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I.E."SARA A. BULLÓN N°10110
                  Lambayeque°                                             DIRECCION GENERAL DE
                                                                         TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS




                                   REGLAMENTO INTERNO 2012

                          AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA
                                        Y
                         CENTRO DE RECURSOS TECNOLÓGICOS


                                        DISPOSICIONES GENERALES

                                      CAPITULO I
                         DATOS INFORMATIVOS – FUNDAMENTACIÓN



   1.1    I.E.                                        : “Sara A. Bullón”
Artículo 1°.- DATOS INFORMATIVOS:

   1.2    Lugar                               : Lambayeque
   1.3    Nivel                               : Primaria y Secundaria
   1.4    DRE                                 : Lambayeque
   1.5    Director                            : Sinclair Herberto Chumacero Ojeda
   1.6    Sub Directora – Primaria                    : Corina Merced Rodríguez Campoverde
   1.7    Sub Director – Secundaria                   : Juana Piscoya Supo
   1.8    Responsables :
          Nivel de Educación Primaria  : Sara Solangge Quevedo Salazar
                                         Maritza Rossana Cabrejos Granados
         Nivel de Educación Secundaria : Manuel Roque Díaz Medina
                                         Edgard Guillermo Sánchez Julca




Artículo 2°. FUNDAMENTACIÓN

      El Reglamento Interno del Aula de Innovación Pedagógica Y Centro
      de Recursos Tecnológicos para el uso y aprovechamiento pedagógico
      de las Tecnologías Educativas es un documento que norma la
      organización, funciones, deberes, derechos y responsabilidades del
      personal directivo, docentes responsables, docentes de aula y/o áreas,
      estudiantes y padres de familia a fin de garantizar una labor eficiente,
      que permita trabajar en armonía para el logro óptimo de los objetivos
      planificados en los aspectos humano, pedagógico, tecnológico y
      administrativo.
CAPÍTULO II

         DE LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DE LAS ESTUDIANTES.

Artículo 3º


     a. Recibir Información oportuna, adecuada y coherente de parte del
     Las estudiantes tienen Derecho a:

        docente de aula así como del responsable del AIP/CRT del Nivel
        correspondiente.
     b. Ser tratada con dignidad y respeto.
     c. Ser informada de las disposiciones que les concierne como
        estudiantes.
     d. Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes.
     e. Participar en actividades debidamente programadas.
     f. Expresar libremente sus ideas y opiniones en forma verbal o escrita
        a través de un buzón de sugerencias, las mismas que serán
        analizadas y evaluadas con el respeto que se merecen.
     g. Utilizar el AIP/CRT sólo para realizar sus investigaciones y trabajos
        en horario alterno al que estudia, previa presentación de su carnet
        de estudiante.

Artículo 4º


     a. Saludar e ingresar en orden al AIP/CRT.
     Son Deberes de las estudiantes:

     b. Respetar a sus docentes de aula, compañeras, y demás personal que
        labora en la Institución Educativa así como a los responsables del
        AIP/CRT.
     c. Participar responsablemente en las actividades educativas que
        organice el AIP de su Institución Educativa.
     d. Cuidar los ambientes, mobiliario y demás instalaciones del AIP/CRT
        y de su Institución Educativa en general.
     e. Cumplir el Código de Conducta y/o Normas de Convivencia del
        AIP/CRT y otras disposiciones relativas de su I.E.
     f. Proteger las Fichas de Material Tecnológico y Computadoras que
        utilizan en el AIP.
CAPÍTULO III

              DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL DOCENTE DE AULA
                   Y/O ÁREA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.

Artículo 5º


     a. Tener libertad para emplear metodología activa, procedimientos
     Son derechos del Docente de Aula y/o Área.

        pertinentes y material tecnológico del AIP/CRT para el mejor
        desarrollo del proceso educativo.
     b. Ser atendido por el docente responsable del AIP/CRT en sus
        requerimientos, antes y durante la ejecución de su actividad de
        aprendizajes, previa coordinación.
     c. Ser convocado a reuniones o asambleas con la debida anticipación
        para informarse de las últimas actualizaciones y otros
        acontecimientos relacionados con Tecnologías Educativas.
     d. Gozar de autonomía en sus horas de clase en el AIP/CRT con el
        apoyo del Docente Responsable, previa coordinación según el
        flujograma publicado (48 horas).
     e. Estar permanentemente informado acerca de las Directivas y otros
        documentos oficiales relacionados con el funcionamiento y
        orientaciones para el desarrollo de las actividades con Tecnologías
        Educativas.
     f. Encontrar el AIP/CRT aseada y el material tecnológico en
        condiciones óptimas, previa coordinación con el Docente
        Responsable del AIP/CRT.
     g. Contar con las facilidades para utilizar los materiales educativos
        que necesita y que siendo propiedad de la Institución Educativa
        deben estar al servicio de los docentes de aula o área cada vez que
        lo requieran con la debida anticipación.



Artículo 6º


     a. Coordinar anticipadamente con el Docente del AIP/CRT las
     Son deberes del Docente de Aula y/o Área:

        actividades programadas de acuerdo al Flujograma de Ingreso.
        (mínimo 48 horas antes)
     b. Estar implementado y actualizado en el aspecto técnico –
        pedagógico de acuerdo al área y/o grado que tiene a cargo.
     c. Participar en forma democrática con capacidad crítica y
        responsable, aportando ideas para mejorar las condiciones técnico
– pedagógicas que se brindan en el AIP/CRT, en forma escrita ya sea
   con registro en el cuaderno de ocurrencias o mediante la
   presentación de sugerencia por vía regular ingresada por mesa de
   partes.
d. Hacer uso del tiempo asignado y/o coordinado para el desarrollo de
   su actividad de aprendizaje, debiendo comunicar oportunamente la
   suspensión de la misma para evitar mantener los equipos
   encendidos innecesariamente.
e. Ingresar y salir del AIP/CRT con las estudiantes a su cargo
   debidamente ordenadas.
f. Conducir la actividad de aprendizaje programada en el tiempo
   previsto.
g. Brindar a las estudiantes y padres de familia trato amable y con
   respeto al igual que a los compañeros de trabajo.
h. Entregar una copia de su ficha de sesión de aprendizaje
   debidamente firmada.
i. Aplicar metodología activa acorde con los adelantos tecnológicos
   con que cuenta nuestra Institución Educativa.
j. Justificar su inasistencia a una actividad programada en el AIP/CRT
   debiendo hacer las coordinaciones respectivas a fin de recuperar el
   tiempo perdido.
k. Desarrollar las actividades pedagógicas de acuerdo a las
   orientaciones de la superioridad estipuladas en las normas legales
   correspondientes, para la adecuada integración de las TIC.
l. Elaborar fichas de trabajo y/o producir Material Educativo
   relacionadas con la actividad y el material tecnológico utilizado.
m. Acudir a reuniones convocadas por el Docente del AIP/CRT en
   coordinación con las autoridades superiores de la Institución
   Educativa.
n. Hacer uso de los televisores previa presentación de la ficha de la
   sesión de aprendizaje y la hoja de evaluación del video.
CAPÍTULO IV

         DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo 7º


     a. Proporcionar a su pupila el material requerido por el docente de
     Son deberes de los padres de familia:

        aula o área para trabajar en el AIP/CRT.
     b. Velar a través de sus representantes, por el mantenimiento de los
        materiales tecnológicos así como por la ambientación del AIP/CRT
        en coordinación con los Docentes Responsables del AIP/CRT.
     c. Apoyar permanentemente en cuanto a las necesidades y
        requerimientos para el mantenimiento de los equipos tecnológicos
        que se deterioran con el uso.
     d. Reparar y reponer el mobiliario o material tecnológico que su niña
        hubiera deteriorado en el AIP/CRT.
     e. Apoyar en actividades económicas que redunden en beneficio del
        AIP.

Artículo 8º


     a. A informarse a través de sus representantes o de los mismos DAIP
     Son derechos de los padres de familia:

        acerca del trabajo que sus menores hijas realizan en el AIP/CRT.
     b. Integrar democráticamente el comité tecnológico de la Institución
        Educativa.
     c. Participar de las actividades, reuniones y capacitaciones que
        convocan o promueven los docentes responsables del AIP/CRT.
     d. Participar en forma democrática con capacidad crítica y
        responsable, aportando ideas para mejorar las condiciones técnico
        – pedagógicas que se brindan en el AIP/CRT, en forma escrita ya sea
        con registro en el cuaderno de ocurrencias o mediante la
        presentación de sugerencia por vía regular ingresada por mesa de
        partes.
CAPÍTULO V

         DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL DOCENTE DEL AULA DE
               INNOVACIÓN DE TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS.

Artículo 9º


     a. Recibir información adecuada, oportuna y necesaria para el buen
     Son Derechos del Docente del Aula de Innovación Pedagógica:

        funcionamiento del AIP/CRT.
     b. Mantener las buenas relaciones sociales con la comunidad
        educativa.
     c. Elaborar y publicar en un lugar visible las normas de convivencia y
        empleo de los recursos tecnológicos a su cargo.

Artículo 10º


     a. Ambientar adecuadamente el AIP/CRT para brindar un clima
     Son Deberes del Docente del Aula de Innovación Pedagógica:

        acorde con la tecnología utilizada.
     b. Elaborar los documentos para el buen funcionamiento del AIP/CRT,
        planes, proyectos y horarios.
     c. Coordinar con las autoridades de la I.E. los horarios destinados a la
        práctica del personal docente que labora en nuestra Institución
        Educativa.
     d. Cautelar los bienes y enseres del AIP/CRT, brindándole el
        mantenimiento que requiere en coordinación con el personal
        directivo, jerárquico, docente, administrativo, estudiantes y padres
        de familia.
     e. Coordinar los horarios de atención y práctica docente, exhibir los
        horarios de trabajo marcando las horas de libre disponibilidad para
        coordinación.
     f. Promover la participación de la comunidad educativa en el proceso
        de la integración de las TIC.
     g. Incentivar el aprovechamiento de los recursos TIC, propuestos por
        la DIGETE, la implementación de las Bibliotecas digitales y virtuales
        para la Institución Educativa así como organizar y conservar los
        materiales educativos producidos por docentes y estudiantes.
     h. Promover el desarrollo de Proyectos Colaborativos en la Institución
        Educativa y con sus pares a nivel de otras instituciones Educativas
        de la comunidad local, nacional e internacional.
     i. Brindar al educando seguridad durante su permanencia en las
        AIP/CRT.
j. Actualizar el periódico mural y otros carteles informativos de
   acuerdo al calendario cívico escolar y las novedades técnico
   pedagógico.
k. Mantener actualizada la carpeta pedagógica y administrativa de su
   responsabilidad relacionada al AIP/CRT.
l. Verificar que las estudiantes no porten objetos de valor y alimentos
   cuando asistan al AIP/CRT.
m. Apoyar la labor docente del profesor de aula o área a fin de mejorar
   los aprendizajes significativos de las estudiantes, integrando las TIC.
CAPÍTULO VI

      FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE LOS DOCENTES DEL PROCESO DE
        INTEGRACION DE LAS TIC, A NIVEL DE AULA DE INNOVACIÓN
           PEDAGÓGICA, INSTITUCIÓN EDUCATIVA Y ÓRGANOS
                            INTERMEDIOS.

Artículo 11º


  a. Las funciones del docente del Aula de Innovación Pedagógica (DAIP)
  Son funciones del docente del AIP/CRT:

     son: (Directiva Nº 090-2007/DIGETE, Directiva Nº 015-2008-GR-
     LAMB/DREL-DGP Y R.M. Nº 0494-2007-ED):
      Organizar y planificar las actividades del Aula de Innovación de
        Tecnologías Educativas
      Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del Aula
        de Innovación Pedagógica: (Plan de Trabajo Anual, Reglamento
        Interno, Plan de Proyección a la Comunidad, catálogo de recursos,
        horarios, entre otros)
      Asesorar a los docentes en el desarrollo de las actividades
        educativas con TIC.
      Organizar actividades de capacitación para el aprovechamiento
        pedagógico de las TIC.
      Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos educativos,
        equipamiento e infraestructura y por la ambientación pedagógica
        del Aula de Innovación Pedagógica.
      Reportar el estado de los Recursos TIC a la Dirección de la I.E.
      Actualizar el Inventario de los Recursos de Aula de Innovación
        Pedagógica a su cargo.
      Promover la participación de la Comunidad educativa y de la
        comunidad local en el proceso de integración de las TIC en la
        Institución Educativa.
      Promover el aprovechamiento educativo de los recursos TIC
        propuestos por DIGETE, la implementación de bibliotecas digitales
        y virtuales para la I.E., el desarrollo de materiales educativos por
        docentes y alumnos y el trabajo colaborativo en la Institución
        Educativa y con sus pares de otras Instituciones Educativas.
      Planificar, desarrollar y evaluar Cursos de Capacitación y
        Actualización Docente al Personal de la I.E. así como talleres de
        sensibilización dirigida a los padres de familia.
      Permitir la comunicación permanente de los docentes y estudiantes
        a través de recursos TIC.
      Informar al órgano intermedio de su jurisdicción acerca de las
        actividades desarrolladas.
CAPÍTULO VIII

                 NORMAS DE CONVIVENCIA y PROHIBICIONES

Art. 12º

       Demostrar respeto al ingresar al AIP/CRT saludando al docente
  Son las Normas de convivencia en el AIP/CRT

         responsable.
       Ingresar, permanecer y salir en orden del AIP/CRT.
       Demostrar responsabilidad en el trabajo en equipo y respeta
         opiniones de sus pares.
       Cumplir el horario de trabajo programado para la sesión de
         aprendizaje.
       Cuidar los equipos de computación, mobiliario y otros bienes del
         AIP/CRT.
       Mantener atención a las instrucciones del docente del área
         correspondiente.
       Cada estudiante es la única responsable de sus pertenencias.


   Queda terminantemente prohibido:
Art. 13° PROHIBICIONES:

       Ingresar al Messenger ni a otras páginas durante el desarrollo de la
         clase o con autorización del docente del área o AIP/CRT
       Portar objetos de valor ni celulares, el uso indebido permitirá
         recogerlos y entregarlos a toe.
       Ingerir bebidas ni alimentos en el aula de innovación pedagógica.
       Arrojar al piso desperdicios y/o papeles.
       Hacer uso de disquetes y memoria USB sin autorización del docente
         responsable del AIP/CRT.
       Instalar, desinstalar, modificar o alterar los programas de los
         equipos sin conocimiento y autorización del docente del AIP/CRT.
       Hacer uso del servidor como estación de trabajo, es utilizado sólo
         por el DAIP, bajo su responsabilidad en su respectivo turno.
CAPÍTULO IX

                     NORMAS DE EMPLEO DE RECURSOS,
                    EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA


    a. Los docentes coordinarán con el docente del AIP/CRT la actividad
Artículo 14º

       educativa por lo menos 48 horas antes de su turno, indicando con
       precisión los materiales tecnológicos a utilizar.
    b. El equipamiento y mantenimiento de los equipos tecnológicos del
       AIP/CRT, son responsabilidad del comité de Recursos Financieros, en
       coordinación con los docentes responsables del AIP/CRT.
CAPÍTULO X

          HORARIOS DE ATENCIÓN A DOCENTES Y ESTUDIANTES
              DE LOS NIVELES PRIMARIA Y SECUNDARIA

Artículo 15º
     El horario de atención de docentes con sus estudiantes del turno
     de la mañana, es el siguiente:
                       TURNO MAÑANA – 2012

 HORA      LUNES      MARTES       MIÉRCOLES    JUEVES     VIERNES

1°-7:30               2°B/AIP       3°B/AIP                4°A/CRT

2°-8:15               2°B/CRT       Carmen                  Mirtha

3°-9:00   1°B/AIP      Elina        3°B/CRT     3°A/AIP     1°A/AIP

4°-9:45    Maritza    2°A/AIP       Carmen       Rocío      Roberto

   5°     1°B/CRT     2°A/CRT       4°A/AIP     3°A/CRT    1°A/CRT

   6°      Maritza    Trinidad       Mirtha      Rocío      Roberto
TURNO TARDE – 2012




                          5º “B” –
HORAS      LUNES         MARTES      MIÉRCOLES       JUEVES      VIERNES

                                                                 6º “B” –
                            AIP                       6º “C” –
         5º “C” – AIP                                              AIP
1.00 a

                           Juan      6º “B” – CRT      CRT
             Kely                                                  Luis
 1.45

                         Fernando    Luis Alberto      María
          Cruzado                                                Alberto
                          Piscoya    Pucce Mejía      Millián
                                                                  Pucce
                          Tejada
1.45 a

                                                                  Mejía
 2.30

                          4º “B” –                    5º “B” –
         5º “A” – AIP
                           CRT       6º “A” – CRT       CRT      5º “C” –
         Alicia Isabel
                         Wilfredo       Zósimo         Juan        CRT
2.30 a

           Pizarro
                         Guillermo      López.       Fernando      Kely
 3.15

          Sandoval
                          Rosado                      Piscoya    Cruzado
                          Acosta                      Tejada
3.15 a
 3.45

3.45 a

                                                      4º “B” –
              R             E        C          R        E          O

                                     5º “A” – CRT
 4.15

                         6º “A” –                      CRT       6º “C” –
                                     Alicia Isabel
4.15 a

          Actividades      AIP                       Wilfredo      AIP
                                        Pizarro
 5.00

         permanentes     Zósimo                      Guillermo    María
                                       Sandoval
                          López                       Rosado     Milián
5.00 a

                                                      Acosta
 5.45

5.45 a
 6.00                           HORA DE LECTURA
Artículo 17º

     Para los docentes del nivel secundario de ambos turnos, el
     horario no se ha impuesto por que ellos eligen la hora (s) y día
     según el avance de sus sesiones de aprendizaje. El formato es el
     siguiente:


 HORARIO DE INGRESO AL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA. SECUNDARIA

TURNO:
MAÑANA                                               MES: ……….……..

                  LUNES
     HORA               MARTES… MIÉRCOLES….. JUEVES VIERNES…
                    …
        7:15 a
1era.
         8:00
        8:00 a
2da
         8:45
        8:45 a
3ra.
         9:30
        9:30 a
4ta.
        10:15
 10:15 a 10:30          R        E         C         E          S        O
       10:30 a
5ta.
        11:15
       11:15 a
6ta.
        12:00
       12:00 a
7ma
        12:45


Artículo 18º

 El horario de atención para los docentes con estudiantes del turno de la tarde,
 donde cada docente separa las horas de acuerdo al avance de sus sesiones de
 aprendizaje; es el siguiente:
HORARIO DE INGRESO AL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA. SECUNDARIA

TURNO: TARDE                               MES: ……….……..

                 LUNES
    HORA               MARTES… MIÉRCOLES…. JUEVES VIERNES…
                   …
       13:00 a
1era.
        13:45
       13:45 a
2da
        14:30
       14;30 a
3ra.
        15:15
       15:15 a
4ta.
        16:00
 16:00 a 16:15       R       E      C        E      S        O
       16:15 a
5ta.
        17:00
       17:00 a
6ta.
        17:45
       17:45 a
7ma
        18:30
CAPÍTULO XI
                          ESTIMULOS Y SANCIONES
Artículo 19º

      Recibirá una Resolución Directoral de felicitación expedida por el
     De los estímulos:

      Director de la Institución Educativa al docente que:
     a) Produzca material educativo con los software libres promovidos
         por la DIGETE y los difunda a las estudiantes y docentes de la
         institución educativa.
     b) Permita la publicación de su material educativo producido y que a
        través de la DIGETE se valida su derecho de autor.




Artículo 20º

     Será sancionado el docente que:
De las sanciones

     a) Difunda material educativo atribuyéndose la autoría, sin respetar el
        derecho de autor.
     b) Difunda material educativo sin previa coordinación con el DAIP.
     c) Oculte o elimine sus producciones, negándose a compartirlas en
        nuestra comunidad educativa.
     d) Falte al reglamento del AIP/CRT.
CAPÍTULO XI

                                  DISPOSICIONES FINALES

    La Dirección del Plantel otorgará su reconocimiento a través de una
Artículo 21º

    Resolución Directoral al docente (s) que produzcan material educativo
    (software) en el AIP/CRT durante el presente año académico.

Artículo 22º

     Los asuntos no contemplados en el presente Reglamento serán
     absueltos por el Docente de área o aula, Docente del AIP/CRT, Comité de
     aula. Comité Tecnológico, Dirección de la Institución Educativa, según
     sea el caso y en permanente coordinación con las partes interesadas y/o
     afectadas.

Artículo 23º

     El presente Reglamento empezará a regir a partir de su aprobación e
     inicio las labores educativas.


Artículo Complementario:

     Durante el presente año lectivo 2012 y mientras continúe el estado de
emergencia en la Institución Educativa el trabajo con en el Nivel de
Educación Primaria se realizará en las Aulas de Clase con las Laptop XO,
trasladándolas a cada sección que las requieran, por lo que cada docente
deberá coordinar con la debida anticipación de acuerdo con el Flujograma
público vigente.

                                                      Lambayeque, abril 2012




  Sara Solangge Quevedo Salazar        Maritza Rossana Cabrejos Granados
     DAIP Primaria Mañana                      DAIP Primaria Tarde




  Manuel Roque Díaz Roque              Edgard Guillermo Sánchez Julca
  DAIP Secundaria Mañana                  DAIP Secundaria Tarde

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  • 1. I.E."SARA A. BULLÓN N°10110 Lambayeque° DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS REGLAMENTO INTERNO 2012 AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA Y CENTRO DE RECURSOS TECNOLÓGICOS DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DATOS INFORMATIVOS – FUNDAMENTACIÓN 1.1 I.E. : “Sara A. Bullón” Artículo 1°.- DATOS INFORMATIVOS: 1.2 Lugar : Lambayeque 1.3 Nivel : Primaria y Secundaria 1.4 DRE : Lambayeque 1.5 Director : Sinclair Herberto Chumacero Ojeda 1.6 Sub Directora – Primaria : Corina Merced Rodríguez Campoverde 1.7 Sub Director – Secundaria : Juana Piscoya Supo 1.8 Responsables : Nivel de Educación Primaria : Sara Solangge Quevedo Salazar Maritza Rossana Cabrejos Granados Nivel de Educación Secundaria : Manuel Roque Díaz Medina Edgard Guillermo Sánchez Julca Artículo 2°. FUNDAMENTACIÓN El Reglamento Interno del Aula de Innovación Pedagógica Y Centro de Recursos Tecnológicos para el uso y aprovechamiento pedagógico de las Tecnologías Educativas es un documento que norma la organización, funciones, deberes, derechos y responsabilidades del personal directivo, docentes responsables, docentes de aula y/o áreas, estudiantes y padres de familia a fin de garantizar una labor eficiente, que permita trabajar en armonía para el logro óptimo de los objetivos planificados en los aspectos humano, pedagógico, tecnológico y administrativo.
  • 2. CAPÍTULO II DE LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DE LAS ESTUDIANTES. Artículo 3º a. Recibir Información oportuna, adecuada y coherente de parte del Las estudiantes tienen Derecho a: docente de aula así como del responsable del AIP/CRT del Nivel correspondiente. b. Ser tratada con dignidad y respeto. c. Ser informada de las disposiciones que les concierne como estudiantes. d. Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes. e. Participar en actividades debidamente programadas. f. Expresar libremente sus ideas y opiniones en forma verbal o escrita a través de un buzón de sugerencias, las mismas que serán analizadas y evaluadas con el respeto que se merecen. g. Utilizar el AIP/CRT sólo para realizar sus investigaciones y trabajos en horario alterno al que estudia, previa presentación de su carnet de estudiante. Artículo 4º a. Saludar e ingresar en orden al AIP/CRT. Son Deberes de las estudiantes: b. Respetar a sus docentes de aula, compañeras, y demás personal que labora en la Institución Educativa así como a los responsables del AIP/CRT. c. Participar responsablemente en las actividades educativas que organice el AIP de su Institución Educativa. d. Cuidar los ambientes, mobiliario y demás instalaciones del AIP/CRT y de su Institución Educativa en general. e. Cumplir el Código de Conducta y/o Normas de Convivencia del AIP/CRT y otras disposiciones relativas de su I.E. f. Proteger las Fichas de Material Tecnológico y Computadoras que utilizan en el AIP.
  • 3. CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL DOCENTE DE AULA Y/O ÁREA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. Artículo 5º a. Tener libertad para emplear metodología activa, procedimientos Son derechos del Docente de Aula y/o Área. pertinentes y material tecnológico del AIP/CRT para el mejor desarrollo del proceso educativo. b. Ser atendido por el docente responsable del AIP/CRT en sus requerimientos, antes y durante la ejecución de su actividad de aprendizajes, previa coordinación. c. Ser convocado a reuniones o asambleas con la debida anticipación para informarse de las últimas actualizaciones y otros acontecimientos relacionados con Tecnologías Educativas. d. Gozar de autonomía en sus horas de clase en el AIP/CRT con el apoyo del Docente Responsable, previa coordinación según el flujograma publicado (48 horas). e. Estar permanentemente informado acerca de las Directivas y otros documentos oficiales relacionados con el funcionamiento y orientaciones para el desarrollo de las actividades con Tecnologías Educativas. f. Encontrar el AIP/CRT aseada y el material tecnológico en condiciones óptimas, previa coordinación con el Docente Responsable del AIP/CRT. g. Contar con las facilidades para utilizar los materiales educativos que necesita y que siendo propiedad de la Institución Educativa deben estar al servicio de los docentes de aula o área cada vez que lo requieran con la debida anticipación. Artículo 6º a. Coordinar anticipadamente con el Docente del AIP/CRT las Son deberes del Docente de Aula y/o Área: actividades programadas de acuerdo al Flujograma de Ingreso. (mínimo 48 horas antes) b. Estar implementado y actualizado en el aspecto técnico – pedagógico de acuerdo al área y/o grado que tiene a cargo. c. Participar en forma democrática con capacidad crítica y responsable, aportando ideas para mejorar las condiciones técnico
  • 4. – pedagógicas que se brindan en el AIP/CRT, en forma escrita ya sea con registro en el cuaderno de ocurrencias o mediante la presentación de sugerencia por vía regular ingresada por mesa de partes. d. Hacer uso del tiempo asignado y/o coordinado para el desarrollo de su actividad de aprendizaje, debiendo comunicar oportunamente la suspensión de la misma para evitar mantener los equipos encendidos innecesariamente. e. Ingresar y salir del AIP/CRT con las estudiantes a su cargo debidamente ordenadas. f. Conducir la actividad de aprendizaje programada en el tiempo previsto. g. Brindar a las estudiantes y padres de familia trato amable y con respeto al igual que a los compañeros de trabajo. h. Entregar una copia de su ficha de sesión de aprendizaje debidamente firmada. i. Aplicar metodología activa acorde con los adelantos tecnológicos con que cuenta nuestra Institución Educativa. j. Justificar su inasistencia a una actividad programada en el AIP/CRT debiendo hacer las coordinaciones respectivas a fin de recuperar el tiempo perdido. k. Desarrollar las actividades pedagógicas de acuerdo a las orientaciones de la superioridad estipuladas en las normas legales correspondientes, para la adecuada integración de las TIC. l. Elaborar fichas de trabajo y/o producir Material Educativo relacionadas con la actividad y el material tecnológico utilizado. m. Acudir a reuniones convocadas por el Docente del AIP/CRT en coordinación con las autoridades superiores de la Institución Educativa. n. Hacer uso de los televisores previa presentación de la ficha de la sesión de aprendizaje y la hoja de evaluación del video.
  • 5. CAPÍTULO IV DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Artículo 7º a. Proporcionar a su pupila el material requerido por el docente de Son deberes de los padres de familia: aula o área para trabajar en el AIP/CRT. b. Velar a través de sus representantes, por el mantenimiento de los materiales tecnológicos así como por la ambientación del AIP/CRT en coordinación con los Docentes Responsables del AIP/CRT. c. Apoyar permanentemente en cuanto a las necesidades y requerimientos para el mantenimiento de los equipos tecnológicos que se deterioran con el uso. d. Reparar y reponer el mobiliario o material tecnológico que su niña hubiera deteriorado en el AIP/CRT. e. Apoyar en actividades económicas que redunden en beneficio del AIP. Artículo 8º a. A informarse a través de sus representantes o de los mismos DAIP Son derechos de los padres de familia: acerca del trabajo que sus menores hijas realizan en el AIP/CRT. b. Integrar democráticamente el comité tecnológico de la Institución Educativa. c. Participar de las actividades, reuniones y capacitaciones que convocan o promueven los docentes responsables del AIP/CRT. d. Participar en forma democrática con capacidad crítica y responsable, aportando ideas para mejorar las condiciones técnico – pedagógicas que se brindan en el AIP/CRT, en forma escrita ya sea con registro en el cuaderno de ocurrencias o mediante la presentación de sugerencia por vía regular ingresada por mesa de partes.
  • 6. CAPÍTULO V DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL DOCENTE DEL AULA DE INNOVACIÓN DE TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS. Artículo 9º a. Recibir información adecuada, oportuna y necesaria para el buen Son Derechos del Docente del Aula de Innovación Pedagógica: funcionamiento del AIP/CRT. b. Mantener las buenas relaciones sociales con la comunidad educativa. c. Elaborar y publicar en un lugar visible las normas de convivencia y empleo de los recursos tecnológicos a su cargo. Artículo 10º a. Ambientar adecuadamente el AIP/CRT para brindar un clima Son Deberes del Docente del Aula de Innovación Pedagógica: acorde con la tecnología utilizada. b. Elaborar los documentos para el buen funcionamiento del AIP/CRT, planes, proyectos y horarios. c. Coordinar con las autoridades de la I.E. los horarios destinados a la práctica del personal docente que labora en nuestra Institución Educativa. d. Cautelar los bienes y enseres del AIP/CRT, brindándole el mantenimiento que requiere en coordinación con el personal directivo, jerárquico, docente, administrativo, estudiantes y padres de familia. e. Coordinar los horarios de atención y práctica docente, exhibir los horarios de trabajo marcando las horas de libre disponibilidad para coordinación. f. Promover la participación de la comunidad educativa en el proceso de la integración de las TIC. g. Incentivar el aprovechamiento de los recursos TIC, propuestos por la DIGETE, la implementación de las Bibliotecas digitales y virtuales para la Institución Educativa así como organizar y conservar los materiales educativos producidos por docentes y estudiantes. h. Promover el desarrollo de Proyectos Colaborativos en la Institución Educativa y con sus pares a nivel de otras instituciones Educativas de la comunidad local, nacional e internacional. i. Brindar al educando seguridad durante su permanencia en las AIP/CRT.
  • 7. j. Actualizar el periódico mural y otros carteles informativos de acuerdo al calendario cívico escolar y las novedades técnico pedagógico. k. Mantener actualizada la carpeta pedagógica y administrativa de su responsabilidad relacionada al AIP/CRT. l. Verificar que las estudiantes no porten objetos de valor y alimentos cuando asistan al AIP/CRT. m. Apoyar la labor docente del profesor de aula o área a fin de mejorar los aprendizajes significativos de las estudiantes, integrando las TIC.
  • 8. CAPÍTULO VI FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE LOS DOCENTES DEL PROCESO DE INTEGRACION DE LAS TIC, A NIVEL DE AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA, INSTITUCIÓN EDUCATIVA Y ÓRGANOS INTERMEDIOS. Artículo 11º a. Las funciones del docente del Aula de Innovación Pedagógica (DAIP) Son funciones del docente del AIP/CRT: son: (Directiva Nº 090-2007/DIGETE, Directiva Nº 015-2008-GR- LAMB/DREL-DGP Y R.M. Nº 0494-2007-ED):  Organizar y planificar las actividades del Aula de Innovación de Tecnologías Educativas  Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del Aula de Innovación Pedagógica: (Plan de Trabajo Anual, Reglamento Interno, Plan de Proyección a la Comunidad, catálogo de recursos, horarios, entre otros)  Asesorar a los docentes en el desarrollo de las actividades educativas con TIC.  Organizar actividades de capacitación para el aprovechamiento pedagógico de las TIC.  Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos educativos, equipamiento e infraestructura y por la ambientación pedagógica del Aula de Innovación Pedagógica.  Reportar el estado de los Recursos TIC a la Dirección de la I.E.  Actualizar el Inventario de los Recursos de Aula de Innovación Pedagógica a su cargo.  Promover la participación de la Comunidad educativa y de la comunidad local en el proceso de integración de las TIC en la Institución Educativa.  Promover el aprovechamiento educativo de los recursos TIC propuestos por DIGETE, la implementación de bibliotecas digitales y virtuales para la I.E., el desarrollo de materiales educativos por docentes y alumnos y el trabajo colaborativo en la Institución Educativa y con sus pares de otras Instituciones Educativas.  Planificar, desarrollar y evaluar Cursos de Capacitación y Actualización Docente al Personal de la I.E. así como talleres de sensibilización dirigida a los padres de familia.  Permitir la comunicación permanente de los docentes y estudiantes a través de recursos TIC.  Informar al órgano intermedio de su jurisdicción acerca de las actividades desarrolladas.
  • 9. CAPÍTULO VIII NORMAS DE CONVIVENCIA y PROHIBICIONES Art. 12º  Demostrar respeto al ingresar al AIP/CRT saludando al docente Son las Normas de convivencia en el AIP/CRT responsable.  Ingresar, permanecer y salir en orden del AIP/CRT.  Demostrar responsabilidad en el trabajo en equipo y respeta opiniones de sus pares.  Cumplir el horario de trabajo programado para la sesión de aprendizaje.  Cuidar los equipos de computación, mobiliario y otros bienes del AIP/CRT.  Mantener atención a las instrucciones del docente del área correspondiente.  Cada estudiante es la única responsable de sus pertenencias. Queda terminantemente prohibido: Art. 13° PROHIBICIONES:  Ingresar al Messenger ni a otras páginas durante el desarrollo de la clase o con autorización del docente del área o AIP/CRT  Portar objetos de valor ni celulares, el uso indebido permitirá recogerlos y entregarlos a toe.  Ingerir bebidas ni alimentos en el aula de innovación pedagógica.  Arrojar al piso desperdicios y/o papeles.  Hacer uso de disquetes y memoria USB sin autorización del docente responsable del AIP/CRT.  Instalar, desinstalar, modificar o alterar los programas de los equipos sin conocimiento y autorización del docente del AIP/CRT.  Hacer uso del servidor como estación de trabajo, es utilizado sólo por el DAIP, bajo su responsabilidad en su respectivo turno.
  • 10. CAPÍTULO IX NORMAS DE EMPLEO DE RECURSOS, EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA a. Los docentes coordinarán con el docente del AIP/CRT la actividad Artículo 14º educativa por lo menos 48 horas antes de su turno, indicando con precisión los materiales tecnológicos a utilizar. b. El equipamiento y mantenimiento de los equipos tecnológicos del AIP/CRT, son responsabilidad del comité de Recursos Financieros, en coordinación con los docentes responsables del AIP/CRT.
  • 11. CAPÍTULO X HORARIOS DE ATENCIÓN A DOCENTES Y ESTUDIANTES DE LOS NIVELES PRIMARIA Y SECUNDARIA Artículo 15º El horario de atención de docentes con sus estudiantes del turno de la mañana, es el siguiente: TURNO MAÑANA – 2012 HORA LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES VIERNES 1°-7:30 2°B/AIP 3°B/AIP 4°A/CRT 2°-8:15 2°B/CRT Carmen Mirtha 3°-9:00 1°B/AIP Elina 3°B/CRT 3°A/AIP 1°A/AIP 4°-9:45 Maritza 2°A/AIP Carmen Rocío Roberto 5° 1°B/CRT 2°A/CRT 4°A/AIP 3°A/CRT 1°A/CRT 6° Maritza Trinidad Mirtha Rocío Roberto
  • 12. TURNO TARDE – 2012 5º “B” – HORAS LUNES MARTES MIÉRCOLES JUEVES VIERNES 6º “B” – AIP 6º “C” – 5º “C” – AIP AIP 1.00 a Juan 6º “B” – CRT CRT Kely Luis 1.45 Fernando Luis Alberto María Cruzado Alberto Piscoya Pucce Mejía Millián Pucce Tejada 1.45 a Mejía 2.30 4º “B” – 5º “B” – 5º “A” – AIP CRT 6º “A” – CRT CRT 5º “C” – Alicia Isabel Wilfredo Zósimo Juan CRT 2.30 a Pizarro Guillermo López. Fernando Kely 3.15 Sandoval Rosado Piscoya Cruzado Acosta Tejada 3.15 a 3.45 3.45 a 4º “B” – R E C R E O 5º “A” – CRT 4.15 6º “A” – CRT 6º “C” – Alicia Isabel 4.15 a Actividades AIP Wilfredo AIP Pizarro 5.00 permanentes Zósimo Guillermo María Sandoval López Rosado Milián 5.00 a Acosta 5.45 5.45 a 6.00 HORA DE LECTURA
  • 13. Artículo 17º Para los docentes del nivel secundario de ambos turnos, el horario no se ha impuesto por que ellos eligen la hora (s) y día según el avance de sus sesiones de aprendizaje. El formato es el siguiente: HORARIO DE INGRESO AL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA. SECUNDARIA TURNO: MAÑANA MES: ……….…….. LUNES HORA MARTES… MIÉRCOLES….. JUEVES VIERNES… … 7:15 a 1era. 8:00 8:00 a 2da 8:45 8:45 a 3ra. 9:30 9:30 a 4ta. 10:15 10:15 a 10:30 R E C E S O 10:30 a 5ta. 11:15 11:15 a 6ta. 12:00 12:00 a 7ma 12:45 Artículo 18º El horario de atención para los docentes con estudiantes del turno de la tarde, donde cada docente separa las horas de acuerdo al avance de sus sesiones de aprendizaje; es el siguiente:
  • 14. HORARIO DE INGRESO AL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA. SECUNDARIA TURNO: TARDE MES: ……….…….. LUNES HORA MARTES… MIÉRCOLES…. JUEVES VIERNES… … 13:00 a 1era. 13:45 13:45 a 2da 14:30 14;30 a 3ra. 15:15 15:15 a 4ta. 16:00 16:00 a 16:15 R E C E S O 16:15 a 5ta. 17:00 17:00 a 6ta. 17:45 17:45 a 7ma 18:30
  • 15. CAPÍTULO XI ESTIMULOS Y SANCIONES Artículo 19º Recibirá una Resolución Directoral de felicitación expedida por el De los estímulos: Director de la Institución Educativa al docente que: a) Produzca material educativo con los software libres promovidos por la DIGETE y los difunda a las estudiantes y docentes de la institución educativa. b) Permita la publicación de su material educativo producido y que a través de la DIGETE se valida su derecho de autor. Artículo 20º Será sancionado el docente que: De las sanciones a) Difunda material educativo atribuyéndose la autoría, sin respetar el derecho de autor. b) Difunda material educativo sin previa coordinación con el DAIP. c) Oculte o elimine sus producciones, negándose a compartirlas en nuestra comunidad educativa. d) Falte al reglamento del AIP/CRT.
  • 16. CAPÍTULO XI DISPOSICIONES FINALES La Dirección del Plantel otorgará su reconocimiento a través de una Artículo 21º Resolución Directoral al docente (s) que produzcan material educativo (software) en el AIP/CRT durante el presente año académico. Artículo 22º Los asuntos no contemplados en el presente Reglamento serán absueltos por el Docente de área o aula, Docente del AIP/CRT, Comité de aula. Comité Tecnológico, Dirección de la Institución Educativa, según sea el caso y en permanente coordinación con las partes interesadas y/o afectadas. Artículo 23º El presente Reglamento empezará a regir a partir de su aprobación e inicio las labores educativas. Artículo Complementario: Durante el presente año lectivo 2012 y mientras continúe el estado de emergencia en la Institución Educativa el trabajo con en el Nivel de Educación Primaria se realizará en las Aulas de Clase con las Laptop XO, trasladándolas a cada sección que las requieran, por lo que cada docente deberá coordinar con la debida anticipación de acuerdo con el Flujograma público vigente. Lambayeque, abril 2012 Sara Solangge Quevedo Salazar Maritza Rossana Cabrejos Granados DAIP Primaria Mañana DAIP Primaria Tarde Manuel Roque Díaz Roque Edgard Guillermo Sánchez Julca DAIP Secundaria Mañana DAIP Secundaria Tarde