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El juicio
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE-RECTORADO ACADEMICO
FACULTTAD DE CIENCIAS JURIDICAS
ESCUELA DE DERECHO
MODALIDAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA
SAIA
Alumna: Glorimar Salazar
EL JUICIO
Se le llama juicio al conocimiento de una causa por el juez que debe fallarla y
producir sentencia.
En algunos casos, y para evitar mayores complicaciones, las partes en litigio
someten su causa, de común acuerdo, a personas que pueden o no entender en
leyes, Por norma general, el Juez se encargará de discernir cuál de las dos partes
se fundamenta con mayor base en el estado de derecho que ampara al país en el
cual se ha desarrollado la actividad que ha puesto en conflicto a dos o más
personas.
En en el ámbito penal el juicio s un proceso judicial donde se decide cual de
las partes tiene la razón, Desde el punto de vista objetivo, dícese del conjunto de
leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y obligatorio,
creadas por el Estado para la conservación del orden social. Esto es, teniendo en
cuenta la validez; es decir que si se ha llevado a cabo el procedimiento adecuado
para su creación, independientemente de su eficacia (si es acatada o no).
Desde mi punto de vista, la actuación de los órganos facultados
constitucionalmente para crear normas generales, conforme a su jerarquía en la
distribución de funciones y atribuciones en el sistema estatal, lo cual será un
elemento básico para la salvaguarda de la Legalidad y del desarrollo y vigilancia de
la misma no sólo respecto a la ciudadanía, sino de los órganos superiores respecto
a los inferiores sin vulnerar las libertades o autonomías reconocidas a los niveles
locales. Pero no basta sólo que exista una distribución funcional de las normas que
2. propicie entre ellas una diferenciación jerárquica, la acción consciente ha de
presuponer la existencia de un plan de acción que impida la actuación por impulsos
o presiones de ciertos grupos e intereses que han logrado ubicarse en posiciones
prevalecientes.
Por tanto, las disposiciones normativas, de cualquier rango, han de ser
resultado del análisis previo con el objetivo de conocer los hechos, sus causas y
efectos, regulaciones posibles, sus efectos, para poder determinar cuál es la forma
precisa que ha de exigirse o propiciarse, o de la Institución jurídica que desea
regularse; del cumplimiento de ciertos requisitos formales en su creación y de la
observancia de principios técnicos jurídicos que rigen en un Ordenamiento jurídico
determinado. Han de crearse, además, los medios e instituciones que propicien el
cumplimiento de la disposición, y de los derechos y deberes.
En el ámbito del juicio se trata de discernir un conflicto siempre atendiendo a
promulgar lo bueno y condenar lo malo, desde una postura razonable pero que para
el derecho no tiene incidencia alguna, sin el juicio no se podrá hacer cumplir la ley y
no servirán los fines del derecho, la ley será un precepto establecido por la
autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la
justicia. Su incumplimiento trae aparejada una sanción.
El juicio requiere de un juez que es una parte elemental del derecho, el juez se
caracteriza como la persona que resuelve una controversia o que decide el destino
de un imputado, tomando en cuenta las evidencias o pruebas presentadas en un
juicio, administrando de justicia por esto es un elemento fundamental después de la
ley.