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PRÁCTICAS DEL MÓDULO I DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD
Apellidos, Nombre: Bahamontes Esteban, Anabel.
Titulación:Magisteriode Primaria Grupo: 2 º A Curso Académico:Segundode Magisteriode Primaria
Autoevaluación Práctica I - Puntuación: 0,65 ( 0,1 - 0,2 - 0,3... 0,75 ptos. según corresponda)
Práctica 2a:
Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOMCE, LOE,
Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe
con el análisis y conclusiones.
LOMCE ( Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013):
El artículo 1.h.bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por la
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece
entre los principios del sistema educativo español, el reconocimiento del papel que
corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsable de la
educación de sus hijos.
Artículo 4. Autonomía de los centros docentes.
4. Los centrospromoveráncompromisosconlasfamiliasyconlospropios alumnos y alumnas,
enlosque se especifiquen lasactividadesque unosyotrosse comprometen a desarrollar para
facilitar el progreso educativo. Aprobarán, además, un plan de participación de las familias,
que se incluirá en las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro.
LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación):
Al igual que la participación de alumnos y alumnas en nuestro sistema educativo constituye
unode losprincipiosbásicossustentadoennuestraConstitución,laparticipaciónde lospadres
y madres de alumnos es asimismo una pieza fundamental del funcionamiento del sistema
educativo.Revisteunaespecial trascendencia. En la Ley se incluyen numerosos preceptos en
los que la colaboración de los padres y el profesorado se hace especialmente necesaria,
buscando que la acción educativa de las familias y de la escuela discurra en una dirección
armónica, evitándose posturas enfrentadas que puedan repercutir negativamente en el
procesoeducativo(coordinaciónenlaEducacióninfantil,participaciónde lospadrescuandose
presentan necesidades específicas de apoyo educativo o cuando surgen necesidades
educativas especiales, coordinación de los padres y madres con los profesores cuando se
produce una incorporacióntardíadel alumnadoal sistemaeducativooenlas decisiones sobre
incorporación a programas de cualificación profesional inicial.
· Leyde Educaciónde Castilla-LaMancha7/2010 de 20 de julio. (TítuloIComunidadEducativa.
Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La
orientación educativa y profesional).
Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio.(TítuloI Comunidad Educativa.
Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La
orientación educativa y profesional).
Capítulo III
Las familias
Artículo 22. El papel de las familias.
Las familiasdel alumnadoconstituyenunaparte esencialdel procesoeducativoy,actuandoen
colaboración con el profesorado como miembros de la comunidad educativa, son agentes
básicos para la mejora de la educación.
Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo.
1. Los padresy madres,y lostutoreso tutoraslegalestienenderechoaelegir y participar en la
definicióndel modelode educaciónde sushijose hijasopupilos,aasociarse endefensade sus
derechos y a participar en el gobierno de los centros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
3/2007, de 8 de marzo, de ParticipaciónSocial enla Educación y lo establecido en el artículo 4
de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
2. La Consejería competente en materia de educación impulsará programas de formación de
las familias o tutores legales para mejorar su papel como educadores y para contribuir a una
colaboración más efectiva en la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.
3. La Consejería competente en materia de educación pondrá a disposición de los centros
docentes públicos los medios y programas adecuados para desarrollar vías electrónicas de
comunicación con las familias, favoreciendo la realización de consultas y el intercambio de
informaciónpormediostelemáticos,sindetrimentode larelación personal y directa entre las
familias y el profesorado de los centros.
4. El Consejode Gobiernodesarrollarálosderechosydeberesde las familias del alumnado en
tanto que miembrosde lacomunidadeducativa,incluidoslosque lesreconoce la Ley Orgánica
8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y regulará y garantizará su
ejercicio.
Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales.
Los derechosde lospadresymadreso tutoresy tutoras legalesse sustentanenel derecho a la
educaciónde sushijose hijaso pupilosypupilas,yaque éstosrecibanla formación religiosa y
moral que esté de acuerdocon sus propiasconvicciones.Tienenderechoa la libre elección de
centro,al conocimientoylaparticipaciónenel proyectoeducativoylasnormas que regulan la
vida en el centro, al conocimiento de los criterios de evaluación y la opinión sobre las
decisionesque afectenal progresoacadémicode sushijose hijas o pupilos, y a la información
personal sobre su evolución educativa y su rendimiento académico.
Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.
1. Los deberesde lospadresymadreso tutoresy tutoraslegalesse sustentan en la obligación
de conocer y respetar el proyecto educativo y las normas del centro, la colaboración con el
profesorado y la contribución al desarrollo educativo de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.
2. Los centros docentes promoverán la suscripción por las familias o tutores legales de
compromisosorientadosala mejoradel estudioylaconvivenciade sushijose hijasopupilosy
pupilas.
Capítulo IV
La orientación educativa y profesional
Artículo 159. Finalidad.
El modelode orientaciónde Castilla-LaManchatiene como finalidad contribuir a la educación
integral del alumnadoa través de la personalización del proceso educativo, en especial en lo
referido a la adaptación de los procesos de enseñanza y aprendizaje, a su singularidad y a la
transicióntantoentre lasdistintasetapasyniveles en los que se articula el sistema educativo
como entre estos y el mundo laboral, y ofrecer al conjunto de la comunidad educativa
asesoramiento y apoyo técnico especializado.
Artículo 160. Características básicas.
La programaciónde laorientacióneducativayprofesional enlosdistintosnivelesresponderáa
las siguientes características básicas:
a) Ser un proceso continuo, sistemático y articulado, en el que el alumno o alumna es el
protagonistade supropiaorientación,que comienzaconlaescolarizacióndel alumnado en las
primeras edades y se extiende a lo largo de todas las etapas educativas.
b) Formar parte de la funcióndocente e integrartodas las acciones realizadas desde la tutoría
y el asesoramiento especializado en un proceso en el que los responsables de la orientación
colaboran con el conjunto del profesorado.
c) Contribuir al desarrollo en los centros docentes de medidas preventivas, habilitadoras y
compensadoras dirigidas al alumnado y su contexto, para hacer efectiva una educación
inclusiva de calidad.
d) Facilitar en el propio centro docente una atención profesional cercana y contextualizada,
extensiva al alumnado, las familias y el profesorado.
e) Ser una acción coordinada de los distintos profesionales implicados, y abierta a la
cooperación con otros profesionales externos al sistema educativo.
f) Contribuir al desarrollo de los planes estratégicos que persiguen la mejora del éxito
educativo y la reducción del abandono escolar temprano.
Artículo 161. Organización.
1. La orientación educativa y profesional se desarrolla mediante:
a) La tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes no universitarios, para la
atención al alumnado y sus familias y la coordinación de los equipos docentes.
b) El apoyo especializado a través de los profesionales y las estructuras específicas de
orientación en los centros docentes que forman parte del servicio público educativo, y los
profesionales adscritos, en su caso, a la red de formación en las zonas rurales.
c) El asesoramientoexternoalos centros docentes, a través de los profesionales ubicados en
la red de formación que la Consejería competente en materia de educación determine.
2. El Consejo de Gobierno regulará el funcionamiento de la orientación en lo referido a la
organización interna de la misma, las estructuras y responsables, la integración con las
actividadesde apoyo,lacooperacióncon otrasactuacionesde asesoramientoylacolaboración
con el entorno para obtener la mejor atención educativa.
 Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según corresponda a
la titulación que cursa).
Artículo 10. Tutoría.
1. La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y grupal del alumnado en el
conjunto de la etapa.
2. El tutor o tutora coordinará la intervención educativa del conjunto del profesorado y
mantendráunarelacióncontinuadaysistemáticaconlafamilia,afinde facilitarel ejercicio de
los derechos reconocidos en el artículo 4.1. d) y g) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
reguladora del Derecho a la Educación.
3. El equipo directivo garantizará, con carácter general, que la persona responsable de la
tutoría impartadocenciaal grupode alumnosy alumnasen,al menos, tres áreas del currículo.
Asimismo será responsable de la hora de lectura y, en el tercer ciclo, de impartir el área de
Educación para la ciudadanía y los derechos humanos.
4. El tutor o la tutora,con el asesoramientodel responsablede orientacióndel centro,incluirá,
dentrodel horario semanal en el que permanece con el grupo, actividades de seguimiento y
orientación del proceso de enseñanza y actividades que contribuyan al desarrollo de las
habilidadespropiasde la competencia social y ciudadana, de la competencia para aprender a
aprender, de la competencia de autonomía e iniciativa personal y de la competencia
emocional.
5. El centro podrá programar modelos alternativos de tutoría que garanticen una acción
individualizada y continua con el alumnado y su familia.
6. El centro docente programará actividades que faciliten la transición del alumnado de
Educación infantil a Educación primaria, y de ésta, a la Educación secundaria obligatoria.
Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según corresponda a la
titulación que cursa).
Habla sobre lascompetenciasque encontramos,lasáreas,loscontenidos con sus respectivos
ciclos en Educación Primaria. Hace referencia a la tutoría (artículo 10), el cual, el tutor
mantendrá una relación sistemática con la familia. Además, el tutor es el encargado de
ofreceral niñolas mismasoportunidades que al resto de sus compañeros. Pues con la ayuda
del centro,lacolaboraciónde la familia y la del alumno, podrá mejorarse el problema al que
haya que intervenir a nuestro alumno. El Decreto de Currículum de Castilla-La Mancha es el
más completoyaque proporcionagraninformaciónsobre lastutorías y la participación activa
de los padres dentro de la educación de sus hijos.
Finalmente,esimportanteque lospadresse involucren en el proceso educativo. Así pues, es
conveniente que con frecuencia acudan a tutorías para informarse sobre el seguimiento de
sus hijos. Ante cualquier problema en el alumno, el profesor y la familia deben cooperarse
para dar las posibles soluciones.
Práctica 2b:
Tras el visionado del:
https://www.youtube.com/watch?v=dA1ogXCwHmI
"la comunicación familia escuela", sobre la forma de actuar en una tutoría con padres y al
que se accede al principiodel módulo,realizauna breve síntesisde los elementosque aporta
y una valoración crítica personal en relación a la comunicación que se establece entre la
familia y la escuela.
-Elementos que aporta: Muchas veces las tutorías no son fáciles ni para los padres ni para los
profesores. Ya que muchas veces hay que decir a los padres cosas que no quieren oír ni
aceptan.Por eso,losprofesoresdebemosde utilizarunlenguaje tranquilo,yaque no todos las
personas poseen las mismas reacciones debemos aprender a:
 Utilizar una adecuada comunicación no verbal: el profesor debe hablar de manera
tranquila y respetuosa, con un tono de voz adecuado al contexto de dialogo y hablar
del tema a tratar de manera que se llegue a una resolución.
 Utilizarunaadecuadacomunicaciónverbal:Debe haberunrespetomutoporparte del
profesor y por parte de la familia, por lo que se debe respetar el turno de palabra de
ambos, escuchar ambas partes con sus respectivas justificaciones y no adelantarse a
los hechos. Dialogar sobre el problema del niño, el que, como se debería solucionar.
Propuestas por ambas partes.
 Comunicaciónasertiva: Debe haber una actitud positiva por ambas partes, aunque el
profesortiene sustutorías, muchas veces si el problema es urgente, se atiende fuera
de ese horario. Por lo que tanto la madre y el profesor deben agradecerse
mutuamente. La madre debe vernos involucrados en ese problema ya que de una
manera u otra a nosotros también nos afecta, por lo que al fin y al cabo es un
problemaque repercute al profesor, alumno y la familia. Debemos empatizarnos con
la familia, y dar las posibles soluciones e informaciones. La madre debe reconocer el
problemaatratar y hacerlomásfácil y llevadero,sobre todoasumirlo.Cuantoantesse
trate mejor. Finalmente, debe haber una implicación mutua por ambas partes y
mantener el contacto cada X tiempo, para ver las posibles mejorías.
-Valoracióncríticapersonal enrelaciónala comunicaciónque se establece entre la familia y la
escuela.
La educaciónde nuestrosalumnos, no solo depende de la familia. Los niños pasan gran parte
del día enla escuela,porloque su educacióntambiéndependede laeducaciónque reciba del
profesor. Deben estar compenetradas las dos partes para cualquier tipo de problema que
surja. Tanto la escuela y la familia tienen el deber de enseñar ciertos valores tales como
respeto, cooperación, espíritu crítico, tolerancia, creatividad, innovación, igualdad, etc.
Muchas veces, se tiene una visión de cuál es el papel de la escuela y cual es de la familia.
Muchos padres piensan que es la escuela la encargada de enseñar a sus hijos, y no es así, la
educación debe estar basada por ambas partes. Si en una de las partes actuamos
correctamente, y en otra, incorrectamente. Al final el niño actúa como quiere sin saber y
conocer los valores básicos de aprendizaje. Finalmente, es importante que al empezar el
colegio los padres tengan un contacto previo, así como a mitad de curso y al final con las
familias de nuestros alumnos. Además, tener las tutorías correspondientes según necesite
cada niño. Lo importante es ofrecer al niño una enseñanza con el mismo fin que el resto de
compañeros.
Práctica 2c:
Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos. Propuestas y
medidas de mejora para promover dicha participación.
Los padrestienenunabajaparticipaciónenel centroescolar.Peronosolo es baja en el centro
si no también en las actividades educativas de sus hijos.
 Causas de la baja participación:
- La faltade tiempo.Muchasvecesel colegio"obliga"aque los padres se involucren en lo que
piden.Perohayque entenderque en los tiempos que corren, muchas veces el trabajo es una
"lotería" y muchos padres no tienen tiempo para poder colaborar. Con esto no quita que si
tengan ganas. Luego están los padres que aún teniendo tiempo no saben aprovechar la
oportunidad de involucrarse, al fin y al cabo es un acercamiento más hacia el hijo.
-No quieren comprometerse. Ya que esto requiere participar en el colegio pero de forma
"gratuita" y no se dan cuenta que los que ganan son los niños no la escuela. Y al final los
perjudiciales son ellos. Porque todo lo que se hace es por los alumnos.
-Faltade motivacióny/opereza:haypadres que nole gustan las manualidades por ejemplo, y
le resulta perezoso o no tiene motivación ya que es algo que no se le da bien.
- Piensan que no es su deber. Ya que bastante que los sobrecargan a los hijos y muchas
actividades tienen que ayudarles los padres, pues piensan que esto es una sobrecarga más.
-Faltade informaciónsobre el centroporparte de los padres ya que no saben cómo participar
en él y no conocen las funciones del consejo escolar.
 Propuestas y medidas de mejora:
-Realizar una reunión al principio de curso donde se trate el tema de la participación de los
padres. Comentar lo propuesto y escuchar su opinión. Así como contar con que padres sí se
involucrarían y cuáles no.
-Mejorar los hábitos del funcionamiento del centro.
-Participación de los padres en el AMPA.
-Colaborar los padres con los profesores aunque sea a distancia.
-Realizar jornadas que puedan ser adaptadas a cualquier tipo de situaciones.
Práctica 2d:
Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual (ppt,
cuadernia, prezi,... ). Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma en relación a
actividades de participación de padres en aulas de educación infantil y primaria, se propone
la elaboración de una propuesta de intervención esporádica o sistemática para informar,
programar talleres, actividades o cualquier otra actuación donde docente y padres tengan
que trabajar de forma coordinada.
Esta práctica la encontramosenel powerpoint.

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Educación

  • 1. PRÁCTICAS DEL MÓDULO I DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD Apellidos, Nombre: Bahamontes Esteban, Anabel. Titulación:Magisteriode Primaria Grupo: 2 º A Curso Académico:Segundode Magisteriode Primaria Autoevaluación Práctica I - Puntuación: 0,65 ( 0,1 - 0,2 - 0,3... 0,75 ptos. según corresponda) Práctica 2a: Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones. LOMCE ( Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013): El artículo 1.h.bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece entre los principios del sistema educativo español, el reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsable de la educación de sus hijos. Artículo 4. Autonomía de los centros docentes. 4. Los centrospromoveráncompromisosconlasfamiliasyconlospropios alumnos y alumnas, enlosque se especifiquen lasactividadesque unosyotrosse comprometen a desarrollar para facilitar el progreso educativo. Aprobarán, además, un plan de participación de las familias, que se incluirá en las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro. LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación): Al igual que la participación de alumnos y alumnas en nuestro sistema educativo constituye unode losprincipiosbásicossustentadoennuestraConstitución,laparticipaciónde lospadres y madres de alumnos es asimismo una pieza fundamental del funcionamiento del sistema educativo.Revisteunaespecial trascendencia. En la Ley se incluyen numerosos preceptos en los que la colaboración de los padres y el profesorado se hace especialmente necesaria, buscando que la acción educativa de las familias y de la escuela discurra en una dirección armónica, evitándose posturas enfrentadas que puedan repercutir negativamente en el procesoeducativo(coordinaciónenlaEducacióninfantil,participaciónde lospadrescuandose presentan necesidades específicas de apoyo educativo o cuando surgen necesidades educativas especiales, coordinación de los padres y madres con los profesores cuando se produce una incorporacióntardíadel alumnadoal sistemaeducativooenlas decisiones sobre incorporación a programas de cualificación profesional inicial. · Leyde Educaciónde Castilla-LaMancha7/2010 de 20 de julio. (TítuloIComunidadEducativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).
  • 2. Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio.(TítuloI Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional). Capítulo III Las familias Artículo 22. El papel de las familias. Las familiasdel alumnadoconstituyenunaparte esencialdel procesoeducativoy,actuandoen colaboración con el profesorado como miembros de la comunidad educativa, son agentes básicos para la mejora de la educación. Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo. 1. Los padresy madres,y lostutoreso tutoraslegalestienenderechoaelegir y participar en la definicióndel modelode educaciónde sushijose hijasopupilos,aasociarse endefensade sus derechos y a participar en el gobierno de los centros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de ParticipaciónSocial enla Educación y lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. 2. La Consejería competente en materia de educación impulsará programas de formación de las familias o tutores legales para mejorar su papel como educadores y para contribuir a una colaboración más efectiva en la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas. 3. La Consejería competente en materia de educación pondrá a disposición de los centros docentes públicos los medios y programas adecuados para desarrollar vías electrónicas de comunicación con las familias, favoreciendo la realización de consultas y el intercambio de informaciónpormediostelemáticos,sindetrimentode larelación personal y directa entre las familias y el profesorado de los centros. 4. El Consejode Gobiernodesarrollarálosderechosydeberesde las familias del alumnado en tanto que miembrosde lacomunidadeducativa,incluidoslosque lesreconoce la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y regulará y garantizará su ejercicio. Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales. Los derechosde lospadresymadreso tutoresy tutoras legalesse sustentanenel derecho a la educaciónde sushijose hijaso pupilosypupilas,yaque éstosrecibanla formación religiosa y moral que esté de acuerdocon sus propiasconvicciones.Tienenderechoa la libre elección de centro,al conocimientoylaparticipaciónenel proyectoeducativoylasnormas que regulan la vida en el centro, al conocimiento de los criterios de evaluación y la opinión sobre las decisionesque afectenal progresoacadémicode sushijose hijas o pupilos, y a la información personal sobre su evolución educativa y su rendimiento académico.
  • 3. Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales. 1. Los deberesde lospadresymadreso tutoresy tutoraslegalesse sustentan en la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo y las normas del centro, la colaboración con el profesorado y la contribución al desarrollo educativo de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas. 2. Los centros docentes promoverán la suscripción por las familias o tutores legales de compromisosorientadosala mejoradel estudioylaconvivenciade sushijose hijasopupilosy pupilas. Capítulo IV La orientación educativa y profesional Artículo 159. Finalidad. El modelode orientaciónde Castilla-LaManchatiene como finalidad contribuir a la educación integral del alumnadoa través de la personalización del proceso educativo, en especial en lo referido a la adaptación de los procesos de enseñanza y aprendizaje, a su singularidad y a la transicióntantoentre lasdistintasetapasyniveles en los que se articula el sistema educativo como entre estos y el mundo laboral, y ofrecer al conjunto de la comunidad educativa asesoramiento y apoyo técnico especializado. Artículo 160. Características básicas. La programaciónde laorientacióneducativayprofesional enlosdistintosnivelesresponderáa las siguientes características básicas: a) Ser un proceso continuo, sistemático y articulado, en el que el alumno o alumna es el protagonistade supropiaorientación,que comienzaconlaescolarizacióndel alumnado en las primeras edades y se extiende a lo largo de todas las etapas educativas. b) Formar parte de la funcióndocente e integrartodas las acciones realizadas desde la tutoría y el asesoramiento especializado en un proceso en el que los responsables de la orientación colaboran con el conjunto del profesorado. c) Contribuir al desarrollo en los centros docentes de medidas preventivas, habilitadoras y compensadoras dirigidas al alumnado y su contexto, para hacer efectiva una educación inclusiva de calidad. d) Facilitar en el propio centro docente una atención profesional cercana y contextualizada, extensiva al alumnado, las familias y el profesorado. e) Ser una acción coordinada de los distintos profesionales implicados, y abierta a la cooperación con otros profesionales externos al sistema educativo. f) Contribuir al desarrollo de los planes estratégicos que persiguen la mejora del éxito educativo y la reducción del abandono escolar temprano.
  • 4. Artículo 161. Organización. 1. La orientación educativa y profesional se desarrolla mediante: a) La tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes no universitarios, para la atención al alumnado y sus familias y la coordinación de los equipos docentes. b) El apoyo especializado a través de los profesionales y las estructuras específicas de orientación en los centros docentes que forman parte del servicio público educativo, y los profesionales adscritos, en su caso, a la red de formación en las zonas rurales. c) El asesoramientoexternoalos centros docentes, a través de los profesionales ubicados en la red de formación que la Consejería competente en materia de educación determine. 2. El Consejo de Gobierno regulará el funcionamiento de la orientación en lo referido a la organización interna de la misma, las estructuras y responsables, la integración con las actividadesde apoyo,lacooperacióncon otrasactuacionesde asesoramientoylacolaboración con el entorno para obtener la mejor atención educativa.  Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según corresponda a la titulación que cursa). Artículo 10. Tutoría. 1. La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y grupal del alumnado en el conjunto de la etapa. 2. El tutor o tutora coordinará la intervención educativa del conjunto del profesorado y mantendráunarelacióncontinuadaysistemáticaconlafamilia,afinde facilitarel ejercicio de los derechos reconocidos en el artículo 4.1. d) y g) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. 3. El equipo directivo garantizará, con carácter general, que la persona responsable de la tutoría impartadocenciaal grupode alumnosy alumnasen,al menos, tres áreas del currículo. Asimismo será responsable de la hora de lectura y, en el tercer ciclo, de impartir el área de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos. 4. El tutor o la tutora,con el asesoramientodel responsablede orientacióndel centro,incluirá, dentrodel horario semanal en el que permanece con el grupo, actividades de seguimiento y orientación del proceso de enseñanza y actividades que contribuyan al desarrollo de las habilidadespropiasde la competencia social y ciudadana, de la competencia para aprender a aprender, de la competencia de autonomía e iniciativa personal y de la competencia emocional. 5. El centro podrá programar modelos alternativos de tutoría que garanticen una acción individualizada y continua con el alumnado y su familia. 6. El centro docente programará actividades que faciliten la transición del alumnado de Educación infantil a Educación primaria, y de ésta, a la Educación secundaria obligatoria.
  • 5. Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según corresponda a la titulación que cursa). Habla sobre lascompetenciasque encontramos,lasáreas,loscontenidos con sus respectivos ciclos en Educación Primaria. Hace referencia a la tutoría (artículo 10), el cual, el tutor mantendrá una relación sistemática con la familia. Además, el tutor es el encargado de ofreceral niñolas mismasoportunidades que al resto de sus compañeros. Pues con la ayuda del centro,lacolaboraciónde la familia y la del alumno, podrá mejorarse el problema al que haya que intervenir a nuestro alumno. El Decreto de Currículum de Castilla-La Mancha es el más completoyaque proporcionagraninformaciónsobre lastutorías y la participación activa de los padres dentro de la educación de sus hijos. Finalmente,esimportanteque lospadresse involucren en el proceso educativo. Así pues, es conveniente que con frecuencia acudan a tutorías para informarse sobre el seguimiento de sus hijos. Ante cualquier problema en el alumno, el profesor y la familia deben cooperarse para dar las posibles soluciones. Práctica 2b: Tras el visionado del: https://www.youtube.com/watch?v=dA1ogXCwHmI "la comunicación familia escuela", sobre la forma de actuar en una tutoría con padres y al que se accede al principiodel módulo,realizauna breve síntesisde los elementosque aporta y una valoración crítica personal en relación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela. -Elementos que aporta: Muchas veces las tutorías no son fáciles ni para los padres ni para los profesores. Ya que muchas veces hay que decir a los padres cosas que no quieren oír ni aceptan.Por eso,losprofesoresdebemosde utilizarunlenguaje tranquilo,yaque no todos las personas poseen las mismas reacciones debemos aprender a:  Utilizar una adecuada comunicación no verbal: el profesor debe hablar de manera tranquila y respetuosa, con un tono de voz adecuado al contexto de dialogo y hablar del tema a tratar de manera que se llegue a una resolución.  Utilizarunaadecuadacomunicaciónverbal:Debe haberunrespetomutoporparte del profesor y por parte de la familia, por lo que se debe respetar el turno de palabra de ambos, escuchar ambas partes con sus respectivas justificaciones y no adelantarse a los hechos. Dialogar sobre el problema del niño, el que, como se debería solucionar. Propuestas por ambas partes.
  • 6.  Comunicaciónasertiva: Debe haber una actitud positiva por ambas partes, aunque el profesortiene sustutorías, muchas veces si el problema es urgente, se atiende fuera de ese horario. Por lo que tanto la madre y el profesor deben agradecerse mutuamente. La madre debe vernos involucrados en ese problema ya que de una manera u otra a nosotros también nos afecta, por lo que al fin y al cabo es un problemaque repercute al profesor, alumno y la familia. Debemos empatizarnos con la familia, y dar las posibles soluciones e informaciones. La madre debe reconocer el problemaatratar y hacerlomásfácil y llevadero,sobre todoasumirlo.Cuantoantesse trate mejor. Finalmente, debe haber una implicación mutua por ambas partes y mantener el contacto cada X tiempo, para ver las posibles mejorías. -Valoracióncríticapersonal enrelaciónala comunicaciónque se establece entre la familia y la escuela. La educaciónde nuestrosalumnos, no solo depende de la familia. Los niños pasan gran parte del día enla escuela,porloque su educacióntambiéndependede laeducaciónque reciba del profesor. Deben estar compenetradas las dos partes para cualquier tipo de problema que surja. Tanto la escuela y la familia tienen el deber de enseñar ciertos valores tales como respeto, cooperación, espíritu crítico, tolerancia, creatividad, innovación, igualdad, etc. Muchas veces, se tiene una visión de cuál es el papel de la escuela y cual es de la familia. Muchos padres piensan que es la escuela la encargada de enseñar a sus hijos, y no es así, la educación debe estar basada por ambas partes. Si en una de las partes actuamos correctamente, y en otra, incorrectamente. Al final el niño actúa como quiere sin saber y conocer los valores básicos de aprendizaje. Finalmente, es importante que al empezar el colegio los padres tengan un contacto previo, así como a mitad de curso y al final con las familias de nuestros alumnos. Además, tener las tutorías correspondientes según necesite cada niño. Lo importante es ofrecer al niño una enseñanza con el mismo fin que el resto de compañeros. Práctica 2c: Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos. Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación. Los padrestienenunabajaparticipaciónenel centroescolar.Peronosolo es baja en el centro si no también en las actividades educativas de sus hijos.  Causas de la baja participación: - La faltade tiempo.Muchasvecesel colegio"obliga"aque los padres se involucren en lo que piden.Perohayque entenderque en los tiempos que corren, muchas veces el trabajo es una "lotería" y muchos padres no tienen tiempo para poder colaborar. Con esto no quita que si tengan ganas. Luego están los padres que aún teniendo tiempo no saben aprovechar la oportunidad de involucrarse, al fin y al cabo es un acercamiento más hacia el hijo.
  • 7. -No quieren comprometerse. Ya que esto requiere participar en el colegio pero de forma "gratuita" y no se dan cuenta que los que ganan son los niños no la escuela. Y al final los perjudiciales son ellos. Porque todo lo que se hace es por los alumnos. -Faltade motivacióny/opereza:haypadres que nole gustan las manualidades por ejemplo, y le resulta perezoso o no tiene motivación ya que es algo que no se le da bien. - Piensan que no es su deber. Ya que bastante que los sobrecargan a los hijos y muchas actividades tienen que ayudarles los padres, pues piensan que esto es una sobrecarga más. -Faltade informaciónsobre el centroporparte de los padres ya que no saben cómo participar en él y no conocen las funciones del consejo escolar.  Propuestas y medidas de mejora: -Realizar una reunión al principio de curso donde se trate el tema de la participación de los padres. Comentar lo propuesto y escuchar su opinión. Así como contar con que padres sí se involucrarían y cuáles no. -Mejorar los hábitos del funcionamiento del centro. -Participación de los padres en el AMPA. -Colaborar los padres con los profesores aunque sea a distancia. -Realizar jornadas que puedan ser adaptadas a cualquier tipo de situaciones. Práctica 2d: Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual (ppt, cuadernia, prezi,... ). Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma en relación a actividades de participación de padres en aulas de educación infantil y primaria, se propone la elaboración de una propuesta de intervención esporádica o sistemática para informar, programar talleres, actividades o cualquier otra actuación donde docente y padres tengan que trabajar de forma coordinada. Esta práctica la encontramosenel powerpoint.