectuar el compromiso.        Elementos probatorios:     Orden de compra y/o contrato para la adquisición del bien  Ejecución presupuestaria consolidada y detallada a la fecha de la adquisición.  Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de las personas que suscriben el contrato y/o la orden de compra      
  • 48.   Que correspondan a créditos efectivos de sus titulares        Ejemplo: que se efectúe el pago a una persona distinta de aquella con la cual se contrajo el compromiso.     Orden de compra, de servicio y/o contrato para la adquisición del bien  Certificación de Servicios, en caso de no existir, levántese Acta Fiscal.  Facturas de la empresa que suministro el servicio.  Orden de pago y comprobante del cheque.  Copia de la cédula de la persona que retiro el pago.       
  • 49. 10) Incumplimiento de metas fijadas en los programas o proyectos (falta de planificación e incumplimiento de las metas). (art 91, ord 10º) Artículo 91 ordinal 10º: “La falta de planificación, así como el incumplimiento injustificado de las metas señaladas en los correspondientes programas o proyectos”. Para que se configure este supuesto es suficiente con que el ente carezca del plan que está previsto en el artículo 35 de la LOCGRSNCF. Pero si existe el plan, pero se constata a través de los indicadores correspondientes que las metas no han sido logradas, el OCF deberá evaluar las causas que impidieron su consecución. Por supuesto que si las causas son injustificadas, la conducta del administrador encuadrará en este supuesto; pero perfectamente puede ocurrir que la falta de logro de las metas esté totalmente justificada.
  • 50.  Ejemplo: Inexistencia de planes operativos o incumplimiento de las metas establecidas en el POA, programas o proyectos, es decir, no hay equivalencia entre lo planificado y lo ejecutado.    Elementos probatorios:   Plan Operativo Anual Informes de gestión y de evaluaciones de la gestión Documentación soporte de la ejecución o no ejecución de las metas Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargo de la Máxima Autoridad y/ o cualquier otro funcionario encargado de manera expresa de la ejecución de algún programa o proyecto en especifico. Normativa que señale las funciones y atribuciones de las personas que intervienen en la supervisión y ejecución de los programas y proyectos.    
  • 51. 11) Afectación de ingresos sin liquidarlos o enterarlos al tesoro, salvo excepciones. (art. 91 ord 11º)   Artículo 91 ordinal 11º: “La afectación específica de ingresos  sin liquidarlos o enterarlos al Tesoro o patrimonio del ente u  organismo de que se trate, salvo las excepciones  contempladas en las Leyes especiales que regulen esta  materia”.    Este supuesto se configura cuando el órgano o ente afecte  los recursos en forma específica sin enterarlos al tesoro o  patrimonio del ente, para determinados gastos en el tesoro  público, o para gastos distintos a los previstos en el  presupuesto, en el caso del patrimonio del ente. 
  • 52.  Ejemplo: No se efectuó el reintegro correspondiente a los remanentes de fondos, existentes en las cuentas al cierre del ejercicio fiscal y los utilizó para cancelar gastos de funcionamiento.   Elementos probatorios:   Estados de cuenta Ejecución presupuestaria al cierre del ejercicio Documentación donde conste el reintegro efectivo de los fondos. Levantar Acta Fiscal en el caso de inexistencia. Nombramiento en Gaceta Oficial y certificación de cargos de los cuentadantes.      
  • 53. 12) Compromisos sin autorización legal o presupuestaria, salvo situaciones de emergencia. (Art. 91 ord 12º)   Artículo 91 ordinal 12º: “efectuar gastos o contraer compromisos  de cualquier naturaleza que puedan afectar la responsabilidad de  los entes y organismos señalados en los numerales 1 al 11 del  artículo 9 de esta Ley, sin autorización legal previa para ello, o sin  disponer  presupuestariamente  de  los  recursos  necesarios  para  hacerlo;  salvo  que  tales  operaciones  sean  efectuadas  en  situaciones  de  emergencia  evidentes,  como  en  casos  de  catástrofes  naturales,  calamidades  públicas,  conflicto  interior  o  exterior  u  otros  análogos,  cuya  magnitud  exija  su  urgente  realización,  pero  informando  de  manera  inmediata  a  los  respectivos órganos de control fiscal, a  fin  de  que  procedan  a  tomar  las  medidas  que  estimen  convenientes, dentro de los límites de esta Ley.” 
  • 54.  A)Realización de gastos o adquisición de compromisos sin disponibilidad presupuestaria   El supuesto generador de responsabilidad administrativa objeto de nuestro examen, se configurará cuando esté plenamente demostrado que los gastos efectuados o los compromisos contraídos, por parte del funcionario competente, no contaban con la disponibilidad presupuestaria para hacerlos. Nótese además que esta modalidad del supuesto de responsabilidad administrativa, se configura cuando en el presupuesto del órgano no existe una partida con la correspondiente previsión presupuestaria, para por ejemplo, la construcción de un inmueble, o sencillamente existiendo, para el momento en que se adquiere el compromiso se haya agotado, es decir, ya ha sido ejecutada totalmente. Realización de gastos o adquisición de compromisos sin la respectiva autorización legal:     Desde luego, que debe tratarse de una autorización prevista expresamente en el instrumento normativo o contractual, y basta que falte la misma, es decir, que no sea emanada del órgano competente, para que una vez contraído el compromiso o realizado el gasto se configure el supuesto generador de responsabilidad administrativa.    Realización de gastos o adquisición de compromisos sin la respectiva autorización legal:     Desde luego, que debe tratarse de una autorización prevista expresamente en el instrumento normativo o contractual, y basta que falte la misma, es decir, que no sea emanada del órgano competente, para que una vez contraído el compromiso o realizado el gasto se configure el supuesto generador de responsabilidad administrativa.  
  • 55.  B)Realización de gastos o adquisición de compromisos sin la respectiva autorización legal:   Desde luego, que debe tratarse de una autorización prevista expresamente en el instrumento normativo o contractual, y basta que falte la misma, es decir, que no sea emanada del órgano competente, para que una vez contraído el compromiso o realizado el gasto se configure el supuesto generador de responsabilidad administrativa.  
  • 56.  Efectuar gastos o contraer compromisos sin autorización legal previa para ello:  Se refiere a la competencia, el supuesto de realizar pagos o comprometer el presupuesto de un ente u organismo, sin estar designado para el ejercicio del cargo.  Ejemplo: Funcionarios públicos que suscriben órdenes de compras, servicios, pagos o cheques sin estar designado para ejercer el cargo o que entre sus funciones no se encuentre establecida tal actividad.    Elementos de Prueba:   Nombramiento y designación donde se establezcan las atribuciones del funcionario competente publicadas en Gaceta Oficial y del funcionario que suscribe los documentos justificativos del gasto. Ordenes de compras, servicios, pagos o cheques. Ejecución presupuestaria del ente donde se evidencie la afectación del gasto.   
  • 57.  Efectuar gastos o contraer compromisos, sin disponer presupuestariamente de los recursos necesarios para hacerlo;    Se refiere a la disponibilidad presupuestaria y el supuesto de contraer un gasto o compromiso sin que exista la suficiente disponibilidad. El ejemplo y los elementos probatorios pueden ser visualizados en el numeral 9 “Omisión al Control Previo”.    
  • 58.  13) Manejo ilegítimo de cuentas bancarias y sobregiro bancario (Apertura de cuentas a nombre propio). (art. 91 ord 13º)     Artículo 91 ordinal 13º: “abrir con fondos de un ente u organismo de los señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de esta Ley, en entidades financieras, cuenta bancaria a nombre propio o de un tercero, o depositar dichos fondos en cuenta personal ya abierta, o sobregirarse en las cuentas que en una o varias de dichas entidades tenga el organismo público confiado a su manejo, administración o giro.”   Este supuesto de responsabilidad administrativa contempla dos modalidades, la primera concerniente al manejo ilegítimo de cuentas bancarias, y la segunda, relativa al sobregiro bancario.
  • 59.   Ejemplo: Que sea aperturada una cuenta bancaria personal con fondos del ente, o que sean transferidos o depositados los fondos del ente a una cuenta personal del cuentadante o de un tercero.    Elementos de Prueba:   Estados de cuenta Documentos que demuestren la titularidad de la cuenta Cartas de transferencias o vouchers de depósitos o cheques. Registro foto fílmico del banco en el caso del cheque. Nombramiento en Gaceta Oficial del cuentadante y designación de funciones
  • 60. 14) Pago indebido de fondos públicos (Ilegal disposición de los fondos o bienes). (art. 91 ord 14º)   Artículo 91 ordinal 14º: “El pago, uso o disposición ilegal de  los  fondos  u  otros  bienes  de  que  sean  responsables  el  particular  o  funcionario  respectivo,  salvo  que  éstos  comprueben haber procedido en cumplimiento de orden de  funcionario  competente  y  haberle  advertido  por  escrito  la  ilegalidad  de  la  orden  recibida,  sin  perjuicio  de  la  responsabilidad de quien impartió la orden”.    Se  refiere  a  pagar  o  utilizar  los  fondos  públicos  en  inobservancia  de  las  leyes  o  normas  que  regulan  sus  funciones.  
  • 61.  Ejemplo1): el uso de fondos de un determinado Ente u Organismo, para fines personales, con la posterior devolución del monto sustraído de la cuenta correspondiente.    Elementos de Prueba:  Anverso y reverso de los cheques Estados de cuenta. Registro foto fílmico Nombramiento y designación en Gaceta Oficial y certificación de servicio del funcionario designado como cuentadante.    Ejemplo2): el pago de bonificaciones que no tengan ningún basamento legal para su procedencia y el cual no haya sido sujeto a aprobación por la Junta Directiva del ente.    Elementos de Prueba:  Nóminas del personal beneficiado Cartas de autorización para el abono en cuenta Normativa que se contraviene Nombramiento y designación de funciones de los funcionarios que autorizaron los pagos o abonos en cta. Órdenes de pago y su respectiva documentación soporte.  
  • 62. 15) Autorizar o aprobar pagos ilegales o indebidos por parte de los miembros de un órgano colegiado (art. 91 ord. 15º)   Artículo  91  ordinal  15º:  “La  aprobación  o  autorización  con  sus  votos,  de  pagos  ilegales o  indebidos,  por parte  de  los  miembros  de  las  juntas  directivas  o  de  los  cuerpos  colegiados  encargados  de  la  administración  del  patrimonio  de los entes y organismos señalados en los numerales 1 al  11 del artículo 9 de esta Ley, incluyendo a los miembros de  los cuerpos colegiados que ejercen la función legislativa en  los Estados, Distritos, Distritos Metropolitanos y Municipios.” 
  • 63.  Ejemplo: Cuando el cuerpo directivo de un ente acuerda la cancelación de un bono por un concepto no aplicable según la ley.     Elementos de Prueba:    Actas de Junta Directiva en la cual se haya aprobado o autorizado el pago de unos bonos.  Nóminas del personal beneficiado  Cartas de autorización para el abono en cuenta  Normativa que se contraviene  Nombramiento y designación de funciones de los funcionarios que autorizaron los pagos, así como del abono en cta.  Órdenes de pago y su respectiva documentación soporte.  
  • 64. 16) Ocultamiento y acaparamiento de planillas y formularios. (art. 91 ord. 16º)   Artículo 91 ordinal 16º: “Ocultar, permitir el acaparamiento o negar injustificadamente a los  usuarios, las planillas, formularios, formatos o especies fiscales, tales como timbres  fiscales y papel sellado, cuyo suministro corresponde a alguno de los entes y organismos  señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de esta Ley”. Ejemplo1) Cuando un  funcionario niegue injustificadamente la expedición de una planilla a los usuarios  (SENIAT).   Ejemplo 2) Cuando el funcionario encargado de distribución de papel sellado por ejemplo  en una Jefatura Civil, afirme el agotamiento del papel, con el objeto de venderlo  clandestinamente a un tercero.   Ejemplo 3) Cuando el funcionario encargado del suministro de estampillas, las cuales son  especies fiscales exigidas por la ley para la tramitación de solicitudes ante la  Administración Pública, los esconda, permita su acumulación en manos de empresas  privadas por ejemplo, o se niegue a expedirlas injustificadamente al público destinatario de  las mismas. Normalmente este tipo de conducta se ejecuta con el objeto de obtener un  beneficio económico.            Elementos de Prueba:   Denuncia de los usuarios. Declaraciones de los testigos. Informe de auditoría o Acta de los presuntos hechos irregulares. Cualquier otro documento que pruebe la presunta irregularidad. Identificación del funcionario vinculado a la distribución de planillas, formularios o especies  fiscales de que se trate, nombramiento y designación de funciones en Gaceta Oficial.
  • 65. 17) Adquisición de bienes, obras y servicios suntuarios. (Art. 91 ord. 17º)   Artículo 91 ordinal 17º:  “La adquisición, uso o contratación de bienes, obras o  servicios que excedan manifiestamente a las necesidades del organismo, sin  razones que lo justifiquen”.    Consiste en que los administradores de bienes públicos, a los fines de obtener  comisiones,  suscriben contratos adquisición de bienes, la realización de obras y   prestación de servicios innecesarios, pese a que el objeto de los mismos  sobrepasan las necesidades del ente u órgano respectivo. Ejemplo 1) La compra de 50 laptops, cuando la nómina del ente es de 30    personas, sin razones que lo justifiquen.    Ejemplo 2) la contratación de servicio por concepto de agasajo navideño con un  presupuesto para treinta (30) personas y el ente está conformado por sólo (4)  cuatro personas.  Ejemplo 3) Si en un hospital se requieren 10.000 dosis de antibióticos al año y  se suscribe un contrato para la adquisición de 30.000 sin razones que lo  justifiquen y se comprueba por ejemplo que los medicamentos comprados se  han vencido.
  • 66. 18) Celebraciones y agasajos. (art. 91 ord. 18º)   Artículo 91 ordinal 18º: “Autorizar gastos en celebraciones y agasajos que no se  correspondan con las necesidades estrictamente protocolares del organismo”.   Ejemplo:  La  Contratación  con  una  agencia  de  festejos  para  celebrar  el  cumpleaños del Presidente del ente. 19) Negligencia en el ejercicio de acciones y derechos. (art 91 ord 19º)   Artículo 91 ordinal 19º: “Dejar prescribir o permitir que desmejoren acciones o  derechos  de  los  entes  u  organismos  señalados  en  los  numerales  1  al  11  del  artículo  9  de  esta  Ley,  por  no  hacerlos  valer  oportunamente  o  hacerlo  negligentemente”.  Ejemplo:    Cuando  se  celebra  un  contrato  para  prestación  de  un  servicio  otorgando  la  contratista la respectiva fianza de fiel cumplimiento la cual tiene evidentemente  un  lapso  de  caducidad,  de  esta  forma,  una  vez  prestado  el  servicio,  se  comprueba el incumplimiento por parte del contratista de todo o parte del objeto  del contrato y quien tiene la competencia  para ejercer la acción para ejecutar la  fianza  deja  transcurrir  el  lapso  de  caducidad  razón  por  la  cual  se  pierden  los  derechos para hacer efectiva la garantía establecida.          
  • 67. 20) Maniobras o artificios en los contratos. (art. 91 ord 20º)   Artículo 91 ordinal 20º: “El concierto con los interesados para que se produzca  un determinado resultado, o la utilización de maniobras o artificios conducentes  a ese fin, que realice un funcionario al intervenir, por razón de su cargo, en la  celebración de algún contrato, concesión, licitación, en la liquidación de haberes  o efectos del patrimonio de un ente u organismo de los señalados en los  numerales 1 al 11 del artículo 9 de esta Ley, o en el suministro de los mismos”.  Para que se configure el primer supuesto, en el contexto, es necesario que  concurran los siguientes presupuestos:  El arreglo o convenio por parte de un funcionario público con otra persona o  personas con las que contrata. El aprovechamiento por parte del funcionario de su cargo o de la función que  ejerce, sin embargo, debe entenderse que no puede ser cualquier tipo de  funcionario sino aquel que tenga encomendada la administración de bienes  públicos, o sea, un  funcionario con capacidad de negociación o poder de  decisión en los respectivos procedimientos de concesión, contratación pública o  liquidación de haberes, o efectos del patrimonio público, o en el suministro de los  mismos. El interés del funcionario en obtener bien sea un beneficio económico o ventajas  de otra índole representadas por la producción de un resultado determinado,  susceptible además de producir perjuicios al patrimonio público, anteponiendo  sus intereses personales a los de la administración.         
  • 68. Para que se configure el segundo supuesto contemplado en la norma, es necesaria la realización de operaciones engañosas (maniobras y artificios), las cuales conducen a presumir la existencia de una intención fraudulenta para alcanzar un determinado fin, cuya configuración supone la comprobación de los mismos elementos señalados anteriormente, menos el relativo al arreglo de las partes. Estas modalidades del supuesto generador son muy difíciles de comprobar, por esta razón todo el énfasis de la actividad probatoria debe ser colocado por el órgano de control fiscal en los resultados derivados de la celebración del contrato, y básicamente a través de pruebas testimoniales. Ejemplo: Cuando se va realizar un procedimiento de consulta de precios, el funcionario encargado de solicitar las 3 cotizaciones, de las 3 que debe solicitar 2 de ellas fueron falsificadas con precios muy por encima del mercado y entonces se pone de acuerdo con una empresa contratista perteneciente a un sobrino para que la tercera cotización sea por debajo del precio de las otras dos, lo cual trae como consecuencia que se contrate a dicha empresa y una vez adjudicada la contratación a dicha empresa la factura es por un monto más alto del precio real quedando como consecuencia un margen de ganancia que se reparte entre ambos.
  • 69. 21) Actuaciones simuladas o fraudulentas. (art. 91 ord 21º)   Artículo 91 ordinal 21º:  “las actuaciones simuladas o fraudulentas  en la administración o gestión de alguno de los entes y  organismos señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de  esta Ley”. Ejemplo:  Un  funcionario  determinado,  el  cual  tiene  asignado  un  vehículo  para el ejercicio de las funciones inherentes a su cargo.  Dicho vehículo se encuentra asegurado, y al ser conducido fuera  del horario laboral sufre un siniestro, el funcionario que lo  tiene  bajo custodia a los efectos de cubrir su falta, en la ejecución de  una maniobra engañosa, se pone de acuerdo con una empresa  contratista para celebrar un contrato para simular reparaciones   por  mantenimiento    al  referido  vehículo  que  suman  un  monto  bastante  alto,  cuando  en  realidad  está  reparando  los  daños  sufridos  por  el  siniestro  con  cargo  al  presupuesto  del  ente,  sin  hacer uso de la póliza de seguro que amparaba el referido bien.
  • 70. 22) Empleo de fondos en finalidades diferentes a su destino legal. (art. 91 ord 22º)  Artículo 91 ordinal 22º: “El empleo de fondos de alguno de  los entes y organismos señalados en los numerales 1 al 11  del  artículo  9  de  esta  Ley  en  finalidades  diferentes  de  aquellas a que estuvieron destinados por Ley, reglamento o  cualquier  otra  norma,  incluida  la  normativa  interna  o  acto  administrativo”.  Ejemplo:  Que  un  determinado  ente  u  órgano  no  tenga  creada  la  partida  4.07  “Donaciones”,  y  por  ende  no  tiene  asignado  ningún  recurso  por  ley  para  realizar  este  tipo  de  operación, sin embargo, se propone hacer una donación en  especie,  y  compra  los  bienes  objeto  de  donación  con  los  recursos  disponibles  en  la  partida  4.02,  “Materiales  y  Suministros”  destinada  por  ley  para  realizar  gastos  para  consumo y funcionamiento del propio ente, configurando así  la  desviación  de  los  fondos  que  estaban  destinados  para  una finalidad diferente a la cual efectivamente se aplicaron.
  • 71. 23) Ejecución de contratos en contradicción con la ley u otras normas. (art. 91 ord 23º)   Artículo 91  ordinal 23º: “Quienes ordenen iniciar la  ejecución  de  contratos  en  contravención  a  una  norma legal o sublegal, al plan de organización, las  políticas,  normativa  interna,  los  manuales  de  sistemas  y  procedimientos  que  comprenden  el  control interno.”  Ejemplo: Cuando el Presidente de un ente ordene  la  ejecución  de  un  contrato  de  obras  cuyos  permisos para la construcción no han sido emitidos  formalmente por la autoridad competente, es decir,  sin contar con ellos.
  • 72. 24) Impedir las inspecciones o fiscalizaciones de los órganos de control. (Art. 91 ord 24)   Artículo 91 ordinal 24º: “Quienes estando obligados  a permitir las visitas de inspección o fiscalización de  los  órganos  de  control  se  negaren  a  ello  o  no  les  suministraren  los  libros,  facturas  y  demás  documentos  que  requieren  para  el  mejor  cumplimiento de sus funciones.”  Ejemplo 1) Cuando en los entes sujetos a nuestro  control  se  nieguen  a  dar  una  determinada  información o documentación. Ejemplo 2) Cuando en los entes sujetos a nuestro  control  se  nieguen  a  permitir  la  instalación  de  la  comisión de auditoría designada por este Organismo  Contralor. 
  • 73. 25) Falta o retardo en la rendición de cuentas. (Art. 91 ord 25º)  Artículo 91 ordinal 25º: “Quienes estando obligados a rendir  cuenta,  no  lo  hicieren  en  la  debida  oportunidad,  sin  justificación, las presentaren reiteradamente incorrectas o no  prestaren las facilidades requeridas para la revisión”.    Se  configura  cuando  los  funcionarios  obligados  a  rendir  cuentas no lo hacen en la debida oportunidad, sin justificación  para  ello,  las  presenten  reiteradamente  incorrectas  o  no  presten las facilidades requeridas para su revisión.   Ejemplo  1)  Cuando  el  Gobernador  o  el  presidente  del  Consejo Legislativo no presenten en su debida oportunidad la  memoria y cuenta de su gestión, así como aquellos que de  conformidad  al  artículo  52  de  la  LOCGRSNCF,  manejen,  administren  y  custodien  recursos  afectados  al  cumplimiento  de finalidades de interés público.
  • 74. 26) Incumplimiento de las instrucciones de la Contraloría General de la República. (Art. 91 ord 26º)   Artículo  91  ordinal  26:  “Quienes  incumplan  las  normas  e  instrucciones  de  control  dictadas  por  la  Contraloría  General  de la República”.  Ejemplo:  Se  refiere  al  incumplimiento  de  las  instrucciones  formalmente  aprobadas  por  la  Contraloría  General  de  la  República,  tales  como:  “Las  Normas  Generales  de  Control  Interno”,  “Normas  Generales  de  Contabilidad  del  Sector  Público”,  Normas  Generales  de  Auditoría  de  Estado”,  entre  otras.     
  • 75. 27) Designación de funcionarios inhabilitados por la Contraloría General de la República. (Art. 91 ord. 27)   Artículo  91  ordinal  27º:  “La  designación  de  funcionarios  que  hubieren  sido  declarados  inhabilitados  por  la  Contraloría  General  de la República.”    Ejemplo: Se designe como titular de un cargo a un funcionario que  mantiene una     inhabilitación por parte de la CGR a la fecha de la  designación.  28) Retardo injustificado en los pagos. (Art. 91 ord. 28)   Artículo 91 ordinal 28º: “La retención o el retardo injustificado en el  pago  o en la tramitación de órdenes de pago.”  Ejemplo:  Que  un  ente  se  retarde  en  efectuar  el  pago  a  una  empresa que haya prestado un servicio o suministrado un bien, sin  razones que lo justifiquen, lo cual puede derivar en acciones por  parte del contratista en contra del ente
  • 76. Cualquier otro acto contrario a norma expresa. (Art. 91 ord 29º)   Artículo  91  ordinal  29º:  “Cualquier  otro  acto,  hecho u omisión contrario a una norma legal o  sublegal al plan de organización, las políticas,  normativa interna, los manuales de sistemas y  procedimientos  que  comprenden  el  control  interno.”    Ejemplo:  Cualquier  acto  u  omisión  contenido  en una norma de rango legal o sublegal y que  no  se  puede  subsumir  en  cualquiera  de  los  supuestos anteriores