El documento presenta información sobre métodos anticonceptivos de emergencia y la legislación chilena sobre este tema. Se describe un caso en el que se niega la entrega de la pastilla del día después a una adolescente de 13 años y su pololo de 15 años tras tener relaciones sexuales no protegidas. También incluye encuestas a médicos sobre su conocimiento de la disponibilidad y entrega de la pastilla, así como debates sobre aspectos legales y de salud pública relacionados con los anticonceptivos de emergencia.
12. 13 años
junto a su madre y su pololo de 15 años
relaciones sexuales no
protegidas
solicitan la “pastilla del día después”
le niegan la entrega
Se llama a carabineros
denuncia por violación
HHT
peritajes pertinentes
13.
14. Preg. 1 Preg. 2 Preg. 3 Preg. 4 Preg. 5 Preg. 6
Médico 1 Sí Sí Sólo
vícitmas
de
violación
<de edad
Irrespons
abilidad
No No
Médico 2 Sí Sí Quien la
solicite
No se
puede
Sí Sólo con
un adulto
Médico 3 Sí No sé Todos Sin stock No Sí
Médico 4 Sí Sí >18 <de edad
sin un
adulto
Sí Sólo
firmando
consenti
miento
Médico 5 Sí Sí >18 <14 años Sí Sólo con
adulto
Médico 6 Sí No >18 <14 años Sí No
1. ¿Existe la PAE en la farmacia de su establecimiento?
2. ¿Está disponible en el Servicio de Urgencia?
3. ¿Quiénes tienen derecho a recibir la PAE de forma gratuita?
4. ¿Con qué argumentos puede usted negar la entrega de la PAE?
5. ¿Ha indicado usted la PAE?
6. ¿Se puede entregar la PAE a menores de 14 años?
23. Segura
Bien tolerada
Sin antecedentes
de reacciones
alergicas
Sin riesgo de
adiccion
No produce
reacciones toxicas
Sin riesgo de
sobredosis
Sin interacciones
con otros farmacos
24. Sin riesgo por uso
repetido
Sin efectos adversos
severos
Sin relacion con
CANCER
No aumentael riesgo
de embarazo ectopico
No afectala
fertilidad futura
No afectael
embarazo en curso, ni
siquiera elinicial
31. Se aprueba la
LEY 20.418
2010
Fija normas sobre
información, orientación
y prestaciones en materia
de regulación de la
fertilidad
32. Toda persona tiene derecho a recibir educación,
información y orientación en materia de
regulación de la fertilidad, en forma clara,
comprensible, completa y, en su caso,
confidencial.
Métodos de regulación de fertilidad
Prevención del embarazo adolescente
ITS
Violencia Sexual
Programas de educación sexual en
establecimientos educacionales
Artículo 1
33. Artículo 2
Toda persona tiene derecho a elegir libremente, sin
coacción de ninguna clase y de acuerdo a sus creencias o
formación, los métodos de regulación de la fertilidad
femenina y masculina, que cuenten con la debida
autorización y, del mismo modo, acceder efectivamente a
ellos, en la forma señalada en el artículo 4º. Sin embargo,
en aquellos casos en que el método anticonceptivo de
emergencia sea solicitado por una persona menor de 14
años, el funcionario o facultativo que corresponda, sea del
sistema público o privado de salud, procederá a la entrega
de dicho medicamento, debiendo informar, posteriormente,
al padre o madre de la menor o al adulto responsable que
la menor señale.
para lo cual consignará los
datos que sean precisos para dar cumplimiento a esta
obligación.
34. Artículo 3
Toda persona tiene derecho a la
confidencialidad y privacidad sobre
sus opciones y conductas sexuales,
así como sobre los métodos y
terapias que elija para la regulación
o planificación de su vida sexual.
35. Artículo 4
Los órganos de la Administración del
Estado con competencia en la
materia, adoptarán las medidas
apropiadas para garantizar el
ejercicio de los derechos
establecidos en esta ley. Para ello
deberán elaborar planes que señalen
las acciones respectivas.
36. Artículo 5
Si al momento de solicitarse la
prescripción médica de un método
anticonceptivo de emergencia o de
solicitarse su entrega en el sistema
público o privado de salud fuese posible
presumir la existencia de un delito sexual
en la persona del solicitante o para quien
se solicita, el facultativo o funcionario que
corresponda deberá poner los
antecedentes a disposición del Ministerio
Público.”.
37. Sin perjuicio de lo expuesto en el artículo
anterior, toda persona tiene derecho a la
confidencialidad y privacidad sobre sus
opciones y conductas sexuales, así como
sobre los métodos y terapias escogidos
para la regulación o planificación de su
vida sexual, datos que serán considerados
sensibles conforme a la ley Nº 19.628.
Artículo 6
38.
39.
40. «No nos deshacemos
de una costumbre
tirándola por la
ventana, hay que
hacerla bajar por la
escalera peldaño a
peldaño»
Al año, más de un billón de parejas van a tener sexo
Eso más o menos 30.000 relaciones sexuales por segundo!!!
Parejas como esta
Como esta
Y sí, incluso esta pareja, aunque estén de puerperos, igual tiene sexo
Y todos estamos de acuerdo en que estas parejas, y especialmente las muejres debieran tener el derecho de decidir cuándo, cómo, dónde y con quien desean tener hijos.
Y para esto, es que todas estas parejas, deberían tener acceso a los distintos métodos de planificación familiar disponibles y aprobados.
Y aunque estemos todos relativamente de acuerdo en que cada pareja tiene el derecho a decidir con respecto al momento de fertilidad, cuando nos ponemos a conversar sobre MAC, hay muchas discrepancias.
Y es que muchas personas asocian la anticoncepcion con el aborto, y la verdad es que el aborto es MPF ampliamente utilizado en el mundo, pero en Chile no!, por lo tanto los métodos anticonceptivos que están autorizados en nuestro país no son abortivos.
Otras personas consideran que los ACO son formas de control de población establecidos por los poderes fácticos.
Y otros grupos ni siquiera hablan del tema.
Sin embargo todas estas opiniones forman una especie de cortina de humo que finalmente nubla nuestra visión y no nos permite darnos cuenta de la verdadera importancia que tiene la educación y el acceso a MPF autorizados y probados y de esta manera ser capaces de decidir el momento en el cual quedar embarazadas.
Entonces cuando hablamos de este tema, no es una cosa, menor, estamos hablando de medidas PRO VIDA, ya que con una buena educación sexual y buenos programas de planificación familiar sin duda vamos a salvar la vida de estas mujeres, que ven volcado brutalmente su plan de vida con un embarazo no planificado, arriesgando su salud, física, mental, bienestar familiar, social y económico; y no sólo eso, también en una medida PRO VIDA ya que también se salvan las vidas de niños, de manera que tengan las mejores posibilidades de desarrollarse en un ambiente cálido, cariñoso y preparado para su educación y necesidades y en el fondo darles el mejor futuro posible.
Entonces, dejemos de bajarle el perfil al tema, si la salud publica debe tener como caballo de batalla a la prevención. Los métodos de planificcion familiar deben ser un elemento central, entendiendo que todo lo que rodea a una mujer que cursa un embarazo no planificado se relacina con mayor riesgo de desarrollo de patologías que sobrecargaran un sistema de salud ya colapsado.
Y es con este concepto en la mente que quiero que abordemos hoy un aspecto muy mínimo de lo que significa manejar la planificación familiar, y esto es lo que representa la ACE o Pastilla del día después.
Y para que vean que este es un tema actual, les traigo un recorte de la tercera en donde se informa que un senador de la república tuvo que meter la nariz porque un médico no quiso entregar la pastilla.
Y esto es inaceptable, no puede volver a pasar, nuestros médicos que atienden urgencias tienen que estar al tanto de la normativa con respecto a esto. Primero porque ya conversamos que es una contribución a la salud pública y en segundo lugar, porque en la medida que la población se está informando con respecto a esto está exigiendo sus derechos.
Y con esta foto quiero ilustrar que a veces, la respuesta más obvia no siempre es la correcta, por ejemplo, en caso de un incendio con foco eléctrico, la acción más obvia no es utilizar agua, pero el que no sabe, actúa por instinto, por eso es que tenemos que capacitarnos en estas áreas para no cometer estos errores, que pueden tener terribles consecuencias, para una niña y para un grupo familiar.
El tema puede abordarse desde distintas aristas, todas muy entretenidas, sin embargo vamos a revisar el marco legal, entendiendo que necesitamos aclarar nuestras responsabilidades y obligaciones en la salud pública.
La AE es un método que puede usarse después de una relación sexual sin protección (sin MAC, olvido de ACO, Rotura de condón, etc) para prevenir el embarazo. Es especialmente útil en casos de violación.
El método de la píldora postcoital es conocido desde la década de los
sesenta, y de acuerdo a los estudios realizados por la Organización Mundial de la Salud es
el método anticonceptivo de emergencia más efectivo y mejor tolerado.
Esta es la razón por la cual es tan importante que el acceso sea lo más fácil posible.
Ahora revisemos los cuestionamientos que se le han hecho a la PAE y vamos aclarándolos inmediatamente
Puede dañar el embrión y producir un aborto
Vulnera el derecho a la vida
La evidencia actual demuestra ausencia de efecto antiimplantatorio y teratogénico
El embarazo no es una enfermedad, por lo cual, la AE no debe ser parte de una política sanitaria
Reducir el embarazo no deseado.
Disminuir la mortalidad materna
Disminuir incidencia de aborto inducido
Se destina a adolescentes y su promoción vulnera la patria potestad de los padres y los derechos de los y las
Derecho a recibir información adecuada, completa y veraz
Derecho a la educación sexual laica
Derecho a la libertad de conciencia y pensamiento
Su uso repetido no tiene riesgos conocidos
No hay reportes de efectos adversos severos
Sin relación con cáncer de ningún tipo
No aumenta el riesgo de embarazo ectópico
No afecta la fertilidad futura
No afecta el embarazo en curso, ni siquiera el inicial (sin importar la definición que se considere)
Y esta le 20.418 es una ley que es mucho más que simplemente normar la ACE, sino que tambien es una ley que asegura educación, consejería, y además incluye a otros actores, ministerio de educación y profesores, comprometiendo planificación para educación sexual, entonces, esta ley entiende que la planificación es mucho más que asegurar la desponibilidad y acceso a los métodos.
Ahora, lamentablemente esta ley es muy linda en el papel, pero aún existe mucho desconocimiento por parte de la población, y cómo le vamos a pedir a la población que la conozca, si nosotros como profesionales de la salud, tampoco la conocemos bien