La nueva ley universitaria respeta la autonomía de las universidades. Establece cinco regímenes de autonomía: normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. La ley busca vincular el futuro del sistema universitario a los desafíos del desarrollo del país y su principal función es la supervisión de la calidad educativa.
3. • Objetivos
• Currículu
• Método 1, Método 2
• Evaluación
• Examen de admisión
• Investigación
No significa libertad sin
limites
4. Responsabilidad frente a su
comunidad universitaria
Educación de calidad acorde a
los desafíos del desarrollo del
país
Universidad Autónoma
• No permite la Corrupción en
su interior
• Investigación Científica
5. ¿EXISTE UN SOLO MODELO DE
AUTONOMÍA UNIVERSITARIA EN EL
MUNDO?
• Cada país tiene un modelo de
autonomía universitaria diferente de
acuerdo a sus desafíos de desarrollo
y a las características de la época
6. • En Europa se pueden identificar 29
modelos de autonomía universitaria, de
acuerdo a sus sistemas de educación
superior
El Estado
• Supervisa la calidad académica de las
universidades
• Garantiza a las propias instituciones la
capacidad de gestionarse
7. AUTONOMÍA UNIVERSITARIA EN EL
PERÚ
• La autonomía universitaria esta
reconocido por la constitución
política en 1993
8. • 1983 se aprobó la ley 23733 donde
definía una autonomía universitaria
basada en la regulación de las
universidades, donde su única relación
con el estado se hace a través de la
ANR
• La ley 23733 fue creada bajo el
supuesto de crear Universidades
Publicas, Universidades Privadas sin
fines de lucro
9. • 1996 se creo el decreto legislativo 882
(Gobierno de Alberto Fujimori)
• Creación de las universidades con fines
de lucro “Universidades Empresa”
donde los órganos de gobierno fueron
sustituidos por empresarios
10. • Se creo un grupo de
universidades donde la
autonomía propuesta en la
antigua ley universitaria que
buscaba garantizar la calidad
educativa y la investigación
científica pierde su sentido
original configurando así un
modelo perfecto para lucrar
11. • Brindando así una dudosa
calidad educativa y sin
promover la investigación
científica
• Las empresas tienen graves
dificultades para conseguir
profesionales que estén
capacitados en el mercado
laboral
12.
13.
14.
15. NUEVA LEY UNIVERSITARIA
• Mantiene la autonomía como
garantía institucional y
plantea un nuevo modelo de
autonomía
• Sustituye a la ANR por la
SUNEDU
16. • El Estado reconoce la
autonomía universitaria.
• La autonomía inherente a las
universidades se ejerce de
conformidad con lo establecido
en la Constitución
17. Se manifiesta en los siguientes regímenes:
Normativo:
• implica la potestad
autodeterminativa para la
creación de normas internas
(estatuto y reglamentos)
destinadas a regular la
institución universitaria.
18. De gobierno:
• implica la potestad
autodeterminativa para
estructurar, organizar y conducir
la institución universitaria, con
atención a su naturaleza,
características y necesidades. Es
formalmente dependiente del
régimen normativo.
19. Académico:
• implica la potestad autodeterminativa
para fijar el marco del proceso de
enseñanza aprendizaje dentro de la
institución universitaria.
• Supone el señalamiento de los planes de
estudios, programas de investigación,
formas de ingreso y egreso de la
institución, etc. Es formalmente
dependiente del régimen normativo y es
la expresión más acabada de la razón de
ser de la actividad universitaria
20. Administrativo:
• implica la potestad
autodeterminativa para establecer
los principios, técnicas y prácticas
de sistemas de gestión, tendientes a
facilitar la consecución de los fines
de la institución universitaria,
incluyendo la organización y
administración del escalafón de su
personal docente y administrativo.
21. Económico:
• implica la potestad
autodeterminativa para
administrar y disponer del
patrimonio institucional; así
como para fijar los criterios de
generación y aplicación de los
recursos
22. CONCLUCIONES
• La autonomía Universitaria es respetada por la nueva ley
universitaria.
• La nueva ley 30220 se propuso vincular el futuro del sistema
universitario a los desafíos del desarrollo del país.
• La principal función de la nueva ley universitaria es la
supervisión de la calidad educativa.