SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 308
Descargar para leer sin conexión
7
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
TLC Perú – EE.UU.
ÍNDICE GENERAL
Introducción........................................................................................................................................ 	 5
Índice General.................................................................................................................................... 	 7
PRIMERA PARTE
IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
I. 	 Régimen Aduanero de Exportación Definitiva....................................................................... 	 17
I.1.	 El Despacho de Exportación........................................................................................ 	 17
I.1.1. 	 Declaración Única de Aduanas (DUA)......................................................... 	 18
I.1.2. 	 Factura Comercial (Invoice)............................................................................ 	 23
I.1.3. 	 Documento de transporte............................................................................. 	 24
a) 	Conocimiento de embarque.................................................................... 	 24
b) 	Carta de Porte............................................................................................ 	 26
I.1.4. 	 Lista de empaque (Paking list)...................................................................... 	 27
I.1.5. 	 Póliza de seguros .......................................................................................... 	 27
I.1.6 	 Certificado fitosanitario.................................................................................. 	 27
a)	 El Certificado Fitosanitario......................................................................... 	 27
b)	 El Certificado Fitosanitario de Reexportación......................................... 	 27
c)	 El Certificado de Exportación para Productos Procesados.................. 	 28
I.1.7. 	 Certificado zoosanitario................................................................................. 	 28
I.1.8. 	 Certificado de origen .................................................................................... 	 28
I.2 	 Trámites necesarios ante Aduanas............................................................................ 	 28
I.2.1.	 Registro de operaciones por Aduanas........................................................ 	 30
I.2.2.	 Subsanaciones y consecuencias aduaneras............................................. 	 30
I.3. 	 Procedimiento en caso de exportación a través de comisionistas........................ 	 31
I.4. 	 Procedimiento de exportación mediante contratos de colaboración empresarial.	 31
I.5. 	 Procedimiento de exportaciones de joyas de oro con operación swap............... 	 32
II. 	 Régimen Aduanero de Importación Para el Consumo
II.1. 	 introducción................................................................................................................... 	 35
II.2. 	 Régimen de importación para el consumo............................................................... 	 37
II.3. 	 La Partida Arancelaria.................................................................................................. 	 38
II.4. 	 Acogimiento a algún acuerdo o tratado comercial................................................. 	 38
a)	 Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)........................................... 	 39
b)	 Comunidad Andina (CAN)...................................................................................... 	 39
c)	 Acuerdo de Complementación Económica con Chile........................................ 	 39
d)	 Convenio de Cooperación Aduanera Peruano Colombiano (PECO)................. 	 39
8
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
TLC Perú – EE.UU.
e)	 Mercado Común del Sur (MERCOSUR).................................................................. 	 40
f)	 Acuerdo de Promoción Comercial con Estados Unidos de Norteamérica
	 (TLC Perú- EE.UU.)..................................................................................................... 	 40
II.5.	 Derechos arancelarios................................................................................................. 	 40
II.6. 	 Documentos necesarios para la importación........................................................... 	 41
II.6.1. 	 Declaración Aduanera de Mercancías........................................................ 	 41
II.6.2. 	 Declaración Simplificada............................................................................... 	 41
II.6.3. 	 Factura Comercial (Invoice)............................................................................ 	 42
II.6.4. 	 Documento de Transporte............................................................................. 	 42
II.6.5. 	 Póliza de Seguros........................................................................................... 	 42
II.6.6. 	 Declaración Andina de Valor (DAV).............................................................. 	 42
II.6.7. 	 Certificados ..................................................................................................... 	 43
II.7.	 Control y valorización de la mercancía...................................................................... 	 43
II.8.	 Cancelación................................................................................................................... 	 43
II.9.	 Despachos Urgentes y Envíos de Socorro................................................................. 	 43
II.9.1. 	 Envíos de Urgencia........................................................................................ 	 44
II.9.2.	 Envíos de Socorro........................................................................................... 	 45
Despachos urgentes: envíos de urgencia y envíos de socorro
II.9.3.	 Trámite............................................................................................................. 	 45
II.9.4.	 Horario de atención de despachos............................................................. 	 45
II.9.5.	 Los Despachos Urgentes de mercancías a granel.................................... 	 46
	 Caso específico de los despachos a favor de los afectados por el terremoto del
	 15 de agosto
II.9.6. 	 Ingreso de ayuda humanitaria..................................................................... 	 46
II.9.7. 	 Exoneración de derechos arancelarios....................................................... 	 47
II.10.	 Equipaje Acompañado y Menaje de casa................................................................ 	 47
II.10.1.	 El ingreso del equipaje del viajero............................................................... 	 47
II.10.2.	 Ingreso de bienes afectos al pago de tributos........................................... 	 48
II.10.3.	 El ingreso del menaje de casa..................................................................... 	 49
III. 	 Solicitud de Devolución de Pagos Indebidos o en Exceso
III.1.	 introducción................................................................................................................... 	 51
III.2.	 ¿Dónde se inicia el trámite para la devolución?....................................................... 	 51
III.2.1. 	 Plazo................................................................................................................. 	 52
III.2.2.	 Forma de devolución..................................................................................... 	 52
III.3.	 Ingreso y admisibilidad de la solicitud de devolución............................................. 	 52
III.4.	 Análisis de la solicitud presentada............................................................................. 	 52
III.5.	 Reclamación.................................................................................................................. 	 53
III.6.	 Procedencia de la devolución..................................................................................... 	 54
III.7.	 Devolución con Nota de Crédito Negociable............................................................ 	 54
El TRANSPORTE INTERNACIONAL
IV. 	 Las Reglas de Hamburgo Sobre el Transporte Marítimo Internacional de Mercancías
IV.1.	 Introducción................................................................................................................... 	 55
IV.2.	 Ámbito de aplicación de las Reglas de Hamburgo................................................. 	 55
IV.3.	 Conceptos previos........................................................................................................ 	 56
9
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
TLC Perú – EE.UU.
IV.3.1.	 Contrato de transporte marítimo.................................................................. 	 56
IV.3.2.	 Porteador ........................................................................................................ 	 56
IV.3.3.	 Cargador......................................................................................................... 	 57
IV.3.4.	 Consignatario.................................................................................................. 	 57
IV.3.5.	 Conocimiento de embarque ........................................................................ 	 57
IV.4.	 Responsabilidad del porteador................................................................................... 	 58
IV.4.1.	 Periodo de responsabilidad ......................................................................... 	 59
IV.4.2.	 Fundamento de la responsabilidad............................................................. 	 59
IV.4.3.	 Limitación de la responsabilidad................................................................. 	 60
IV.4.4.	 Responsabilidad cuando intervienen varios porteadores........................ 	 61
IV.5.	 Responsabilidad del cargador.................................................................................... 	 62
V.	 El Transporte Marítimo Internacional de Mercancías a la Luz de las Reglas de
	 La Haya- Visby
V.1.	 Introducción .................................................................................................................. 	 62
V.2.	 Ámbito de aplicación de las Reglas de La Haya-Visby........................................... 	 63
V.3. 	 Sistema de responsabilidad del transportista........................................................... 	 63
V.3.1.	 Esquema de responsabilidad del transportista......................................... 	 63
V.3.2. 	 Exoneración y limitaciones de responsabilidad del transportista............ 	 65
V.4. 	 De las Reglas de La Haya-Visby a las Reglas de Hamburgo................................ 	 66
V.4.1. 	 El periodo de responsabilidad...................................................................... 	 66
V.4.2.	 Fundamento de la responsabilidad............................................................. 	 66
V.4.3. 	 Principales innovaciones en las Reglas de Hamburgo............................. 	 67
EL CRÉDITO DOCUMENTARIO
VI. 	 Las Nuevas Reglas del Crédito Documentario
VI.1.	 Costumbres uniformes y práctica para los créditos documentales ...................... 	 68
VI.2.	 ¿Qué novedades introduce la UCP 600?................................................................... 	 68
VI.3.	 Disposiciones especiales sobre interpretaciones en los créditos documentarios	
VI.3.1. 	 Generalidades................................................................................................ 	 69
VI.3.2.	 Los Plazos........................................................................................................ 	 69
VI.4.	 Crédito documentario como operación independiente de la compraventa inter-
	 nacional.......................................................................................................................... 	 70
VI.5.	 Prevalencia de la documentación.............................................................................. 	 71
VI.6.	 Disponibilidad del crédito............................................................................................ 	 71
VI.7.	 Obligaciones del banco emisor.................................................................................. 	 71
VI.8.	 Obligaciones del banco confirmador......................................................................... 	 72
VI.9.	 Limitación de responsabilidad del banco confirmador........................................... 	 73
VI.10.	 Participación del banco avisador............................................................................... 	 73
VI.11.	 Modificaciones del crédito documentario.................................................................. 	 73
VI.12. 	 Verificación de documentos por parte de los bancos y su “conformidad”........... 	 73
VI.12.1.	 Documentos de Transporte........................................................................... 	 74
VI.12.2.	 Documentos de Seguro................................................................................. 	 74
VI.13. 	 Tolerancias en el importe del crédito, la cantidad y los precios unitarios............. 	 74
VI.14. 	 Exoneración de la efectividad de los documentos................................................... 	 75
VI.15. 	 Utilizaciones y expediciones fraccionadas................................................................ 	 75
10
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
TLC Perú – EE.UU.
VI.16.	 Exoneración de la transmisión y la traducción......................................................... 	 75
VI.17. 	 Casos de fuerza mayor en el crédito documentario................................................ 	 75
VI.18. 	 Calidad de créditos transferibles................................................................................ 	 75
ASPECTOS CONTABLES Y TRIBUTARIOS
VII. 	 Registros contables y aspectos tributarios en la importación para el consumo
VII.1.	 Generalidades............................................................................................................... 	 76
VII.2.	 ¿Qué es la importación?.............................................................................................. 	 76
VII.3.	 ¿Cuándo se deben reconocer los bienes?................................................................ 	 77
VII.4.	 Principales documentos que intervienen................................................................... 	 80
VII.5.	 Tributos que gravan la importación............................................................................ 	 81
VII.5.1.	 Percepción del IGV......................................................................................... 	 82
VII.6.	 Costos en una importación......................................................................................... 	 82
VII.7.	 Por la Comisión de la Agencia de Aduanas............................................................. 	 88
VII.8.	 Por los derechos arancelarios y otros tributos.......................................................... 	 89
VII.9.	 Pago de la Percepción................................................................................................. 	 92
VII.10.	 Retenciones pagadas al fisco por renta de fuente peruana.................................. 	 93
VII.11.	 Declarando créditos por importación en el mes de junio (período: mayo 2009).	 94
VIII. 	 Aspectos tributarios en la exportación definitiva
VIII.1.	 Introducción................................................................................................................... 	 97
VIII.2.	 La exportación............................................................................................................... 	 97
VIII.2.1.	 ¿Existe alguna definición del término "exportación" en la legislación
	 que regula el IGV?.......................................................................................... 	 98
VIII.2.2.	 ¿La exportación se encuentra gravada con el IGV?.................................. 	 98
VIII.2.3.	 La denominada tasa "cero" (0) del IGV aplicable a las operaciones de
	 exportación...................................................................................................... 	 98
VIII.2.4.	 Criterio jurisprudencial del Tribunal Fiscal................................................... 	 99
VIII.3.	 El saldo a favor del exportador................................................................................... 	 99
VIII.4.	 ¿Cuál es el procedimiento para determinar el saldo a favor del exportador?.... 	 100
VIII.4.1.	 Aplicación del método de la prorrata. Realización de operaciones no
	 gravadas con el IGV y la imposibilidad de la discriminación del desti-
	 no de las adquisiciones................................................................................ 	 100
VIII.4.2.	 Aplicación del saldo a favor del exportador............................................... 	 101
VIII.4.3.	 ¿Cuándo se genera el Saldo a Favor Materia del Beneficio?................... 	 101
VIII.5.	 ¿Cuál es límite al Saldo a Favor Materia del Beneficio?.......................................... 	 102
VIII.6.	 Formalidades para la compensación o la devolución
VIII.6.1.	 Requisitos para la compensación................................................................ 	 103
VIII.6.2.	 Requisitos para la Devolución...................................................................... 	 103
VIII.6.3.	 Documentación a adjuntar a la comunicación de compensación o a
	 la solicitud de devolución.............................................................................. 	 103
	 VIII.6.3.1. Bienes............................................................................................ 	 104
	 VIII.6.3.2. Servicios......................................................................................... 	 104
VIII.6.4.	 Forma de presentar la Documentación Adjunta........................................ 	 104
VIII.7.	 Medios de prueba para acreditar el valor de exportaciones en operaciones
	 de agro exportación de productos perecibles frescos............................................ 	 105
11
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
TLC Perú – EE.UU.
VIII.7.1.	 Las nuevas reglas para acreditar el valor de exportación de productos
	 perecibles........................................................................................................ 	 106
VIII.8.	 Cálculo del Saldo a Favor del Exportador (SFE) cuando se realizan operaciones
	 no gravadas.................................................................................................................. 	 108
VIII.9	 Mecanismo de Restitución del Saldo a Favor del Exportador (SFE)
VIII.9.1.	 Saldo a Favor del Exportador y Saldo a Favor Materia del Beneficio...... 	 109
VIII.9.2.	 Límite del Saldo a Favor Materia de Beneficio............................................ 	 109
VIII.9.3.	 Compensación contra los pagos a cuenta o la regularización del SFMB
	 (Primer orden).................................................................................................. 	 10
VIII.9.4.	 Compensación contra otros tributos del tesoro público........................... 	 110
VIII.9.5.	 Devolución....................................................................................................... 	 111
VIII.9.6.	 SFMB que no excede el límite, no compensados o no devueltos en su
	 totalidad........................................................................................................... 	 111
VIII.10.	Caso práctico
VIII.10.1.	Período 1.......................................................................................................... 	 111
VIII.10.2.	Período 2......................................................................................................... 	 112
VIII.11.	 Aspectos formales a tener en cuenta para comunicar la compensación y/o de-
	 volución del Saldo a Favor Materia de Beneficio (SFMB)......................................... 	 113
VIII.11.1.	 Presentación del Programa de Declaración de Beneficios - PDB Expor-
	 tadores a la SUNAT........................................................................................ 	 113
VIII.11.2.	Aspectos operativos a considerar para el llenado del PDB Exportadores... 	 114
	 VIII.11.2.1. Obtención del software................................................................. 	 114
	 VIII.11.2.2. Información a comunicar en el PDB-Exportadores................... 	 114
	 VIII.11.2.3. Registro del tipo de exportaciones............................................. 	 115
VIII.11.3.	Tipo de cambio a utilizar para el registro de operaciones en el PDB
	 Exportadores................................................................................................... 	 116
VIII.11.4.	Forma de presentación del PDB Exportadores........................................... 	 117
VIII.11.5.	¿Es posible la presentación de declaraciones rectificatorias o sustitu-
	 torias del PDB Exportadores?........................................................................ 	 117
VIII.12.	Causales de rechazo al momento de presentar el PDB Exportadores................. 	 117
VIII.13.	Aplicación Práctica........................................................................................................ 	 117
VIII.14.	Llenado del PDB Exportadores.................................................................................... 	 124
VIII.15	 Operaciones de Exportación a valor FOB ¿Cuándo se reconoce el ingreso para
	 los pagos a cuenta?..................................................................................................... 	 132
VIII.15.1.	Criterio adoptado por el Tribunal Fiscal....................................................... 	 132
VIII.15.2.	Planteamiento del problema........................................................................ 	 132
VIII.15.3.	Argumentos esbozados por el órgano colegiado..................................... 	 132
VIII.15.4.	Nuestros Comentarios................................................................................... 	 133
SEGUNDA PARTE
ANÁLISIS Y COMENTARIOS AL TLC PERÚ-EE.UU.
I. 	 El TLC y el capítulo relativo de la facilitación del comercio
I.1. 	 Rol de la Aduana.......................................................................................................... 	 139
I.2. 	 Despacho de mercancías............................................................................................ 	 139
12
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
TLC Perú – EE.UU.
I.3. 	 Empleo de tecnología y organización mundial de Aduanas.................................. 	 140
I.4.	 Mercancías de alto y bajo riesgo en Aduanas......................................................... 	 140
I.5. 	 Cooperación aduanera................................................................................................ 	 140
I.6. 	 Confidencialidad aduanera......................................................................................... 	 141
I.7. 	 Envíos de entrega rápida............................................................................................. 	 141
I.8. 	 Interpretación de recursos, impugnaciones y sanciones........................................ 	 142
I.9. 	 Resoluciones anticipadas............................................................................................ 	 142
II. 	 Aspectos aduaneros del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos
II.1.	 Aprobación y vigencia del TLC.................................................................................... 	 143
II.2. 	 Trato nacional................................................................................................................ 	 143
II.3. 	 Eliminación arancelaria................................................................................................ 	 143
II.4. 	 Exención de aranceles aduaneros............................................................................. 	 144
II.5. 	 Admisión temporal de mercancías............................................................................ 	 144
II.6. 	 Mercancía reimportada después de reparación o alteración................................ 	 145
II.7. 	 Importación libre de aranceles para muestras comerciales de valor insignificante
	 y materiales de publicidad impresos......................................................................... 	 145
II.8. 	 Cargas y formalidad administrativas......................................................................... 	 145
II.9. 	 Impuestos a la exportación ........................................................................................ 	 145
II.10. 	 Reconocimiento del Pisco Perú y otros signos distintivos........................................ 	 146
II.11.	 El Comité de Comercio de Mercancías...................................................................... 	 146
III.	 La exportación de servicios y la regulación del comercio transfronterizo de servicios
III.1.	 Introducción................................................................................................................... 	 146
III.2.	 Trato nacional al extranjero......................................................................................... 	 147
III.3.	 Trato de nación más favorecida................................................................................. 	 147
III.4.	 Libre acceso a los mercados...................................................................................... 	 147
III.5.	 Prohibición de presencia local.................................................................................... 	 148
III.6.	 Cambios en la reglamentación nacional.................................................................. 	 148
III.7.	 Transparencia en el desarrollo y aplicación de las regulaciones y autorizaciones........	 148
III.8.	 Reconocimiento............................................................................................................. 	 148
III.9.	 Servicios profesionales................................................................................................. 	 149
III.9.1.	 Otorgamiento de licencias temporales....................................................... 	 149
III.10.	 Transferencias y pagos de los servicios..................................................................... 	 149
III.11.	 Servicios de envío urgente........................................................................................... 	 150
IV.	 Tratamiento de los servicios financieros internacionales en el marco del Tratado de Libre
	 Comercio
IV.1.	 Introducción................................................................................................................... 	 150
IV.2.	 Trato nacional................................................................................................................ 	 151
IV.3.	 Principales compromisos............................................................................................. 	 151
IV.3.1.	 Respecto de EE.UU......................................................................................... 	 151
IV.3.2.	 Respecto del Perú........................................................................................... 	 152
IV.4.	 Acceso al mercado para nuevas instituciones financieras..................................... 	 152
IV.5.	 Comercio de servicios financieros transfronterizos.................................................. 	 152
IV.6.	 Nuevos servicios financieros....................................................................................... 	 153
IV.7.	 Altos ejecutivos y juntas directivas.............................................................................. 	 153
IV.8.	 El Comité de Servicios Financieros.............................................................................. 	 153
IV.9.	 Formulación de consultas............................................................................................ 	 153
IV.10.	 Conclusiones................................................................................................................. 	 153
13
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
TLC Perú – EE.UU.
V.	 La Regulación de las Telecomunicaciones en el TLC
V.1.	 Introducción .................................................................................................................. 	 154
V.2.	 Acceso y uso de los servicios públicos de telecomunicaciones............................. 	 154
V.3.	 Obligaciones de los proveedores de servicios públicos de telecomunicaciones........	 154
V.3.1.	 Interconexión internacional........................................................................... 	 154
V.3.2.	 Reventa............................................................................................................ 	 155
V.3.3.	 Portabilidad del número................................................................................ 	 155
V.3.4.	 Paridad del discado....................................................................................... 	 155
V.4.	 Obligaciones adicionales de las empresas dominantes de servicios públicos
	 de telecomunicaciones................................................................................................ 	 155
V.4.1.	 Interconexión................................................................................................... 	 156
	 a) Opciones de Interconexión con los Proveedores Importantes............. 	 156
	 b) Disponibilidad Pública de las Ofertas de Interconexión....................... 	 156
V.5.	 Asignación de recursos escasos................................................................................ 	 156
VI.	 Tratamiento de las Contratación Pública en el Tratado de Libre Comercio
VI.1.	 Introducción................................................................................................................... 	 147
VI.2.	 La regulación de la Contratación Pública.................................................................. 	 157
VI.2.1.	 Exclusiones...................................................................................................... 	 158
VI.2.2.	 Principios generales....................................................................................... 	 158
	 a) Trato Nacional y No discriminación......................................................... 	 159
	 b) Reglas de Origen....................................................................................... 	 160
	 c) Condiciones Compensatorias Especiales................................................ 	 160
	 d) Medidas No Específicas de la Contratación Pública............................. 	 160
	 e) Procedimientos de Licitación..................................................................... 	 160
VI.3.	 El procedimiento de Contratación Pública................................................................. 	 160
VI.3.1.	 Los Plazos de presentación de ofertas........................................................ 	 160
VI.3.2.	 Información y documentación ..................................................................... 	 161
VI.3.3.	 Específicaciones técnicas............................................................................... 	 161
VI.3.4.	 Las condiciones de participación................................................................. 	 161
VI.4.	 La Contratación Directa................................................................................................ 	 161
VI.5.	 Excepciones................................................................................................................... 	 162
VII.	 Aspectos laborales del Tratado de Libre Comercio Perú – EE.UU.
VII.1.	 Introducción................................................................................................................... 	 163
VII.2.	 Obligaciones en el ámbito de la OIT.......................................................................... 	 163
VII.3.	 Derechos fundamentales............................................................................................. 	 166
a) La libertad de asociación........................................................................................ 	 166
b) El reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva..................... 	 166
c) La eliminación de toda forma de trabajo forzoso u obligatorio......................... 	 166
d) La abolición efectiva del trabajo infantil................................................................ 	 166
e) la eliminación de la discriminación con respecto a empleo y ocupación........ 	 166
VII.4.	 Garantías procesales e información pública............................................................ 	 167
VII.5.	 Instituciones consultivas y promotoras....................................................................... 	 168
a) Consejo de Asuntos Laborales............................................................................... 	 168
b) Mecanismo de Cooperación Laboral y Desarrollo de Capacidades................. 	 168
c) Consultas Laborales Cooperativas......................................................................... 	 169
VII.6.	 Los contratos de trabajo temporales y la exportación no tradicional.................... 	 169
	 a) Régimen de exportación de productos no tradicionales.................................... 	 169
14
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
TLC Perú – EE.UU.
	 b) Zonas francas y otros regímenes especiales....................................................... 	 170
VIII.	 Protección de la Propiedad Intelectual en el TLC
VIII.1.	 Introducción................................................................................................................... 	 170
VIII.2.	 Derechos de Marcas.................................................................................................... 	 171
VIII.3.	 Indicaciones Geográficas............................................................................................. 	 171
VIII.4.	 Nombres de Dominio en Internet............................................................................... 	 171
VIII.5.	 Derecho de Autor.......................................................................................................... 	 171
VIII.6.	 Derechos Conexos........................................................................................................ 	 172
VIII.7.	 Obligaciones Comunes al Derecho de Autor y Derechos Conexos....................... 	 172
VIII.8.	 Patentes.......................................................................................................................... 	 173
VIII.9.	 Medidas relacionadas con productos regulados
VIII.9.1.	 Productos químicos agrícolas....................................................................... 	 173
VIII.9.2.	 Productos farmacéuticos............................................................................... 	 173
Anexos
	 Acuerdo de Promoción Comercial (Capítulos Pertinentes)
	 •  Capítulo Uno - Disposiciones Iniciales y Disposiciones Generales............................... 	 177
	 •  Capítulo Dos - Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado............................ 	 179
	 •  Capítulo Dos - Notas Generales EE.UU............................................................................. 	 187
	 •  Capítulo Dos - Notas Generales Perú............................................................................... 	 192
	 •  Capítulo Cinco - Administración Aduanera y Facilitación del Comercio....................... 	 198,3
TERCERA PARTE
LEY GENERAL DE ADUANAS Y REGLAMENTO DE LA
LEY GENERAL DE ADUANAS
• 	 Ley General de Aduanas
	 Decreto Legislativo Nº 1053 (27.06.2008)............................................................................... 	 203
• 	 Reglamento de la Ley General de Aduanas
	 Decreto Supremo Nº 010-2009-EF (16.06.2009).................................................................... 	 233
CUARTA PARTE
TUPA - Procedimientos Tributarios Aduaneros
• 	 Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia
	 Nacional de Administración Tributaria
	 Decreto Supremo Nº 057-2009-EF (08.03.2009)................................................................... 	 265
• 	 Sección II: Procedimientos de Tributos Aduaneros. Notas de Aplicación General........... 	 266
• 	 Sumario del Texto Único de Procedimientos Administrativos de SUNAT........................... 	 267
• 	 Texto Único de Procedimientos Administrativos de SUNAT................................................. 	 269
BIBLIOGRAFÍA..................................................................................................................................... 	 327
17
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
i. El Régimen Aduanero de Exportación DEFINITIVA
Los países que más progresan son aquellos que más exportaciones realizan, es decir, lo que se
produce no sólo es consumido en el país de origen sino también en el resto del planeta. Este es el
propósito que buscan los acuerdos de promoción comercial que celebran diversos Estados, como es
el caso del Tratado de Libre Comercio firmado entre en el Perú y los Estados Unidos de América, el
acrecentar una mayor actividad exportadora en ambos países.
Entonces, los primeros pasos que debe de realizar una empresa peruana luego de haber contac-
tado con un cliente y acordado el precio y la forma de pago de las mercancía materia de compraventa
internacional (1)
, es la de ejecutar los trámites necesarios para realizar un despacho de exportación,
debiendo cumplir con todos los requisitos y documentos ante la autoridad aduanera, los cuales son el
propósito del presente trabajo, a efecto que realizar una operación de comercio exterior correcta que
le permita acogerse a posibles beneficios tributarios aduaneros (como el drawback, por ejemplo), así
como evitar la imposición de multas y sanciones por defectos en su tramitación.
Como sabemos, legalmente se define a la exportación como el régimen aduanero aplicable a las
mercancías en libre circulación, esto es, nacional o nacionalizadas, que salen del territorio aduanero para
su uso o consumo definitivo en el exterior (siempre que estos productos no sean considerados mercancías
prohibidas), sin que esta operación se encuentre gravada con el Impuesto General a las Ventas.
Para empezar, el exportador peruano deberá coordinar la emisión de ciertos documentos así como
la entrega de la mercancía objeto de esta operación, para lo cual debe decidir si reúne los requisitos
para realizar directamente el despacho al exterior o si requiere contratar un agente de aduanas para
tal efecto, de igual forma puede contratar directamente o a través del referido agente a la empresa
de transporte internacional que se encargará de remitir la mercancía al país de destino o localidad
donde lo recibirá el cliente en el extranjero.
I.1.	 El Despacho de Exportación
	 Legalmente sólo son tres personas las que pueden realizar los despachos ante Aduanas, pri-
mero los dueños, consignatarios o consignantes, es decir, las personas propietarias o titulares
de la mercancía; segundo, los despachadores oficiales, los cuales son agentes debidamente
acreditados como representantes de un organismo del Sector Público, y tercero, los agentes de
aduana, que son personas naturales o jurídicas autorizas por SUNAT para prestar servicios a
terceros en toda clase de trámites aduaneros.
	 Entonces una empresa privada cuando desea realizar un despacho aduanero debe evaluar si
le resulta conveniente asumir directamente este trámite o encargarlo a un tercero. En esta eva-
IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
––––––––––
(1)	 Nos referimos a los INCOTERMS, es decir, los términos de contratación internacional por los cuales se definen
con precisión las condiciones de la venta, la modalidad y responsabilidades del transporte, la oportunidad de la
transferencia del riesgo por la pérdida de la mercancía, la asunción de pagos aduaneros o seguros, entre otras
condiciones especiales.
18
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
luación debe primar si cumple con los requisitos para solicitar la autorización ante SUNAT (contar
con una persona con titulo de agente de aduana, otorgar carta fianza bancaria, entre otros) o
si, por el contrario, le resulta más económico contratar a un agente de aduanas, ello debido a
si realizarán exportaciones de manera permanente o de forma eventual.
	 Corresponde apuntar que cuando una empresa contrata a un agente de aduanas, constituye
un contrato de mandato con representación, de tal forma que la conducta de este último debe
regirse como la de un mandatario responsable y diligente, cuidando de no incurrir en infracciones
aduaneras pues la causa-fin de este contrato es precisamente el encomendar a una persona
habituada a realizar estos trámites administrativos, contando con una experiencia que no tiene
la empresa exportadora necesariamente.
I.1.1.	Declaración Única de Aduanas (DUA)
	 También entendida como Declaración Aduanera de Mercancías, es el documento mediante
el cual el declarante indica el régimen aduanero que deberá aplicarse a las mercancías,
y suministra los detalles que la Administración Aduanera requiere para su aplicación.
	 El despachador de aduanas (agente de aduanas, despachador oficial o consignatario)
deberá solicitar por medio electrónico la destinación de la mercancía al exterior, haciendo
uso de su clave electrónica proporcionada por la Aduana, con lo cual se producirá la
enumeración de la DUA.
	 Antiguamente las mercancías deben embarcarse dentro del plazo de diez (10) días, con-
tados a partir del día siguiente de la numeración de la declaración, pudiendo prorrogarse
automáticamente por diez (10) días adicionales, a solicitud del interesado, pero con la
nueva Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053 (27.06.2008), las mercancías
pueden ser embarcadas dentro del plazo de treinta (30) días calendarios contados a partir
del día siguiente de la fecha del término del embarque (2)
.
	 En la exportación, el valor FOB de la mercancía, al igual que el valor del flete, se declara
en dólares de los Estados Unidos de América. Los valores expresados en otras monedas
se convertirán a dólares de los Estados Unidos de América, utilizando los factores de
conversión monetaria publicados por Resolución de Superintendencia Adjunta de Aduanas
de la SUNAT vigentes a la fecha de la numeración de la Declaración.
	 El embarque de mercancías de exportación puede efectuarse por intendencia de aduana
distinta a aquélla en que se numera la DUA. En estos casos, se considera como fecha de
término del embarque a la fecha en que se autoriza la salida del territorio aduanero del
último bulto verificado en la aduana de salida.
	 Las mercancías amparadas en una Declaración Única de Aduanas deben cumplir con
los siguientes requisitos:
a) 	 Corresponder a un valor de transacción.
b)	 Corresponder a una sola operación y a un solo destinatario.
c) 	 El nombre del consignante debe ser de quien haya emitido la factura al cliente domi-
ciliado en el extranjero.
	 Los despachos parciales de exportación deben estar amparados en una sola DUA, siempre
que se embarquen dentro del plazo establecido.
––––––––––
(2)	 La nueva Ley General de Aduanas, entró en vigencia conjuntamente con su Reglamento, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 010-2009-EF (publicado el 16.01.2009), esto es a los 60 días calendario contados a partir del día siguiente
de su publicación lo cual ocurrió el 17 de marzo del 2009, con excepción de los capítulos III, V y VI del Título II de la
Sección Segunda, la Sección Cuarta, la Sección Quinta, el Capítulo IV de la Sección Sexta y el Título II de la Sección
Décima, que entrarán en vigencia el 01.01.2010. Dichas materias se regirán por la normativa anterior.
19
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
ADUANA CÓDIGO
Nº DE ORDEN Destinación
1.1 Importador/Exportador
1.2 Código y Documento de Identificación
Modalidad Tipo Despacho Nº Orden de Embarque
2	 REGISTRO DE ADUANA
Nº Declaración:
Fecha Numeración:
Sujeto a:1	 IDENTIFICACIÓN
3	 TRANSPORTE
4	 ALMACÉN
5	 TRANSACCIÓN
6	 VALOR ADUANA
8	 DECLARANTE
10	 DILIGENCIA ADUANERA
9	 Nº CONTENEDORES/PRECINTOS
7
	 DECLARACIÓN DE
	 MERCANCÍAS
11
	 CONTROL OFICIAL DE
	 ADUANAS
13
	 DEPÓSITO ADUANERO
	 ZONA PRIMARIA
12
	 REGULARIZACIÓN / CONTROL DE
	 EMBARQUE / TORNAGUÍA
1.3 Dirección de Importador/Exportador
3.1 Empresa Transporte
4.1 Terminal de Almacenamiento
5.1 Entidad financiera
6.1 FOB / Valor Clausula venta
7.1 Nº Serie / Total
7.6 Puerto de Embarque
7.12 Cantidad Bultos
7.19 Subpartida Nacional	 DV
7.29 FOB Moneda Transacción	 Código
7.35
Descripción
Mercancías
7.36 Nº Factura Comercial	 Fecha
7.37 Información Complementaria
8.1 Nombre o Razón Social	 Cód.
8.2 Fecha
10.2 Fecha Vencimiento
10.3 Plazo Autorizado
10.4 Fecha
11.1 Código
13.1 Fecha Término de Recepción
15.1 Clave de Validación
13.2 Cantidad y Clase de Bulto 13.2 Cantidad y Clase de Bulto
13.3 Peso Bruto en Kilos
12.1 Código
11.2 Fecha 12.2 Fecha
7.38 Observaciones
7.39 Tipo Observación
Nº		 Fecha Nº		 Fecha
1.
2.
3.
4.
5.
7.30 FOB US $ 7.31 Flete US $ 7.32 Seguro US $	 Tipo Seg 7.33 Ajuste Valor US $ 7.34 Valor Aduana US $
7.21 Subpartida NALADISA/NABANDINA	 DV
7.14 Peso Neto Kilos 7.15 Peso Bruto Kilos7.13 Clase
6.2 Flete/Comisión Exterior
7.2 Items Ejemplar "B" 7.3 Número Declaración Precedente
7.7 Fecha Emb 7.11 Infor. Verificación / Cód. Exoneración7.10 Cant. Unidad Comercial7.8 Documento Transporte	 Detalle 7.9 Nº Certificado Origen	 Fecha
7.16 Cantidad Unidad Física	 Unidad 7.17 Cantidad Unidad Equiv/Prod	 Unidad
7.4 Número Certificado Reposición
6.4 Total Ajustes 6.5 Valor Aduana / Valor Neto Entrega
7.5 Cod.Apli.Ultr.
7.18 Item CIP
6.3 Seguro/Otros Gastos Deducibles
3.2 Nº Manifiesto
5.2 Modalidad
4.2 Depósito Aduanero Autorizado
3.3 Vía Transporte
3.7 Aduana Destino / Salida
4.3 Plazo Solicitado
3.6 Unidad Transporte (Tránsito, Reembarque)3.5 Empresa Transporte (Tránsito, Reembarque)3.4 Fecha Termino Desc/Embar.
Código
Código
Código
Código
Código
Serie Item
Código
Código
1.4 Cod.Ubi.Geo.
Código
Código
7.20 Tipo 7.22 TM 7.23 TPI 7.24 TPN 7.25 Cod. Lib 7.26 País Origen 7.27 País Adq/Dest. 7.28 Reg. Aplic.
–––––––––––––––––––––
FIRMA Y SELLO
10.1 Cód Especialista
–––––––––––––––––––––
FIRMA Y SELLO
–––––––––––––––––––––
FIRMA Y SELLO
–––––––––––––––––––––
FIRMA Y SELLO
–––––––––––––––––––––
FIRMA Y SELLO
–––––––––––––––––––––
FIRMA Y SELLO
14	 TRANSPORTISTA
15	 VALIDACIÓN DE DATOS
20
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
ADUANA CÓDIGO
Nº DE ORDEN Destinación
1.1 Importador/Exportador
1.2 Código y Documento de Identificación
Modalidad Tipo Despacho Nº Orden de Embarque
2	 REGISTRO DE ADUANA
Nº Declaración:
Fecha Numeración:
Sujeto a:
1	 IDENTIFICACIÓN
7
	 DECLARACIÓN DE
	 MERCANCÍAS
7
	 DECLARACIÓN DE
	 MERCANCÍAS
7
	 DECLARACIÓN DE
	 MERCANCÍAS
1.3 Dirección de Importador/Exportador
7.1 Nº Serie / Total
7.1 Nº Serie / Total
7.1 Nº Serie / Total
7.6 Puerto de Embarque
7.6 Puerto de Embarque
7.6 Puerto de Embarque
7.12 Cantidad Bultos
7.12 Cantidad Bultos
7.12 Cantidad Bultos
7.19 Subpartida Nacional	 DV
7.19 Subpartida Nacional	 DV
7.19 Subpartida Nacional	 DV
7.29 FOB Moneda Transacción	 Código
7.29 FOB Moneda Transacción	 Código
7.29 FOB Moneda Transacción	 Código
7.35
Descripción
Mercancías
7.35
Descripción
Mercancías
7.35
Descripción
Mercancías
7.36 Nº Factura Comercial	 Fecha
7.36 Nº Factura Comercial	 Fecha
7.36 Nº Factura Comercial	 Fecha
7.37 Información Complementaria
7.37 Información Complementaria
7.37 Información Complementaria
7.38 Observaciones
7.39 Tipo Observación
7.38 Observaciones
7.39 Tipo Observación
7.38 Observaciones
7.39 Tipo Observación
Nº		 Fecha
Nº		 Fecha
Nº		 Fecha
Nº		 Fecha
Nº		 Fecha
Nº		 Fecha
1.
2.
3.
4.
5.
1.
2.
3.
4.
5.
1.
2.
3.
4.
5.
7.30 FOB US $
7.30 FOB US $
7.30 FOB US $
7.31 Flete US $
7.31 Flete US $
7.31 Flete US $
7.32 Seguro US $	 Tipo Seg
7.32 Seguro US $	 Tipo Seg
7.32 Seguro US $	 Tipo Seg
7.33 Ajuste Valor US $
7.33 Ajuste Valor US $
7.33 Ajuste Valor US $
7.34 Valor Aduana US $
7.34 Valor Aduana US $
7.34 Valor Aduana US $
7.21 Subpartida NALADISA/NABANDINA	 DV
7.21 Subpartida NALADISA/NABANDINA	 DV
7.21 Subpartida NALADISA/NABANDINA	 DV
7.14 Peso Neto Kilos
7.14 Peso Neto Kilos
7.14 Peso Neto Kilos
7.15 Peso Bruto Kilos
7.15 Peso Bruto Kilos
7.15 Peso Bruto Kilos
7.13 Clase
7.13 Clase
7.13 Clase
7.2 Items Ejemplar "B"
7.2 Items Ejemplar "B"
7.2 Items Ejemplar "B"
7.3 Número Declaración Precedente
7.3 Número Declaración Precedente
7.3 Número Declaración Precedente
7.7 Fecha Emb
7.7 Fecha Emb
7.7 Fecha Emb
7.11 Infor. Verificación / Cód. Exoneración
7.11 Infor. Verificación / Cód. Exoneración
7.11 Infor. Verificación / Cód. Exoneración
7.10 Cant. Unidad Comercial
7.10 Cant. Unidad Comercial
7.10 Cant. Unidad Comercial
7.8 Documento Transporte	 Detalle
7.8 Documento Transporte	 Detalle
7.8 Documento Transporte	 Detalle
7.9 Nº Certificado Origen	 Fecha
7.9 Nº Certificado Origen	 Fecha
7.9 Nº Certificado Origen	 Fecha
7.16 Cantidad Unidad Física	 Unidad
7.16 Cantidad Unidad Física	 Unidad
7.16 Cantidad Unidad Física	 Unidad
7.17 Cantidad Unidad Equiv/Prod	 Unidad
7.17 Cantidad Unidad Equiv/Prod	 Unidad
7.17 Cantidad Unidad Equiv/Prod	 Unidad
7.4 Número Certificado Reposición
7.4 Número Certificado Reposición
7.4 Número Certificado Reposición
7.5 Cod.Apli.Ultr.
7.5 Cod.Apli.Ultr.
7.5 Cod.Apli.Ultr.
7.18 Item CIP
7.18 Item CIP
7.18 Item CIP
Serie
Serie
Serie
Item
Item
Item
1.4 Cod.Ubi.Geo.
Código
Código
Código
7.20 Tipo
7.20 Tipo
7.20 Tipo
7.22 TM
7.22 TM
7.22 TM
7.23 TPI
7.23 TPI
7.23 TPI
7.24 TPN
7.24 TPN
7.24 TPN
7.25 Cod. Lib
7.25 Cod. Lib
7.25 Cod. Lib
7.26 País Origen
7.26 País Origen
7.26 País Origen
7.27 País Adq/Dest.
7.27 País Adq/Dest.
7.27 País Adq/Dest.
7.28 Reg. Aplic.
7.28 Reg. Aplic.
7.28 Reg. Aplic.
21
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
ADUANA CÓDIGO
Nº DE ORDEN Destinación
1.1 Importador 1.2 Cód. y Documento Identificación
Modalidad Tipo Despacho Nº Orden de Embarque
2	 REGISTRO DE ADUANA
Nº Declaración:
Fecha Numer:
Sujeto a:
1	 IDENTIFICACIÓN
3	 PROVEEDOR
4	 TRANSACCIÓN
6	 INTERMEDIARIO ENTRE COMPRADOR Y VENDEDOR (Marque 1 caso afirmativo y 2 en caso Negativo)
7	 CONDICIONES DE LA TRANSACCIÓN (Marque 1 caso afirmativo y 2 en caso Negativo)
8	 DETERMINACIÓN DEL VALOR
5
	 DESCRIPCIÓN DE
	 LA MERCANCÍA
5
	 DESCRIPCIÓN DE
	 LA MERCANCÍA
1.3 Nivel Comercial
3.1 Nombre o Razón Social
4.1 Naturaleza
5.1 Nº Item/Total
5.1 Nº Item/Total
5.7 País Origen	 5.8 País Embar.	 5.9 FOB Unitario US$	 5.10 Ajuste Unitario US $	 5.11 Cantidad Unidad Comercial	 Unidad	 5.12 Nombre Comercial
5.7 País Origen	 5.8 País Embar.	 5.9 FOB Unitario US$	 5.10 Ajuste Unitario US $	 5.11 Cantidad Unidad Comercial	 Unidad	 5.12 Nombre Comercial
5.13 Marca Comercial	 5.14 Modelo	 5.15 Año/Aro	 5.16 Estado	 5.17 Identificador	 5.18 I.V.
5.13 Marca Comercial	 5.14 Modelo	 5.15 Año/Aro	 5.16 Estado	 5.17 Identificador	 5.18 I.V.
5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición %
5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición %
5.20 Observaciones
5.20 Observaciones
6.1 Participó en la Transacción comercial algún intermediario denominado también Agentes, Comisionista u otro?
6.2 Nombre del Intermediario	 6.3 Dirección	 6.4 Ciudad	 6.5 País	 6.6 Tipo	 6.7 E-mail
						 web
8.1 BASE DE CÁLCULO	 Declarado US $
8.1.1 Precio neto según Factura
8.1.2 Pagos Indirectos
8.1.3 Descuentos Retroactivos
8.1.4 Otros Descuentos
8.1.5 Gastos de Transporte,manipulación y entrega en el exterior hasta el lugar de embarque
8.1.6 Otros
TOTAL BASE DE CÁLCULO
8.2 ADICIONES
8.2.1 Comisiones, Corretaje, excepto las comisiones de compra
8.2.2. Envases y Embalajes
8.2.3 Bienes y servicios suministrados por el importador gratuitamente o a precio reducido y utilizados en la producción
y venta para la exportación de las mercancías importadas
8.2.3.1 Materiales, componentes, piezas, partes, elementos y artículos análogos incorporados a las mercancías importadas
8.2.3.2 Herramientas, matrices, moldes y objetos similares utilizados para la producción de las mercancías importadas
8.2.3.3 Materiales consumidos en la producción de las mercancías importadas
8.2.3.4 Trabajos de ingeniería de desarrollo, creación y perfeccionamiento, trabajos artísticos, diseños, planos y croquis
realizados fuera del Perú y necesarios para la producción de las mercancías importadas
8.2.4 Canones y derechos de licencia
8.2.5 Cualquier parte del producto de la reventa, cesión o utilización posterior directa o indirecta que revierta al vendedor
TOTAL ADICIONES
8.3 GASTOS DE TRANSPORTE
8.3.1 Gastos de Transporte desde el lugar de embarque hasta el lugar de importación
8.3.2 Gastos de carga, descarga, manipulación en destino y otros gastos de entrega hasta el lugar de importación
TOTAL GASTOS DE TRANSPORTE
8.4 TOTAL GASTOS DE SEGURO
8.5 DEDUCCIONES IMPORTE INCLUIDOS EN 8.1.1	 Declarado US $
8.5.1 Gastos de entrega posteriores a la
importación
8.5.2 Gastos de construcción, armado, instalación,
montaje, mantenimiento y asistencia técnica
realizados después de la importación
8.5.3 Derechos de Aduana y otros tributos
8.5.4 Intereses
8.5.5 Otros gastos
TOTAL DEDUCCIONES
DECLARO
Al firmar esta Declaración me comprometo en cuanto a la exactitud y la integridad
de la información suministrada en el presente formulario, en cualquiera de sus hojas
suplementarias que acompañan y a la autenticidad de todos los documentos presentados
en su apoyo. También me responsabilizo de suministrar información o la documentación
adicional y necesaria para establecer el valor en aduana de las mercancías.
Nombre del Declarante	 _______________________________
Cargo	 _______________________________________________
Tipo de		 Documento de
Documento	 _______________	 Identificación	 _________________
	 _____________________
	 Firma
1.
2.
3.
4.
1.
2.
3.
4.
3.2 Condición
5.2 Nº Factura Comercial	 5.3 Fecha Factura	 5.4 Incoterm	 Ciudad	 5.5 Cód Mon.	 5.6 Tipo Val	 Cod.
5.2 Nº Factura Comercial	 5.3 Fecha Factura	 5.4 Incoterm	 Ciudad	 5.5 Cód Mon.	 5.6 Tipo Val	 Cod.
4.2 Forma de Envío
3.3 Dirección
3.7 Fax 3.8 Página Web 3.9 Email
3.6 Teléfono3.5 País3.4 Ciudad
Código
Código
	 7.1	 7.2	 7.3	 7.4	 7.5	 7.6	 7.7	 7.8	 7.9	 7.10
	7.11	 7.12	 7.13	 7.14	 7.15	 7.16	 7.17	 7.18	 7.19	 7.20
22
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
ADUANA CÓDIGO
Nº DE ORDEN Destinación
1.1 Importador 1.2 Cód. y Documento Identificación
Modalidad Tipo Despacho Nº Orden de Embarque
2	 REGISTRO DE ADUANA
Nº Declaración:
Fecha Numeración:
Sujeto a:1	 IDENTIFICACIÓN
5
	 DESCRIPCIÓN DE
	 LA MERCANCÍA
5
	 DESCRIPCIÓN DE
	 LA MERCANCÍA
5
	 DESCRIPCIÓN DE
	 LA MERCANCÍA
5
	 DESCRIPCIÓN DE
	 LA MERCANCÍA
5
	 DESCRIPCIÓN DE
	 LA MERCANCÍA
1.3 Nivel Comercial
5.1 Nº Item/Total
5.1 Nº Item/Total
5.1 Nº Item/Total
5.1 Nº Item/Total
5.1 Nº Item/Total
5.7 País Origen	 5.8 País Embar.	 5.9 FOB Unitario US$	 5.10 Ajuste Unitario US $	 5.11 Cantidad Unidad Comercial	 Unidad	 5.12 Nombre Comercial
5.7 País Origen	 5.8 País Embar.	 5.9 FOB Unitario US$	 5.10 Ajuste Unitario US $	 5.11 Cantidad Unidad Comercial	 Unidad	 5.12 Nombre Comercial
5.7 País Origen	 5.8 País Embar.	 5.9 FOB Unitario US$	 5.10 Ajuste Unitario US $	 5.11 Cantidad Unidad Comercial	 Unidad	 5.12 Nombre Comercial
5.7 País Origen	 5.8 País Embar.	 5.9 FOB Unitario US$	 5.10 Ajuste Unitario US $	 5.11 Cantidad Unidad Comercial	 Unidad	 5.12 Nombre Comercial
5.7 País Origen	 5.8 País Embar.	 5.9 FOB Unitario US$	 5.10 Ajuste Unitario US $	 5.11 Cantidad Unidad Comercial	 Unidad	 5.12 Nombre Comercial
5.13 Marca Comercial	 5.14 Modelo	 5.15 Año/Aro	 5.16 Estado	 5.17 Identificador	 5.18 I.V.
5.13 Marca Comercial	 5.14 Modelo	 5.15 Año/Aro	 5.16 Estado	 5.17 Identificador	 5.18 I.V.
5.13 Marca Comercial	 5.14 Modelo	 5.15 Año/Aro	 5.16 Estado	 5.17 Identificador	 5.18 I.V.
5.13 Marca Comercial	 5.14 Modelo	 5.15 Año/Aro	 5.16 Estado	 5.17 Identificador	 5.18 I.V.
5.13 Marca Comercial	 5.14 Modelo	 5.15 Año/Aro	 5.16 Estado	 5.17 Identificador	 5.18 I.V.
5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición %
5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición %
5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición %
5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición %
5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición %
5.20 Observaciones
5.20 Observaciones
5.20 Observaciones
5.20 Observaciones
5.20 Observaciones
1.
2.
3.
4.
1.
2.
3.
4.
1.
2.
3.
4.
1.
2.
3.
4.
1.
2.
3.
4.
5.2 Nº Factura Comercial	 5.3 Fecha Factura	 5.4 Incoterm	 Ciudad	 5.5 Cód Mon.	 5.6 Tipo Val	 Cod.
5.2 Nº Factura Comercial	 5.3 Fecha Factura	 5.4 Incoterm	 Ciudad	 5.5 Cód Mon.	 5.6 Tipo Val	 Cod.
5.2 Nº Factura Comercial	 5.3 Fecha Factura	 5.4 Incoterm	 Ciudad	 5.5 Cód Mon.	 5.6 Tipo Val	 Cod.
5.2 Nº Factura Comercial	 5.3 Fecha Factura	 5.4 Incoterm	 Ciudad	 5.5 Cód Mon.	 5.6 Tipo Val	 Cod.
5.2 Nº Factura Comercial	 5.3 Fecha Factura	 5.4 Incoterm	 Ciudad	 5.5 Cód Mon.	 5.6 Tipo Val	 Cod.
23
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
ADUANA CÓDIGO
Nº DE ORDEN Destinación
1.1 Importador
1.2 Código y Documento Identificación Importador 1.3 Almacén Aduanero
Modalidad Tipo Despacho Nº Orden de Embarque
2	 REGISTRO DE ADUANA
Nº Declaración:
Fecha Numeración:
Sujeto a:
1	 IDENTIFICACIÓN
4	 LIQUIDACIÓN ADEUDO
7	 PARA SER LLENADO POR ADUANAS (FIANZAS) 8	 PARA SER LLENADO POR BANCO/CAJA
	 CONCEPTO	 AGENTE	 CANTIDAD A PAGAR US $	
5	 FORMA DE PAGO
3
	 VALOR
	 ADUANA
3.1 FOB 3.2 Flete
3.3 Seguro		 3.4 Ajuste Valor	 3.5 Valor Aduana
______________________
FIRMA Y SELLO
4.1 Ad/Valorem	 1 Cheque
4.2 Sobretasa A/V	 2 Efectivo
4.3 Derecho Específico	 3 Doc. Valorado
4.4 Imp. Selectivo al Consumo	 4 Pago Electrónico
4.5 Imp. Promoción Municipal
4.6 Imp. General a las Ventas
4.7 Derechos Antidumping	 6.1 Nombre Razón Social	 Código	 6.2 Fecha
4.8 Servicio Despacho
4.9 Interés Compensatorio
4.10
4.11
4.12
4.13 Total
6	 DECLARANTE
I.1.2.	 Factura comercial (Invoice)
	 Cuando la empresa exportadora realiza la venta a un cliente en el extranjero corresponde
emitir la respectiva factura comercial. Este documento no es un formato especial para realizar
operaciones de comercio exterior, sino que corresponde a los mismos comprobantes de
pago autorizados por la SUNAT, sin requerirse de un formato especial.
	 Hemos advertido que muchas empresas tienen dudas si corresponde emitir una Boleta de
Venta en vez de una Factura, pues el cliente en el extranjero no cuenta con R.U.C. y, como
se sabe, no se puede emitir facturas cuando nuestro cliente no cuenta con dicho registro.
Pero la exportación es la excepción a dicha prohibición, siendo válido emitir Factura en
estos casos, aunque el comprador de la mercancía carezca de R.U.C. siempre que se
encuentre en el extranjero y sea la propia empresa vendedora quien realice (directamente
o a través de un agente de aduana) el despacho de exportación de la mercancía. De lo
contrario, si el despacho es realizado por el comprador, será éste quien se le calificará
legalmente como exportador, siendo que la empresa vendedora de la mercancía puede
haber creído estar realizando una exportación, pero al no haber efectuado el despacho
aduanero, lo que se ha producido, en realidad es una venta local que debió estar gravada
con el Impuesto General a las Ventas.
	 Debe precisarse, sin embargo, que a partir de la promulgación del Decreto Supremo Nº
077-2007-EF (22.06.2007), es posible realizar exportaciones con Boletas de Venta, pero
sólo está permitido para sujetos acogidos al Nuevo RUS y siempre que dichas expor-
taciones no superen el valor de dos mil dólares americanos, pues únicamente podrán
24
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
realizarlo presentando una Declaración Simplificada (3)
, más no una Declaración Unica
de Aduanas (DUA).
	 De otra parte, se considera que la exportación no tiene carácter comercial cuando no
existe venta. En estos casos la Factura Comercial puede ser sustituida por una Declaración
Jurada en la que se señale su carácter no comercial y el valor de la mercancía, pudiendo
presentarse información adicional, usualmente documentos o contratos que acreditan la
devolución definitiva de una mercancía defectuosa.
I.1.3.	Documento de transporte
	 Para realizar un despacho de exportación, se requiere haber contratado previamente a
un agente transportista que llevará la mercancía al lugar acordado con el cliente en el
extranjero. Las compañías de transporte pueden ser mayormente marítimas, sin embargo,
también encontramos transportistas aéreos y terrestres.
	 El contrato de transporte que se celebre en este caso, queda plasmado en un Conocimiento
de Embarque si es el transportista una empresa naviera o una Carta de Porte en el caso
aéreo y terrestre.
a) 	Conocimiento de embarque (Bill of lading)
	 El Conocimiento de Embarque es un título valor que contiene el contrato de transporte
marítimo, lacustre o fluvial, celebrado entre el transportista o porteador y el remitente
R.U.T. 20329680910
Factura de Exportación
Nº 06246
FECHA	 CÓDIGO	 TIPO:
Señor:
Dirección:
Mercadería puesta en:	N. PEDIDO/G. DESPACHO
Giro o Actividad:
VALOR CONTADO	VALOR CRÉDITO	 FORMA DE PAGO	 PRIMER	 ÚLTIMO	 REC.	 DESC.
			 VENCIMIENTO	VENCIMIENTO
EDITORIAL ANDRÉS BELLO
Jr. Las Camelias 355 – Santiago de Chile
Chile
	
Cant.	Unid.	 Título	 Autor
	 Precio 	
Dscto
.	Valor
					Unit.		de Venta
					 PRECIO VTA.
SON:
ADQUIRENTE O USUARIO
––––––––––
(3)	 Cuando las exportaciones no superan el monto de dos mil dólares americanos, se podrá presentar una Declaración
Simplificada de Exportación, para lo cual no será necesario la contratación de un agente de aduanas sino que
directamente lo puede presentar el exportador.
25
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
o cargador. En este instrumento se indican las condiciones en las cuales se transporta
la mercancía, teniendo como efecto cambiario que el beneficiario o consignatario
señalado en el título valor será el único que podrá retirar la mercancía en el puesto
de destino, salvo que el referido beneficiario haya endosado el título a un tercero.
	 Este documento también conocido en el comercio exterior como bill of lading no es
más que el título valor que, por un lado, contiene las estipulaciones del contrato de
transporte marítimo, mientras que por otro lado representa las mercaderías que están
26
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
siendo transportadas, constituyéndose en el instrumento negociable por el cual el
tenedor legítimo puede reclamarlas al transportador o porteador, quien es, a su vez,
el emisor de dicho título valor (4)
.
	 Debe quedar claro que este título valor incorpora el Derecho Real de Propiedad sobre
las mercancías, de tal forma que al transmitirse el documento también se transmite
la propiedad sobre las mismas, sin necesidad de efectuar una entrega física de los
bienes (traditio).
b) 	Carta de Porte
	 Cuando el documento de transporte de mercancías, acredita el contrato entre el em-
barcador y la compañía aérea, se le conoce como carta de porte aéreo o air waybill,
mientras que cuando se utiliza el medio de transporte terrestre para trasladar la
mercancía se le denomina carta de porte terrestre.
––––––––––
(4)	 ALDEA CORREA, Vládik. “El Conocimiento de Embarque y la Carta de Porte”. En Gaceta Jurídica, octubre, Lima, 2000, pág. 60.
__________________
EL REMITENTE
N de copias no negociables emitidas: 02
BUSINESS CARGO S.A.
Av. Conquistadores 283 - Lima
RUC 20879406856
CARTA DE PORTE AEREA
Nombre del Cargador: __________________________________________ D.O.I. _____________
Domicilio: ________________________________________________________________________
Entréguese la carga transportada por vía: aérea terrestre
a la orden de: _________________________________ identificado(a) con D.O.I. ______________
Domiciliado(a) en: _________________________________________________________________
Lugar de Carga: Terminal BUSINESS CARGO S.A. Lugar de Descarga y Entrega: Flete:
Agencia y Terminal BUSINESS CARGO
Fecha de Carga: C A N C E L A D O
Plazo o Fecha de entrega: Recibido el día: ....../....../......
No. Carga a ser transportada Peso Estado aparente
BUSINESS CARGO S.A., a través de identificado con D.O.I.
Declara como valor de las mercancías transportadas la suma de:
__________________
EL PORTEADOR
1. BUSINESS CARGO S.A. (en adelante el Porteador), en su caso, entregará la merca-
dería en el puerto de desembarque a cambio del pago del flete. Teniendo derecho de
retención sobre las mercaderías que transporta hasta que se verifique dicho pago.
2. La responsabilidad del Porteador se limita al transporte de la mercadería, no siendo
responsable por el natural deterioro que sufran las mercaderías durante el período de
transporte.
Lugar, Fecha de Emisión:
27
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
	 Al igual que el Conocimiento de Embarque, estos documentos son considerados títulos
valores causales y emitidos por el transportista a solicitud del remitente o cargador,
los cuales acreditan la recepción de las mercancías y la formalización del contrato de
transporte.
	 En estos documentos se consigna el monto o flete pagado por el remitente al transportista.
	 La exportación de vehículos que salen por sus propios medios no requiere de la presen-
tación de documento de transporte para su despacho, presentándose una declaración
jurada en su reemplazo.
I.1.4.	Lista de empaque (Paking list)
	 En la Factura se consigna como detalle la descripción de las mercancías, pero en los
casos de gran volumen es la lista de empaque el documento que cumple la función de
describir con mayor precisión las cantidades, calidad, marcas, series, partes, accesorios,
etc., que contiene cada bulto, para efectos del mejor control aduanero.
I.1.5.	Póliza de seguros
	 El exportador puede contar con una póliza de seguro de la mercancía emitida por una com-
pañía aseguradora, salvo que el comprador en el extranjero cuente con una póliza general
o, por el contrario, decida correr el riesgo por el deterioro o extravío de la misma durante la
travesía, lo cual debió ser previamente acordado al momento de acordar la compraventa.
I.1.6.	Certificado fitosanitario
	 Cuando la mercancía que se está exportando corresponde a productos agrícolas o
agropecuarios, usualmente la autoridad de aduana de destino solicita que el importador
presente los Certificados Fitosanitarios en los cuales se acredite que los productos se
encuentran libres de plagas.
	 El exportador peruano tendrá que tramitar este documento, si es que así se lo solicita el
importador en el extranjero, ante el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) del
Ministerio de Agricultura.
	 SENASA emite los siguientes documentos relacionados a la exportación de productos
agrícolas:
a) 	 El Cerificado Fitosanitario
	 Es un documento oficial emitido por el SENASA, este certifica que las plantas y produc-
tos vegetales han sido inspeccionados acorde con procedimientos apropiados y son
considerados libres de plagas cuarentenarias y prácticamente libres de otras plagas
perjudiciales, teniendo en cuenta la actual regulación fitosanitaria del país importador.
El Certificado Fitosanitario es un facilitador del comercio, pero no es un documento de
negocio. En ella se encuentran los productos de las Categorías de Riesgo Fitosanitario
CRF (2, 3, 4).
b) 	 El Certificado Fitosanitario de Reexportación
	 Este documento oficial es utilizado para certificar la condición fitosanitaria de las
plantas y productos vegetales de las categorías de riesgo fitosanitario 2, 3 y 4 que
han arribado al Perú y requieren ser reexportados para salir con destino a un tercer
país. Para la emisión de este Certificado es necesario que el Inspector conozca los
requisitos fitosanitarios del país de destino.
28
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
c) 	 El Certificado de Exportación para Productos Procesados
	 Este Certificado se utilizará para plantas, productos vegetales y otros artículos regla-
mentados pertenecientes a la Categoría de Riesgo Fitosanitario (CRF) 0 Y 1 siempre
que lo solicite el país importador.
I.1.7.	Certificado zoosanitario
	 Igualmente la aduana de destino en el extranjero, cuando la mercancía exportada son
especies animales o productos derivados de animales, puede solicitar que se acredite
que se encuentran libres de infecciones y plagas mediante el Certificado Zoosanitario que
emita la autoridad competente, en este caso, SENASA, para efecto de poder ingresarlo al
país de destino para su consumo.
I.1.8.	Certificado de origen
	 Cuando en el país de destino de la mercancía a exportarse otorga beneficios o preferencias
arancelarias a los productos de origen peruano (ATPDA, TLC, ALADI, PECO, Comunidad Andina,
etc.), será de obligatorio cumplimiento acreditar que el producto es de fabricación nacional.
	 El documento que acredita el origen peruano del producto es, precisamente, el Certificado
de Origen el cual es otorgado por diversas instituciones, como la Cámara de Comercio
de Lima o la Sociedad Nacional de Industrias.
	 Si no se presenta este documento ante la aduana extranjera, simplemente el importador
no domiciliado perdería la posibilidad de obtener la rebaja o franquicia aduanera, teniendo
que pagar los tributos completos que gravan la importación sin derechos a beneficios.
Debe tenerse presente este aspecto a fin de evitar la posible devolución de mercancías.
I.2.	Trámites necesarios ante ADUANAS
	 El exportador luego de haber concretado la contratación de un agente de aduanas y de una
empresa de transporte de las mercancías, procederá a iniciar los trámites para el despacho al
exterior. Para tal efecto, el agente de aduanas procederá a numerar la DUA y coordinar el ingreso
de la mercancía a la zona primaria (5)
para efectos del respectivo control.
	 Entonces el agente de aduana ingresa a los almacenes respectivos la mercancía. El almacenista,
concluida la recepción total de la mercancía, llevará un registro electrónico donde se consigne la
fecha y hora del ingreso total de la mercancía así como la fecha y hora en la que el despachador
de aduana presenta al almacenista la DUA para solicitar el embarque de su mercancía.
	 Posteriormente, transmite por vía electrónica a la intendencia de aduana respectiva, la información
relativa a la recepción de la mercancía. Dicha transmisión será en el día en el que el despa-
chador de aduana presenta la DUA al almacenista (6)
. Si a la DUA se le asigna el canal rojo, son
entregadas al despachador de aduana para su reconocimiento físico por el especialista u oficial
en aduanas.
––––––––––
(5) 	 Zona primaria es la parte del territorio aduanero que comprende los puertos, aereopuertos, terminales terrestres,
centros de atención en frontera para las operaciones de desembarque, embarque, movilización o despacho de
mercancías y las oficinas, locales o dependencias destinadas al servicio directo de una aduana. Adicionalmente,
puede comprender recintos aduaneros, espacios acuáticos o terrestres, predios o caminos habilitados o autorizados
para las operaciones antes mencionadas. Estos incluyen a los almacenes y depósitos de mercancía que cumplan con
los requisitos establecidos en la normativa vigente y que hayan sido autorizados por la Administración Aduanera.
(6) 	 El almacenista deberá transmitir los siguientes datos: número de la DUA asociada, número del documento de
recepción del almacén, RUC del exportador, descripción genérica de la mercancía, cantidad total de bultos, peso
bruto total, marca y número de contenedor y número del precinto de seguridad de aduanas, de corresponder.
29
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
	 El reconocimiento físico se efectúa en presencia del exportador y/o despachador de aduana
y/o representante del almacén, para los casos de terminales de almacenamiento, debiendo el
despachador de aduana presentar la DUA acompañada de las autorizaciones especiales, de
corresponder.
	 Producto del reconocimiento físico, pueden presentarse dos situaciones:
a) 	Reconocimiento físico sin incidencia
	 Practicado el reconocimiento, el especialista en aduanas u oficial de aduanas registra el resul-
tado en el recuadro respectivo de la DUA e ingresa la información correspondiente al SIGAD
en el día, bajo responsabilidad, debiendo los oficiales de aduanas, cuando corresponda,
entregar las DUAs debidamente diligenciadas al área de Exportación.
b) 	Reconocimiento físico con incidencia
	 Si el especialista en aduanas u oficial de aduanas constata diferencia entre lo consignado
y lo reconocido, siempre que no se trate de causal de suspensión del despacho, procede
a realizar las enmiendas respectivas en la DUA con datos provisionales, anotando tal si-
tuación en su diligencia y debiendo ingresar dicha información y los códigos de incidencia
en el SIGAD.
	 Cuando la incidencia corresponde a mercancía no declarada, se incurre en la infracción señalada
en el artículo 108, inciso i) del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas.
	 Son causales de suspensión del trámite de despacho:
–	 Encontrar mercancías que resulten de exportación prohibida o restringida, sin haber sido
declaradas como tales.
–	 Presunción de fraude o delito.
–	 Diferencia de mercancías declarada y encontrada.
	 En estos casos, el especialista en aduanas u oficial de aduanas formula el informe correspondiente
al jefe del área de Exportación para la determinación de las acciones legales pertinentes. En caso
que las incidencias sean subsanadas, éste último puede disponer la continuación del despacho,
para lo cual el especialista en aduanas u oficial de aduanas deja constancia del hecho en su
diligencia.
	 Las mercancías deben ser embarcadas dentro del plazo máximo de treinta (30) días hábiles con-
tados a partir del día siguiente de la fecha de numeración de la DUA con datos provisionales.
	 En caso de haber incidencias, el oficial de aduanas emite un informe, quedando inmovilizada la
mercancía que se encuentre en situación irregular mediante Acta de Inmovilización, remitiéndose
todo lo actuado a la intendencia de aduana respectiva para la evaluación del caso y aplicación
de las acciones legales que correspondan.
	 Concluido el embarque de las mercancías, el oficial de aduanas entrega la DUA con datos provi-
sionales al despachador de aduana y registra el resultado del control de embarque en el portal
de la SUNAT), remitiendo fotocopia de la DUA vía fax o correo electrónico a la intendencia de
aduana respectiva. Posteriormente, el despachador de aduana presenta la DUA a la intendencia
de aduana respectiva.
	 El transportista (debidamente autorizado), los representantes de la empresa consolidadora de
carga, o el despachador de aduana, presentan ante la intendencia de aduana de salida la DUA
con datos provisionales debidamente diligenciada por la intendencia de aduana de origen, para
dar inicio al embarque.
	 El despachador de aduana deberá regularizar el régimen de exportación, mediante la transmisión
por vía electrónica de la información complementaria de la DUA y la presentación de los docu-
30
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
mentos que la sustentan a satisfacción de la autoridad aduanera, ante el área de Exportación
correspondiente.
I.2.1.	 Registro de la operación por Aduanas
	 El personal de la SUNAT encargado recibe la DUA y los documentos sustentatorios,
ingresando esta información al SIGAD para efectos de la emisión de la guía entrega
de documentos (GED), por cada DUA recibida, en original y copia, la que contiene la
siguiente información: fecha y hora de recepción, número de la DUA, número correla-
tivo autogenerado por el sistema, código del despachador y relación de documentos
recibidos.
	 El especialista en aduanas designado recibe la documentación procediendo en forma
inmediata a la revisión documentaria, verificando:
a)	 que la documentación que se adjunta corresponda a la información registrada en el
SIGAD,
b)	 la descripción de la mercancía solicitada en la DUA sea la misma que la consignada
en la factura y
c)	 que la clasificación arancelaria de la mercancía sea la correcta.
	 Si es que procediera al rechazo de la DUA debe efectuarse en el día de su presentación,
bajo responsabilidad del especialista en aduanas.
	 De otra parte, si se detecta alguna inconsistencia entre lo transmitido electrónicamente y
la documentación presentada, el especialista en aduanas consigna en la GED los motivos
de su rechazo, ingresando dicha información al SIGAD.
I.2.2.	 Subsanaciones y consecuencias aduaneras
	 El exportador deberá subsanar las observaciones planteadas para lo cual cuenta con un
plazo de treinta (30) días, de lo contrario, se incurre en la infracción tipificada en el artículo
192º, numeral 5) inciso c), de la Ley General de Aduanas. Para tal efecto, el despachador
de aduana, conjuntamente con la documentación, debe presentar la autoliquidación de
adeudos debidamente cancelada por la multa correspondiente, a fin de que se proceda
a la recepción, verificación y visado de aceptación, en señal de conformidad de los do-
cumentos.
	 Recibida la información el SIGAD valida los datos de la rectificación, y de ser conforme,
remite la fecha de transmisión y secuencia de rectificación.
	 Si en la exportación toda la documentación está conforme, el especialista en aduanas
registra la aceptación en el SIGAD y procede a consignar la fecha, su código, firma y sello
en señal de conformidad, acción que constituye la regularización del régimen.
	 Mediante una resolución administrativa, la intendencia de aduana competente autoriza las
modificaciones de la DUA, producto de la emisión de notas de crédito o de débito a las
que se refiere el Reglamento de Comprobantes de Pago. Para tal efecto, el despachador
de aduana presenta ante el área de Exportación el expediente, adjuntando la respectiva
nota de crédito o de débito e información adicional, de ser el caso.
	 En los casos en que la nota de crédito o de débito ampare más de una factura y, por
consiguiente más de una DUA; adicionalmente a los requisitos establecidos por el
Reglamento de Comprobantes de Pago, las notas deben contener la siguiente infor-
mación: número de la DUA, serie y factura (correspondiente a la serie registrada en
la DUA), así como el monto de la diferencia (variación del valor FOB) a nivel de serie
/ factura.
31
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
I.3.	Procedimiento en caso de exportación a través de comisionistas
	 En los despachos de exportación a través de intermediarios comerciales que tienen el carácter
de comisionistas, la empresa intermediaria efectúa la exportación con una sola DUA.
	 La información referida en el Anexo correspondiente (ver gráfico) debe consignarse por cada
productor - exportador a nivel de serie de la DUA, la misma que debe contener el monto del valor
FOB y el número de factura que le corresponda. Adicionalmente, en el rubro de “Observaciones”
de la DUA debe consignarse el número de RUC. Si a un productor - exportador le corresponde
más de una serie de exportación, debe discriminar el monto del valor FOB de su factura por cada
serie.
	 En la presentación documentaria, el despachador de aduana presenta la Relación Consolidada
de Productores, conjuntamente con la segunda copia de las facturas emitidas por cada uno de
los productores que generaron dicha exportación; así como la factura del comisionista, cuando
corresponda, respectivamente, las que deben reunir los requisitos indicados en el Reglamento
de Comprobantes de Pago, sin perjuicio de lo establecido en el presente procedimiento.
I.4.	Procedimiento de exportación mediante contratos de colaboración empresarial
	 En las sociedades irregulares, comunidad de bienes, joint ventures, consorcios y demás contratos
de colaboración empresarial que no llevan contabilidad en forma independiente, la exportación
la realiza el operador, el mismo que se constituye en el exportador y efectúa los despachos de
exportación con una sola DUA.
	 La información referida en el Anexo respectivo debe contener los siguientes datos: número de
RUC, razón social de la empresa y porcentaje de participación según el contrato de colaboración
empresarial, así como el monto del valor FOB correspondiente.
	 En la presentación documentaria, el despachador de aduana presenta la relación consolidada del
porcentaje de participación, conjuntamente con la copia del respectivo contrato de colaboración
empresarial.
REGISTRO DE
ADUANA
Nº DUA …………………………
MONTO TOTAL FOB DUA
Si a un productor - exportador le corresponde más de una serie de exportación, debe desagregar el monto del valor
FOB de su Factura por cada sere
Nº	Nº FACTURA	 R.U.C.	MONTO VALOR FOB	Nº Serie
			PRODUCTOR - EXPORTADOR
RELACIÓN CONSOLIDADA DE PRODUCTORES
32
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
I.5.	Procedimiento de exportaciones de joyas de oro con operación swap
	 El Perú tiene expectantes operaciones de exportación de joyas trabajadas en oro, por ello se
regula este procedimiento por el cual se facilita al proveedor del oro en el extranjero para que
no efectúe un traslado físico de este mineral, de tal forma que el exportador peruano realice el
trabajo con oro proporcionado localmente.
	 El swap de oro es una operación de canje de oro local por oro extranjero equivalente, mediante
la cual un banco del Sistema Financiero Nacional recibe oro en custodia para transferirlo pos-
teriormente (mediante una operación swap) a un fabricante nacional de joyerías, el cual realiza
una transformación del producto para su posterior exportación definitiva.
	 El plazo que debe mediar entre la operación SWAP y la exportación del bien, como producto
terminado, no debe ser mayor de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la fecha de la
operación consignada en la Constancia de Ejecución del Swap, emitida por el banco local in-
terviniente. En caso la exportación se realice fuera del plazo antes señalado, la responsabilidad
por el pago de los impuestos internos corresponderá al sujeto responsable de la exportación del
producto terminado.
	 Respecto del Valor FOB total a declarar es el valor del oro más el valor agregado, y se obtiene
de los siguientes documentos:
a)	 Valor del oro.- es el valor consignado en la Constancia de Ejecución del Swap, donde figura
el monto exacto de onzas troy de oro fino valoradas según la cotización internacional en la
fecha de la operación Swap.
b)	 Valor agregado.- es el valor que se obtiene de la factura emitida por la empresa que trans-
forma el oro refinado y exporta los productos de joyería.
	 Cuando la empresa de joyería solicite acogerse a algún beneficio para la exportación, previamente
al valor FOB declarado en la DUA se debe deducir el valor del oro.
	 Además de los documentos requeridos para el régimen de exportación, el exportador debe
presentar lo siguiente:
REGISTRO DE ADUANANº DUA …………………………
MONTO TOTAL FOB DUA
Nº	 R.U.C.	 RAZÓN SOCIAL	 %	MONTO VALOR
	PARTICIPANTE		 PARTICIPACIÓN	 FOB
				 100%
RELACIÓN CONSOLIDADA DEL PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN
(contratos de colaboración empresarial)
33
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
a)	 Constancia de Ejecución del SWAP.
b)	 Copia de la resolución de prórroga del plazo por causa de fuerza mayor o caso fortuito de
corresponder.
c)	 Factura de la empresa de joyería, donde se indica que el único valor que se declara es el
agregado, esto es, la mano de obra, y que el oro es de propiedad del cliente del exterior a
quién se exporta, en mérito a la operación Swap efectuada.
d)	 Copias de las facturas de los productores locales de oro. En este caso, el exportador debe
adjuntar a la DUA una lista consolidada con el nombre de los productores locales de oro, la
que debe coincidir con el detalle consignado en el acta de entrega.
e)	 Cuadro de Insumo-Producto, en el cual se detalla las características del producto terminado que se
exporta, así como el control de salidas de la cantidad utilizada de la operación Swap. Cuando la
DUA contenga varias operaciones Swap, corresponderá presentar un Cuadro Insumo-Producto por
cada operación.
f)	 Declaración Jurada indicando el número de la Constancia de Ejecución del Swap y los despa-
chos de exportación efectuados hasta la fecha por cada Swap, así como el número de la DUA
de exportación, fecha, cantidad exportada, cantidad utilizada y el saldo de la Constancia de
Ejecución del Swap.
	 En el caso que la mercancía (las joyas) resultante de una operación Swap pueda ser embarcada
en varios envíos, con distintas DUAs, estos envíos para efectos de control, deben realizarse por
una misma intendencia de aduana.
34
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
35
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
II. RÉGIMEN ADUANERO DE IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO
II.1. 	Introducción
	 El tráfico comercial mundial hace que los bienes o mercancías circulen de un país a otro, sea
por que uno de los países es superavitario en determinados bienes y en contrapartida existen
otros países deficitarios de las mismas mercancías que necesitan, o por que la compra de
determinados productos extranjeros resulta competitivamente más barato que los producidos
localmente. La aduana cumple la función de controlar el ingreso de estas mercancías cuidando
que se respeten las normas nacionales referentes a seguridad, salubridad, patrimonio cultural,
impuestos, entre otros.
	 Entonces, el importador no sólo debe analizar los beneficios que le generará la importación de
mercancía extranjera sino también tener presente el cumplimiento de los requisitos y trámites
que deben efectuarse necesariamente para poder nacionalizarla sin problemas legales y evitar
los riesgos de sanción administrativa.
	 En principio la empresa peruana que desea importar realiza una búsqueda de proveedores y
productos para poder concretar un pedido, entendiendo en esta operación una compraventa
internacional, negociando los términos y condiciones en que se va a llegar a cabo esta operación,
siendo usual que se acuerde conforme a los Incoterms de la Cámara de Comercio Internacional
de París (7)
. La elección del Incoterm acordado evitará el surgimiento de controversias innece-
sariamente entre el exportador e importador, pues se llegará a saber con mayor precisión las
obligaciones y derechos de cada una de las partes y en caso de discrepancias a qué regla se
deberán de ceñir.
	 Con la finalidad de facilitar el comercio internacional entre empresas de distintos países, la Cámara
de Comercio internacional (conocida por sus siglas en inglés como “ICC”), constituyó una serie
de códigos estandarizados de uso mundial para el mayor entendimiento en las transacciones
internacionales.
	 Con la sola identificación de estos códigos estandarizados (compuesta por abreviaturas de
términos contractuales en inglés, como por ejemplo FOB o CIF), las partes involucradas en una
operación mercantil internacional pueden identificar las condiciones en que contratan la venta
de la mercancía, las obligaciones del vendedor y del comprador, la contratación de las pólizas
de seguros, el pago de los fletes, la tramitación de los procedimientos aduaneros, las reglas de
las responsabilidades, entre otros aspectos.
	 Los Incoterms (Términos Comerciales Internacionales), recogen la costumbre comercial lograda
a lo largo de los siglos, habiendo sido promulgados por primera vez en el año 1936 por la ICC y
revisados periódicamente por esta institución. La última versión de este documento lo constituye
los Incoterms 2000 (8)
.
––––––––––
(7) 	 Los INCOTERMS son los términos contratación a las que pueden arribar las partes de Estados extranjeros distintos,
definiendo que el precio pactado es el entregado en determinado lugar, las responsabilidades del transporte, el
traslado del costo del flete, la asunción de pagos aduaneros, entre otros.
(8)	 El mismo que ha hecho importantes cambios en áreas como las obligaciones de despacho aduanero de las mer-
caderías y pago de los derechos en condiciones FAS y DEQ, además de las obligaciones de carga y descarga en
condiciones FCA.
36
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
	 En el comercio mundial cumplen una función importante puesto que permiten un fácil enten-
dimiento entre vendedores y compradores que pertenecen a países distintos y por lo mismo
desconocen de los usos y condiciones de la contratación en el extranjero, con ello se evita malas
interpretaciones y se previene el surgimiento de disputas o litigios.
	 Existen otros sistemas distintos al Incoterms, así tenemos, por ejemplo, el American Foreign Trade
Definitions adoptadas en los Estados Unidos en 1919, las Reglas de Varsovia y de Oxford pro-
puestas por la Asociación de Derecho Internacional en 1932, las Condiciones Generales Para la
Entrega de las Mercancías elaborados por el Consejo de Ayuda Económica Mutua de 1968 para
la extinta URSS y los países de Europa Oriental y los Combiterms del año 1969. Sin embargo, no
obstante la existencia de estos sistemas, las definiciones de los Incoterms han tenido una mayor
aceptación universal.
	 Los Incoterms son una relación de trece términos, que en la práctica, incluso, los más expertos en
comercio internacional no llegan a dominar el significado de todos ellos, dado que sólo algunas
de estas definiciones son las más usadas en el comercio exterior.
	 Los Incoterms 2000 se clasifican en cuatro grupos, a saber:
Incoterms del Grupo “E”
Término por el cual el vendedor se limita a poner las mercancías a disposición del comprador en sus propios locales.
EXW En Fábrica (... lugar de destino)
Incoterms del Grupo “F”
Definiciones por los cuales al vendedor se le encarga que entregue las mercancías a un transportista designado por el
comprador, caracterizado por que en el precio pactado no se incluye el pago del flete o costo del transporte principal.
– FCA Franco Transportista (...lugar designado)
– FAS Franco al Costado del Buque (... puerto de carga convenido)
– FOB Franco a Bordo (... puerto de carga de destino)
Incoterms del Grupo “C”
Mediante el cual el vendedor ha de contratar el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de las mercaderías
ni los costos adicionales debidos a hechos acaecidos después de la carga y despacho.
– CFR Costo y Flete (... puerto de destino convenido)
– CIF Costo, Seguro y Flete (... puerto de destino)
– CPT Transporte Pagado Hasta (... lugar de destino convenido)
– CIP Transporte y Seguro Pagado Hasta (... lugar de destino convenido)
Incoterms del Grupo “D”
Por el cual el vendedor ha de soportar todos los gastos y riesgos necesarios para llevar las mercaderías al lugar de destino.
– DAF Entrega en Frontera (...lugar convenido)
– DES Entregada Sobre Buque (... puerto de destino convenido)
– DEQ Entregada en Muelle (... puerto de destino convenido)
– DDU Entregada Derechos No Pagados (...lugar de destino convenido)
– DDP Entregada Derechos Pagados (... lugar de destino convenido)
	 Finalmente, uno de los aspectos que debe de advertirse a todo agente que realice o desee
realizar operaciones de comercio internacional, es que los Incoterms se aplican a los contratos
de compraventa (o de suministro, de ser el caso), más no en los contratos de transporte, de fi-
nanciamiento o de póliza de seguros. Asimismo, se sugiere que cuando las empresas contraten
resulta aconsejable que señalen expresamente que están contratando con los términos “Incoterms
2000”, a fin de evitar malentendidos respecto de versiones anteriores.
37
EDICIONES
CABALLERO BUSTAMANTE
MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
Importación y Exportación
	 Luego, en cumplimiento a lo acordado el exportador extranjero enviará la mercancía con destino
al país y dirigida al importador local, siendo que una vez arribada y desembarcada la misma
estará expedita para someterla a un régimen aduanero de importación para el consumo.
	 A diferencia de otros países para realizar operaciones de importación no es necesario contar
con un permiso o registro especial, pues basta tener Registro Unico de Contribuyente (RUC) o
Documento Nacional de Identidad (DNI) para poder nacionalizar una mercancía que viene del
exterior.
II.2. 	Régimen de importación para el consumo
	 La importación en el régimen que permite el ingreso al país para su nacionalización y consumo,
de tal forma que no todo ingreso aduanero es necesariamente una importación, así tenemos a
manera de ejemplo el tratamiento especial que recibe el ingreso de mercancías propiedad de
organismos internacionales o diplomáticos.
	 El artículo 49º de la nueva Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053 (27.06.2008),
define como Importación para el consumo al régimen aduanero que permite el ingreso de mer-
cancías al territorio aduanero para su consumo, luego del pago o garantía según corresponda,
de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables, así como el pago de los recargos
y multas que hubieren, y del cumplimiento de las formalidades y otras obligaciones aduaneras.
Agregando que las mercancías extranjeras se consideran nacionalizadas cuando haya sido
concedido el levante.
	 Para nacionalizar la mercancía el importador debe someterla a control aduanero, caso contrario
se estaría burlando los intereses del fisco, cometiéndose actos ilícitos como el contrabando de
mercaderías. La aduana ejercerá su potestad de control revisando documentaria y/o física-
mente los productos materia de nacionalización a efecto de comprobar que el valor, cantidad
y calidad declarada por el importador (directamente o a través de una agente de aduanas) se
ajusta a lo real.
	 De encontrar inconsistencias o discrepancias entre lo declarado y lo que realmente existe, la
Autoridad Aduanera paralizará el proceso de nacionalización indicando los aspectos materias
de subsanación y concediéndose un plazo para ello. Hasta que no se cumpla con subsanar los
defectos señalados, la mercancía no podrá ser nacionalizada por el importador. En este caso,
el importador tiene la alternativa de decidir reembarcar la mercancía al extranjero, salvo el caso
de la mercancía no declarada, la cual no puede someterse al régimen de reembarque (9)
.
	 De estar todo conforme, la Autoridad Aduanera dispondrá el levante de la mercancía, esto es,
la entrega de la misma al importador para su uso o comercialización en el territorio nacional,
previo pago de los derechos arancelarios y demás tributos que gravan la importación para el
consumo (Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal, Impuesto Selectivo al
Consumo, de ser el caso), así como el pago de sanciones administrativas (derechos anti-dumping,
por ejemplo).
––––––––––
(9) 	 La nueva Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053, señala en su artículo 145º que en caso que la
mercancía encontrada por el dueño o consignatario con posterioridad al levante fuese mayor a la consignada en
la declaración aduanera, a opción del importador, ésta podrá ser declarada sin ser sujeta a sanción y con el sólo
pago de la deuda tributaria aduanera y los recargos que correspondan, o podrá ser reembarcada. De otro lado, si
la Autoridad Aduanera durante el reconocimiento físico encontrara mercancía no declarada, ésta caerá en comiso o
a opción del importador, podrá ser reembarcada previo pago de una multa y siempre que el reembarque se realice
dentro del plazo de treinta (30) días computados a partir de la fecha del reconocimiento físico de la mercancía. De
no culminarse el reembarque, la mercancía caerá en comiso.
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion
Manual practico de importacion y exportacion

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Infracciones y sanciones tributarias tabla i
Infracciones y sanciones tributarias   tabla iInfracciones y sanciones tributarias   tabla i
Infracciones y sanciones tributarias tabla iROsa Maria Janampa
 
Ajustes y reclasificaciones
Ajustes y reclasificacionesAjustes y reclasificaciones
Ajustes y reclasificacionesJuan_a_distancia
 
Valuación de materia prima
Valuación de materia primaValuación de materia prima
Valuación de materia primaAuki Bautista
 
Igv casos-practivos-igv
Igv casos-practivos-igvIgv casos-practivos-igv
Igv casos-practivos-igvEmilio Tintaya
 
Presentacion de la Niif 1 por Bustillos Eduardo L.
Presentacion de la Niif 1 por Bustillos Eduardo L.Presentacion de la Niif 1 por Bustillos Eduardo L.
Presentacion de la Niif 1 por Bustillos Eduardo L.LLASHO
 
Asientos contables - Casos practicos
Asientos contables - Casos practicosAsientos contables - Casos practicos
Asientos contables - Casos practicosJuvenal Quispe Serna
 
Resumen del codigo tributario
Resumen del codigo tributarioResumen del codigo tributario
Resumen del codigo tributarioCristhian O
 
DEDUCCIONES Y ADICIONES PARA EL CALCULO DEL IMPUESTOS A LA RENTA
DEDUCCIONES Y ADICIONES PARA EL CALCULO DEL IMPUESTOS A LA RENTADEDUCCIONES Y ADICIONES PARA EL CALCULO DEL IMPUESTOS A LA RENTA
DEDUCCIONES Y ADICIONES PARA EL CALCULO DEL IMPUESTOS A LA RENTAgilmer ore huicho
 
Asiganacion de la mano de obra, registro y contabilización
Asiganacion de la mano de obra, registro y contabilizaciónAsiganacion de la mano de obra, registro y contabilización
Asiganacion de la mano de obra, registro y contabilizaciónCinthya Chikita
 

La actualidad más candente (20)

Nic 16 monografia
Nic 16    monografiaNic 16    monografia
Nic 16 monografia
 
Infracciones y sanciones tributarias tabla i
Infracciones y sanciones tributarias   tabla iInfracciones y sanciones tributarias   tabla i
Infracciones y sanciones tributarias tabla i
 
Elemento 8 del PCGE
Elemento 8 del PCGEElemento 8 del PCGE
Elemento 8 del PCGE
 
Ajustes y reclasificaciones
Ajustes y reclasificacionesAjustes y reclasificaciones
Ajustes y reclasificaciones
 
Nic 8
Nic 8Nic 8
Nic 8
 
Valuación de materia prima
Valuación de materia primaValuación de materia prima
Valuación de materia prima
 
NIC 2 - inventarios
NIC 2 - inventariosNIC 2 - inventarios
NIC 2 - inventarios
 
80733786 pcge-casos-practicos
80733786 pcge-casos-practicos80733786 pcge-casos-practicos
80733786 pcge-casos-practicos
 
Igv casos-practivos-igv
Igv casos-practivos-igvIgv casos-practivos-igv
Igv casos-practivos-igv
 
NIC, NIIF y NIA
NIC, NIIF y NIANIC, NIIF y NIA
NIC, NIIF y NIA
 
El Marco Conceptual de la Información Financiera
El Marco Conceptual de la Información FinancieraEl Marco Conceptual de la Información Financiera
El Marco Conceptual de la Información Financiera
 
Presentacion de la Niif 1 por Bustillos Eduardo L.
Presentacion de la Niif 1 por Bustillos Eduardo L.Presentacion de la Niif 1 por Bustillos Eduardo L.
Presentacion de la Niif 1 por Bustillos Eduardo L.
 
Asientos contables - Casos practicos
Asientos contables - Casos practicosAsientos contables - Casos practicos
Asientos contables - Casos practicos
 
Resumen del codigo tributario
Resumen del codigo tributarioResumen del codigo tributario
Resumen del codigo tributario
 
Contabilizacion de sociedades
Contabilizacion de sociedadesContabilizacion de sociedades
Contabilizacion de sociedades
 
Guia formularios 200 y 400 v.3
Guia formularios 200  y 400 v.3Guia formularios 200  y 400 v.3
Guia formularios 200 y 400 v.3
 
Auditoria tributaria
Auditoria tributariaAuditoria tributaria
Auditoria tributaria
 
Nic 19 REPARTO DE UTILIDADSES
Nic 19 REPARTO DE UTILIDADSESNic 19 REPARTO DE UTILIDADSES
Nic 19 REPARTO DE UTILIDADSES
 
DEDUCCIONES Y ADICIONES PARA EL CALCULO DEL IMPUESTOS A LA RENTA
DEDUCCIONES Y ADICIONES PARA EL CALCULO DEL IMPUESTOS A LA RENTADEDUCCIONES Y ADICIONES PARA EL CALCULO DEL IMPUESTOS A LA RENTA
DEDUCCIONES Y ADICIONES PARA EL CALCULO DEL IMPUESTOS A LA RENTA
 
Asiganacion de la mano de obra, registro y contabilización
Asiganacion de la mano de obra, registro y contabilizaciónAsiganacion de la mano de obra, registro y contabilización
Asiganacion de la mano de obra, registro y contabilización
 

Destacado

Importacion y exportacion
Importacion y exportacionImportacion y exportacion
Importacion y exportacionlola1012
 
Importacion y exportacion
Importacion y exportacionImportacion y exportacion
Importacion y exportacionGRUPO SANTA FE
 
Negocios Internacionales Exportacion Importacion
Negocios Internacionales Exportacion ImportacionNegocios Internacionales Exportacion Importacion
Negocios Internacionales Exportacion ImportacionLeonidas Zavala Lazo
 
Exportación e Importación
Exportación e ImportaciónExportación e Importación
Exportación e ImportaciónAlex León
 
Exportacion y Importacion de Productos
Exportacion y Importacion de ProductosExportacion y Importacion de Productos
Exportacion y Importacion de Productosmileidychacon
 
Exportaciones e importaciones
Exportaciones e importacionesExportaciones e importaciones
Exportaciones e importacioneskaede2012
 
Presentación de procedimientos y requisitos para las importaciones
Presentación de procedimientos y requisitos para las importacionesPresentación de procedimientos y requisitos para las importaciones
Presentación de procedimientos y requisitos para las importacionesGladysAlicandu
 
Importacion .Procedimientos Basicos
Importacion .Procedimientos BasicosImportacion .Procedimientos Basicos
Importacion .Procedimientos BasicosIndependiente
 
Aspectos tributarios en la IMPOSICION INDIRECTA de la Internacionalización
Aspectos tributarios en la IMPOSICION INDIRECTA de la InternacionalizaciónAspectos tributarios en la IMPOSICION INDIRECTA de la Internacionalización
Aspectos tributarios en la IMPOSICION INDIRECTA de la InternacionalizaciónFernando Cabo Díaz
 

Destacado (13)

Manual Importacion Exportaciones
Manual Importacion Exportaciones  Manual Importacion Exportaciones
Manual Importacion Exportaciones
 
Importacion y exportacion
Importacion y exportacionImportacion y exportacion
Importacion y exportacion
 
Importacion y exportacion
Importacion y exportacionImportacion y exportacion
Importacion y exportacion
 
Negocios Internacionales Exportacion Importacion
Negocios Internacionales Exportacion ImportacionNegocios Internacionales Exportacion Importacion
Negocios Internacionales Exportacion Importacion
 
Funcionamiento de las aduanas
Funcionamiento de las aduanasFuncionamiento de las aduanas
Funcionamiento de las aduanas
 
Derechos y obligaciones de los contribuyentes
Derechos y obligaciones de los contribuyentesDerechos y obligaciones de los contribuyentes
Derechos y obligaciones de los contribuyentes
 
Exportación e Importación
Exportación e ImportaciónExportación e Importación
Exportación e Importación
 
Exportacion y Importacion de Productos
Exportacion y Importacion de ProductosExportacion y Importacion de Productos
Exportacion y Importacion de Productos
 
Exportaciones e importaciones
Exportaciones e importacionesExportaciones e importaciones
Exportaciones e importaciones
 
Presentación de procedimientos y requisitos para las importaciones
Presentación de procedimientos y requisitos para las importacionesPresentación de procedimientos y requisitos para las importaciones
Presentación de procedimientos y requisitos para las importaciones
 
Importacion .Procedimientos Basicos
Importacion .Procedimientos BasicosImportacion .Procedimientos Basicos
Importacion .Procedimientos Basicos
 
PRESENTACION PROCESO DE IMPORTACION
PRESENTACION PROCESO DE IMPORTACIONPRESENTACION PROCESO DE IMPORTACION
PRESENTACION PROCESO DE IMPORTACION
 
Aspectos tributarios en la IMPOSICION INDIRECTA de la Internacionalización
Aspectos tributarios en la IMPOSICION INDIRECTA de la InternacionalizaciónAspectos tributarios en la IMPOSICION INDIRECTA de la Internacionalización
Aspectos tributarios en la IMPOSICION INDIRECTA de la Internacionalización
 

Similar a Manual practico de importacion y exportacion

Instituciones De Derecho Financiero - José Juan Ferreiro Lapatza - ISBN: 978-...
Instituciones De Derecho Financiero - José Juan Ferreiro Lapatza - ISBN: 978-...Instituciones De Derecho Financiero - José Juan Ferreiro Lapatza - ISBN: 978-...
Instituciones De Derecho Financiero - José Juan Ferreiro Lapatza - ISBN: 978-...Marcial Pons Argentina
 
Derecho Fiscal Internacional, Ramón Falcón Y Tella, Elvira Pulido Guerra - IS...
Derecho Fiscal Internacional, Ramón Falcón Y Tella, Elvira Pulido Guerra - IS...Derecho Fiscal Internacional, Ramón Falcón Y Tella, Elvira Pulido Guerra - IS...
Derecho Fiscal Internacional, Ramón Falcón Y Tella, Elvira Pulido Guerra - IS...Marcial Pons Argentina
 
Informe final impuestos
Informe final impuestosInforme final impuestos
Informe final impuestosGG_Docus
 
MCAF TFM Cobertura Financiera en los Derivados OTC
MCAF TFM Cobertura Financiera en los Derivados OTCMCAF TFM Cobertura Financiera en los Derivados OTC
MCAF TFM Cobertura Financiera en los Derivados OTCPablo Herrero Gonz
 
Estudi posicionament estrategic Vielha 2020
Estudi posicionament estrategic Vielha 2020Estudi posicionament estrategic Vielha 2020
Estudi posicionament estrategic Vielha 2020Alex Moga i Vidal
 
Proec gc2010-japon
Proec gc2010-japonProec gc2010-japon
Proec gc2010-japonmarm_bchta
 
El Delito de Feminicidio en el Perú_Índice.pdf
El Delito de Feminicidio en el Perú_Índice.pdfEl Delito de Feminicidio en el Perú_Índice.pdf
El Delito de Feminicidio en el Perú_Índice.pdfMarciano Ore Malmaceda
 
Ley Nº 843 Reforma Tributaria
Ley Nº 843 Reforma TributariaLey Nº 843 Reforma Tributaria
Ley Nº 843 Reforma TributariaJJLIMACALZADILLA
 
GUIA DEL RETORNO ESPAÑA
GUIA DEL RETORNO ESPAÑAGUIA DEL RETORNO ESPAÑA
GUIA DEL RETORNO ESPAÑAB & M Co., Ltd.
 
Manual de Remuneraciones Contraloría General EUS Año 2015
Manual de Remuneraciones Contraloría General EUS Año 2015Manual de Remuneraciones Contraloría General EUS Año 2015
Manual de Remuneraciones Contraloría General EUS Año 2015Nelson Leiva®
 
Principios contables
Principios contablesPrincipios contables
Principios contables1401005192
 
MIPYMES en las Exportaciones
MIPYMES en las ExportacionesMIPYMES en las Exportaciones
MIPYMES en las Exportacionesguestf886d8
 
04 Informe a Diciembre 2018.pdf
04 Informe a Diciembre 2018.pdf04 Informe a Diciembre 2018.pdf
04 Informe a Diciembre 2018.pdfAuraCesea
 

Similar a Manual practico de importacion y exportacion (20)

Guia
GuiaGuia
Guia
 
Plan De PrevencióN Del Fraude Fiscal
Plan De  PrevencióN Del  Fraude  FiscalPlan De  PrevencióN Del  Fraude  Fiscal
Plan De PrevencióN Del Fraude Fiscal
 
Instituciones De Derecho Financiero - José Juan Ferreiro Lapatza - ISBN: 978-...
Instituciones De Derecho Financiero - José Juan Ferreiro Lapatza - ISBN: 978-...Instituciones De Derecho Financiero - José Juan Ferreiro Lapatza - ISBN: 978-...
Instituciones De Derecho Financiero - José Juan Ferreiro Lapatza - ISBN: 978-...
 
Derecho Fiscal Internacional, Ramón Falcón Y Tella, Elvira Pulido Guerra - IS...
Derecho Fiscal Internacional, Ramón Falcón Y Tella, Elvira Pulido Guerra - IS...Derecho Fiscal Internacional, Ramón Falcón Y Tella, Elvira Pulido Guerra - IS...
Derecho Fiscal Internacional, Ramón Falcón Y Tella, Elvira Pulido Guerra - IS...
 
Informe final impuestos
Informe final impuestosInforme final impuestos
Informe final impuestos
 
Sintesis informativa 16-5-2011-946
Sintesis informativa 16-5-2011-946Sintesis informativa 16-5-2011-946
Sintesis informativa 16-5-2011-946
 
MCAF TFM Cobertura Financiera en los Derivados OTC
MCAF TFM Cobertura Financiera en los Derivados OTCMCAF TFM Cobertura Financiera en los Derivados OTC
MCAF TFM Cobertura Financiera en los Derivados OTC
 
Estudi posicionament estrategic Vielha 2020
Estudi posicionament estrategic Vielha 2020Estudi posicionament estrategic Vielha 2020
Estudi posicionament estrategic Vielha 2020
 
Agrupación Empresarial Innovadora
Agrupación Empresarial InnovadoraAgrupación Empresarial Innovadora
Agrupación Empresarial Innovadora
 
Proec gc2010-japon
Proec gc2010-japonProec gc2010-japon
Proec gc2010-japon
 
PROMPERU - Acceso Chile
PROMPERU - Acceso ChilePROMPERU - Acceso Chile
PROMPERU - Acceso Chile
 
El Delito de Feminicidio en el Perú_Índice.pdf
El Delito de Feminicidio en el Perú_Índice.pdfEl Delito de Feminicidio en el Perú_Índice.pdf
El Delito de Feminicidio en el Perú_Índice.pdf
 
Ley Nº 843 Reforma Tributaria
Ley Nº 843 Reforma TributariaLey Nº 843 Reforma Tributaria
Ley Nº 843 Reforma Tributaria
 
SITUR- Paisaje Cultural Cafetero
SITUR- Paisaje Cultural CafeteroSITUR- Paisaje Cultural Cafetero
SITUR- Paisaje Cultural Cafetero
 
GUIA DEL RETORNO ESPAÑA
GUIA DEL RETORNO ESPAÑAGUIA DEL RETORNO ESPAÑA
GUIA DEL RETORNO ESPAÑA
 
Manual de Remuneraciones Contraloría General EUS Año 2015
Manual de Remuneraciones Contraloría General EUS Año 2015Manual de Remuneraciones Contraloría General EUS Año 2015
Manual de Remuneraciones Contraloría General EUS Año 2015
 
Principios contables
Principios contablesPrincipios contables
Principios contables
 
MIPYMES en las Exportaciones
MIPYMES en las ExportacionesMIPYMES en las Exportaciones
MIPYMES en las Exportaciones
 
04 Informe a Diciembre 2018.pdf
04 Informe a Diciembre 2018.pdf04 Informe a Diciembre 2018.pdf
04 Informe a Diciembre 2018.pdf
 
Fiscalidad de comercio exterior
Fiscalidad de comercio exteriorFiscalidad de comercio exterior
Fiscalidad de comercio exterior
 

Último

Contabilidad Gubernamental guia contable
Contabilidad Gubernamental guia contableContabilidad Gubernamental guia contable
Contabilidad Gubernamental guia contableThairyAndreinaLira1
 
Control estadístico de la calidad en la industria
Control estadístico de la calidad en la industriaControl estadístico de la calidad en la industria
Control estadístico de la calidad en la industriaUlisesGonzlezMartnez2
 
Presentación Gestión Corporativa Azul_20240511_200743_0000.pdf
Presentación Gestión Corporativa Azul_20240511_200743_0000.pdfPresentación Gestión Corporativa Azul_20240511_200743_0000.pdf
Presentación Gestión Corporativa Azul_20240511_200743_0000.pdfDazMartnezMaybeth
 
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE  INCERTIDUMBREDISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE  INCERTIDUMBRE
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBREHanniaJudithMedranoM
 
CAMBIO DE USO DE SUELO LO BARNECHEA - VITACURA - HUECHURABA
CAMBIO DE USO DE SUELO LO BARNECHEA - VITACURA - HUECHURABACAMBIO DE USO DE SUELO LO BARNECHEA - VITACURA - HUECHURABA
CAMBIO DE USO DE SUELO LO BARNECHEA - VITACURA - HUECHURABAJuan Luis Menares, Arquitecto
 
Examen Tribu_removednnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
Examen Tribu_removednnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnExamen Tribu_removednnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
Examen Tribu_removednnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnYadiraMarquez8
 
Correcion del libro al medio hay sitio.pptx
Correcion del libro al medio hay sitio.pptxCorrecion del libro al medio hay sitio.pptx
Correcion del libro al medio hay sitio.pptxHARLYJHANSELCHAVEZVE
 
DOC-20240503-WA0003. cadena de valor.pdf
DOC-20240503-WA0003. cadena de valor.pdfDOC-20240503-WA0003. cadena de valor.pdf
DOC-20240503-WA0003. cadena de valor.pdfcarmenesthermedinaas
 
CONTRATACIONES CON EL ESTADO PERUANO.pptx
CONTRATACIONES CON EL ESTADO PERUANO.pptxCONTRATACIONES CON EL ESTADO PERUANO.pptx
CONTRATACIONES CON EL ESTADO PERUANO.pptxpercyq21561
 
Sensor de Temperatura Automotriz y Vehicularte
Sensor de Temperatura Automotriz y VehicularteSensor de Temperatura Automotriz y Vehicularte
Sensor de Temperatura Automotriz y VehicularteCondor Tuyuyo
 
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBREDISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBREdianayarelii17
 
Tema 8 LA DICTADURA FRANQUISTA (1939-1975).pdf
Tema 8     LA DICTADURA FRANQUISTA (1939-1975).pdfTema 8     LA DICTADURA FRANQUISTA (1939-1975).pdf
Tema 8 LA DICTADURA FRANQUISTA (1939-1975).pdfanagc806
 
Catalogo de tazas para la tienda nube de dostorosmg
Catalogo de tazas para la tienda nube de dostorosmgCatalogo de tazas para la tienda nube de dostorosmg
Catalogo de tazas para la tienda nube de dostorosmgdostorosmg
 
DOCUMENTO PROVIDENCIA 003 DEL INSTITUTO VZLANO DEL SEGURO SOCIAL.pptx
DOCUMENTO PROVIDENCIA 003 DEL INSTITUTO VZLANO DEL SEGURO SOCIAL.pptxDOCUMENTO PROVIDENCIA 003 DEL INSTITUTO VZLANO DEL SEGURO SOCIAL.pptx
DOCUMENTO PROVIDENCIA 003 DEL INSTITUTO VZLANO DEL SEGURO SOCIAL.pptxJOSE VILLARROEL
 
Nivel-de-Endeudamiento.financiero para las empresas
Nivel-de-Endeudamiento.financiero para las empresasNivel-de-Endeudamiento.financiero para las empresas
Nivel-de-Endeudamiento.financiero para las empresasPOOLQUIMICOSSUMINIST
 
Ficha de datos de seguridad MSDS Ethanol (Alcohol etílico)
Ficha de datos de seguridad MSDS Ethanol (Alcohol etílico)Ficha de datos de seguridad MSDS Ethanol (Alcohol etílico)
Ficha de datos de seguridad MSDS Ethanol (Alcohol etílico)KwNacional
 
Prestaciones sociales y servicios sociales
Prestaciones sociales y servicios socialesPrestaciones sociales y servicios sociales
Prestaciones sociales y servicios socialesmichellegiraldo30992
 
Operación y Apilador electrico en el trabajo
Operación y Apilador electrico en el trabajoOperación y Apilador electrico en el trabajo
Operación y Apilador electrico en el trabajolaguajardo1965
 
ANÁLISIS DE TERRENOS (2).pdfiydguqdvgjhd
ANÁLISIS DE TERRENOS (2).pdfiydguqdvgjhdANÁLISIS DE TERRENOS (2).pdfiydguqdvgjhd
ANÁLISIS DE TERRENOS (2).pdfiydguqdvgjhdzapataeder02
 
Macro y micro ambiente en administración
Macro y micro ambiente en administraciónMacro y micro ambiente en administración
Macro y micro ambiente en administraciónMichelMoncada3
 

Último (20)

Contabilidad Gubernamental guia contable
Contabilidad Gubernamental guia contableContabilidad Gubernamental guia contable
Contabilidad Gubernamental guia contable
 
Control estadístico de la calidad en la industria
Control estadístico de la calidad en la industriaControl estadístico de la calidad en la industria
Control estadístico de la calidad en la industria
 
Presentación Gestión Corporativa Azul_20240511_200743_0000.pdf
Presentación Gestión Corporativa Azul_20240511_200743_0000.pdfPresentación Gestión Corporativa Azul_20240511_200743_0000.pdf
Presentación Gestión Corporativa Azul_20240511_200743_0000.pdf
 
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE  INCERTIDUMBREDISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE  INCERTIDUMBRE
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
 
CAMBIO DE USO DE SUELO LO BARNECHEA - VITACURA - HUECHURABA
CAMBIO DE USO DE SUELO LO BARNECHEA - VITACURA - HUECHURABACAMBIO DE USO DE SUELO LO BARNECHEA - VITACURA - HUECHURABA
CAMBIO DE USO DE SUELO LO BARNECHEA - VITACURA - HUECHURABA
 
Examen Tribu_removednnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
Examen Tribu_removednnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnExamen Tribu_removednnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
Examen Tribu_removednnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn
 
Correcion del libro al medio hay sitio.pptx
Correcion del libro al medio hay sitio.pptxCorrecion del libro al medio hay sitio.pptx
Correcion del libro al medio hay sitio.pptx
 
DOC-20240503-WA0003. cadena de valor.pdf
DOC-20240503-WA0003. cadena de valor.pdfDOC-20240503-WA0003. cadena de valor.pdf
DOC-20240503-WA0003. cadena de valor.pdf
 
CONTRATACIONES CON EL ESTADO PERUANO.pptx
CONTRATACIONES CON EL ESTADO PERUANO.pptxCONTRATACIONES CON EL ESTADO PERUANO.pptx
CONTRATACIONES CON EL ESTADO PERUANO.pptx
 
Sensor de Temperatura Automotriz y Vehicularte
Sensor de Temperatura Automotriz y VehicularteSensor de Temperatura Automotriz y Vehicularte
Sensor de Temperatura Automotriz y Vehicularte
 
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBREDISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
 
Tema 8 LA DICTADURA FRANQUISTA (1939-1975).pdf
Tema 8     LA DICTADURA FRANQUISTA (1939-1975).pdfTema 8     LA DICTADURA FRANQUISTA (1939-1975).pdf
Tema 8 LA DICTADURA FRANQUISTA (1939-1975).pdf
 
Catalogo de tazas para la tienda nube de dostorosmg
Catalogo de tazas para la tienda nube de dostorosmgCatalogo de tazas para la tienda nube de dostorosmg
Catalogo de tazas para la tienda nube de dostorosmg
 
DOCUMENTO PROVIDENCIA 003 DEL INSTITUTO VZLANO DEL SEGURO SOCIAL.pptx
DOCUMENTO PROVIDENCIA 003 DEL INSTITUTO VZLANO DEL SEGURO SOCIAL.pptxDOCUMENTO PROVIDENCIA 003 DEL INSTITUTO VZLANO DEL SEGURO SOCIAL.pptx
DOCUMENTO PROVIDENCIA 003 DEL INSTITUTO VZLANO DEL SEGURO SOCIAL.pptx
 
Nivel-de-Endeudamiento.financiero para las empresas
Nivel-de-Endeudamiento.financiero para las empresasNivel-de-Endeudamiento.financiero para las empresas
Nivel-de-Endeudamiento.financiero para las empresas
 
Ficha de datos de seguridad MSDS Ethanol (Alcohol etílico)
Ficha de datos de seguridad MSDS Ethanol (Alcohol etílico)Ficha de datos de seguridad MSDS Ethanol (Alcohol etílico)
Ficha de datos de seguridad MSDS Ethanol (Alcohol etílico)
 
Prestaciones sociales y servicios sociales
Prestaciones sociales y servicios socialesPrestaciones sociales y servicios sociales
Prestaciones sociales y servicios sociales
 
Operación y Apilador electrico en el trabajo
Operación y Apilador electrico en el trabajoOperación y Apilador electrico en el trabajo
Operación y Apilador electrico en el trabajo
 
ANÁLISIS DE TERRENOS (2).pdfiydguqdvgjhd
ANÁLISIS DE TERRENOS (2).pdfiydguqdvgjhdANÁLISIS DE TERRENOS (2).pdfiydguqdvgjhd
ANÁLISIS DE TERRENOS (2).pdfiydguqdvgjhd
 
Macro y micro ambiente en administración
Macro y micro ambiente en administraciónMacro y micro ambiente en administración
Macro y micro ambiente en administración
 

Manual practico de importacion y exportacion

  • 1. 7 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN TLC Perú – EE.UU. ÍNDICE GENERAL Introducción........................................................................................................................................ 5 Índice General.................................................................................................................................... 7 PRIMERA PARTE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN I. Régimen Aduanero de Exportación Definitiva....................................................................... 17 I.1. El Despacho de Exportación........................................................................................ 17 I.1.1. Declaración Única de Aduanas (DUA)......................................................... 18 I.1.2. Factura Comercial (Invoice)............................................................................ 23 I.1.3. Documento de transporte............................................................................. 24 a) Conocimiento de embarque.................................................................... 24 b) Carta de Porte............................................................................................ 26 I.1.4. Lista de empaque (Paking list)...................................................................... 27 I.1.5. Póliza de seguros .......................................................................................... 27 I.1.6 Certificado fitosanitario.................................................................................. 27 a) El Certificado Fitosanitario......................................................................... 27 b) El Certificado Fitosanitario de Reexportación......................................... 27 c) El Certificado de Exportación para Productos Procesados.................. 28 I.1.7. Certificado zoosanitario................................................................................. 28 I.1.8. Certificado de origen .................................................................................... 28 I.2 Trámites necesarios ante Aduanas............................................................................ 28 I.2.1. Registro de operaciones por Aduanas........................................................ 30 I.2.2. Subsanaciones y consecuencias aduaneras............................................. 30 I.3. Procedimiento en caso de exportación a través de comisionistas........................ 31 I.4. Procedimiento de exportación mediante contratos de colaboración empresarial. 31 I.5. Procedimiento de exportaciones de joyas de oro con operación swap............... 32 II. Régimen Aduanero de Importación Para el Consumo II.1. introducción................................................................................................................... 35 II.2. Régimen de importación para el consumo............................................................... 37 II.3. La Partida Arancelaria.................................................................................................. 38 II.4. Acogimiento a algún acuerdo o tratado comercial................................................. 38 a) Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)........................................... 39 b) Comunidad Andina (CAN)...................................................................................... 39 c) Acuerdo de Complementación Económica con Chile........................................ 39 d) Convenio de Cooperación Aduanera Peruano Colombiano (PECO)................. 39
  • 2. 8 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN TLC Perú – EE.UU. e) Mercado Común del Sur (MERCOSUR).................................................................. 40 f) Acuerdo de Promoción Comercial con Estados Unidos de Norteamérica (TLC Perú- EE.UU.)..................................................................................................... 40 II.5. Derechos arancelarios................................................................................................. 40 II.6. Documentos necesarios para la importación........................................................... 41 II.6.1. Declaración Aduanera de Mercancías........................................................ 41 II.6.2. Declaración Simplificada............................................................................... 41 II.6.3. Factura Comercial (Invoice)............................................................................ 42 II.6.4. Documento de Transporte............................................................................. 42 II.6.5. Póliza de Seguros........................................................................................... 42 II.6.6. Declaración Andina de Valor (DAV).............................................................. 42 II.6.7. Certificados ..................................................................................................... 43 II.7. Control y valorización de la mercancía...................................................................... 43 II.8. Cancelación................................................................................................................... 43 II.9. Despachos Urgentes y Envíos de Socorro................................................................. 43 II.9.1. Envíos de Urgencia........................................................................................ 44 II.9.2. Envíos de Socorro........................................................................................... 45 Despachos urgentes: envíos de urgencia y envíos de socorro II.9.3. Trámite............................................................................................................. 45 II.9.4. Horario de atención de despachos............................................................. 45 II.9.5. Los Despachos Urgentes de mercancías a granel.................................... 46 Caso específico de los despachos a favor de los afectados por el terremoto del 15 de agosto II.9.6. Ingreso de ayuda humanitaria..................................................................... 46 II.9.7. Exoneración de derechos arancelarios....................................................... 47 II.10. Equipaje Acompañado y Menaje de casa................................................................ 47 II.10.1. El ingreso del equipaje del viajero............................................................... 47 II.10.2. Ingreso de bienes afectos al pago de tributos........................................... 48 II.10.3. El ingreso del menaje de casa..................................................................... 49 III. Solicitud de Devolución de Pagos Indebidos o en Exceso III.1. introducción................................................................................................................... 51 III.2. ¿Dónde se inicia el trámite para la devolución?....................................................... 51 III.2.1. Plazo................................................................................................................. 52 III.2.2. Forma de devolución..................................................................................... 52 III.3. Ingreso y admisibilidad de la solicitud de devolución............................................. 52 III.4. Análisis de la solicitud presentada............................................................................. 52 III.5. Reclamación.................................................................................................................. 53 III.6. Procedencia de la devolución..................................................................................... 54 III.7. Devolución con Nota de Crédito Negociable............................................................ 54 El TRANSPORTE INTERNACIONAL IV. Las Reglas de Hamburgo Sobre el Transporte Marítimo Internacional de Mercancías IV.1. Introducción................................................................................................................... 55 IV.2. Ámbito de aplicación de las Reglas de Hamburgo................................................. 55 IV.3. Conceptos previos........................................................................................................ 56
  • 3. 9 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN TLC Perú – EE.UU. IV.3.1. Contrato de transporte marítimo.................................................................. 56 IV.3.2. Porteador ........................................................................................................ 56 IV.3.3. Cargador......................................................................................................... 57 IV.3.4. Consignatario.................................................................................................. 57 IV.3.5. Conocimiento de embarque ........................................................................ 57 IV.4. Responsabilidad del porteador................................................................................... 58 IV.4.1. Periodo de responsabilidad ......................................................................... 59 IV.4.2. Fundamento de la responsabilidad............................................................. 59 IV.4.3. Limitación de la responsabilidad................................................................. 60 IV.4.4. Responsabilidad cuando intervienen varios porteadores........................ 61 IV.5. Responsabilidad del cargador.................................................................................... 62 V. El Transporte Marítimo Internacional de Mercancías a la Luz de las Reglas de La Haya- Visby V.1. Introducción .................................................................................................................. 62 V.2. Ámbito de aplicación de las Reglas de La Haya-Visby........................................... 63 V.3. Sistema de responsabilidad del transportista........................................................... 63 V.3.1. Esquema de responsabilidad del transportista......................................... 63 V.3.2. Exoneración y limitaciones de responsabilidad del transportista............ 65 V.4. De las Reglas de La Haya-Visby a las Reglas de Hamburgo................................ 66 V.4.1. El periodo de responsabilidad...................................................................... 66 V.4.2. Fundamento de la responsabilidad............................................................. 66 V.4.3. Principales innovaciones en las Reglas de Hamburgo............................. 67 EL CRÉDITO DOCUMENTARIO VI. Las Nuevas Reglas del Crédito Documentario VI.1. Costumbres uniformes y práctica para los créditos documentales ...................... 68 VI.2. ¿Qué novedades introduce la UCP 600?................................................................... 68 VI.3. Disposiciones especiales sobre interpretaciones en los créditos documentarios VI.3.1. Generalidades................................................................................................ 69 VI.3.2. Los Plazos........................................................................................................ 69 VI.4. Crédito documentario como operación independiente de la compraventa inter- nacional.......................................................................................................................... 70 VI.5. Prevalencia de la documentación.............................................................................. 71 VI.6. Disponibilidad del crédito............................................................................................ 71 VI.7. Obligaciones del banco emisor.................................................................................. 71 VI.8. Obligaciones del banco confirmador......................................................................... 72 VI.9. Limitación de responsabilidad del banco confirmador........................................... 73 VI.10. Participación del banco avisador............................................................................... 73 VI.11. Modificaciones del crédito documentario.................................................................. 73 VI.12. Verificación de documentos por parte de los bancos y su “conformidad”........... 73 VI.12.1. Documentos de Transporte........................................................................... 74 VI.12.2. Documentos de Seguro................................................................................. 74 VI.13. Tolerancias en el importe del crédito, la cantidad y los precios unitarios............. 74 VI.14. Exoneración de la efectividad de los documentos................................................... 75 VI.15. Utilizaciones y expediciones fraccionadas................................................................ 75
  • 4. 10 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN TLC Perú – EE.UU. VI.16. Exoneración de la transmisión y la traducción......................................................... 75 VI.17. Casos de fuerza mayor en el crédito documentario................................................ 75 VI.18. Calidad de créditos transferibles................................................................................ 75 ASPECTOS CONTABLES Y TRIBUTARIOS VII. Registros contables y aspectos tributarios en la importación para el consumo VII.1. Generalidades............................................................................................................... 76 VII.2. ¿Qué es la importación?.............................................................................................. 76 VII.3. ¿Cuándo se deben reconocer los bienes?................................................................ 77 VII.4. Principales documentos que intervienen................................................................... 80 VII.5. Tributos que gravan la importación............................................................................ 81 VII.5.1. Percepción del IGV......................................................................................... 82 VII.6. Costos en una importación......................................................................................... 82 VII.7. Por la Comisión de la Agencia de Aduanas............................................................. 88 VII.8. Por los derechos arancelarios y otros tributos.......................................................... 89 VII.9. Pago de la Percepción................................................................................................. 92 VII.10. Retenciones pagadas al fisco por renta de fuente peruana.................................. 93 VII.11. Declarando créditos por importación en el mes de junio (período: mayo 2009). 94 VIII. Aspectos tributarios en la exportación definitiva VIII.1. Introducción................................................................................................................... 97 VIII.2. La exportación............................................................................................................... 97 VIII.2.1. ¿Existe alguna definición del término "exportación" en la legislación que regula el IGV?.......................................................................................... 98 VIII.2.2. ¿La exportación se encuentra gravada con el IGV?.................................. 98 VIII.2.3. La denominada tasa "cero" (0) del IGV aplicable a las operaciones de exportación...................................................................................................... 98 VIII.2.4. Criterio jurisprudencial del Tribunal Fiscal................................................... 99 VIII.3. El saldo a favor del exportador................................................................................... 99 VIII.4. ¿Cuál es el procedimiento para determinar el saldo a favor del exportador?.... 100 VIII.4.1. Aplicación del método de la prorrata. Realización de operaciones no gravadas con el IGV y la imposibilidad de la discriminación del desti- no de las adquisiciones................................................................................ 100 VIII.4.2. Aplicación del saldo a favor del exportador............................................... 101 VIII.4.3. ¿Cuándo se genera el Saldo a Favor Materia del Beneficio?................... 101 VIII.5. ¿Cuál es límite al Saldo a Favor Materia del Beneficio?.......................................... 102 VIII.6. Formalidades para la compensación o la devolución VIII.6.1. Requisitos para la compensación................................................................ 103 VIII.6.2. Requisitos para la Devolución...................................................................... 103 VIII.6.3. Documentación a adjuntar a la comunicación de compensación o a la solicitud de devolución.............................................................................. 103 VIII.6.3.1. Bienes............................................................................................ 104 VIII.6.3.2. Servicios......................................................................................... 104 VIII.6.4. Forma de presentar la Documentación Adjunta........................................ 104 VIII.7. Medios de prueba para acreditar el valor de exportaciones en operaciones de agro exportación de productos perecibles frescos............................................ 105
  • 5. 11 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN TLC Perú – EE.UU. VIII.7.1. Las nuevas reglas para acreditar el valor de exportación de productos perecibles........................................................................................................ 106 VIII.8. Cálculo del Saldo a Favor del Exportador (SFE) cuando se realizan operaciones no gravadas.................................................................................................................. 108 VIII.9 Mecanismo de Restitución del Saldo a Favor del Exportador (SFE) VIII.9.1. Saldo a Favor del Exportador y Saldo a Favor Materia del Beneficio...... 109 VIII.9.2. Límite del Saldo a Favor Materia de Beneficio............................................ 109 VIII.9.3. Compensación contra los pagos a cuenta o la regularización del SFMB (Primer orden).................................................................................................. 10 VIII.9.4. Compensación contra otros tributos del tesoro público........................... 110 VIII.9.5. Devolución....................................................................................................... 111 VIII.9.6. SFMB que no excede el límite, no compensados o no devueltos en su totalidad........................................................................................................... 111 VIII.10. Caso práctico VIII.10.1. Período 1.......................................................................................................... 111 VIII.10.2. Período 2......................................................................................................... 112 VIII.11. Aspectos formales a tener en cuenta para comunicar la compensación y/o de- volución del Saldo a Favor Materia de Beneficio (SFMB)......................................... 113 VIII.11.1. Presentación del Programa de Declaración de Beneficios - PDB Expor- tadores a la SUNAT........................................................................................ 113 VIII.11.2. Aspectos operativos a considerar para el llenado del PDB Exportadores... 114 VIII.11.2.1. Obtención del software................................................................. 114 VIII.11.2.2. Información a comunicar en el PDB-Exportadores................... 114 VIII.11.2.3. Registro del tipo de exportaciones............................................. 115 VIII.11.3. Tipo de cambio a utilizar para el registro de operaciones en el PDB Exportadores................................................................................................... 116 VIII.11.4. Forma de presentación del PDB Exportadores........................................... 117 VIII.11.5. ¿Es posible la presentación de declaraciones rectificatorias o sustitu- torias del PDB Exportadores?........................................................................ 117 VIII.12. Causales de rechazo al momento de presentar el PDB Exportadores................. 117 VIII.13. Aplicación Práctica........................................................................................................ 117 VIII.14. Llenado del PDB Exportadores.................................................................................... 124 VIII.15 Operaciones de Exportación a valor FOB ¿Cuándo se reconoce el ingreso para los pagos a cuenta?..................................................................................................... 132 VIII.15.1. Criterio adoptado por el Tribunal Fiscal....................................................... 132 VIII.15.2. Planteamiento del problema........................................................................ 132 VIII.15.3. Argumentos esbozados por el órgano colegiado..................................... 132 VIII.15.4. Nuestros Comentarios................................................................................... 133 SEGUNDA PARTE ANÁLISIS Y COMENTARIOS AL TLC PERÚ-EE.UU. I. El TLC y el capítulo relativo de la facilitación del comercio I.1. Rol de la Aduana.......................................................................................................... 139 I.2. Despacho de mercancías............................................................................................ 139
  • 6. 12 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN TLC Perú – EE.UU. I.3. Empleo de tecnología y organización mundial de Aduanas.................................. 140 I.4. Mercancías de alto y bajo riesgo en Aduanas......................................................... 140 I.5. Cooperación aduanera................................................................................................ 140 I.6. Confidencialidad aduanera......................................................................................... 141 I.7. Envíos de entrega rápida............................................................................................. 141 I.8. Interpretación de recursos, impugnaciones y sanciones........................................ 142 I.9. Resoluciones anticipadas............................................................................................ 142 II. Aspectos aduaneros del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos II.1. Aprobación y vigencia del TLC.................................................................................... 143 II.2. Trato nacional................................................................................................................ 143 II.3. Eliminación arancelaria................................................................................................ 143 II.4. Exención de aranceles aduaneros............................................................................. 144 II.5. Admisión temporal de mercancías............................................................................ 144 II.6. Mercancía reimportada después de reparación o alteración................................ 145 II.7. Importación libre de aranceles para muestras comerciales de valor insignificante y materiales de publicidad impresos......................................................................... 145 II.8. Cargas y formalidad administrativas......................................................................... 145 II.9. Impuestos a la exportación ........................................................................................ 145 II.10. Reconocimiento del Pisco Perú y otros signos distintivos........................................ 146 II.11. El Comité de Comercio de Mercancías...................................................................... 146 III. La exportación de servicios y la regulación del comercio transfronterizo de servicios III.1. Introducción................................................................................................................... 146 III.2. Trato nacional al extranjero......................................................................................... 147 III.3. Trato de nación más favorecida................................................................................. 147 III.4. Libre acceso a los mercados...................................................................................... 147 III.5. Prohibición de presencia local.................................................................................... 148 III.6. Cambios en la reglamentación nacional.................................................................. 148 III.7. Transparencia en el desarrollo y aplicación de las regulaciones y autorizaciones........ 148 III.8. Reconocimiento............................................................................................................. 148 III.9. Servicios profesionales................................................................................................. 149 III.9.1. Otorgamiento de licencias temporales....................................................... 149 III.10. Transferencias y pagos de los servicios..................................................................... 149 III.11. Servicios de envío urgente........................................................................................... 150 IV. Tratamiento de los servicios financieros internacionales en el marco del Tratado de Libre Comercio IV.1. Introducción................................................................................................................... 150 IV.2. Trato nacional................................................................................................................ 151 IV.3. Principales compromisos............................................................................................. 151 IV.3.1. Respecto de EE.UU......................................................................................... 151 IV.3.2. Respecto del Perú........................................................................................... 152 IV.4. Acceso al mercado para nuevas instituciones financieras..................................... 152 IV.5. Comercio de servicios financieros transfronterizos.................................................. 152 IV.6. Nuevos servicios financieros....................................................................................... 153 IV.7. Altos ejecutivos y juntas directivas.............................................................................. 153 IV.8. El Comité de Servicios Financieros.............................................................................. 153 IV.9. Formulación de consultas............................................................................................ 153 IV.10. Conclusiones................................................................................................................. 153
  • 7. 13 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN TLC Perú – EE.UU. V. La Regulación de las Telecomunicaciones en el TLC V.1. Introducción .................................................................................................................. 154 V.2. Acceso y uso de los servicios públicos de telecomunicaciones............................. 154 V.3. Obligaciones de los proveedores de servicios públicos de telecomunicaciones........ 154 V.3.1. Interconexión internacional........................................................................... 154 V.3.2. Reventa............................................................................................................ 155 V.3.3. Portabilidad del número................................................................................ 155 V.3.4. Paridad del discado....................................................................................... 155 V.4. Obligaciones adicionales de las empresas dominantes de servicios públicos de telecomunicaciones................................................................................................ 155 V.4.1. Interconexión................................................................................................... 156 a) Opciones de Interconexión con los Proveedores Importantes............. 156 b) Disponibilidad Pública de las Ofertas de Interconexión....................... 156 V.5. Asignación de recursos escasos................................................................................ 156 VI. Tratamiento de las Contratación Pública en el Tratado de Libre Comercio VI.1. Introducción................................................................................................................... 147 VI.2. La regulación de la Contratación Pública.................................................................. 157 VI.2.1. Exclusiones...................................................................................................... 158 VI.2.2. Principios generales....................................................................................... 158 a) Trato Nacional y No discriminación......................................................... 159 b) Reglas de Origen....................................................................................... 160 c) Condiciones Compensatorias Especiales................................................ 160 d) Medidas No Específicas de la Contratación Pública............................. 160 e) Procedimientos de Licitación..................................................................... 160 VI.3. El procedimiento de Contratación Pública................................................................. 160 VI.3.1. Los Plazos de presentación de ofertas........................................................ 160 VI.3.2. Información y documentación ..................................................................... 161 VI.3.3. Específicaciones técnicas............................................................................... 161 VI.3.4. Las condiciones de participación................................................................. 161 VI.4. La Contratación Directa................................................................................................ 161 VI.5. Excepciones................................................................................................................... 162 VII. Aspectos laborales del Tratado de Libre Comercio Perú – EE.UU. VII.1. Introducción................................................................................................................... 163 VII.2. Obligaciones en el ámbito de la OIT.......................................................................... 163 VII.3. Derechos fundamentales............................................................................................. 166 a) La libertad de asociación........................................................................................ 166 b) El reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva..................... 166 c) La eliminación de toda forma de trabajo forzoso u obligatorio......................... 166 d) La abolición efectiva del trabajo infantil................................................................ 166 e) la eliminación de la discriminación con respecto a empleo y ocupación........ 166 VII.4. Garantías procesales e información pública............................................................ 167 VII.5. Instituciones consultivas y promotoras....................................................................... 168 a) Consejo de Asuntos Laborales............................................................................... 168 b) Mecanismo de Cooperación Laboral y Desarrollo de Capacidades................. 168 c) Consultas Laborales Cooperativas......................................................................... 169 VII.6. Los contratos de trabajo temporales y la exportación no tradicional.................... 169 a) Régimen de exportación de productos no tradicionales.................................... 169
  • 8. 14 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN TLC Perú – EE.UU. b) Zonas francas y otros regímenes especiales....................................................... 170 VIII. Protección de la Propiedad Intelectual en el TLC VIII.1. Introducción................................................................................................................... 170 VIII.2. Derechos de Marcas.................................................................................................... 171 VIII.3. Indicaciones Geográficas............................................................................................. 171 VIII.4. Nombres de Dominio en Internet............................................................................... 171 VIII.5. Derecho de Autor.......................................................................................................... 171 VIII.6. Derechos Conexos........................................................................................................ 172 VIII.7. Obligaciones Comunes al Derecho de Autor y Derechos Conexos....................... 172 VIII.8. Patentes.......................................................................................................................... 173 VIII.9. Medidas relacionadas con productos regulados VIII.9.1. Productos químicos agrícolas....................................................................... 173 VIII.9.2. Productos farmacéuticos............................................................................... 173 Anexos Acuerdo de Promoción Comercial (Capítulos Pertinentes) • Capítulo Uno - Disposiciones Iniciales y Disposiciones Generales............................... 177 • Capítulo Dos - Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado............................ 179 • Capítulo Dos - Notas Generales EE.UU............................................................................. 187 • Capítulo Dos - Notas Generales Perú............................................................................... 192 • Capítulo Cinco - Administración Aduanera y Facilitación del Comercio....................... 198,3 TERCERA PARTE LEY GENERAL DE ADUANAS Y REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS • Ley General de Aduanas Decreto Legislativo Nº 1053 (27.06.2008)............................................................................... 203 • Reglamento de la Ley General de Aduanas Decreto Supremo Nº 010-2009-EF (16.06.2009).................................................................... 233 CUARTA PARTE TUPA - Procedimientos Tributarios Aduaneros • Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria Decreto Supremo Nº 057-2009-EF (08.03.2009)................................................................... 265 • Sección II: Procedimientos de Tributos Aduaneros. Notas de Aplicación General........... 266 • Sumario del Texto Único de Procedimientos Administrativos de SUNAT........................... 267 • Texto Único de Procedimientos Administrativos de SUNAT................................................. 269 BIBLIOGRAFÍA..................................................................................................................................... 327
  • 9. 17 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación i. El Régimen Aduanero de Exportación DEFINITIVA Los países que más progresan son aquellos que más exportaciones realizan, es decir, lo que se produce no sólo es consumido en el país de origen sino también en el resto del planeta. Este es el propósito que buscan los acuerdos de promoción comercial que celebran diversos Estados, como es el caso del Tratado de Libre Comercio firmado entre en el Perú y los Estados Unidos de América, el acrecentar una mayor actividad exportadora en ambos países. Entonces, los primeros pasos que debe de realizar una empresa peruana luego de haber contac- tado con un cliente y acordado el precio y la forma de pago de las mercancía materia de compraventa internacional (1) , es la de ejecutar los trámites necesarios para realizar un despacho de exportación, debiendo cumplir con todos los requisitos y documentos ante la autoridad aduanera, los cuales son el propósito del presente trabajo, a efecto que realizar una operación de comercio exterior correcta que le permita acogerse a posibles beneficios tributarios aduaneros (como el drawback, por ejemplo), así como evitar la imposición de multas y sanciones por defectos en su tramitación. Como sabemos, legalmente se define a la exportación como el régimen aduanero aplicable a las mercancías en libre circulación, esto es, nacional o nacionalizadas, que salen del territorio aduanero para su uso o consumo definitivo en el exterior (siempre que estos productos no sean considerados mercancías prohibidas), sin que esta operación se encuentre gravada con el Impuesto General a las Ventas. Para empezar, el exportador peruano deberá coordinar la emisión de ciertos documentos así como la entrega de la mercancía objeto de esta operación, para lo cual debe decidir si reúne los requisitos para realizar directamente el despacho al exterior o si requiere contratar un agente de aduanas para tal efecto, de igual forma puede contratar directamente o a través del referido agente a la empresa de transporte internacional que se encargará de remitir la mercancía al país de destino o localidad donde lo recibirá el cliente en el extranjero. I.1. El Despacho de Exportación Legalmente sólo son tres personas las que pueden realizar los despachos ante Aduanas, pri- mero los dueños, consignatarios o consignantes, es decir, las personas propietarias o titulares de la mercancía; segundo, los despachadores oficiales, los cuales son agentes debidamente acreditados como representantes de un organismo del Sector Público, y tercero, los agentes de aduana, que son personas naturales o jurídicas autorizas por SUNAT para prestar servicios a terceros en toda clase de trámites aduaneros. Entonces una empresa privada cuando desea realizar un despacho aduanero debe evaluar si le resulta conveniente asumir directamente este trámite o encargarlo a un tercero. En esta eva- IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN –––––––––– (1) Nos referimos a los INCOTERMS, es decir, los términos de contratación internacional por los cuales se definen con precisión las condiciones de la venta, la modalidad y responsabilidades del transporte, la oportunidad de la transferencia del riesgo por la pérdida de la mercancía, la asunción de pagos aduaneros o seguros, entre otras condiciones especiales.
  • 10. 18 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación luación debe primar si cumple con los requisitos para solicitar la autorización ante SUNAT (contar con una persona con titulo de agente de aduana, otorgar carta fianza bancaria, entre otros) o si, por el contrario, le resulta más económico contratar a un agente de aduanas, ello debido a si realizarán exportaciones de manera permanente o de forma eventual. Corresponde apuntar que cuando una empresa contrata a un agente de aduanas, constituye un contrato de mandato con representación, de tal forma que la conducta de este último debe regirse como la de un mandatario responsable y diligente, cuidando de no incurrir en infracciones aduaneras pues la causa-fin de este contrato es precisamente el encomendar a una persona habituada a realizar estos trámites administrativos, contando con una experiencia que no tiene la empresa exportadora necesariamente. I.1.1. Declaración Única de Aduanas (DUA) También entendida como Declaración Aduanera de Mercancías, es el documento mediante el cual el declarante indica el régimen aduanero que deberá aplicarse a las mercancías, y suministra los detalles que la Administración Aduanera requiere para su aplicación. El despachador de aduanas (agente de aduanas, despachador oficial o consignatario) deberá solicitar por medio electrónico la destinación de la mercancía al exterior, haciendo uso de su clave electrónica proporcionada por la Aduana, con lo cual se producirá la enumeración de la DUA. Antiguamente las mercancías deben embarcarse dentro del plazo de diez (10) días, con- tados a partir del día siguiente de la numeración de la declaración, pudiendo prorrogarse automáticamente por diez (10) días adicionales, a solicitud del interesado, pero con la nueva Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053 (27.06.2008), las mercancías pueden ser embarcadas dentro del plazo de treinta (30) días calendarios contados a partir del día siguiente de la fecha del término del embarque (2) . En la exportación, el valor FOB de la mercancía, al igual que el valor del flete, se declara en dólares de los Estados Unidos de América. Los valores expresados en otras monedas se convertirán a dólares de los Estados Unidos de América, utilizando los factores de conversión monetaria publicados por Resolución de Superintendencia Adjunta de Aduanas de la SUNAT vigentes a la fecha de la numeración de la Declaración. El embarque de mercancías de exportación puede efectuarse por intendencia de aduana distinta a aquélla en que se numera la DUA. En estos casos, se considera como fecha de término del embarque a la fecha en que se autoriza la salida del territorio aduanero del último bulto verificado en la aduana de salida. Las mercancías amparadas en una Declaración Única de Aduanas deben cumplir con los siguientes requisitos: a) Corresponder a un valor de transacción. b) Corresponder a una sola operación y a un solo destinatario. c) El nombre del consignante debe ser de quien haya emitido la factura al cliente domi- ciliado en el extranjero. Los despachos parciales de exportación deben estar amparados en una sola DUA, siempre que se embarquen dentro del plazo establecido. –––––––––– (2) La nueva Ley General de Aduanas, entró en vigencia conjuntamente con su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2009-EF (publicado el 16.01.2009), esto es a los 60 días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación lo cual ocurrió el 17 de marzo del 2009, con excepción de los capítulos III, V y VI del Título II de la Sección Segunda, la Sección Cuarta, la Sección Quinta, el Capítulo IV de la Sección Sexta y el Título II de la Sección Décima, que entrarán en vigencia el 01.01.2010. Dichas materias se regirán por la normativa anterior.
  • 11. 19 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación ADUANA CÓDIGO Nº DE ORDEN Destinación 1.1 Importador/Exportador 1.2 Código y Documento de Identificación Modalidad Tipo Despacho Nº Orden de Embarque 2 REGISTRO DE ADUANA Nº Declaración: Fecha Numeración: Sujeto a:1 IDENTIFICACIÓN 3 TRANSPORTE 4 ALMACÉN 5 TRANSACCIÓN 6 VALOR ADUANA 8 DECLARANTE 10 DILIGENCIA ADUANERA 9 Nº CONTENEDORES/PRECINTOS 7 DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS 11 CONTROL OFICIAL DE ADUANAS 13 DEPÓSITO ADUANERO ZONA PRIMARIA 12 REGULARIZACIÓN / CONTROL DE EMBARQUE / TORNAGUÍA 1.3 Dirección de Importador/Exportador 3.1 Empresa Transporte 4.1 Terminal de Almacenamiento 5.1 Entidad financiera 6.1 FOB / Valor Clausula venta 7.1 Nº Serie / Total 7.6 Puerto de Embarque 7.12 Cantidad Bultos 7.19 Subpartida Nacional DV 7.29 FOB Moneda Transacción Código 7.35 Descripción Mercancías 7.36 Nº Factura Comercial Fecha 7.37 Información Complementaria 8.1 Nombre o Razón Social Cód. 8.2 Fecha 10.2 Fecha Vencimiento 10.3 Plazo Autorizado 10.4 Fecha 11.1 Código 13.1 Fecha Término de Recepción 15.1 Clave de Validación 13.2 Cantidad y Clase de Bulto 13.2 Cantidad y Clase de Bulto 13.3 Peso Bruto en Kilos 12.1 Código 11.2 Fecha 12.2 Fecha 7.38 Observaciones 7.39 Tipo Observación Nº Fecha Nº Fecha 1. 2. 3. 4. 5. 7.30 FOB US $ 7.31 Flete US $ 7.32 Seguro US $ Tipo Seg 7.33 Ajuste Valor US $ 7.34 Valor Aduana US $ 7.21 Subpartida NALADISA/NABANDINA DV 7.14 Peso Neto Kilos 7.15 Peso Bruto Kilos7.13 Clase 6.2 Flete/Comisión Exterior 7.2 Items Ejemplar "B" 7.3 Número Declaración Precedente 7.7 Fecha Emb 7.11 Infor. Verificación / Cód. Exoneración7.10 Cant. Unidad Comercial7.8 Documento Transporte Detalle 7.9 Nº Certificado Origen Fecha 7.16 Cantidad Unidad Física Unidad 7.17 Cantidad Unidad Equiv/Prod Unidad 7.4 Número Certificado Reposición 6.4 Total Ajustes 6.5 Valor Aduana / Valor Neto Entrega 7.5 Cod.Apli.Ultr. 7.18 Item CIP 6.3 Seguro/Otros Gastos Deducibles 3.2 Nº Manifiesto 5.2 Modalidad 4.2 Depósito Aduanero Autorizado 3.3 Vía Transporte 3.7 Aduana Destino / Salida 4.3 Plazo Solicitado 3.6 Unidad Transporte (Tránsito, Reembarque)3.5 Empresa Transporte (Tránsito, Reembarque)3.4 Fecha Termino Desc/Embar. Código Código Código Código Código Serie Item Código Código 1.4 Cod.Ubi.Geo. Código Código 7.20 Tipo 7.22 TM 7.23 TPI 7.24 TPN 7.25 Cod. Lib 7.26 País Origen 7.27 País Adq/Dest. 7.28 Reg. Aplic. ––––––––––––––––––––– FIRMA Y SELLO 10.1 Cód Especialista ––––––––––––––––––––– FIRMA Y SELLO ––––––––––––––––––––– FIRMA Y SELLO ––––––––––––––––––––– FIRMA Y SELLO ––––––––––––––––––––– FIRMA Y SELLO ––––––––––––––––––––– FIRMA Y SELLO 14 TRANSPORTISTA 15 VALIDACIÓN DE DATOS
  • 12. 20 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación ADUANA CÓDIGO Nº DE ORDEN Destinación 1.1 Importador/Exportador 1.2 Código y Documento de Identificación Modalidad Tipo Despacho Nº Orden de Embarque 2 REGISTRO DE ADUANA Nº Declaración: Fecha Numeración: Sujeto a: 1 IDENTIFICACIÓN 7 DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS 7 DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS 7 DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS 1.3 Dirección de Importador/Exportador 7.1 Nº Serie / Total 7.1 Nº Serie / Total 7.1 Nº Serie / Total 7.6 Puerto de Embarque 7.6 Puerto de Embarque 7.6 Puerto de Embarque 7.12 Cantidad Bultos 7.12 Cantidad Bultos 7.12 Cantidad Bultos 7.19 Subpartida Nacional DV 7.19 Subpartida Nacional DV 7.19 Subpartida Nacional DV 7.29 FOB Moneda Transacción Código 7.29 FOB Moneda Transacción Código 7.29 FOB Moneda Transacción Código 7.35 Descripción Mercancías 7.35 Descripción Mercancías 7.35 Descripción Mercancías 7.36 Nº Factura Comercial Fecha 7.36 Nº Factura Comercial Fecha 7.36 Nº Factura Comercial Fecha 7.37 Información Complementaria 7.37 Información Complementaria 7.37 Información Complementaria 7.38 Observaciones 7.39 Tipo Observación 7.38 Observaciones 7.39 Tipo Observación 7.38 Observaciones 7.39 Tipo Observación Nº Fecha Nº Fecha Nº Fecha Nº Fecha Nº Fecha Nº Fecha 1. 2. 3. 4. 5. 1. 2. 3. 4. 5. 1. 2. 3. 4. 5. 7.30 FOB US $ 7.30 FOB US $ 7.30 FOB US $ 7.31 Flete US $ 7.31 Flete US $ 7.31 Flete US $ 7.32 Seguro US $ Tipo Seg 7.32 Seguro US $ Tipo Seg 7.32 Seguro US $ Tipo Seg 7.33 Ajuste Valor US $ 7.33 Ajuste Valor US $ 7.33 Ajuste Valor US $ 7.34 Valor Aduana US $ 7.34 Valor Aduana US $ 7.34 Valor Aduana US $ 7.21 Subpartida NALADISA/NABANDINA DV 7.21 Subpartida NALADISA/NABANDINA DV 7.21 Subpartida NALADISA/NABANDINA DV 7.14 Peso Neto Kilos 7.14 Peso Neto Kilos 7.14 Peso Neto Kilos 7.15 Peso Bruto Kilos 7.15 Peso Bruto Kilos 7.15 Peso Bruto Kilos 7.13 Clase 7.13 Clase 7.13 Clase 7.2 Items Ejemplar "B" 7.2 Items Ejemplar "B" 7.2 Items Ejemplar "B" 7.3 Número Declaración Precedente 7.3 Número Declaración Precedente 7.3 Número Declaración Precedente 7.7 Fecha Emb 7.7 Fecha Emb 7.7 Fecha Emb 7.11 Infor. Verificación / Cód. Exoneración 7.11 Infor. Verificación / Cód. Exoneración 7.11 Infor. Verificación / Cód. Exoneración 7.10 Cant. Unidad Comercial 7.10 Cant. Unidad Comercial 7.10 Cant. Unidad Comercial 7.8 Documento Transporte Detalle 7.8 Documento Transporte Detalle 7.8 Documento Transporte Detalle 7.9 Nº Certificado Origen Fecha 7.9 Nº Certificado Origen Fecha 7.9 Nº Certificado Origen Fecha 7.16 Cantidad Unidad Física Unidad 7.16 Cantidad Unidad Física Unidad 7.16 Cantidad Unidad Física Unidad 7.17 Cantidad Unidad Equiv/Prod Unidad 7.17 Cantidad Unidad Equiv/Prod Unidad 7.17 Cantidad Unidad Equiv/Prod Unidad 7.4 Número Certificado Reposición 7.4 Número Certificado Reposición 7.4 Número Certificado Reposición 7.5 Cod.Apli.Ultr. 7.5 Cod.Apli.Ultr. 7.5 Cod.Apli.Ultr. 7.18 Item CIP 7.18 Item CIP 7.18 Item CIP Serie Serie Serie Item Item Item 1.4 Cod.Ubi.Geo. Código Código Código 7.20 Tipo 7.20 Tipo 7.20 Tipo 7.22 TM 7.22 TM 7.22 TM 7.23 TPI 7.23 TPI 7.23 TPI 7.24 TPN 7.24 TPN 7.24 TPN 7.25 Cod. Lib 7.25 Cod. Lib 7.25 Cod. Lib 7.26 País Origen 7.26 País Origen 7.26 País Origen 7.27 País Adq/Dest. 7.27 País Adq/Dest. 7.27 País Adq/Dest. 7.28 Reg. Aplic. 7.28 Reg. Aplic. 7.28 Reg. Aplic.
  • 13. 21 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación ADUANA CÓDIGO Nº DE ORDEN Destinación 1.1 Importador 1.2 Cód. y Documento Identificación Modalidad Tipo Despacho Nº Orden de Embarque 2 REGISTRO DE ADUANA Nº Declaración: Fecha Numer: Sujeto a: 1 IDENTIFICACIÓN 3 PROVEEDOR 4 TRANSACCIÓN 6 INTERMEDIARIO ENTRE COMPRADOR Y VENDEDOR (Marque 1 caso afirmativo y 2 en caso Negativo) 7 CONDICIONES DE LA TRANSACCIÓN (Marque 1 caso afirmativo y 2 en caso Negativo) 8 DETERMINACIÓN DEL VALOR 5 DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA 5 DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA 1.3 Nivel Comercial 3.1 Nombre o Razón Social 4.1 Naturaleza 5.1 Nº Item/Total 5.1 Nº Item/Total 5.7 País Origen 5.8 País Embar. 5.9 FOB Unitario US$ 5.10 Ajuste Unitario US $ 5.11 Cantidad Unidad Comercial Unidad 5.12 Nombre Comercial 5.7 País Origen 5.8 País Embar. 5.9 FOB Unitario US$ 5.10 Ajuste Unitario US $ 5.11 Cantidad Unidad Comercial Unidad 5.12 Nombre Comercial 5.13 Marca Comercial 5.14 Modelo 5.15 Año/Aro 5.16 Estado 5.17 Identificador 5.18 I.V. 5.13 Marca Comercial 5.14 Modelo 5.15 Año/Aro 5.16 Estado 5.17 Identificador 5.18 I.V. 5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición % 5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición % 5.20 Observaciones 5.20 Observaciones 6.1 Participó en la Transacción comercial algún intermediario denominado también Agentes, Comisionista u otro? 6.2 Nombre del Intermediario 6.3 Dirección 6.4 Ciudad 6.5 País 6.6 Tipo 6.7 E-mail web 8.1 BASE DE CÁLCULO Declarado US $ 8.1.1 Precio neto según Factura 8.1.2 Pagos Indirectos 8.1.3 Descuentos Retroactivos 8.1.4 Otros Descuentos 8.1.5 Gastos de Transporte,manipulación y entrega en el exterior hasta el lugar de embarque 8.1.6 Otros TOTAL BASE DE CÁLCULO 8.2 ADICIONES 8.2.1 Comisiones, Corretaje, excepto las comisiones de compra 8.2.2. Envases y Embalajes 8.2.3 Bienes y servicios suministrados por el importador gratuitamente o a precio reducido y utilizados en la producción y venta para la exportación de las mercancías importadas 8.2.3.1 Materiales, componentes, piezas, partes, elementos y artículos análogos incorporados a las mercancías importadas 8.2.3.2 Herramientas, matrices, moldes y objetos similares utilizados para la producción de las mercancías importadas 8.2.3.3 Materiales consumidos en la producción de las mercancías importadas 8.2.3.4 Trabajos de ingeniería de desarrollo, creación y perfeccionamiento, trabajos artísticos, diseños, planos y croquis realizados fuera del Perú y necesarios para la producción de las mercancías importadas 8.2.4 Canones y derechos de licencia 8.2.5 Cualquier parte del producto de la reventa, cesión o utilización posterior directa o indirecta que revierta al vendedor TOTAL ADICIONES 8.3 GASTOS DE TRANSPORTE 8.3.1 Gastos de Transporte desde el lugar de embarque hasta el lugar de importación 8.3.2 Gastos de carga, descarga, manipulación en destino y otros gastos de entrega hasta el lugar de importación TOTAL GASTOS DE TRANSPORTE 8.4 TOTAL GASTOS DE SEGURO 8.5 DEDUCCIONES IMPORTE INCLUIDOS EN 8.1.1 Declarado US $ 8.5.1 Gastos de entrega posteriores a la importación 8.5.2 Gastos de construcción, armado, instalación, montaje, mantenimiento y asistencia técnica realizados después de la importación 8.5.3 Derechos de Aduana y otros tributos 8.5.4 Intereses 8.5.5 Otros gastos TOTAL DEDUCCIONES DECLARO Al firmar esta Declaración me comprometo en cuanto a la exactitud y la integridad de la información suministrada en el presente formulario, en cualquiera de sus hojas suplementarias que acompañan y a la autenticidad de todos los documentos presentados en su apoyo. También me responsabilizo de suministrar información o la documentación adicional y necesaria para establecer el valor en aduana de las mercancías. Nombre del Declarante _______________________________ Cargo _______________________________________________ Tipo de Documento de Documento _______________ Identificación _________________ _____________________ Firma 1. 2. 3. 4. 1. 2. 3. 4. 3.2 Condición 5.2 Nº Factura Comercial 5.3 Fecha Factura 5.4 Incoterm Ciudad 5.5 Cód Mon. 5.6 Tipo Val Cod. 5.2 Nº Factura Comercial 5.3 Fecha Factura 5.4 Incoterm Ciudad 5.5 Cód Mon. 5.6 Tipo Val Cod. 4.2 Forma de Envío 3.3 Dirección 3.7 Fax 3.8 Página Web 3.9 Email 3.6 Teléfono3.5 País3.4 Ciudad Código Código 7.1 7.2 7.3 7.4 7.5 7.6 7.7 7.8 7.9 7.10 7.11 7.12 7.13 7.14 7.15 7.16 7.17 7.18 7.19 7.20
  • 14. 22 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación ADUANA CÓDIGO Nº DE ORDEN Destinación 1.1 Importador 1.2 Cód. y Documento Identificación Modalidad Tipo Despacho Nº Orden de Embarque 2 REGISTRO DE ADUANA Nº Declaración: Fecha Numeración: Sujeto a:1 IDENTIFICACIÓN 5 DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA 5 DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA 5 DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA 5 DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA 5 DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA 1.3 Nivel Comercial 5.1 Nº Item/Total 5.1 Nº Item/Total 5.1 Nº Item/Total 5.1 Nº Item/Total 5.1 Nº Item/Total 5.7 País Origen 5.8 País Embar. 5.9 FOB Unitario US$ 5.10 Ajuste Unitario US $ 5.11 Cantidad Unidad Comercial Unidad 5.12 Nombre Comercial 5.7 País Origen 5.8 País Embar. 5.9 FOB Unitario US$ 5.10 Ajuste Unitario US $ 5.11 Cantidad Unidad Comercial Unidad 5.12 Nombre Comercial 5.7 País Origen 5.8 País Embar. 5.9 FOB Unitario US$ 5.10 Ajuste Unitario US $ 5.11 Cantidad Unidad Comercial Unidad 5.12 Nombre Comercial 5.7 País Origen 5.8 País Embar. 5.9 FOB Unitario US$ 5.10 Ajuste Unitario US $ 5.11 Cantidad Unidad Comercial Unidad 5.12 Nombre Comercial 5.7 País Origen 5.8 País Embar. 5.9 FOB Unitario US$ 5.10 Ajuste Unitario US $ 5.11 Cantidad Unidad Comercial Unidad 5.12 Nombre Comercial 5.13 Marca Comercial 5.14 Modelo 5.15 Año/Aro 5.16 Estado 5.17 Identificador 5.18 I.V. 5.13 Marca Comercial 5.14 Modelo 5.15 Año/Aro 5.16 Estado 5.17 Identificador 5.18 I.V. 5.13 Marca Comercial 5.14 Modelo 5.15 Año/Aro 5.16 Estado 5.17 Identificador 5.18 I.V. 5.13 Marca Comercial 5.14 Modelo 5.15 Año/Aro 5.16 Estado 5.17 Identificador 5.18 I.V. 5.13 Marca Comercial 5.14 Modelo 5.15 Año/Aro 5.16 Estado 5.17 Identificador 5.18 I.V. 5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición % 5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición % 5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición % 5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición % 5.19 Características, Tipo / Clase, Variedad / Uso o Aplicación, Presentación / Material o Composición % 5.20 Observaciones 5.20 Observaciones 5.20 Observaciones 5.20 Observaciones 5.20 Observaciones 1. 2. 3. 4. 1. 2. 3. 4. 1. 2. 3. 4. 1. 2. 3. 4. 1. 2. 3. 4. 5.2 Nº Factura Comercial 5.3 Fecha Factura 5.4 Incoterm Ciudad 5.5 Cód Mon. 5.6 Tipo Val Cod. 5.2 Nº Factura Comercial 5.3 Fecha Factura 5.4 Incoterm Ciudad 5.5 Cód Mon. 5.6 Tipo Val Cod. 5.2 Nº Factura Comercial 5.3 Fecha Factura 5.4 Incoterm Ciudad 5.5 Cód Mon. 5.6 Tipo Val Cod. 5.2 Nº Factura Comercial 5.3 Fecha Factura 5.4 Incoterm Ciudad 5.5 Cód Mon. 5.6 Tipo Val Cod. 5.2 Nº Factura Comercial 5.3 Fecha Factura 5.4 Incoterm Ciudad 5.5 Cód Mon. 5.6 Tipo Val Cod.
  • 15. 23 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación ADUANA CÓDIGO Nº DE ORDEN Destinación 1.1 Importador 1.2 Código y Documento Identificación Importador 1.3 Almacén Aduanero Modalidad Tipo Despacho Nº Orden de Embarque 2 REGISTRO DE ADUANA Nº Declaración: Fecha Numeración: Sujeto a: 1 IDENTIFICACIÓN 4 LIQUIDACIÓN ADEUDO 7 PARA SER LLENADO POR ADUANAS (FIANZAS) 8 PARA SER LLENADO POR BANCO/CAJA CONCEPTO AGENTE CANTIDAD A PAGAR US $ 5 FORMA DE PAGO 3 VALOR ADUANA 3.1 FOB 3.2 Flete 3.3 Seguro 3.4 Ajuste Valor 3.5 Valor Aduana ______________________ FIRMA Y SELLO 4.1 Ad/Valorem 1 Cheque 4.2 Sobretasa A/V 2 Efectivo 4.3 Derecho Específico 3 Doc. Valorado 4.4 Imp. Selectivo al Consumo 4 Pago Electrónico 4.5 Imp. Promoción Municipal 4.6 Imp. General a las Ventas 4.7 Derechos Antidumping 6.1 Nombre Razón Social Código 6.2 Fecha 4.8 Servicio Despacho 4.9 Interés Compensatorio 4.10 4.11 4.12 4.13 Total 6 DECLARANTE I.1.2. Factura comercial (Invoice) Cuando la empresa exportadora realiza la venta a un cliente en el extranjero corresponde emitir la respectiva factura comercial. Este documento no es un formato especial para realizar operaciones de comercio exterior, sino que corresponde a los mismos comprobantes de pago autorizados por la SUNAT, sin requerirse de un formato especial. Hemos advertido que muchas empresas tienen dudas si corresponde emitir una Boleta de Venta en vez de una Factura, pues el cliente en el extranjero no cuenta con R.U.C. y, como se sabe, no se puede emitir facturas cuando nuestro cliente no cuenta con dicho registro. Pero la exportación es la excepción a dicha prohibición, siendo válido emitir Factura en estos casos, aunque el comprador de la mercancía carezca de R.U.C. siempre que se encuentre en el extranjero y sea la propia empresa vendedora quien realice (directamente o a través de un agente de aduana) el despacho de exportación de la mercancía. De lo contrario, si el despacho es realizado por el comprador, será éste quien se le calificará legalmente como exportador, siendo que la empresa vendedora de la mercancía puede haber creído estar realizando una exportación, pero al no haber efectuado el despacho aduanero, lo que se ha producido, en realidad es una venta local que debió estar gravada con el Impuesto General a las Ventas. Debe precisarse, sin embargo, que a partir de la promulgación del Decreto Supremo Nº 077-2007-EF (22.06.2007), es posible realizar exportaciones con Boletas de Venta, pero sólo está permitido para sujetos acogidos al Nuevo RUS y siempre que dichas expor- taciones no superen el valor de dos mil dólares americanos, pues únicamente podrán
  • 16. 24 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación realizarlo presentando una Declaración Simplificada (3) , más no una Declaración Unica de Aduanas (DUA). De otra parte, se considera que la exportación no tiene carácter comercial cuando no existe venta. En estos casos la Factura Comercial puede ser sustituida por una Declaración Jurada en la que se señale su carácter no comercial y el valor de la mercancía, pudiendo presentarse información adicional, usualmente documentos o contratos que acreditan la devolución definitiva de una mercancía defectuosa. I.1.3. Documento de transporte Para realizar un despacho de exportación, se requiere haber contratado previamente a un agente transportista que llevará la mercancía al lugar acordado con el cliente en el extranjero. Las compañías de transporte pueden ser mayormente marítimas, sin embargo, también encontramos transportistas aéreos y terrestres. El contrato de transporte que se celebre en este caso, queda plasmado en un Conocimiento de Embarque si es el transportista una empresa naviera o una Carta de Porte en el caso aéreo y terrestre. a) Conocimiento de embarque (Bill of lading) El Conocimiento de Embarque es un título valor que contiene el contrato de transporte marítimo, lacustre o fluvial, celebrado entre el transportista o porteador y el remitente R.U.T. 20329680910 Factura de Exportación Nº 06246 FECHA CÓDIGO TIPO: Señor: Dirección: Mercadería puesta en: N. PEDIDO/G. DESPACHO Giro o Actividad: VALOR CONTADO VALOR CRÉDITO FORMA DE PAGO PRIMER ÚLTIMO REC. DESC. VENCIMIENTO VENCIMIENTO EDITORIAL ANDRÉS BELLO Jr. Las Camelias 355 – Santiago de Chile Chile Cant. Unid. Título Autor Precio Dscto . Valor Unit. de Venta PRECIO VTA. SON: ADQUIRENTE O USUARIO –––––––––– (3) Cuando las exportaciones no superan el monto de dos mil dólares americanos, se podrá presentar una Declaración Simplificada de Exportación, para lo cual no será necesario la contratación de un agente de aduanas sino que directamente lo puede presentar el exportador.
  • 17. 25 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación o cargador. En este instrumento se indican las condiciones en las cuales se transporta la mercancía, teniendo como efecto cambiario que el beneficiario o consignatario señalado en el título valor será el único que podrá retirar la mercancía en el puesto de destino, salvo que el referido beneficiario haya endosado el título a un tercero. Este documento también conocido en el comercio exterior como bill of lading no es más que el título valor que, por un lado, contiene las estipulaciones del contrato de transporte marítimo, mientras que por otro lado representa las mercaderías que están
  • 18. 26 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación siendo transportadas, constituyéndose en el instrumento negociable por el cual el tenedor legítimo puede reclamarlas al transportador o porteador, quien es, a su vez, el emisor de dicho título valor (4) . Debe quedar claro que este título valor incorpora el Derecho Real de Propiedad sobre las mercancías, de tal forma que al transmitirse el documento también se transmite la propiedad sobre las mismas, sin necesidad de efectuar una entrega física de los bienes (traditio). b) Carta de Porte Cuando el documento de transporte de mercancías, acredita el contrato entre el em- barcador y la compañía aérea, se le conoce como carta de porte aéreo o air waybill, mientras que cuando se utiliza el medio de transporte terrestre para trasladar la mercancía se le denomina carta de porte terrestre. –––––––––– (4) ALDEA CORREA, Vládik. “El Conocimiento de Embarque y la Carta de Porte”. En Gaceta Jurídica, octubre, Lima, 2000, pág. 60. __________________ EL REMITENTE N de copias no negociables emitidas: 02 BUSINESS CARGO S.A. Av. Conquistadores 283 - Lima RUC 20879406856 CARTA DE PORTE AEREA Nombre del Cargador: __________________________________________ D.O.I. _____________ Domicilio: ________________________________________________________________________ Entréguese la carga transportada por vía: aérea terrestre a la orden de: _________________________________ identificado(a) con D.O.I. ______________ Domiciliado(a) en: _________________________________________________________________ Lugar de Carga: Terminal BUSINESS CARGO S.A. Lugar de Descarga y Entrega: Flete: Agencia y Terminal BUSINESS CARGO Fecha de Carga: C A N C E L A D O Plazo o Fecha de entrega: Recibido el día: ....../....../...... No. Carga a ser transportada Peso Estado aparente BUSINESS CARGO S.A., a través de identificado con D.O.I. Declara como valor de las mercancías transportadas la suma de: __________________ EL PORTEADOR 1. BUSINESS CARGO S.A. (en adelante el Porteador), en su caso, entregará la merca- dería en el puerto de desembarque a cambio del pago del flete. Teniendo derecho de retención sobre las mercaderías que transporta hasta que se verifique dicho pago. 2. La responsabilidad del Porteador se limita al transporte de la mercadería, no siendo responsable por el natural deterioro que sufran las mercaderías durante el período de transporte. Lugar, Fecha de Emisión:
  • 19. 27 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación Al igual que el Conocimiento de Embarque, estos documentos son considerados títulos valores causales y emitidos por el transportista a solicitud del remitente o cargador, los cuales acreditan la recepción de las mercancías y la formalización del contrato de transporte. En estos documentos se consigna el monto o flete pagado por el remitente al transportista. La exportación de vehículos que salen por sus propios medios no requiere de la presen- tación de documento de transporte para su despacho, presentándose una declaración jurada en su reemplazo. I.1.4. Lista de empaque (Paking list) En la Factura se consigna como detalle la descripción de las mercancías, pero en los casos de gran volumen es la lista de empaque el documento que cumple la función de describir con mayor precisión las cantidades, calidad, marcas, series, partes, accesorios, etc., que contiene cada bulto, para efectos del mejor control aduanero. I.1.5. Póliza de seguros El exportador puede contar con una póliza de seguro de la mercancía emitida por una com- pañía aseguradora, salvo que el comprador en el extranjero cuente con una póliza general o, por el contrario, decida correr el riesgo por el deterioro o extravío de la misma durante la travesía, lo cual debió ser previamente acordado al momento de acordar la compraventa. I.1.6. Certificado fitosanitario Cuando la mercancía que se está exportando corresponde a productos agrícolas o agropecuarios, usualmente la autoridad de aduana de destino solicita que el importador presente los Certificados Fitosanitarios en los cuales se acredite que los productos se encuentran libres de plagas. El exportador peruano tendrá que tramitar este documento, si es que así se lo solicita el importador en el extranjero, ante el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) del Ministerio de Agricultura. SENASA emite los siguientes documentos relacionados a la exportación de productos agrícolas: a) El Cerificado Fitosanitario Es un documento oficial emitido por el SENASA, este certifica que las plantas y produc- tos vegetales han sido inspeccionados acorde con procedimientos apropiados y son considerados libres de plagas cuarentenarias y prácticamente libres de otras plagas perjudiciales, teniendo en cuenta la actual regulación fitosanitaria del país importador. El Certificado Fitosanitario es un facilitador del comercio, pero no es un documento de negocio. En ella se encuentran los productos de las Categorías de Riesgo Fitosanitario CRF (2, 3, 4). b) El Certificado Fitosanitario de Reexportación Este documento oficial es utilizado para certificar la condición fitosanitaria de las plantas y productos vegetales de las categorías de riesgo fitosanitario 2, 3 y 4 que han arribado al Perú y requieren ser reexportados para salir con destino a un tercer país. Para la emisión de este Certificado es necesario que el Inspector conozca los requisitos fitosanitarios del país de destino.
  • 20. 28 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación c) El Certificado de Exportación para Productos Procesados Este Certificado se utilizará para plantas, productos vegetales y otros artículos regla- mentados pertenecientes a la Categoría de Riesgo Fitosanitario (CRF) 0 Y 1 siempre que lo solicite el país importador. I.1.7. Certificado zoosanitario Igualmente la aduana de destino en el extranjero, cuando la mercancía exportada son especies animales o productos derivados de animales, puede solicitar que se acredite que se encuentran libres de infecciones y plagas mediante el Certificado Zoosanitario que emita la autoridad competente, en este caso, SENASA, para efecto de poder ingresarlo al país de destino para su consumo. I.1.8. Certificado de origen Cuando en el país de destino de la mercancía a exportarse otorga beneficios o preferencias arancelarias a los productos de origen peruano (ATPDA, TLC, ALADI, PECO, Comunidad Andina, etc.), será de obligatorio cumplimiento acreditar que el producto es de fabricación nacional. El documento que acredita el origen peruano del producto es, precisamente, el Certificado de Origen el cual es otorgado por diversas instituciones, como la Cámara de Comercio de Lima o la Sociedad Nacional de Industrias. Si no se presenta este documento ante la aduana extranjera, simplemente el importador no domiciliado perdería la posibilidad de obtener la rebaja o franquicia aduanera, teniendo que pagar los tributos completos que gravan la importación sin derechos a beneficios. Debe tenerse presente este aspecto a fin de evitar la posible devolución de mercancías. I.2. Trámites necesarios ante ADUANAS El exportador luego de haber concretado la contratación de un agente de aduanas y de una empresa de transporte de las mercancías, procederá a iniciar los trámites para el despacho al exterior. Para tal efecto, el agente de aduanas procederá a numerar la DUA y coordinar el ingreso de la mercancía a la zona primaria (5) para efectos del respectivo control. Entonces el agente de aduana ingresa a los almacenes respectivos la mercancía. El almacenista, concluida la recepción total de la mercancía, llevará un registro electrónico donde se consigne la fecha y hora del ingreso total de la mercancía así como la fecha y hora en la que el despachador de aduana presenta al almacenista la DUA para solicitar el embarque de su mercancía. Posteriormente, transmite por vía electrónica a la intendencia de aduana respectiva, la información relativa a la recepción de la mercancía. Dicha transmisión será en el día en el que el despa- chador de aduana presenta la DUA al almacenista (6) . Si a la DUA se le asigna el canal rojo, son entregadas al despachador de aduana para su reconocimiento físico por el especialista u oficial en aduanas. –––––––––– (5) Zona primaria es la parte del territorio aduanero que comprende los puertos, aereopuertos, terminales terrestres, centros de atención en frontera para las operaciones de desembarque, embarque, movilización o despacho de mercancías y las oficinas, locales o dependencias destinadas al servicio directo de una aduana. Adicionalmente, puede comprender recintos aduaneros, espacios acuáticos o terrestres, predios o caminos habilitados o autorizados para las operaciones antes mencionadas. Estos incluyen a los almacenes y depósitos de mercancía que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente y que hayan sido autorizados por la Administración Aduanera. (6) El almacenista deberá transmitir los siguientes datos: número de la DUA asociada, número del documento de recepción del almacén, RUC del exportador, descripción genérica de la mercancía, cantidad total de bultos, peso bruto total, marca y número de contenedor y número del precinto de seguridad de aduanas, de corresponder.
  • 21. 29 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación El reconocimiento físico se efectúa en presencia del exportador y/o despachador de aduana y/o representante del almacén, para los casos de terminales de almacenamiento, debiendo el despachador de aduana presentar la DUA acompañada de las autorizaciones especiales, de corresponder. Producto del reconocimiento físico, pueden presentarse dos situaciones: a) Reconocimiento físico sin incidencia Practicado el reconocimiento, el especialista en aduanas u oficial de aduanas registra el resul- tado en el recuadro respectivo de la DUA e ingresa la información correspondiente al SIGAD en el día, bajo responsabilidad, debiendo los oficiales de aduanas, cuando corresponda, entregar las DUAs debidamente diligenciadas al área de Exportación. b) Reconocimiento físico con incidencia Si el especialista en aduanas u oficial de aduanas constata diferencia entre lo consignado y lo reconocido, siempre que no se trate de causal de suspensión del despacho, procede a realizar las enmiendas respectivas en la DUA con datos provisionales, anotando tal si- tuación en su diligencia y debiendo ingresar dicha información y los códigos de incidencia en el SIGAD. Cuando la incidencia corresponde a mercancía no declarada, se incurre en la infracción señalada en el artículo 108, inciso i) del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas. Son causales de suspensión del trámite de despacho: – Encontrar mercancías que resulten de exportación prohibida o restringida, sin haber sido declaradas como tales. – Presunción de fraude o delito. – Diferencia de mercancías declarada y encontrada. En estos casos, el especialista en aduanas u oficial de aduanas formula el informe correspondiente al jefe del área de Exportación para la determinación de las acciones legales pertinentes. En caso que las incidencias sean subsanadas, éste último puede disponer la continuación del despacho, para lo cual el especialista en aduanas u oficial de aduanas deja constancia del hecho en su diligencia. Las mercancías deben ser embarcadas dentro del plazo máximo de treinta (30) días hábiles con- tados a partir del día siguiente de la fecha de numeración de la DUA con datos provisionales. En caso de haber incidencias, el oficial de aduanas emite un informe, quedando inmovilizada la mercancía que se encuentre en situación irregular mediante Acta de Inmovilización, remitiéndose todo lo actuado a la intendencia de aduana respectiva para la evaluación del caso y aplicación de las acciones legales que correspondan. Concluido el embarque de las mercancías, el oficial de aduanas entrega la DUA con datos provi- sionales al despachador de aduana y registra el resultado del control de embarque en el portal de la SUNAT), remitiendo fotocopia de la DUA vía fax o correo electrónico a la intendencia de aduana respectiva. Posteriormente, el despachador de aduana presenta la DUA a la intendencia de aduana respectiva. El transportista (debidamente autorizado), los representantes de la empresa consolidadora de carga, o el despachador de aduana, presentan ante la intendencia de aduana de salida la DUA con datos provisionales debidamente diligenciada por la intendencia de aduana de origen, para dar inicio al embarque. El despachador de aduana deberá regularizar el régimen de exportación, mediante la transmisión por vía electrónica de la información complementaria de la DUA y la presentación de los docu-
  • 22. 30 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación mentos que la sustentan a satisfacción de la autoridad aduanera, ante el área de Exportación correspondiente. I.2.1. Registro de la operación por Aduanas El personal de la SUNAT encargado recibe la DUA y los documentos sustentatorios, ingresando esta información al SIGAD para efectos de la emisión de la guía entrega de documentos (GED), por cada DUA recibida, en original y copia, la que contiene la siguiente información: fecha y hora de recepción, número de la DUA, número correla- tivo autogenerado por el sistema, código del despachador y relación de documentos recibidos. El especialista en aduanas designado recibe la documentación procediendo en forma inmediata a la revisión documentaria, verificando: a) que la documentación que se adjunta corresponda a la información registrada en el SIGAD, b) la descripción de la mercancía solicitada en la DUA sea la misma que la consignada en la factura y c) que la clasificación arancelaria de la mercancía sea la correcta. Si es que procediera al rechazo de la DUA debe efectuarse en el día de su presentación, bajo responsabilidad del especialista en aduanas. De otra parte, si se detecta alguna inconsistencia entre lo transmitido electrónicamente y la documentación presentada, el especialista en aduanas consigna en la GED los motivos de su rechazo, ingresando dicha información al SIGAD. I.2.2. Subsanaciones y consecuencias aduaneras El exportador deberá subsanar las observaciones planteadas para lo cual cuenta con un plazo de treinta (30) días, de lo contrario, se incurre en la infracción tipificada en el artículo 192º, numeral 5) inciso c), de la Ley General de Aduanas. Para tal efecto, el despachador de aduana, conjuntamente con la documentación, debe presentar la autoliquidación de adeudos debidamente cancelada por la multa correspondiente, a fin de que se proceda a la recepción, verificación y visado de aceptación, en señal de conformidad de los do- cumentos. Recibida la información el SIGAD valida los datos de la rectificación, y de ser conforme, remite la fecha de transmisión y secuencia de rectificación. Si en la exportación toda la documentación está conforme, el especialista en aduanas registra la aceptación en el SIGAD y procede a consignar la fecha, su código, firma y sello en señal de conformidad, acción que constituye la regularización del régimen. Mediante una resolución administrativa, la intendencia de aduana competente autoriza las modificaciones de la DUA, producto de la emisión de notas de crédito o de débito a las que se refiere el Reglamento de Comprobantes de Pago. Para tal efecto, el despachador de aduana presenta ante el área de Exportación el expediente, adjuntando la respectiva nota de crédito o de débito e información adicional, de ser el caso. En los casos en que la nota de crédito o de débito ampare más de una factura y, por consiguiente más de una DUA; adicionalmente a los requisitos establecidos por el Reglamento de Comprobantes de Pago, las notas deben contener la siguiente infor- mación: número de la DUA, serie y factura (correspondiente a la serie registrada en la DUA), así como el monto de la diferencia (variación del valor FOB) a nivel de serie / factura.
  • 23. 31 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación I.3. Procedimiento en caso de exportación a través de comisionistas En los despachos de exportación a través de intermediarios comerciales que tienen el carácter de comisionistas, la empresa intermediaria efectúa la exportación con una sola DUA. La información referida en el Anexo correspondiente (ver gráfico) debe consignarse por cada productor - exportador a nivel de serie de la DUA, la misma que debe contener el monto del valor FOB y el número de factura que le corresponda. Adicionalmente, en el rubro de “Observaciones” de la DUA debe consignarse el número de RUC. Si a un productor - exportador le corresponde más de una serie de exportación, debe discriminar el monto del valor FOB de su factura por cada serie. En la presentación documentaria, el despachador de aduana presenta la Relación Consolidada de Productores, conjuntamente con la segunda copia de las facturas emitidas por cada uno de los productores que generaron dicha exportación; así como la factura del comisionista, cuando corresponda, respectivamente, las que deben reunir los requisitos indicados en el Reglamento de Comprobantes de Pago, sin perjuicio de lo establecido en el presente procedimiento. I.4. Procedimiento de exportación mediante contratos de colaboración empresarial En las sociedades irregulares, comunidad de bienes, joint ventures, consorcios y demás contratos de colaboración empresarial que no llevan contabilidad en forma independiente, la exportación la realiza el operador, el mismo que se constituye en el exportador y efectúa los despachos de exportación con una sola DUA. La información referida en el Anexo respectivo debe contener los siguientes datos: número de RUC, razón social de la empresa y porcentaje de participación según el contrato de colaboración empresarial, así como el monto del valor FOB correspondiente. En la presentación documentaria, el despachador de aduana presenta la relación consolidada del porcentaje de participación, conjuntamente con la copia del respectivo contrato de colaboración empresarial. REGISTRO DE ADUANA Nº DUA ………………………… MONTO TOTAL FOB DUA Si a un productor - exportador le corresponde más de una serie de exportación, debe desagregar el monto del valor FOB de su Factura por cada sere Nº Nº FACTURA R.U.C. MONTO VALOR FOB Nº Serie PRODUCTOR - EXPORTADOR RELACIÓN CONSOLIDADA DE PRODUCTORES
  • 24. 32 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación I.5. Procedimiento de exportaciones de joyas de oro con operación swap El Perú tiene expectantes operaciones de exportación de joyas trabajadas en oro, por ello se regula este procedimiento por el cual se facilita al proveedor del oro en el extranjero para que no efectúe un traslado físico de este mineral, de tal forma que el exportador peruano realice el trabajo con oro proporcionado localmente. El swap de oro es una operación de canje de oro local por oro extranjero equivalente, mediante la cual un banco del Sistema Financiero Nacional recibe oro en custodia para transferirlo pos- teriormente (mediante una operación swap) a un fabricante nacional de joyerías, el cual realiza una transformación del producto para su posterior exportación definitiva. El plazo que debe mediar entre la operación SWAP y la exportación del bien, como producto terminado, no debe ser mayor de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la fecha de la operación consignada en la Constancia de Ejecución del Swap, emitida por el banco local in- terviniente. En caso la exportación se realice fuera del plazo antes señalado, la responsabilidad por el pago de los impuestos internos corresponderá al sujeto responsable de la exportación del producto terminado. Respecto del Valor FOB total a declarar es el valor del oro más el valor agregado, y se obtiene de los siguientes documentos: a) Valor del oro.- es el valor consignado en la Constancia de Ejecución del Swap, donde figura el monto exacto de onzas troy de oro fino valoradas según la cotización internacional en la fecha de la operación Swap. b) Valor agregado.- es el valor que se obtiene de la factura emitida por la empresa que trans- forma el oro refinado y exporta los productos de joyería. Cuando la empresa de joyería solicite acogerse a algún beneficio para la exportación, previamente al valor FOB declarado en la DUA se debe deducir el valor del oro. Además de los documentos requeridos para el régimen de exportación, el exportador debe presentar lo siguiente: REGISTRO DE ADUANANº DUA ………………………… MONTO TOTAL FOB DUA Nº R.U.C. RAZÓN SOCIAL % MONTO VALOR PARTICIPANTE PARTICIPACIÓN FOB 100% RELACIÓN CONSOLIDADA DEL PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN (contratos de colaboración empresarial)
  • 25. 33 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación a) Constancia de Ejecución del SWAP. b) Copia de la resolución de prórroga del plazo por causa de fuerza mayor o caso fortuito de corresponder. c) Factura de la empresa de joyería, donde se indica que el único valor que se declara es el agregado, esto es, la mano de obra, y que el oro es de propiedad del cliente del exterior a quién se exporta, en mérito a la operación Swap efectuada. d) Copias de las facturas de los productores locales de oro. En este caso, el exportador debe adjuntar a la DUA una lista consolidada con el nombre de los productores locales de oro, la que debe coincidir con el detalle consignado en el acta de entrega. e) Cuadro de Insumo-Producto, en el cual se detalla las características del producto terminado que se exporta, así como el control de salidas de la cantidad utilizada de la operación Swap. Cuando la DUA contenga varias operaciones Swap, corresponderá presentar un Cuadro Insumo-Producto por cada operación. f) Declaración Jurada indicando el número de la Constancia de Ejecución del Swap y los despa- chos de exportación efectuados hasta la fecha por cada Swap, así como el número de la DUA de exportación, fecha, cantidad exportada, cantidad utilizada y el saldo de la Constancia de Ejecución del Swap. En el caso que la mercancía (las joyas) resultante de una operación Swap pueda ser embarcada en varios envíos, con distintas DUAs, estos envíos para efectos de control, deben realizarse por una misma intendencia de aduana.
  • 26. 34 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación
  • 27. 35 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación II. RÉGIMEN ADUANERO DE IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO II.1. Introducción El tráfico comercial mundial hace que los bienes o mercancías circulen de un país a otro, sea por que uno de los países es superavitario en determinados bienes y en contrapartida existen otros países deficitarios de las mismas mercancías que necesitan, o por que la compra de determinados productos extranjeros resulta competitivamente más barato que los producidos localmente. La aduana cumple la función de controlar el ingreso de estas mercancías cuidando que se respeten las normas nacionales referentes a seguridad, salubridad, patrimonio cultural, impuestos, entre otros. Entonces, el importador no sólo debe analizar los beneficios que le generará la importación de mercancía extranjera sino también tener presente el cumplimiento de los requisitos y trámites que deben efectuarse necesariamente para poder nacionalizarla sin problemas legales y evitar los riesgos de sanción administrativa. En principio la empresa peruana que desea importar realiza una búsqueda de proveedores y productos para poder concretar un pedido, entendiendo en esta operación una compraventa internacional, negociando los términos y condiciones en que se va a llegar a cabo esta operación, siendo usual que se acuerde conforme a los Incoterms de la Cámara de Comercio Internacional de París (7) . La elección del Incoterm acordado evitará el surgimiento de controversias innece- sariamente entre el exportador e importador, pues se llegará a saber con mayor precisión las obligaciones y derechos de cada una de las partes y en caso de discrepancias a qué regla se deberán de ceñir. Con la finalidad de facilitar el comercio internacional entre empresas de distintos países, la Cámara de Comercio internacional (conocida por sus siglas en inglés como “ICC”), constituyó una serie de códigos estandarizados de uso mundial para el mayor entendimiento en las transacciones internacionales. Con la sola identificación de estos códigos estandarizados (compuesta por abreviaturas de términos contractuales en inglés, como por ejemplo FOB o CIF), las partes involucradas en una operación mercantil internacional pueden identificar las condiciones en que contratan la venta de la mercancía, las obligaciones del vendedor y del comprador, la contratación de las pólizas de seguros, el pago de los fletes, la tramitación de los procedimientos aduaneros, las reglas de las responsabilidades, entre otros aspectos. Los Incoterms (Términos Comerciales Internacionales), recogen la costumbre comercial lograda a lo largo de los siglos, habiendo sido promulgados por primera vez en el año 1936 por la ICC y revisados periódicamente por esta institución. La última versión de este documento lo constituye los Incoterms 2000 (8) . –––––––––– (7) Los INCOTERMS son los términos contratación a las que pueden arribar las partes de Estados extranjeros distintos, definiendo que el precio pactado es el entregado en determinado lugar, las responsabilidades del transporte, el traslado del costo del flete, la asunción de pagos aduaneros, entre otros. (8) El mismo que ha hecho importantes cambios en áreas como las obligaciones de despacho aduanero de las mer- caderías y pago de los derechos en condiciones FAS y DEQ, además de las obligaciones de carga y descarga en condiciones FCA.
  • 28. 36 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación En el comercio mundial cumplen una función importante puesto que permiten un fácil enten- dimiento entre vendedores y compradores que pertenecen a países distintos y por lo mismo desconocen de los usos y condiciones de la contratación en el extranjero, con ello se evita malas interpretaciones y se previene el surgimiento de disputas o litigios. Existen otros sistemas distintos al Incoterms, así tenemos, por ejemplo, el American Foreign Trade Definitions adoptadas en los Estados Unidos en 1919, las Reglas de Varsovia y de Oxford pro- puestas por la Asociación de Derecho Internacional en 1932, las Condiciones Generales Para la Entrega de las Mercancías elaborados por el Consejo de Ayuda Económica Mutua de 1968 para la extinta URSS y los países de Europa Oriental y los Combiterms del año 1969. Sin embargo, no obstante la existencia de estos sistemas, las definiciones de los Incoterms han tenido una mayor aceptación universal. Los Incoterms son una relación de trece términos, que en la práctica, incluso, los más expertos en comercio internacional no llegan a dominar el significado de todos ellos, dado que sólo algunas de estas definiciones son las más usadas en el comercio exterior. Los Incoterms 2000 se clasifican en cuatro grupos, a saber: Incoterms del Grupo “E” Término por el cual el vendedor se limita a poner las mercancías a disposición del comprador en sus propios locales. EXW En Fábrica (... lugar de destino) Incoterms del Grupo “F” Definiciones por los cuales al vendedor se le encarga que entregue las mercancías a un transportista designado por el comprador, caracterizado por que en el precio pactado no se incluye el pago del flete o costo del transporte principal. – FCA Franco Transportista (...lugar designado) – FAS Franco al Costado del Buque (... puerto de carga convenido) – FOB Franco a Bordo (... puerto de carga de destino) Incoterms del Grupo “C” Mediante el cual el vendedor ha de contratar el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de las mercaderías ni los costos adicionales debidos a hechos acaecidos después de la carga y despacho. – CFR Costo y Flete (... puerto de destino convenido) – CIF Costo, Seguro y Flete (... puerto de destino) – CPT Transporte Pagado Hasta (... lugar de destino convenido) – CIP Transporte y Seguro Pagado Hasta (... lugar de destino convenido) Incoterms del Grupo “D” Por el cual el vendedor ha de soportar todos los gastos y riesgos necesarios para llevar las mercaderías al lugar de destino. – DAF Entrega en Frontera (...lugar convenido) – DES Entregada Sobre Buque (... puerto de destino convenido) – DEQ Entregada en Muelle (... puerto de destino convenido) – DDU Entregada Derechos No Pagados (...lugar de destino convenido) – DDP Entregada Derechos Pagados (... lugar de destino convenido) Finalmente, uno de los aspectos que debe de advertirse a todo agente que realice o desee realizar operaciones de comercio internacional, es que los Incoterms se aplican a los contratos de compraventa (o de suministro, de ser el caso), más no en los contratos de transporte, de fi- nanciamiento o de póliza de seguros. Asimismo, se sugiere que cuando las empresas contraten resulta aconsejable que señalen expresamente que están contratando con los términos “Incoterms 2000”, a fin de evitar malentendidos respecto de versiones anteriores.
  • 29. 37 EDICIONES CABALLERO BUSTAMANTE MANUAL PRÁCTICO DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Importación y Exportación Luego, en cumplimiento a lo acordado el exportador extranjero enviará la mercancía con destino al país y dirigida al importador local, siendo que una vez arribada y desembarcada la misma estará expedita para someterla a un régimen aduanero de importación para el consumo. A diferencia de otros países para realizar operaciones de importación no es necesario contar con un permiso o registro especial, pues basta tener Registro Unico de Contribuyente (RUC) o Documento Nacional de Identidad (DNI) para poder nacionalizar una mercancía que viene del exterior. II.2. Régimen de importación para el consumo La importación en el régimen que permite el ingreso al país para su nacionalización y consumo, de tal forma que no todo ingreso aduanero es necesariamente una importación, así tenemos a manera de ejemplo el tratamiento especial que recibe el ingreso de mercancías propiedad de organismos internacionales o diplomáticos. El artículo 49º de la nueva Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053 (27.06.2008), define como Importación para el consumo al régimen aduanero que permite el ingreso de mer- cancías al territorio aduanero para su consumo, luego del pago o garantía según corresponda, de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables, así como el pago de los recargos y multas que hubieren, y del cumplimiento de las formalidades y otras obligaciones aduaneras. Agregando que las mercancías extranjeras se consideran nacionalizadas cuando haya sido concedido el levante. Para nacionalizar la mercancía el importador debe someterla a control aduanero, caso contrario se estaría burlando los intereses del fisco, cometiéndose actos ilícitos como el contrabando de mercaderías. La aduana ejercerá su potestad de control revisando documentaria y/o física- mente los productos materia de nacionalización a efecto de comprobar que el valor, cantidad y calidad declarada por el importador (directamente o a través de una agente de aduanas) se ajusta a lo real. De encontrar inconsistencias o discrepancias entre lo declarado y lo que realmente existe, la Autoridad Aduanera paralizará el proceso de nacionalización indicando los aspectos materias de subsanación y concediéndose un plazo para ello. Hasta que no se cumpla con subsanar los defectos señalados, la mercancía no podrá ser nacionalizada por el importador. En este caso, el importador tiene la alternativa de decidir reembarcar la mercancía al extranjero, salvo el caso de la mercancía no declarada, la cual no puede someterse al régimen de reembarque (9) . De estar todo conforme, la Autoridad Aduanera dispondrá el levante de la mercancía, esto es, la entrega de la misma al importador para su uso o comercialización en el territorio nacional, previo pago de los derechos arancelarios y demás tributos que gravan la importación para el consumo (Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal, Impuesto Selectivo al Consumo, de ser el caso), así como el pago de sanciones administrativas (derechos anti-dumping, por ejemplo). –––––––––– (9) La nueva Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053, señala en su artículo 145º que en caso que la mercancía encontrada por el dueño o consignatario con posterioridad al levante fuese mayor a la consignada en la declaración aduanera, a opción del importador, ésta podrá ser declarada sin ser sujeta a sanción y con el sólo pago de la deuda tributaria aduanera y los recargos que correspondan, o podrá ser reembarcada. De otro lado, si la Autoridad Aduanera durante el reconocimiento físico encontrara mercancía no declarada, ésta caerá en comiso o a opción del importador, podrá ser reembarcada previo pago de una multa y siempre que el reembarque se realice dentro del plazo de treinta (30) días computados a partir de la fecha del reconocimiento físico de la mercancía. De no culminarse el reembarque, la mercancía caerá en comiso.