ENJ-500: Ética y Legislación - Semana 4 (Diplomado Técnicas para el Manejo de Archivos)
1. Diplomado Técnicas para Manejo de Archivos por Escuela Nacional
de la Judicatura se distribuye bajo una
Licencia Creative Commons Atribución-SinDerivar 4.0 Internacional.
Diplomado:
Técnicas para el Manejo de
Archivos
Semana 4
3. Manejo de la Agenda
03/09/153
Ética y codio de ética
Ética Judicial
Ética del Archivista
Principios del Poder Judicial
Legislación de archivos
Antes de la ley 481-08
Ley 481-08 y su reglamento
SNA
Regimen de Sanciones
5. Ética
La Ética es una rama de la filosofía
que abarca el estudio de la moral, la
virtud, el deber, la felicidad, el buen
vivir y las obligaciones que rigen el
comportamiento del hombre en la
sociedad.
6. Moral: conjunto de creencias y normas de una persona o
grupo social que determina el obrar, es decir que orienta
acerca del bien y el mal o de lo correcto e incorrecto.
Virtud: es una cualidad humana que permite a quien la
posee tomar y llevar a termino las decisiones correctas en
las situaciones mas adversas para cambiarlas a su favor.
Deber (obligación moral): es la presión que ejerce la
razón sobre la voluntad enfrente de un valor.
Felicidad: es un estado de animo que se produce en la
persona cuando cree haber alcanzado una meta deseada y
buena.
Buen vivir: es sentirse tranquilo con las decisiones
tomadas.
9. Un Código de Ética es un conjunto de
directrices que tienen por objeto
establecer las conductas aceptables
para los miembros de un grupo en
particular, asociación, o profesión.
10. Ética Judicial es un conjunto de normas
fundamentadas en el principio de dar a
cada uno lo que le pertenece; lo que
debe hacerse según derecho y razón.
11. La Comisión Iberoamericana de Ética Judicial es un
organismo adscrito a la Cumbre Judicial
Iberoamericana cuyo objetivos son:
Asesorar a los diferentes poderes judiciales y
Consejos de la Judicatura Iberoamericanos o a la
propia Cumbre Judicial en temas relacionados a la
ética judicial.
Facilitar la discusión, difusión y desarrollo de la
ética judicial a través de publicaciones o de la
realización de cursos, seminarios, diplomados y
demás encuentros académicos.
Fortalecer la conciencia ética judicial de los
impartidores de justicia iberoamericanos.
12. 1. Independencia
2. Imparcialidad
3. Motivación
4. Conocimiento y
Capacitación
5. Justicia y Equidad
6. Responsabilidad
Institucional
7. Cortesía
1. Integridad
2. Transparencia
3. Secreto Profesional
4. Prudencia
5. Diligencia
6. Honestidad
Profesional
Código Iberoamericano de Ética
Judicial
13. En el Congreso Internacional de
Archivos, celebrado en Pekín, China, en
1996, se propuso un código ético para los
profesionales de la archivística,
considerados como los responsables del
control, cuidado, custodia, conservación y
administración de los archivos. Este
código de ética sugiere lineamientos y
pautas de conducta laboral para lograr la
excelencia y la confianza pública en el
quehacer de los archivistas.
El archivista y la ética
14. Este código establece normas de
conducta para la profesión
archivística. Enseña a los nuevos
miembros del oficio las normas, al
tiempo que le recuerda al archivista
profesional sus responsabilidades,
para así inspirar la confianza del
público hacia esta profesión.
15. 1. El archivista debe proteger la integridad del material archivístico y así
garantizar que éste continúe siendo una evidencia confiable del pasado.
1. El archivista debe valorar, seleccionar y mantener los documentos
archivados dentro de sus contextos histórico, legal y administrativo,
respetando así el principio de procedencia, preservando y haciendo
evidentes las relaciones originales de los documentos.
1. El archivista debe proteger la autenticidad de los documentos y
asegurar que su valor no sea alterado durante el proceso archivístico, la
conservación y el uso.
1. El archivista debe asegurar el acceso continuo y la inteligibilidad del
material archivístico.
1. El archivista debe documentar y justificar sus acciones con respecto al
material archivístico.
Código de Ética del archivista
16. 1. El archivista debe promover el acceso más amplio posible al material
archivístico y ofrecer un servicio imparcial a todos los usuarios.
1. El archivista debe respetar el acceso y la privacidad actuando dentro de
los límites de la legislación pertinente.
1. El archivista debe utilizar la confianza depositada en él para el bien
común y evitar usar su posición privilegiada para beneficio propio o de
otros.
1. El archivista debe procurar la excelencia profesional y la actualización
de sus conocimientos archivísticos de forma sistemática y continua,
compartiendo los resultados de sus investigaciones y experiencias.
1. El archivista debe promover la conservación y el uso del patrimonio
documental de la humanidad trabajando de manera conjunta con los
miembros de su comunidad y con otros profesionales.
Código de Ética del archivista
19. ¿Qué es la
Legislación?
Un ordenamiento
jurídico, como
sinónimo del
conjunto de normas
Jurídicas de un país.
¿Qué es la
Legislación
Archivística?
Conjunto de normas que
regulan el
quehacer archivístico en un
país y sus
principios de conservación.
20. ¿Por qué la necesidad
de crear un marco
jurídico sobre archivo?
21. Permite un sustancial avance en el
control, organización y preservación de
los documentos.
El conjunto de disposiciones y
reglamentos que emanan de la norma,
fijan los criterios básicos para garantizar
el uso y difusión del Patrimonio
Documental.
Da elevada importancia al documento
como testimonio de las acciones del
hombre y de la sociedad.
Da protección jurídica a los documentos
históricos.
24. La creación de Archivos en la Isla de
Santo Domingo se inicia con la
colonización Española a América, a
finales del Siglo XV.
La generalidad de estos Fondos
Documentales anteriores a 1844 se
encuentran mayoritariamente en el
Archivo General de Indias y en el
Archivo General de Salamancas.
25. 1847 se dicta el Decreto No. 108 ordenando el
traslado de los archivos de Antiguas Escribanías
depositadas en los Tribunales de Justicia Mayor de
la Capital y demás Provincias.
1859 mediante Resolución No. 630 del Poder
Ejecutivo se creó la plaza de Archivero en el
Ministerio de lo Interior, Policía y Agricultura.
1884 mediante Resolución No. 2240 se crea un
Depósito para las Obras Oficiales.
Durante la Primera Intervención Militar
Norteamericana se dictaron algunos dispositivos
para reglamentar los archivos.
En 1918 se dicta la Orden Ejecutiva Núm. 2920.
26. La Dictadura de Trujillo (1930-
1961) -
es el periodo de la mayor
producción de Disposiciones
Legales en materia de archivos.
Esto de debe a que los mismos
eran mecanismos de control al
Servicio del Régimen.
27. Se crearon las Leyes:
Ley 912 de 1935 y su Reglamento de
Aplicación, esta fue la más importante y
la creadora del Archivo General de la
Nación.
Ley 1085 de 1936 Ley 355 de 1943
Ley 4678 del 1946
Ley 3006 de 1957
Ley 640 de 1974
29. Ámbito de Aplicación
Esta Ley es de carácter General y
obligatorio en cuanto al aspecto
archivístico en todo el sector público
dominicano, entendiéndose por él al
Gobierno Central, las Instituciones
Autónomas y Descentralizadas, el
Congreso Nacional, los Organismos del
Poder Judicial y los Ayuntamientos.
30. El Sistema Nacional de Archivos es la
entidad archivística de mayor
envergadura de un país. Tiene como
principal objetivo la integración de
todos los archivos públicos y privados
(que así lo deseen) y los archivistas de
todo el territorio nacional. Además, le
corresponde diseñar y dictar las
políticas archivísticas para toda la
geografía nacional.
Sistema Nacional de Archivos SNA
31. Régimen de Sanciones
Los hechos sancionados son:
Denegación de Acceso
Cancelación por inobservancia
Destino de Documentos Decomisados
Sustracción, Depredaciones o
Destrucciones por Negligencia
32. “Sin Archivos
administrativos bien
organizados y en
funcionamiento, no
tendremos archivos
históricos
contemporáneos, y no se
podrán valorar y
preservar los testimonios
documentales que
generan parte de la
memoria histórica de
Nuestra Patria”
Jorge Nacif Mina