El documento habla sobre el concepto y clasificación de los alimentos. Define alimentos como todo lo necesario para la subsistencia y bienestar de una persona. Explica que los alimentos son un derecho fundamental y que hay obligaciones alimenticias legales entre cónyuges, descendientes, ascendientes y otros parientes. Además, describe los requisitos y partes de la obligación alimenticia como la necesidad del alimentario y las facultades del alimentante.
1. PROCESO DEPROCESO DE
ALIMENTOSALIMENTOS
CONCEPTO DE ALIMENTOSCONCEPTO DE ALIMENTOS
Debe tenerse en cuenta que alimentos es todo
aquello necesario para el sustento, habitación,
vestido, educación, instrucción y capacitación para el
trabajo, asistencia médica, y recreación. También se
pueden considerar los gastos del embarazo y el
parto en caso que el niño todavía no haya nacido
2. LOS ALIMENTOS ES UN DERECHO FUNDAMENTAL
• En nuestra Constitución Política del Estado Peruano que
establece “que no hay prisión por deudas .Este principio
no limita el mandato judicial por incumplimiento de
deberes alimentarios.
•“El derecho de toda persona a tener acceso a, alimentos
sanos y nutritivos, en consonancia con el derecho a una
alimentación apropiada y con el derecho fundamental de
toda persona a no padecer hambre”
3. • ASPECTOS DEL DERECHO DE ALIMENTOS:ASPECTOS DEL DERECHO DE ALIMENTOS:
• Hay dos aspectos; uno sustantivo que es elHay dos aspectos; uno sustantivo que es el
reglamentado en el Derecho Civil; y otro adjetivoreglamentado en el Derecho Civil; y otro adjetivo
que es el reglamentado en Derecho Procesal.que es el reglamentado en Derecho Procesal.
• El Derecho Civil trata “De los alimentos que seEl Derecho Civil trata “De los alimentos que se
deben por ley a ciertas personas”, en el título XVIII,deben por ley a ciertas personas”, en el título XVIII,
del Libro Primero “De las personas”.del Libro Primero “De las personas”.
• El Derecho Procesal trata la materia en la LeyEl Derecho Procesal trata la materia en la Ley
14.908, sobre Abandono y pago de pensiones14.908, sobre Abandono y pago de pensiones
alimenticias.alimenticias.
4. • PARTES DE LA OBLIGACION ALIMENTICIA:PARTES DE LA OBLIGACION ALIMENTICIA:
• Deudor,Deudor, denominado alimentante, es eldenominado alimentante, es el
obligado a proporcionar los alimentos.obligado a proporcionar los alimentos.
• AcreedorAcreedor, llamado alimentado o alimentario,, llamado alimentado o alimentario,
es aquel que tiene derecho a percibir loses aquel que tiene derecho a percibir los
alimentos.alimentos.
5. R EQ U ISITO S D EL D ER EC H O D E ALIM EN TO S
situacion econom ica o facultades
del alim entante
ley que consagre la obligación
de otorgarlos
estado de necesidad del alim entario
o alim entado
supuestos de la obligacion
alim enticia
6. • CLASIFICACION DE LOS ALIMENTOS:CLASIFICACION DE LOS ALIMENTOS:
• 1.- Según tengan su origen o fuente en la ley o en1.- Según tengan su origen o fuente en la ley o en
la voluntad de las partes pueden ser:la voluntad de las partes pueden ser:
• ForzososForzosos que son aquellos que la ley obliga aque son aquellos que la ley obliga a
pagar a ciertas personas en beneficio de otraspagar a ciertas personas en beneficio de otras
también ciertas y determinadas y en lastambién ciertas y determinadas y en las
condiciones que la propia ley establece.condiciones que la propia ley establece.
• VoluntariosVoluntarios son los que se otorganson los que se otorgan
graciosamente por testamento o por donacióngraciosamente por testamento o por donación
entre vivos. Importan una liberalidad del testador oentre vivos. Importan una liberalidad del testador o
donante.donante.
7. CONDICIONES O REQUISITOS DE LACONDICIONES O REQUISITOS DE LA
OBLIGACION ALIMENTICIAOBLIGACION ALIMENTICIA
1.-NECESIDAD DEL ALIMENTARIO:1.-NECESIDAD DEL ALIMENTARIO:
La persona que demanda alimento ha deLa persona que demanda alimento ha de
encontrarse en estado de necesidad, carente deencontrarse en estado de necesidad, carente de
recursos, impedida para procurarse por si mismarecursos, impedida para procurarse por si misma
los medios de subsistencia.los medios de subsistencia.
Esta condición aparece claramente expresada enEsta condición aparece claramente expresada en
el art. 330: “Los alimentos no se deben sino en lael art. 330: “Los alimentos no se deben sino en la
parte en que los medios de subsistencia delparte en que los medios de subsistencia del
alimentario no le alcancen para subsistir de unalimentario no le alcancen para subsistir de un
modo correspondiente a su posición social”.modo correspondiente a su posición social”.
8. • TITULARES DEL DERECHO DE ALIMENTOSTITULARES DEL DERECHO DE ALIMENTOS
• La obligación alimenticia, como obligación El art.321La obligación alimenticia, como obligación El art.321
señala a quienes se debe alimentos por ley y,señala a quienes se debe alimentos por ley y,
consiguientemente, quienes son titulares del derechoconsiguientemente, quienes son titulares del derecho
respectivo.respectivo.
• Se deben alimentos:Se deben alimentos:
• Acreedores DeudoresAcreedores Deudores
1.- Al cónyuge El otro cónyuge1.- Al cónyuge El otro cónyuge
2.- A los descendientes Los ascendientes2.- A los descendientes Los ascendientes
3.- A los ascendientes Los descendientes3.- A los ascendientes Los descendientes
4.- A los hermanos4.- A los hermanos Los otros hermanosLos otros hermanos
9. 5.- Al donante El donatario5.- Al donante El donatario
6.- Al adoptado El adoptante6.- Al adoptado El adoptante
7.- Al adoptante El adoptado7.- Al adoptante El adoptado
8.- Al fallido La masa de bienes8.- Al fallido La masa de bienes
El art.321 concluye expresando que no se debenEl art.321 concluye expresando que no se deben
alimentos a las personas que señala cuando una leyalimentos a las personas que señala cuando una ley
expresa se los niegue.expresa se los niegue.
CONYUGES: los cónyuges se deben mutuamenteCONYUGES: los cónyuges se deben mutuamente
alimentos, en virtud de la obligación de socorro y ayudaalimentos, en virtud de la obligación de socorro y ayuda
mutua(art.131 y 134).mutua(art.131 y 134).
10. • Demanda de Alimentos: Es el proceso tendiente
a obtener un reconocimiento judicial que lo
disponga el monto de una pensión alimenticia a
favor de quien lo necesita..
• ¿Hasta cuando están obligados a mantener a
los hijos?
Hasta que cumplan con la mayoría de edad, subsiste
la obligación de proveer alimentos para el
sostenimiento de los hijos o hijas solteros mayores
de 18 años y mientras cursen estudios con éxito
en alguna institución o universidad y también es
factible en caso que los hijos son mayores de edad
y tiene alguna enfermedad mental o física
11. • ¿No esta casada con el padre de sus hijos,
puede iniciar la demanda de alimentos?
Claro que es posible. Todos los hijos tienen derecho
a recibir sus alimentos. Cabe señalar que hoy en
día NO existe diferencia entre los hijos nacidos
dentro o fuera del matrimonio.
12. •¿Se puede demandar alimentos si el hijo no está
reconocido?
Si es posible demandar por alimentos a pesar de
que padre no haya firmado en la partida de
nacimiento, pero se debe presentar además de los
requisitos como la partida de nacimiento y otros,
cualquier documento que acredite la relación que
tuvo la madre con el demandado, además necesitas
un mínimo de 2 testigos que sepan de la relación
que tuvo la demandante con el demandado
13. • ¿Qué pasa si el padre del niño no tiene un ingreso
fijo?
• De todas formas el Juez debe va tener que fallar
calificando toda la información que usted le
proporcione en su momento al presentar la demanda,
por ello es fundamental adjuntar todos los gastos que
tenga por la manutención del menor.
• El Juez fijara el monto de la pensión de acuerdo a la
cantidad de ingresos que tiene el padre y los gastos
que tiene el menor.