1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Barquisimeto Estado Lara
Hecnilmar Díaz C.I: 25.140.584
Sección: SAIA ¨B¨
Organización y Competencia de los Tribunales
Agrarios en Venezuela
2. En la Ley de Tierra y
Desarrollo Agrario en
Venezuela
Nos Indica Claramente que la jurisdicción
Agraria debe estar integrada por la
SALA DE CASACIÓN SOCIAL DEL TRIBUNAL
SUPREMO DE JUSTICIA
Su organización y Competencia
están establecidas en los siguientes
artículos
Articulo 151 Ley de Tierra y Desarrollo Agrario
Articulo 152 Ley de Tierra y Desarrollo Agrario.
Articulo 197 Ley de Tierra y Desarrollo Agrario.
Articulo 198 Ley de Tierea y Desarrollo Agrario.
Art. 229 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de
Tierras y Desarrollo Agrario).
Articulo 184 Ley de tierra y Desarrollo Agrario.
Articulo 185 Ley de Tierra y Desarrollo Agrario.
3. ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS EN VENEZUELA
Conformada por
Tribunales de Primera Instancia
Agraria Tribunales de Segunda Instancia
Agraria
Sala Especial Agraria
Integrada por
El Juez o Jueza Competente
O
Tribunales Superiores Agrarios
Integrada por
El Juez o Jueza Competente
De la
Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia
Integrada por
2 Magistrados o Magistradas
Y
1 Juez o Jueza
4. El Articulo 151 ( LTDA)
En dicho articulo se explica que la Sala de
Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia, se encargara de los asuntos
contenciosos administrativos así de los
asuntos de casación que le correspondan.
Así mismo establecerá las atribuciones de
la Sala de Casación Social.
El Articulo 152 ( LTDA)
Nos menciona que el juez o jueza competente
debe velar por el siguiente proceso:
a. Por la continuidad de la producción
agroalimentaria.
b. La protección del principio socialista.
c. el mantenimiento de la biodiversidad.
e. la conservación de infraestructura productiva del
Estado.
f. la cesación de hechos que perjudiquen el interés
social y colectivo.
g. la conservación de los recursos naturales y el
medio ambiente.
h. la continuidad en el entorno agrario de los
servicios públicos.
5. ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS EN VENEZUELA
Competencia
Tribunal de Primera Instancia
Agraria
Articulo 197
Tribunal de Segunda Instancia Agraria
1. Acciones declarativas, petitorias, reivindicatorias
y posesorias en materia agraria.
2. Deslinde judicial de predios rurales.
3. Acciones relativas al uso, aprovechamiento,
constitución de servidumbres y demás derechos
reales, para fines agrarios.
4. Acciones sucesorales sobre bienes afectos a ¡a
actividad agraria.
5. Acciones derivadas del derecho de permanencia.
6. Procedimientos de desocupación o desalojos de
fundos.
7. Acciones derivadas de perturbaciones o dañes a
la propiedad o posesión agraria.
8. Acciones derivadas de contratos agrarios.
9. Acciones de indemnización de daños y perjuicios
derivados de la actividad agraria.
10.Acciones originadas con ocasión a la
constitución del patrimonio familiar agrario.
a) Por apelación de las sentencias dictadas por los
Tribunales de Primera Instancia Agraria. (Art.
229 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de
Tierras y Desarrollo Agrario).
b) En primer grado de jurisdicción, los recursos
contenciosos administrativos de nulidad contra las
providencias dictadas por los entes estatales
agrarios.
c) En primer grado de jurisdicción, las demandas
patrimoniales contra los entes del Estado
relacionados con la materia de su competencia
(agrario y ambiente).
d) Conocerán del juicio de Expropiación Agraria.
6. ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS EN VENEZUELA
Competencia
Sala Especial Agraria
1. De los recursos de interpretación que sean interpuestos sobre
normas contenidas en la presente Ley.
2. De los recursos de casación en materia agraria.
3. De las apelaciones o consultas de las sentencias dictadas por los
tribunales superiores contencioso administrativos agrarios y demás
asuntos contenciosos administrativos relacionados con la materia
regulada en la presente Ley.
4. Cualquier otra competencia que las leyes le atribuyan.
Articulo 184
GRACIAS