Contabilidad universitaria Septima edición de MCGrawsHill
Cambios ley 1607. Colombia
1. Ley 1607 de 2012
Edición # 28 - Año 2013
Cambios contables en la Ley 1607 de 2012 (III)
Reglas contables comerciales en la legislación tributaria
Una de las prohibiciones expresas insertas en el artículo 4 de la Ley 1314 de 2009 de convergencia hacia NIIF, consiste en
que “las disposiciones tributarias únicamente producen efectos fiscales”. Esta norma implica que a partir de la fecha de
aplicación del nuevo marco regulatorio contable, y según lo dispuso expresamente el artículo 165 de la Ley 1607 de 2012, no
tendrán a partir de dicha fecha futura, aplicación las reglas contables comerciales establecidas en normas tributarias.
Ejemplos de este tipo de normas son los casos de tratamiento contable de leasing y de inventarios, que de manera expresa se
legisla para la contabilidad comercial desde las normas tributarias.
Podría plantearse la discusión si estas normas corresponden a: 1- Reglas contables comerciales establecidas en la legislación
tributaria ó 2- Reglas contables tributarias con efectos en la contabilidad comercial. Si se considera que indistintamente como
se clasifiquen, son de origen tributario, no interesaría su denominación (1 ó 2 antes citado) y se suponen sencillamente como
normas tributarias y tendrían los efectos establecidos en el segundo párrafo del artículo 4 de la Ley 1314 de 2009 antes citado.
Ahora bien, la Ley 1607 de 2012 incluye una serie de reglas que aparentemente dejan de ser normas contables tributarias y se
convierten en reglas permanentes para la contabilidad comercial, aún después de aplicación del nuevo marco regulatorio
contable.
Este es el caso de la contabilidad de los establecimientos permanentes, donde el parágrafo del artículo 20-2 de la Ley 1607 de
2012 determinó que “Para propósitos de la atribución de las rentas y ganancias ocasionales a que se refiere este artículo, los
establecimientos permanentes y las sucursales de sociedades extranjeras deberán llevar contabilidad separada en la que se
discriminen claramente los ingresos, costos y gastos que les sean atribuibles.” Y adicionalmente condiciona lo siguiente: “la
contabilidad de los establecimientos permanentes y de las sucursales de sociedades extranjeras deberá estar soportada en un
estudio sobre las funciones, activos, riesgos y personal involucrados en la obtención de las rentas y de las ganancias
ocasionales atribuidas a ellos.”
Aparentemente es una regla contable tributaria con efectos únicamente fiscales, pero que pudiera ser de carácter permanente
si la entidad se protege frente a las sanciones fiscales establecidas en el literal e) del artículo 654 del ETN.
Otros ejemplos de reglas contables tributarias que pudieran convertirse en permanentes, son las establecidas en el artículo 92
de la Ley 1607 de 2012 (Artículo 49 ETN), el cual demanda separaciones de rubros en el patrimonio y de control en cuentas
de orden de algunas partidas de las utilidades comerciales.
GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO
Latin American Tax Partner
Baker Tilly
Columnista Vanguardia Liberal
gvasquez@bakertillycolombia.com
Julio 29 de 2013
Bucaramanga - Colombia
www.bakertillycolombia.com