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Participacion
     de los
trabajadores en
 las utilidades
 de la empresa
              IFEFI
           Artículo No. 3
Participación de los trabajadores en
las utilidades de la empresa
Fundamento legal                                                  Las empresas de nueva creación, dedicadas a la
                                                                   elaboración de un producto nuevo, durante los dos
En la Constitución Política de los Estados Unidos                  primeros años de funcionamiento. La determinación
Mexicanos en el artículo 123 se establece que toda                 de la novedad del producto se ajustará a lo que
persona tiene derecho a un trabajo digno y socialmente útil,       dispongan las leyes para fomento de industrias
dentro de este mismo artículo en la fracción IX del apartado       nuevas;
A se establece el derecho que tendrán los trabajadores a
participar en las utilidades de la empresa.                       Las empresas de industria extractiva, de nueva
                                                                   creación, durante el período de exploración;
Objetivo
                                                                  Las instituciones de asistencia privada, reconocidas
Este derecho que se otorga a los trabajadores es valioso           por las leyes, que con bienes de propiedad particular
para el equilibrio entre los factores de la producción y           ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia,
reconoce la contribución de la fuerza de trabajo (los              sin propósitos de lucro y sin designar
trabajadores) a los rendimientos que obtiene la empresa.           individualmente a los beneficiarios;

                                                                  El Instituto Mexicano del Seguro Social y las
Sujetos Obligados
                                                                   instituciones públicas descentralizadas con fines
                                                                   culturales, asistenciales o de beneficencia; y
Están obligados a efectuar reparto de utilidades todas las
personas físicas o morales que tengan trabajadores a su           Las empresas que tengan capital menor al que fije la
servicio, sean o no contribuyentes del Impuesto sobre la           Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas
Renta y que generen utilidades.                                    de la industria, previa consulta con la Secretaría de
                                                                   Industria y Comercio. Dicha Secretaría establece
Con base en el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo          que quedan exceptuadas de la obligación de repartir
ley se exceptúa del pago a las empresas que a                      utilidades las empresas cuyo capital y trabajo
continuación se mencionan.                                         generen un ingreso anual declarado por concepto
                                                                   de ISR no superior a $300,000, de acuerdo a la
Sujetos no Obligados                                               resolución publicada en el Diario Oficial de la
                                                                   Federación del 19 de diciembre de 1996.
      Las empresas de nueva creación, durante el primer
       año de funcionamiento;
Trabajadores con derecho a participar en las utilidades        misma que cuenta con esta facultad con base en el artículo
                                                               117 de la LFT; dicho porcentaje se encuentra publicado en
Tienen derecho todos los trabajadores que laboren en           el DOF del día 4 de marzo de 1985 y fue ratificado
forma personal y subordinada y perciban un salario, de         mediante Resolución hecha en su Quinta reunión con
conformidad con lo siguiente:                                  fecha 3 de febrero de 2009.

      Los trabajadores de planta independientemente del       Determinación de la base
       número de días laborados durante el año.
                                                               Las utilidades sobre las cuales se aplicara el porcentaje
      Los trabajadores por obra o por tiempo determinado      anteriormente señalado será la renta gravable con base en
       que hayan laborado cuando menos 60 días durante         lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Esta
       el año, ya sea en forma continua o discontinua.         renta gravable se encuentra regulada dentro del artículo 16
       Cuando pasen a ser de planta, se sumará el tiempo       de dicha ley.
       laborado en ambas relaciones de trabajo.
                                                               Para las sociedades mercantiles, las instituciones de
      Los ex trabajadores, que hayan laborado durante         crédito y cuando las personas físicas, los fideicomisos y los
       el año objeto del reparto, siempre que hayan            organismos descentralizados realicen una actividad
       cumplido con los requisitos antes señalados.            empresarial, la base para la participación de los
                                                               trabajadores en las utilidades , en caso de contar con
                                                               trabajadores, será la utilidad fiscal determinada de
No todos los trabajadores tienen derecho a participar en las   conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto
utilidades de la empresa. Con base en el artículo 127 de la    Sobre la Renta. (DOF 04/03/1985)
LFT los directores, administradores y gerentes generales
de las empresas no participarán en las utilidades de las       Para las sociedades y asociaciones civiles, sociedades de
empresas ni los trabajadores domésticos.                       inversión y en general personas morales distintas a las
                                                               señaladas en el párrafo anterior la base para la
Porcentaje de participación                                    participación de los trabajadores en las utilidades de las
                                                               empresas será el remanente distribuible al que hace
La participación de los trabajadores en las utilidades de la   referencia el Título III de la Ley del Impuesto Sobre la
empresa será del 10%, este porcentaje fue determinado          Renta. (DOF 04/03/1985)
por la Comisión Nacional para la Participación de los
Trabajadores en las Utilidades de las Empresas,
Determinación de la base                                        Los días laborados, y todos aquellos que por disposición
                                                                de la ley, contrato individual o colectivo de trabajo y del
En el caso de las personas físicas que presten servicios        reglamento interior de trabajo, el trabajador perciba su
personales independientes u obtengan ingresos por               salario aun cuando no labore tales como:
arrendamiento de bienes o por intereses y ocupen
trabajadores para prestar dichos servicios, para el cuidado           Incapacidades temporales por riesgo de trabajo.
de los bienes o para el cobro de los créditos o intereses la
                                                                      Periodos prenatales y postnatales.
base para la participación de los trabajadores en las
utilidades de las empresas será el ingreso gravable que se            Descanso semanal, vacaciones y días festivos.
determine para efectos del Impuesto Sobre la Renta.

                                                                Para la repartición con base en los salarios devengados se
El monto de la participación de los trabajadores al servicio    estará a lo siguiente:
de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su
trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes             Se considerará la cuota diaria, excluyendo los
que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus                      conceptos de trabajo extraordinario, gratificaciones y
intereses, no podrá exceder de un mes de salario. (LFT                 demás percepciones. (salario fijo)
artículo 127 fracción III).
                                                                      Se tomará el promedio de las percepciones
Métodos de repartición                                                 obtenidas en el ejercicio fiscal materia del reparto,
                                                                       sin incluir trabajo extraordinario, gratificaciones y
La repartición de la participación de los trabajadores en las          demás percepciones. (salario variable)
utilidades de las empresas se dividirá en dos partes
iguales: la primera se repartirá tomando en consideración             Se considera la cuota diaria más el promedio anual
el número de días trabajados por cada uno en el año y la               de las percepciones variables, recordando que hay
segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios            conceptos excluidos como los mencionados en los
devengados por el trabajo prestado durante el año.                     puntos anteriores. (salario mixto)
(Articulo 123 LFT)
                                                                      El tope salarial para los trabajadores de confianza
Para la repartición con base en los días laborados se                  será la cuota diaria del trabajador sindicalizado o de
estará a lo siguiente:                                                 planta de más alto salario, incrementada en un 20%.
       El monto de la participación de los trabajadores al
                   servicio de personas cuyos ingresos deriven
                   exclusivamente de su trabajo, y el de los que se
                   dediquen al cuidado de bienes que produzcan
                   rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no
                   podrán exceder de un mes de salario.

    Periodo de Pago

    Con base en el artículo 122 de la LFT el reparto de
    utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro
    de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba
    pagarse el impuesto anual.


    Los trabajadores tienen derecho a cobrar sus utilidades en
    un plazo de un año contado a partir del día siguiente a la
    fecha en que la obligación sea exigible. Para el caso de los
    trabajadores que aún se encuentran laborando para la
    empresa, el plazo de un año comienza a contar a partir del
    día siguiente a aquel en que se pagaron las utilidades.                                                                                                                                                             Para mayor información pueden contactarnos al
    Para los trabajadores que ya no se encuentran laborando                                                                                                                                                                          Teléfono: (55) 33 30 36 86 / 3742
    para dicho patrón, pero que tienen derecho a participar de                                                                                                                                                                                     pquezada@ifefi.mx
                                                                                                                                                                                                                                                    carreola@ifefi.mx
    las utilidades de éste, el plazo de un año comienza a                                                                                                                                                                                          fsaucedo@ifefi.mx
    computarse a partir del día siguiente a aquél en que la
    empresa les informe que su pago está disponible.
                                                                                                                                                                                                                                                          Providencia No. 1559
                                                                                                                                                                                                                                                  Col. Tlacoquemecatl del Valle
                                                                                                                                                                                                                                                                    C.P. 03200




La información aquí contenida es de naturaleza general y no tiene el propósito de abordar las circunstancias de ningún individuo o entidad en particular. Aunque procuramos proveer información correcta y oportuna, no puede haber garantía de que dicha información sea correcta en la
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Participación de trabajadores en utilidades empresas

  • 1. Participacion de los trabajadores en las utilidades de la empresa IFEFI Artículo No. 3
  • 2. Participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa Fundamento legal  Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos En la Constitución Política de los Estados Unidos primeros años de funcionamiento. La determinación Mexicanos en el artículo 123 se establece que toda de la novedad del producto se ajustará a lo que persona tiene derecho a un trabajo digno y socialmente útil, dispongan las leyes para fomento de industrias dentro de este mismo artículo en la fracción IX del apartado nuevas; A se establece el derecho que tendrán los trabajadores a participar en las utilidades de la empresa.  Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración; Objetivo  Las instituciones de asistencia privada, reconocidas Este derecho que se otorga a los trabajadores es valioso por las leyes, que con bienes de propiedad particular para el equilibrio entre los factores de la producción y ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, reconoce la contribución de la fuerza de trabajo (los sin propósitos de lucro y sin designar trabajadores) a los rendimientos que obtiene la empresa. individualmente a los beneficiarios;  El Instituto Mexicano del Seguro Social y las Sujetos Obligados instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; y Están obligados a efectuar reparto de utilidades todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su  Las empresas que tengan capital menor al que fije la servicio, sean o no contribuyentes del Impuesto sobre la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas Renta y que generen utilidades. de la industria, previa consulta con la Secretaría de Industria y Comercio. Dicha Secretaría establece Con base en el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo que quedan exceptuadas de la obligación de repartir ley se exceptúa del pago a las empresas que a utilidades las empresas cuyo capital y trabajo continuación se mencionan. generen un ingreso anual declarado por concepto de ISR no superior a $300,000, de acuerdo a la Sujetos no Obligados resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación del 19 de diciembre de 1996.  Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento;
  • 3. Trabajadores con derecho a participar en las utilidades misma que cuenta con esta facultad con base en el artículo 117 de la LFT; dicho porcentaje se encuentra publicado en Tienen derecho todos los trabajadores que laboren en el DOF del día 4 de marzo de 1985 y fue ratificado forma personal y subordinada y perciban un salario, de mediante Resolución hecha en su Quinta reunión con conformidad con lo siguiente: fecha 3 de febrero de 2009.  Los trabajadores de planta independientemente del Determinación de la base número de días laborados durante el año. Las utilidades sobre las cuales se aplicara el porcentaje  Los trabajadores por obra o por tiempo determinado anteriormente señalado será la renta gravable con base en que hayan laborado cuando menos 60 días durante lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Esta el año, ya sea en forma continua o discontinua. renta gravable se encuentra regulada dentro del artículo 16 Cuando pasen a ser de planta, se sumará el tiempo de dicha ley. laborado en ambas relaciones de trabajo. Para las sociedades mercantiles, las instituciones de  Los ex trabajadores, que hayan laborado durante crédito y cuando las personas físicas, los fideicomisos y los el año objeto del reparto, siempre que hayan organismos descentralizados realicen una actividad cumplido con los requisitos antes señalados. empresarial, la base para la participación de los trabajadores en las utilidades , en caso de contar con trabajadores, será la utilidad fiscal determinada de No todos los trabajadores tienen derecho a participar en las conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto utilidades de la empresa. Con base en el artículo 127 de la Sobre la Renta. (DOF 04/03/1985) LFT los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no participarán en las utilidades de las Para las sociedades y asociaciones civiles, sociedades de empresas ni los trabajadores domésticos. inversión y en general personas morales distintas a las señaladas en el párrafo anterior la base para la Porcentaje de participación participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas será el remanente distribuible al que hace La participación de los trabajadores en las utilidades de la referencia el Título III de la Ley del Impuesto Sobre la empresa será del 10%, este porcentaje fue determinado Renta. (DOF 04/03/1985) por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas,
  • 4. Determinación de la base Los días laborados, y todos aquellos que por disposición de la ley, contrato individual o colectivo de trabajo y del En el caso de las personas físicas que presten servicios reglamento interior de trabajo, el trabajador perciba su personales independientes u obtengan ingresos por salario aun cuando no labore tales como: arrendamiento de bienes o por intereses y ocupen trabajadores para prestar dichos servicios, para el cuidado  Incapacidades temporales por riesgo de trabajo. de los bienes o para el cobro de los créditos o intereses la  Periodos prenatales y postnatales. base para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas será el ingreso gravable que se  Descanso semanal, vacaciones y días festivos. determine para efectos del Impuesto Sobre la Renta. Para la repartición con base en los salarios devengados se El monto de la participación de los trabajadores al servicio estará a lo siguiente: de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes  Se considerará la cuota diaria, excluyendo los que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus conceptos de trabajo extraordinario, gratificaciones y intereses, no podrá exceder de un mes de salario. (LFT demás percepciones. (salario fijo) artículo 127 fracción III).  Se tomará el promedio de las percepciones Métodos de repartición obtenidas en el ejercicio fiscal materia del reparto, sin incluir trabajo extraordinario, gratificaciones y La repartición de la participación de los trabajadores en las demás percepciones. (salario variable) utilidades de las empresas se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá tomando en consideración  Se considera la cuota diaria más el promedio anual el número de días trabajados por cada uno en el año y la de las percepciones variables, recordando que hay segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios conceptos excluidos como los mencionados en los devengados por el trabajo prestado durante el año. puntos anteriores. (salario mixto) (Articulo 123 LFT)  El tope salarial para los trabajadores de confianza Para la repartición con base en los días laborados se será la cuota diaria del trabajador sindicalizado o de estará a lo siguiente: planta de más alto salario, incrementada en un 20%.
  • 5. El monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no podrán exceder de un mes de salario. Periodo de Pago Con base en el artículo 122 de la LFT el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual. Los trabajadores tienen derecho a cobrar sus utilidades en un plazo de un año contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible. Para el caso de los trabajadores que aún se encuentran laborando para la empresa, el plazo de un año comienza a contar a partir del día siguiente a aquel en que se pagaron las utilidades. Para mayor información pueden contactarnos al Para los trabajadores que ya no se encuentran laborando Teléfono: (55) 33 30 36 86 / 3742 para dicho patrón, pero que tienen derecho a participar de pquezada@ifefi.mx carreola@ifefi.mx las utilidades de éste, el plazo de un año comienza a fsaucedo@ifefi.mx computarse a partir del día siguiente a aquél en que la empresa les informe que su pago está disponible. Providencia No. 1559 Col. Tlacoquemecatl del Valle C.P. 03200 La información aquí contenida es de naturaleza general y no tiene el propósito de abordar las circunstancias de ningún individuo o entidad en particular. Aunque procuramos proveer información correcta y oportuna, no puede haber garantía de que dicha información sea correcta en la fecha que se reciba o que continuará siendo correcta en el futuro. Nadie debe tomar medidas basado en dicha información sin la debida asesoría profesional después de un estudio detallado de la situación en particular. Las ideas y opiniones expresadas en este escrito son del autor y no necesariamente representan las ideas y opiniones de IFEFI.