La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a un banco por infracción a la Ley de Protección de Datos de sus clientes al botar en un vertedero ilegal documentos personales y financieros.
Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...
Ver fallo corte de apelaciones de santiago
1. Foja: 477
Cuatrocientos Setenta y Siete
C.A. de Santiago
Santiago, siete de junio de dos mil dieciocho.
A fojas 476, t ngase presente.é
Vistos:
Atendido el m rito de los antecedentes,é se confirma la
sentencia apelada de diecinueve de junio de dos mil diecisiete, escrita a
fojas 372 y siguientes.
Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial se orñ
Norambuena, quien estuvo por revocar la sentencia en alzada,
acogiendo la indemnizaci n por da o moral que solicit laó ñ ó
demandante, regulando prudencialmente su monto en la suma de
$3.000.000, para cada uno de ellos, considerando para ello lo siguiente:
a).- Que, la sentencia ha establecido la existencia del actuar
il cito de la demandada, lo que ha motivado la condena en lo que a loí
infraccional se refiere, por haber vulnerado los art culos 6 y 11 de laí
Ley 19.628, normativa que establece expresamente que se deben
indemnizar entre otros detrimentos, el da o moral que se hañ
demandado en esta causa y que la sentencia del tribunal a quo ha
rechazado.
b).- Que, la sentencia ha tenido por no acreditado el da o moral,ñ
sobre la base que lo declarado por los testigos de los actores, ser aí
gen rico; sin embargo, lo concreto resulta ser que ellos se refieren alé
dolor experimentado por los actores por el actuar il cito de laí
demandada, a los que la ley otorga pleno valor probatorio, cuando se
trata de dos o m s testigos que se encuentren contestes, en los hechosá
y sus circunstancias esenciales, no pudiendo adem s de dejar deá
considerarse, la existencia de un hecho que afect la vida privada deó
ellos.
Reg strese y devu lvaseí é
N°Civil-Ant-11788-2017.
Pronunciada por la S ptimaé Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones
de Santiago, presidida por el Ministro se or Alfredo Pfeiffer Richter eñ
integrada por el Fiscal Judicial se or Jorge Norambuena Carrillo y porñ
el Abogado Integrante se or ngel Cruchaga Gandarillas.ñ Á Autoriza el
(la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago.
Santiago, siete de junio de dos mil dieciocho, se notific por el estadoó
diario la resoluci n que antecede.ó
GVXFNXCVM
2. GVXFNXCVM
ALFREDO OSCAR PFEIFFER
RICHTER
MINISTRO
Fecha: 07/06/2018 12:42:36
JORGE LUIS NORAMBUENA
CARRILLO
FISCAL
Fecha: 07/06/2018 12:39:06
ANGEL ANDRES CRUCHAGA
GANDARILLAS
ABOGADO
Fecha: 07/06/2018 12:45:28
SONIA VICTORIA QUILODRAN LE
BERT
MINISTRO DE FE
Fecha: 07/06/2018 13:17:40
3. Pronunciado por la Séptima Sala de la C.A. de Santiago integrada por Ministro Alfredo Pfeiffer R., Fiscal
Judicial Jorge Luis Norambuena C. y Abogado Integrante Angel Cruchaga G. Santiago, siete de junio de dos
mil dieciocho.
En Santiago, a siete de junio de dos mil dieciocho, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución
precedente.
GVXFNXCVM
Este documento tiene firma electrónica y su original
puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la
tramitación de la causa.
A contar del 13 de mayo de 2018, la hora visualizada
corresponde al horario de invierno establecido en Chile
Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica
Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular
Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar
dos horas. Para más información consulte
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