1. SESIÓN 01-02
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
LOS DERECHOS REALES
2. Presentación del docente
▪ Bachiller en Ciencias Políticas y Derecho
▪ Licenciado en Derecho
▪ Magister en Docencia superior e investigación
Pedagógica.
▪ Docente de pre grado.
▪ Docente en UPSJB, UCV, UPN, Certus, Sise.
▪ Promotor educativo del Grupo San Rafael.
▪ Director de la IEP San RafaelArcángel – Chincha
Alta
▪ E-mail: rtorresso@ucvvirtual.edu.pe
CATEDRÁTICO: Mag. Rafael Américo Torres Sotelo
:
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
3. (LABOUR LAW 2)
Lineamientos Académicos
a tiempo para la clase. La
es automático al ingresar al
❖ Deberán ingresar con su nombre a través
de Zoom
❖ Deberán ingresar a través de la plataforma
❖ Ingresar
asistencia
Zoom.
❖ Aprendizaje: lecturas, ppts, tareas, foros,
feedback, dinámicas.
❖ Debemos desenvolvernos dentro de un
marco de respeto.
:
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
4. Video de reflexión para el estudiante de Derecho
https://www.youtube.com/watch?v=PzmM89Ho1lg
https://www.youtube.com/watch?v=Uch9ci4HF54
https://www.youtube.com/watch?v=nyegoDinKs4
Participación de los estudiantes
:
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
5. Misión:
Somos una institución académica comprometida en formar profesionales con
base ética y humanista, orientados al bienestar de la sociedad.
Visión:
Ser una institución competitiva que es valorada por sus procesos formativos y
por el impacto de sus profesionales en el bienestar de la sociedad.
:
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
6. •Utiliza los criterios
jurídicos y fórmulas
legales para generar
soluciones eficaces en la
toma de decisiones
empresariales
demostrando liderazgo y
trabajo en equipo.
CAPACIDAD
• Argumenta la necesidad de la
regulación jurídica de los derechos
reales de garantía anticresis
garantía mobiliaria e hipoteca en
el contexto de la doctrina y
jurisprudencia nacional.
INDICADOR
DE LOGRO
:
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
7. :
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
EL DERECHO REALES
SESION 1
❖ Noción General y Limitada.
❖ Objetivo. Concepto. Clasificación:
❖ Derechos reales principales y accesorios.
❖ Derechos reales definitivos y provisionales
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
8. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
9. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
10. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
11. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
https://www.youtube.com/watch?v=eeCakPgTrA0
12. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
13. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
14. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
ORIGEN DE LA EXPRESION DERECHOS REALES.
❖ No existió tal denominación en el Derecho Romano.
❖ Denominación desde el Medioevo. A través de los glosadores
(comentadores del derecho romano)
❖ ‘REAL’ derivación del latín ‘RES’, que significa COSA.
❖ En consecuencia legislaciones como la Alemana y Brasileña han
optado por la denominación de DERECHO DE COSAS.
❖ En el Perú se utiliza la denominación ‘DERECHOS REALES’.
❖ Diversos autores –Castañeda, Velez Sarsfield, Freitas, entre otros-, piensan
que la denominación de Derechos Reales la propuso Savigny.
15. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
¿ CUÁNDO APARECEN LOS DERECHOS REALES?
- Los Derechos Reales por versar sobre BIENES, son de primera
existencia. La problemática entre el momento del surgimiento de la
escisión moderna entre Derechos Reales y Derechos Personales, se da
mucho después.
- ‘Tiene sentido en la infancia del Derecho’ Summer Maine.
- ‘En los pueblos primitivos solo debieron existir los derechos reales, por
ser los más simples y los más conformes con el materialismo propio de
aquellas edades’.(Castan, José. ‘Derecho Civil Español Común y
Foral’.)
16. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
17. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
18. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
¿Cómo son los Derechos Reales?
❖ Son absolutos
❖ Tienen carácter patrimonial
❖ Están creados ley
❖ Se dan a conocer (publicidad)
❖ Son oponibles a otras personas
❖ Están protegidos (acciones reales)
❖ El titular tiene derecho de persecución y de preferencia
19. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
Concepto de derecho real
❖ Es aquel que crea entre la persona y la cosa una relación directa e
inmediata, de modo que el sujeto puede obtener provecho del objeto, sin
intervención de otra persona.
❖ Poder jurídico que en forma directa o inmediata se ejerce sobre un bien
para su aprovechamiento total o parcial o en funciones de garantía, siendo
oponible a terceros en virtud de una relación jurídica, que se establece
entre estos y el titular del derecho.
20. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
21. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
¿Quiénes son los titulares de derechos reales?
Las personas Físicas y
Jurídicas
¿A qué llamamos cosas?
A los objetos materiales que
tienen un valor
(también la energía y las fuerzas
naturales susceptibles de
apropiación) [art 2311 C.C.]
Las cosas son
muebles o
inmuebles
22. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
Relación directa e inmediata entre
una persona y una cosa
Circulación de riqueza y el
desarrollo económico
romano se
En el Derecho
hablaban de Cosas
23. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
24. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
25. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
Edmundo
Gatti
• Las cosas son el objeto inmediato de los derechos reales.
Gunther
Gonzales
• Tradicionalmente se ha entendido que el objeto de los derechos
reales son los bienes.
Aníbal
Torres
• El bien, como objeto de derecho real, es toda entidad corporal
( material) o incorporal ( inmaterial)
26. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
CLASIFICACION DE DERECHOS REALES
Hay diversas clasificaciones aceptadas:
A) Derecho Real Pleno: La propiedad.
B) D. Real Limitado o sobre cosa ajena:
1.- Derecho de goce (usufructo, uso, habitación, servidumbre,
superficie)
2.- Derechos de garantía: Hipoteca, prenda, anticresis.
27. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
CLASIFICACION DE DERECHOS REALES
1) Derechos Reales Principales:
Propiedad que se ejerce sobre bien propio, permite al titular el valor en uso
(uso y disfrute) y el valor en cambio (disposición)
La copropiedad y su modalidad de propiedad horizontal, los derechos de
autor, propiedad industrial.
2) Derechos Reales limitados o relativos: Otorga a su titular un derecho parcial
derivado o desmembrado de la propiedad y son denominados derechos
sobre cosa ajena; según el atributo que concedan pueden otorgar:
a) Derecho de goce o disfrute: uso, usufructo, habitación, servidumbre y
superficie ( hay tenencia material)
b) Derechos de garantía: hipoteca, prenda, anticresis o derecho de retención (
no hay necesariamente tenencia física sino jurídica
28. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
CLASIFICACION LEGAL DE DERECHOS
REALES
1.- DERECHOS REALES PRINCIPALES, La posesión, la
propiedad, la copropiedad, el usufructo, uso, la habitación, la
superficie, y la servidumbre.
2.- DERECHOS REALES DE GARANTIA, La anticresis, la
hipoteca y el derecho de retención.
29. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS ENTRE DERECHOS REALES Y
DERECHO DE OBLIGACIONES
DERECHOS REALES
❖ Existen facultades que ejerce una
persona sobre un bien de modo
directo e inmediato.
❖ En los derechos reales, el objeto del
derecho lo constituyen los bienes y
las cosas.
❖ Los derechos reales giran al rededor
de la propiedad y sus
desmembraciones y la relación es
entre sujeto y el bien.
DERECHO DE OBLIGACIONES
❖ Esta constituido por la relación
jurídica de contenido patrimonial.
❖ En el derecho de las obligaciones el
objeto del derecho, esta
constituido por las prestaciones.
❖ En los derechos de las obligaciones,
la relación es entre sujeto activo y
sujeto pasivo.
Entre estos dos libros del derecho civil y desde el criterio del objeto sobre
el cual recaen los derechos patrimoniales podemos distinguir lo siguiente:
30. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
DIFERENCIAS DE ACUERDO A LA TEORÌA
CLÀSICA
Derechos Reales:
❖ Existen. 2 elem: titulo y cosa
❖ Son absolutos
❖ Creado por ley (n. clausus)
❖ Transmisión formal.
❖ Adquieren por usucapión
❖ Duración ilimitado
❖ No hay prescripción
Extintintiva.
Derechos Personales:
❖ Existen. 3 elementos: s.a., s.p.,
p.
❖ Son relativos
❖ Son ilimitados. (num. apertus)
❖ Transmisión no formal
❖ No se adquiere. x usucapión
❖ Opera la prescripción extintiva
31. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
SISTEMAS
DE LOS
DERECHOS
REALES
NUMEROS
CLAUSUS
NUMEROS
APERTUS
SISTEMA
ES EL CONJUNTO DE
PARTES
INTERELACIONADOS E
INTERDEPENDIENTES
DISPUESTAS DE TAL
MANERA QUE
PRODUCEN UN TODO
UNIFICADO.
Implica que no se pueden crear
derechos reales que no sean los
que contempla la ley.
ART. 881º CÓDIGO CIVIL
“Son derechos reales los
regulados en este Libro y otras
leyes.”
Prima el principio de la autonomía
de la voluntad.
Posibilidad de crear nuevos
derechos reales distintos a los
señalados en la ley.
Pueden ser creados por las partes.
ADOPTA
NUESTRO
C.C.
32. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
Principios que rigen los derechos reales
Libre circulación de
los bienes
Principios
que rigen los
derechos
reales
Autonomía de la voluntad
Alcances
Fundamento
Manifestación
normativa
Artículo 1317. “Ninguno de los
coasignatarios de una cosa universal o
singular será obligado a permanecer en la
indivisión; la partición del objeto asignado
podrá siempre pedirse con tal que los
coasignatarios no hayan estipulado lo
contrario. No puede estipularse
proindivisión por más de cinco años, pero
cumplido este término podrá renovarse el
pacto”.
33. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
Cosa y bien
COSA
BIEN
Criterios
Valor
económico
Posibilidad de
transferir
Posibilidad de
apropiación
COSA es todo lo que existe, menos las personas
34. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
Clasificación de las cosas
Corporales
Cosas
Muebles
Inmuebles
Incorporales
Derechos reales
Derechos personales
Derechos
intelectuales
Por naturaleza
Por anticipación
Inanimadas
Semovientes
Por naturaleza
Por adherencia
Por destinación
35. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
SESIÓN 01
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
Cosas incorporales. Los derechos reales y personales
Como derechos
(según CC)
Derechos
reales
Derechos
personales
Artículo 565, “los bienes consisten en cosas
corporales o incorporales”.
Corporales “son las que tienen un ser real y
pueden ser percibidas por los sentidos,
como una casa, un libro”
Incorporales son las “que consisten en
meros derechos, como los créditos y las
servidumbres activas”.
Artículo 577. “Derecho real es el que
tenemos sobre una cosa sin respecto a
determinada persona. Son derechos
reales el de dominio, el de herencia, los
de usufructo, uso o habitación, los de
servidumbres activas, el de prenda y el
de hipoteca. De estos derechos nacen las
acciones reales”.
Artículo 578. “Derechos personales o
créditos son los que sólo pueden
reclamarse de ciertas personas, que, por un
hecho suyo o la sola disposición de la ley,
han contraído las obligaciones correlativas;
como el que tiene el prestamista contra su
deudor por el dinero prestado, o el hijo
contra el padre por alimentos. De estos
derechos nacen las acciones personales”.
Cosas
Incorporales
Como otras
cosas distintas
(energías)
3
5
36. (LABOUR LAW
2)
:
SESIÓN 01 Y 02
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
1. En el el Padlet sobre el derecho de sucesión en la realidad nacional
peruano y desarrolle su punto de vista con respecto al tema de forma
individual o grupal en el siguiente Link:
https://padlet.com/rtorres291/2lpawehpiu9j3fu5
2. En el aplicativo Mentimenter defina con una sola palabra su definición
sobre el derecho de sucesion Link: https://www.menti.com/q3796u2o3g
Evaluación y evidencia
modalidad virtual
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
37. (LABOUR LAW 2)
:
SESIÓN 01 Y 02
Tema de debate
Elabora un dibujo (Un diagrama, mapa conceptual, entre
otro medio visual) que represente la conceptualización del
Derecho reales desarrollada en clase.
1. ¿Qué son derechos reales y ejemplos?
2. ¿Cómo se llaman los elementos que intervienen en los
derechos reales?
3. ¿La diferencia que existe entre los derechos patrimoniales y
los derechos reales?
4. ¿ De acuerdo a su opinión que conceptualización puede
señalar sobre los derechos reales ?
(LABOUR LAW
2)
:
SESIÓN 01 Y 02
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
38. Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
CUESTIONARIO
1. ¿Explique la diferencia entre el derecho reales y derechos
personales?
2. ¿Qué características resaltante tiene los derechos reales en el
Perú?
3. ¿Qué son derechos reales y ejemplos?
4. ¿Cómo se llaman los elementos que intervienen en los
derechos reales?
5. ¿La diferencia que existe entre los derechos patrimoniales y
los derechos reales?
6. ¿ De acuerdo a su opinión que conceptualización puede
señalar sobre los derechos reales ?
:
(LABOUR LAW
2)
:
SESIÓN 01 Y 02
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA
39. SESIÓN 01 y 02
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
Mag. RAFAEL AMERICO TORRES SOTELO
LINK VIDEOTECA
1. https://www.youtube.com/watch?v=EaRBYOp3BZE
2. https://www.youtube.com/watch?v=_dZcvQ13vmM
3. https://www.youtube.com/watch?v=eeCakPgTrA0
4. https://www.youtube.com/watch?v=B_igu79hk2c
5. https://www.youtube.com/watch?v=DqkC5hyhSnk
6. https://www.youtube.com/watch?v=DqkC5hyhSnk
DERECHO REALES - PRIMERA SEMANA