SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 3
Descargar para leer sin conexión
1
Prevaricación y tensiones sustantivo-procesales
¿Prevarica un juez que dicta a sabiendas una sentencia que resulta materialmente –
sustantivamente- injusta, cuando ello le viene impuesto (o, al menos, está permitido) por
una regla o principio procesal: por ejemplo, el principio acusatorio?
Las respuestas podrían ser, de entrada, radicalmente extremas: sí, porque la justicia
sustantiva no puede someterse a condicionante alguno; o no, porque el sistema penal ha de
ser armónico y no puede existir una justicia sustantiva descontextualizada del marco de
garantías procesales. Ahora bien, el sistema procesal penal Español, que contiene la
excepción del art. 733 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, hace que la respuesta resulte
algo más compleja. Veámoslo de la mano de un ejemplo. La SAP Vizcaya (secc. 1ª) de 23 de
abril de 2009 (ponente González González) hubo de examinar, entre otros, el siguiente
hecho probado. Francisca había sometido a Almudena (hija de una unión anterior de su
marido Eleuterio) a reiterados actos de maltrato físico y psicológico, prolongados durante
años e intensificados en los meses anteriores al día 14 de diciembre de 2005. Ese día
“Francisca recriminó a Almudena (que contaba once años de edad: JMSS) por un problema con
las notas, en concreto, un suspenso que había tenido en una asignatura y que había ocultado,
dirigiéndole expresiones despreciativas y golpeándola en la cara y en la cabeza. Por la tarde, al
regresar del colegio, Francisca la dejó desnuda en el cuarto de baño y después la obligó a permanecer
encerrada en su habitación. Cuando la niña pidió ser perdonada, con la intención de que se quitara la
vida y de esa manera solucionar lo que para ella en ese momento percibía como un problema, le dijo
que se tirase por la ventana y también le indicó a los otros hermanos que le dijeran lo mismo.
Almudena regresó a su habitación y escribió una nota de suicidio, que entregó a Francisca quien la
rompió diciéndole que tenía que escribir otra, lo que Almudena hizo siguiendo las indicaciones de
Francisca, quien le recalcó que no valía para nada y que lo mejor para toda la familia es que se tirara
por la ventana. La niña insistió, pidiendo perdón, y diciendo que „para vivir así me quiero morir‟.
Francisca y los hermanos, por indicación suya, le negaron el perdón e incluso le volvieron la cara
cuando Almudena pretendió besarles, insistiendo en que se fuera a su habitación y que se tirara por
la ventana.
Como consecuencia de la presión ejercida y de la situación de desesperación a la que había sido
conducida, Almudena regresó a su habitación y se precipitó desde la ventana hasta la calle...”
aunque no llegó a morir sino que sufrió graves lesiones.
La Sala advirtió la -manifiestamente correcta- posibilidad de calificación del hecho como
autoría mediata (de homicidio intentado y de lesiones consumadas). Pero, añadió que “sin
embargo dicho debate queda excluido en el caso concreto por exigencias del principio acusatorio al
haberse limitado la acción penal a la concurrencia de un delito de inducción al suicidio”.
2
Resulta obvio que el Fiscal sufrió un gravísimo error que condujo a la imposición de una
pena inferior en muchos años a la merecida por Francisca. Ahora bien, ¿obró correctamente
la Sala? ¿No se puede hablar aquí de una prevaricación, ni siquiera imprudente?
La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 7331, establece lo siguiente, bajo el título
de “Planteamiento de la tesis por el Tribunal”:
“Si juzgando por el resultado de las pruebas entendiere el Tribunal que el hecho justiciable
ha sido calificado con manifiesto error, podrá el Presidente emplear la siguiente fórmula:
«Sin que sea visto prejuzgar el fallo definitivo sobre las conclusiones de la acusación y la
defensa, el Tribunal desea que el Fiscal y los defensores del procesado (o los defensores de
las partes cuando fuesen varias) le ilustren acerca de si el hecho justiciable constituye el
delito de... o si existe la circunstancia eximente de responsabilidad a que se refiere el núm.
... del artículo... del Código Penal».
Esta facultad excepcional, de que el Tribunal usará con moderación, no se extiende a las
causas por delitos que sólo pueden perseguirse a instancia de parte, ni tampoco es aplicable
a los errores que hayan podido cometerse en los escritos de calificación, así respecto a la
apreciación de las circunstancias atenuantes y agravantes, como en cuanto a la
participación de cada uno de los procesados en la ejecución del delito público que sea
materia de juicio.
Si el Fiscal o cualquiera de los defensores de las partes indicaren que no están
suficientemente preparados para discutir la cuestión propuesta por el Presidente, se
suspenderá la sesión hasta el día siguiente”.
La figura definida en el artículo reproducido provoca cierta perplejidad. En efecto, de su
lectura parece desprenderse que cabe que el Tribunal advierta un error manifiesto en la
calificación jurídica de los hechos por parte de la acusación y defensa y que, ello no
obstante, no haga nada y aplique conscientemente el Derecho de modo erróneo. Y ello sería
lícito. Claro que también cabe que haga algo y proponga ser ilustrado acerca de otras
posibles calificaciones. Pero esa facultad (¡no deber!) de la que se indica que debe ser
utilizada de modo excepcional (por comprometer en cierta medida la pasividad imparcial
con que el Tribunal ha de contemplar el objeto del proceso) puede no ser secundada por las
partes 2. ¿Qué ocurre entonces?
Las muy diversas tomas de posición existentes en la doctrina procesal penal prácticamente
agotan todas las posibilidades. Un grupo de autores sostienen que, pese al tenor de la ley,
el planteamiento de la “tesis” es un deber del tribunal (así, Asencio Mellado). Lo que
significaría que el juez que no plantea la tesis puede incurrir en prevaricación. Pero, a partir
de ahí, cabe que las partes acojan la invitación a ilustrar al tribunal o no. Pues bien un
sector admite entonces la posibilidad de condenar conforme a la tesis aunque las partes
1 Que se relaciona con el art. 851, 4º LECrim.
2 Cfr. DE LA OLIVA, en DE LA OLIVA y OTROS, Derecho procesal penal, 1993, Madrid, pp. 510 y ss., insistiendo
en que la tesis no es acusación y en que con ella se pretende armonizar el concepto de acusación y el
Derecho penal, señalando que no se puede aceptar un “poder sobre el Derecho”.
3
acusadoras no la hayan hecho suya (por ejemplo, Moreno Catena). Claro que si sólo se trata
de una posibilidad, entonces no cabría condenar por prevaricación si tal cosa no se hiciera.
El Tribunal Supremo, por su parte, se mantiene en que se trata de una facultad. Y en que,
una vez planteada, sólo cabe condenar conforme a la tesis en caso de asunción por una de
las partes acusadores y no si dicha tesis no es asumida por nadie3. Por tanto, no habría
prevaricación ni por dejar de plantear la tesis ni, habiéndola planteado, por dejar de
condenar si las partes no han hecho suya la calificación propuesta. En fin, López Barja de
Quiroga entiende que la cláusula del art. 733 LECrim es inconstitucional en todo caso por
violar el principio acusatorio4. Luego, a fortiori, excluye la posibilidad de calificar la
conducta judicial como prevaricadora cuando deja, a sabiendas, de condenar por el tipo
materialmente adecuado, siendo así que dicha calificación no fue sostenida por ninguna de
las acusaciones.
Paradojas de la relación entre el Derecho penal sustantivo y el Derecho procesal penal. Que
sin embargo no carecen de consecuencias importantes, tanto en el plano práctico como en
el estrictamente teórico. Expresémoslo mediante cinco enunciados. Primero: Ante un error
manifiesto de la acusación, el planteamiento de la tesis es una pura facultad, que las partes
acusadoras pueden seguir o no; y, en el caso de que no la sigan, el Tribunal no puede
acoger la calificación planteada. Segundo: Así las cosas, la injusticia de la resolución, a los
efectos del delito de prevaricación requiere una injusticia no sólo sustantiva, sino también
procesal. Tercero: Por tanto, la norma primaria (o norma de conducta) del delito de
prevaricación judicial –que es la cláusula de cierre del sistema de normas de conducta
jurídico-penales- se integra de elementos procesales, además de los sustantivos. Cuarto:
Luego las normas secundarias jurídico-penales integran, de modo general, los referidos
elementos procesales. Quinto: Lo anterior conlleva que el hecho delictivo, en tanto que
hecho realmente punible (esto es, punible por un juez del mundo real), incorpore el requisito
de poder y deber ser procesalmente punible.
Jesús-María Silva Sánchez
3 Sobre las diversas posiciones, MARTÍNEZ ARRIETA, “Principio acusatorio: Teoría general y aplicación
práctica”, en Cuadernos de Derecho Judicial. Los principios del proceso penal, 1992, Madrid, pp. 51 y ss., 75 y ss.
4 LÓPEZ BARJA DE QUIROGA, Tratado de Derecho procesal penal, 2ª ed., 2007, Navarra, pp. 115 y ss., 119, 1219.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Derpropen tema 1.1 complementaria
Derpropen tema 1.1 complementariaDerpropen tema 1.1 complementaria
Derpropen tema 1.1 complementarialiclinea6
 
Ensayo de walter zarate
Ensayo de walter zarateEnsayo de walter zarate
Ensayo de walter zarateCEEPENAL
 
Suspencion condicional del proceso_IAFJSR
Suspencion condicional del proceso_IAFJSRSuspencion condicional del proceso_IAFJSR
Suspencion condicional del proceso_IAFJSRMauri Rojas
 
El acompañamiento de la defensa al privado de libertad ensayo de graciela m...
El acompañamiento de la defensa al privado de libertad   ensayo de graciela m...El acompañamiento de la defensa al privado de libertad   ensayo de graciela m...
El acompañamiento de la defensa al privado de libertad ensayo de graciela m...CEEPENAL
 
Amicus curiae caso mendoza
Amicus curiae   caso mendozaAmicus curiae   caso mendoza
Amicus curiae caso mendozaCEEPENAL
 
Los Actos Conclusivos en el Proceso Penal Venezolano
Los Actos Conclusivos en el Proceso Penal VenezolanoLos Actos Conclusivos en el Proceso Penal Venezolano
Los Actos Conclusivos en el Proceso Penal VenezolanoRodriguezyoli
 
Evaluación diagnóstica 2
Evaluación diagnóstica 2Evaluación diagnóstica 2
Evaluación diagnóstica 2ENJ
 
Apertura del debate richard bustillo
Apertura del debate   richard bustilloApertura del debate   richard bustillo
Apertura del debate richard bustilloUFT
 
Ensayo de guillermina stipancich
Ensayo de guillermina stipancichEnsayo de guillermina stipancich
Ensayo de guillermina stipancichCEEPENAL
 
Los últimos días del inquisidor
Los últimos días del inquisidorLos últimos días del inquisidor
Los últimos días del inquisidorinfoudch
 
Mapa conceptual sobre el simulacro
Mapa conceptual sobre el simulacroMapa conceptual sobre el simulacro
Mapa conceptual sobre el simulacroGina Prieto
 
Zaffaroni en busca de las penas perdidas
Zaffaroni   en busca de las penas perdidasZaffaroni   en busca de las penas perdidas
Zaffaroni en busca de las penas perdidasSebastian Marbian
 

La actualidad más candente (18)

Derpropen tema 1.1 complementaria
Derpropen tema 1.1 complementariaDerpropen tema 1.1 complementaria
Derpropen tema 1.1 complementaria
 
Analisis de la prision preventiva
Analisis de la prision preventivaAnalisis de la prision preventiva
Analisis de la prision preventiva
 
Ensayo de walter zarate
Ensayo de walter zarateEnsayo de walter zarate
Ensayo de walter zarate
 
Derecho laboral
Derecho laboral Derecho laboral
Derecho laboral
 
Suspencion condicional del proceso_IAFJSR
Suspencion condicional del proceso_IAFJSRSuspencion condicional del proceso_IAFJSR
Suspencion condicional del proceso_IAFJSR
 
El acompañamiento de la defensa al privado de libertad ensayo de graciela m...
El acompañamiento de la defensa al privado de libertad   ensayo de graciela m...El acompañamiento de la defensa al privado de libertad   ensayo de graciela m...
El acompañamiento de la defensa al privado de libertad ensayo de graciela m...
 
Amicus curiae caso mendoza
Amicus curiae   caso mendozaAmicus curiae   caso mendoza
Amicus curiae caso mendoza
 
Los Actos Conclusivos en el Proceso Penal Venezolano
Los Actos Conclusivos en el Proceso Penal VenezolanoLos Actos Conclusivos en el Proceso Penal Venezolano
Los Actos Conclusivos en el Proceso Penal Venezolano
 
Derecho Constitucional y Procesal Penal
Derecho Constitucional y Procesal PenalDerecho Constitucional y Procesal Penal
Derecho Constitucional y Procesal Penal
 
Evaluación diagnóstica 2
Evaluación diagnóstica 2Evaluación diagnóstica 2
Evaluación diagnóstica 2
 
Apertura del debate richard bustillo
Apertura del debate   richard bustilloApertura del debate   richard bustillo
Apertura del debate richard bustillo
 
Ensayo de guillermina stipancich
Ensayo de guillermina stipancichEnsayo de guillermina stipancich
Ensayo de guillermina stipancich
 
Slideshare
SlideshareSlideshare
Slideshare
 
Los últimos días del inquisidor
Los últimos días del inquisidorLos últimos días del inquisidor
Los últimos días del inquisidor
 
Mapa conceptual sobre el simulacro
Mapa conceptual sobre el simulacroMapa conceptual sobre el simulacro
Mapa conceptual sobre el simulacro
 
La Prueba
La PruebaLa Prueba
La Prueba
 
Argumt juridica
Argumt juridicaArgumt juridica
Argumt juridica
 
Zaffaroni en busca de las penas perdidas
Zaffaroni   en busca de las penas perdidasZaffaroni   en busca de las penas perdidas
Zaffaroni en busca de las penas perdidas
 

Destacado

Experto Community Manager y Social Media
Experto Community Manager y Social MediaExperto Community Manager y Social Media
Experto Community Manager y Social MediaCenproexFormacion
 
Slide share espíritu emprendedor gomezmartinjose
Slide share espíritu emprendedor gomezmartinjoseSlide share espíritu emprendedor gomezmartinjose
Slide share espíritu emprendedor gomezmartinjosegomezmartinjose
 
Estudio del-trabajo-ii-expo
Estudio del-trabajo-ii-expoEstudio del-trabajo-ii-expo
Estudio del-trabajo-ii-expoestudositema
 
Tarea 2 blog
Tarea 2 blogTarea 2 blog
Tarea 2 blogangmargom
 
Daniel garcia
Daniel garciaDaniel garcia
Daniel garciaDandagar
 
Sociedad de la informacion y del conocimiento
Sociedad de la informacion y del conocimientoSociedad de la informacion y del conocimiento
Sociedad de la informacion y del conocimientojacqui0915
 
Ejercicio 28 serway matefi100
Ejercicio 28 serway matefi100Ejercicio 28 serway matefi100
Ejercicio 28 serway matefi100MateFi100
 
Storytelling Community Manager
Storytelling Community ManagerStorytelling Community Manager
Storytelling Community ManagerOhm Potential
 
La comunicación
La comunicaciónLa comunicación
La comunicaciónbrianbgga
 
Power de tecnologia
Power de tecnologiaPower de tecnologia
Power de tecnologiaFMR1987
 
Curso práctico del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídic...
Curso práctico del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídic...Curso práctico del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídic...
Curso práctico del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídic...CenproexFormacion
 
Résultats du 1er semestre et du 2ème trimestre 2014 du groupe Crédit Agricole
Résultats du 1er semestre et du 2ème trimestre 2014 du groupe Crédit AgricoleRésultats du 1er semestre et du 2ème trimestre 2014 du groupe Crédit Agricole
Résultats du 1er semestre et du 2ème trimestre 2014 du groupe Crédit AgricoleGroupe Crédit Agricole
 

Destacado (20)

Agenda final
Agenda finalAgenda final
Agenda final
 
Negocios electronicos
Negocios electronicosNegocios electronicos
Negocios electronicos
 
Experto Community Manager y Social Media
Experto Community Manager y Social MediaExperto Community Manager y Social Media
Experto Community Manager y Social Media
 
Bisutería g&l
Bisutería g&lBisutería g&l
Bisutería g&l
 
Tics y brecha digital
Tics y brecha digitalTics y brecha digital
Tics y brecha digital
 
Slide share espíritu emprendedor gomezmartinjose
Slide share espíritu emprendedor gomezmartinjoseSlide share espíritu emprendedor gomezmartinjose
Slide share espíritu emprendedor gomezmartinjose
 
La web 2.0
La web 2.0La web 2.0
La web 2.0
 
Accu vein
Accu vein Accu vein
Accu vein
 
Estudio del-trabajo-ii-expo
Estudio del-trabajo-ii-expoEstudio del-trabajo-ii-expo
Estudio del-trabajo-ii-expo
 
Tarea 2 blog
Tarea 2 blogTarea 2 blog
Tarea 2 blog
 
Daniel garcia
Daniel garciaDaniel garcia
Daniel garcia
 
Sociedad de la informacion y del conocimiento
Sociedad de la informacion y del conocimientoSociedad de la informacion y del conocimiento
Sociedad de la informacion y del conocimiento
 
Ejercicio 28 serway matefi100
Ejercicio 28 serway matefi100Ejercicio 28 serway matefi100
Ejercicio 28 serway matefi100
 
Yeneria
YeneriaYeneria
Yeneria
 
Storytelling Community Manager
Storytelling Community ManagerStorytelling Community Manager
Storytelling Community Manager
 
La comunicación
La comunicaciónLa comunicación
La comunicación
 
Power de tecnologia
Power de tecnologiaPower de tecnologia
Power de tecnologia
 
Curso práctico del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídic...
Curso práctico del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídic...Curso práctico del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídic...
Curso práctico del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídic...
 
Résultats du 1er semestre et du 2ème trimestre 2014 du groupe Crédit Agricole
Résultats du 1er semestre et du 2ème trimestre 2014 du groupe Crédit AgricoleRésultats du 1er semestre et du 2ème trimestre 2014 du groupe Crédit Agricole
Résultats du 1er semestre et du 2ème trimestre 2014 du groupe Crédit Agricole
 
Fruiitice drinks
Fruiitice drinksFruiitice drinks
Fruiitice drinks
 

Similar a Dp sustantivo y prueba

CONSIDERACIONES GENERALES .docx
CONSIDERACIONES GENERALES .docxCONSIDERACIONES GENERALES .docx
CONSIDERACIONES GENERALES .docxcarlos807410
 
ADUVIRI ATAHUACHI -CUERPO 2 D 394-400 (3).pdf
ADUVIRI ATAHUACHI -CUERPO 2 D 394-400 (3).pdfADUVIRI ATAHUACHI -CUERPO 2 D 394-400 (3).pdf
ADUVIRI ATAHUACHI -CUERPO 2 D 394-400 (3).pdfImpresionesTodo
 
Imputaciones alternativas y principio de congruencia.docx
Imputaciones alternativas y principio de congruencia.docxImputaciones alternativas y principio de congruencia.docx
Imputaciones alternativas y principio de congruencia.docxjab132225
 
Casacion sanin
Casacion saninCasacion sanin
Casacion saninrsanin142
 
TCPBA. Sala I. Tolosa Mario. 2014
TCPBA. Sala I. Tolosa Mario. 2014 TCPBA. Sala I. Tolosa Mario. 2014
TCPBA. Sala I. Tolosa Mario. 2014 Quinta Pata
 
El proceso por faltas en el codigo procesal penal
El proceso por faltas en el codigo procesal penalEl proceso por faltas en el codigo procesal penal
El proceso por faltas en el codigo procesal penalSelomith Salazar Ramirez
 
El regimen probatorio en la apelacion civil_IAFJSR
El regimen probatorio en la apelacion civil_IAFJSREl regimen probatorio en la apelacion civil_IAFJSR
El regimen probatorio en la apelacion civil_IAFJSRMauri Rojas
 
Derecho procesal penal ii presentacion powerpoint karsherlyn.
Derecho procesal penal ii presentacion  powerpoint karsherlyn.Derecho procesal penal ii presentacion  powerpoint karsherlyn.
Derecho procesal penal ii presentacion powerpoint karsherlyn.Instituto Antonio José de Sucre
 
Derecho procesal penal ii presentacion powerpoint karsherlyn.
Derecho procesal penal ii presentacion  powerpoint karsherlyn.Derecho procesal penal ii presentacion  powerpoint karsherlyn.
Derecho procesal penal ii presentacion powerpoint karsherlyn.Instituto Antonio José de Sucre
 
Derecho procesal penal ii presentacion powerpoint karsherlyn..2
Derecho procesal penal ii presentacion  powerpoint karsherlyn..2Derecho procesal penal ii presentacion  powerpoint karsherlyn..2
Derecho procesal penal ii presentacion powerpoint karsherlyn..2Instituto Antonio José de Sucre
 
Facultades del fisco para imponer sanciones: Comentario a sentencia autos “Nu...
Facultades del fisco para imponer sanciones: Comentario a sentencia autos “Nu...Facultades del fisco para imponer sanciones: Comentario a sentencia autos “Nu...
Facultades del fisco para imponer sanciones: Comentario a sentencia autos “Nu...Instituto de Capacitacion Aduanera
 
LA PRUEBA INDICIARIA, EL THEMA PROBANDUM Y LA JURISPRUDENCIA VINCULANTE DE LA...
LA PRUEBA INDICIARIA, EL THEMA PROBANDUM Y LA JURISPRUDENCIA VINCULANTE DE LA...LA PRUEBA INDICIARIA, EL THEMA PROBANDUM Y LA JURISPRUDENCIA VINCULANTE DE LA...
LA PRUEBA INDICIARIA, EL THEMA PROBANDUM Y LA JURISPRUDENCIA VINCULANTE DE LA...Pablo Ernesto Lévano Véliz
 
Lapso probatorio. moises manzanilla
Lapso probatorio. moises manzanillaLapso probatorio. moises manzanilla
Lapso probatorio. moises manzanillacarymarcomputer
 

Similar a Dp sustantivo y prueba (20)

CONSIDERACIONES GENERALES .docx
CONSIDERACIONES GENERALES .docxCONSIDERACIONES GENERALES .docx
CONSIDERACIONES GENERALES .docx
 
ADUVIRI ATAHUACHI -CUERPO 2 D 394-400 (3).pdf
ADUVIRI ATAHUACHI -CUERPO 2 D 394-400 (3).pdfADUVIRI ATAHUACHI -CUERPO 2 D 394-400 (3).pdf
ADUVIRI ATAHUACHI -CUERPO 2 D 394-400 (3).pdf
 
Imputaciones alternativas y principio de congruencia.docx
Imputaciones alternativas y principio de congruencia.docxImputaciones alternativas y principio de congruencia.docx
Imputaciones alternativas y principio de congruencia.docx
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
 
Casacion sanin
Casacion saninCasacion sanin
Casacion sanin
 
Presuncion de inocencia
Presuncion de inocencia Presuncion de inocencia
Presuncion de inocencia
 
Articulocambiodecalificacionjuridica
ArticulocambiodecalificacionjuridicaArticulocambiodecalificacionjuridica
Articulocambiodecalificacionjuridica
 
Trabajo de redaccion01
Trabajo de redaccion01Trabajo de redaccion01
Trabajo de redaccion01
 
TCPBA. Sala I. Tolosa Mario. 2014
TCPBA. Sala I. Tolosa Mario. 2014 TCPBA. Sala I. Tolosa Mario. 2014
TCPBA. Sala I. Tolosa Mario. 2014
 
El proceso por faltas en el codigo procesal penal
El proceso por faltas en el codigo procesal penalEl proceso por faltas en el codigo procesal penal
El proceso por faltas en el codigo procesal penal
 
El regimen probatorio en la apelacion civil_IAFJSR
El regimen probatorio en la apelacion civil_IAFJSREl regimen probatorio en la apelacion civil_IAFJSR
El regimen probatorio en la apelacion civil_IAFJSR
 
Prescripción de la accion penal
Prescripción de la accion penalPrescripción de la accion penal
Prescripción de la accion penal
 
Derecho procesal penal ii presentacion powerpoint karsherlyn.
Derecho procesal penal ii presentacion  powerpoint karsherlyn.Derecho procesal penal ii presentacion  powerpoint karsherlyn.
Derecho procesal penal ii presentacion powerpoint karsherlyn.
 
Derecho procesal penal ii presentacion powerpoint karsherlyn.
Derecho procesal penal ii presentacion  powerpoint karsherlyn.Derecho procesal penal ii presentacion  powerpoint karsherlyn.
Derecho procesal penal ii presentacion powerpoint karsherlyn.
 
Derecho procesal penal ii presentacion powerpoint karsherlyn..2
Derecho procesal penal ii presentacion  powerpoint karsherlyn..2Derecho procesal penal ii presentacion  powerpoint karsherlyn..2
Derecho procesal penal ii presentacion powerpoint karsherlyn..2
 
Facultades del fisco para imponer sanciones: Comentario a sentencia autos “Nu...
Facultades del fisco para imponer sanciones: Comentario a sentencia autos “Nu...Facultades del fisco para imponer sanciones: Comentario a sentencia autos “Nu...
Facultades del fisco para imponer sanciones: Comentario a sentencia autos “Nu...
 
CONVENCIONES PROBATORIAS.docx
CONVENCIONES PROBATORIAS.docxCONVENCIONES PROBATORIAS.docx
CONVENCIONES PROBATORIAS.docx
 
LA PRUEBA INDICIARIA, EL THEMA PROBANDUM Y LA JURISPRUDENCIA VINCULANTE DE LA...
LA PRUEBA INDICIARIA, EL THEMA PROBANDUM Y LA JURISPRUDENCIA VINCULANTE DE LA...LA PRUEBA INDICIARIA, EL THEMA PROBANDUM Y LA JURISPRUDENCIA VINCULANTE DE LA...
LA PRUEBA INDICIARIA, EL THEMA PROBANDUM Y LA JURISPRUDENCIA VINCULANTE DE LA...
 
Argentina MDVA
Argentina MDVAArgentina MDVA
Argentina MDVA
 
Lapso probatorio. moises manzanilla
Lapso probatorio. moises manzanillaLapso probatorio. moises manzanilla
Lapso probatorio. moises manzanilla
 

Último

Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...oscarzea5
 
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxcontestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxMarioCasimiroAraniba1
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Públicavalderrama202
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfssuser20c91d1
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoMarioCasimiroAraniba1
 
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...GiancarloGayosoG
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASKhrisZevallosTincopa
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024AngelGabrielBecerra
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxjbernardomaidana
 
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssREGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssYaelAkim
 
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfFlorenciaConstanzaOg
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasCorte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasMarianaArredondo14
 
Regimen Disciplinario en el Sector Publico
Regimen Disciplinario en el Sector PublicoRegimen Disciplinario en el Sector Publico
Regimen Disciplinario en el Sector Publicolitaroxselyperezmont
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .pptARACELYMUOZ14
 
El titulo: la ley servir en el estado peruano
El titulo: la ley servir en el estado peruanoEl titulo: la ley servir en el estado peruano
El titulo: la ley servir en el estado peruanolitaroxselyperezmont
 
elementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptxelementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptxJesusGonzalez579173
 

Último (20)

Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
 
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxcontestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Pública
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
 
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
 
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssREGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
 
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasCorte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
 
Regimen Disciplinario en el Sector Publico
Regimen Disciplinario en el Sector PublicoRegimen Disciplinario en el Sector Publico
Regimen Disciplinario en el Sector Publico
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
 
El titulo: la ley servir en el estado peruano
El titulo: la ley servir en el estado peruanoEl titulo: la ley servir en el estado peruano
El titulo: la ley servir en el estado peruano
 
elementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptxelementos de la relacion juridico tributaria.pptx
elementos de la relacion juridico tributaria.pptx
 

Dp sustantivo y prueba

  • 1. 1 Prevaricación y tensiones sustantivo-procesales ¿Prevarica un juez que dicta a sabiendas una sentencia que resulta materialmente – sustantivamente- injusta, cuando ello le viene impuesto (o, al menos, está permitido) por una regla o principio procesal: por ejemplo, el principio acusatorio? Las respuestas podrían ser, de entrada, radicalmente extremas: sí, porque la justicia sustantiva no puede someterse a condicionante alguno; o no, porque el sistema penal ha de ser armónico y no puede existir una justicia sustantiva descontextualizada del marco de garantías procesales. Ahora bien, el sistema procesal penal Español, que contiene la excepción del art. 733 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, hace que la respuesta resulte algo más compleja. Veámoslo de la mano de un ejemplo. La SAP Vizcaya (secc. 1ª) de 23 de abril de 2009 (ponente González González) hubo de examinar, entre otros, el siguiente hecho probado. Francisca había sometido a Almudena (hija de una unión anterior de su marido Eleuterio) a reiterados actos de maltrato físico y psicológico, prolongados durante años e intensificados en los meses anteriores al día 14 de diciembre de 2005. Ese día “Francisca recriminó a Almudena (que contaba once años de edad: JMSS) por un problema con las notas, en concreto, un suspenso que había tenido en una asignatura y que había ocultado, dirigiéndole expresiones despreciativas y golpeándola en la cara y en la cabeza. Por la tarde, al regresar del colegio, Francisca la dejó desnuda en el cuarto de baño y después la obligó a permanecer encerrada en su habitación. Cuando la niña pidió ser perdonada, con la intención de que se quitara la vida y de esa manera solucionar lo que para ella en ese momento percibía como un problema, le dijo que se tirase por la ventana y también le indicó a los otros hermanos que le dijeran lo mismo. Almudena regresó a su habitación y escribió una nota de suicidio, que entregó a Francisca quien la rompió diciéndole que tenía que escribir otra, lo que Almudena hizo siguiendo las indicaciones de Francisca, quien le recalcó que no valía para nada y que lo mejor para toda la familia es que se tirara por la ventana. La niña insistió, pidiendo perdón, y diciendo que „para vivir así me quiero morir‟. Francisca y los hermanos, por indicación suya, le negaron el perdón e incluso le volvieron la cara cuando Almudena pretendió besarles, insistiendo en que se fuera a su habitación y que se tirara por la ventana. Como consecuencia de la presión ejercida y de la situación de desesperación a la que había sido conducida, Almudena regresó a su habitación y se precipitó desde la ventana hasta la calle...” aunque no llegó a morir sino que sufrió graves lesiones. La Sala advirtió la -manifiestamente correcta- posibilidad de calificación del hecho como autoría mediata (de homicidio intentado y de lesiones consumadas). Pero, añadió que “sin embargo dicho debate queda excluido en el caso concreto por exigencias del principio acusatorio al haberse limitado la acción penal a la concurrencia de un delito de inducción al suicidio”.
  • 2. 2 Resulta obvio que el Fiscal sufrió un gravísimo error que condujo a la imposición de una pena inferior en muchos años a la merecida por Francisca. Ahora bien, ¿obró correctamente la Sala? ¿No se puede hablar aquí de una prevaricación, ni siquiera imprudente? La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 7331, establece lo siguiente, bajo el título de “Planteamiento de la tesis por el Tribunal”: “Si juzgando por el resultado de las pruebas entendiere el Tribunal que el hecho justiciable ha sido calificado con manifiesto error, podrá el Presidente emplear la siguiente fórmula: «Sin que sea visto prejuzgar el fallo definitivo sobre las conclusiones de la acusación y la defensa, el Tribunal desea que el Fiscal y los defensores del procesado (o los defensores de las partes cuando fuesen varias) le ilustren acerca de si el hecho justiciable constituye el delito de... o si existe la circunstancia eximente de responsabilidad a que se refiere el núm. ... del artículo... del Código Penal». Esta facultad excepcional, de que el Tribunal usará con moderación, no se extiende a las causas por delitos que sólo pueden perseguirse a instancia de parte, ni tampoco es aplicable a los errores que hayan podido cometerse en los escritos de calificación, así respecto a la apreciación de las circunstancias atenuantes y agravantes, como en cuanto a la participación de cada uno de los procesados en la ejecución del delito público que sea materia de juicio. Si el Fiscal o cualquiera de los defensores de las partes indicaren que no están suficientemente preparados para discutir la cuestión propuesta por el Presidente, se suspenderá la sesión hasta el día siguiente”. La figura definida en el artículo reproducido provoca cierta perplejidad. En efecto, de su lectura parece desprenderse que cabe que el Tribunal advierta un error manifiesto en la calificación jurídica de los hechos por parte de la acusación y defensa y que, ello no obstante, no haga nada y aplique conscientemente el Derecho de modo erróneo. Y ello sería lícito. Claro que también cabe que haga algo y proponga ser ilustrado acerca de otras posibles calificaciones. Pero esa facultad (¡no deber!) de la que se indica que debe ser utilizada de modo excepcional (por comprometer en cierta medida la pasividad imparcial con que el Tribunal ha de contemplar el objeto del proceso) puede no ser secundada por las partes 2. ¿Qué ocurre entonces? Las muy diversas tomas de posición existentes en la doctrina procesal penal prácticamente agotan todas las posibilidades. Un grupo de autores sostienen que, pese al tenor de la ley, el planteamiento de la “tesis” es un deber del tribunal (así, Asencio Mellado). Lo que significaría que el juez que no plantea la tesis puede incurrir en prevaricación. Pero, a partir de ahí, cabe que las partes acojan la invitación a ilustrar al tribunal o no. Pues bien un sector admite entonces la posibilidad de condenar conforme a la tesis aunque las partes 1 Que se relaciona con el art. 851, 4º LECrim. 2 Cfr. DE LA OLIVA, en DE LA OLIVA y OTROS, Derecho procesal penal, 1993, Madrid, pp. 510 y ss., insistiendo en que la tesis no es acusación y en que con ella se pretende armonizar el concepto de acusación y el Derecho penal, señalando que no se puede aceptar un “poder sobre el Derecho”.
  • 3. 3 acusadoras no la hayan hecho suya (por ejemplo, Moreno Catena). Claro que si sólo se trata de una posibilidad, entonces no cabría condenar por prevaricación si tal cosa no se hiciera. El Tribunal Supremo, por su parte, se mantiene en que se trata de una facultad. Y en que, una vez planteada, sólo cabe condenar conforme a la tesis en caso de asunción por una de las partes acusadores y no si dicha tesis no es asumida por nadie3. Por tanto, no habría prevaricación ni por dejar de plantear la tesis ni, habiéndola planteado, por dejar de condenar si las partes no han hecho suya la calificación propuesta. En fin, López Barja de Quiroga entiende que la cláusula del art. 733 LECrim es inconstitucional en todo caso por violar el principio acusatorio4. Luego, a fortiori, excluye la posibilidad de calificar la conducta judicial como prevaricadora cuando deja, a sabiendas, de condenar por el tipo materialmente adecuado, siendo así que dicha calificación no fue sostenida por ninguna de las acusaciones. Paradojas de la relación entre el Derecho penal sustantivo y el Derecho procesal penal. Que sin embargo no carecen de consecuencias importantes, tanto en el plano práctico como en el estrictamente teórico. Expresémoslo mediante cinco enunciados. Primero: Ante un error manifiesto de la acusación, el planteamiento de la tesis es una pura facultad, que las partes acusadoras pueden seguir o no; y, en el caso de que no la sigan, el Tribunal no puede acoger la calificación planteada. Segundo: Así las cosas, la injusticia de la resolución, a los efectos del delito de prevaricación requiere una injusticia no sólo sustantiva, sino también procesal. Tercero: Por tanto, la norma primaria (o norma de conducta) del delito de prevaricación judicial –que es la cláusula de cierre del sistema de normas de conducta jurídico-penales- se integra de elementos procesales, además de los sustantivos. Cuarto: Luego las normas secundarias jurídico-penales integran, de modo general, los referidos elementos procesales. Quinto: Lo anterior conlleva que el hecho delictivo, en tanto que hecho realmente punible (esto es, punible por un juez del mundo real), incorpore el requisito de poder y deber ser procesalmente punible. Jesús-María Silva Sánchez 3 Sobre las diversas posiciones, MARTÍNEZ ARRIETA, “Principio acusatorio: Teoría general y aplicación práctica”, en Cuadernos de Derecho Judicial. Los principios del proceso penal, 1992, Madrid, pp. 51 y ss., 75 y ss. 4 LÓPEZ BARJA DE QUIROGA, Tratado de Derecho procesal penal, 2ª ed., 2007, Navarra, pp. 115 y ss., 119, 1219.