1. Mailin Quintero CI: 10.642.767
Profesora: Nilda Singer
Sección: SAIA A
Temas 13 y 14
Cuadros Resumen Procesal
Penal I
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y
POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
2. Tema 13 Tema 14
En que
Consiste
El tema 13 trata sobre el régimen
probatorio es decir el régimen de las
pruebas como queda establecido en
el Código Orgánico Procesal Penal
para el respectivo procedimiento
El tema 14 trata sobre las
inspecciones
Semejanzas 1.) Ambos temas pertenecen a la
Materia Procesal Penal I.
2.) El régimen probatorio trata sobre
las pruebas y una inspección puede
constituirse como una prueba.
1.)Ambos temas pertenecen a la
Materia Procesal Penal I.
2.) Una inspección puede
constituirse como una prueba, por
lo que a su vez seria estudiada
como parte del régimen probatorio
Diferencias Aparte de pertenecer a la misma
materia, los temas se diferencian en
todos pues obviamente son temas
diferentes cuya comparación es un
poco infructuosa.
Aparte de pertenecer a la misma
materia, los temas se diferencian en
todos pues obviamente son temas
diferentes cuya comparación es un
poco infructuosa.
Articulado Artículos 22, 181, 182, 183,
184, 185, 337, 338, 341 y 342
COPP
3. Cuadro Resumen del Tema 13. Régimen Probatorio
En que consiste Artículos
Licitud de la
Prueba
La prueba legal es aquella que se usa en determinados
países donde todo depende de lo que este determinado
como prueba en el Código respectivo de procedimiento
penal, según la organización jurídico procesal que tengan
esos países
Artículos 336, 337, 338, 341 y
342 del Código Orgánico
Procesal Penal.
Presupuesto
de
Apreciación
Para que las pruebas puedan ser apreciadas por el tribunal
deben efectuarse con estricta observancia de los estipulado
en el Código y serán apreciadas según las reglas de la sana
critica, las reglas de la lógica, los conocimientos científicos
y las máximas de experiencia.
Artículos 22 y 183 del Código
Orgánico Procesal Penal
Estipulaciones Con la finalidad de evitar la presentación de determinada
prueba en un juicio, si las partes estuvieren de acuerdo con
lo que se pretende demostrar, podrán realizar
estipulaciones para no presentarla
Artículos 184 del Código
Orgánico Procesal Penal
Tramites de
exhortos y
Cartas
rogatorias
Al Ministerio Publico le corresponde en el proceso penal
solicitar y ejecutar exhortos, cartas rogatorias y solicitudes
de asistencia mutua en materia penal, en coordinación con
el Ministerio con competencia en materia de relaciones
exteriores.
Artículos 185 y 111 numeral 17
del Código Orgánico Procesal
Penal
4. En que consiste Artículos del Código
Orgánico Procesal
Penal
Las
Inspeccion
es
Medio de comprobación realizado por la policía o por parte del
Ministerio Público, de las personas, lugares públicos y cosas que
existan y que sean de utilidad para la investigación del hecho o
la individualización de los partícipes.
Articulo 186 COOP
Registro
en las
Inspeccion
es
La policía realizara directamente el registro de un determinado
lugar cuando haya motivo para presumir que en un lugar publico
se oculta una persona fugada o que haya objetos o rastros
relacionados con el delito.
Articulo 194 COPP
Examen
Corporal y
Mental
Examen Corporal: La policía podrá inspeccionar a una persona
cuando haya motivo para presumir que oculta entre sus ropas
objetos relacionados con un hecho punible.
Examen Mental: Se podrá proceder a este examen cuidando el
respeto al pudor del imputado, utilizando de ser necesario a
expertos y con la asistencia de una persona de confianza del
examinado
Articulo 191 y 195 del
COPP
Allanamien
to
Registro que se practica con orden escrita de un juez por deber
realizarse en moradas, oficinas publicas, establecimientos
comerciales, dependencias cerradas, recintos habitados, etc.
Articulo 196 del COPP
Contenido
de la orden
1. La autoridad judicial que decreta el allanamiento y la sucinta
identificación del procedimiento que se ordena.
2. El señalamiento concreto del lugar o lugares a ser registrados.
3. La autoridad que practicará el registro.
4. El motivo preciso del allanamiento, con indicación exacta de
Articulo 197 del COPP
Cuadro Resumen del Tema 14. Las Inspecciones
5. En que consiste Artículos del Código
Orgánico Procesal
Penal
Procedimien
to
La orden de allanamiento será notificada a quien habite el
lugar o se encuentre en el, entregándole una copia; y se
procederá a realizar la inspección; si el notificado se resiste o
nadie responde a los llamados, se hará uso de la fuerza
pública para entrar. Al terminar el registro, si el lugar está
vacío, se cuidará que quede cerrado y, de no ser ello posible,
se asegurará que otras personas no ingresen, hasta lograrlo.
Este procedimiento constará en acta.
Articulo 186 y 198 del
COPP
Lugares
Públicos
El registro de lugares públicos mientras estén abiertos al
publico, deberán realizarse previo aviso de la orden del Juez
a las personas a cuyo cargo estén los locales, salvo que ello
sea perjudicial para la investigación.
Articulo 199 COPP
Levantamien
to e
Identificació
n de
Cadáveres
El levantamiento del cadáver corresponde a los órganos de
investigación penal siendo el principal el Cuerpo de
Investigaciones científicas, Penales y Criminalísticas, pero
existiendo también los órganos especiales como la Fuerza
Armada Nacional, la Vigilancia de Tránsito y Transporte
Terrestre y cualquier otro órgano que se le asigne por Ley
esta competencia especial; además los mismos contaran con
el “apoyo” de las policías Estadales, Municipales y los
servicios mancomunados de la policía, la contraloría General
de la Republica, los órganos competentes de Identificación y
extranjería, los Cuerpos de Bomberos y administración de
emergencias, los Cuerpos policiales de inteligencia, los
Articulo 200 COPP
Cuadro Resumen del Tema 14. Las Inspecciones II
6. En que consiste Artículos del Código
Orgánico Procesal
Penal
Lugares
Públicos
El registro de lugares públicos mientras estén abiertos al
publico, deberán realizarse previo aviso de la orden del
Juez a las personas a cuyo cargo estén los locales, salvo
que ello sea perjudicial para la investigación.
Articulo 199 COPP
Acta de
Autopsia
Las autopsias se practicarán en las dependencias de la
medicatura forense, por el médico correspondiente, pero
donde no las haya, el Ministerio Público designará el lugar
y médico encargado de su realización. Los médicos que
practiquen la autopsia deberán concurrir al debate cuando
sean citados o citadas.
Articulo 202 del COPP
Exhumación
e Inhumación
Exhumación: Se podrá ordenar la exhumación de un
cadáver cuando el cadáver haya sido sepultado antes de
la autopsia correspondiente y sea necesario para la
investigación.
Inhumación: Es el proceso por el cual después de
realizada la exhumación y cumplidos los análisis y
exámenes correspondiente se procede a enterrar
nuevamente al cadáver.
Articulo 203 del COPP
Cuadro Resumen del Tema 14. Las Inspecciones III