Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Aitor Navarro - Ajuste estructural en operaciones vinculadas internacionales
1. A I T O R N A V A R R O
U N I V E R S I D A D C A R L O S I I I D E M A D R I D
EL AJUSTE ESTRUCTURAL EN
OPERACIONES VINCULADAS
INTERNACIONALES
2. Principio de plena competencia - arm’s length
principle
Si partes vinculadas efectúan una operación
atendiendo a condiciones aceptadas o impuestas que
difieran de las que acordarían partes independientes
en una situación idéntica o muy comparable
-> ajuste para equilibrar ambos supuestos
3. Precio
Condición 1
Condición 2
Condición n
Precio’
Condición 1’
Condición 2’
Condición n’
Ajuste primario
Operación entre partes vinculadas Operación entre independientes
Resultante de un análisis de
comparabilidad
Ajuste de plena competencia
4. Definición ajuste estructural
Ajustes estructurales: modificación de condiciones de
una operación vinculada distintas del precio o margen
a efectos de llevar a cabo el análisis de comparabilidad
pertinente que redunde, en su caso, en un ajuste
primario
5. Art.9.1 MCOCDE
Cuando
[…] dos empresas estén, en sus relaciones comerciales
o financieras, unidas por condiciones aceptadas o
impuestas que difieran de las que serían acordadas por
empresas independientes, los beneficios que
habrían sido obtenidos por una de las empresas de no
existir dichas condiciones, y que de hecho no se han
realizado a causa de las mismas, podrán incluirse
en los beneficios de esa empresa y someterse a
imposición en consecuencia.
6. Art.9 MCOCDE
¿Podríamos efectuar ajustes estructurales a
partir del art.9?
¿Permite este artículo efectuar ajustes
estructurales?
7. Anclaje normativo del ajuste estructural
Será necesario analizar el derecho interno del Estado
que está aplica su normativa de operaciones
vinculadas para conocer si es posible llevar a cabo un
ajuste estructural.
8. Razones para el estudio de la figura a partir de las
Guías de Precios de Transferencia (TPG)
Las TPG son un modelo de normativa que muchos
Estados emplean en su derecho interno para regular
una materia de especial complejidad
Ciertos Estados emplean las TPG como doctrina
administrativa válida
Tribunales aplican disposiciones presentes en las
TPG como si de normas se tratasen
9. TPG §1.65, situaciones en que es “legítimo y
apropiado” efectuar un ajuste estructural
(1) cuando la sustancia económica de la operación
difiere de su forma y
(2) cuando, coincidiendo la forma y el fondo de la
operación, los acuerdos relativos a la misma,
valorados globalmente, difieren de los que habrían
suscrito empresas independientes que actuaran de
modo racional desde un punto de vista comercial, y
su estructura real impide en la práctica que la
administración tributaria determine el precio de
transferencia apropiado
10. Definición sustancia económica (TPG §9.170)
La sustancia económica de una operación o de un
acuerdo se determina analizando todos los hechos
y circunstancias del caso, tales como el contexto
económico y comercial de dicho acuerdo u operación,
su objeto y los efectos que provoca desde el punto de
vista práctico y del negocio, así como el proceder de las
partes, incluyendo las funciones que desempeñan, los
activos que utilizan y los riesgos que asumen.
11. Definición segunda excepción
Diferencia con los acuerdos que habrían alcanzado
partes independientes actuando de un modo racional
Imposibilidad de determinar un precio de
transferencia apropiado
12. Esquema ajuste estructural
Presupuesto: Inexistencia de operaciones comparables
Consecuencia (TPG §1.66): ajuste en las condiciones
para reflejar aquéllas a las que las partes se hubieran
atenido en caso de que la operación se hubiera
estructurado de acuerdo con la realidad económica y
comercial de quienes negocian en un contexto de plena
competencia.
Coherente con el principio de plena competencia
13. Propuesta de modelo objetivo
Objetivo: plantear una operación alternativa entre
partes independientes
Partir de la operación entre vinculadas. Análisis de
las circunstancias de la operación
Una vez definido un rango aceptable de alternativas,
homogeneizar: VAN
Comprobar si mediante cooperación se lograría un
resultado mejor: BATNA
Proporcionalidad y lesión mínima
15. Otros problemas a tratar
¿Cuándo podemos afirmar que no existen
comparables?
¿Es necesario una mención explícita del ajuste
estructural en la normativa o basta con la
enunciación del principio de plena competencia?
(art.16 TRLIS)