ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
JOSE FRANCISCO PARRA PARRA.- Defensa de los Derechos Romanos
1.
2. En los orígenes del Derecho romano, la protección de los derechos del individuo se
producía en el ámbito del grupo familiar por el ejercicio de la potestas del
paterfamilias, como jefe supremo de la familia.
DEFENSA DE LOS DERECHOS EN ROMA
Ante disputas y lesiones de derechos entre individuos de diferentes grupos
familiares, la venganza privada era la forma habitual de resolverlos.
Las nefastas consecuencias de la venganzaprivada propició la aparición de un
instrumento procesal: la actio, es decir, como instrumento jurídico-procesal
ejercitado por la persona que quiera hacer valer su derecho ante el tribunal.
NOCION GENERAL
Se realiza en presencia del magistrado, quien regula el desarrollo del
proceso y se precisa el objeto del debate, el juez examina los hechos y se
pronuncia su sentencia.
ORGANIZACIÓN
JUDICIAL
EL JUS
Se desarrolla ante un juezEL JUDICIUM
3. Procedimiento inicial en la vida de roma, consistente en un recitado que los litigantes
aprendían y recitaban ante el magistrado sin alteración, pues de producirse ésta se perdía
el litigio.
LEGIS ACTIONIS
LOS SISTEMAS PROCESALES ROMANOS
Las partes designan un juez un juez o árbitro, el ritual consistía en que a la afirmación del
actor relativa a la obligación de pagar una cantidad de dinero contraída por promesa
seguía una eventual negación del demandado y seguidamente se pedía el juez o árbitro
Se aplicaba para reclamar cantidades ciertas de dinero y cosas ciertas. En este caso el
demandante no tenía que expresar la causa de su reclamación y se limitaba a solicitar la
comparecencia del demandado a los 30 días para nombrar un juez.
Es una acción de ley por aprensión corporal, consistía en obligar al deudor a ejecutar la
sentencia mediante el apoderamiento por parte del acreedor en la persona física del
deudor.
Consiste en el aseguramiento de los bienes del deudor por parte del acreedor para
cobrarse su crédito y sin necesidad de una condena previa, sin la intervención del
magistrado
ACCIÓN
DESIGNACIÓN DE
ARBITRO
ACCIONES
CONDICIONADAS
ACCIÓN DE
APODERAMIENTO
PERSONAL
ACCIÓN DE
GARANTÍA
4. Consistía en una apuesta que cruzaban las partes y que tenía el valor de un juramento de
carácter sacro
ACCIÓN
SACRAMENTAL
ACCIONES LEGALES EN LOS PROCEDIMIENTOS
JUDICIALES EN EL DERECHO ROMANO
Era el procedimiento formulario, sistema que consideraba que la acción era la fórmula
que los litigantes elegían de la colección de fórmulas del Pretor, porque mediante la
concesión de la fórmula por el Pretor se iniciaba la actividad jurisdiccional de este.
La acción en este proceso era la de pedir al Estado que decidiera una
controversia. La solución que se dictaba era consecuencia de la
intervención del Poder Público y no de un acuerdo entre las partes.
Aquí ya se siente la influencia de lo escrito sobre lo oral. Porque todo
desde la demanda debe escribirse marcando la sujeción del juez.
Los organismos pueden dividirse en dos etapas, La In Iure y la Iuditio. En la etapa In iure,
cronológicamente intervenían los siguientes magistrados para organizar el
procedimiento: a. El Rex o inter Rex. b. Los Cónsules. c. El Pretor.
PER FORMULAM
PETITORIAM
ORGANISMOS
JUDICIALES
ROMANOS
EXTRAORDINARIA
COGNITIO
5. PROCEDIMIENTO FORMULARIO U ORDINARIO
El demandado estaba obligado a comparecer ante el magistrado
para ello tenia que contestar a la citación con una promesa
solemne.
En Roma existían dos tipos de jueces, los miembros de los
tribunales permanentes y particulares nombrados para un caso
especial cuya función termina al dictar sentencia.
Se verifica en la fijación definitiva de la fórmula que ha de constar en unas tablillas. Es el
momento central del proceso.
EJECUCIÓN DE LA
SENTENCIA
CITACION
COGNITOR
Era un representante que se utilizaba cuando conviniera a una de
las partes.
EL DEFENSOR DE BUENA FE
Espontáneamente toma la representación del demandado sin
mandato de este, debiendo dar una caución.
REPRESENTACION
FASE IN IURE
Para la ejecución de la sentencia el ganador debe introducir una nueva acción, la actio
judicati. La manus injectio se sigue aplicando y es sustituida por la bonorum venditio.
LITIS
CONTESTATIO
6. RECURSOS O MEDIOS EXTRAORDINARIOS DE
DEFENSA.
Estos juicios, en virtud de la ley “Iulia Iudiciaria”, expiran si no son
fallados antes de año y seis meses. Se conoce porque concurren a
las siguientes características.
Son solo celebrados en Roma o dentro de una milla a la redonda.
Exclusivamente entre ciudadanos romanos. Poseían Juez único.
El juez debía ser ciudadano romano.
JUICIO
LEGÍTIMO
Son juicios fundados en el imperio del magistrado, dependen del
poder del magistrado. Los juicios ante el tribunal de
recuperadores o los que se celebran ante el juez único.
Pero interviniendo un extranjero como juez o como litigante;
igualmente todos los que se celebran fuera de una milla a la
redonda de la ciudad de Roma.
CLASES DE JUICIO
JUICIO DE
IMPERIO
Que tuviera lugar en roma o una distancia no mayor de una milla.
Entre ciudadano romano
Ante un juez único.
Judicium imperio continems.
RECURSOS
CONDICIONES
7. RECURSOS O MEDIOS EXTRAORDINARIOS DE
DEFENSA.
Un ejemplo de estos supuestos eran los julio cesar “fideicomisos”, que eran
disposiciones testamentarias, en las cuales el testador encarga al heredero la
realización de una actividad en favor de un tercero.
Con el tiempo, la “cognitio extra ordinem” se fue generalizando a otros supuestos,
hasta tal punto que llegó a desplazar por completo al procedimiento formulario.
COGNITIO
EXTRAORDINARIA
Nulidad. Sentencias nulas o inexistentes por: 1.- Falta de capacidad de
una o ambas partes. 2.- Infracción al principio de la bilateralidad de la
audiencia. 3.- Haberse salido el juez de los términos de la fórmula.
El que pide la nulidad de la sentencia, y no prueba su posición, es
condenado al doble de lo que había sido condenado.
REVOCATIO
IN DUPLUM
RECURSOS
Las partes designan un juez, el ritual consistía en que a la afirmación del actor relativa a la
obligación de pagar una determinada cantidad de dinero contraída por promesa seguía
una eventual negación del demandado y seguidamente se pedía el juez o árbitro.
APELLATIO
Antes de la dictación de la sentencia, se le acusa al juez de ser parcial frente al magistrado.INTERCESSIO