Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Empresa
1. EMPRESA
Una empresa es una organización,institución o industria, dedicada a actividades o persecución
de fines económicos o comerciales, para satisfacer las necesidades de bienes oservicios de los
demandantes, a la par de asegurar la continuidad de la estructura productivo-comercial así como
sus necesarias inversiones.
TRABAJADOR
Trabajador o trabajadoraes la persona física que con la edad legalsuficiente presta
susservicios retribuidossubordinados a otra persona, a una empresa o institución. Cuando no tiene
la edad suficiente, se considera trabajo infantil. Si no presta los servicios de forma voluntaria, se
considera esclavitud oservidumbre.1
EMPLEADOR
Empleador es, en un contrato de trabajo, la parte que provee un puesto de trabajo a una persona
física para que preste un servicio personal bajo su dependencia, a cambio del pago de una
remuneración o salario. La otra parte del contrato se denomina «trabajador» o empleado.
CODIGO DE TRABAJO
El Código del trabajo, o Código laboral (cuyos ejemplares se venden en algunos quioscos), es una ley
especial, orgánica, que reglamenta –se supone de modo ordenado y coherente- lo esencial de un área
de relaciones sociales, en este caso, del trabajo (venta de la fuerza de trabajo), subordinado y
dependiente a un patrón, también llamado “por cuenta ajena”.
Regula relaciones sociales de esencial importancia; no olvidemos que la fuerza de trabajo es,
probablemente, el bien más valioso de un ser humano; debe interesar cómo el Estado reglamenta su
compraventa; compromete parte substancial de nuestra propia vida.
REMUNRACION
f. Acción y efecto de remunerar.
Lo que se da o sirve para remunerar.
Contrato de trabajo puede referirse a:
1. Contrato individual de trabajo, es aquel celebrado individualmente entre un trabajador y
un empleador.
1. Contrato colectivo de trabajo, también llamado convenio colectivo de trabajo (CCT),
es un tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o
varios empleadores u organizaciones de estos.
La policía de trabajo o inspección del trabajo es la función del Estado de verificar el
cumplimiento de las normas laborales y de Seguridad social y sancionar las infracciones. Tiene una
naturaleza contravencional, aunque eventualmente puede derivar en delitos de naturaleza penal.
Es parte de la función punitoria que caracteriza al Poder Ejecutivo denominada poder de policía.
Habitualmente depende de la estructura del Ministerio de Trabajo o el organismo equivalente.
2. La Multa es una sanción administrativa aplicada por un fiscalizador del Trabajo, al constatar una
infracción a la legislación laboral, previsional, de salud y o higiene y seguridad.
INFRACCIONN DE TRABAJO
2. Las infracciones se gradúan como leves, graves y muy graves.
Las infracciones leves, que afectan básicamente a las obligaciones documentales o
formales se sancionan con multas -graduadas a su vez en mínimas, medias y máximas- de
5.000 a 50.000 ptas.
Las Infracciones graves, que comprenden ilícitos de mayor entidad, como la celebración
fraudulenta de contratos temporales o la transgresión de los derechos de información,
audiencia y consulta de los representantes de los trabajadores y delegados sindicales, se
sancionan con multas -también en grados mínimo, medio y máximo- de 50.001 a 500.000
ptas.
Las infracciones muy graves como las referidas a la cesión ilegal de trabajadores o los
actos del empresario lesivos al derecho de huelga, se sancionan con multas -también en
tres niveles- de 500.001 a 15.000.000. de ptas.
Además de la sanción económica, para las infracciones muy graves en materia de empleo,
de obtención o disfrute indebido de ayudas de fomento del empleo, se establecen
sanciones accesorias de pérdidas de ayudas.
En el caso de las empresas de trabajo temporal, se prevé la suspensión de actividades,
para la reincidencia de infracciones muy graves.
Acoso laboral
¿Qué es el acoso laboral?
De acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del art. 2º del Código del Trabajo,
modificado por la ley Nº 20.607 (publicada en el Diario Oficial de fecha 08.08.12), el acoso
laboral es toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el
empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por
cualquier medio, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato
o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en
el empleo. La norma legal señala además que el acoso laboral es contrario a la dignidad de
la persona.
Por su parte, la Dirección del Trabajo ha llegado a establecer mediante Ord. 3519/034 de
09.08.2012 que acoso laboral es "...todo acto que implique una agresión física por parte del
empleador o de uno o más trabajadores, hacia otro u otros dependientes o que sea contraria
al derecho que les asiste a estos últimos, así como las molestias o burlas insistentes en su
contra, además de la incitación a hacer algo, siempre que todas dichas conductas se
practiquen en forma reiterada, cualquiera sea el medio por el cual se someta a los afectados
3. a tales agresiones u hostigamientos y siempre que de ello resulte mengua o descrédito en su
honra o fama, o atenten contra su dignidad, ocasionen malos tratos de palabra u obra, o
bien, se traduzcan en una amenaza o perjuicio de la situación laboral u oportunidades de
empleo de dichos afectados".
REMUNERACION BRUTO
El Salario Bruto es el dinero total que percibe un trabajador por el trabajo que
desempeña antes que al mismo se le efectúen las correspondientes retenciones y
cotizaciones que se practican en cada nómina.
En tanto, Salario Neto se llamará al sueldo percibido por el trabajador luego de
llevadas a cabo las mencionadas retenciones y cotizaciones, es decir, es el dinero que el
trabajador recibirá efectivamente en mano o el que se depositará en su cuenta, por tanto, el
sueldo bruto siempre será mayor que el neto.
Desde Definicion ABC: http://www.definicionabc.com/economia/salario-
bruto.php#ixzz2w2jpwOwY
Rut
Rol Único Tributario
El Rol Único Tributario, conocido también por el acrónimo RUT, es un número único
implantado en Chile, que fue establecido como identificación tributaria por el Decreto con
Fuerza de Ley N° 3 del 29 de enero de 1969.1
La identificación tributaria anterior era el Rol
General de Contribuyentes (1959-1969).
La asignación del Rol respectivo está a cargo de dos organismos estatales, según la
naturaleza del asignatario:
Todas las personas naturales, nacionales o extranjeras, reciben un Rol Único Nacional
(RUN) otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación; este mismo número
también servirá de identificador ante el Servicio de Impuestos Internos y ante todo otro
organismo del Estado.
Las personas jurídicas, en cambio, deben efectuar el trámite de Inicio de Actividades ante
el Servicio de Impuestos Internos, mediante el cual éste asignará un RUT; este mismo
número servirá como identificador de la entidad ante todos los organismos del Estado.
El formato del RUT es igual al del RUN; por lo tanto, obedece a la forma XX.XXX.XXX -
Y.
Tanto el RUT como el RUN son personalísimos e intransferibles, por lo tanto:
4. Un mismo Rol solamente será asignado a una persona determinada, sea natural o jurídica.
Un titular de RUN o RUT mantendrá el mismo Rol durante toda su existencia legal.
Terminada la existencia legal del titular de RUN o RUT, nunca es vuelto a asignar.
Índice
FINIQUITOEl finiquito es un documento, realizado en papel por el que se pone fin a la relación
laboral existente entre el trabajador y el empresario. Con su firma el empresario queda libre de
abonar cantidad alguna al empleado, y este queda libre de la obligación de trabajar a las órdenes
del empresario.
RECLAMO
Es un trámite que un trabajador o un grupo de ellos puede realizar ante la Inspección del Trabajo
cuando la relación laboral se encuentra terminada y su empleador le(s) adeuda beneficios
laborales y/ o previsionales.
Denuncias en línea
Herramienta mediante la cual un trabajador o una trabajadora pueden formular una
denuncia o un reclamo a través del sitio web de la Dirección del Trabajo.
¿En qué consiste?
Este procedimiento consiste en el ingreso de una denuncia o un reclamo por medio del sitio
web de la Dirección del Trabajo. Esta alternativa de solución tiene un manejo absoluto en
línea, estableciéndose una relación virtual entre un fiscalizador en línea (desde call center),
el denunciante y el empleador.
Los empleadores que se acogen a este sistema en línea pueden solucionar su problema
corrigiendo las eventuales faltas a la normativa laboral, sin recibir multa.
Esta fórmula permite una mayor cobertura en el sistema de denuncia y conciliación; se
ordenan los procesos; se disminuyen los tiempos de espera, y se instala una cultura de
difusión de la normativa laboral y de fomento al diálogo entre empleador y trabajador
Inpector de trabajo
Los inspectores del trabajo son funcionarios profesionales y como tales, deberán ser
rigurosamente competentes y capaces de llevar a cabo su trabajo de acuerdo con altos
niveles técnicos. Esto implica buenos procesos de selección, calificaciones académicas altas
para entrar en el servicio y formación en el puesto.
5. Responsabilidad social
Responsabilidad social
La responsabilidad social es un término que se refiere a la carga, compromiso u
obligación, de los miembros de una sociedad –ya sea como individuos o como miembros de
algún grupo– tienen, tanto entre sí como para la sociedad en su conjunto. El concepto
introduce una valoración –positiva o negativa– al impacto que una decisión tiene en la
sociedad. Esa valorización puede ser tanto ética como legal, etc. Generalmente se considera
que la responsabilidad social se diferencia de la responsabilidad política porque no se limita
a la valoración del ejercicio del poder a través de una autoridad estatal.
La responsabilidad social es la teoría ética o ideológica que una entidad ya sea un gobierno,
corporación, organización o individuo tiene una responsabilidad hacia la sociedad. Esta
responsabilidad puede ser “negativa”, significando que hay responsabilidad de abstenerse
de actuar (actitud de “abstención”) o puede ser “positiva”, significando que hay una
responsabilidad de actuar (actitud proactiva).