GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
Tribunalesagrario
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES
AGRARIOS Y SU COMPETENCIA
NOMBRE Y APELLIDO: GÉNESIS GIRÓN
C.I: 25,747,371
DERECHO AGRARIO Y AMBIENTAL
BARQUISIMETO, FEBRERO 2018
2. ORGANIZACIÓN DE LOS
TRIBUNALES AGRARIOS Y SU
COMPETENCIA
¿QUE SON? Los tribunales agrarios son los órganos federales dotados de
plena jurisdicción y autonomía para dictar sus fallos.
Tribunales Agrarios Artículo 151 de la Ley de Tierras y Desarrollo
Agrario (2010), La jurisdicción especial agraria estará integrada
por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, y
los demás tribunales señalados en esta Ley.
Así tenemos entonces los siguientes Tribunales:
• Tribunales de Primera Instancia Agraria
• Tribunales de Segunda Instancia Agraria o Tribunales superiores
Agrarios Con competencia por la ubicación del inmueble o predio
rústico o rural.
• Sala Especial Agraria de la
• Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
Los tribunales agrarios están constituidos por:
1. Acciones declarativas, petitorias, reivindicatorias y posesorias
en materia agraria.
2. Deslinde judicial de predios rurales.
3. Acciones relativas al uso, aprovechamiento, constitución de
servidumbres y demás derechos reales, para fines agrarios.
4. Acciones sucesorales sobre bienes afectos a la actividad
agraria.
5. Acciones derivadas del derecho de permanencia.
6. Procedimientos de desocupación o desalojos de fundos.
7. Acciones derivadas de perturbaciones o dañes a ía propiedad o
posesión agraria.
8. Acciones derivadas de contratos agrarios.
9. Acciones de indemnización de daños y perjuicios derivados de
la actividad agraria.
10.Acciones originadas con ocasión a la constitución del
patrimonio familiar agrario.
11.Acciones derivadas de conflictos suscitados entre sociedades
de usuarios, uniones de prestatarios, cooperativas y demás
organizaciones de índole agraria.
12.Acciones derivadas del crédito agrario.
13.Acciones y controversias surgidas del uso, aprovechamiento,
fomento y conservación de los recursos naturales renovables que
determine la ley.
Recursos de casación en materia agraria
De las apelaciones o consultas de las sentencias dictadas por los
tribunales superiores contencioso administrativos agrarios y demás
asuntos contenciosos administrativos relacionados con la materia
regulada en la presente Ley.