2. LEY ORGÁNICA DE TRIBUNALES Y DE
PRODECIMIENTOS DE TRABAJO
Inicialmente, el 16 de
agosto de 1940, se dictó
la Ley Orgánica de
Tribunales y de
Procedimiento del
Trabajo, que establecía
por primera vez una
jurisdicción laboral
autónoma y
especializada en materia
procesal del trabajo, la
cual fue reformada el 30
de junio de 1956 y el 18
de noviembre de 1959
inició el proceso laboral
de la Ley de Tribunales y
Procedimientos de
Trabajo, donde fue
criticado de manera
negativa por ser un
proceso enormemente
lento y pesado.
Con la entrada en vigencia de la
Constitución de 1999, se crea la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, con lo cual
se establece un nuevo proceso y una nueva
organización de la jurisdicción laboral,
cambiando así los aspectos negativos y
demostrando su formalidad en hacer
justicia para hacer valer los derechos e
intereses de la colectividad.
DATO: La Constitución
establece claramente que el
proceso es un instrumento
fundamental para la
ejecución de la justicia.
4. EL PROCESO LABORAL ES EN SU
MAYORÍA ORAL, PERO NO DESPLAZA
LA ESCRITURA, YA QUE HAYACTOS
PROCESALES QUE DEBEN REALIZARSE
DE ESA MANERA; Y CAMBIA
TOTALMENTE EL CONCEPTO
ANTERIOR, DONDE DOMINABA LA
ESCRITURA, HACIENDO EL PROCESO
ABSURDAMENTE LENTO Y COSTOSO.
LA JUSTICIA LABORAL SERÁ
GRATUITA; POR LO CUAL, TANTO
LOS TRIBUNALES DEL TRABAJO
COMO LOS REGISTRADORES Y
NOTARIOS PÚBLICOS NO PODRÁN
ESTABLECER TASAS, ARANCELES
NO EXIGIR PAGO POR SUS
SERVICIOS.
LAAUDIENCIA SERÁ PRESIDIDA
PERSONALMENTE POR EL JUEZ DE
JUICIO, QUIEN DISPONDRÁ DE
TODAS LAS FACULTADES PARA
ASEGURAR LA MEJOR
CELEBRACIÓN DE LAAUDIENCIA.
LA CONCENTRACIÓN EXIGE QUE EL JUICIO ORAL SE
REALICE FRENTE A TODOS LOS SUJETOS
PROCESALES, DESDE EL INICIO HASTA SU
TERMINACIÓN, EN UN SOLO ACTO Y EN FORMA
SUCESIVA, CON EL PROPÓSITO DE QUE EXISTA LA
MAYOR PROXIMIDAD ENTRE EL MOMENTO EN QUE
SE RECIBE TODA LA PRUEBA, FORMULAN LAS PARTES
ARGUMENTACIONES Y CONCLUSIONES SOBRE ELLA,
DELIBERAN LOS JUECES Y SE DICTA SENTENCIA.
CLARAMENTE EL PROCESO DEBE
SER ORAL Y PÚBLICO, SALVO EN LA
AUDIENCIA PRELIMINAR, DONDE SE
PROTEGEN A LAS PARTES Y POR
SEGURIDAD MORAL.
ES BREVE PORQUE EXISTE LA
SIMPLIFICACIÓN DE LOS ACTOS,
RECURSOS Y SENTENCIAS.
6. En Venezuela no hay mucha
evolución con respecto a leyes
procesales del trabajo, sin
embargo, luego de diversas
discusiones sobre la creación
de una ley que rigiera el
proceso laboral, se llevó a
cabo, como mencioné
anteriormente, la creación de
la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo, que trajo consigo el
orden y la modificación de los
actos procesales y como
realizarlos de manera que
hubiera celeridad y brevedad.
TRIBUNALES LABORALES
LUGAR EN QUE LOS
JUECES ADMINISTRAN
JUSTICIA
UNIPERSONAL
COLEGIADOS
7. Artículo
14 LOPT
LOS TRIBUNALES
UNIPERSONALES SON
AQUELLOS CONSTITUIDOS
POR UN SOLO JUEZ; EN
CAMBIO LOS COLEGIADOS
ESTAN CONSTITUIDOS POR 3
O MÁS JUECES.
Tribunales del trabajo que conocen en
primera instancia.
Tribunales Superiores del trabajo que
conocen en segunda instancia.
Tribunal Supremo de Justicia, en Sala
de Casación Social.
8. Solicitudes de
amparo por
violación o
amenaza de
violación de los
derechos y
garantías
constitucionales
Asuntos de carácter
contencioso que se
susciten con ocasión
de las relaciones
laborales como
hecho social, de las
estipulaciones del
contrato de trabajo
y de seguridad
social
Asuntos
contenciosos del
trabajo, que no
correspondan a
la conciliación ni
al arbitraje.
Solicitudes de
calificación de despido
o de reenganche,
formuladas con base
en la estabilidad
laboral consagrada en
la CRBV y en la
legislación laboral
COMPETENCIAS DE LOS
TRIBUNALES DEL TRABAJO
SE ORGANIZAN EN 2
INSTANCIAS:
TRIBUNALES DE
SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
DEL TRABAJO, Y LOS
TRIBUNALES DE JUICIO
DEL TRABAJO.
TRIBUNALES
SUPERIORES DEL
TRABAJO.
UNIPERSONALES,
CONSTITUIDOS POR UN
JUEZ Y UN SECRETARIO,
AMBOS PROFESIONALES
DEL DERECHO.
COLEGIADOS O
UNIPERSONALES. LOS
PRIMEROS ESTARÁN
CONSTITUIDOS POR 3
JUECES Y UN SECRETARIO; Y
LOS SEGUNDOS, POR UN
JUEZ Y UN SECRETARIO,
TODOS PROFESIONALES DEL
DERECHO.
9. LITISCONSORCIO
SITUACIÓN PROCESAL QUE NACE DE LA PLURALIDAD DE SUJETOS.
Dos o más personas pueden litigar en un mismo proceso
judicial del trabajo en forma conjunta, sea activa o
pasivamente, siempre que sus pretensiones sean conexas por
su causa u objeto, o cuando la sentencia a dictar con respecto
a una de ellas pudiera afectar a la otra.
Artículo
49
LOPT
ES EL PROCEDIMIENTO BASADO EN EL
CUMPLIMIENTO DE FORMALIDADES
NECESARIAS PARA RESOLVER UN
CONFLICTO LABORAL. ESTAACARREA UNA
DECISIÓN DENOMINADA LAUDO ARBITRAL
QUE TIENE CARÁCTER INAPELABLE.
Arbitraje en materia judicial del
trabajo
Medios Alternos de
Resolución de
Conflictos.
¿MARC’s?
PROCESOS
ALTERNATIVOS
AL PROCESO
JUDICIAL
10. Una junta de arbitraje en
materia laboral esta
formado por tres (3)
miembros, los cuales serán
escogidos al azar por el Juez,
de una lista de árbitros
establecida oficialmente por
el Tribunal Supremo de
Justicia en Sala de Casación
Social e integrada por
distinguidos y calificados
especialistas en Derecho del
Trabajo o Seguridad Social
Artículo
140
LOPT
REQUISITOS PARA SER ARBITRO:
1
2
3
TENER LA NACIONALIDAD
VENEZOLANA
SER CIUDADANO DE RECONOCIBLE
HONORABILIDAD
SER ABOGADO DE RECONOCIDA
COMPETENCIA EN DERECHO DEL
TRABAJO, O PROFESIONAL DE OTRA
ÁREA ESPECIALISTA EN SEGURIDAD
SOCIAL.
11. CO
NA
MED
COMISIÓN
NACIONAL DE
MEDIACIÓN
Comisión adscrita al Ministerio
del Trabajo, que podrá conocer de
oficio o a solicitud de partes los
conflictos colectivos de trabajo que
pudieran afectar al sector público
y a los servicios públicos esenciales
El CONAMED lo conforman:
* Titular del despacho o funcionario
* SENAMED
* Organizaciones sindicales
(trabajadores y patronos)
* Procuraduría General de la República
RECUSACIÓN
Acto por el cual se
excepcional o rechaza a
un juez para que
entienda o conozca de
la causa, cuando se
juzga que su
imparcialidad ofrece
motivadas dudas.
INHIBICIÓN
Acción de abstenerse de seguir
conociendo de una causa. Es
decir como la facultad de no
conocer del juicio o de
apartarse del que están
conociendo cuando les afecta
alguna causal de la que puedan
ser recusados.
Artículo
31
LOPT
Los jueces de Trabajo y los funcionarios
judiciales deberán inhibirse o podrán ser
recusados, por alguna de las causales siguientes:
Por parentesco de
consanguinidad
Por tener el inhibido o el
recusado, su cónyuge o algunos
de sus consanguíneos o afines,
dentro de los grados indicados,
interés directo en el pleito.
Por haber dado o
prestado su patrocinio.
Por haber dado
sociedad con alguno
de los litigantes.
12. Por tener manifestado su
opinión sobre lo principal
del pleito. Por enemistad entre el
inhibido o recusado con
cualquiera de los litigantes.
Por haber recibido dádiva de
alguno de los litigantes después
de iniciado el juicio..
https://es.scribd.com/doc/50249154/Ugma-Derecho-Laboral-El-Arbitraje
http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/ley_OPT.pdf
http://arturo-escobar.blogspot.com/2012/10/principios-del-proceso-laboral.html
Bibliografía